28.05.2013 Views

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

<strong>BOLETÍN</strong> <strong>OFICIAL</strong> <strong>DEL</strong> <strong>ESTADO</strong><br />

Núm. 120 Lunes 20 de mayo de 2013 Sec. II.B. Pág. 37333<br />

1.1. Escala de Oficiales.<br />

Si la plaza de promoción, que se oferta para la especialidad fundamental Dirección, quedase sin cubrir, se<br />

acumulará a la de promoción, especialidad fundamental instrumentista. Finalmente, una de las plazas no cubiertas<br />

de ingreso por promoción se acumularán a la ofertada por la forma de ingreso directo en la especialidad<br />

fundamental Dirección, según la nota (n), del apartado Notas, del Real Decreto 332/2013.<br />

1.2. Escala de Suboficiales:<br />

a) Las plazas no cubiertas, de ingreso directo, se acumularán a las ofertadas por la forma de ingreso por<br />

promoción según la nota (d) del apartado Notas, del Real Decreto 332/2013.<br />

b) Las plazas no cubiertas, de las que se ofertan para ingreso por promoción para militares de tropa y<br />

marinería, hasta un máximo de 6 plazas, se acumularán a las correspondientes especialidades<br />

complementarias de las ofertadas para ingreso directo, según la nota (n) del apartado Notas, del<br />

Real Decreto 332/2013. Asimismo, las plazas de las otras especialidades complementarias que<br />

queden sin cubrir se acumularán a las de ingreso directo. Una, la primera, a la especialidad<br />

complementaria de Fagot y el resto de acuerdo con el siguiente orden de prelación: Trompeta,<br />

Percusión y Clarinete; y así sucesivamente hasta agotar el número de plazas no cubiertas.<br />

2. Requisitos de los aspirantes<br />

Los aspirantes deberán reunir, además de las condiciones generales establecidas en la base común cuarta de<br />

esta Resolución, las siguientes condiciones:<br />

2.1. No haber cumplido, ni cumplir dentro del año 2013, las siguientes edades:<br />

2.1.1. Ingreso directo:<br />

a) Escala de Oficiales: treinta y tres (33) años.<br />

b) Escala de Suboficiales: veintisiete (27) años.<br />

2.1.2. Ingreso por promoción:<br />

a) Escala de Oficiales. Dirección e Instrumentista: sin límite de edad.<br />

b) Escala de Suboficiales: treinta y tres (33) años.<br />

2.2 Titulación:<br />

2.2.1. Escala de Oficiales: Estar en posesión, en el plazo de presentación de solicitudes, de alguno lo<br />

siguientes títulos:<br />

a) Especialidad fundamental Dirección: Título Superior de Música en alguna de las siguientes<br />

especialidades: Dirección de Orquesta, Dirección de Coro o Composición, o Título de Graduado en<br />

Música en Dirección o Composición.<br />

b) Especialidad fundamental Instrumentista: Título Superior de Música en cualquiera de las siguientes<br />

especialidades: Clarinete, Contrabajo, Fagot, Flauta Travesera, Oboe, Percusión, Saxofón, Trompa,<br />

Trompeta, Trombón, Tuba, Violonchelo o Título de Graduado en Música en Interpretación con alguno<br />

de los instrumentos anteriormente mencionados.<br />

2.2.2. Escala de Suboficiales: Estar en posesión en el plazo de presentación de solicitudes del Título de<br />

Bachiller en cualquiera de sus modalidades o haber superado el curso o la prueba de acceso a los ciclos<br />

formativos de la formación profesional de grado superior a la que hace referencia el artículo 41.2 de la Ley<br />

Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de la Educación y, en ambos casos, el Título Profesional de Música.<br />

2.3. Para ser admitido a los procesos de selección para la forma de ingreso por promoción, se exigirá el perfil<br />

lingüístico en el idioma inglés que, en función de los requisitos de titulación, se especifica a continuación, obtenido<br />

en las condiciones establecidas en la Orden Ministerial 64/2010:<br />

a) Acceso a la Escala de Oficiales: un grado de conocimiento de al menos dos en todos los rasgos que<br />

lo conforman.<br />

b) Acceso a la Escala de Suboficiales: un grado de conocimiento de al menos dos, en dos de los<br />

rasgos que conforman el perfil lingüístico, y de uno en los dos restantes.<br />

Los aspirantes que no aporten el certificado del perfil lingüístico citado, deberán realizar una prueba de<br />

lengua inglesa de las mismas características que se determinan en la Base específica. 6.2 de este Anexo.<br />

3. Solicitud de admisión al proceso de selección<br />

Se cumplimentará lo dispuesto en la base común cuarta de esta Resolución.<br />

cve: BOE-A-2013-5282

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!