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<strong>MANUAL</strong> <strong>DE</strong> <strong>USO</strong><br />
<strong>EXPEDIENTE</strong> <strong>ELECTRÓNICO</strong><br />
Material de apoyo realizado por:<br />
Juzgado de 1º Inst. C y C 18º Turno
GUÍA <strong>DE</strong> <strong>USO</strong><br />
1) ¿Cómo crear mi usuario y contraseña?<br />
2) Mesa de Entrada Jurisdiccional (Oficina de apoyo para profesionales).<br />
3) Centro Internacional de Estudios Judiciales (CIEJ) – (Capacitación para profesionales)<br />
3) Expediente Electrónico. Definición.<br />
4) Validez del expediente electrónico. Marco legal.<br />
5) Representación electrónica. Firma digital.<br />
6)Tipos de notificaciones. Notificación formato papel.<br />
7) Cómputo de plazos. Notificación instantánea.<br />
8) Auxiliares. Esquema del proceso.<br />
9) Audiencias. Oficios e informes.<br />
10) Otros: (inhibición, recusación, interinazgo).
0PCIÓN A<br />
PASO Nº 1<br />
ACTUALIZAR MI CORREO <strong>ELECTRÓNICO</strong><br />
• Ingresar a la página web de la C.S.J. www.pj.gov.py<br />
• Seleccionar la opción Gestión Judicial.<br />
• Ingresar en “Actualización de datos de Auxiliares de<br />
Justicia”.<br />
• Completar el formulario con sus datos personales y e- mail,<br />
imprimir el formulario, firmar y presentar en Mesa de Entrada de<br />
la C.S.J.
1-<br />
2-
3-<br />
(Orientado a personas sin acceso a la pagina web)<br />
Presentar nota en Mesa de Entrada de la C.S.J., solicitando la “Actualización de los datos” existentes en la<br />
base de datos. Consignar correo electrónico a utilizar .
CONFIRMACIÓN <strong>DE</strong>L CORREO <strong>ELECTRÓNICO</strong>:<br />
luciagomez.28@gmail.com<br />
Después de presentar la nota en Mesa de<br />
Entrada de la C.S.J., desde Secretaria General<br />
“generalsecretariageneralauxiliares@pj.gov.py” se<br />
les enviará un correo electrónico solicitando<br />
la confirmación de su nombre, apellido,<br />
matrícula y cédula de identidad; una vez<br />
corroborado estos datos, se les reenviará<br />
nuevamente un e-mail confirmando que fue<br />
actualizado con éxito sus datos.
LEGAJO DIGITAL ACTUALIZADO<br />
Y AHORA?<br />
• Ingresar a la página web de la C.S.J. www.pj.gov.py<br />
• Seleccionar a la opción Gestión Judicial<br />
• Ingresar “Creación de Usuario y Reseteo de Contraseña”<br />
• Completar el formulario de solicitud, marcar crear usuario o resetear<br />
contraseña, completar con datos personales, e-mail actualizado,<br />
seleccionar enviar.<br />
• La respuesta la recibirá el profesional en las próximas 24 horas, desde el<br />
correo electrónico asistencia@pj.gov.py, donde le informará el usuario y<br />
contraseña del solicitante.
PASO Nº 2<br />
CREAR USUARIO Y CONTRASEÑA<br />
1- 2-
COMPLETAR FORMULARIO ONLINE
USUARIO Y CONTRASEÑA<br />
(FIRMA ELECTRÓNICA <strong>DE</strong>L PROFESIONAL)<br />
LUCIA GÓMEZ<br />
LUCIA<br />
LUCIA GÓMEZ<br />
Lucia Gómez<br />
Lucia Gómez<br />
luciagomez.28@gmail.com<br />
333155<br />
bb421866<br />
Desde el correo electrónico<br />
asistencia@pj.gov.py te envían<br />
tu usuario y contraseña.<br />
333155<br />
bb421866
CENTRO INTERNACIONAL <strong>DE</strong> ESTUDIOS JUDICIALES<br />
(CIEJ)<br />
• Los días martes y miércoles de 08:00 a 10:00<br />
horas capacitan a los profesionales sobre el<br />
expediente electrónico.<br />
• Ubicación: Centro de Entrenamiento y<br />
Capacitación Judicial (Sub- suelo1, Torre Sur)<br />
Responsable:<br />
Colaboradores:<br />
Abog. Carmen Colazo<br />
Abog. Victor Lorenzo Benítez,<br />
Lic. Carmen González<br />
Sr. Marcos Villamayor
MESA <strong>DE</strong> ENTRADA JURISDICCIONAL:<br />
(APOYO A PROFESIONALES)
SERVICIO GRATUITO<br />
Cuenta con funcionarios encargados de guiar a<br />
los profesionales sobre trámites y expedientes<br />
electrónicos, dispone de cuatro computadoras<br />
para ello.<br />
Mesa de Entrada Jurisdiccional cuenta con un servicio<br />
de cortesía excepcional para el escaneo y<br />
digitalización de las documentales, priorizando la<br />
urgencia.
<strong>EXPEDIENTE</strong> <strong>ELECTRÓNICO</strong><br />
Art. 1º: “…Se entiende por expediente electrónico la serie ordenada de documentos<br />
públicos o privados, emitidos, trasmitidos y registrados por vía informativa para la<br />
emisión de una resolución judicial o administrativa…”.<br />
El expediente electrónico se equipara a un expediente en formato papel y<br />
contiene toda la documentación generada por el despacho judicial, presentadas<br />
por las partes en la gestión del expediente, la que se encuentra ordenada<br />
cronológicamente, y asegurada por mecanismos de seguridad que hacen a las<br />
características determinadas por ley.
VALI<strong>DE</strong>Z LEGAL<br />
FIRMA ELECTRÓNICA, DIGITAL Y MENSAJE <strong>DE</strong> DATOS<br />
Ley Nº 4.017/10:<br />
Art. 1º: La presente Ley reconoce la validez jurídica de la firma electrónica, la<br />
firma digital, los mensajes de datos, el expediente electrónico y regula la<br />
utilización de los mismos, las empresas certificadoras, su habilitación y la<br />
prestación de los servicios de certificación.
MARCO LEGAL:<br />
Ley 4.017/10<br />
Ley 4.610/12<br />
Decreto N° 7.369/11<br />
Protocolo de Tramitación Electrónica de la Corte Suprema de Justicia<br />
aprobado a través de la Acordada N° 1.107/16
REPRESENTACIÓN ELECTRÓNICA<br />
El usuario y contraseña que actualmente el abogado patrocinante o<br />
apoderado utiliza para ingresar las causas judiciales, equivale a la firma<br />
electrónica del profesional.<br />
La persona litigante física (patrocinada) podrá consultar su expediente<br />
electrónico en forma personal, solicitando su usuario y contraseña en Mesa<br />
de Entrada Jurisdiccional.
FIRMA DIGITAL:<br />
Los jueces/as y Actuarios/as<br />
utilizan las firmas digitales<br />
para firmar los expedientes<br />
electrónicos y los oficios<br />
electrónicos.
TIPOS <strong>DE</strong> NOTIFICACIONES:<br />
Código Procesal Civil: Ley Nº 4.610/12:<br />
Automática (Art. 131)<br />
Cédula (Art. 133 )<br />
Personal (Art. 133, último párrafo)<br />
Tácita ( Art. 132)<br />
Por carta certificada o telegrama colacionado<br />
(Art. 139)<br />
Notificación Electrónica.<br />
Art. 1º: “…En la tramitación de los expedientes<br />
administrativos o judiciales, podrá utilizarse el mecanismo<br />
electrónico, la firma digital y la notificación<br />
electrónica en forma parcial o total y tendrán la<br />
misma validez jurídica y probatoria que el expediente<br />
tradicional…”.<br />
Por edicto (Art. 140)<br />
Exhorto (art. 129)
NOTIFICACIONES<br />
( PAPEL)<br />
La que dispone el traslado de la demanda, de la reconvención y de los documentos que se<br />
acompañan a sus contestaciones,<br />
<br />
las que disponen la citación de personas extrañas al proceso,<br />
los casos expresamente establecidos por el Magistrado.<br />
‣ Las demás notificaciones generadas en el proceso, ya sea que las mismas correspondan a<br />
notificaciones por cédula o personal serán electrónicas, y las mismas quedarán dispuestas en la<br />
bandeja de notificaciones de la parte notificada (Protocolo Punto N°3)
CÓMPUTO <strong>DE</strong> PLAZOS<br />
NOTIFICACIÓN INSTANTÁNEA<br />
‣El día de notificación corresponde a la fecha del depósito en su bandeja de<br />
notificaciones de la correspondiente cédula digital, haya o no accedido a la bandeja<br />
citada.<br />
‣Ejemplo: 1 noviembre dicta providencia “autos para resolver” al día siguiente<br />
hábil, miércoles 2 de noviembre empieza a correr el plazo para la interposición<br />
de recursos.<br />
• Aclaratoria, vence lunes 7 noviembre a las nueve horas.
AUXILIARES:<br />
FORMATO PAPEL<br />
FORMATO <strong>ELECTRÓNICO</strong><br />
SÍNDICO (DICTAMEN)<br />
OFICIAL <strong>DE</strong> JUSTICIA (MANDAMIENTO)<br />
PERITO (INFORMES)<br />
OBS: Los dictámenes e informes se escanean en el<br />
Juzgado y luego se digitaliza anexando al expediente<br />
electrónico en formato PDF.<br />
Para el retiro de mandamientos se deja constancia en el<br />
cuaderno de secretaria.<br />
<br />
<br />
FISCAL (DICTAMEN)<br />
<strong>DE</strong>FENSOR (DICTAMEN)
ESQUEMA <strong>DE</strong>L PROCESO<br />
Art. 215 CPC<br />
Protocolo<br />
Protocolo<br />
<strong>DE</strong>MANDA TRASLADO<br />
CONTESTACIÓN TRASLADO<br />
Ingreso vía electrónica a<br />
través del Portal de<br />
Gestión Electrónica de<br />
las Partes.<br />
Copias p/ traslado<br />
(formato papel))<br />
Excepcionar (Art. 223/233 CPC)<br />
Reconvenir (Art.237 CPC)<br />
Allanarse<br />
NO COMPARECE (SE SIGUE LA<br />
NOTIFICACIÓN EN FORMATO PAPEL HASTA<br />
QUE TOME INTERVENCIÓN)<br />
Copias p/ traslado<br />
(formato papel))<br />
APERTURA<br />
<strong>DE</strong> LA CAUSA<br />
A PRUEBA<br />
ALEGATOS AUTOS SENTENCIA<br />
Notificación<br />
Instantánea<br />
Plazo común<br />
(6 días)<br />
Notificación<br />
Instantánea<br />
Notificación<br />
Instantánea
AUDIENCIAS:<br />
1) TESTIFICALES.<br />
2) ACEPTACIÓN <strong>DE</strong> CARGO PERITO<br />
ADMINISTRADOR<br />
3) RECONOC. <strong>DE</strong> FIRMA O DOCUMENTO.<br />
4) INFORMACIÓN SUMARIA <strong>DE</strong> TESTIGOS.<br />
5) ABSOLUCIÓN <strong>DE</strong> POSICIONES<br />
Las actas de audiencias una vez firmada por las partes, se escanean en secretaria y luego se<br />
cargan en formato PDF en el expediente electrónico.<br />
En una segunda fase las audiencias serán grabadas.
OFICIOS E INFORMES<br />
<strong>ELECTRÓNICO</strong>S<br />
FORMATO PAPEL<br />
REGISTROS PÚBLICOS.<br />
DIRECCIÓN NACIONAL <strong>DE</strong> AUTOMOTORES.<br />
BANCO ITAÚ.<br />
CONTADURIA GENERAL <strong>DE</strong> LOS TRIBUNALES.<br />
ESTADO CIVIL <strong>DE</strong> LAS PERSONAS<br />
OTRAS INSTITUCIONES PÚBLICAS.<br />
EMPRESAS<br />
OFICIOS COMISIVOS<br />
EXHORTOS<br />
MANDAMIENTOS<br />
Obs: Estos informes se recepcionan en secretaria, luego se escanean<br />
para cargarlo posteriormente en el expediente electrónico.
RECURSOS:<br />
CON EFECTO SUSPENSIVO<br />
Remisión del expediente al Superior (Art. 400, 1° párrafo)<br />
• Se imprimirán todas las actuaciones del expediente electrónico y se remitirá<br />
en formato papel al tribunal de Apelación.<br />
• Si saliera sorteada la Sexta Sala que también cuenta con el sistema de<br />
expediente electrónico, se remitirá por sistema.
SIN EFECTO SUSPENSIVO:<br />
• Resolución recurrida:<br />
S.D. : Original al superior, copia de lo pertinente en el juzgado (Art. 400 inc. a)<br />
• Se imprimirán todas las actuaciones del expediente electrónico y se remitirá en formato papel al<br />
Tribunal de Apelación, manteniéndose el expediente electrónico en secretaria para su tramitación<br />
durante la substanciación de los recursos ante el superior.<br />
• Si saliera sorteada la Sexta Sala que también cuenta con el sistema de expediente electrónico, se<br />
remitirá por sistema, y se imprimirán todas las actuaciones del expediente electrónico en formato papel<br />
para la tramitación en secretaria.
SIN EFECTO SUSPENSIVO:<br />
• Resolución recurrida:<br />
A.I.: Original en el juzgado, copia pertinente al superior (Art.400 inc. b)<br />
• Se imprimirá la resolución apelada del expediente electrónico y se remitirá<br />
en formato papel al Tribunal de Apelación, manteniéndose el expediente<br />
electrónico en secretaria para su tramitación durante la substanciación del<br />
recurso ante el superior.
RECUSACIÓN:<br />
RECUSACIÓN <strong>DE</strong>L JUZGADO <strong>DE</strong> IGUAL CLASE Y JURISDICCIÓN<br />
TURNO N°17.<br />
• Con causa: Mientras no se confirme nuestra competencia sigue en<br />
papel.<br />
• Sin causa: Una vez firme la competencia del Turno N° 18 se escanea<br />
todo el expediente y se tramite electrónicamente.
INHIBICIÓN, RECUSACIÓN CON CAUSA,<br />
FUERO <strong>DE</strong> ATRACCIÓN, A LA VISTA:<br />
• Se imprimen las actuaciones del expediente electrónico<br />
en formato papel y se remite al juzgado correspondiente.
INTERINAZGO:<br />
• El Juzgado de igual clase y competencia Nº 19<br />
y sus Actuarios/as.