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VALORIZACIONES y
LIQUIDACIÓN DE
CONTRATO DE OBRA
Ing. Eddie E. Aronés Barbarán
PMP, Doctorando en Ingeniería Civil, Master en Ingeniería Civil
Árbitro, Perito y JRD
Marco Legal
TUO de la Ley de Contrataciones del Estado
aprobado por DS 082-2019-EF
DS N° 344-2018-EF Reglamento de la Ley de
Contrataciones
D.S. 011-079-VC que regula los temas
relacionados a los reajustes, amortizaciones,
deductivos, etc.
Directiva 005-2020-OSCE/CD
Especificaciones técnicas del expediente
Bases integradas
Contrato
GENERALIDADES
Tipos de Ejecución Presupuestal de Proyectos:
✓ Ejecución Presupuestal Indirecta (Por contrata).
✓ Ejecución Presupuestal Directa
Modalidad de ejecución Contractual:
✓ Llave en mano.
✓ Concurso oferta.
Sistema de Contratación:
✓ Sistema a Suma Alzada.
✓ Sistema a Precios Unitarios.
✓ Sistema Mixto.
SISTEMAS DE CONTRATACIÓN
Suma alzada Precios Unitarios Esquema mixto
Se aplica cuando las
cantidades, magnitudes y
calidades de la prestación
estén totalmente definidas en
los planos y especificaciones
técnicas respectivas.
Este sistema es aplicable
cuando la naturaleza de la
prestación no permita
conocer con exactitud o
magnitudes requeridas.
Este sistema se elegirá si
en el Exp. Tec. uno o
varios componentes
técnicos están definidas y
otros no.
También se refiere a
servicios y obras
Ejemplo: Construcción de un
colegio.
Ejemplo: Construcción de una
carretera.
Ejemplo: Construcción de
una planta de tratamiento
de agua potable.
Tipos de valorizaciones
1) Val. Obra Principal
Tipos de
Valorizaciones
2) Val. Intereses
3)Val. Costos Directos y Mayores Gastos
Generales Variables (MGGV).
4) Val. Adicional de obra
5) Valorización de mayores costos
ESTUDIO DE LAS VALORIZACIONES DE OBRA
Concepto
Es la cuantificación del costo de los trabajos de una obra
a una fecha determinada.
Tienen el carácter de pagos a cuenta
Son elaboradas el último día de cada período previsto en
las Bases o en el contrato, por el Inspector o Supervisor y
el Contratista.
VALORIZACIONES DE OBRAS A PRECIOS UNITARIOS
En el caso de las obras contratadas bajo el sistema de precios
unitarios, las valorizaciones se formularan en función de los
metrados ejecutados con los precios unitarios ofertados,
agregando separadamente los montos proporcionales de los
gastos generales y utilidad ofertados por el contratista; a este
monto se agregará, de ser el caso, el porcentaje correspondiente
al Impuesto General a las ventas.
Hasta el total de metrados ejecutados
V= ((Mtdo. Ejecutado x P.U. ofertado) + GG. Ofertado +
Utilidad ofertada)xIGV
Fuente: Artículo 194 del Reglamento de la Ley de Contrataciones aprobado por DS 344-2018-EF
VALORIZACIONES DE OBRAS SUMA ALZADA
Se formulan en función de los metrados ejecutados
aplicando las partidas y precios unitarios del
desagregado de partidas que dio origen a la propuesta
y que fuera presentada al momento de ofertar,
agregando separadamente los montos proporcionales
de gastos generales y utilidad ofertados a este monto
se agrega, de ser el caso, el porcentaje
correspondiente al Impuesto General a las Ventas.
Hasta el total de metrados del presupuesto de obra
V= ((Mtdo. Ejecutado contratado x P.U. ofertado) + GG.
ofert. + Utilidad ofert)*IGV
Fuente: Artículo 194 del Reglamento de la Ley de Contrataciones aprobado por DS 344-2018-EF
ELABORACIÓN DE METRADOS
Los metrados de obra ejecutados son
calculados de acuerdo a lo indicado en
las especificaciones técnicas.
El Inspector o supervisor revisa los
metrados durante el período de
aprobación de la valorización.
Plazos
MAYO
JUNIO
Cierre de Metrados 1° día Supervisión:
conjunta
hábil Aprueba y tramita
5 d.h.
5 10 15 20 25 31 5 10 15 20 25 30
Periodo de ejecución
Valorización
Conjunta
Entidad
Paga valorización
CONTENIDO RECOMENDADO DE UNA VALORIZACION DE OBRA
• Hojas de metrado certificado
• Lista de metrados afectados por los precios unitarios.
• Cuadro de cálculo de los factores de reajuste.
• Cuadro de control de reajuste
• Croquis, planos.
• Cuadro de control de amortizaciones de adelanto.
• Estado de vigencia de garantías.
• Hoja de resumen que muestre los avances acumulado.
• Hoja de control de valorizaciones y pagos efectuados
• Gráficos de avance de obra programada/obra ejecutada.
• Factura emitida por el Contratista.
• Documentos que acrediten cumplimiento de obligaciones
contractuales
DISCREPANCIAS DE VALORIZACIONES O METRADOS
En la liquidación se resuelve discrepancias
de formulación, aprobación o valorización
de los metrados, sin perjuicio de parte no
controvertida.
Sólo si el monto de la valorización en
controversia es = ó > 5% del contrato
actualizado, se resuelve mediante JRD,
conciliación o arbitraje hasta 30 d.h. de
ocurrida la controversia.
REAJUSTES
Compensación económica por la variación de precios en el
tiempo.
En el cálculo se utiliza los índices que se obtienen de la
fórmula Polinómica.
Fórmula Polinómica
Representación matemática de la estructura de costos de un
proyecto.
K= aMr + bJr + cQr + dVr + eGGUr
Mo Jo Qo Vo GGUo
Fuente: Art. 38 del RLCE y D.S. N° 011-79-VC
Estructura de la Fórmula
Polinómica
Mano de Obra
Costo Directo
Materiales
Presupuesto
Costo Total
IGV
Costo Indirecto
Equipos
Gastos
Generales
Utilidad
Características
K= aMr + bJr + cQr + dVr + eGGUr
Mo Jo Qo Vo GGUo
Donde:
K= Coeficiente de Reajuste.
a)Número máximo de Monomios = 8
b)Cada monomio como máximo = 3 IU
c)Coeficiente de incidencia > ó = 0.050 (5%) a,b,c,d,e
d)∑ Coeficiente de incidencia = 1.000 (a,+b+c+d+e)
Índices Unificados de Precios
Los índices Unificados de Precios son elaborados por el INEI
publicados todo los meses en el Diario Oficial El Peruano,
entre el 15 y el 20 de cada mes, y corresponden al promedio
ponderado de variación de precios de los diversos recursos
de la construcción (mano de obra, materiales, equipos, etc.)
del mes anterior al de su publicación.
Los índices Unificados no se pueden prorratear en función a
periodos de tiempo, los índices Unificados son válidos para
todo el mes.
Fórmula de reajustes
El reajuste mantiene actualizado el valor del Presupuesto.
Concepto básico es el REAJUSTE y la comparación de Reajuste.
R = V ( K – 1 )
Donde:
V: Valorización bruta
K: Coeficiente de reajuste obtenido de la FP
Fórmula de reajustes
a) Norma General
Se reajusta con los IU del mes correspondiente a la
valorización
b) Norma para obras Atrasadas
Máximo reajuste reconocido= ∑ Reaj. Programados
c) Norma para obras Adelantadas
Máximo reajuste reconocido= ∑ Reaj. Ejecutados
AMORTIZACIONES POR ADELANTOS
$
$
Las Bases podrán establecer:
$
•Adelantos directos que no excederán
de 10 % del C.O.
•Adelanto por materiales que no
excederán el 20 % del C.O.
Art. 180 del RLCE del DS 344 aprobado por DS 344-2018-EF
FIRMA DE
CONTRATO
FLUJOGRAMA ADELANTO
DIRECTO AL CONTRATISTA
SOLICITUD
Contratista
8 días
(*) Siempre que lo prevean las Bases
APROBACION
y PAGO (7 días)
NO
PAGO DAÑOS
Y PERJUICIOS
15 días
RESOLUCION
CONTRATO
SI
ENTREGA
TOTAL
SI
INICIO DE PLAZO
DE OBRA
VIGENCIA DEL
CALENDARIO
NO
(*)
1.4.1 Obra con Adelanto Directo:
El Adelanto Directo corresponde a un capital, de
trabajo que la entidad otorga al Contratista, siempre y
cuando las Bases del proceso de selección lo hayan
considerado y el Contratista lo solicite.
Este Adelanto puede ser hasta el 10% del Monto del
Contrato, incluido el IGV, y se otorga contra una
Garantía por igual monto, renovable cada tres meses
por el saldo del adelanto por amortizar.
Adelanto Directo < ó = 10% Contrato
Amortización de adelanto directo
A= Adelanto Directo x Valorización
Monto Contrato
El adelanto directo se amortiza hasta completar el monto
del adelanto otorgado.
ADELANTO DE MATERIALES
Adelanto Máximo (AM) = hasta 20% Contrato original (C)
Monto máximo = Cix%xPartic x Saldo por valorizar xIma/Imo
Adel. Materiales = Materiales Fórmula Polinómica
Monto concordante con el calendario de adquisición de materiales
Donde:
Ci.= Coeficiente de Incidencia del material en la F.P.
%Partic = Porcentaje de participación del insumo en el monomio
Ima= Índice Unificado del material a la fecha del adelanto.
Imo= Índice Unificado del material a la fecha del Valor Referencial
AMORTIZACIÓN (D.S. N° 11-79-VC)
Amort. = (VBxC.I.) x Ima/Imo
Donde:
P. Unit. = Precio unitario.
Ima= Índice de Precio del elemento a la fecha del adelanto.
Imo= Índice de Precio del elemento a la fecha del Valor
Referencial.
Fr= Factor de Relación
Deducción de reintegro que no corresponde por Adelanto
Directo
Esta normado por el D.S. N° 06-86-VC, que señala la siguiente
formula general:
Donde:
D= A.D. x V (K -1)
C Ka
D= Deducción de reajuste no corresponde.
A.D.=Adelanto Directo otorgado sin IGV.
C= Monto del Contrato Principal sin IGV
V= Valorización ejecutada, incluye Factor de relación.
K= Coef. Reaj. De la valorización.
Ka= Coef. Reaj. del mes en que se otorgo el Adelanto Directo.
DEDUCCIONES
DEDUCCIÓN DE ADELANTOS QUE NO CORRESPONDE POR ADELANTO DE MATERIALES
D= Ci x V ( Imr - Ima )
Imo
Donde:
Ci= Coeficiente de Incidencia.
V= Valorización.
Imr= Índice de Precio del elemento a la fecha del reajuste.
Ima= Índice de Precio del elemento a la fecha del adelanto.
Imo= Índice de Precio del elemento a la fecha del Valor
Referencial
PENALIDADES
Penalidad por mora en la ejecución de la prestación
En todos los casos, la penalidad se aplicará
automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente
fórmula:
Art. 164 del RLCE
PENALIDADES
Penalidades por otros conceptos
Se calcula sobre la base de lo establecido en el contrato.
Usualmente está vinculado a un porcentaje del monto del
contrato.
El tope acumulado es del 10% del monto del contrato
actualizado.
Intereses por demora en el pago
A partir del vencimiento del plazo establecido para el pago
de estas valorizaciones, por razones imputables a la Entidad,
el contratista tendrá derecho al reconocimiento de los
intereses pactados en el contrato y, en su defecto, al interés
legal, de conformidad con los Artículos 1244, 1245 y 1246
del Código Civil.
Para el pago de los intereses se formulará una Valorización
de Intereses y se efectuará en las valorizaciones siguientes.
INTERESES POR DEMORA EN EL PAGO
DE LAS VALORIZACIONES
Formas del cálculo de intereses
Por analogía se considera aplicable el procedimiento establecido
por la circular N° 016-94-EF/90 del 21/05/94, que establece:
Factor interés ( i ) = F.A.T.I.L. día pago Valorizac. - 1
F.A.T.I.L último día que debió pagarse Valorizac.
INT. = VAL.ADEUDADA X F..A.T.I.L. dia de pago - 1
F.A.T.I.L. dia venct.plz.pago val.
Donde:
F.A.T.I.L: Factor Acumulado de la Tasa de Interés Legal
En obras públicas No reconocen intereses de intereses.
INTERESES POR DEMORA EN EL PAGO
DE LAS VALORIZACIONES
VAL. MES
V
REAJUSTES
R
DEDUCCIÓN DE REAJUSTES (-) D
VAL. BRUTA VB= V+R-D
AMORTIZA. ADELANTOS (-) A
VAL. NETA VN= VB-A
I.G.V. = 18% VN
CANCELAR AL CONTRATISTA = E+IGV
PARA CÁLCULO DE INTERESES VAL. ADEUD.= VN
Fuente: Art. 194.7 del RLCE
VALORIZACIÓN DE OBRAS
ADICIONALES
ELABORACIÓN DE VALORIZACIONES DE
ADICIONALES
Elaboración y procedimiento similar a valorizaciones contrato
principal.
V= (Metrado ejecutado x P.U. adicional) + G.G. adicional + Utilidad
Adicional.
Se valoriza hasta el total de metrados ejecutados del adicional
aprobado
VALORIZACION DE MAYORES
GASTOS GENERALES
MAYORES GASTOS GENERALES
El gasto general diario se calcula dividiendo los gastos
generales directamente relacionados con el tiempo de
ejecución de obra del presupuesto referencial multiplicado por
el factor de relación entre el número de días del plazo
contractual afectado por el coeficiente de reajuste «Ip/Io», en
donde «Ip» es el Índice General de Precios al Consumidor
(Código 39) aprobado por el INEI correspondiente al mes
calendario en que ocurre la causal de ampliación del plazo
contractual, e «Io» es el mismo índice de precios
correspondiente al mes del valor referencial.
CÁLCULO DE LOS GASTOS GENERALES
M.G.G. en obras a Precios Unitarios y Suma Alzada
MGG = N° días A.P x GGV ofertado x Ind 39 (causa)
N° días plazo contrato Im 39 (V.R.)
PAGO DE COSTOS DIRECTOS Y GASTOS GENERALES
30 días
No se establece plazo
15 días
Entidad
Emite Resolución o
Documento
aprobando A. Plazo
Contratista
Supervisor
Entidad
Presenta valorización de costos y
gastos generales al Supervisor/
Inspector
Eleva la valorización a la
Entidad
Puede ser sometido sumisión de
la Junta de Resolución de
Disputas
Fuente: Art. 201 del RLCE aprobado por DS 344-2018- EF
LIQUIDACIÓN DE CONTRATO
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LIQUIDACIÓN
La Liquidación del contrato es un proceso
TÉCNICO – LEGAL – ADMINISTRATIVO para
determinar el costo real y total de la obra.
Saldo de Liquidación= Costo Autorizado – Pagos realizados
OBJETIVO
• Establecer el costo total de la obra.
• El saldo económico a favor o en contra
de las partes.
• Cerrar el contrato
• Cerrar el proyecto
• Cerrar contablemente y financieramente
ALCANCES SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARA LIQUIDAR UNA OBRA POR SUMA ALZADA Y
PRECIOS UNITARIOS. (Art. 194)
Según el Sistema de Contratación establecido en el Contrato, se procederá a
liquidar de la siguiente manera:
A Suma Alzada.- Las partidas se liquidan al 100% de los metrados del
presupuesto de obra, salvo que se hayan aprobado adicionales o
deductivos.
A Precios Unitarios.- Corresponderá hacer un remetrado de toda las
partidas de obra a fin de determinar su real ejecución, se deben tener
también presente los presupuestos adicionales y deductivos.
PROCEDIMIENTO Y PLAZOS
‣ El contratista debe presentar la liquidación de 60 d/c ó 1/10 del plazo de
ejecución; el que resulte mayor. Contado desde el día siguiente de la
Recepción.
‣ Dentro de los sesenta (60) días o el equivalente a un décimo (1/10) del plazo
vigente de ejecución de la obra, el que resulte mayor, contado desde el día
siguiente de la recepción de la obra, el supervisor o inspector presenta a la
Entidad sus propios cálculos, excluyendo aquellos que se encuentran
sometidos a un medio de solución de controversias.
‣ En caso el contratista no presente la liquidación en el plazo previsto, la
Entidad ordena al supervisor o inspector la elaboración de la liquidación
debidamente sustentada en el plazo previsto en el numeral 209.1 (plazo para
el Supervisor), siendo los gastos a cargo del contratista. La Entidad notifica la
liquidación al contratista para que éste se pronuncie dentro de los quince (15)
días siguientes.
‣ La Entidad debe pronunciarse en 60 d/c.
Art. 209 del RLCE
PROCEDIMIENTO Y PLAZOS
‣ Si una de las partes no acoge las observaciones debe manifestarlo por escrito
y en los 30 días hábiles siguientes, cualquiera deberá solicitar el sometimiento
de la controversia a arbitraje; pudiendo cobrarse la parte no controvertida.
‣ La liquidación de obra contratada bajo cualquier sistema de contratación se
practica con los precios unitarios, gastos generales y utilidad ofertados y, de
ser el caso, los aprobados durante la ejecución del contrato
‣ Cuando una parte observe la liquidación, la otra debe pronunciarse en 15 d/c
de notificada; de no hacerlo se tendrá por aprobada con las observaciones.
Consentimiento
✓ Cuando una de las partes no observa la Liquidación
presentada por la otra.
✓ Cuando uno de las partes no observa las observaciones
hecha por la otra parte a la liquidación presentada.
✓ Cuando la parte que no acoge la observación no lleve a
Solución de Controversia la Liquidación o la observación.
Efectos de la liquidación
‣ Con la liquidación aprobada y consentida y efectuado el pago
correspondiente, el contrato culmina definitivamente y se cierra el
expediente.
‣ Toda discrepancia respecto a la liquidación, incluso las
controversias relativas a su consentimiento o al incumplimiento
de los pagos que resulten de la misma, se resuelve según las
disposiciones previstas para la solución de controversias
establecidas en la Ley y en el Reglamento, sin perjuicio del cobro
de la parte no controvertida.
‣ Las controversias respecto a los pagos que la Entidad deba hacer
al contratista podrán ser sometidas a conciliación y/o arbitraje
dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes al vencimiento de la
obligación según contrato.
MUCHAS GRACIAS
ediarones@gmail.com
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