Normas Arancelarias - Universidad de Palermo
Normas Arancelarias - Universidad de Palermo
Normas Arancelarias - Universidad de Palermo
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
ien Períodos Lectivos adicionales a los regulares, un ejemplo <strong>de</strong> ello es el Período<br />
Lectivo <strong>de</strong> Verano.<br />
Artículo 2.6: El Período Lectivo <strong>de</strong> verano<br />
La <strong>Universidad</strong> ofrece activida<strong>de</strong>s académicas durante el verano. En las carreras<br />
organizadas sobre la base <strong>de</strong> dos Períodos Lectivos semestrales por Ciclo Lectivo<br />
anual, las activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> verano serán opcionales, generarán un arancel adicional y<br />
podrán ser utilizadas para a<strong>de</strong>lantar o completar estudios.<br />
Artículo 2.7: Del inicio <strong>de</strong> las carreras<br />
Los alumnos inician sus carreras en el primer o segundo "Período Lectivo" <strong>de</strong> cada<br />
año.<br />
En cada año, se <strong>de</strong>nomina "Primera Inscripción" a aquella en que los alumnos se<br />
inscriben para comenzar sus carreras en el Período Lectivo <strong>de</strong> otoño (con inicio en<br />
marzo, abril o mayo).<br />
Se <strong>de</strong>nomina "Segunda Inscripción" a aquella en que los alumnos se inscriben para<br />
comenzar sus carreras en el Período Lectivo <strong>de</strong> primavera (con inicio en agosto o<br />
setiembre).<br />
Artículo 2.8: De la continuidad <strong>de</strong> las carreras<br />
Los alumnos podrán proseguir los estudios <strong>de</strong> sus carreras inscribiéndose en sus<br />
"Períodos Lectivos" en forma sucesiva o no.<br />
Capítulo 3: De los Eventos que generan el <strong>de</strong>vengamiento <strong>de</strong> Aranceles<br />
Artículo 3.1: Inscripción<br />
Los alumnos se inscriben en las carreras <strong>de</strong> la <strong>Universidad</strong>, y <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> ellas a sus<br />
asignaturas, por "Período Lectivo" semestral.<br />
Artículo 3.2: Reinscripción<br />
Los alumnos podrán reinscribirse o no en cada "Período Lectivo" semestral<br />
subsiguiente.<br />
Artículo 3.3 De la inscripción en las materias<br />
En cada Período Lectivo el alumno podrá <strong>de</strong>terminar cuántas asignaturas <strong>de</strong>sea<br />
cursar, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los límites máximos establecidos por las normativas <strong>de</strong> la<br />
<strong>Universidad</strong> y <strong>de</strong>berá inscribirse en ellas en el marco <strong>de</strong> lo establecido indicado a<br />
continuación:<br />
1. La inscripción en las asignaturas correspondientes al primer "Período Lectivo"<br />
semestral así como el <strong>de</strong>vengamiento <strong>de</strong> sus Aranceles serán automáticas, excepto<br />
que el alumno indique expresamente su intención <strong>de</strong> cursar materias en un plan<br />
diferente al regular.