28.02.2016 Views

LEY

LEY_N_45_Racismo_y_no_discrimaci%25C3%25B3n

LEY_N_45_Racismo_y_no_discrimaci%25C3%25B3n

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Ley Nº 045: Ley Contra el Racismo y toda Forma de Discriminación<br />

Artículo 19. (SALIDAS ALTERNATIVAS). Conforme a lo establecido por el Artículo 26 del Código<br />

de Procedimiento Penal, el Ministerio Público buscará en el marco de la legalidad la solución del<br />

conflicto penal, mediante la aplicación de las salidas alternativas previstas por ley.<br />

Artículo 20. (DENUNCIA FALSA O TEMERARIA). La persona que a sabiendas acusare o denunciare<br />

como autor o autora, o partícipe de un delito de racismo o cualquier forma de discriminación a<br />

una persona que no lo cometió, dando lugar a que se inicie el proceso penal correspondiente, será<br />

sancionado conforme a lo previsto en el Artículo 166 del Código Penal.<br />

Pág.<br />

19

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!