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DICIEMBRE 2022 <strong>17</strong><br />
SdT 3<br />
CUADERNOS BIBLIOFÍLICOS<br />
M.C. LÓPEZ SARACHO<br />
Miembro del Instituto de Estudios Almerienses<br />
ELECTRA. BENITO PÉREZ GALDÓS Y EL PLEITO DE NICOLÁS SALMERÓN<br />
El 19 de febrero de 1901 la Sala Civil del Tribunal Supremo<br />
dictaba Sentencia por la que declaraba haber lugar al<br />
recurso de casación interpuesto por Doña Adelaida de<br />
Icaza y Landavaso.<br />
“Resultando que del matrimonio de Doña Adelaida de Icaza<br />
con Don José Ubao, quien falleció en 19 de Diciembre de<br />
1886, nació en 25 de Septiembre del 76 Doña Adelaida de<br />
Ubao é Icaza, la que, viviendo en el domicilio de su madre,<br />
salió de la casa el 12 de Marzo del año próximo pasado,<br />
diciendo que iba a misa, y se trasladó al convento de Esclavas<br />
del Sagrado Corazón de Jesús, de esta corte, donde<br />
continúa, a pesar de la oposición a ello de su mencionada<br />
madre”.<br />
El artículo 320 del Código civil de 1889 establecía la<br />
mayoría de edad a los veintitrés años cumplidos pero el<br />
artículo 321 exigía a las hijas de familia mayores de edad<br />
pero menores de veinticinco años, la necesaria licencia<br />
paterna o materna para tomar estado y por tanto abandonar<br />
el hogar.<br />
La díscola hija abandonó “el nido”, sin solicitar la preceptiva<br />
licencia al considerarse ya mayor de edad. No tenía<br />
aún los 25 abriles en el momento de la furtiva fuga. La<br />
rica heredera bilbaína Adelaida encontró su “independencia”<br />
tras las puertas del convento de las Esclavas del<br />
Corazón de Jesús defendiendo que “había tomado<br />
estado”.<br />
Dicho conflicto familiar terminó judicializándose, pero no<br />
fue un pleito más entre parientes, sino que la contienda<br />
transcendió generándose un debate social y público en<br />
plena Restauración borbónica. La madre abandonada, de<br />
una acaudalada estirpe, fue defendida por el abogado<br />
Don Nicolás Salmerón, expresidente de la República. Al<br />
otro lado del estrado, representando los intereses de la<br />
ingrata hija y por tanto los de la congregación religiosa,