Gaceta Sutconalep No. 12
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IDENTIDAD<br />
E d i t o r i a l .<br />
El Estado de Derecho (Segunda Parte)<br />
D I R E C T O R I O<br />
Carlos Tirso Robles<br />
Ostos.<br />
Secretario General del<br />
SUTCONALEP.<br />
Patricia Mendoza Pavía.<br />
Secretaría de<br />
Comunicación e<br />
Información.<br />
Patricio J. Gutiérrez López<br />
Secretaría de<br />
Premios Estímulos y<br />
Recompensas.<br />
Ma. Del Carmen Soto<br />
Jiménez<br />
Colaboración.<br />
El desarrollo del Estado de Derecho en el Estado Mexicano da<br />
origen a la creación de tres poderes; El Poder Ejecutivo, Poder<br />
Legislativo y Poder Judicial, siendo éstos independientes, coordinados<br />
y representantes al gobierno en colaboración y consecuencia<br />
de esos órganos, un ejemplo de ello es el debido proceso<br />
en materia penal; hoy en día que con muchos esfuerzos ha<br />
derivado en una amplía participación democrática de la ciudadanía,<br />
pero no garantiza como antes se dijo un Estado de Derecho.<br />
Su fuerza radica en un Sistema de Leyes en torno a una Constitución,<br />
la cual es el fundamento jurídico para las autoridades de<br />
cualquier medida o acción, ésta debe estar sujeta a una norma<br />
jurídica de sometimiento para sí mismo (Estado y sus gobernados).<br />
Lo anterior se estableció en nuestra Carta Magna en dos<br />
fechas, el 31 de Enero y el 4 de Octubre de 1824. Por otra parte,<br />
en la mayoría de las Constituciones políticas del mundo, es<br />
reconocida en su parte dogmática los Derechos Humanos, tanto<br />
en lo individual como en lo colectivo frente al Poder del Estado;<br />
el hombre por el solo hecho de ser, posee un derecho humano,<br />
surgido de la Declaración de los Derechos Humanos y la Libertad,<br />
cabe distinguir la diferencia y qué son éstos derechos, los<br />
Derechos Humanos son los que no están reconocidos por la<br />
Constitución y que solo se basan en declaraciones y los Derechos<br />
Fundamentales son aquellos que se encuentran reconocidos<br />
en dichos textos constitucionales. En México permean una<br />
serie de fenómenos sociales de relevancia y por consecuencia<br />
modificaciones al sistema político, desencadenando violencia en<br />
muchos lugares del país por una marcada desigualdad con los<br />
grupos vulnerables y por otro lado una sociedad que tiene la<br />
posibilidad de acceso a la cultura, lectura y con nuevas tecnologías<br />
de la información, transformando de tal manera su entorno<br />
social y cotidiano. Así surgen los grupos sociales en un país multicultural<br />
que busca el respeto a su forma de vida y democracia,<br />
de la misma manera los grupos indígenas han buscado mecanismos<br />
para satisfacer sus necesidades y aspiraciones que el Estado<br />
no ha otorgado y que debe garantizar a ellos y a toda una<br />
sociedad de manera imparcial, respetando en todo momento la<br />
identidad, las libertades de cada persona o grupo y como responsabilidad<br />
del Estado que la Ley le exige, se cumpla y se vele<br />
siempre por los derechos humanos, de lo contrario estaría<br />
actuando con un poder autoritario y anticonstitucional, sin la<br />
existencia del Estado de Derecho o la ingobernabilidad y anarquía.<br />
3<br />
“Por la Superación y la Unidad”<br />
Carlos Tirso Robles Ostos<br />
Secretario General