ESPACIO DE BIENES COMUNES
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En relación a las Semillas Criollas, se plantea que “es<br />
facultad del INASE regular la producción y el comercio<br />
de semillas de las especies nativas y criollas”. Resulta<br />
absolutamente inadmisible que el INASE pretenda<br />
arrogarse esta regulación, ya que la misma es parte de<br />
un derecho consuetudinario de los pueblos. Cualquier<br />
tipo de injerencia o intento de regulación no hará más<br />
que limitar procesos sociales complejos y dinámicos que<br />
siempre han conducido al incremento de la<br />
biodiversidad agrícola.<br />
El capítulo de Agricultura Familiar y Pueblos Originarios<br />
se introduce para poder aplicar las “excepciones”<br />
planteadas en el art. 32 y parece ser el consuelo para<br />
que los agricultores familiares acepten la normativa.<br />
La Ley plantea además que “no está permitida la<br />
semilla de uso propio en los términos de este artículo en<br />
los grupos de especies frutales, forestales y<br />
ornamentales, ni en variedades sintéticas, multilíneas e<br />
híbridas”. Estas limitaciones, que incluyen en el punto<br />
variedades sintéticas a los transgénicos, demuestran<br />
que la intención es garantizar el control corporativo<br />
sobre las semillas más allá de la declaración de<br />
“excepciones”.<br />
La definición de agricultor familiar como “todo aquel<br />
que se encuentra inscripto en el Registro Nacional de la<br />
Agricultura Familiar del Ministerio” implica dejar en la<br />
clandestinidad a todo agricultor no inscripto y<br />
susceptible de ser sancionado o perseguido por el no<br />
cumplimento de la Ley. Esto también incluye el simple<br />
hecho de intercambiar semillas no certificadas.<br />
Mientras la Ley desarrolla ampliamente el<br />
funcionamiento del Sistema de Registro y Control, el<br />
“Sistema de Semillas para la Agricultura Familiar y<br />
Pueblos Originarios” queda sujeto a ser desarrollado<br />
por el INASE en el futuro.<br />
El camino es uno solo y los pueblos de<br />
América Latina y la CLOC-Vía Campesina<br />
lo han marcado claramente en la última<br />
década: las semillas son un Patrimonio de<br />
los Pueblos al servicio de la Humanidad y la<br />
única alternativa frente a las Leyes de<br />
Semillas es resistirlas e impedir su<br />
aprobación. Su aprobación en Argentina<br />
legitimaría el intento del gobierno nacional<br />
de profundizar el modelo del agronegocio,<br />
que comprende el exterminio de los<br />
agricultores familiares y campesinos y<br />
bastardea los términos de Soberanía<br />
Alimentaria y Seguridad de los pueblos.<br />
Hoy más que nunca es evidente<br />
que la lucha debe continuar!<br />
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