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458 <strong>OVIEDO</strong>.<br />
Aparecen desde luego notablemente alteradas las proporciones<br />
délas riquezas entre el dato de 1844 y el de 4842,<br />
segun resulta del siguiente cuadro.<br />
Proporciones del Id. de la matrí<br />
RIQUEZAS.<br />
trabajo de 1 841. cula de 1842.<br />
61'39 p°/° 65'59 p°/<br />
46*26 id.<br />
7'32 id.<br />
7'93 id.<br />
7'40 id.<br />
u<br />
«Las relaciones dadas por los ayunt. para la imposición<br />
»de la directa territorial en 4819, presenta un total de<br />
» 245,268 1/2 fan. de sembradura, distribuida en los terre-<br />
»nos y pueblos que se enumeran (casilla 6). Su valor, cal-<br />
»curado al respecto de 4,500 rs. fan., da un capital de<br />
» 367.902,750 rs. Cada fan. de sembradura ó de estension<br />
«comprende 6 yugadas, de 4,800 varas cuadradas, que<br />
«bajo aquel respecto resultan valoradas á 250 rs., y aunque<br />
» su valor, segun los contratos comunes y las tasaciones de<br />
«bienes nacionales, es generalmente" mayor, y llega muy<br />
» comunmente al duplo, se ha tenido en cuenta que aquel<br />
6'22 id. «conjunto de terreno comprende hasta los demás ínfima<br />
45*90 id. «cantidad, y la comisión de la matrícula ha querido cal-<br />
12'29 id. » cular de un modo que la preservase de resultados exage-<br />
«rados, de los que sin duda ha quedado muy distante. Los<br />
«prod. de este terreno, prod. clasificados en las 42 casillas<br />
400 100<br />
»(núm. 4 5 al 26 inclusive), se han valorado por su precio<br />
«medio ó común, y estos valores ofrecen (en la casilla 27)<br />
«un total prod. de 45.427,320 rs. Atendidos los precios<br />
Vamos á distribuir ahora los 75.781,640 rs. déla matri" «que sirvieron de reguladores de los frutos que componen<br />
cula catastral, segun la proporción del dato de 1841, y este «este prod., se considera bastante veraz su valoración;<br />
trabajo ofrece el resultado que sigue:<br />
» pero no la estension del terreno productor ni la cantidad<br />
« de sus prod. Primero: por la sabida atenuación con que<br />
«se han estendido las relaciones de propiedad así en 4819<br />
» como en cualquiera tiempo en que se hayan fiado al in-<br />
Proporciones de<br />
RIQUEZAS.<br />
Rs. vn. »teres individual ó al municipal. Segundo: por los visibles<br />
la junta de 4 841.<br />
«y considerables progresos que desde aquella época hizo<br />
» en esta prov. la roturación y cultivo de terrenos incultos.<br />
» Tercero: por no haberse comprendido en la enumeración<br />
61'39 p°/° 46.522,348 »de frutos mas que 12 especies, consistentes en los diver-<br />
16'26 id. 4 2.322,095 »sos cereales cultivados en el pais; el vino y sidra y las<br />
7'32 id. 5.547,216 «alubias y patatas entre las legumbres, con la castaña y<br />
7'93 id. 6.009,485 «avellana entre las frutas. Sin embargo, en el año de 1819<br />
740 id. 5.380,496 «podian figurar en mayor cantidad entre las porciones con-<br />
«siderables de gran parte del pais las patatas, que des-<br />
100 75.781,640 »de entonces se han generaUzado y multiplicado hasta el<br />
» punto de ser uno de los principales artículos de las clases<br />
«pobres; existia la considerable pradería , cuyos prod. de<br />
Todavía queremos apurar mas esta materia presentando «forrage y heno forman un artículo muy importante, espela<br />
distribución de los 75.781,640 rs.; primero, segun las »cialmentc en los conc. montuosos y de que no se hace<br />
proporciones de la matrícula; segundo, segun las de la Jun «mérito, como tampoco del lino y cáñamo, de las frutas<br />
ta, y tercero, adoptando el término medio de uno y otro «frescas, artículos de alguna consideración en los 1. de ridato.<br />
«bera, ni de las demás legumbres y hortaliza, aunque de<br />
«poca importancia. Por estas razones debe considerarse<br />
JL o 2 • 2 k<br />
«como muy atenuada tanto la riqueza aerícola productora,<br />
«cuanto sus productos, cual se deduce de las relaciones de<br />
«1819, y luego fijaremos la atención en el dato que de-<br />
RIQUEZAS.<br />
» muestra esta atenuación y su magnitud.»<br />
Después de presentar la memoria las observaciones convenientes<br />
á cada una de las cinco riquezas, continúa en los<br />
términos siguientes: «Teníamos para rectificar el producto<br />
» imp. en la parte terr. y pecuaria, ó mas bien para cono-<br />
Territorial 46.522,348 49.709,476 48.115,912<br />
«cer cl estado actual de estas dos riquezas fundamentales<br />
5.547,216 12.050,064 8.798,640<br />
«en el pais, los prod. decimales de los últimos años. Al<br />
12.322,095 4.717,150 8.519,622<br />
» efecto se ha dado la preferencia al rendimiento de los ar-<br />
6.009,485<br />
» riendos del 4 por 400 en 1840, prescindiendo del medio<br />
jComercial<br />
5.380,496 9.304,950 40.347,466 » diezmo de 1837 y 38, tanto porque de muchos pueblos aun<br />
«no se han presentado á liquidar su importe, cuanto por-<br />
I<br />
75.781,040 75.781,640 75.784,640<br />
« que no concurrieron en ellos las circunstancias de confian-<br />
»za y la amplitud de resultados que en el último. Aquí debe<br />
«observarse de paso, que no representando lo que se llama<br />
¿ Y cuál seria la riqueza imp. de toda España, si se » diezmo la exacción de una décima de los frutos sujetos<br />
adoptara para las demás prov. el resultado obtenido en ia «á ella (pues estaban exentos en cada parr. todos los de<br />
matrícula catastral, objeto ahora de nuestro examen? Se « nueva producción, ó no cultivados en ella desde tiempo<br />
ria la de 4,965.777,387 rs., esto es, 4,688.053,185 rs. «inmemorial), mas los habia que solo pagaban una vigésima:<br />
de los que de sí arrojaba el dato de 4 844 en el corto tiempo «en la parte pecuaria aun resultaba mucho menos, respecto<br />
de un año, dos meses y catorce dias. Ahora bien, ¿hay » á los ganados mayores, la exacción usual; y por lo tanto<br />
algún economista de crédito; hay alguna persona media «creyéndose vulgarmente que el 4 por 100 se habia de<br />
namente entendida en la Hacienda de España y en los dis «exigir íntegro de estos prod. como de todos los demás y<br />
tintos elementos de riqueza de este pais, que no considere «sujetos á decimacion, este error impulsó las licitaciones,<br />
estraordinariamente disminuida la materia imp. de la nación «y unido á la mayor confianza de la época, condujo a maespañola,<br />
elevada á lajndicada suma de 4,965.777,387 rs.? «vor resultado que el del medio diezmo ó 5 por 100, a<br />
Presentados estos datos y estas observaciones generales, »fo que se atribuyen las pérdidas ó falencias de algunos arvamos<br />
ahora á ocuparnos'de las utilidades por distintos «rendatarios; pero pocos en púmero para neutralizar las<br />
conceptos, principiando por la<br />
«utilidades que deben suponerse en los demás; prescun-<br />
RIQUEZA TERRITORIAL Ó PRODUCTO DE LAS FINCAS RÚS «diendo de que tales pérdidas consistieron tanto en taien-<br />
TICAS. Principiaremos esta tarea, copiando loque dice la « cía de la recaudación como del prod., y que por lo tamo<br />
memoria de la intendencia de Oviedo en el año de 4842, » el que presenta el arriendo Y en el que no están com*<br />
Sumas que resi<br />
tan segun las pi<br />
porciones de<br />
Junta de 18 4'<br />
Id. de id. segí<br />
las de la matri*<br />
la de 1842.<br />
Id. id. segun<br />
término medio<br />
las proporción!