SCT - Semarnat
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Estrategia para la Delimitación<br />
de Recintos Portuarios
Antecedentes<br />
Los recintos portuarios definen las superficies de de tierra donde se se encuentra la la<br />
infraestructura para el el almacenamiento, traslado y transbordo de deproductos productos en en los<br />
puertos así como las superficies de de agua necesarias para los canales de de la la<br />
navegación, maniobras de de ciaboga y atraque y la la infraestructura marítima de de<br />
obras de de protección atraque y acceso al al puerto.<br />
La La Ley de de Puertos en en su su Artículo 2 define al: al: Puerto como el el lugar de de la la costa o ribera<br />
habilitado como tal tal por el el Ejecutivo Federal para la la recepción, abrigo y atención<br />
de de embarcaciones, compuesto por el el recinto portuario y, y, en en su su caso, por la la zona<br />
de de desarrollo, así como por accesos y áreas de de uso común para la la navegación<br />
interna y afectas a su su funcionamiento; con servicios, terminales e instalaciones,<br />
públicos y particulares, para la la transferencia de de bienes y transbordo de de personas<br />
entre los modos de de transporte que enlaza; y
Recinto portuario como la la<br />
zona federal delimitada y<br />
determinada por la la <strong>SCT</strong><br />
y por la la de de Desarrollo<br />
Social en en los puertos,<br />
terminales y marinas,<br />
que comprende las áreas<br />
de de agua y terrenos del<br />
dominio público<br />
destinados al al<br />
establecimiento de de<br />
instalaciones y a la la<br />
prestación de de los<br />
servicios portuarios.<br />
Antecedentes<br />
Igualmente el el Artículo 7, 7, de de la la misma Ley, señala que la la Secretarías de de Desarrollo Social, hoy<br />
SEMARNAT y la la de de Comunicaciones y Transportes, a propuesta de de ésta última delimitarán y<br />
determinarán, mediante acuerdo conjunto, aquellos bienes del dominio público de de la la federación<br />
que constituirán los recintos portuarios de de los puertos, terminales y marinas. Dicho acuerdo<br />
deberá publicarse en en el el Diario Oficial de de la la Federación, dentro de de los treinta días siguientes a la la<br />
propuesta de de la la Secretaría debidamente requisitada en en los términos del reglamento aplicable.
Para publicar dicho acuerdo, es es necesario tener el el<br />
plano del recinto portuario con las firmas de de<br />
aprobación por parte de de las Secretarías<br />
involucradas, para la la cual se se envía para revisión y<br />
firma, a la la Secretaría de de Marina y a la la Secretaría<br />
de de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en en su su<br />
caso.<br />
En En lo lo que respecta a la la Secretaría de de Marina, verifica<br />
que las instalaciones y terrenos, así como frentes<br />
de de agua, necesarios para que realicen sus<br />
funciones de de seguridad nacional, sean respetados<br />
y queden excluidos de de los recintos portuarios.<br />
A la SEMARNAT, a través de la Dirección General de<br />
Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes<br />
Costeros, en las zonas costeras le corresponde la<br />
revisión exhaustiva de todos los cuadros<br />
topográficos de construcción de las poligonales<br />
que conforman el recinto portuario, verificando en<br />
particular los vértices de los límites de la zona<br />
federal marítimo terrestre, así como las<br />
concesiones otorgadas en esa zona.<br />
Antecedentes
Antecedentes<br />
En En los ríos, después de de 100 m aguas arriba mencionados, así como en en las aguas<br />
interiores, la la Comisión Nacional del Agua, perteneciente a la la SEMARNAT, le le<br />
compete autorizar la la incorporación de de la la zona federal fluvial y en en su su caso la la zona<br />
federal lacustre a los recintos portuarios, cuando la la infraestructura portuaria se se<br />
encuentra desarrollada sobre las márgenes de de los ríos y cuerpos de de agua.<br />
Estas revisiones son con el el objeto de de verificar que no no se se produzcan afectaciones que<br />
complicarían la la aprobación del Acuerdo Intersecretarial correspondiente.<br />
Del universo de 114 puertos y<br />
terminales habilitados con<br />
actividad portuaria en las<br />
costas del país, 98 son<br />
puertos y 16 son<br />
terminales.<br />
Por el momento, se cuenta<br />
con la delimitación de 51<br />
recintos portuarios, de los<br />
cuales 45 son puertos y 6<br />
son terminales.
Objetivos:<br />
• Identificar los bienes el dominio público de la federación susceptibles de concesionarse<br />
para su administración y operación.<br />
• Incorporar las zonas de desarrollo portuario a los recintos portuarios.<br />
• Delimitar y determinar las superficies de agua y tierra a cargo de la Secretaría de<br />
Comunicaciones.<br />
• Actualizar los recintos portuarios que se tienen concesionados, debido a la dinámica de<br />
adquisiciones de nuevos terrenos, desincorporación de superficies ocupadas, reversión<br />
de inmuebles y terrenos ganados al mar.
Objetivos:<br />
• Administrar y desarrollar los recintos portuarios.<br />
• Mantener y construir infraestructura marítima portuaria.<br />
• Contribuir a la reactivación económica, mediante la habilitación de espacios portuarios<br />
para la instalación de empresas portuarias, tanto para la prestación de servicios<br />
portuarios, orientadas a la transformación, ensamble y manejo de mercancías, así como<br />
para el traslado de personas
METAS 2007-2012 DE LA ESTRATEGIA PARA LA DELIMITACION<br />
DE RECINTOS PORTUARIOS<br />
• Establecer reuniones de trabajo con la Dirección General de Zona Federal<br />
Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, Comisión Nacional del Agua así<br />
como con la Secretaría de Marina para la revisión de los planos de los<br />
recintos portuarios.<br />
• Establecer un programa compromiso con la Secretaria de Marina y la<br />
SEMARNAT para la delimitación y decreto de los recintos portuarios<br />
propuestos por la Secretaria de comunicaciones y Transportes
INTEGRACIÓN ORGANIZACIONAL PARA LA<br />
DELIMITACION<br />
SEMARNAT<br />
DESARROLLO<br />
SUSTENTABLE EN<br />
LA ZONAS MARINA Y<br />
COSTERA<br />
<strong>SCT</strong><br />
Apoyo para la instalación y desarrollo de<br />
actividades productivas en los puertos.<br />
COORDINACIÓN<br />
Y<br />
COMPLEMENTARIEDAD<br />
SEMAR<br />
Seguridad y Protección.
DELIMITACION DE<br />
RECINTOS PORTUARIOS<br />
METAS 2009 METAS 2012 METAS 2030<br />
Publicar en el Diario Oficial de la Federación los recintos<br />
portuarios de 33 sitios, cuyos planos se encuentran<br />
actualmente en la Dirección General de Zona Federal<br />
Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros de la<br />
SEMARNAT, para firma de autorización, los cuales son:<br />
Isla Cedros y Terminal Salinera, Ensenada en el Estado<br />
de Baja California, Venustiano Carranza, Loreto, San<br />
Juan de la Costa y Adolfo López Mateos en el Estado de<br />
Baja California Sur, Bacochibampo y Bahía de Guaymas<br />
en el Estado de Sonora, Altata, El Sábalo y Teacapán en<br />
el Estado de Sinaloa, Nuevo Vallarta en el Estado de<br />
Nayarit, Barra de Navidad y Puerto Vallarta en el Estado<br />
de Jalisco, Manzanillo en el Estado de Colima, Lázaro<br />
Cárdenas en el estado de Michoacán, Acapulco en el<br />
Estado de Guerrero, Puerto Madero en el Estado de<br />
Chiapas, La Antigua, Antón Lizardo-Alvarado, Agua<br />
Dulce, Tamiahua, Boca del Río, Tlacotalpan, Alvarado,<br />
Minatitlán, Tuxpan y Tecoluta en el Estado de Veracruz,<br />
Sánchez Magallanes y Chiltepec en el Estado de<br />
Tabasco, Playa Linda, Holbox y Punta Allen en el Estado<br />
de Quintana Roo.<br />
Que el 95% de los puertos habilitados<br />
cuenten con un recinto portuario<br />
delimitado<br />
Contar con un manejo integral<br />
de los recintos portuarios del<br />
país, para armonizar las<br />
actividades productivas con el<br />
cuidado al medio ambiente,<br />
mediante la aplicación de<br />
estándares Internacionales para<br />
la prevención de derrames a las<br />
aguas portuarias, así como<br />
procurando la recuperación de<br />
los ambientes costeros en<br />
donde se requiera.
Interés de Trabajo Transversal en la Comisión:<br />
• Establecer un espacio intersectorial de oportunidad, para la fortalecer la<br />
coordinación, el análisis y discusión de los alcances y resultados, y beneficios<br />
sociales y ambiéntales que podrá generar el programa para la delimitación de<br />
recintos portuarios.<br />
• Contribuir a la difusión de los beneficios económicos, sociales y ambientales<br />
que proporciona la delimitación de un recinto portuario, así como de los<br />
controles y medidas que actualmente se tienen para evitar la contaminación<br />
marina y la recuperación y restauración de las zonas costeras que albergan<br />
actividades portuarias y náuticas.<br />
• Fortalecer la coordinación y participación de las Secretarias involucradas en el<br />
desarrollo portuario, para garantizar que el desarrollo portuario cuente con las<br />
medidas de protección al medio ambiente y garantice el desarrollo sustentable<br />
de la localidad en la que se ubiquen los recintos portuarios.
POR SU ATENCIÓN:<br />
¡GRACIAS!