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Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - # 234 de 2 Diciembre 2005

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2-12-05 LA GACETA - DIARIO OFICIAL<strong>234</strong>reuniones y sesiones <strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong> Ministros, comisiones, consejos ycomités. b) Nombrara los funcionarios y empleados para la buenamarcha <strong>de</strong> la sociedad en común acuerdo con el Consejo <strong>de</strong> Ministros.c) Firmara todos los títulos <strong>de</strong> la iglesia <strong>de</strong>partamentales y locales y laslicencias y or<strong>de</strong>namiento <strong>de</strong> los ministros, nombramientos <strong>de</strong> pastores,misioneros y todos los <strong>de</strong>más documentos que requieran la firma <strong>de</strong>lpresi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Asociación. d) Será el representante judicial y extrajudicial<strong>de</strong> la entidad con facultad <strong>de</strong> Apo<strong>de</strong>rado General sin limitación <strong>de</strong> sumas,pero requerirá su autorización escrita y expresa <strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong> Ministrospara ven<strong>de</strong>r o comprar cualquier clase <strong>de</strong> bienes muebles e inmuebles.e) Firmará junto con el tesorero los cheques y las ór<strong>de</strong>nes <strong>de</strong> pago quese emitan a cargo <strong>de</strong> las cuentas o fondo <strong>de</strong> la entidad. f) Rendirá uninforme anual <strong>de</strong> activida<strong>de</strong>s a la asamblea. g) Realizara cualquieractividad y/o función que se señale en los estatutos y en el reglamentointerno. h) Luego <strong>de</strong> la escogencia <strong>de</strong>l nuevo Consejo <strong>de</strong> Ministrosdurante la asamblea, este cuerpo presentará una terna <strong>de</strong> candidatos <strong>de</strong>dos o tres <strong>de</strong> los miembros <strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong> Ministros, para la elección<strong>de</strong> presi<strong>de</strong>nte, vise-presi<strong>de</strong>nte y supervisor nacional. Quien saque lamayoría <strong>de</strong> votos será el presi<strong>de</strong>nte y el que que<strong>de</strong> en el segundo lugarserá el vise-presi<strong>de</strong>nte. La duración <strong>de</strong> los cargos será por tres añospudiendo ser reelegidos cuantas veces la asamblea lo consi<strong>de</strong>re necesario.3.- ATRIBUCIONES DEL VICE-PRESIDENTE. El vicepresi<strong>de</strong>ntesustituirá al presi<strong>de</strong>nte en caso <strong>de</strong> ausencia temporal o <strong>de</strong>finitiva coniguales atribuciones. Se le agrega la atribución <strong>de</strong> coadyuvar con elpresi<strong>de</strong>nte en la organización interna <strong>de</strong> la <strong>de</strong>nominación, teniendo bajosu responsabilidad el or<strong>de</strong>namiento <strong>de</strong> los libros, registros, licencias ytítulos legales. B. 4.- ATRIBUCIONES DEL SUPERVISORNACIONAL: a) Trabajara en coordinación con el Consejo <strong>de</strong> Ministros,supervisores <strong>de</strong>partamentales y pastores para la salvación <strong>de</strong> las almas,alentar la adoración a Dios, enaltecer a nuestro señor Jesucristo y honrarel ministerio <strong>de</strong>l Espíritu Santo fortalecer el cuerpo <strong>de</strong> creyentes ypromover cualquier acción necesaria para cumplir con la comisión dadapor el señor Jesucristo <strong>de</strong> predicar el evangelio a todo el mundo. b) Firmarlas cre<strong>de</strong>nciales <strong>de</strong> todos los ministros junto con el presi<strong>de</strong>nte, así comolos certificados <strong>de</strong> or<strong>de</strong>nación. c) Supervisará las activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> la IglesiaNacional. Tendrá bajo su cargo todas las activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> los supervisores<strong>de</strong> <strong>de</strong>partamento las cuales estarán encaminadas a edificar las iglesiascuadrangulares localizadas en los <strong>de</strong>partamentos, según los propósitosy objetivos <strong>de</strong> la Iglesia Evangélica Cuadrangular <strong>de</strong> <strong>Nicaragua</strong>. En el casoque se genere una vacante en el puesto <strong>de</strong> supervisor <strong>de</strong> <strong>de</strong>partamento,el supervisor nacional asumirá el cargo hasta que el consejo <strong>de</strong> ministrosasigne el sucesor. d) Deberá informar al consejo <strong>de</strong> ministros lascondiciones <strong>de</strong> la iglesia y las activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> su ministerio personal. e)Resolverá los problemas que surjan en las iglesias y los ministros quepuedan afectar negativamente a la Asociación. Deberá informar alConsejo <strong>de</strong> Ministros <strong>de</strong> estos oportunamente. f) Se asegurara que lasIglesias cumplan con los estatutos y los reglamentos internos <strong>de</strong> la IglesiaCuadrangular. g) Velará para que mantenga la sana doctrina en todas lasIglesias a nivel nacional. h) Dirigirá la Convención Nacional. i) Estableceránormas <strong>de</strong> conductas y las hará cumplir en cuanto a <strong>de</strong>stitución,disciplina, responsabilidad moral en caso <strong>de</strong> difícil interpretación en lavida <strong>de</strong> maestros, pastores, evangelistas, supervisores <strong>de</strong>partamentales,misioneros y otros Ministerios bajo el asesoramiento <strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong>Ministro. j) En coordinación con los supervisores <strong>de</strong>partamentales<strong>de</strong>finirá los seminarios, conferencias, confraternida<strong>de</strong>s y temas queayudarán en el fortalecimiento <strong>de</strong> las Iglesias. k) Mantendrá la disciplinainterna <strong>de</strong> las Iglesias locales. l) Investigará las quejas presentadas porlos supervisores <strong>de</strong>partamentales. m) Entregara informes <strong>de</strong> esas quejasy <strong>de</strong> su actuación al Consejo <strong>de</strong> Ministros. n) Se reunirá periódicamentecon los supervisores <strong>de</strong> <strong>de</strong>partamentos para planificar, evaluar yresolver problemas y conflictos. ñ) Nombrará y removerá Ministerioscon la aprobación <strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong> Ministros. B. 5.- ATRIBUCIONESDEL ASESOR MISIONERO: a) Será nombrado por la DirectivaInternacional para servir por un tiempo <strong>de</strong>finido. b) Servirá como asesor7538<strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong> Ministros y <strong>de</strong> la obra en general. c) No <strong>de</strong>berá ocupar cargoejecutivo a nivel nacional, ya que su función es asesorar a los li<strong>de</strong>resnacionales. d) Mantener una buena comunicación <strong>de</strong> la obra en <strong>Nicaragua</strong>con la oficina internacional. e) Tendrá <strong>de</strong>recho a voz y voto en el Consejo<strong>de</strong> Ministros. f) Realizara otras funciones <strong>de</strong>scritas en el reglamentointerno. g) El asesor presentara un informe <strong>de</strong> sus gestiones con la oficinainternacional a la Asamblea General. B. 6.- ATRIBUCIONES DELSECRETARIO NACIONAL.: a) Desempeñará todos los <strong>de</strong>beres necesariosy corrientes <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> la sociedad religiosa, levantando actas <strong>de</strong> lasconvenciones y reuniones: custodiará y mantendrá al día los archivos,libros, documentos y comunicaciones. b) Recibir todos los informespedidos a la Sociedad. c) Autenticar las firmas <strong>de</strong> los funcionarios <strong>de</strong> laasociación cuando fueren necesaria. B.7.- ATRIBUCIONES DELTESORERO NACIONAL: a) Desempeñará todos los <strong>de</strong>beres generalesy correspondientes a su cargo. b) Llevara al día los libros <strong>de</strong> contabilidad<strong>de</strong> la asociación. c) Hará los pagos or<strong>de</strong>nados por el Consejo <strong>de</strong> Ministros.d) Rendirá en la Asamblea General y en las reuniones <strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong>Ministros y en todas las <strong>de</strong>más ocasiones que se le pida un informe <strong>de</strong> lascuentas y fondos a su cargo. e) Llevará un inventario general <strong>de</strong> los bienes,muebles e inmuebles útiles y enseres <strong>de</strong> la asociación. f) Velar por laoportuna recaudación <strong>de</strong> los informes financieros <strong>de</strong> la Iglesia y exten<strong>de</strong>rrecibos por las cantida<strong>de</strong>s recibidas. g) Firmar junto con el presi<strong>de</strong>nte loscheques y giros <strong>de</strong> fondos previamente autorizados por el Consejo <strong>de</strong>Ministros. h) Cualquier otra atribución <strong>de</strong>terminada en el reglamentointerno. i) Entregará informes <strong>de</strong> esas quejas y <strong>de</strong> su actuación al Consejo<strong>de</strong> Ministros. B. 8.- ATRIBUCIONES DE LOS VOCALES OSUPERVISORES DEPARTAMENTALES: Representará su<strong>de</strong>partamento ante el Consejo <strong>de</strong> Ministros y <strong>de</strong>sempeñara todos los<strong>de</strong>beres generales inherentes a sus cargos. C- LA CONVENCIÓNNACIONAL: La Convención Nacional estará integrada por la AsambleaGeneral, el Consejo <strong>de</strong> Ministros y el Consejo <strong>de</strong> Ancianos <strong>de</strong> las Iglesiasconstituidas. 1.- La convención nacional será para evaluar el trabajo <strong>de</strong>l añoconvencional <strong>de</strong> la <strong>de</strong>nominación en tres aspectos: a) La visión. b) Lamisión. c) Las metas. 2) - La convención será <strong>de</strong> carácter teológico einspiracional y no sustituye a la Asamblea General, quien es el máximoorganismo <strong>de</strong> dirección <strong>de</strong> la <strong>de</strong>nominación. 3- La convención se realizaraen los primeros quince días <strong>de</strong>l mes diciembre <strong>de</strong> cada año. 4)- La convenciónNacional será coordinada y dirigida por el Supervisor Nacional. CAPITULOVIII.- DE LAS IGLESIAS: Por resolución <strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong> Ministros ymediante la expedición <strong>de</strong> un titulo respectivo, pue<strong>de</strong>n organizarse encualquier <strong>de</strong>partamento, ciudad o pueblo <strong>de</strong> la república, Iglesia <strong>de</strong>lEvangelio Cuadrangular para predicar los fines y propósitos <strong>de</strong> la asociación.a) Sus miembros <strong>de</strong>berán suscribirse a la doctrina <strong>de</strong>l Evangelio Cuadrangulary obe<strong>de</strong>cer estos estatutos y los reglamentos internos. b) Los principalesfuncionarios <strong>de</strong> cada Iglesia local serán: 1) El pastor quien es el presi<strong>de</strong>nte<strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong> Ancianos. 2) El cuerpo pastoral. 3) Consejo <strong>de</strong> ancianos. 4)Diáconos y diaconizas. 5) Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> comité o ministros que seancreados para fines religiosos, morales y culturales. 6) Sus nombramientos,<strong>de</strong>beres y <strong>de</strong>rechos se harán en conformidad con el reglamento interno. 7)Se le conce<strong>de</strong>rá el nombramiento <strong>de</strong> Iglesias cuando tenga treinta miembrosy reúna los <strong>de</strong>más requisitos establecidos en el reglamento interno.CAPITULO IX. COMITÉ Y OTROS ORGANISMOS ESPECIALES:Los comité y ministerios especiales que sean creados para fines religiosos,morales y culturales con funciones permanentes, tendrán sus reglamentosinternos o manual <strong>de</strong> procedimiento don<strong>de</strong> se señalaran sus funciones, elnumero <strong>de</strong> sus miembros y la forma <strong>de</strong> hacer el nombramiento y <strong>de</strong>másregulaciones necesario para el exacto y buen cumplimiento <strong>de</strong> su cometido.Dichos reglamentos <strong>de</strong>berán estar en armonía con estos estatutos y elreglamento interno <strong>de</strong> la Iglesia nacional o Código <strong>de</strong> Ética. CAPITULO X.- REPRESENTACIÓN LEGAL: El presi<strong>de</strong>nte nacional, representaralegalmente a la Iglesia Internacional <strong>de</strong>l Evangelio Cuadrangular <strong>de</strong> <strong>Nicaragua</strong>,tanto judicial como extrajudicialmente, pudiendo otorgar po<strong>de</strong>res judiciales,pero necesitará autorización <strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong> Ministros para adquirir,ven<strong>de</strong>r, gravar, o enajenar en cualquier forma bienes muebles e inmuebles

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