10 Tribuna Social Edición No. 18 | Julio de 2020"AHORA LOS JODIDOSSOMOS NOSOTROS”a calle 1C está sin pavimentar y laLcomunidad pide que la incluyan enfuturos proyectos de mejoramiento devías. En la misma condición se encuentra lacalle 1B.Aunque la comunidad del barrio 1 de abril,en San Alberto Cesar, cuenta con algunascalles pavimentadas, la calle de principalacceso a la entrada del barrio Altos delProgreso, se encuentra cerrada. Por lo quelas familias de la calle 1c se quejan debido ala gran can dad de vehículos que transitandiariamente por esta calle para ingresar alnuevo barrio.E s t o h a g e n e r a d o m o l e s a s ypreocupaciones en la comunidad debido a lacan dad de polvo que se levanta por culpade la velocidad de los vehículos, esto haperjudicado la salud de las personas yalgunos daños en los electrodomés cos."estamos decididos a tomar medidasextremas. Ya estamos cansados que la gentepase por esta calle porque como la otra estácerrada, entonces ahora nos jodieron anosotros, ahora nos toca aguantarnos todoese polvo que se genera cuando los carrospasan como si esto fuera una pista. Ya se noshan enfermado nuestros niños, aquí vivenadultos mayores que están sufriendoproblemas respiratorios y aparte de esonuestros electrodomés cos se nos estánllenando de polvo" indicó un residente de lacalle.Las familias de esta calle sufren por el polvo.Denuncian que han pasado varios alcaldesprome endo pavimentar pero hasta elmomento se ha quedado en eso, solopromesas falsas.Esta vía nunca ha sido intervenida paramejorar la movilidad por la zona.QUÉDATE#está en nuestras manos2m.MANTÉN DISTANCIA SOCIALDE AL MENOS 2 METROSLAVA Y DESINFECTA TUS MANOSAL MENOS CADA 3 HORASUSA CORRECTAMENTEEL TAPABOCASSI TIENE SÍNTOMAS COMOFIEBRE O TOS CONSULTA TU EPSEVITA LAS AGLOMERACIONESEVITA LOS SALUDOS CONCONTACTO FÍSICO
11 Actualidad Edición No. 18 | Julio de 2020LAS NUEVAS EXCEPCIONES POR LA AMPLIACIÓNDE AISLAMIENTO HASTA EL 1 DE AGOSTOl decreto, que ex ende por 15 días más el aislamientonivel nacional, incluye nuevas excepciones deEacirculación, como el permiso para que mayores de 70años salgan durante 2 horas diarias.Según anunció el presidente Iván Duque el pasado martes,en esta nueva etapa de la con ngencia en Colombia por lapandemia de coronavirus habrá oportunidad para lareapertura de algunos sectores para la vida produc va yespacios de calidad de vida, como restaurantes, gimnasiosy teatros en municipios sin registros de covid-19, previasolicitud de los alcaldes.En total son 490 los municipios que no enen ningunaafectación de covid-19, 295 que no han presentado casosdel virus en las úl mas tres semanas y 100 municipios debaja afectación por la enfermedad, para un total de 885municipios de los 1.103 que existen a nivel nacional.En la norma expedida este jueves hay un total de 44excepciones para la circulación, que aplicarán durante los15 días del aislamiento, incluido el permiso para eldesarrollo de ac vidades sicas y de ejercicio al aire librede adultos mayores de 70 años, por un periodo máximo dedos horas diarias.Este es el listado completo de las 44 excepciones delDecreto 990 de 2020 para la ampliación del aislamientopreven vo obligatorio a nivel nacional entre el 16 dejulio y las 0:00 horas del sábado 1 de agosto:1. Asistencia y prestación de servicios de salud. Así mismo,el personal en formación en las diferentes áreas de lasalud que sean necesarias para adelantar ac vidades desalud pública y de salud en general asociada al coronaviruscovid-19.2. Adquisición y pago de bienes y servicios.3. Asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes,personas mayores de 70 años, personas con discapacidady enfermos con tratamientos especiales que requierenasistencia de personal capacitado.4. Por causa de fuerza mayor o caso fortuito.5. Las labores de las misiones médicas de la OrganizaciónPanamericana de la Salud (OPS) y de todos los organismosinternacionales humanitarios y de salud en conexidad conla vida, la prestación de los servicios profesionales,administra vos, opera vos y técnicos de salud públicos yprivados.6. La cadena de producción, abastecimiento,almacenamiento, transporte, comercialización ydistribución de medicamentos, productos farmacéu cos,insumos, productos de limpieza, desinfección y aseopersonal para hogares y hospitales, equipos y disposi vosde tecnologías en salud, al igual que el mantenimiento ysoporte para garan zar la con nua prestación de losservicios de salud.El funcionamiento de establecimientos y localescomerciales para la comercialización de medicamentos,productos farmacéu cos, insumos, equipos y disposi vosde tecnologías en salud.7. Las ac vidades relacionadas con los servicios deemergencia, incluidas las emergencias veterinarias.8. Los servicios funerarios, en erros y cremaciones.9. La cadena de producción, abastecimiento,almacenamiento, transporte, comercialización ydistribución de: (i) insumos para producir bienes deprimera necesidad; (ii) bienes de primera necesidad(alimentos, bebidas, medicamentos, disposi vosmédicos, aseo, limpieza, y mercancías de ordinarioconsumo en la población); (iii) reac vos de laboratorio, y(iv) alimentos, medicinas y demás productos paramascotas, así como los elementos y bienes necesariospara atender la emergencia sanitaria y la cadena deinsumos relacionados con la producción de estos bienes.10. La cadena de siembra, fumigación, cosecha,producción, empaque, embalaje, importación,exportación, transporte, almacenamiento, distribución ycomercialización de: semillas, insumos y productosagrícolas, pesqueros, acuícolas, pecuarios y agroquímicos(fer lizantes, plaguicidas, fungicidas, herbicidas), yalimentos para animales, mantenimiento de la sanidadanimal, el funcionamiento de centros de procesamientoprimario y secundario de alimentos, la operación de lainfraestructura de comercialización, riego mayor y menorpara el abastecimiento de agua poblacional y agrícola, y laasistencia técnica. Se garan zará la logís ca y eltransporte de las anteriores ac vidades. Así mismo, lasac vidades de mantenimiento de embarcaciones ymaquinaria agrícola o pesquera.11. La comercialización presencial de productos deprimera necesidad se hará en: abastos, bodegas,mercados, supermercados mayoristas y minoristas ymercados al detal en establecimientos y localescomerciales a nivel nacional, y podrán comercializar susproductos mediante plataformas de comercio electrónicoy/o para entrega a domicilio.12. Las ac vidades de los servidores públicos, contra stasdel Estado, par culares que ejerzan funciones públicas ydemás personal necesario para prevenir, mi gar y atenderla emergencia sanitaria por causa del coronavirus covid-19, y garan zar el funcionamiento de los servicios delEstado.13. Las ac vidades del personal de las misionesdiplomá cas y consulares debidamente acreditadas anteel Estado colombiano, estrictamente necesarias paraprevenir, mi gar y atender la emergencia sanitaria porcausa del coronavirus covid-19.14. Las ac vidades de las Fuerzas Militares, la PolicíaNacional y organismos de seguridad del Estado, así comode la industria militar y de defensa, y los funcionarios de laFiscalía General de la Nación y el Ins tuto Nacional deMedicina Legal y Ciencias Forenses.15. Las ac vidades de los puertos de servicio público yprivado, exclusivamente para transporte de carga.16. Las ac vidades de dragado marí mo y fluvial.17. La ejecución de obras de infraestructura de transportey obra pública, así como la cadena de suministros demateriales e insumos relacionados con la ejecución de lasmismas.18. Las ac vidades del sector de la construcción, ejecuciónde obras civiles y la remodelación en inmuebles, así comoel suministro de materiales e insumos exclusivamentedes nados a la ejecución de las mismas.19. La operación aérea y aeroportuaria de conformidadcon lo establecido en el ar culo 8 del presente decreto, ysu respec vo mantenimiento.20. La comercialización de los productos deestablecimientos y locales gastronómicos, incluidos losubicados en hoteles, mediante plataformas de comercioelectrónico, por entrega a domicilio y por entrega parallevar.21. Las ac vidades de la industria hotelera.22. El funcionamiento de la infraestructura crí ca(computadores, sistemas computacionales, redes decomunicaciones, datos e información) cuya destrucción ointerferencia puede debilitar o impactar en la seguridadde la economía, la salud pública o la combinación de ellas.23. El funcionamiento y la operación de los centros dellamadas, los centros de contactos, los centros de soportetécnico y los centros de procesamiento de datos quepresten servicios en el territorio nacional y de lasplataformas de comercio electrónico.24. El funcionamiento de la prestación de los servicios devigilancia y seguridad privada, los servicios carcelarios ypenitenciarios.25. El servicio de limpieza y aseo, incluido el domés co yservicio de lavandería.26. Las ac vidades necesarias para garan zar laoperación, mantenimiento, almacenamiento yabastecimiento de la prestación de: (i) servicios públicosde acueducto, alcantarillado, energía eléctrica,alumbrado público, aseo (recolección, transporte,aprovechamiento y disposición final, reciclaje, incluidoslos residuos biológicos o sanitarios) y recuperación demateriales; (ii) de la cadena logís ca de insumos,suministros para producción, abastecimiento,importación, exportación y suministro de hidrocarburos,combus bles líquidos, biocombus bles, gas natural, gaslicuado de petróleo, GLP; (iii) de la cadena logís ca deinsumos, suministros para producción, abastecimiento,importación, exportación y suministro de minerales, asícomo la operación y mantenimiento de minas, y (iv) elservicio de internet y telefonía.27. La prestación de servicios: (i) bancarios, (ii)financieros, (iii) de operadores postales de pago, (iv)profesionales de compra y venta de divisas, (v)operaciones de juegos de suerte y azar en la modalidad denovedosos y territoriales de apuestas permanentes, (vi)chance y lotería, (vii) centrales de riesgo, (viii) transportede valores, (ix) ac vidades notariales y de registro deinstrumentos públicos, (x) expedición licenciasurbanís cas.El Superintendente de Notariado y Registro determinarálos horarios y turnos en los cuales se prestarán losservicios notariales, garan zando la prestación delservicio a las personas más vulnerables y a las personas deespecial protección cons tucional.El Superintendente de Notariado y Registro determinarálos horarios, turnos en los cuales se prestarán los serviciospor parte de las oficinas de registro de instrumentospúblicos.28. El funcionamiento de los servicios postales, demensajería, radio, televisión, prensa y distribución de losmedios de comunicación.29. El abastecimiento y la distribución de bienes deprimera necesidad (alimentos, bebidas, medicamentos,disposi vos médicos, aseo, limpieza y mercancías deordinario consumo en la población) en virtud deprogramas sociales del Estado y de personas privadas.30. Las ac vidades del sector interreligioso relacionadascon los programas ins tucionales de emergencia, ayudahumanitaria, espiritual y psicológica.31. La cadena de producción, abastecimiento,almacenamiento, reparación, mantenimiento, transportey distribución de las industrias manufactureras.32. Comercio al por mayor y al por menor, incluido elfuncionamiento de centros comerciales y ac vidadesinmobiliarias.33. Las ac vidades de los operadores de pagos de salarios,honorarios, pensiones, prestaciones económicas públicosy privados; beneficios económicos periódicos sociales(Beps) y los correspondientes a los sistemas y subsistemasde Seguridad Social y Protección Social.34. El desplazamiento estrictamente necesario delpersonal direc vo y docente de las ins tucioneseduca vas públicas y privadas, para prevenir, mi gar yatender la emergencia sanitaria por causa del coronaviruscovid-19.35. De acuerdo con las medidas, instrucciones y horariosque fijen los alcaldes en sus respec vas jurisdiccionesterritoriales, y en todo caso con sujeción a los protocolosde bioseguridad que para los efectos se establezcan, sepermi rá:El desarrollo de ac vidades sicas, de ejercicio al aire librey la prác ca depor va de manera individual de personasque se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años,por un periodo máximo de dos (2) horas diarias.El desarrollo de ac vidades sicas y de ejercicio al airelibre de los niños mayores de 6 años, tres (3) veces a lasemana, una (1) hora al día.El desarrollo de ac vidades sicas y de ejercicio al airelibre de los niños entre dos (2) y cinco (5) años, tres (3)veces a la semana, media hora al día.El desarrollo de ac vidades sicas y de ejercicio al airelibre de los adultos mayores de 70 años, por un periodomáximo de dos (2) horas diarias.36. La realización de avalúos de bienes y realización deestudios de tulos que tengan por objeto la cons tuciónde garan as, ante en dades vigiladas por laSuperintendencia Financiera de Colombia.37. El funcionamiento de las comisarías de familia einspecciones de Policía, así como los usuarios de estas.38. La fabricación, reparación, mantenimiento y compra yventa de repuestos y accesorios de bicicletasconvencionales y eléctricas.39. Parqueaderos públicos para vehículos.40. Museos y bibliotecas.41. Laboratorios prác cos y de inves gación de lasins tuciones de educación superior y educación para eltrabajo y el desarrollo humano.42. Ac vidades profesionales, técnicas y de servicios engeneral.43. Servicios de peluquería.44. Desplazamiento y comparecencia de funcionarios ypersonas interesadas en la ges ón de ac vidades quegaran cen la protección de derechos fundamentales,colec vos y actuaciones administra vas.