08.09.2014 Views

ESPACIO DE BIENES COMUNES

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

En relación a las Semillas Criollas, se plantea que “es<br />

facultad del INASE regular la producción y el comercio<br />

de semillas de las especies nativas y criollas”. Resulta<br />

absolutamente inadmisible que el INASE pretenda<br />

arrogarse esta regulación, ya que la misma es parte de<br />

un derecho consuetudinario de los pueblos. Cualquier<br />

tipo de injerencia o intento de regulación no hará más<br />

que limitar procesos sociales complejos y dinámicos que<br />

siempre han conducido al incremento de la<br />

biodiversidad agrícola.<br />

El capítulo de Agricultura Familiar y Pueblos Originarios<br />

se introduce para poder aplicar las “excepciones”<br />

planteadas en el art. 32 y parece ser el consuelo para<br />

que los agricultores familiares acepten la normativa.<br />

La Ley plantea además que “no está permitida la<br />

semilla de uso propio en los términos de este artículo en<br />

los grupos de especies frutales, forestales y<br />

ornamentales, ni en variedades sintéticas, multilíneas e<br />

híbridas”. Estas limitaciones, que incluyen en el punto<br />

variedades sintéticas a los transgénicos, demuestran<br />

que la intención es garantizar el control corporativo<br />

sobre las semillas más allá de la declaración de<br />

“excepciones”.<br />

La definición de agricultor familiar como “todo aquel<br />

que se encuentra inscripto en el Registro Nacional de la<br />

Agricultura Familiar del Ministerio” implica dejar en la<br />

clandestinidad a todo agricultor no inscripto y<br />

susceptible de ser sancionado o perseguido por el no<br />

cumplimento de la Ley. Esto también incluye el simple<br />

hecho de intercambiar semillas no certificadas.<br />

Mientras la Ley desarrolla ampliamente el<br />

funcionamiento del Sistema de Registro y Control, el<br />

“Sistema de Semillas para la Agricultura Familiar y<br />

Pueblos Originarios” queda sujeto a ser desarrollado<br />

por el INASE en el futuro.<br />

El camino es uno solo y los pueblos de<br />

América Latina y la CLOC-Vía Campesina<br />

lo han marcado claramente en la última<br />

década: las semillas son un Patrimonio de<br />

los Pueblos al servicio de la Humanidad y la<br />

única alternativa frente a las Leyes de<br />

Semillas es resistirlas e impedir su<br />

aprobación. Su aprobación en Argentina<br />

legitimaría el intento del gobierno nacional<br />

de profundizar el modelo del agronegocio,<br />

que comprende el exterminio de los<br />

agricultores familiares y campesinos y<br />

bastardea los términos de Soberanía<br />

Alimentaria y Seguridad de los pueblos.<br />

Hoy más que nunca es evidente<br />

que la lucha debe continuar!<br />

páginacatorce

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!