Impacto ambiental
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MBLGO. JOSE LUIS GUTIERREZ APONTE MBLGO. LUIS ALBERTO SANCHEZ<br />
ANGULO La evaluación de impacto <strong>ambiental</strong> generalmente es llevado a cabo<br />
por comisiones, consejos o juntas locales. Los estudios deben evaluarse con<br />
los mismos criterios usados para proyectos mayores. Es decir, estos deben<br />
asegurar que sean: completos, adecuados y meritorios. Algunos gobiernos<br />
cuentan con comisiones de voluntarios (llamados Comisiones Ambientales,<br />
Comisiones de Conservación o Consejos de Administración Ambiental), que<br />
actúan como examinadores independientes para el gobierno local,<br />
informando, al encargado de las decisiones, sus comentarios y<br />
recomendaciones sobre los informes y Estudio de <strong>Impacto</strong> Ambiental. (www<br />
<strong>Impacto</strong> Ambiental 2005). Identificación de los aspectos <strong>ambiental</strong>es y<br />
evaluaciones de los impactos <strong>ambiental</strong>es Un aspecto <strong>ambiental</strong> se refiere a<br />
un elemento de una actividad, producto o servicio de una organización que<br />
interactúa con el medio ambiente, e impacto se refiere al cambio que ocurre<br />
en el ambiente como resultado del aspecto. La empresa organismos deberá<br />
identificar los procesos productivos y procesos en general, la relación de estos<br />
con el medio ambiente y su impacto. PROTECCIÓN AMBIENTAL Definición Es<br />
el conjunto de acciones de orden técnico, legal, humano, económico y social<br />
que tiene por objeto proteger las zonas de actividades extractivas, industriales,<br />
etc. y sus áreas de influencia, evitando su degradación progresiva o violenta a<br />
niveles perjudiciales que afectan los ecosistemas, la salud y el bienestar<br />
humano. La protección <strong>ambiental</strong> requiere 1. Autoridad <strong>ambiental</strong>: Autoridad<br />
competente para aplicar sanciones por infracción a las regulaciones<br />
<strong>ambiental</strong>es cometidas por personas naturales y/o jurídicas cuya actividad se<br />
desarrolla dentro del territorio nacional. 2. Patrones <strong>ambiental</strong>es: Son las<br />
normas, directrices, prácticas, procesos e instrumentos definidos por la<br />
autoridad competente con el fin de promover políticas de prevención, reciclaje<br />
y reutilización, y control de la contaminación y deterioro <strong>ambiental</strong> en<br />
diferentes actividades y políticas de conservación de los recursos naturales. 3.<br />
Límites máximos permisibles (LMP): Es la concentración o grados de<br />
elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos que<br />
caracterizan a un efluente o a una emisión que al ser excedido puede causar<br />
daños a la salud, bienestar humano y al ambiente. Su cumplimiento es exigible