08.02.2016 Views

GACETA MUNICIPAL

Bando%20Municipal%202016

Bando%20Municipal%202016

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Autorización por la unidad administrativa correspondiente.<br />

Tanto la licencia de funcionamiento como la Cédula de Empadronamiento de Mercado<br />

Público Municipal podrán establecerse en un formato único.<br />

Artículo 99. Para la realización de espectáculos públicos, la Secretaría del H. Ayuntamiento<br />

expedirá la autorización respectiva donde el peticionario deberá contar necesariamente<br />

con el dictamen de la Dirección de Protección Civil y Bomberos, las que previo estudio de<br />

factibilidad deberán determinar si el espacio en el que se propone llevar a cabo el evento<br />

reúne las condiciones necesarias de seguridad para el público, cumpliendo con la Ley de<br />

Eventos Públicos del Estado de México y su Reglamento.<br />

Los permisos otorgados para los eventos aludidos no lo eximen de la responsabilidad que<br />

se derive de los incidentes que puedan llegar a originarse, lo cual llevaría a la suspensión<br />

inmediata del evento, así como la responsabilidad penal que se desprenda y que determine<br />

la autoridad correspondiente.<br />

Artículo 100. El H. Ayuntamiento coadyuvará en términos del Código Administrativo del<br />

Estado de México, con la Secretaría de Movilidad del Estado de México, intercambiando<br />

información de la que se disponga con el propósito de intervenir en el reordenamiento del<br />

transporte público de pasajeros, incluyendo a los vehículos de propulsión no motorizada, así<br />

como, en su caso, otorgando la opinión favorable cuando esta proceda para la instalación<br />

de bases o sitios en los que se desarrolla esta actividad económica.<br />

CAPÍTULO II<br />

DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS<br />

Artículo 101. EL H. Ayuntamiento expedirá todas las disposiciones generales necesarias<br />

para el desarrollo de las actividades agrícolas, ganaderas, industriales, comerciales y de<br />

servicios para fomentar el establecimiento de fábricas, depósitos o expendios de todo<br />

tipo, incluso de materiales flamables, de conformidad con las leyes, reglamentos y demás<br />

ordenamientos legales de la materia.<br />

Artículo 102. Se declara a Ecatepec de Morelos Municipio saturado de los giros con venta<br />

de bebidas alcohólicas en botella abierta para consumo inmediato o al copeo, con o sin<br />

pista de baile, video bares, bares, restaurante bar, cantinas, pulquerías, loncherías, centros<br />

botaneros, cervecerías, cabarets y centros nocturnos, discotecas, así como tianguis,<br />

puestos fijos, semifijos y ambulantes, de la misma forma aplica para todo establecimiento<br />

mercantil cuyo giro contemple la venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada, por lo<br />

75

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!