13.01.2013 Views

wubda

wubda

wubda

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

– Edifi cio residencial:<br />

Un edifi cio es residencial cuando está destinado principalmente a que en él<br />

habiten personas, con independencia de que cumpla otra función secundaria<br />

y de que quienes residan en él, lo hagan con carácter eventual o permanente.<br />

Estos edifi cios pueden ser: destinados a vivienda o a residencia colectiva,<br />

permanente o eventual.<br />

– Edifi cio no residencial:<br />

Por eliminación son todos aquéllos que no están principalmente destinados<br />

a que en ellos habiten personas, sino al desarrollo de una actividad.<br />

Superfi cie (edifi cación de nueva planta):<br />

– Superfi cie a construir:<br />

Es el total de metros cuadrados que resulta de sumar los correspondientes<br />

a cada planta del edifi cio construido, dentro de la línea exterior del cerramiento<br />

vertical y, en su caso, los ejes de medianeras.<br />

– Superfi cie afectada:<br />

La constituye los metros cuadrados del solar o parcela donde tendrá lugar<br />

la construcción de la edifi cación. Nunca podrá ser inferior a la superfi cie<br />

sobre el terreno que ocupará el edifi cio.<br />

Plantas de un edifi cio:<br />

Se considera como planta de un edifi cio a todo desarrollo horizontal de su superfi<br />

cie edifi cada, que esté cubierta por techo y cuya altura interior sea mayor de dos<br />

metros en toda o la mayor parte de la misma.<br />

– Plantas sobre rasante:<br />

Son el número de plantas que están por encima del punto más bajo de la<br />

superfi cie del terreno en contacto con el edifi cio.<br />

– Plantas bajo rasante:<br />

Son el número de plantas que están por debajo del punto más bajo de la<br />

superfi cie del terreno en contacto con el edifi cio.<br />

LICITACIÓN OFICIAL EN CONSTRUCCIÓN<br />

Organismo contratante:<br />

Se refi ere a la unidad institucional del sector público que tiene a su cargo la administración<br />

y gestión de la obra que se anuncia.<br />

Forma de contratación:<br />

Se refi ere a las establecidas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las<br />

Administraciones Públicas: concurso, subasta y procedimiento negociado.<br />

A partir de la entrada en vigor de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público<br />

han desaparecido las denominaciones tradicionales de “subasta” y “concurso”,<br />

sustituyéndose por la determinación de la oferta económicamente más ventajosa,<br />

que atenderá a la valoración de un “único criterio” (subasta) o la utilización de “varios<br />

criterios” (concurso).<br />

Tipología de obra:<br />

Clasifi ca la obra dentro de las dos grandes tipologías existentes: edifi cación e ingeniería<br />

civil.<br />

14

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!