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OFICINA EUROPEA DE SELECCIÓN DE PERSONAL (EPSO)

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14.3.2013 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 75 A/1<br />

V<br />

(Anuncios)<br />

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS<br />

<strong>OFICINA</strong> <strong>EUROPEA</strong> <strong>DE</strong> <strong>SELECCIÓN</strong> <strong>DE</strong> <strong>PERSONAL</strong> (<strong>EPSO</strong>)<br />

CONVOCATORIA <strong>DE</strong> OPOSICIÓN GENERAL<br />

<strong>EPSO</strong>/AD/249/13<br />

(2013/C 75 A/01)<br />

La Oficina Europea de Selección de Personal (<strong>EPSO</strong>) organiza un concurso oposición general sobre la base<br />

de la titulación académica y de pruebas con vistas a la constitución de una lista de reserva para la contratación<br />

de administradores (*).<br />

1. MACROECONOMÍA<br />

2. ECONOMÍA FINANCIERA<br />

ADMINISTRADORES (AD 7)<br />

en los siguientes ámbitos:<br />

La presente oposición tiene por objeto la constitución de listas de reserva destinadas a cubrir puestos<br />

vacantes en las instituciones de la Unión Europea.<br />

Antes de presentar su candidatura, lea atentamente la Guía para las oposiciones generales publicada<br />

en el Diario Oficial C 270 A de 7 de septiembre de 2012, así como en el sitio internet de la <strong>EPSO</strong>.<br />

Dicha Guía, que forma parte integrante de la convocatoria de oposiciones, le ayudará a comprender las<br />

normas relativas a los procedimientos y las modalidades de inscripción.<br />

I. MARCO GENERAL<br />

II. NATURALEZA <strong>DE</strong> LAS FUNCIONES<br />

III. CONDICIONES <strong>DE</strong> ADMISIÓN<br />

IV. PRUEBAS <strong>DE</strong> ACCESO<br />

ÍNDICE<br />

V. ADMISIÓN A LA OPOSICIÓN Y <strong>SELECCIÓN</strong> POR TITULACIÓN ACADÉMICA<br />

VI. CENTRO <strong>DE</strong> EVALUACIÓN<br />

VII. LISTAS <strong>DE</strong> RESERVA<br />

VIII. CÓMO PARTICIPAR EN LA OPOSICIÓN<br />

ANEXOS<br />

(*) Cualquier referencia que se haga en la presente convocatoria a personas de sexo masculino se entenderá que se hace igualmente<br />

a personas de sexo femenino.


C 75 A/2 ES Diario Oficial de la Unión Europea 14.3.2013<br />

1. Número de candidatos<br />

aprobados<br />

2. Observaciones<br />

Ámbito 1 = 37<br />

Ámbito 2 = 27<br />

Los perfiles específicos se describen en los anexos.<br />

I. MARCO GENERAL<br />

La presente oposición consta de dos ámbitos. Solo es posible inscribirse en uno de ellos.<br />

Tal elección deberá hacerse en el momento de la inscripción electrónica y no se podrá modi­<br />

ficar una vez haya confirmado y validado el formulario de candidatura por vía electrónica.<br />

II. NATURALEZA <strong>DE</strong> LAS FUNCIONES<br />

III. CONDICIONES <strong>DE</strong> ADMISIÓN<br />

En la fecha límite fijada para la inscripción electrónica, deberá cumplir todas las siguientes condiciones<br />

generales y específicas:<br />

1. Condiciones generales<br />

a) Ser ciudadano de uno de los Estados miembros de la Unión Europea.<br />

b) Estar en plena posesión de sus derechos civiles.<br />

c) Encontrarse en situación regular respecto a la legislación aplicable en materia de servicio militar.<br />

d) Ofrecer las garantías de moralidad requeridas para el ejercicio de sus funciones.<br />

2. Condiciones específicas<br />

2.1. Titulación y Véase el punto 2 de los anexos<br />

diplomas<br />

2.2. Experiencia Véase el punto 3 de los anexos<br />

profesional


14.3.2013 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 75 A/3<br />

2.3. Conocimientos<br />

lingüísticos ( 1 )<br />

Lengua 1<br />

y<br />

Lengua 2<br />

Lengua principal<br />

Excelente conocimiento de una de las 23 lenguas oficiales de la Unión Europea<br />

Segunda lengua, obligatoriamente distinta de la lengua 1<br />

Conocimiento satisfactorio del alemán, francés o inglés<br />

En cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la UE (Gran Sala)<br />

en el asunto C-566/10 P, República Italiana/Comisión, las instituciones de la UE están<br />

obligadas a indicar los motivos por los que limitan la elección de segunda lengua para la<br />

presente oposición a un número restringido de lenguas oficiales de la UE.<br />

Se informa por lo tanto a los candidatos de que las opciones de segunda lengua para la<br />

presente oposición se han determinado en función del interés del servicio, el cual exige<br />

que el personal recién contratado sea inmediatamente operativo y capaz de comunicarse<br />

eficientemente en su actividad cotidiana. De no ser así, el funcionamiento efectivo de las<br />

instituciones se vería gravemente perjudicado.<br />

La práctica ya solidamente asentada de las instituciones de la UE en lo que respecta a las<br />

lenguas empleadas para la comunicación interna, teniendo en cuenta también las necesidades<br />

de los distintos servicios para la comunicación externa y la tramitación de los expedientes,<br />

indica que el alemán, el francés y el inglés siguen siendo las lenguas más utilizadas.<br />

Además, estas tres lenguas son, con diferencia, las segundas lenguas más frecuentemente<br />

escogidas por los opositores que pueden elegir libremente. Este dato confirma los<br />

actuales referentes educativos y profesionales, con arreglo a los cuales puede suponerse<br />

que los candidatos a los puestos de la Unión Europea dominan, como mínimo, una de esas<br />

lenguas. Por lo tanto, la necesidad de compaginar el interés del servicio y las necesidades<br />

y capacidades de los candidatos, tomando asimismo en consideración el campo específico<br />

de esta oposición, legitima la organización de las pruebas en estas tres lenguas con el fin<br />

de asegurar que, con independencia de su primera lengua oficial, todos los candidatos<br />

dominen por lo menos una de estas tres lenguas oficiales en el ámbito profesional.<br />

Además, la igualdad de trato a todos los candidatos exige que todos ellos, incluidos aquellos<br />

cuya primera lengua oficial sea una de las tres citadas, realice la prueba en su<br />

segunda lengua, escogida entre esas tres. La evaluación de las competencias específicas<br />

con arreglo a esta modalidad permite a las instituciones evaluar la capacidad de los candidatos<br />

para ejecutar inmediatamente sus funciones en un entorno que se asemeja a la<br />

realidad del puesto de trabajo. Esta disposición no prejuzga la posterior formación lingüística<br />

destinada a adquirir la capacidad de trabajar en una tercera lengua de conformidad<br />

con el artículo 45, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios.<br />

IV. PRUEBAS <strong>DE</strong> ACCESO<br />

Las pruebas de acceso se realizarán con ordenador y únicamente se llevarán a cabo si el número de candidatos<br />

inscritos es superior a un determinado umbral. Dicho umbral será determinado por el Director de la<br />

<strong>EPSO</strong> en su condición de autoridad facultada para proceder a los nombramientos (AFPN), tras el cierre del<br />

registro de candidaturas. Ese umbral podrá variar de un ámbito a otro y se le informará de ello a través de<br />

su cuenta <strong>EPSO</strong>.<br />

El tribunal determinará el nivel de dificultad de las pruebas y aprobará el contenido de las mismas sobre la<br />

base de las propuestas de la <strong>EPSO</strong>.<br />

1. Invitación Se le invitará a participar en las pruebas si ha validado su candidatura en el plazo indicado<br />

(véase la sección VIII).<br />

Atención:<br />

1. Al validar su candidatura, declara cumplir las condiciones generales y específicas recogidas<br />

en la sección III.<br />

2. Para participar en las pruebas, debe reservar una fecha; dicha reserva debe hacerse obligatoriamente<br />

en el plazo que se le comunicará a través de su cuenta <strong>EPSO</strong>.<br />

( 1 ) Véase el Marco Europeo Común de Referencia para las Lenguas (CECR). Nivel mínimo exigido: lengua 1 = C1/lengua 2<br />

= B2<br />

(http://europass.cedefop.europa.eu/europass/home/hornav/Downloads/CEF/LanguageSelfAssessmentGrid.csp).


C 75 A/4 ES Diario Oficial de la Unión Europea 14.3.2013<br />

2. Naturaleza y puntuación<br />

de las pruebas<br />

Se trata de una serie de pruebas basadas en preguntas de tipo test destinadas a evaluar sus<br />

aptitudes y competencias generales en materia de:<br />

Prueba a) Razonamiento verbal Puntuación: de 0 a 20 puntos<br />

Mínimo exigido: 10 puntos<br />

Prueba b) Razonamiento numérico Puntuación: 0 a 10 puntos<br />

Prueba c) Razonamiento abstracto Puntuación: 0 a 10 puntos<br />

3. Lengua de las pruebas Lengua 1<br />

1. Procedimiento<br />

El mínimo exigido es de 10 puntos para el<br />

conjunto de las pruebas b) y c)<br />

V. ADMISIÓN A LA OPOSICIÓN Y <strong>SELECCIÓN</strong> POR TITULACIÓN ACADÉMICA<br />

El examen de las condiciones generales y específicas, así como la selección por titulación académica, se efectuarán,<br />

en un principio, sobre la base de lo que usted indicó en el formulario de candidatura.<br />

a) Sus respuestas a las preguntas relativas a las condiciones generales y específicas se estudiarán con el fin<br />

de determinar si está entre los candidatos que cumplen todos los requisitos de admisión a la oposición.<br />

En caso de que se hayan organizado previamente pruebas de acceso, el examen de las condiciones generales<br />

y específicas se efectuará, en orden decreciente de los puntos obtenidos, por ámbito, y hasta que<br />

se haya alcanzado el número definido por la AFPN de candidatos que:<br />

— hayan obtenido los mínimos exigidos y las mejores notas en las pruebas de acceso, y<br />

— cumplan las condiciones de admisión a la oposición<br />

En caso de que haya varios candidatos con la misma nota en el último puesto de la lista, todos ellos<br />

serán admitidos a la fase de selección por titulación académica. Los formularios de candidatura electrónicos<br />

de los candidatos que queden por debajo de ese umbral no serán examinados.<br />

b) A continuación, el tribunal procederá a la selección por titulación académica de los candidatos que<br />

cumplan las condiciones de admisión a la oposición, a fin de identificar a los que posean las cualificaciones<br />

más pertinentes (en particular, títulos y experiencia profesional) en relación con la naturaleza de<br />

las funciones y con los criterios de selección enumerados en la presente convocatoria de oposición. Dicha<br />

selección se basará únicamente en los datos que usted proporcione en la pestaña évaluateur de talent<br />

(«evaluador de competencias») y se llevará a cabo en dos etapas:<br />

— una primera selección por titulación académica se efectuará únicamente sobre la base de las<br />

respuestas marcadas en la pestaña évaluateur de talent («evaluador de competencias») del formulario de<br />

candidatura y de la ponderación de cada una de esas preguntas. En función de la importancia concedida<br />

a cada criterio recogido en el punto 4 de los anexos, el tribunal establecerá la ponderación (de 1<br />

a 3) antes de realizar el examen de las candidaturas. A continuación, los formularios de candidatura<br />

electrónicos de los candidatos que hayan obtenido el mayor número de puntos serán objeto de una<br />

segunda selección,


14.3.2013 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 75 A/5<br />

— el número de expedientes examinados en esta segunda fase de selección será, para cada ámbito, aproximadamente<br />

9 veces el número de candidatos aprobados indicado en la presente convocatoria de<br />

oposición. El tribunal examinará las respuestas de los candidatos y atribuirá una nota de 0 a 4 a cada<br />

respuesta. Las notas, multiplicadas por la ponderación de cada pregunta, se sumarán para obtener<br />

una nota global.<br />

El tribunal establecerá posteriormente una clasificación de los candidatos en función de dichas notas<br />

globales. El número de candidatos invitados ( 2 ) al Centro de Evaluación será, en cada ámbito, como máximo<br />

el triple del número de candidatos aprobados. Este número se publicará en el sitio internet de la <strong>EPSO</strong><br />

(http://blogs.ec.europa.eu/eu-careers.info/).<br />

2. Comprobación de los datos proporcionados por los candidatos<br />

Según los resultados obtenidos en el Centro de Evaluación, la <strong>EPSO</strong> comprobará los datos proporcionados<br />

por los candidatos en su formulario de candidatura electrónico por lo que se refiere a las condiciones generales,<br />

y el tribunal comprobará lo relativo a las condiciones específicas sobre la base de los justificantes aportados<br />

por los candidatos. En la valoración de la titulación académica, los justificantes solo serán tenidos en<br />

cuenta para confirmar las respuestas ya dadas en la pestaña évaluateur de talent («evaluador de competencias»).<br />

Si de dicha comprobación resultara que tales datos ( 3 ) no están avaladas por los justificantes correspondientes,<br />

los candidatos en cuestión quedarán excluidos de la oposición.<br />

Se efectuará la comprobación, por orden decreciente de méritos, de los candidatos que hayan obtenido la<br />

puntuación mínima exigida y las mejores notas en el conjunto de las pruebas del Centro de Evaluación d),<br />

e), f) y g). Dichos candidatos deberán también haber obtenido el mínimo exigido en las pruebas de aptitud<br />

a), b) y c). Esta comprobación se llevará a cabo hasta alcanzar el número de candidatos que pueden figurar<br />

en la lista de reserva y que reúnen todas las condiciones de admisión. No se examinarán los justificantes de<br />

los candidatos que se sitúen por debajo de este número.<br />

VI. CENTRO <strong>DE</strong> EVALUACIÓN<br />

1. Invitación al Centro Si se encuentra usted entre los candidatos ( 4 )<br />

de Evaluación — que, a la luz de los datos proporcionados en el impreso electrónico de candidatura,<br />

cumplen las condiciones de admisión generales y específicas de la sección III,<br />

y<br />

— que han obtenido una de las mejores notas en la selección por titulación académica,<br />

se le invitará a participar en las pruebas del Centro de Evaluación ( 5 ) que se celebrarán, en<br />

principio, en Bruselas durante uno o dos días.<br />

( 2 ) Los candidatos que no hayan sido invitados al Centro de Evaluación recibirán los resultados de su evaluación, así como la<br />

ponderación de cada pregunta por el Tribunal.<br />

( 3 ) Estos datos serán verificados, sobre la base de justificantes, antes de la elaboración de la lista de reserva (véase la sección VII,<br />

punto 1, y la sección VIII, punto 2).<br />

( 4 ) En caso de que, en el último puesto de la lista haya varios candidatos que hayan obtenido la misma puntuación, todos<br />

ellos serán invitados al Centro de Evaluación.<br />

( 5 ) Por razones organizativas, las pruebas de razonamiento y el estudio de casos [elemento e)] podrán organizarse en los<br />

Centros de Pruebas de los Estados miembros, independientemente de las demás pruebas del Centro de Evaluación.


C 75 A/6 ES Diario Oficial de la Unión Europea 14.3.2013<br />

2. Centro de Evaluación Se le someterá a tres tipos de evaluación:<br />

— capacidad de razonamiento, siempre que no se haya evaluado ya en pruebas de acceso<br />

organizadas previamente: pruebas a), b) y c),<br />

— competencias específicas: elemento d),<br />

— competencias generales: elementos e), f) y g).<br />

— Su capacidad de razonamiento será evaluada mediante las pruebas ( 6 ) siguientes:<br />

a) prueba de razonamiento verbal,<br />

b) prueba de razonamiento numérico,<br />

c) prueba de razonamiento abstracto.<br />

— Sus competencias específicas en el ámbito elegido serán evaluadas mediante la<br />

prueba ( 6 ) siguiente:<br />

d) entrevista estructurada sobre sus competencias en el ámbito elegido y sobre la base<br />

de las respuestas que haya dado en la pestaña évaluateur de talent («evaluador de<br />

competencias») del formulario de candidatura.<br />

— Sus competencias generales ( 7 ) serán evaluadas mediante los elementos ( 6 )<br />

siguientes:<br />

e) estudio de casos,<br />

f) ejercicio en grupo,<br />

g) entrevista estructurada sobre las competencias generales.<br />

Cada una de estas competencias generales se someterá a prueba según el esquema<br />

siguiente:<br />

Estudio de casos Ejercicio en grupo Entrevista<br />

estructurada<br />

Análisis y resolución de problemas x x<br />

Comunicación x x<br />

Calidad y resultados x x<br />

Aprendizaje y desarrollo x x<br />

Determinación de prioridades y organización x x<br />

Resistencia x x<br />

Trabajo en equipo x x<br />

Capacidad de dirección x x<br />

( 6 ) El contenido será aprobado por el jurado.<br />

( 7 ) La definición de estas competencias figura en el punto 1.2 de la Guía para las oposiciones generales.


14.3.2013 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 75 A/7<br />

3. Lenguas del Centro de<br />

Evaluación<br />

4. Puntuación y ponderación<br />

1. Inscripción en la lista<br />

de reserva<br />

2. Clasificación<br />

1. inscripción electrónica<br />

2. Expediente de candidatura<br />

Lengua 1 para las pruebas a), b) y c)<br />

Lengua 2 para los elementos d), e), f) y g)<br />

Capacidad de razonamiento<br />

a) verbal: de 0 a 20 puntos<br />

mínimo exigido: 10 puntos<br />

b) numérico: de 0 a 10 puntos<br />

c) abstracto: de 0 a 10 puntos<br />

mínimo exigido para el conjunto de las pruebas b) y c): 10 puntos<br />

Las pruebas a), b) y c) son eliminatorias, pero las notas no se sumarán a las demás notas del<br />

Centro de Evaluación.<br />

Competencias específicas [elemento d)]<br />

de 0 a 100 puntos<br />

mínimo exigido: 50 puntos<br />

ponderación: 55 % de la nota global<br />

Competencias generales [elementos e), f) y g)]<br />

de 0 a 80 puntos para el conjunto de las competencias generales (10 puntos por competencia)<br />

mínimo exigido:<br />

3 puntos por competencia<br />

y<br />

40 puntos en el conjunto de las 8 competencias generales<br />

ponderación: 45 % de la nota global<br />

VII. LISTA <strong>DE</strong> RESERVA<br />

El tribunal incluirá su nombre en la lista de reserva:<br />

— si se encuentra usted entre los candidatos ( 8 ) que hayan obtenido los mínimos exigidos<br />

en el conjunto de los elementos a) a g) y una de las mejores notas en el conjunto de los<br />

elementos d), e), f) y g) del Centro de Evaluación (véase el número de aprobados en la<br />

sección I, punto 1),<br />

— y si, vistos los justificantes, cumple todas las condiciones de admisión.<br />

Las listas se elaborarán por ámbito y por orden alfabético.<br />

VIII. CÓMO PARTICIPAR EN LA OPOSICIÓN<br />

Deberá usted inscribirse por vía electrónica siguiendo el procedimiento indicado en el sitio<br />

internet de la <strong>EPSO</strong> y, en particular, en las instrucciones de inscripción.<br />

Fecha límite (incluida la validación): 16 de abril de 2013 a las 12.00 horas (mediodía),<br />

hora de Bruselas<br />

Si se encuentra usted entre los candidatos admitidos al centro de evaluación, deberá<br />

aportar ( 9 ) su expediente de candidatura completo (formulario electrónico de candidatura<br />

firmado y justificantes) cuando vaya a realizar las pruebas de evaluación.<br />

Modalidades: véase el punto 6.1 de la Guía para las oposiciones generales.<br />

( 8 ) En caso que en el último puesto de la lista haya varios candidatos que hayan obtenido la misma nota, todos ellos serán<br />

inscritos en la lista de reserva.<br />

( 9 ) La fecha en que deberá realizar las pruebas en el Centro de Evaluación le será comunicada a su debido tiempo a través<br />

de su cuenta <strong>EPSO</strong>.


C 75 A/8 ES Diario Oficial de la Unión Europea 14.3.2013<br />

1. Naturaleza de las funciones<br />

ANEXO I<br />

ÁMBITO 1 — MACROECONOMÍA<br />

Esta oposición general se organiza con vistas a la contratación de Administradores (AD 7) en el ámbito de la macroeconomía,<br />

con especial énfasis en la supervisión por países y en el análisis y la elaboración de las políticas.<br />

Las principales funciones serán las siguientes:<br />

— supervisión de la evolución macroeconómica y las políticas de los Estados miembros, la zona del euro y la Unión<br />

Europea,<br />

— diseño y aplicación de programas de ajuste macroeconómico,<br />

— análisis empírico y/o modelos de simulación destinados a respaldar la formulación y la evaluación de las políticas<br />

económicas, en particular en ámbitos como las finanzas públicas, las reformas estructurales y las entidades y mercados<br />

financieros,<br />

— diseño de marcos analíticos y de herramientas para el análisis de la evolución económica y de resultados de las políticas,<br />

— preparación de las previsiones económicas de la Comisión Europea,<br />

— mantenimiento de contactos con las instituciones económicas y financieras internacionales, las autoridades públicas y<br />

otras partes interesadas en la aplicación de la supervisión económica y de los programas de ajuste económico,<br />

— redacción, en el contexto de las mencionadas funciones, de documentos jurídicos, políticos y analíticos tanto para uso<br />

interno como para su publicación.<br />

2. Titulación<br />

Un nivel de estudios correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios en economía de al menos cuatro años<br />

de duración, acreditado por un título.<br />

O<br />

Un nivel de estudios correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios en economía de al menos tres años<br />

de duración, acreditado por un título, seguido de una experiencia profesional de al menos un año directamente relacionada<br />

con la naturaleza de las funciones descritas en el punto 1.<br />

N. B.: La experiencia profesional de un año como mínimo es parte integrante de la titulación y no podrá contabilizarse en<br />

el número de años de experiencia profesional que se exige a continuación.<br />

3. Experiencia profesional<br />

Experiencia profesional mínima de seis años en macroeconomía.<br />

Dicha experiencia deberá haberse obtenido con posterioridad a la obtención del título que permite presentarse a la oposición.<br />

4. Criterios de selección<br />

En el marco de la selección por titulación académica, el tribunal tendrá en cuenta los criterios siguientes:<br />

1) Un título (excepto de doctorado) o certificado, además del exigido para el acceso a la oposición (según se describe en<br />

el punto 2 supra) en uno de los ámbitos siguientes: economía, análisis cuantitativo, finanzas y macroeconomía aplicada.<br />

2) Un doctorado en uno de los ámbitos siguientes: economía, análisis cuantitativo, finanzas y macroeconomía aplicada.<br />

3) Experiencia de trabajo de al menos dos años en instituciones financieras o económicas internacionales.<br />

4) Experiencia de trabajo de al menos dos años en un organismo público nacional responsable de la elaboración y la<br />

ejecución de las políticas económica, fiscal o monetaria.<br />

5) Experiencia de trabajo de al menos dos años en una institución de investigación, política o académica (especializada<br />

en el ámbito de la economía o la política económica).<br />

6) Publicaciones en revistas económicas con revisión inter pares en los ámbitos del análisis cuantitativo y la modelización.<br />

7) Publicaciones en revistas económicas con revisión inter pares en el ámbito de la macroeconomía.<br />

8) Experiencia en la elaboración de informes técnicos y no técnicos sobre las tendencias macroeconómicas, la vigilancia<br />

y la previsión.<br />

9) Experiencia en la elaboración de informes técnicos y no técnicos sobre los efectos económicos de las reformas estructurales<br />

y de las políticas destinadas a mejorar la competitividad.


14.3.2013 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 75 A/9<br />

10) Experiencia en la elaboración de informes técnicos y no técnicos sobre las finanzas públicas y la gobernanza económica<br />

europea.<br />

11) Experiencia de al menos dos años en econometría aplicada, tal como análisis de las series temporales y análisis de<br />

regresión con datos de panel.<br />

12) Experiencia en la elaboración o la utilización de modelos macroeconómicos (por ejemplo, modelos DSGE).<br />

13) Experiencia laboral en el diseño y la ejecución de un programa de ajuste económico.


C 75 A/10 ES Diario Oficial de la Unión Europea 14.3.2013<br />

1. Naturaleza de las funciones<br />

ANEXO II<br />

ÁMBITO 2 — ECONOMÍA FINANCIERA<br />

Esta oposición general se organiza con vistas a la contratación de administradores (AD 7) en el ámbito de la economía<br />

financiera, con especial énfasis en la supervisión por países y en el análisis y la elaboración de las políticas.<br />

Las principales funciones serán las siguientes:<br />

— supervisión y análisis del funcionamiento de los mercados financieros o segmentos de mercado de los Estados miembros,<br />

la zona del euro y la Unión Europea, incluida la existencia de posibles fallos del mercado y la manipulación de<br />

los precios,<br />

— análisis y evaluación de la viabilidad, los resultados y la sostenibilidad de las instituciones financieras y de los mercados<br />

de los Estados miembros, incluidos los que tienen un programa de ajuste económico,<br />

— análisis (teóricos, empíricos o basados en modelos) destinados a apoyar la formulación y la evaluación de las políticas<br />

relativas a la regulación de los mercados financieros, las entidades financieras y la estructura financiera,<br />

— desarrollo y aplicación de métodos, herramientas y procedimientos para el tratamiento y la interpretación de los datos<br />

económicos, monetarios y financieros; ello incluye los datos sobre los valores financieros, que podrán implicar el uso<br />

de técnicas cuantitativas de evaluación y valoración,<br />

— concepción, negociación y aplicación de los instrumentos financieros o instrumentos especiales (como instrumentos<br />

de deuda, sistemas de garantía o instrumentos de riesgo compartido) destinados a apoyar la aplicación de las políticas<br />

de la UE,<br />

— mantener contactos con las instituciones económicas y financieras internacionales, las autoridades públicas y otras<br />

partes interesadas en la aplicación de la supervisión económica de los mercados financieros, incluida la supervisión en<br />

el marco de los programas de ajuste económico,<br />

— redacción, en el contexto de las mencionadas funciones, de documentos jurídicos, políticos y analíticos tanto para uso<br />

interno como externo.<br />

2. Titulación<br />

Un nivel de estudios correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios en economía o finanzas de cuatro<br />

años o más de duración, acreditado por un título.<br />

O<br />

Un nivel de estudios correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios en economía o finanzas de al menos<br />

tres años de duración, acreditado por un título, seguido de una experiencia profesional de al menos un año relacionada<br />

con la naturaleza de las funciones descritas en el punto 1.<br />

N. B.: La experiencia profesional de un año como mínimo formará parte integrante de la titulación y no podrá contabilizarse<br />

en el número de años de experiencia profesional que se exige a continuación.<br />

3. Experiencia profesional<br />

Experiencia profesional en análisis del sector financiero de una duración mínima de seis años.<br />

Dicha experiencia profesional deberá haberse obtenido con posterioridad a la obtención del título que permite presentarse<br />

a la oposición.<br />

4. Criterios de selección<br />

En el marco de la selección por titulación académica, el tribunal tendrá en cuenta los criterios siguientes:<br />

1) Un título (excepto de doctorado) o certificado, además del exigido para el acceso a la oposición (según se describe en<br />

el punto 2 supra) en uno de los ámbitos siguientes: economía financiera, economía, financiación de las empresas,<br />

análisis cuantitativos, estadística, economía aplicada, o matemáticas financieras.<br />

2) Un doctorado en uno de los ámbitos siguientes: economía financiera, economía, financiación de las empresas, análisis<br />

cuantitativos, estadística, economía aplicada o matemáticas financieras.<br />

3) Experiencia de trabajo de al menos dos años en el sector bancario u otras entidades financieras.<br />

4) Experiencia de trabajo de al menos dos años en una administración pública o institución internacional responsable<br />

de la supervisión micro o macroprudencial.<br />

5) Experiencia de trabajo de al menos dos años en una administración pública o institución internacional responsable<br />

de la concepción, la administración y la ejecución de políticas de estabilidad financiera.<br />

6) Experiencia de trabajo de al menos dos años en instituciones académicas y de investigación especializados en el sector<br />

de las finanzas y la economía.


14.3.2013 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 75 A/11<br />

7) Experiencia de al menos dos años en el análisis de la viabilidad y la eficacia de las instituciones financieras.<br />

8) Publicaciones en revistas económicas con revisión inter pares, especialmente en los ámbitos de la economía financiera<br />

cuantitativa, la estabilidad financiera y la financiación de las empresas.<br />

9) Experiencia en la elaboración de informes técnicos y no técnicos sobre la evolución de los mercados financieros, la<br />

estabilidad financiera, y las tendencias en el sector bancario.<br />

10) Experiencia de al menos dos años en econometría aplicada, tal como análisis de las series temporales y análisis de<br />

regresión con datos de panel.<br />

11) Experiencia en la elaboración o utilización de modelos macroeconómicos (por ejemplo, modelos DSGE).<br />

12) Experiencia laboral en el diseño y la ejecución de un programa de ajuste económico.

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