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17 de Febrero de 2014 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 43<br />

Octava.- Una vez que la fusión surta plenos efectos, se aumentará el capital social de la FUSIONANTE en su parte variable<br />

por $4,160.00 (cuatro mil ciento sesenta pesos 00/100 M.N.), de los cuales $4,159.00 (cuatro mil ciento cincuenta y nueve<br />

pesos 00/100 M.N.) serán suscritos por Espasa Calpe, S.A. y el restante $1.00 (un peso 00/100 M.N.) será suscrito por<br />

Editorial Planeta Mexicana, S.A. de C.V., ambos accionistas de la FUSIONANTE; ambas sociedades que entregarán las<br />

acciones de las que son propietarias y recibirán a cambio el número de acciones representativas del capital social de la<br />

FUSIONANTE. En vista de lo anterior, el capital social la FUSIONANTE estará representado por 54,160 acciones<br />

ordinarias nominativas y liberadas.<br />

Novena.- Los miembros integrantes del Consejo de Administración y/o Gerentes y demás funcionarios de la FUSIONADA,<br />

cesarán en sus funciones a partir de la fecha en que surta efectos la fusión.<br />

Décima.- De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, los acuerdos de<br />

fusión contenidos en este CONVENIO, deberán ser publicados en el periódico oficial del domicilio de cada una de las<br />

SOCIEDADES EN FUSIÓN, e inscribirse en los Registros Públicos de Comercio y Propiedad correspondientes al<br />

domicilio social de las SOCIEDADES EN FUSIÓN.<br />

Décima Primera.- En todo lo previsto, este CONVENIO queda sujeto a las disposiciones de la Ley General de Sociedades<br />

Mercantiles y demás leyes aplicables al caso, sometiéndose las partes, para la interpretación y cumplimiento del mismo, a<br />

los tribunales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción<br />

que pudiese corresponderles en razón de su domicilio o por cualquier otra causa.<br />

México, D.F. a 04 de febrero de 2014<br />

(Firma)<br />

_______________________________________<br />

JONATHAN YVAN OLIVARES MARTINEZ<br />

DELEGADO ESPECIAL

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