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Local - san martín - yurimaguas

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Pucallpa, Viernes 03 Diciembre de 2010<br />

AGRADECIMIENTO<br />

Segunda Audiencia Pública Descentralizada en el marco del Proceso de Consulta Previa, Libre e<br />

Informada para Pueblos Indígenas sobre el Proyecto de Ley N°4141/2009-PE Ley<br />

Forestal y de Fauna Silvestre<br />

La Comisión Agraria del Congreso de la República agradece a todos los representantes indígenas asistentes<br />

a la Segunda Audiencia Pública Descentralizada que como parte del Proceso de Consulta Previa, Libre e<br />

Informada para la revisión del Proyecto de Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Proyecto de Ley No 4141-2009-<br />

PE, se llevó a cabo en la ciudad de Pucallpa los días 29 y 30 de noviembre de 2010.<br />

Con participación de 176 personas asistentes, representantes de las principales organizaciones indígenas<br />

como:<br />

CONAP, ORAU, ORDIM, OMIKAP, COSHICO X, FECONAU, FENACOCA, FECONADIC, OIYPA,<br />

FREMANK, FECONAPIA, FENACU, ORDIM, OIRA, entre otras<br />

Así como diversas comunidades nativas de Ucayali, se llevó a cabo esta Audiencia, contando con la participación<br />

de la Defensoría del Pueblo y del Gobierno Regional de Ucayali.<br />

Cabe precisar que fruto de esta reunión, se han recibido importantes aportes que serán considerados en el<br />

Encuentro Nacional que se realizará en la ciudad de Lima y que permitirá avanzar en la búsqueda de un consenso<br />

con las poblaciones indígenas como parte del proceso de consulta, de acuerdo a lo establecido en la<br />

metodología de la misma.<br />

Avisos<br />

Manantay, 11 Octubre de 2010<br />

DECRETO DE ALCALDIA Nº 007 - 2010-MDM<br />

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANANTAY<br />

CONSIDERANDO:<br />

Ahora<br />

Ucayali<br />

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANANTAY<br />

09<br />

Que mediante Ordenanza Municipal Nº 008-2010-MDM de fecha 11 de Agosto del 2010, se aprueba el<br />

Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA-Actualizado de la Municipalidad Distrital de Manantay, el mismo<br />

que consta de (164) Procedimientos Administrativos y un PLAN TARIFARIO con (22) Procedimientos Administrativos,<br />

para su ratificación por el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo.<br />

Que, mediante Informe Nº 147-2010-MPCP-GPPR-SGR de fecha 07 de octubre del 2010, la Sub Gerencia<br />

de Racionalización de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, manifiesta que después de revisar el<br />

Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Entidad Edil, ha encontrado observaciones en la misma<br />

Que, la Sub Gerencia de Racionalización de la Municipalidad Distrital de Manantay, con Informe Nº<br />

032-2010-MDM-A-GM-GPPyR/SGR cumple con efectuar el levantamiento de las observaciones.<br />

Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece<br />

que las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales,<br />

regionales y locales de desarrollo;<br />

Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM se establecieron las políticas nacionales que serán<br />

de cumplimiento obligatorio;<br />

Que, El numeral 10.1 del Art. 2° del Decreto Supremo Nro. 027-2007-PCM señala que como una de las<br />

políticas públicas 10.1 el promover la permanente y adecuada simplificación de trámites, identificando los más frecuentes,<br />

a efecto de reducir sus componentes y el tiempo que demanda realizarlos;<br />

Que, La Ley Nro. 27783 – Ley de bases de Descentralización, señala en su Art. 6° numeral “b” como<br />

uno de sus objetivos a nivel administrativo la simplificación de trámites en las dependencias públicas nacionales, regionales<br />

y locales;<br />

Josué Faquín Fernández<br />

Presidente ORAU<br />

AIDESEP<br />

(03.12) - F/. 464<br />

Clausura de la Audiencia Pública<br />

Congresista Aníbal Huerta<br />

Presidente de la Comisión Agraria<br />

Aníbal Huerta Díaz<br />

Presidente<br />

Comisión Agraria<br />

Congreso de la República<br />

Participación libre e informada de<br />

diversos representantes de los<br />

pueblos indígenas<br />

Que, La Ley del Silencio Administrativo – Ley Nro. 29060, establece en su Art. 9° que de conformidad<br />

con el Art. 36º, párrafo 36.2 de la Ley Nº 27444, solamente podrá exigirse a los administrados el cumplimiento de los<br />

procedimientos o requisitos administrativos que se encuentren previamente establecidos en el Texto Único de Procedimientos<br />

Administrativos – TUPA, no pudiendo requerirse procedimiento, trámite, requisito u otra información,<br />

documentación o pago que no consten en dicho Texto, bajo responsabilidad del funcionario o servidor público que<br />

los exija, aplicándosele las <strong>san</strong>ciones establecidas en los artículos 4º y 5º;<br />

Que, el Art. 9° de la Ley del Silencio Administrativo – Ley Nro. 29060 dispone a todas del Entidades del<br />

Estado justificar ante la Presidencia del Consejo de Ministros todos los procedimientos contenidos en el Texto Único<br />

de Procedimientos Administrativos - TUPA;<br />

Que, asimismo la Ley del Silencio Administrativo – Ley Nro. 29060 impulso la aplicación del Silencio<br />

Administrativo Positivo regulando el mismo en los artículos 1° y 2° de la ley antes indicada;<br />

Que, de conformidad con el Art. 38.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nro.<br />

27444, Las Municipalidades están obligadas a publicar el íntegro de su TUPA, bajo responsabilidad de su titular; sin<br />

embargo, podrán hacerlo antes, cuando consideren que las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten.<br />

Que, el Art. 38° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nro. 27972 las normas y disposiciones municipales<br />

se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa, sin perjuicio<br />

de la vigencia de otros principios generales del derecho administrativo;<br />

Que, la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nro. 096-2007-PCM, dispuso que<br />

las entidades del Estado deberán recalificar los procedimientos administrativos previstos en sus TUPAs, procurando<br />

su generalización de los procedimientos, aprobación automática conforme lo previsto en el Art. 31.4 de la Ley<br />

Nro. 27444;<br />

Que, El Art. 36.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nro. 27444 señala que las<br />

disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos podrán<br />

aprobarse por Decreto de Alcaldía.<br />

Que, el Art. 38.5 de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nro. 27444, señala que una<br />

vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos<br />

de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía;<br />

Que, con INFORME Nº 032-2010-MDM-A-GM-GPPyR/SGR, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto<br />

y Racionalización, como ente responsable de la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos<br />

- TUPA de la Municipalidad Distrital de Manantay , tomando en cuenta la normatividad vigente, presenta el<br />

proyecto de Modificación del TUPA actualizado, proponiendo la reducción por fusión y eliminación de (12) Procedimientos<br />

Administrativos, numeración correlativa independiente, eliminación de requisitos, reducción de plazos y<br />

tasas, codificación de los formularios, escritura extensivamente sin abreviaciones de las instancia resolutivas, de reconsideración<br />

y apelación;<br />

En uso de las facultades conferidas en el Artículo 20° numeral 6) y el Art. 39° y 42° de la Ley Orgánica<br />

de Municipalidades N° 27972 y, con las visaciones de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia<br />

de Administración, Gerencia Planeamiento, Presupuesto y Racionalización;<br />

SE DECRETA:<br />

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR las MODIFICACIONES al Texto Único de Procedimientos Administrativos<br />

- TUPA Actualizado de la Municipalidad Distrital de Manantay, la misma que fue aprobado con Ordenanza<br />

Municipal Nº 008-2010-MDM, del 11 de Agosto del 2010, en el forma siguiente:<br />

Reducción por fusión y eliminación de (12) Procedimientos Administrativos, numeración correlativa independiente,<br />

eliminación de requisitos, reducción de plazos y tasas, codificación de los formularios, escritura extensivamente<br />

sin abreviaciones de las instancia resolutivas, de reconsideración y apelación, quedando establecidos<br />

el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA Actualizado de la Municipalidad Distrital de<br />

Manantay con (152) Procedimientos Administrativos y un Plan Tarifario con (23) Procedimientos Administrativos,<br />

que se acompañan al presente dispositivo que en Anexo Nro. 001, forma parte de la presente Ordenanza.<br />

ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR la REDUCCION de (12) Procedimientos Administrativos por Fusión<br />

y Eliminación, por ser Sub Procedimiento o Requisito de otro Procedimiento del Texto Único de Procedimientos<br />

Administrativos – TUPA Actualizado de la Municipalidad Distrital de Manantay y que se acompañan al presente<br />

dispositivo en el Anexo Nro. 002 conforme la normatividad vigente.<br />

ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER la publicación del TUPA y sus modificaciones de acuerdo<br />

a la normatividad vigente, previa ratificación por la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo.<br />

ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Administración, el cumplimiento<br />

del presente Decreto.<br />

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE<br />

25,26,29, 30, 1,2,3,6,7,9,10,13,14,15,16, 17.12<br />

(01 al 03.12) - P/Fact.

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