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La <strong>el</strong>ección de los magistrados d<strong>el</strong> CNE está en manos d<strong>el</strong> Congreso de la<br />
República, quienes escogen los candaditos postulados por los partidos políticos<br />
con personería jurídica o por coaliciones entre <strong>el</strong>los. Es en este momento cuando<br />
inician las razones para que esta institución ejerza su función de vigilancia y<br />
control al sistema político <strong>el</strong>ectoral en Colombia, al tener a sus miembros<br />
hipotecados no solo a los congresistas, quienes en <strong>el</strong> mayor número de casos,<br />
tienen una alta influencia al interior de los movimientos, sino además a los<br />
mismos partidos que les candidatizan.<br />
La manera como se <strong>el</strong>ige a los magistrados d<strong>el</strong> CNE, termina por neutralizar<br />
cualquier investigación que deben asumir para sus posteriores decisiones,<br />
porque finalmente los fallos que inhabilitan o destituyen a las personas que van<br />
a competir a algún cargo de <strong>el</strong>ección popular de carácter regional o nacional,<br />
terminan afectando a los intereses de los mismos partidos que les<br />
candidatizaron y a su vez también a los parlamentarios que votaron para que<br />
llegaran al cargo de magistrado (Rev<strong>el</strong>o Sep. 2014) e incluso a sus mismos<br />
intereses, al tener estos origen político como en <strong>el</strong> caso de Héctor <strong>El</strong>i Rojas quien<br />
ha sido congresista, lo mismo que <strong>el</strong> caso de Joaquín José Vives expresidente<br />
d<strong>el</strong> CNE.<br />
De esta manera es como vigilancia <strong>el</strong>ectoral que este órgano debe ejercer, se<br />
dificulta, porque cuando de <strong>el</strong>ecciones locales se trata, quienes deciden<br />
postularse a los cargos (alcalde, concejal, edil, gobernador y diputado), buscan<br />
tejer alianza con un senador o representante a la cámara con <strong>el</strong> ánimo de que<br />
<strong>el</strong> partido político no le niegue <strong>el</strong> aval y en segundo lugar para asegurarse de<br />
un padrino político que le garantice así a una especie de inmunidad ante las<br />
posibles denuncias, que en ad<strong>el</strong>ante pueden aparecerle.<br />
Así, en <strong>el</strong> caso de que a un candidato para <strong>el</strong> cargo de alcalde le aparezcan<br />
denuncias o señalamientos que amenacen su candidatura, por la influencia que<br />
tiene su padrino político (Senador o Representante a la Cámara), en la hipotética<br />
eventualidad de que <strong>el</strong> caso llegue a ser motivo de investigación en <strong>el</strong> CNE, la<br />
decisión final no afecte la aspiración.<br />
Es así, como las redes políticas de corrupción que se han conformado desde<br />
tiempo atrás en la política nacional o regional, han logrado mantenerse en cada<br />
<strong>el</strong>ección que ha habido en nuestro país, no solo a partir de 1991 con la entrada<br />
en vigencia de la Constitución Política, sino de mucho tiempo atrás.<br />
Estas redes parten de lo local extendiendo sus tentáculos a lo nacional, siendo<br />
<strong>el</strong> Congreso de la República, su máximo representante.<br />
Los magistrados que componen <strong>el</strong> CNE en la actualidad son Bernardo Franco y<br />
Alexander Vega, (Partido de la U); Héctor H<strong>el</strong>í Rojas y Emiliano Rivera, (Partido<br />
Liberal); Carlos Camargo y Áng<strong>el</strong>a Hernández, (Partido Conservador); Yolima<br />
en <strong>el</strong> Gobierno. De lo contrario, <strong>el</strong> puesto será ocupado por <strong>el</strong> partido o movimiento que le siga en votos y que carezca de participación<br />
en <strong>el</strong> Gobierno”. Ley 130 de 1994<br />
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