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Tabasco - Sistema Nacional de Alerta

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- Capítulo <strong>de</strong> Derecho.<br />

Es una parte indispensable en toda <strong>de</strong>manda, ya que en él se va a fundar la<br />

petición que haga el actor; este apartado se incluye tanto en el escrito<br />

inicial <strong>de</strong> <strong>de</strong>manda, como en la contestación a la misma. En él, las partes<br />

invocan los preceptos legales que consi<strong>de</strong>ran aplicables y que sirven <strong>de</strong><br />

base a sus pretensiones, excepciones o <strong>de</strong>fensas, según sea el caso.<br />

- Puntos Petitorios.<br />

La <strong>de</strong>manda <strong>de</strong>be ser clara y precisa respecto a lo que se le solicita al<br />

Juez, esto se verá reflejado en los puntos petitorios, los cuales pue<strong>de</strong>n<br />

consi<strong>de</strong>rarse como un resumen <strong>de</strong> aquello que una <strong>de</strong> las partes solicita a<br />

la otra, o bien, las actuaciones que se espera realice el tribunal. Es<br />

costumbre insertar estos puntos prácticamente al final <strong>de</strong>l escrito, como<br />

una forma sintetizada <strong>de</strong> expresar lo que se <strong>de</strong>manda.<br />

- La frase “Protesto lo necesario”.<br />

Tanto el escrito inicial <strong>de</strong> <strong>de</strong>manda como todos aquellos que se presenten<br />

ante el tribunal, concluirán con la expresión “Protesto lo necesario”, frase<br />

que significa que todo lo manifestado o vertido en los documentos<br />

presentados por las partes, es cierto y a<strong>de</strong>más como una forma <strong>de</strong><br />

reafirmar la verdad <strong>de</strong> su contenido.<br />

- Lugar y fecha.<br />

Al finalizar cualquier escrito es imprescindible que se señale el lugar, ya<br />

que es una <strong>de</strong> las circunstancias en que ocurren los actos procesales; por<br />

otro lado es <strong>de</strong> vital importancia señalar la fecha exacta en que se<br />

promueve, pues a partir <strong>de</strong> ella es que se realizarán los cómputos<br />

correspondientes, a<strong>de</strong>más sin duda alguna también es necesario para<br />

evitar la prescripción. A este respecto cabe señalar que en materia <strong>de</strong><br />

alimentos no hay prescripción.<br />

Al realizar cualquier acto judicial, el lugar es el presupuesto <strong>de</strong> la<br />

actividad jurisdiccional, con base en él se <strong>de</strong>terminarán los actos o<br />

activida<strong>de</strong>s a realizarse, <strong>de</strong> igual forma la competencia se fijará por el<br />

lugar don<strong>de</strong> se ubique el tribunal, o por el domicilio <strong>de</strong>l <strong>de</strong>mandado, etc.<br />

El lugar influye también en la vali<strong>de</strong>z <strong>de</strong> los actos, ya que hay casos en<br />

que la dispone don<strong>de</strong> <strong>de</strong>berán realizarse, por ejemplo el emplazamiento a<br />

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