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Representación y promoción - Instituto Electoral del Distrito Federal

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3. Coordinación de Seguridad<br />

Ciudadana y Prevención Delito<br />

( )<br />

4. Coordinación de Desarrollo<br />

Social y Educación y Prevención<br />

de las Addicciones ( )<br />

5. Coordinación de Desarrollo<br />

Sustentable y Medio Ambiente<br />

( )<br />

6. Coordinación de Presupuesto y<br />

Planeación Administrativa ( )<br />

7. Coordinación de Desarrollo,<br />

Movilidad y Servicios Urbanos<br />

( )<br />

8. Coordinación de Capacitación<br />

y Formación Ciudadana,<br />

Comunicación y Cultura Cívica<br />

( )<br />

9. Coordinación de Fomento a<br />

los Derechos Humanos ( )<br />

c) Funge como coordinador <strong>del</strong> Consejo <strong>del</strong> Pueblo ante la autoridad<br />

tradicional y la asamblea ciudadana, coadyuvando en las reuniones<br />

y elaborando, a petición de la autoridad tradicional o la mayoría <strong>del</strong><br />

Consejo, la convocatoria y el orden <strong>del</strong> día. Desahoga acuerdos tomados<br />

en el pleno y participa, junto con la autoridad tradicional, en el<br />

Consejo Ciudadano Delegacional.<br />

d) Las actividades de cada coordinación interna se integran en un Programa<br />

General de Trabajo; además el pleno <strong>del</strong> Comité aprueba la<br />

realización de las consultas ciudadanas que contempla la Ley de Participación<br />

Ciudadana sobre temas que tengan impacto en las demarcaciones<br />

que comprenden su espacio de injerencia; es decir, el resultado<br />

de tales consultas, democráticamente indicará con claridad cuáles son<br />

los intereses generales.<br />

e) Para trabajar en dicha agenda, acorde con la problemática de cada colonia,<br />

la coordinación podrá opinar en las reuniones de las coordinaciones<br />

territoriales de seguridad pública y procuración de justicia, respecto<br />

a la implementación de los planes, programas, proyectos y acciones en<br />

la materia que se encuentren a cargo de la administración pública.<br />

f) Se parte de la identificación de necesidades de desarrollo social, educación<br />

y prevención de las adicciones de la colonia, para darlas a conocer<br />

a las autoridades competentes con el fin de que sean atendidas.<br />

g) Se tiene la facultad de conocer y difundir entre los habitantes de la<br />

colonia los principios y lineamientos para el ejercicio <strong>del</strong> derecho de<br />

acceso a la información pública, transparencia y rendición de cuentas,<br />

de tal forma que las personas conozcan el derecho al acceso a la información.<br />

h) Las competencias respecto al desarrollo sustentable y medio ambiente<br />

permiten conocer y opinar sobre los planes, programas, proyectos y<br />

acciones que se encuentren a cargo de la administración pública, y participar<br />

de manera conjunta con las autoridades para la promoción de<br />

tareas en la materia o, en su caso, hacer uso de otro instrumento.<br />

i) La detección de las necesidades de la colonia o pueblo respecto al<br />

desarrollo, movilidad y servicios urbanos deberá comunicarse a las<br />

instancias de la administración pública que correspondan; al mismo<br />

tiempo, se podrá conocer y opinar sobre los planes, programas, proyectos<br />

y acciones en la materia, promoviendo la participación de los<br />

habitantes de la colonia en los mismos y evaluando las acciones realizadas<br />

por la administración pública.<br />

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