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VALORIZACIONES y

LIQUIDACIÓN DE

CONTRATO DE OBRA

Ing. Eddie E. Aronés Barbarán

PMP, Doctorando en Ingeniería Civil, Master en Ingeniería Civil

Árbitro, Perito y JRD


Marco Legal

TUO de la Ley de Contrataciones del Estado

aprobado por DS 082-2019-EF

DS N° 344-2018-EF Reglamento de la Ley de

Contrataciones

D.S. 011-079-VC que regula los temas

relacionados a los reajustes, amortizaciones,

deductivos, etc.

Directiva 005-2020-OSCE/CD

Especificaciones técnicas del expediente

Bases integradas

Contrato


GENERALIDADES

Tipos de Ejecución Presupuestal de Proyectos:

✓ Ejecución Presupuestal Indirecta (Por contrata).

✓ Ejecución Presupuestal Directa

Modalidad de ejecución Contractual:

✓ Llave en mano.

✓ Concurso oferta.

Sistema de Contratación:

✓ Sistema a Suma Alzada.

✓ Sistema a Precios Unitarios.

✓ Sistema Mixto.


SISTEMAS DE CONTRATACIÓN

Suma alzada Precios Unitarios Esquema mixto

Se aplica cuando las

cantidades, magnitudes y

calidades de la prestación

estén totalmente definidas en

los planos y especificaciones

técnicas respectivas.

Este sistema es aplicable

cuando la naturaleza de la

prestación no permita

conocer con exactitud o

magnitudes requeridas.

Este sistema se elegirá si

en el Exp. Tec. uno o

varios componentes

técnicos están definidas y

otros no.

También se refiere a

servicios y obras

Ejemplo: Construcción de un

colegio.

Ejemplo: Construcción de una

carretera.

Ejemplo: Construcción de

una planta de tratamiento

de agua potable.


Tipos de valorizaciones

1) Val. Obra Principal

Tipos de

Valorizaciones

2) Val. Intereses

3)Val. Costos Directos y Mayores Gastos

Generales Variables (MGGV).

4) Val. Adicional de obra

5) Valorización de mayores costos


ESTUDIO DE LAS VALORIZACIONES DE OBRA

Concepto

Es la cuantificación del costo de los trabajos de una obra

a una fecha determinada.

Tienen el carácter de pagos a cuenta

Son elaboradas el último día de cada período previsto en

las Bases o en el contrato, por el Inspector o Supervisor y

el Contratista.


VALORIZACIONES DE OBRAS A PRECIOS UNITARIOS

En el caso de las obras contratadas bajo el sistema de precios

unitarios, las valorizaciones se formularan en función de los

metrados ejecutados con los precios unitarios ofertados,

agregando separadamente los montos proporcionales de los

gastos generales y utilidad ofertados por el contratista; a este

monto se agregará, de ser el caso, el porcentaje correspondiente

al Impuesto General a las ventas.

Hasta el total de metrados ejecutados

V= ((Mtdo. Ejecutado x P.U. ofertado) + GG. Ofertado +

Utilidad ofertada)xIGV

Fuente: Artículo 194 del Reglamento de la Ley de Contrataciones aprobado por DS 344-2018-EF


VALORIZACIONES DE OBRAS SUMA ALZADA

Se formulan en función de los metrados ejecutados

aplicando las partidas y precios unitarios del

desagregado de partidas que dio origen a la propuesta

y que fuera presentada al momento de ofertar,

agregando separadamente los montos proporcionales

de gastos generales y utilidad ofertados a este monto

se agrega, de ser el caso, el porcentaje

correspondiente al Impuesto General a las Ventas.

Hasta el total de metrados del presupuesto de obra

V= ((Mtdo. Ejecutado contratado x P.U. ofertado) + GG.

ofert. + Utilidad ofert)*IGV

Fuente: Artículo 194 del Reglamento de la Ley de Contrataciones aprobado por DS 344-2018-EF


ELABORACIÓN DE METRADOS

Los metrados de obra ejecutados son

calculados de acuerdo a lo indicado en

las especificaciones técnicas.

El Inspector o supervisor revisa los

metrados durante el período de

aprobación de la valorización.


Plazos

MAYO

JUNIO

Cierre de Metrados 1° día Supervisión:

conjunta

hábil Aprueba y tramita

5 d.h.

5 10 15 20 25 31 5 10 15 20 25 30

Periodo de ejecución

Valorización

Conjunta

Entidad

Paga valorización


CONTENIDO RECOMENDADO DE UNA VALORIZACION DE OBRA

• Hojas de metrado certificado

• Lista de metrados afectados por los precios unitarios.

• Cuadro de cálculo de los factores de reajuste.

• Cuadro de control de reajuste

• Croquis, planos.

• Cuadro de control de amortizaciones de adelanto.

• Estado de vigencia de garantías.

• Hoja de resumen que muestre los avances acumulado.

• Hoja de control de valorizaciones y pagos efectuados

• Gráficos de avance de obra programada/obra ejecutada.

• Factura emitida por el Contratista.

• Documentos que acrediten cumplimiento de obligaciones

contractuales


DISCREPANCIAS DE VALORIZACIONES O METRADOS

En la liquidación se resuelve discrepancias

de formulación, aprobación o valorización

de los metrados, sin perjuicio de parte no

controvertida.

Sólo si el monto de la valorización en

controversia es = ó > 5% del contrato

actualizado, se resuelve mediante JRD,

conciliación o arbitraje hasta 30 d.h. de

ocurrida la controversia.


REAJUSTES

Compensación económica por la variación de precios en el

tiempo.

En el cálculo se utiliza los índices que se obtienen de la

fórmula Polinómica.

Fórmula Polinómica

Representación matemática de la estructura de costos de un

proyecto.

K= aMr + bJr + cQr + dVr + eGGUr

Mo Jo Qo Vo GGUo

Fuente: Art. 38 del RLCE y D.S. N° 011-79-VC


Estructura de la Fórmula

Polinómica

Mano de Obra

Costo Directo

Materiales

Presupuesto

Costo Total

IGV

Costo Indirecto

Equipos

Gastos

Generales

Utilidad


Características

K= aMr + bJr + cQr + dVr + eGGUr

Mo Jo Qo Vo GGUo

Donde:

K= Coeficiente de Reajuste.

a)Número máximo de Monomios = 8

b)Cada monomio como máximo = 3 IU

c)Coeficiente de incidencia > ó = 0.050 (5%) a,b,c,d,e

d)∑ Coeficiente de incidencia = 1.000 (a,+b+c+d+e)



Índices Unificados de Precios

Los índices Unificados de Precios son elaborados por el INEI

publicados todo los meses en el Diario Oficial El Peruano,

entre el 15 y el 20 de cada mes, y corresponden al promedio

ponderado de variación de precios de los diversos recursos

de la construcción (mano de obra, materiales, equipos, etc.)

del mes anterior al de su publicación.

Los índices Unificados no se pueden prorratear en función a

periodos de tiempo, los índices Unificados son válidos para

todo el mes.




Fórmula de reajustes

El reajuste mantiene actualizado el valor del Presupuesto.

Concepto básico es el REAJUSTE y la comparación de Reajuste.

R = V ( K – 1 )

Donde:

V: Valorización bruta

K: Coeficiente de reajuste obtenido de la FP


Fórmula de reajustes

a) Norma General

Se reajusta con los IU del mes correspondiente a la

valorización

b) Norma para obras Atrasadas

Máximo reajuste reconocido= ∑ Reaj. Programados

c) Norma para obras Adelantadas

Máximo reajuste reconocido= ∑ Reaj. Ejecutados


AMORTIZACIONES POR ADELANTOS

$

$

Las Bases podrán establecer:

$

•Adelantos directos que no excederán

de 10 % del C.O.

•Adelanto por materiales que no

excederán el 20 % del C.O.

Art. 180 del RLCE del DS 344 aprobado por DS 344-2018-EF


FIRMA DE

CONTRATO

FLUJOGRAMA ADELANTO

DIRECTO AL CONTRATISTA

SOLICITUD

Contratista

8 días

(*) Siempre que lo prevean las Bases

APROBACION

y PAGO (7 días)

NO

PAGO DAÑOS

Y PERJUICIOS

15 días

RESOLUCION

CONTRATO

SI

ENTREGA

TOTAL

SI

INICIO DE PLAZO

DE OBRA

VIGENCIA DEL

CALENDARIO

NO

(*)


1.4.1 Obra con Adelanto Directo:

El Adelanto Directo corresponde a un capital, de

trabajo que la entidad otorga al Contratista, siempre y

cuando las Bases del proceso de selección lo hayan

considerado y el Contratista lo solicite.

Este Adelanto puede ser hasta el 10% del Monto del

Contrato, incluido el IGV, y se otorga contra una

Garantía por igual monto, renovable cada tres meses

por el saldo del adelanto por amortizar.

Adelanto Directo < ó = 10% Contrato


Amortización de adelanto directo

A= Adelanto Directo x Valorización

Monto Contrato

El adelanto directo se amortiza hasta completar el monto

del adelanto otorgado.


ADELANTO DE MATERIALES

Adelanto Máximo (AM) = hasta 20% Contrato original (C)

Monto máximo = Cix%xPartic x Saldo por valorizar xIma/Imo

Adel. Materiales = Materiales Fórmula Polinómica

Monto concordante con el calendario de adquisición de materiales

Donde:

Ci.= Coeficiente de Incidencia del material en la F.P.

%Partic = Porcentaje de participación del insumo en el monomio

Ima= Índice Unificado del material a la fecha del adelanto.

Imo= Índice Unificado del material a la fecha del Valor Referencial


AMORTIZACIÓN (D.S. N° 11-79-VC)

Amort. = (VBxC.I.) x Ima/Imo

Donde:

P. Unit. = Precio unitario.

Ima= Índice de Precio del elemento a la fecha del adelanto.

Imo= Índice de Precio del elemento a la fecha del Valor

Referencial.

Fr= Factor de Relación


Deducción de reintegro que no corresponde por Adelanto

Directo

Esta normado por el D.S. N° 06-86-VC, que señala la siguiente

formula general:

Donde:

D= A.D. x V (K -1)

C Ka

D= Deducción de reajuste no corresponde.

A.D.=Adelanto Directo otorgado sin IGV.

C= Monto del Contrato Principal sin IGV

V= Valorización ejecutada, incluye Factor de relación.

K= Coef. Reaj. De la valorización.

Ka= Coef. Reaj. del mes en que se otorgo el Adelanto Directo.


DEDUCCIONES

DEDUCCIÓN DE ADELANTOS QUE NO CORRESPONDE POR ADELANTO DE MATERIALES

D= Ci x V ( Imr - Ima )

Imo

Donde:

Ci= Coeficiente de Incidencia.

V= Valorización.

Imr= Índice de Precio del elemento a la fecha del reajuste.

Ima= Índice de Precio del elemento a la fecha del adelanto.

Imo= Índice de Precio del elemento a la fecha del Valor

Referencial


PENALIDADES

Penalidad por mora en la ejecución de la prestación

En todos los casos, la penalidad se aplicará

automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente

fórmula:

Art. 164 del RLCE


PENALIDADES

Penalidades por otros conceptos

Se calcula sobre la base de lo establecido en el contrato.

Usualmente está vinculado a un porcentaje del monto del

contrato.

El tope acumulado es del 10% del monto del contrato

actualizado.


Intereses por demora en el pago

A partir del vencimiento del plazo establecido para el pago

de estas valorizaciones, por razones imputables a la Entidad,

el contratista tendrá derecho al reconocimiento de los

intereses pactados en el contrato y, en su defecto, al interés

legal, de conformidad con los Artículos 1244, 1245 y 1246

del Código Civil.

Para el pago de los intereses se formulará una Valorización

de Intereses y se efectuará en las valorizaciones siguientes.


INTERESES POR DEMORA EN EL PAGO

DE LAS VALORIZACIONES

Formas del cálculo de intereses

Por analogía se considera aplicable el procedimiento establecido

por la circular N° 016-94-EF/90 del 21/05/94, que establece:

Factor interés ( i ) = F.A.T.I.L. día pago Valorizac. - 1

F.A.T.I.L último día que debió pagarse Valorizac.

INT. = VAL.ADEUDADA X F..A.T.I.L. dia de pago - 1

F.A.T.I.L. dia venct.plz.pago val.

Donde:

F.A.T.I.L: Factor Acumulado de la Tasa de Interés Legal

En obras públicas No reconocen intereses de intereses.


INTERESES POR DEMORA EN EL PAGO

DE LAS VALORIZACIONES

VAL. MES

V

REAJUSTES

R

DEDUCCIÓN DE REAJUSTES (-) D

VAL. BRUTA VB= V+R-D

AMORTIZA. ADELANTOS (-) A

VAL. NETA VN= VB-A

I.G.V. = 18% VN

CANCELAR AL CONTRATISTA = E+IGV

PARA CÁLCULO DE INTERESES VAL. ADEUD.= VN

Fuente: Art. 194.7 del RLCE


VALORIZACIÓN DE OBRAS

ADICIONALES


ELABORACIÓN DE VALORIZACIONES DE

ADICIONALES

Elaboración y procedimiento similar a valorizaciones contrato

principal.

V= (Metrado ejecutado x P.U. adicional) + G.G. adicional + Utilidad

Adicional.

Se valoriza hasta el total de metrados ejecutados del adicional

aprobado


VALORIZACION DE MAYORES

GASTOS GENERALES


MAYORES GASTOS GENERALES

El gasto general diario se calcula dividiendo los gastos

generales directamente relacionados con el tiempo de

ejecución de obra del presupuesto referencial multiplicado por

el factor de relación entre el número de días del plazo

contractual afectado por el coeficiente de reajuste «Ip/Io», en

donde «Ip» es el Índice General de Precios al Consumidor

(Código 39) aprobado por el INEI correspondiente al mes

calendario en que ocurre la causal de ampliación del plazo

contractual, e «Io» es el mismo índice de precios

correspondiente al mes del valor referencial.


CÁLCULO DE LOS GASTOS GENERALES

M.G.G. en obras a Precios Unitarios y Suma Alzada

MGG = N° días A.P x GGV ofertado x Ind 39 (causa)

N° días plazo contrato Im 39 (V.R.)


PAGO DE COSTOS DIRECTOS Y GASTOS GENERALES

30 días

No se establece plazo

15 días

Entidad

Emite Resolución o

Documento

aprobando A. Plazo

Contratista

Supervisor

Entidad

Presenta valorización de costos y

gastos generales al Supervisor/

Inspector

Eleva la valorización a la

Entidad

Puede ser sometido sumisión de

la Junta de Resolución de

Disputas

Fuente: Art. 201 del RLCE aprobado por DS 344-2018- EF


LIQUIDACIÓN DE CONTRATO

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LIQUIDACIÓN

La Liquidación del contrato es un proceso

TÉCNICO – LEGAL – ADMINISTRATIVO para

determinar el costo real y total de la obra.

Saldo de Liquidación= Costo Autorizado – Pagos realizados


OBJETIVO

• Establecer el costo total de la obra.

• El saldo económico a favor o en contra

de las partes.

• Cerrar el contrato

• Cerrar el proyecto

• Cerrar contablemente y financieramente


ALCANCES SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARA LIQUIDAR UNA OBRA POR SUMA ALZADA Y

PRECIOS UNITARIOS. (Art. 194)

Según el Sistema de Contratación establecido en el Contrato, se procederá a

liquidar de la siguiente manera:

A Suma Alzada.- Las partidas se liquidan al 100% de los metrados del

presupuesto de obra, salvo que se hayan aprobado adicionales o

deductivos.

A Precios Unitarios.- Corresponderá hacer un remetrado de toda las

partidas de obra a fin de determinar su real ejecución, se deben tener

también presente los presupuestos adicionales y deductivos.


PROCEDIMIENTO Y PLAZOS

‣ El contratista debe presentar la liquidación de 60 d/c ó 1/10 del plazo de

ejecución; el que resulte mayor. Contado desde el día siguiente de la

Recepción.

‣ Dentro de los sesenta (60) días o el equivalente a un décimo (1/10) del plazo

vigente de ejecución de la obra, el que resulte mayor, contado desde el día

siguiente de la recepción de la obra, el supervisor o inspector presenta a la

Entidad sus propios cálculos, excluyendo aquellos que se encuentran

sometidos a un medio de solución de controversias.

‣ En caso el contratista no presente la liquidación en el plazo previsto, la

Entidad ordena al supervisor o inspector la elaboración de la liquidación

debidamente sustentada en el plazo previsto en el numeral 209.1 (plazo para

el Supervisor), siendo los gastos a cargo del contratista. La Entidad notifica la

liquidación al contratista para que éste se pronuncie dentro de los quince (15)

días siguientes.

‣ La Entidad debe pronunciarse en 60 d/c.

Art. 209 del RLCE


PROCEDIMIENTO Y PLAZOS

‣ Si una de las partes no acoge las observaciones debe manifestarlo por escrito

y en los 30 días hábiles siguientes, cualquiera deberá solicitar el sometimiento

de la controversia a arbitraje; pudiendo cobrarse la parte no controvertida.

‣ La liquidación de obra contratada bajo cualquier sistema de contratación se

practica con los precios unitarios, gastos generales y utilidad ofertados y, de

ser el caso, los aprobados durante la ejecución del contrato

‣ Cuando una parte observe la liquidación, la otra debe pronunciarse en 15 d/c

de notificada; de no hacerlo se tendrá por aprobada con las observaciones.


Consentimiento

✓ Cuando una de las partes no observa la Liquidación

presentada por la otra.

✓ Cuando uno de las partes no observa las observaciones

hecha por la otra parte a la liquidación presentada.

✓ Cuando la parte que no acoge la observación no lleve a

Solución de Controversia la Liquidación o la observación.


Efectos de la liquidación

‣ Con la liquidación aprobada y consentida y efectuado el pago

correspondiente, el contrato culmina definitivamente y se cierra el

expediente.

‣ Toda discrepancia respecto a la liquidación, incluso las

controversias relativas a su consentimiento o al incumplimiento

de los pagos que resulten de la misma, se resuelve según las

disposiciones previstas para la solución de controversias

establecidas en la Ley y en el Reglamento, sin perjuicio del cobro

de la parte no controvertida.

‣ Las controversias respecto a los pagos que la Entidad deba hacer

al contratista podrán ser sometidas a conciliación y/o arbitraje

dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes al vencimiento de la

obligación según contrato.


MUCHAS GRACIAS

ediarones@gmail.com

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