Página 68 B.O.P. DE CADIZ NUM. 244 <strong>23</strong> de diciembre de 20<strong>09</strong>11.5. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificultenel desarrollo de la función policial.<strong>12</strong>. Aparato endocrino.<strong>12</strong>.1. Diabetes.<strong>12</strong>.2. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulteno limiten el desarrollo de la función policial.13. Sistema inmunitarios y enfermedades infecciosas.13.1. Enfermedades transmisibles en actividad.13.2. Enfermedades inmunológicas sistémicas.13.3. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulteno limiten el desarrollo de la función policial.14. Patologías diversas.Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico que, a juicio de los facultativosmédicos, limite o incapacite al aspirante para el ejercicio de la función policial.Para los diagnósticos establecidos en este Anexo se tendrán en cuenta los criterios delas Sociedades Médicas de las especialidades correspondientes.Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesariaspara el diagnóstico.ANEXO IV. TEMARIO1. El Estado. Concepto. Elementos. La división de poderes. Funciones. Organización delEstado Español. Antecedentes constitucionales en España. La Constitución Española de1978. Estructura y contenido. La reforma de la Constitución Española. El Estado españolcomo Estado Social y Democrático de Derecho. Derechos y deberes constitucionales;clasificación y diferenciación.2. Derechos fundamentales y libertades públicas I: Derecho a la vida e integridad.Libertad ideológica, religiosa y de culto. Derecho a la libertad y seguridad. Derechoal honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. La inviolabilidad deldomicilio y el secreto de las comunicaciones. La libertad de residencia y de circulación.El derecho a la libertad de expresión reconocido en el artículo 20 de la Constitución.3. Derechos fundamentales y libertades públicas II: Derecho de reunión. Derecho deasociación. Derecho a la participación en los asuntos públicos y al acceso a funcionesy cargos públicos. La tutela judicial efectiva y la prohibición de indefensión. Laimposición de condena o sanción del artículo 25 de la Constitución, sentido de laspenas y medidas de seguridad. Prohibición de tribunales de honor. El derecho a laeducación y la libertad de enseñanza. Derecho a la sindicación y a la huelga, especialreferencia a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Derecho de petición.4. Derechos y deberes de los ciudadanos. Los principios rectores de la política socialy económica.5. Las garantías de los derechos y libertades. Suspensión general e individual de losmismos. El Defensor del Pueblo.6. La Corona. Las Cortes Generales. Estructura y competencias. Procedimiento deelaboración de las leyes. Formas de Gobierno. El Gobierno y la Administración.Relaciones del Gobierno con las Cortes Generales. Funciones del Gobierno.7. El Poder Judicial. Principios constitucionales. Estructura y organización del sistemajudicial español. El Tribunal Constitucional.8. Organización territorial de Estado. Las comunidades autónomas. El Estatutode Autonomía de Andalucía. Estructura y disposiciones generales. Instituciones:Parlamento. Presidente y Consejo de Gobierno. Mención al Tribunal Superior de Justicia.9. Relación de la Junta de Andalucía con la Administración del Estado y con otrasComunidades Autónomas. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónomade Andalucía. La reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.10. El Derecho Administrativo. Fuentes y jerarquía de las normas.11. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. La validez de los actosadministrativos; nulidad y anulabilidad. Notificación de actos administrativos. Cómputode plazos. Recursos administrativos. Alzada y reposición; el recurso extraordinariode revisión.<strong>12</strong>. El procedimiento administrativo. Concepto y principios generales. Clases. Losinteresados. La estructura del procedimiento administrativo.13. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Tiposde entidades locales.14. El Municipio. Concepto y elementos. Competencias municipales. La provincia:concepto, elementos y competencias.15. La organización y funcionamiento del municipio. El pleno. El alcalde. La comisiónde gobierno. Otros órganos municipales.16. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Clases y procedimiento de elaboración yaprobación.17. La licencia municipal. Tipos. Actividades sometidas a licencia. Tramitación.18. Función Pública Local. Su organización. Adquisición y pérdida de la condición defuncionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situacionesadministrativas.19. Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Funciones de la Policía Local.20. Ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía y normas de desarrollo.Régimen disciplinario: Disposiciones generales y faltas disciplinarias.21. La actividad de la Policía Local como policía administrativa I. Consumo. Abastos.Mercados. Venta ambulante. Espectáculos y establecimientos públicos.22. La actividad de la Policía Local como policía administrativa II. Urbanismo.Infracciones y sanciones. La protección ambiental: prevención y calidad ambiental,residuos y disciplina ambiental.<strong>23</strong>. La Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía y normas de desarrollo.24. Delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.25. Personas responsables: autores, cómplices y encubridores. Grados de perfeccióndel delito.26. Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y delas libertades públicas garantizados por la Constitución. Delitos cometidos por losfuncionarios públicos contra las garantías constitucionales.27. Delitos contra la Administración Pública.28. Atentados contra la Autoridad y sus Agentes. Desórdenes públicos.29. Homicidio y sus formas. Faltas contra las personas.30. Delitos y faltas contra el patrimonio y el orden socioeconómico.31. Delitos contra la salud pública. Tráfico de drogas32. Delitos contra la seguridad del tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulaciónde vehículos a motor. Lesiones y daños imprudentes. Carencia del seguro obligatorio.33. Las penas. Concepto, clases: privativas de libertad, privativas de derecho y multa.Clasificación por su gravedad: graves, menos graves y leves.34. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.35. Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones delfuncionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derechodel detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario queefectúa una detención. El procedimiento de “Habeas Corpus”.36. Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo. Estructuras y conceptos generales.37. Normas generales de circulación: velocidad, sentido, cambios de dirección.Adelantamientos. Obstáculos. Parada y estacionamiento. Transporte de materias querequieren precauciones especiales.38. Circulación de peatones. Circulación urbana. Conductores. Marcha atrás. Trabajoseventuales. Instalaciones en la vía pública. Circulación de bicicletas y ciclomotores.39. Señales de circulación. Clasificación y orden de preeminencia.40. Procedimiento sancionador por infracciones a la Normativa de Circulación.Actuaciones complementarias. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.41. Accidentes de circulación: definición, tipos y actuaciones de la Policía Local.42. Alcoholemia. Datos. Su consideración según la normativa vigente. Doctrinaconstitucional. Procedimiento de averiguación del grado de impregnación alcohólica.43. Estructura económica y social de Andalucía: demografía, economía, serviciospúblicos, sociedad civil, nuevas tecnologías, patrimonio ecológico, social y cultural.44. Vida en sociedad. Proceso de socialización. Formación de grupos sociales ymasas. Procesos de exclusión e inclusión social. La delincuencia: tipologías y modelosexplicativos. La Policía como servicio a la ciudadanía. Colaboración con otros serviciosmunicipales.45. Comunicación: elementos, redes, flujos, obstáculos. Comunicación con superioresy subordinados. Equipos de trabajo y atención a la ciudadanía.46. Minorías étnicas y culturales. Racismo y xenofobia. Actitud policial ante lasociedad intercultural.47. Igualdad de oportunidades de hombres y mujeres en Andalucía: conceptos básicos;socialización e igualdad; políticas públicas de igualdad de género. Violencia contralas mujeres: descripción, planes de erradicación y atención coordinada a las víctimas.48. El mando: concepto, estilos, cualidades, rasgos, reglas y características del mando;relación con subordinados; técnicas de dirección y reuniones.49. La Policía en la sociedad democrática. El mandato constitucional. Valores quepropugna la sociedad democrática. La dignidad de la persona. Sentido ético de laprevención y la represión.50. Deontología policial. Normas que la establecen.Puerto Serrano, a 11 de diciembre de 20<strong>09</strong>. El Alcalde-Presidente, Fdo.:Pedro Ruiz Peralta.Nº 15.548___________________Ayuntamiento de BenaocazEDICTOD. MANCUEL CABRERA OLIVA, ALCALDE PRESIDENTE DELAYUNTAMIENTO DE BENAOCAZ (CÁDIZ),HACE SABER:Que conforme establecen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica6/1985, de 1 Julio, del Poder Judicial, a instancia del Tribunal Superior de Justicia deAndalucía, por este Ayuntamiento, se va a proceder a la elección de Juez de Paz titularde esta Localidad, entre las personas que así lo soliciten. Los solicitantes deben reunirlos siguientes requisitos:1º Ser español2º Mayor de edad3º No estar incurso en alguno de los siguientes casos de incapacidad:Estar impedido física o psíquicamente para la función judicial.Los condenados por delito doloso, mientras no hayan obtenido la rehabilitación.Los procesados o inculpados por delito doloso, en tanto no sean absueltos o se dicteauto de sobreseimiento.Los que no estén en pleno ejercicio de sus derechos civiles.4º No estar incurso en alguno de los casos de incompatibilidad para eldesempeño de la función judicial reseñada en el artículo 389 y siguientes de la LeyOrgánica del Poder Judicial, a excepción del ejercicio de actividades profesionalesy mercantiles que no impliquen asesoramiento jurídico de ningún tipo y que, por sunaturaleza, no sean susceptibles de impedir o menoscabar su imparcialidad ni puedaninterferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales.5º No pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al serviciode los mismos.Todas aquellas personas interesadas en desempeñar el cargo de Juez de Paztitular, lo pueden solicitar en este Ayuntamiento en el plazo de quince días hábiles acontar desde el día siguiente de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficialde la Provincia, pudiendo recabar mayor información en la Secretaria del Ayuntamiento.Los solicitantes deberán hacer constar expresamente que reúnen todos y cada uno de losrequisitos exigidos, y que no concurre en ellos causa de incompatibilidad o prohibiciónde las previstas en la Ley.Si el solicitante ejerce actividad profesional o mercantil, deberá indicar enque consiste dicha actividad.Benaocaz a 4 de diciembre de 20<strong>09</strong>. EL ALCALDE, Fdo.: Manuel CabreraOliva.Nº 15.549
<strong>23</strong> de diciembre de 20<strong>09</strong> B.O.P. DE CADIZ NUM. 244 Página 69Mancomunidad de Municipiosdel Campo de GibraltarEDICTOSE HACE SABER:Que estarán expuestos al público los padrones y listas cobratoriascorrespondientes al trimestre de octubre a diciembre de 2010, confeccionadopor el Servicio de Abastecimiento, Distribución, Saneamiento y Depuración deAguas Residuales de esta Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar,de la TASA POR PRESTACIÓN MANCOMUNADA DE LOS SERVICIOS DEABASTECIMIENTO, DISTRIBUCIÓN, SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DEAGUAS RESIDUALES EN EL MUNICIPIO DE SAN ROQUE (BARRIADAS-RUTA2-PUENTE MAYORGA, CAMPAMENTO Y CARTEIA) en las oficinas delExcmo. Ayuntamiento de San Roque sita en la Plaza de Armas, S/N, C.P. 11360,SanRoque, en la oficina del Servicio de Abastecimiento y Saneamiento de la SociedadARCGISA sita en C/ Siglo XX, Nº10, 11360 San Roque (Cádiz) y en la Sede de laMancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar en la C/ Museo, <strong>12</strong>, de Algeciras,de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:OO, durante quince días, contados desdeel siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,periodo durante el cual los interesados pueden examinar los referidos documentos.Al amparo de lo previsto en el articulo 14.2 c) del Texto Refundido dela Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5de marzo, contra las liquidaciones comprendidas en los padrones podrá formularserecurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante la Presidenta de laMancomunidad en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de finalización de laexposición pública del padrón.En cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre,General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación aprobado por RealDecreto 939/2005 de 29 de julio, el presente Edicto se publica para advertir que lasliquidaciones por los conceptos y trimestre referenciados se notifican colectivamente,entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termina la exposición alpúblico de los padrones.Por otro lado, se hace saber que el periodo voluntario para hacer efectivo elpago de los recibos del mencionado concepto, correspondiente al periodo anteriormenteindicado, será desde el día 11 de enero de 2.010 al <strong>12</strong> de marzo de 2.010, en cualquieroficina de CAJASOL de Lunes a Viernes en horario de 8:30 a 14:00 , en cualquieroficina de BANESTO de Lunes a Viernes en el horario establecido por la Entidad, enlas oficinas de la Sociedad ARCGISA sitas en C/ Siglo XX, Nº10, 11360 San Roque(Cádiz), en horario de <strong>09</strong>:00 a 13:00 y C/ Larga, Nº 54 de Jimena de la Frontera losLunes, Miércoles y Viernes en horario de <strong>09</strong>:00 a 13:30.Transcurrido el mencionado plazo de ingreso voluntario, se iniciará elprocedimiento ejecutivo de apremio administrativo, de conformidad con las disposicionesestablecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobrode las cuotas que no hayan sido satisfechas, con la aplicación de los recargos establecidosen el artículo 28 de la citada Ley General Tributaria, que son los siguientes:1. El recargo ejecutivo, que será el 5 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga latotalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de laprovidencia de apremio.2. El recargo de apremio reducido, que será del 10 por 100, y se aplicará cuando sesatisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargoantes de la finalización del plazo previsto para las deudas apremiadas en el apartado 5del artículo 62 de la referida Ley Tributaria.3. El recargo de apremio ordinario, que será del 20 por 100, y será aplicable cuando noconcurran las circunstancias a las que se refieren los apartados anteriores.El recargo de apremio ordinario será compatible con los intereses de demora.Cuando resulte exigible el recargo de apremio reducido no se exigirán los intereses dedemora devengados desde el inicio del periodo ejecutivo.Lo que se hace público para general conocimiento de la normativa vigente.Algeciras, a 16 de diciembre de 20<strong>09</strong>. LA PRESIDENTA, Fdo.: Isabel M.Beneroso López.Nº 15.566___________________AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIACITACION A LOS INTERESADOS PARA SER NOTIFICADOS PORCOMPARENCIANo habiendo sido posible realizar la notificación al interesado o a surepresentante por causas no imputables a esta Administración, y una vez intentada pordos veces en el domicilio fiscal , o en el designado por el interesado, de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 59.5 de Ley 30/92, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por Ley 4/99, de 13 de enero, se cita a los contribuyentes más abajorelacionados para que comparezcan, al objeto de ser notificados de las actuacionesque les afectan en relación a los procedimientos que se indican.CONCEPTO NUMERO CARGO CIF SUJETO PASIVO EUROSSANCION OMR 26/<strong>09</strong>.................115.............20/<strong>09</strong>........... X5546715N........HAMIMOUNE ABDELKADER........................751’00SANCION OMR 63/<strong>09</strong>.................106.............18/<strong>09</strong>...............3<strong>12</strong>53638........MANUEL J ORTEGA CORONIL.......................751’00SANCION OMR 66/<strong>09</strong>.................105.............18/<strong>09</strong>............Y0083184F........RICARDO A SUAREZ OLADE...........................90’00SANCION OMR 67/<strong>09</strong>................. 111.............19/<strong>09</strong>...............75783774........MANUEL COLLANTE LOPEZ.........................751’00SANCION OMR 77/<strong>09</strong>.................107.............18/<strong>09</strong>...............3168<strong>23</strong>79........JUAN P ALVAREZ MOTA..................................750’00SANCION OMR 81/<strong>09</strong>.................118.............21/<strong>09</strong>............ B11528304........ICSA DOS MIL ESTRUC Y CONSTR SL......1.500’00SANCION OMR 83/<strong>09</strong>.................101.............17/<strong>09</strong>...............34008118........M CARMEN BERNAL DELGADO...................751’00SANCION OMR 90/<strong>09</strong>.................153.............29/<strong>09</strong>...............74638631........RAQUEL MARTÍN ZAMORANO ECIJA.........250’00SANCION OMR 106/<strong>09</strong>...............137.............26/<strong>09</strong>............X3863467L........CATHERINE A ALVARADO SOLIS..................250’00SANCION BMP 26/<strong>09</strong>..................<strong>12</strong>5.............<strong>23</strong>/<strong>09</strong>...............317132<strong>23</strong>........DAVID SEGURA NEVA.......................................90’00SANCION BMP 32/<strong>09</strong>..................143.............28/<strong>09</strong>...............31674226........MARCOS MARTINEZ HERNÁNDEZ................90’00La Unidad responsable de la tramitación de los procedimientos referenciadoses la U.A. nº 4.1.3 Disciplina Ambiental de este Ayuntamiento. Los interesados, o susrepresentantes, deberán comparecer para ser notificados en las Oficinas del Área deMedio Ambiente sitas en Edificio Matadero Viejo, s/n (frente a RENFE), DE <strong>09</strong>.00 A13.00 horas, en el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de lapublicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.Se advierte a los interesados que si no se hubiera comparecido en el plazoseñalado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde eldía siguiente al del vencimiento de dicho plazo.Contra los actos que motivan los procedimientos referenciados, podráinterponerse Recurso de Reposición ante el Alcalde en el plazo de un mes a contardesde el día en que tenga efectividad la notificación de dichos actos, de acuerdo con loestablecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.No obstante, podrá interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente.El Puerto de Santa María a 14 de diciembre de 20<strong>09</strong>. EL ALCALDE, Fdo.:Enrique Moresco García.Nº 15.570___________________Ayuntamiento de Alcala del ValleANUNCIODOÑA DOLORES CABALLERO FLORES, Alcaldesa-Presidenta delAyuntamiento de Alcalá del Valle (Cádiz)HACE SABER: Que el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día<strong>09</strong> de Octubre de 2.0<strong>09</strong>, aprobó provisionalmente la Modificación de la OrdenanzaFiscal reguladora de la Tasa por los servicios de recogida de residuos sólidos urbanos.Expuesto al público el expediente por plazo de treinta días en el Tablón deAnuncios de este Ayuntamiento y Boletín Oficial de la Provincia núm. 206 de 27 deOctubre de 2.0<strong>09</strong>, no se han producido reclamaciones.Por tanto y de conformidad con el art. 17.3 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladorade las Haciendas Locales, el acuerdo provisional se entiende definitivamente adoptado,publicándose íntegramente la referida modificación.Se aplica a la Tasa una subida de 2,11 Euros en cada recibo trimestral,pasando de 17,29 a 19,40 la tasa por uso doméstico y de 25,40 a 27,51 la de usoindustrial.Alcalá del Valle a 15de Diciembre de 2.0<strong>09</strong>. LA ALCALDESA, Fdo.:Dolores Caballero Flores.Nº 15.687___________________AYUNTAMIENTO DE JIMENA DE LA FRONTERAEDICTOTranscurrido el periodo de exposición pública sin que se hayanpresentado alegaciones ni reclamaciones, del acuerdo adoptado por el Excmo.Ayuntamiento Pleno el día 28 de octubre de 20<strong>09</strong>, relativo a aprobación inicial dela modificación de la Ordenanza Fiscal nº 1 reguladora del Impuesto de BienesInmuebles, publicada en el BOP de Cádiz nº 220 de fecha 17 de noviembre de2.0<strong>09</strong>, este acuerdo se eleva a definitivo, siendo el texto de la modificación el quese inserta a continuación:PRIMERO.- Modificar la Ordenanza fiscal número 1 en su artículo 4.1 en el sentidosiguiente:3.- Para los bienes de naturaleza urbana un 0,502 %SEGUNDO.-Modificar la Ordenanza Fiscal número 1 en los siguientes apartados.a) articulo 5º, 2- 1º, párrafo segundo, en el sentido siguiente.- El inmueble gravado debe ser de uso residencial, su valor catastral no podrá exceder de100.000,00 € y deberá constituir el domicilio de empadronamiento de la unidad familiar.b) articulo 5º, 2 -2º cuadro para determinar la cuantía de la bonificación,Número de hijosValor Catastral........................................ 3...................................4...................5 o másHasta 40.000 euros............................ 30%............................. 40%........................50%De 40.001 a 70.000 euros.................. 20%............................. 30%........................40%De 70.001 a 100.000 euros................ 10%............................. 20%........................30%Lo que se hace público para general conocimiento. En Jimena de la Fronteraa 21 de diciembre de 2.0<strong>09</strong>. EL ALCALDE. Fdo.- Pascual L. Collado Saraiva.Nº 15.688___________________AYUNTAMIENTO DE SAN JOSE DEL VALLEEDICTOTranscurrido el plazo de exposición pública del expediente de modificaciónde la Ordenanza Fiscal Municipal reguladora de la Tasa por la prestación del serviciode Abastecimiento de Aguas y de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por laprestación del servicio de Alcantarillado para el año 2010, aprobada inicialmente porel Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 19 de octubre de 20<strong>09</strong>, y no habiéndosepresentado alegación alguna; en aplicación de lo dispuesto en el artículo 17.2 del TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el acuerdo se entiendedefinitivamente adoptado.“Primero.- Aprobar provisionalmente la modificación de la ORDENANZAFISCAL REGULADORA DEL TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DEABASTECIMIENTO DE AGUA en los términos siguientes:ARTICULO 5.- Cuota tributaria.1. La cuota tributaria vendrá determinada, en cada caso, por la aplicación de uno ovarios de los siguientes conceptos: