1 - Ministerio del Poder Popular para el Ambiente
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PROYECTO DE DECRETO DEL PLAN DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO<br />
DEL ESTADO VARGAS<br />
DECRETO N° FECHA<br />
JORGE LUIS GARCÍA CARNEIRO<br />
GOBERNADOR DEL ESTADO VARGAS<br />
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 13 y 53, numeral 1°,<br />
de la Constitución <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas y de conformidad con lo establecido en los<br />
artículos 13 y 34 de la Ley Orgánica <strong>para</strong> la Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio.<br />
CONSIDERANDO<br />
Que mediante Ley Especial publicada en la Gaceta Oficial número 36.488, de fecha<br />
3 de julio de 1998, se <strong>el</strong>evó a la categoría de estado al Territorio Federal Vargas,<br />
con la denominación de estado Vargas, cuya superficie y límites son los<br />
consagrados en la Ley Orgánica que creó <strong>el</strong> Territorio Federal Vargas, publicada<br />
en la Gaceta Oficial número 36.464, de fecha 29 de mayo de 1998.<br />
CONSIDERANDO<br />
Que de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de<br />
Venezu<strong>el</strong>a, <strong>el</strong> régimen socioeconómico de la Nación y los Derechos Ambientales,<br />
se fundamenta en los principios de equidad y sustentabilidad, mediante <strong>el</strong><br />
establecimiento de políticas <strong>para</strong> la transformación de una sociedad democrática,<br />
participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural, que garantice la libertad<br />
<strong>para</strong> <strong>el</strong> desarrollo de las diversas actividades, sin más limitaciones que las<br />
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derivadas de la Constitución y de las leyes, por razones de protección ambiental,<br />
desarrollo humano, seguridad, sanidad y otras de interés social.<br />
CONSIDERANDO<br />
Que <strong>el</strong> Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio debe tomar en cuenta las condiciones y<br />
características ecológicas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas y debe ser referencia determinante<br />
<strong>para</strong> la inversión pública y privada en todos los niv<strong>el</strong>es, estableciendo las<br />
actividades económicas sustentables que se desarrollan en <strong>el</strong> estado, y que<br />
beneficien a la sociedad en general, albergando los nuevos conocimientos<br />
científicos y tecnológicos que caractericen una gestión dinámica, manteniendo su<br />
vigencia frente a los cambios.<br />
CONSIDERANDO<br />
Que <strong>el</strong> Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, debe ser un instrumento<br />
amplio de concertación y consenso, que incorpore y compatibilice las propuestas<br />
de todos los actores sociales y garantice <strong>el</strong> compromiso <strong>para</strong> la consecución <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
desarrollo sustentable, mediante su articulación orgánica con <strong>el</strong> Plan Nacional de<br />
Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio, con los Lineamientos Generales <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan Nacional<br />
Simón Bolívar 2007-2013, con <strong>el</strong> Plan Nacional de Desarrollo Regional 2007-<br />
2013 y con todo <strong>el</strong> Sistema de Planificación Nacional, que le permita contribuir al<br />
mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, en<br />
concordancia con <strong>el</strong> Plan Estadal de Desarrollo Económico y Social 2009-2012 y<br />
Plan de Ordenación Urbanística <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, publicado en G.O. N° Ext<br />
5.927 de fecha 27/07/2009.<br />
CONSIDERANDO<br />
Que las restricciones físico-geográficas, la exposición al riesgo y amenazas<br />
naturales y la fragilidad <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, unido a los cambios experimentados<br />
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en las formas de organización social, hacen necesario la formulación <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan<br />
Estadal de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio, concebido como un instrumento de<br />
planificación, gestión y participación, capaz de garantizar <strong>el</strong> desarrollo sustentable<br />
en las más diversas materias y horizontes temporales.<br />
El siguiente:<br />
Objeto<br />
DECRETA<br />
PLAN DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO<br />
DEL ESTADO VARGAS<br />
TÍTULO I<br />
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES<br />
LOS OBJETIVOS DEL PLAN Y DE LA IMAGEN OBJETIVO<br />
CAPÍTULO I<br />
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES<br />
Artículo 1: Este Decreto tiene por objeto dictar las disposiciones que regirán los<br />
Lineamientos y Directrices <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas<br />
constituyendo un instrumento de Ordenamiento y Gestión <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio, que sirve<br />
de marco de referencia espacial a los planes de desarrollo económico y social <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
estado.<br />
Ámbito de Aplicación<br />
Artículo 2: El ámbito espacial de aplicación de este Plan de Ordenación,<br />
comprende <strong>el</strong> territorio y demás espacios geográficos <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas,<br />
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establecidos en <strong>el</strong> artículo 9 de la Constitución <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, en concordancia<br />
con la Ley de División Político Territorial <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />
Carácter <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan<br />
Artículo 3: El Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas es de obligatorio<br />
cumplimiento <strong>para</strong> todos los organismos de la Administración Pública Nacional,<br />
Estadal y Municipal, los demás entes que conforman la administración<br />
descentralizada, las instituciones de carácter privado, las organizaciones populares<br />
de base y la población en general, como un instrumento válido que determina la<br />
orientación de las inversiones de incidencia espacial, en armonía con la<br />
Constitución de la República Bolivariana de Venezu<strong>el</strong>a y demás disposiciones<br />
legales y reglamentarias.<br />
CAPÍTULO II<br />
DE LOS OBJETIVOS DEL PLAN<br />
Artículo 4: El objetivo fundamental <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />
Vargas, es regular y promover la ocupación <strong>d<strong>el</strong></strong> territorio en <strong>el</strong> marco de un mo<strong>d<strong>el</strong></strong>o<br />
de producción ambientalmente sustentable, bajo un enfoque de cohesión y equidad<br />
socioterritorial, a los fines de lograr <strong>el</strong> mayor bienestar e inclusión de la población,<br />
teniendo como objetivos específicos los siguientes:<br />
1. Orientar un patrón de ocupación de la población y la localización segura<br />
de sus actividades, en armonía con las potencialidades y restricciones<br />
físico-naturales en su condición de estado costero, con la finalidad de<br />
brindar mayor bienestar a la población, promoviendo <strong>el</strong> desarrollo<br />
socioeconómico <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, en concordancia con las políticas de desarrollo<br />
nacional y regional.<br />
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2. Promover la ampliación, diversificación y consolidación de la base<br />
económica, fomentando <strong>el</strong> aprovechamiento sustentable de la variedad de<br />
recursos y oportunidades naturales <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas reforzando la<br />
agricultura, la pesca, <strong>el</strong> turismo y recreación, la agroindustria y<br />
manufactura, como actividades socioproductivas endógenas.<br />
3. Establecer los lineamientos <strong>para</strong> la optimización de los servicios en redes<br />
de agua potable, aguas servidas y vialidad, así como <strong>el</strong> manejo de<br />
residuos y desechos sólidos.<br />
4. Armonizar la ordenación territorial <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas con la preservación y<br />
difusión de sus valores autóctonos, patrimonio histórico, arquitectónico,<br />
arqueológico, costumbres tradicionales, patrimonio viviente, arte popular y<br />
habilidad de sus pobladores, a fin de lograr espacios <strong>para</strong> <strong>el</strong> desarrollo de<br />
su especificidad histórica y cultural y su aprovechamiento turístico.<br />
5. Insertar las acciones de gestión de riesgos en <strong>el</strong> estado, mediante la<br />
consideración de las amenazas de origen natural, social y tecnológico, a<br />
las que está expuesta la población y sus actividades productivas,<br />
reduciendo las condiciones de vulnerabilidad.<br />
6. Promover la creación de unidades de gestión territorial contempladas en la<br />
nueva geopolítica nacional, mediante la consolidación de las comunas en<br />
construcción y la estructuración de ejes comunales, y la creación de los<br />
distritos motores que permita reforzar un sistema de centros poblados<br />
articulados y complementados de acuerdo a la función estratégica y a la<br />
especialización de cada uno.<br />
7. Propiciar <strong>el</strong> aprovechamiento de las ventajas competitivas y com<strong>para</strong>tivas<br />
<strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas como Centro Internacional de Negocios y<br />
Comunicaciones.<br />
8. Establecer los lineamientos <strong>para</strong> <strong>el</strong> desarrollo <strong>d<strong>el</strong></strong> uso pesquero y <strong>el</strong><br />
aprovechamiento de los recursos, a fin de consolidar las comunidades<br />
pesqueras, sus actividades y servicios conexos.<br />
9. Definir programas de conservación y manejo integral de las cuencas, a los<br />
fines de asegurar la protección de la cobertura vegetal de alto valor<br />
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ecológico, <strong>el</strong> abastecimiento de la demanda de agua, <strong>el</strong> desarrollo de<br />
actividades agrícolas y urbanas no degradantes, enmarcadas en un<br />
programa de vigilancia, control y educación ambiental.<br />
10. Coadyuvar <strong>el</strong> establecimiento de actividades que permitan promover <strong>el</strong><br />
turismo y la recreación como actividades prioritarias <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />
11. Crear un sistema de Áreas Bajo Régimen de Administración Especial que<br />
responda a sus objetivos de creación y contribuya eficazmente, en forma<br />
tangible al desarrollo económico y social <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />
12. Definir lineamientos <strong>para</strong> la ordenación y gestión integral de la zona<br />
costera, especialmente en la franja terrestre <strong>d<strong>el</strong></strong> área de dominio publico.<br />
CAPÍTULO III<br />
DE LA IMAGEN OBJETIVO<br />
Artículo 5: La imagen objetivo de este plan es orientar la ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
territorio hacia una gestión <strong>d<strong>el</strong></strong> desarrollo coherente hacia <strong>el</strong> año 2030,<br />
organizando espacialmente los usos y actividades, mediante su localización<br />
óptima en función de la nueva geopolítica nacional y manejo sustentable de<br />
los recursos naturales <strong>para</strong> garantizar su preservación y disponibilidad en<br />
beneficio de la población, ajustándose a:<br />
1. Una base económica diversificada y consolidada, acorde a las funciones<br />
estratégicas y endógenas.<br />
2. Un patrón de ocupación de la población acorde a las condiciones de<br />
vulnerabilidad y amenazas naturales y tecnológicas, así como a las<br />
posibilidades de dotación de servicios, en armonía funcional con la región<br />
central y <strong>el</strong> resto <strong>d<strong>el</strong></strong> país.<br />
3. Su especificidad histórica y cultural, logrando la reducción de los problemas<br />
ambientales, especialmente <strong>el</strong> control de la contaminación y <strong>el</strong> manejo<br />
adecuado de los desechos.<br />
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4. Su localización estratégica y competitiva que le permite su ubicación en<br />
la fachada caribeña, constituyéndose como receptor y difusor de negocios<br />
de carácter internacional.<br />
5. Usos <strong>d<strong>el</strong></strong> territorio acordes con la valoración de la diversidad de recursos,<br />
considerados como bienes sociales y ambientales, sin menoscabo a las<br />
disposiciones legales.<br />
6. Una zona costera, manejada de forma integral, incluyendo la rehabilitación<br />
y saneamiento de la franja terrestre <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio público.<br />
7. Una infraestructura vial que favorece la integración funcional <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />
Vargas.<br />
8. Un manejo integral de las cuencas hidrográficas, garantizando su función<br />
como productoras de agua y conservación de la cobertura vegetal.<br />
9. Una gestión pública desarrollada mediante mecanismos de coordinación<br />
interinstitucional que permita la distribución adecuada de los recursos<br />
humanos y financieros en la prestación de los servicios públicos.<br />
10. Un <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> actuando como instrumento de contraloría social <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
cumplimiento <strong>d<strong>el</strong></strong> plan.<br />
11. Un marco institucional y legal <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
estado Vargas.<br />
12. Una población ambientalmente educada con pertinencia.<br />
TÍTULO II<br />
DE LAS ACCIONES ESTRUCTURANTES PARA EL USO DEL ESPACIO<br />
CAPÍTULO I<br />
LA DIVERSIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE<br />
DE LA ECONOMÍA DEL ESTADO VARGAS<br />
Artículo 6: Este plan promueve <strong>el</strong> desarrollo sustentable <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, orientado por<br />
un mo<strong>d<strong>el</strong></strong>o productivo socialista, condicionado a las potencialidades y limitaciones<br />
<strong>d<strong>el</strong></strong> medio natural, la tecnología disponible, la optimización <strong>d<strong>el</strong></strong> uso de los espacios,<br />
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y la vigilancia y control de los efectos ambientales de las actividades económicas,<br />
y las consideraciones de amenazas, vulnerabilidad y riesgo. Siguiendo los<br />
lineamientos que a continuación se indican:<br />
1. Dinamizar las economías locales derivadas por la localización <strong>d<strong>el</strong></strong> Aeropuerto<br />
de Maiquetía y <strong>d<strong>el</strong></strong> Puerto de La Guaira.<br />
2. Convertir al Sector Central <strong>d<strong>el</strong></strong> estado un gran centro de intercambios<br />
comerciales y culturales, lo cual implica dotarlo de las instalaciones hot<strong>el</strong>eras<br />
y de servicios <strong>para</strong> los visitantes locales, nacionales e internacionales.<br />
3. Valorizar <strong>el</strong> sector pesquero como actividad r<strong>el</strong>evante y dinamizadora de la<br />
economía regional, aprovechando la configuración territorial, la disponibilidad<br />
de los recursos y la identidad de las comunidades pesqueras.<br />
4. Privilegiar la actividad agrícola en las parroquias Carayaca, Caruao y El<br />
Junko, como espacios con tradición y vocación natural <strong>para</strong> este uso, y que<br />
representan <strong>el</strong> 98% de la producción <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />
5. Reforzar <strong>el</strong> carácter turístico-recreativo <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, aprovechando sus<br />
principales atractivos naturales y culturales, incentivando la inversión pública y<br />
privada capaz de generar nuevos ingresos.<br />
CAPÍTULO II<br />
DE LA DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN<br />
Y DEL SISTEMA DE CENTROS POBLADOS<br />
Artículo 7: El presente Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas,<br />
define una población de 340.337 habitantes de acuerdo a lo establecido en <strong>el</strong><br />
Censo de Población y Vivienda 2001, se debe reorientar <strong>el</strong> crecimiento,<br />
distribución poblacional y organización espacial, en función de las condicionantes,<br />
limitaciones y amenazas naturales. Para <strong>el</strong>lo se deberán seguir los siguientes<br />
lineamientos:<br />
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1. Reforzar <strong>el</strong> Sistema de Centros Poblados, a través de la creación y<br />
promoción de áreas centrales con distintas jerarquías y localizaciones, que<br />
se complementen entre sí y con las funciones a cumplir, brindando<br />
dinamismo a la estructura urbana a través de una adecuada mezcla de<br />
usos y equilibrio en la distribución de las actividades y equipamientos<br />
urbanos, estableciendo <strong>para</strong> <strong>el</strong>lo tres sectores, este, oeste y central, este<br />
último con dos áreas diferenciadas:<br />
Sector Central<br />
Un área con alcance regional, ubicada entre <strong>el</strong> Puerto de La Guaira y <strong>el</strong><br />
Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía, orientada a<br />
convertirse en la principal entrada al Sistema de Centros Poblados a través<br />
de la conexión a la red intermodal de transporte aéreo, terrestre y<br />
marítimo. Deberá comportarse como una zona empleadora en la que se<br />
localizarán servicios gubernamentales, institucionales y especializados en<br />
actividades de apoyo al transporte, equipamientos de ámbito urbano y<br />
nuevas unidades productivas que consoliden la base económica <strong>d<strong>el</strong></strong> Centro<br />
Poblado de Primer Orden (parroquias La Guaira y Maiquetía).<br />
La segunda área, conformada por tres centros poblados de segundo orden<br />
(parroquias: Catia La Mar, Carlos Soublette y Caraballeda) y tres centros<br />
poblados de tercer orden (Urimare, Macuto y Naiguatá), los centros de<br />
segunda jerarquía están orientados al comercio y servicios metropolitanos,<br />
mezclados con residencial y recreacional. Dentro de los de tercera<br />
jerarquía, funcionan Urimare como complemento a la parroquia Catia La<br />
Mar, Macuto destinado a la actividad sociocultural y recreativa, y Naiguatá<br />
cumpliendo funciones complementarias a su correspondiente centro de<br />
segundo orden. A este centro poblado lo complementan centro poblados<br />
locales de 2º orden (Anare, Camurí Grande y El Tigrillo), con cierto niv<strong>el</strong> de<br />
servicios básicos y equipamientos <strong>para</strong> su área de influencia.<br />
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Sector Oeste<br />
Entendido como un centro menor, jerarquizado por centros poblados<br />
locales de 1º orden, Carayaca y El Junko y centros poblados locales de 2º<br />
orden, Tarma-Tirima. En estos centros se concentran servicios primarios,<br />
mezclados con uso agrícola, residencial y recreacional.<br />
Sector Este<br />
Entendido como un centro menor, jerarquizado por un centro poblado local<br />
de 1º orden, La Sabana y un Centro Poblado Local de 2º Orden, Caruao.<br />
En los cuales se concentran servicios primarios, mezclados con<br />
agricultura, residencial y recreacional.<br />
2. El Sistema de Centros Poblados <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas se debe comportar<br />
como uno de los componentes <strong>d<strong>el</strong></strong> Sistema Metropolitano de Caracas en<br />
comunicaciones, transporte de personas y bienes nacionales e<br />
internacionales, así como la principal área de expansión recreacional.<br />
3. Controlar la expansión urbana <strong>d<strong>el</strong></strong> Sector Central en concordancia con sus<br />
potencialidades, considerando las limitaciones de espacio aprovechable y<br />
la factibilidad de incorporación a los servicios, tomando en cuenta las<br />
amenazas naturales y los riesgos potenciales, a fin de limitar <strong>el</strong> incontrolado<br />
proceso de ocupación de la población.<br />
4. Desarrollar infraestructuras que permitan la especialización de los centros<br />
poblados, en función de lo establecido en <strong>el</strong> Plan de Ordenamiento y<br />
Reglamento de Uso <strong>d<strong>el</strong></strong> Área de Protección y Recuperación <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />
Vargas (Eje Arrecife- Los Caracas), publicado en Gaceta Oficial de la<br />
República Bolivariana de Venezu<strong>el</strong>a Nº 5.758, de fecha 27/01/2005,<br />
Decreto N° 3.413 de fecha 11/01/2005 y <strong>el</strong> Plan de Ordenación Urbanística<br />
<strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas (POU), publicado en Gaceta Oficial de la República<br />
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Bolivariana de Venezu<strong>el</strong>a Nº 5.927 Extraordinaria de fecha 27 de junio de<br />
2009.<br />
5. Formular los respectivos planes territoriales urbanísticos <strong>para</strong> garantizar un<br />
desarrollo acorde con las potencialidades y restricciones existentes y con la<br />
función que le corresponde cumplir.<br />
6. Desarrollar y fortalecer la infraestructura de comunicaciones y equipamiento<br />
urbano, de apoyo al sistema de ciudades, que contribuyan a mejorar la<br />
calidad de vida de la población y a crear condiciones favorables a la<br />
inversión pública y privada.<br />
7. Actuar en la creación de nuevas ciudades sustentables como Ciudad<br />
Caribean, <strong>para</strong> generar transformaciones hacia <strong>el</strong> fortalecimiento y<br />
mejoramiento de las ciudades, centros poblados, urbanizaciones populares,<br />
zonas o poblaciones rurales y centros históricos, tendiendo hacia la<br />
integración de ejes comunales, que se articulen funcional y territorialmente<br />
como espacios sociopolíticos bajo un mo<strong>d<strong>el</strong></strong>o de producción socialista.<br />
8. Garantizar la consolidación de las Áreas Vitales de Vivienda y Residencia<br />
en Playa Grande, Ciudad Caribean y Catia La Mar, declaradas mediante<br />
Decreto Nº 8.041, de fecha 13 de febrero de 2011, publicado en G.O. N°<br />
383.456, de fecha 14/02/2011, y su integración a la trama urbana<br />
9. Promover <strong>el</strong> desarrollo de los Núcleos de Desarrollos Endógenos, como<br />
espacios <strong>d<strong>el</strong></strong> territorio orientados al desarrollo rural integrado, a través de<br />
los planes de manejo correspondientes al medio rural, con <strong>el</strong> fin de apoyar<br />
la producción de sus recursos agrícolas, forestales, faunísticos, etc., según<br />
lo establece <strong>el</strong> marco legal vigente, garantizando la participación<br />
autogestionaria de los diferentes actores.<br />
10. Propiciar la gestión territorial de las áreas urbanas que están dentro de<br />
las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (Abrae).<br />
11. Impulsar la conformación de un Distrito Motor de Desarrollo en la parroquia<br />
Carayaca a través de la declaratoria de una Unidad Territorial consolidada,<br />
dirigiendo los esfuerzos institucionales a tales fines, de acuerdo a lo<br />
establecido en la Ley <strong>d<strong>el</strong></strong> Consejo Federal de Gobierno y su Reglamento.<br />
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12. Guiar las actuaciones <strong>d<strong>el</strong></strong> Sistema Urbanístico, contempladas en <strong>el</strong> Plan de<br />
Ordenación Urbanística <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, publicado en Gaceta Oficial de<br />
la República Bolivariana de Venezu<strong>el</strong>a, Nº 5.927 Extraordinaria de fecha 27<br />
de junio de 2009.<br />
13. Se formularán los planes especiales de los Centros Poblados <strong>d<strong>el</strong></strong> Sector<br />
Central, <strong>el</strong> cual servirá de base <strong>para</strong> revisar las ordenanzas vigentes y<br />
ajustarlas a las orientaciones contenidas en este plan y las que se<br />
desprenden <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan de Ordenamiento y Manejo <strong>d<strong>el</strong></strong> Área de Protección y<br />
Recuperación <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas (APRA), y <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan de Ordenación<br />
Urbanística <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas (POU).<br />
14. El Plan de Desarrollo Urbano local y los planes especiales deberán de<br />
tomar en cuenta las proyecciones de crecimiento establecidos en <strong>el</strong> Plan<br />
Estadal, considerando y ampliando los estudios sobre la variable riesgo y<br />
sobre <strong>el</strong> manejo de los desechos sólidos incorporando la vialidad como<br />
<strong>el</strong>emento estructurante de forma que garantice <strong>el</strong> aprovechamiento <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
potencial turístico recreacional <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, promoviendo la conservación de<br />
áreas naturales y culturales de importancia, utilizando las playas, los<br />
canales y sus márgenes, plazas, paseos y bulevares como integradores <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
espacio construido y como espacios públicos que promuevan la integración<br />
social.<br />
Artículo 8: A los fines de este plan se definen las categorías <strong>d<strong>el</strong></strong> sistema de<br />
centros poblados de la siguiente manera:<br />
Centros Mayores:<br />
Son centros que proporcionan servicios especializados a su población y<br />
constituyen <strong>el</strong> asiento de los poderes públicos. Éstos a su vez se han dividido en:<br />
Centro Poblado de Primer Orden. Centro que incluye la capital <strong>d<strong>el</strong></strong> estado y es<br />
asiento de las actividades político-administrativas y económicas a niv<strong>el</strong> estadal, y<br />
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que además cumplen funciones de alcance metropolitano (comunicación y<br />
recreación). Ofrece diversos servicios a la población de todo <strong>el</strong> estado. Estos<br />
centros se apoyan en centros alternos dentro <strong>d<strong>el</strong></strong> espacio regional.<br />
Centro Poblado de Segundo Orden. Centro prestatario de servicios más<br />
especializados como hospitales, educación básica y diversificada, servicios<br />
administrativos, comercio al mayor, banca, etc., y que además cumplen una<br />
función de alcance metropolitano (recreación). Estos centros se apoyan en<br />
centros alternos dentro <strong>d<strong>el</strong></strong> espacio estadal.<br />
Centro Poblado de Tercer Orden. Son centros prestadores de servicio a sus<br />
propias poblaciones y zonas aledañas, cumpliendo funciones complementarias a<br />
su correspondiente centro de segundo orden.<br />
Centros Menores:<br />
Son centros que proporcionan servicios básicos a su población. Éstos a su vez se<br />
han dividido en:<br />
Centros Poblados Locales de 1º Orden. Por lo general, son capitales de<br />
parroquia y tienen algunos servicios de apoyo <strong>para</strong> centros terminales y<br />
dependientes, como asistenciales y educativos.<br />
Centros Poblados Locales de 2º Orden. Centros poblados de más de<br />
1.000 habitantes, con cierto niv<strong>el</strong> de servicios básicos y equipamientos<br />
<strong>para</strong> su área de influencia.<br />
Centros Poblados Terminales. Corresponde a centros poblados con<br />
poblaciones menores a 1.000 habitantes. Lo integran los poblados que<br />
están dotados con algún tipo de servicios.<br />
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Centros Poblados Dependientes. Son poblaciones que por lo general, no<br />
cuentan con servicios y dependen totalmente do otros.<br />
Artículo 9: Este Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio define un sistema de centros<br />
poblados a niv<strong>el</strong> estadal estructurado que establece los siguientes niv<strong>el</strong>es y<br />
funciones:<br />
Centros Mayores:<br />
1. Centros Poblados de 1º Orden, corresponde al Sector Central,<br />
conformado por la áreas urbanas de Maiquetía y La Guaira, como núcleo<br />
administrativo y de servicios.<br />
2. Centros Poblados de 2° Orden, corresponde al Sector Central,<br />
conformado por la áreas urbanas de Catia La Mar, Carlos Soublette y<br />
Caraballeda, como centro administrativo y de servicios (residenciales y<br />
turísticas-recreacionales).<br />
3. Centros Poblados de 3° Orden, corresponde al Sector Central,<br />
conformado por la áreas urbanas de Urimare, Macuto y Naiguatá, como<br />
centro administrativo y de apoyo a los servicios residencial, comercial y<br />
turístico-recreacional.<br />
4. Centros Menores: Son centros que proporcionan servicios esenciales a<br />
su población y corresponden a los sectores Este y Oeste. Éstos a su vez<br />
se han dividido en:<br />
a. Centros Poblados Locales (1er) Orden: Corresponden a los<br />
centros urbanos de: Carayaca, El Junko y Caruao. Las áreas<br />
urbanas que los representan son, Carayaca, El Junko y La Sabana,<br />
con características urbano-rural, siendo las mismas capitales de<br />
parroquia, que funcionan como centros de servicios de menor orden<br />
y dependientes de centros poblados mayores. Como centros de<br />
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apoyo y servicios (residencial, comercial y de apoyo a la actividad<br />
turística).<br />
b. Centros Poblados Locales (2do) Orden: Corresponden a los<br />
centros poblados (Tarma-Tirima, Anare, Camurí Grande, El Tigrillo y<br />
Caruao) con más de 1.000 habitantes, con cierto niv<strong>el</strong> de servicios<br />
básicos y equipamiento <strong>para</strong> su área de influencia. Como centros de<br />
apoyo a las actividades (residencial, asistencial, agrícola y turísticarecreacional).<br />
c. Centros Poblados Terminales: Corresponde a los centros<br />
poblados (Petaquire, La Salina, Chichiriviche, Puerto Cruz, Chuspa,<br />
Osma, Oritapo y Todasana), que funcionan con bajo niv<strong>el</strong> de<br />
servicios, con actividades fundamentales como: agrícolas, turístico-<br />
recreacional y pesca artesanal. Como centro de apoyo a las<br />
actividades (residencial, agrícola, pesquero y turístico-recreacional).<br />
d. Centros Poblados Dependientes: Está integrado por los centros<br />
poblados localizados en forma dispersa, que no cuentan con<br />
servicios y dependen totalmente de otros. Corresponde a los<br />
centros poblados (Palo e Vaca y Quebrada Seca).<br />
Artículo 10: A los efectos de este Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio y en función a<br />
la Jerarquización <strong>d<strong>el</strong></strong> Sistema de Ciudades (centros poblados), se establece bajo la<br />
responsabilidad de los organismos competentes en <strong>el</strong> área, las siguientes acciones<br />
contempladas en <strong>el</strong> Anexo Nº 1.<br />
CAPÍTULO III<br />
DEL PATRIMONIO CULTURAL<br />
Artículo 11: El Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, consagra de<br />
manera prioritaria la protección y defensa <strong>d<strong>el</strong></strong> patrimonio cultural <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, por<br />
constituir este un recurso que puede ser aprovechado <strong>para</strong> mejorar la calidad de<br />
vida de la población, por cuanto:<br />
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1. Su conservación representa beneficios subjetivos <strong>para</strong> la población <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
estado, toda vez que le permite mantener sus vínculos afectivos y de<br />
identidad con su comunidad, mejorando su autoestima y logrando su<br />
participación responsable en la autogestión de sus comunidades.<br />
2. Gestionado con criterios de respeto y sustentabilidad, <strong>el</strong> patrimonio<br />
cultural de las comunidades tradicionales, se convierte en un recurso que<br />
puede ser incorporado a la oferta turística regional, logrando con <strong>el</strong>lo,<br />
mantener a la población en sus localidades al promocionar la producción<br />
de manufacturas locales y desarrollar nuevas actividades r<strong>el</strong>acionadas<br />
con <strong>el</strong> turismo, creando fuentes de trabajo y, por tanto, <strong>el</strong>evando su<br />
calidad de vida.<br />
3. Debe servir, si se enfoca hacia <strong>el</strong> turismo interno, como un factor de<br />
integración nacional, al fomentar <strong>el</strong> aprecio y <strong>el</strong> respecto hacia<br />
manifestaciones y costumbres diferentes dentro <strong>d<strong>el</strong></strong> mismo país que, a su<br />
vez, integran una nacionalidad multiétnica y pluricultural. Si se enfoca<br />
hacia <strong>el</strong> turismo externo, a partir <strong>d<strong>el</strong></strong> turismo cultural sirve <strong>para</strong> mostrar las<br />
características distintivas de nuestra identidad.<br />
Artículo 11: Este Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, promueve<br />
la protección y defensa <strong>d<strong>el</strong></strong> patrimonio cultural, a través de las acciones siguientes:<br />
Acciones Generales<br />
1. Elaborar un plan de protección legal <strong>d<strong>el</strong></strong> patrimonio cultural <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />
2. Desarrollar un programa de fortalecimiento institucional <strong>para</strong> la atención <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
patrimonio cultural y natural <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />
3. Fortalecer la normativa legal y promover <strong>el</strong> desarrollo institucional <strong>para</strong> la<br />
gestión <strong>d<strong>el</strong></strong> patrimonio cultural y natural <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />
4. Establecer programas de investigación sobre <strong>el</strong> patrimonio cultural <strong>d<strong>el</strong></strong> estado,<br />
con miras a su definición, declaración y reglamentación.<br />
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5. Promover la <strong>el</strong>aboración de planes de manejo en los cascos históricos y<br />
centros tradicionales.<br />
6. Establecer la poligonal <strong>para</strong> definir los cascos históricos y centros<br />
tradicionales.<br />
7. Definir programa de protección y vigilancia <strong>d<strong>el</strong></strong> patrimonio cultural y ambiental<br />
<strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas de forma concertada entre <strong>el</strong> sector público, privado y<br />
sociedad civil organizada.<br />
8. Determinar a través de los Planes de Ordenamiento Urbano Local o de Planes<br />
Especiales, la capacidad de carga de los cascos históricos y centros<br />
tradicionales.<br />
Acciones Específicas<br />
1. En r<strong>el</strong>ación con los cascos históricos y centros tradicionales:<br />
a) Elaborar instrumentos o directrices técnicas <strong>para</strong> la valoración,<br />
conservación y protección de los sitios y centros poblados con valor<br />
patrimonial, que permitan identificar los centros poblados que presenten<br />
valores: histórico, arquitectónico, urbano, ambientales, sociales y<br />
culturales, arqueológicos, tecnológicos e industriales.<br />
b) Desarrollar programas de actuaciones conjuntas, que puedan estar a<br />
disposición de las administraciones locales y de las comunidades<br />
interesadas en promover la conservación de su patrimonio cultural. Los<br />
que procurarán los objetivos siguientes:<br />
i. Reforzar y fortalecer <strong>el</strong> rol de los cascos históricos y centros<br />
tradicionales, con la participación de los entes<br />
gubernamentales,<br />
organizada.<br />
estatales, municipales y comunidad<br />
ii. Recuperar la vocación residencial y comercial en las áreas con<br />
valor patrimonial.<br />
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iii. Impulsar acciones de recuperación, protección y desarrollo <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
medio ambiente.<br />
iv. Promover <strong>el</strong> turismo cultural.<br />
v. Impulsar la participación de las inversiones privadas.<br />
vi. Desarrollar escenarios económicos y potenciar la autogestión<br />
social.<br />
c) Identificar y fomentar alianzas <strong>para</strong> la participación de los entes implicados,<br />
entidades, organizaciones y los ciudadanos que propicien <strong>el</strong> uso cultural<br />
como recurso a desarrollarse a través <strong>d<strong>el</strong></strong> turismo.<br />
d) Elaborar diversos planes, programas y proyectos con criterios de<br />
sostenibilidad con fines <strong>para</strong> la conservación y ejecución, a través de la<br />
cooperación de los diferentes entes involucrados.<br />
e) Fortalecer los programas de técnicas de intervención y programas de<br />
difusión y divulgación.<br />
2. En r<strong>el</strong>ación con <strong>el</strong> Patrimonio Inmueble:<br />
a. Completar y ampliar, a través de los órganos competentes, <strong>el</strong> registro o<br />
inventario de los componentes de los Bienes Inmuebles <strong>d<strong>el</strong></strong> Patrimonio<br />
Cultural y de Interés Cultural en todo <strong>el</strong> estado, principalmente en las<br />
poblaciones de las parroquias Carayaca, El Junko, Catia la Mar, Urimare,<br />
Carlos Soublette, Maiquetía, La Guaira, Macuto, Caraballeda, Naiguatá y<br />
Caruao.<br />
b. Realizar las declaratorias como Bien de Interés Cultural, Monumento<br />
Nacional o Municipal que sean pertinentes y necesarias.<br />
c. Realizar los planes correspondientes de protección de las áreas urbanas y<br />
los proyectos de intervención necesarios en cada uno de los casos, que<br />
incluyen trabajos de consolidación, conservación Preventiva, restauración,<br />
rehabilitación, reconstrucción, remo<strong>d<strong>el</strong></strong>ación o construcción de nuevas<br />
edificaciones, todo esto con una visión integral y de futuro donde <strong>el</strong><br />
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Patrimonio Cultural se convierta en motor de la revitalización social,<br />
cultural y económica <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />
3. En r<strong>el</strong>ación con los Bienes Muebles:<br />
a) Actualizar y ampliar, en coordinación con los organismos competentes <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
poder nacional y local, <strong>el</strong> registro de los bienes muebles con inclusión de<br />
las parroquias El Junko y Catia La Mar.<br />
b) Elaborar <strong>el</strong> diagnóstico y programación de acciones de preservación de los<br />
bienes muebles registrados e inventarios en las distintas parroquias en<br />
coordinación con los organismos competentes.<br />
4. En r<strong>el</strong>ación con <strong>el</strong> Patrimonio Arqueológico y Paleontológico:<br />
a) La actualización <strong>d<strong>el</strong></strong> registro de sitios arqueológicos.<br />
b) Reconocimientos de nuevas áreas geográficas que quedaron al<br />
descubierto luego de los sucesos <strong>d<strong>el</strong></strong> año de 1999.<br />
i) Establecer como requisito obligatorio, la realización de trabajos<br />
de evaluaciones arqueológicas en las áreas en que se<br />
considere la realización de trabajos de construcción (viviendas,<br />
vialidad, etc.) y actividades agrícolas, las cuales podrían<br />
afectar sitios arqueológicos que se encuentren enterrados y<br />
que no sean evidentes en <strong>el</strong> niv<strong>el</strong> superficial.<br />
ii) Realizar investigaciones arqueológicas en sitios donde se<br />
evidencie o se presuma la existencia de restos arqueológicos,<br />
<strong>para</strong> lograr una mejor reconstrucción de la historia regional.<br />
5. En r<strong>el</strong>ación con <strong>el</strong> Patrimonio Vivo <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas:<br />
a. Crear una red de alianzas estratégicas conformadas por los entes<br />
vinculados a la cultura dependientes de la Gobernación y de la<br />
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Alcaldía y Concejo Municipal, así como también cofradías, museos,<br />
sectores educativos, juntas parroquiales, consejos comunales,<br />
grupos culturales, grupos ambientalistas, gremios profesionales,<br />
gremios y asociaciones diversas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas <strong>para</strong> trabajar por<br />
la conservación <strong>d<strong>el</strong></strong> patrimonio viviente.<br />
b. Diagnosticar <strong>el</strong> estado en que se encuentran las comunidades <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
estado Vargas <strong>para</strong> rescatar y reactivar a través de <strong>el</strong>los la identidad<br />
cultural, idiosincrasia y <strong>el</strong> sentido de pertenencia de los lugareños.<br />
c. Diseñar un plan de revalorización y revitalización <strong>d<strong>el</strong></strong> patrimonio<br />
viviente <strong>d<strong>el</strong></strong> estado a corto, mediano y largo plazo con carácter<br />
multidisciplinario a fin de rescatar y divulgar su memoria colectiva,<br />
su tradición oral, que le da sentido a su existencia.<br />
d. Propiciar encuentros con organizaciones culturales y comunidades<br />
organizadas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />
e. Incorporar al Patrimonio Viviente a los planes de reconstrucción y<br />
revitalización integral, a fin de conocer con mayor precisión la<br />
historia viva de la localidad.<br />
CAPÍTULO IV<br />
DE LOS USOS PRIORITARIOS DEL TERRITORIO<br />
Artículo 12: Las proposiciones de uso <strong>d<strong>el</strong></strong> espacio, contenidas en este Plan de<br />
Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, se orientan por los siguientes criterios:<br />
1. Limitación de la superficie aprovechable <strong>para</strong> los diferentes usos en<br />
función de la variable riesgo y las restricciones derivadas de las figuras<br />
jurídicas de protección.<br />
2. Realizar <strong>el</strong> manejo integral de las Cuencas Hidrográficas como un proceso<br />
participativo de la población y usuarios, formulando, gestionando y<br />
ejecutando un conjunto integrado de acciones sobre <strong>el</strong> medio natural y la<br />
estructura social, económica, institucional y legal.<br />
3. Garantizar la cobertura y suministro de los servicios en red<br />
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SECCIÓN I<br />
DEL USO URBANO<br />
Artículo 13: Se tendrá como uso urbano, <strong>el</strong> espacio correspondiente al ámbito<br />
espacial de los centros poblados <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas distribuido e identificado en <strong>el</strong><br />
Mapa de Uso Actual (Anexo Nº 2)<br />
Artículo 14: El organismo competente debe <strong>el</strong>aborar en un plazo de dos años, <strong>el</strong><br />
Plan de Desarrollo Urbano Local, tomando en consideración los aspectos<br />
siguientes:<br />
1) Umbrales de crecimiento acordes con las disponibilidades <strong>d<strong>el</strong></strong> recurso<br />
agua;<br />
2) Los estudios sobre la variable riesgo;<br />
3) Manejo de los desechos sólidos;<br />
4) La vialidad como <strong>el</strong>emento estructurante, de forma que garantice <strong>el</strong><br />
aprovechamiento <strong>d<strong>el</strong></strong> potencial turístico recreacional <strong>d<strong>el</strong></strong> estado y optimice<br />
<strong>el</strong> transporte y las comunicaciones.<br />
5) La conservación de áreas naturales de importancia, utilizando las playas,<br />
los ríos y sus márgenes, plazas, paseos y bulevares como integradores <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
espacio construido y como espacios públicos que promuevan la<br />
integración social.<br />
6) Las edificaciones en los cascos tradicionales de las zonas urbanas,<br />
adaptadas a la tipología local y garantizando la conservación <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
patrimonio cultural <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />
7) Los servicios y sistemas necesarios, <strong>para</strong> asegurar la atención de<br />
emergencias y desastres de orden natural, social o tecnológico de acuerdo<br />
a las normas establecidas internacionalmente.<br />
8) La dotación, recuperación y mejoras de la infraestructura básica de<br />
servicios <strong>para</strong> todos los centros poblados.<br />
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Artículo 15: Revisar y aprobar los Planes Especiales y Ordenanzas de<br />
Zonificación de las parroquias Naiguatá, Caraballeda, Macuto y <strong>el</strong> sector La<br />
Atlántida de la parroquia Catia La Mar.<br />
Artículo 16: Revisar y aprobar los Planes Especiales UPF-4 Tacagua, parroquia<br />
Urimare y UPF-6, La Guaira, parroquia La Guaira.<br />
Artículo 17: Revisar y aprobar los Planes Especiales de los sectores San Julián,<br />
parroquia Caraballeda, Cerro Los Blancos y Cerro Los Negros, parroquia<br />
Naiquatá y El Pozo, parroquia Carayaca.<br />
Artículo 18: Definir y <strong>d<strong>el</strong></strong>imitar <strong>el</strong> área de expansión urbana de los centros<br />
poblados de las parroquias Caruao y Carayaca, tomando en consideración la<br />
accesibilidad, servicios y otros, y aqu<strong>el</strong>las derivadas <strong>d<strong>el</strong></strong> análisis de amenazas,<br />
vulnerabilidades y riesgos.<br />
Artículo 19: Evaluar la situación de los asentamientos urbanos no regulares, a fin<br />
de establecer criterios <strong>para</strong> su consolidación o reubicación.<br />
Artículo 20: Definir espacios dentro <strong>d<strong>el</strong></strong> estado en los que de acuerdo a sus<br />
condiciones técnicas y legales, puedan ser aprovechados <strong>para</strong> la r<strong>el</strong>ocalización<br />
de asentamientos poblados en situación de damnificados o riesgo.<br />
Artículo 21: Definir las poligonales de las áreas en situación de riesgo a fin de<br />
establecer una reglamentación que establezca la prohibición de su ocupación.<br />
SECCIÓN II<br />
DEL USO AGRÍCOLA<br />
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Articulo 22: Se definen <strong>el</strong> uso agrícola de la porción de las parroquias Carayaca,<br />
Caruao, El Junko, las cuales representan <strong>el</strong> 98% de la actividad, que se identifican<br />
en <strong>el</strong> mapa de uso y en menor proporción Macuto, Naiguatá, Catia La Mar,<br />
Caraballeda, Maiquetía.<br />
Articulo 23: Reforzar <strong>el</strong> uso agrícola en aqu<strong>el</strong>las zonas donde su uso actual sea<br />
compatible y sus potencialidades así lo permitan, y la variable cambio tecnológico<br />
lo garantice; entretanto, ajustarlo o modificarlo en los casos contrarios garantizando<br />
<strong>el</strong> cumplimiento de las condiciones <strong>d<strong>el</strong></strong> uso, aprovechamiento y manejo de las<br />
aguas.<br />
Artículo 24: El uso agrícola comprende <strong>el</strong> desarrollo y establecimiento de<br />
actividades agrícolas, las cuales estarán sujetas a:<br />
1. Las condiciones específicas <strong>para</strong> la explotación de cultivos permanentes son las<br />
siguientes:<br />
a) En terrenos cuya pendiente máxima sea de 50%, ya intervenidas y que sean<br />
aptos <strong>para</strong> cultivos conservacionistas están obligados a utilizar prácticas de<br />
conservación de su<strong>el</strong>os y aguas, tales como: siembra en contorno, rotación<br />
de cultivos, plantas de cobertura, barreras vivas y/o muertas, cortinas<br />
rompevientos, terrazas individuales, zanjas de ladera, muros de piedra,<br />
control de agua de escorrentía y cualquier otra práctica que determine <strong>el</strong><br />
<strong>Ministerio</strong> <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong>.<br />
2. Los cultivos limpios de ciclo corto se deben ubicar en terrenos con pendientes<br />
menores al 15%, con prácticas de conservación tales como: fajas alternas y<br />
rotación de cultivos, debiendo además establecerse sistemas de reposo <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
su<strong>el</strong>o.<br />
3. Las áreas bajo cultivos que no cumplan con las condiciones establecidas en <strong>el</strong><br />
presente plan al momento de la publicación <strong>d<strong>el</strong></strong> mismo, deben cumplir con las<br />
siguientes disposiciones:<br />
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a) Las áreas con pendientes superiores al 50% que estén bajo cultivo, deben<br />
ser incorporadas a un uso protector, mediante programas de reforestación.<br />
b) Los cultivos limpios o de escarda, de ciclo corto, ubicados en áreas con<br />
pendientes mayores al 15%, deben ser sustituidos por cultivos densos o<br />
permanentes, previa evaluación de los ministerios <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> de<br />
Agricultura y Tierras y de <strong>Ambiente</strong>.<br />
4. Se permite <strong>el</strong> establecimiento de viveros, sujetos al cumplimiento de las<br />
siguientes condiciones:<br />
a) Ubicarse en terrenos con pendientes menores a 20%, cumpliendo con las<br />
prácticas establecidas en este plan y las que determine la Dirección Estadal<br />
Ambiental <strong>d<strong>el</strong></strong> Distrito Capital y estado Vargas <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Ministerio</strong> <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong><br />
<strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong>.<br />
5. La actividad animal comprende la apicultura, la explotación de la ganadería<br />
bovina lechera bajo estabulación y la explotación de otras especies de ganadería<br />
menor con excepción de ganado porcino.<br />
6. Se podrán desarrollar granjas de ovino y caprino, bajo medidas de control<br />
establecidas por <strong>el</strong> <strong>Ministerio</strong> <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong> y Tierras.<br />
a) Se prohíbe la ganadería extensiva.<br />
b) La explotación comercial de otras especies de ganado menor u otras<br />
especies animales, diferentes a las especificadas anteriormente, está sujeta<br />
a la evaluación <strong>d<strong>el</strong></strong> proyecto respectivo por parte de los ministerios <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong><br />
<strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong> y de Agricultura y Tierras, a fin de establecer las<br />
condiciones específicas de intensidad de uso, de aguas servidas, residuos<br />
sólidos y productos tóxicos.<br />
c) Las explotaciones pecuarias establecidas antes de la promulgación de este<br />
decreto y cuya permanencia sea posible de acuerdo a las disposiciones aquí<br />
contenidas, continuarán funcionando bajo la condición de instalar los<br />
sistemas necesarios dentro de un plazo no mayor de un (1) año a partir de la<br />
fecha de promulgación <strong>d<strong>el</strong></strong> presente decreto, <strong>para</strong> <strong>el</strong> tratamiento de los<br />
efluentes líquidos, residuos sólidos y productos tóxicos, y adecuar sus<br />
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construcciones a los requerimientos establecidos por <strong>el</strong> <strong>Ministerio</strong> <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong><br />
<strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong> y por otros organismos competentes.<br />
d) Se permite la cría de animales domésticos <strong>para</strong> autoconsumo con la<br />
excepción de porcinos, siempre y cuando las excretas y aguas residuales no<br />
sean vertidas directamente a los cursos y cuerpos de agua superficiales,<br />
permanentes, intermitentes y efímeros, recomendándose <strong>el</strong> aprovechamiento<br />
de estos residuos como abono orgánico.<br />
7. Granjas avícolas y granjas integrales: permitirlas y estimularlas, según sea <strong>el</strong><br />
caso, cuando las condiciones ecológicas y las tecnologías asociadas al manejo<br />
de efluentes, residuos y excretas, y <strong>el</strong> uso <strong>d<strong>el</strong></strong> agua, así lo recomienden, a criterio<br />
de los ministerios <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong> y de Agricultura y Tierras.<br />
8. Horticultura intensiva: limitaciones al manejo de los fertilizantes y pesticidas,<br />
especialmente en aqu<strong>el</strong>las ubicadas aguas arriba <strong>d<strong>el</strong></strong> embalse de Petaquire,<br />
donde este uso puede ser sustituido o combinado con otros usos (ganadería<br />
estabulada y con manejo adecuado de efluentes, residuos y excretas, y otros), a<br />
criterio de los ministerios <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong> y de Agricultura y<br />
Tierras.<br />
9. En la franja seca entre los 600 y los 1.000 mm de lluvia, se sugiere la<br />
localización puntual de granjas avícolas, con manejo adecuado de efluentes,<br />
residuos y excretas, granjas integrales, frutales adecuados y de cierta rusticidad,<br />
ensayando la introducción de nuevas especies.<br />
10. En la franja aún más seca, por debajo de los 600 mm de lluvia y 600 msnm, se<br />
pueden introducir algunos cultivos como la sábila, tuna y otros, a criterio de los<br />
ministerios <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong> y de Agricultura y Tierras.<br />
11. Las actividades r<strong>el</strong>acionadas con <strong>el</strong> uso agrícola se realizarán bajo la vigilancia<br />
<strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Ministerio</strong> <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> <strong>para</strong> la Agricultura y Tierras, <strong>d<strong>el</strong></strong> Instituto<br />
Nacional de Tierras y otros organismos, adscritos a los Programas de Reforma<br />
Agraria <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />
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Artículo 25: Prohibir <strong>el</strong> desarrollo de la actividad porcina y propiciar <strong>el</strong> cambio <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
sistema en las granjas porcinas aun existentes, implementando las acciones de<br />
saneamiento ambiental, dentro <strong>d<strong>el</strong></strong> marco legal competente.<br />
Artículo 26: Limitar y minimizar <strong>el</strong> manejo de agroquímicos, principalmente en las<br />
cuencas de los ríos Petaquire, Uricao y <strong>el</strong> Limón donde este uso puede ser<br />
sustituido por métodos biológicos sustentables y sostenibles.<br />
Artículo 27: Para la superficie <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas asignada con uso agrícola, previo<br />
la realización de los estudios correspondientes, deberá formularse un programa de<br />
conservación de cuencas, así como planes de manejo en las áreas más<br />
vulnerables.<br />
Artículo 28: Establecer un cronograma de siembra atendiendo a las<br />
especificidades <strong>d<strong>el</strong></strong> ciclo climático <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, privilegiando la siembra de<br />
rubros como: frutales: aguacate, limón, parchita, guayaba, mango y naranja,<br />
cultivos tropicales: Café y cacao, musáceas: plátano y cambur y en menor escala,<br />
la siembra de hortalizas, a ci<strong>el</strong>o abierto o en invernadero, evitando la<br />
contaminación por agroquímicos y la deforestación.<br />
Artículo 29: Implantar un centro agropecuario <strong>para</strong> brindar asistencia técnica,<br />
capacitación en materia agraria y otros, en las actividades de sanidad<br />
agropecuaria, su<strong>el</strong>os y fertilizantes, riego, saneamiento, mecanización y rubros<br />
especializados y desarrollar un centro de acopio y las infraestructuras necesarias<br />
<strong>para</strong> la comercialización de los rubros, así como incorporar a la población que<br />
participa en las actividades agrícolas en las misiones sociales desarrolladas por <strong>el</strong><br />
estado y <strong>el</strong> acompañamiento de los consejos comunales <strong>d<strong>el</strong></strong> estado y su formación<br />
sociopolítica.<br />
Artículo 30: Incorporar al estado Vargas al “Plan Café”, que permita desarrollar la<br />
red socioproductiva <strong>d<strong>el</strong></strong> rubro, reactivando <strong>el</strong> mercado de este cultivo, promoviendo<br />
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centros de acopio sectorizados y puntos de comercialización <strong>d<strong>el</strong></strong> producto,<br />
perfeccionando la recuperación genética y optimizando su variedades.<br />
Articulo 31: Recuperar la operatividad de las plantas procesadoras de café<br />
ubicadas en la parroquia Carayaca.<br />
Articulo 32: Regularizar la tenencia de la tierra, que permita al productor mejorar<br />
la calidad de vida, a través de acceso a créditos, apoyo técnico, suministro de<br />
insumos, optimización en la cadena de comercialización, entre otros.<br />
Articulo 33: Rescatar la cultura de cultivos de café y cacao por su valor histórico<br />
y estratégico y por la potencialidad de los su<strong>el</strong>os <strong>para</strong> estos rubros.<br />
Artículo 34: Crear <strong>el</strong> Consejo Regional de Caficultores, incorporando los<br />
productores de café orgánico bajo sombra en los sectores: La Alegría, Peñita<br />
Arriba, El Lirial y El Raizudo <strong>d<strong>el</strong></strong> Asentamiento Campesino La Peñita, en <strong>el</strong> sector<br />
San Esteban <strong>d<strong>el</strong></strong> Asentamiento Campesino San Esteban y en <strong>el</strong> sector El Tigre de<br />
la Hacienda El Limón, todos en la parroquia Carayaca <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />
Artículo 35: Continuar con <strong>el</strong> proceso de recuperación de tierras ociosas con<br />
vocación agrícola.<br />
Artículo 36: Consolidar <strong>el</strong> Fundo Zamorano “José María España”.<br />
Artículo 37: Consolidar la propuesta de Comuna Socialista Gran Bucaral.<br />
Artículo 38: Realizar <strong>el</strong> levantamiento de los asentamientos campesinos <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
estado utilizando los geoposicionadores sat<strong>el</strong>itales de precisión, <strong>para</strong> garantizar la<br />
calidad y confiabilidad de la información levantada en campo.<br />
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Articulo 39: Promover la creación de escu<strong>el</strong>as granjas en los sectores de mayor<br />
actividad agrícola.<br />
SECCIÓN III<br />
DEL USO PESQUERO<br />
Artículo 40: Se definen <strong>para</strong> <strong>el</strong> uso pesquero, aqu<strong>el</strong>las áreas costeras donde<br />
se realizan actividades de pesca, donde están establecidas comunidades de<br />
pescadores o la localización de servicios que <strong>el</strong>las exijan, las cuales se identifican<br />
como CP en <strong>el</strong> Mapa de Propuestas (Anexo Nº 3), las cuales se señalan en <strong>el</strong><br />
cuadro siguiente:<br />
CUADRO Nº 1<br />
COMUNIDADES PESQUERAS<br />
COMUNIDADES PESQUERAS PARROQUIA<br />
Puerto Maya, Puerto Cruz,<br />
Chichiriviche, Puerto Carayaca,<br />
Arrecife<br />
La Zorra, Playa Verde, La Guaira,<br />
Macuto, Caraballeda<br />
Fuente. COTEV, 2010<br />
Artículo 41: El presente plan de ordenación establece <strong>para</strong> los espacios<br />
marítimos y terrestres destinados al uso pesquero, especificados en <strong>el</strong> artículo<br />
anterior, a través de las acciones siguientes:<br />
Carayaca<br />
Naiguatá y Anare Naiguatá<br />
Osma, Todasana, Urama, La Sabana,<br />
Caruao y Chuspa<br />
Catia La Mar, Urimare, Maiquetía La<br />
Guaira, Macuto, Caraballeda<br />
Caruao<br />
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1. Promover, fomentar y desarrollar la producción pesquera con miras a<br />
lograr la satisfacción de las necesidades de consumo <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas<br />
y de la Región Capital, garantizando su aprovechamiento sustentable<br />
mediante mecanismos permanentes de control.<br />
2. Coordinar y promover con los entes competentes al desarrollo,<br />
construcción y mejora de las infraestructuras necesarias en materia<br />
pesquera, tales como: puertos, mu<strong>el</strong>les pesqueros, astilleros, cadenas de<br />
frío, plantas o establecimientos <strong>para</strong> la producción, conservación,<br />
procesamiento <strong>d<strong>el</strong></strong> pescado y otros frutos <strong>d<strong>el</strong></strong> mar, fortaleciendo los<br />
servicios de apoyo a embarcaciones en combustible y lubricantes.<br />
3. Estimular a los consejos de pescadores en las actividades propias y<br />
tradicionales, que permitan <strong>el</strong> incremento <strong>d<strong>el</strong></strong> potencial turístico<br />
recreacional, preservando sus valores autóctonos.<br />
4. Impulsar a través de los organismos rectores e instituciones especializadas<br />
la <strong>el</strong>aboración de estudios e investigaciones que permitan definir las<br />
necesidades espaciales de la pesca, su reserva, su <strong>d<strong>el</strong></strong>imitación <strong>para</strong><br />
garantizar su uso sustentable.<br />
5. Establecer asesoramiento técnico y financiero <strong>para</strong> <strong>el</strong> desarrollo eficiente<br />
de la actividad pesquera.<br />
6. Enlazar la cadena de distribución con la red de comercialización pública.<br />
SECCIÓN IV<br />
DEL USO TURÍSTICO - RECREACIONAL Y CULTURAL<br />
Artículo 42: El uso turístico recreacional y cultural podrá desarrollarse en todo <strong>el</strong><br />
ámbito <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, de conformidad con <strong>el</strong> Decreto con Rango, Valor y Fuerza de<br />
Ley Orgánica de Turismo y en concordancia con las políticas definidas por <strong>el</strong> ente<br />
competente. A los fines de promover y consolidar la oferta turística, y<br />
considerando los principales atractivos culturales y naturales, <strong>el</strong> equipamiento<br />
urbano, se establecen como estrategia de ordenación territorial la integración y<br />
equipamiento de rutas turísticas playa-montaña, playa-montaña-cascos históricos<br />
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o centros tradicionales, incorporando las diversas manifestaciones culturales<br />
presentes en <strong>el</strong> estado, las cuales se describen a continuación:<br />
RUTAS TERRESTRES<br />
Ruta Carayaca – El Junko: Tiene como centros de apoyo a Carayaca, Tarma<br />
Petaquire y El Junko. El principal atractivo turístico en este recorrido es <strong>el</strong><br />
contraste mar - montaña, que permite atravesar áreas agrícolas hasta llegar a<br />
sectores cubiertos por bosques de importancia poco intervenidos.<br />
Ruta Puerto Arrecife-Puerto Maya: Este recorrido se inicia en <strong>el</strong> sector de<br />
Arrecife y tiene como centros de apoyo a Oricao, Chichiriviche, Puerto Cruz y<br />
Puerto Maya. El principal atractivo turístico en este recorrido es <strong>el</strong> valor<br />
escénico de la vía a través <strong>d<strong>el</strong></strong> paisaje marino-costero, conformado por<br />
acantilados y playas poco intervenidas que corresponden a las nacientes de los<br />
ríos Maya y Limón. Para luego descender por la vía que conduce a la costa<br />
donde se podrán apreciar lindas ensenadas y poblados pesqueros.<br />
Ruta Catia Punta Gorda- Catia La Mar: Esta ruta se inicia en Punta Gorda<br />
localizada en la parroquia Carlos Soublette a la altura <strong>d<strong>el</strong></strong> Polideportivo José<br />
María Vargas hasta Catia La Mar, tiene como centros de apoyo a Mare Abajo,<br />
Playa Verde, Playa Grande, Puerto Viejo y Catia La Mar. Los principales<br />
atractivos son las playas ubicadas en <strong>el</strong> sector de Playa Verde, Playa Grande<br />
hasta Mamo y también podemos ubicar en esa ruta <strong>el</strong> Aeropuerto Simón Bolívar.<br />
Ruta Maiquetía – Parque Nacional El Ávila: Este recorrido se inicia por <strong>el</strong><br />
centro tradicional de Maiquetía, siguiendo por la vía hacia Quenepe y se continúa<br />
por El Camino de los Españoles hasta Hoyo de la Cumbre. En esta ruta se<br />
localiza la Iglesia de San Sebastián declarada como Monumento Histórico<br />
Nacional, la Plaza Lourdes, edificaciones de valor tradicional, ruinas de Fortines,<br />
haciendas cafetaleras, gran diversidad de flora y cultivos tanto de legumbres<br />
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como de frutas. Es importante señalar, que a través de esta ruta se c<strong>el</strong>ebra la<br />
Peregrinación de la Virgen de Lourdes, que es una manifestación r<strong>el</strong>igiosa<br />
declarada Patrimonio Municipal y tiene 128 años.<br />
Ruta La Guaira – Parque Nacional Warairarepano: Esta ruta se inicia por <strong>el</strong><br />
casco histórico de la Ciudad Histórica de La Guaira, capital <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, donde se<br />
localizan diversas edificaciones r<strong>el</strong>igiosas, civiles y militares de gran valor<br />
patrimonial, manifestaciones folklóricas y r<strong>el</strong>igiosas y <strong>el</strong> Puerto de La Guaira, que<br />
es uno de los principales puertos <strong>d<strong>el</strong></strong> país, también se localizan la red de fortines,<br />
y subiendo por las Dos Aguadas, se llega al Camino de los Españoles.<br />
Ruta Macuto - Parque Nacional Warairarepano: Tiene como centros de apoyo<br />
a Macuto y a San José de Galipán, permite disfrutar de las edificaciones<br />
coloniales existentes en <strong>el</strong> casco histórico de Macuto, <strong>el</strong> paseo y balneario de<br />
Macuto, pesca artesanal, <strong>el</strong> t<strong>el</strong>eférico y la infraestructura turística ubicada tanto<br />
en Macuto como en San José de Galipán <strong>d<strong>el</strong></strong> Parque Nacional Warairarepano, e<br />
igualmente disfrutar de museos, áreas <strong>para</strong> deportes extremos y <strong>d<strong>el</strong></strong> paisaje que<br />
representan la vegetación natural y las zonas con cultivos de flores.<br />
Ruta Macuto – Tanaguarena: Este recorrido se inicia desde Macuto, pasando<br />
por avenida José María España, donde se localizan un gran número de playas,<br />
hot<strong>el</strong>es, marinas, clubes y campos de golf hasta llegar a Tanaguarena. Cercano a<br />
la ruta, se localiza <strong>el</strong> poblado de Caraballeda ubicado hacia <strong>el</strong> Parque Nacional El<br />
Ávila, que se caracteriza por sus manifestaciones tradicionales, culturales y<br />
r<strong>el</strong>igiosas.<br />
Ruta Naiguatá – Los Caracas: Se inicia en Naiguatá donde se encuentra <strong>el</strong><br />
balneario de Naiguatá y hacia <strong>el</strong> sur <strong>el</strong> centro tradicional con diversas<br />
manifestaciones tradicionales, culturales y r<strong>el</strong>igiosas, a lo largo de la vía se<br />
localizan también diferentes playas y comunidades de apoyo como Care, Camurí<br />
Grande y Anare, hasta llegar a la Ciudad Vacacional Los Caracas, <strong>el</strong> cual<br />
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constituye un centro turístico histórico con características ambientales de<br />
excepcional b<strong>el</strong>leza.<br />
Ruta Osma – Chuspa: Esta ruta está conformada por una serie de centros<br />
poblados tradicionales como son Osma, Todasana, Urama, Oritapo, La Sabana<br />
(declarada como Ciudad Patrimonial Sustentable), Caruao y Chuspa, enlazadas<br />
por la vía local 002, donde se localizan diferentes atractivos naturales y culturales<br />
entre los que se destacan: playas, ríos, pozos, caídas de aguas, fuentes<br />
termales, haciendas y petroglifos, además cuenta con una infraestructura hot<strong>el</strong>era<br />
de bajo impacto en crecimiento y gran número de cultivos de subsistencia.<br />
RUTAS MARÍTIMAS<br />
Ruta Caraballeda – Chuspa: Se inicia en la Marina Pública de Caraballeda,<br />
donde a través de medianas y pequeñas embarcaciones se pueden realizar<br />
paseos a lo largo de la costa, y disfrutar de las diferentes playas y <strong>d<strong>el</strong></strong> paisaje<br />
rural y perfil urbano de los centros poblados costeros hasta llegar al centro<br />
poblado de Chuspa que cuenta con un pequeño mu<strong>el</strong>le de atraque.<br />
Ruta Catia La Mar – Puerto Maya: Se inicia en <strong>el</strong> Mu<strong>el</strong>le ubicado en <strong>el</strong> sector La<br />
Zorra, donde en dirección oeste a través de la línea de costa se puede disfrutar<br />
de numerosas playas, clubes, ríos y centros poblados con alto valor paisajístico y<br />
tradiciones culturales hasta llegar a Puerto Maya.<br />
Las rutas marítimas establecidas deberán ser previamente evaluadas y<br />
aprobadas por <strong>el</strong> Instituto Nacional de Espacios Acuáticos, por razones de<br />
seguridad<br />
RUTAS TURÍSTICAS, TERRESTRES Y MARÍTIMAS<br />
CUADRO Nº 2<br />
EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />
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CORREDOR<br />
Puerto Maya-<br />
Arrecife<br />
Arrecife-<br />
Punta Gorda<br />
Maiquetía-La<br />
Guaira<br />
RUTA<br />
TURÍSTICA<br />
Carayaca-El<br />
Junko<br />
Puerto Maya -<br />
Arrecife<br />
Catia La<br />
Mar-<br />
Gorda<br />
Punta<br />
Maiquetía-P.N.<br />
Warairarepano<br />
La Guaira-P.N.<br />
Warairarepano<br />
CORREDOR RUTA<br />
TURÍSTICA<br />
RUTAS TURÍSTICAS TERRESTRES<br />
COMUNIDADES<br />
DE APOYO<br />
Carayaca<br />
Tarma<br />
Petaquire<br />
El Junko<br />
Puerto Maya<br />
Puerto Cruz<br />
Chichiriviche<br />
Oricao<br />
Arrecife<br />
Mare Abajo, Playa<br />
Verde, Playa<br />
Grande, Pto. Viejo<br />
y Catia La Mar<br />
Maiquetía<br />
Quenepe<br />
Hoyo de la<br />
Cumbre<br />
La Guaira<br />
Las Dos Aguadas<br />
COMUNIDADES<br />
DE APOYO<br />
ATRACTIVOS TURISTICOS<br />
Arquitectura tradicional, Carayaca-<br />
Tarma con mucha tradición y folklore,<br />
manifestaciones r<strong>el</strong>igiosas, actividad<br />
agrícola (cultivo de hortalizas, frutales<br />
y café), embalse de Petaquire, Parque<br />
Metropolitano El Junquito, Parque<br />
Nacional Macarao, Monumento Natural<br />
Pico Agustín Codazzi.<br />
Playas con alto valor escénico,<br />
tradición y folklore.<br />
Paisajes de gran valor escénico,<br />
acantilados y ensenadas, pueblos<br />
pesqueros y playas.<br />
Camino de los Españoles, Castillo<br />
Blanco, Castillo Negro, Fortín La<br />
Cuchilla, La Venta, Producción<br />
Agrícola y manifestaciones r<strong>el</strong>igiosas.<br />
Arquitectura colonial de principios <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
siglo XX, Red de Fortines El Vigía,<br />
Fuerte La Pólvora y San Carlos,<br />
Camino de los Españoles, Puerto <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
Litoral Central, museos, artesanías y<br />
manifestaciones r<strong>el</strong>igiosas.<br />
ATRACTIVOS TURÍSTICOS<br />
EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />
DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.<br />
EQUIPAMIENTO<br />
TURISTICO<br />
Clubes en la vía que<br />
conduce a la Colonia<br />
Tovar, haciendas, casas<br />
vacacionales de montaña,<br />
carreteras rurales con<br />
paisajes de gran valor<br />
escénico (montaña),<br />
alojamiento<br />
gastronómico.<br />
turístico y<br />
Clubes de playa,<br />
alojamiento<br />
gastronómico.<br />
turístico y<br />
Aeropuerto Internacional<br />
Simón Bolívar, Escu<strong>el</strong>a<br />
Naval, Clubes, alojamiento<br />
turístico y gastronómico.<br />
Alojamiento<br />
gastronómico.<br />
turístico y<br />
Alojamiento<br />
gastronómico<br />
turístico y<br />
EQUIPAMIENTO<br />
TURÍSTICO
Macuto-<br />
Tanaguarena<br />
Naiguatá-El<br />
Botuco<br />
Osma-<br />
Chuspa<br />
Macuto- P. N.<br />
Warairarepano<br />
Macuto-<br />
Tanaguarena<br />
Naiguatá-Los<br />
Caracas<br />
Osma - Chuspa<br />
Macuto<br />
Galipán<br />
Fuente: COTEV, 2010<br />
CORREDOR RUTA<br />
TURÍSTICA<br />
Puerto Maya- Carayaca-El<br />
Arrecife Junko<br />
Macuto<br />
Caraballeda<br />
Tanaguarena<br />
Naiguatá<br />
Camurí Grande<br />
Care<br />
Anare<br />
Los Caracas<br />
Osma<br />
Todasana<br />
Oritapo<br />
Urama<br />
La Sabana<br />
Caruao<br />
Chuspa<br />
COMUNIDADES<br />
DE APOYO<br />
Carayaca<br />
Tarma<br />
Arquitectura Colonial de Macuto, El<br />
T<strong>el</strong>eférico, Mausoleo de Kanoche,<br />
Museo de la Piedras Marinas<br />
Soñadoras, Producción Agrícola.<br />
EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />
DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.<br />
Instalaciones de<br />
alojamiento<br />
gastronómico.<br />
turístico y<br />
Playas Balnearios públicos,<br />
museos, restaurantes,<br />
hot<strong>el</strong>es, clubes náuticos y<br />
de playas, campos de golf<br />
y marinas.<br />
Playas<br />
Ríos<br />
Playas, ríos, áreas montañosas,<br />
manantiales, acantilados y ensenadas,<br />
aguas termales y manifestaciones<br />
r<strong>el</strong>igiosas.<br />
CUADRO Nº 2<br />
RUTA TURÍSTICA MARÍTIMA<br />
ATRACTIVOS TURÍSTICOS<br />
Arquitectura tradicional, Carayaca-<br />
Tarma con mucha tradición y folklore,<br />
Ciudad<br />
Caracas<br />
Vacacional Los<br />
Instalaciones de<br />
alojamiento turísticos,<br />
gastronómicos y haciendas<br />
EQUIPAMIENTO<br />
TURÍSTICO<br />
Clubes en la vía que<br />
conduce a la Colonia
Arrecife-<br />
Punta Gorda<br />
Maiquetía-La<br />
Guaira<br />
Puerto Maya -<br />
Arrecife<br />
Catia La<br />
Mar-<br />
Gorda<br />
Punta<br />
Maiquetía-P.N.<br />
El Ávila<br />
La Guaira-P.N.<br />
El Ávila<br />
Petaquire<br />
El Junko<br />
Fuente: COTEV, 2010<br />
Puerto Maya<br />
Puerto Cruz<br />
Chichiriviche<br />
Oricao<br />
Arrecife<br />
Mare Abajo, Playa<br />
Verde, Playa<br />
Grande, Pto. Viejo<br />
y Catia La Mar<br />
Maiquetía<br />
Quenepe<br />
Hoyo de la<br />
Cumbre<br />
La Guaira<br />
Las Dos Aguadas<br />
manifestaciones r<strong>el</strong>igiosas, actividad<br />
agrícola (cultivo de hortalizas, frutales<br />
y café), Embalse de Petaquire, Parque<br />
Metropolitano El Junquito, Parque<br />
Nacional Macarao, Monumento Natural<br />
Pico Agustín Codazzi.<br />
Playas con alto valor escénico,<br />
tradición y folklore.<br />
Paisajes de gran valor escénico,<br />
acantilados y ensenadas, pueblos<br />
pesqueros y playas.<br />
Camino de los Españoles, Castillo<br />
Blanco, Castillo Negro, Fortín La<br />
Cuchilla, La Venta, Producción<br />
Agrícola y manifestaciones r<strong>el</strong>igiosas.<br />
Arquitectura colonial de principios <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
siglo XX, Red de Fortines El Vigía,<br />
Fuerte La Pólvora y San Carlos,<br />
Camino de los Españoles, Puerto <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
Litoral Central, museos, artesanías y<br />
manifestaciones r<strong>el</strong>igiosas.<br />
EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />
DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.<br />
Tovar, haciendas, casas<br />
vacacionales de montaña,<br />
carreteras rurales con<br />
paisajes de gran valor<br />
escénico (montaña),<br />
alojamiento<br />
gastronómico.<br />
turístico y<br />
Clubes de playa,<br />
alojamiento<br />
gastronómico.<br />
turístico y<br />
Aeropuerto Internacional<br />
Simón Bolívar, Escu<strong>el</strong>a<br />
Naval, Clubes, alojamiento<br />
turístico y gastronómico.<br />
Alojamiento<br />
gastronómico.<br />
turístico y<br />
Alojamiento<br />
gastronómico<br />
turístico y<br />
Artículo 43: En concordancia con la estrategia de ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> territorio<br />
definida en <strong>el</strong> artículo precedente, se establecen <strong>para</strong> <strong>el</strong> uso turístico recreacional<br />
las acciones siguientes:<br />
1. Diversificar la oferta turística <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas a través de otros productos<br />
que permitan captar a otros segmentos <strong>d<strong>el</strong></strong> mercado, tales como: turismo<br />
cultural, sol y playa, montaña y naturaleza, ecoturismo, agroturismo, salud,<br />
turismo <strong>para</strong> convenciones, turismo social y aprovechar las potencialidades
que representan los dos extremos <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, Junko, Carayaca, Naiguatá y<br />
Caruao.<br />
2. Impulsar <strong>el</strong> desarrollo de la actividad turística a través de mecanismos tales<br />
como:<br />
a) Creación y formación de microempresas, cooperativas y empresas de<br />
producción social.<br />
b) Programas de sistemas de calidad <strong>para</strong> la prestación de servicios<br />
turísticos.<br />
c) Financiamiento de créditos.<br />
d) Creación de redes de mejoramiento de infraestructura de trabajadores<br />
playeros.<br />
e) Inserción de los artesanos y artistas como factor de desarrollo<br />
socioeconómico <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />
3. Difundir la potencialidad <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, <strong>para</strong> lo cual la Gobernación <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />
Vargas, <strong>el</strong>aborara <strong>el</strong> Inventario <strong>d<strong>el</strong></strong> Patrimonio Turístico y <strong>el</strong> Catálogo<br />
Turístico Estadal, indicando las rutas turísticas, las normas y orientaciones<br />
<strong>para</strong> la conservación de los mismos y los servicios existentes.<br />
4. Reforzar las actividades culturales, revalorizando los centros poblados<br />
donde se localizan, protegiendo y conservando los cascos de los centros<br />
históricos y poblados tradicionales, considerando las propuestas referidas a<br />
Patrimonio Cultural.<br />
5. Desarrollar un Programa de Promoción y Capacitación Turística que<br />
comprenda, la sensibilización turística, la educación ambiental y <strong>el</strong> uso de<br />
tecnologías alternativas, dirigidos a los promotores, operadores e<br />
inversionistas turísticos, así como a los usuarios y a la comunidad en<br />
general, con <strong>el</strong> propósito de aprovechar sustentablemente los recursos<br />
naturales y evitar <strong>el</strong> deterioro de los atractivos turísticos.<br />
6. Incorporar <strong>el</strong> Sistema T<strong>el</strong>eférico Macuto-Humboldt como modo de transporte<br />
turístico en la ruta Macuto- Parque Nacional Warairarepano, involucrando a<br />
la Comuna Guaicamacuto en la actividad turística asociada al<br />
funcionamiento <strong>d<strong>el</strong></strong> t<strong>el</strong>eférico.<br />
EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />
DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.
7. Promover e Implementar los Planes de Ordenamiento y Reglamentos de<br />
Uso, específicamente en la Zona de Interés Turístico, establecida en <strong>el</strong><br />
Decreto 455 <strong>d<strong>el</strong></strong> año 1974, que abarca la franja de 500 m. medidos en<br />
proyección horizontal desde la línea de costa a todo lo largo <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />
Vargas.<br />
8. Identificar y diseñar productos turísticos que integren y potencien la r<strong>el</strong>ación<br />
Montaña – Mar, a objeto de fortalecer las rutas turísticas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />
9. Promover la creación de un fondo de inversión <strong>para</strong> <strong>el</strong> desarrollo turístico <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
estado.<br />
10. Ejecutar en coordinación con los entes competentes, las acciones de<br />
planificación, protección, revitalización y rehabilitación de los cascos<br />
históricos y centros tradicionales declarados Patrimonio Cultural Nacional o<br />
Municipal entre los que destacan Maiquetía, La Guaira y Macuto con fines<br />
turísticos.<br />
11. Incorporar a las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial con<br />
potencialidad turística, en coordinación concertada con los organismos<br />
responsables de su administración y manejo.<br />
12. Evaluar con los organismos competentes los diferentes tipos de playa a fin<br />
de identificar las actividades recreativas acordes con sus características y<br />
dotarlas <strong>d<strong>el</strong></strong> equipamiento necesario <strong>para</strong> mejorar la calidad de servicio.<br />
13. Incorporar a la actividad turístico-recreacional en <strong>el</strong> Programa de<br />
Conservación de las Tortugas Marinas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, particularmente<br />
en la parroquia Caruao.<br />
14. Desarrollar y aplicar estándares de calidad <strong>para</strong> <strong>el</strong> seguimiento y control de<br />
la operación turística en <strong>el</strong> estado.<br />
15. Promover con los organismos competentes, programas y acciones<br />
r<strong>el</strong>acionados con la seguridad de los turistas y recreacionistas.<br />
16. Coordinar los programas de saneamiento ambiental, promoción,<br />
equipamiento e infraestructura turística con los organismos rectores de<br />
turismo, ambiente e infraestructura.<br />
EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />
DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.
Artículo 44: Los organismos nacionales, estadales y locales con competencia en <strong>el</strong><br />
desarrollo turístico, deben impulsar los planes, programas y proyectos existentes<br />
en materia turística.<br />
SECCIÓN V<br />
DEL USO MINERO<br />
Artículo 45: El uso minero no metálico se permitirá en aqu<strong>el</strong>los espacios <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
estado Vargas, donde las evaluaciones ambientales, arqueológicas y<br />
paleontológicas lo permitan y no sean contrarias al régimen legal establecido <strong>para</strong><br />
dicha área.<br />
Artículo 46: Este Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio prevé las siguientes acciones<br />
r<strong>el</strong>acionadas con <strong>el</strong> uso minero no metálico:<br />
1. Realizar <strong>el</strong> inventario de los recursos mineros no metálicos <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />
Vargas.<br />
2. Fomentar <strong>el</strong> aprovechamiento de minerales no metálicos de acuerdo a<br />
criterios conservacionistas, en las zonas designadas <strong>para</strong> tal uso, previa la<br />
realización de los estudios técnicos que establezcan las opciones de mayor<br />
valor agregado y uso múltiple, como <strong>el</strong> caso de las arcillas.<br />
3. Evaluar los efectos ambientales de los proyectos r<strong>el</strong>acionados con la<br />
extracción, <strong>el</strong> procesamiento, distribución y uso de los recursos mineros,<br />
incorporando la variable riesgo.<br />
4. Formular planes de mitigación y recuperación ambiental, en aqu<strong>el</strong>los<br />
espacios afectados por <strong>el</strong> aprovechamiento minero, de acuerdo a la<br />
legislación vigente.<br />
5. D<strong>el</strong>imitar las áreas de aprovechamiento minero y excluir las ubicadas en<br />
áreas bajo régimen de administración especial, donde <strong>el</strong> uso no es<br />
compatible o en aqu<strong>el</strong>los lugares donde exista riesgo a la población por<br />
causa de esta actividad.<br />
EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />
DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.
6. Mantener actualizado <strong>el</strong> registro de operadores mineros <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />
Vargas.<br />
7. Crear <strong>el</strong> Consejo Estadal de Minería.<br />
8. Garantizar <strong>el</strong> aporte social de los operadores mineros hacia las<br />
comunidades adyacentes.<br />
9. Elaborar <strong>el</strong> plan de aprovechamiento de minerales no metálicos.<br />
10. Actualizar la Ley de Minerales no Metálicos <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas y <strong>el</strong>aborar<br />
su reglamento.<br />
11. Realizar las labores de mantenimiento de los cauces, aprovechando<br />
sustentablemente los minerales depositados en las cuencas hidrográficas<br />
<strong>d<strong>el</strong></strong> estado, a fin de impedir la sedimentación <strong>d<strong>el</strong></strong> curso de agua, en<br />
aqu<strong>el</strong>los casos que técnica y ambientalmente lo requieran.<br />
12. Garantizar <strong>el</strong> encadenamiento de las economías generadas por la<br />
explotación, exploración, almacenamiento, transporte y comercialización<br />
de minerales no metálicos, entre las empresas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas y las<br />
comunidades organizadas, orientado a impulsar la inversión social.<br />
SECCIÓN VI<br />
DE LAS ÁREAS BAJO RÉGIMEN<br />
DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL<br />
Artículo 47: Se ratifican como Áreas Bajo Régimen de Administración Especial, los<br />
espacios que han sido decretados como tales en <strong>el</strong> estado Vargas, que se<br />
encuentran identificados en <strong>el</strong> mapa de Abrae (Anexo Nº 4) y se mencionan a<br />
continuación:<br />
Figura<br />
CUADRO Nº 3<br />
ÀREAS BAJO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL<br />
Área.<br />
(ha.)<br />
Área en <strong>el</strong> Edo. (ha.) % de la<br />
superficie<br />
<strong>d<strong>el</strong></strong> Edo.<br />
EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />
DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.
Parque Nacional Warairarepano 85.192 72.410 48.4<br />
Monumento Natural Pico Agustín Codazzi<br />
Zona Protectora <strong>d<strong>el</strong></strong> Área Metropolitana de Caracas<br />
11.850 7.110 4.8<br />
84.300<br />
11.240 7.5<br />
Zona Protectora <strong>d<strong>el</strong></strong> Litoral Central 39.723 8.764 5.9<br />
Zona de Interés Turístico Recreacional<br />
(Franja de 500m desde la marea alta)<br />
13.310 5.989 44.9<br />
Área de Protección y Recuperación Ambiental <strong>d<strong>el</strong></strong> P.<br />
Superpuesta con <strong>el</strong><br />
_<br />
N. El Ávila (Warairarepano)<br />
1.794 Parque (974 ha.)<br />
Área de Protección y Recuperación Ambiental <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
Superpuesta en parte<br />
municipio Vargas<br />
11.000 con <strong>el</strong> Parque.<br />
Área de Protección de Obra Publica Sistema de<br />
Trasmisión de Hidrocarburos – Figueroa Litoral<br />
Zona de Seguridad Agrupamiento de Policía Naval<br />
5.747 ha. 3.8<br />
17,5<br />
17,5<br />
Zona de Seguridad Agrupamiento Simón Bolívar de la<br />
Infantería de Marina<br />
25 25<br />
Zona de Seguridad Área Terrestre y Marítima<br />
Zona de Seguridad centro Adiestramiento Naval F<strong>el</strong>ipe<br />
92,19 92,19<br />
Santiago Estévez<br />
299,68<br />
299,68<br />
Zona de Seguridad Comando de Guardacostas<br />
Zona de Seguridad Comando de la Infantería de<br />
107 107<br />
Marina, Escu<strong>el</strong>a Naval y Círculo de las Fuerzas<br />
Armadas sucursal Balneario Puerto Nuevo<br />
813<br />
813<br />
Total 111.201 74.4<br />
Fuente: MPP <strong>Ambiente</strong>. DGPOA. 2009.Cálculos Propios.<br />
Artículo 48: Para las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial, a fin de que<br />
cumplan sus objetivos de creación se propone que los organismos encargados de<br />
su administración, en coordinación con los entes públicos y privados que resulten<br />
pertinentes, realicen las siguientes acciones:<br />
1. Mantener y consolidar la declaratoria de las catorce (14) Abrae, que se<br />
indican en <strong>el</strong> Cuadro N° 3 y la conformación de un Sistema de Áreas Bajo<br />
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Régimen de Administración Especial <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas que refleje las<br />
particularidades, condiciones ecológicas e intereses propios de la entidad<br />
federal<br />
2. Diseñar e implementar programas de divulgación hacia la población, donde se<br />
resalte la importancia de las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial<br />
en la protección de los recursos naturales y la calidad ambiental, y<br />
principalmente como fuente de agua <strong>para</strong> abastecimiento humano y <strong>para</strong><br />
actividades agrícolas, desarrollo y consolidación <strong>d<strong>el</strong></strong> turismo y la recreación,<br />
actividades primordiales en la diversificación y reactivación económica <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
estado Vargas.<br />
3. Otorgar prioridad a la <strong>el</strong>aboración, aprobación y ejecución de los planes de<br />
ordenamiento y reglamento de uso, así como la <strong>el</strong>aboración de estudios de<br />
investigación destinados a conocer los recursos naturales y condiciones<br />
socioeconómicas de las Abrae.<br />
4. Aprovechar <strong>el</strong> potencial de las Abrae <strong>para</strong> fines turísticos-recreacionales<br />
con criterio de sustentabilidad.<br />
5. Evaluar las áreas de crecimiento urbano no controlado localizadas dentro de<br />
las Abrae, con la finalidad de prever en los planes de ordenamiento los<br />
programas de manejo y control necesarios a los fines de su reubicación o<br />
consolidación de acuerdo a los resultados de los estudios que se efectúen.<br />
6. Conservar <strong>el</strong> patrimonio natural e implementar las medidas necesarias <strong>para</strong><br />
regular y evitar la afectación de los recursos naturales considerándolos de<br />
interés regional <strong>para</strong> la conservación de los ecosistemas.<br />
7. Desarrollar la infraestructura necesaria <strong>para</strong> su resguardo, vigilancia y<br />
aprovechamiento.<br />
8. Fortalecer los mecanismos de seguridad y guardería ambiental, a los fines de<br />
controlar <strong>el</strong> crecimiento y expansión de ocupaciones ilegales y fronteras<br />
agrícolas.<br />
9. Evaluar la declaratoria como Abrae de la zona de desove y anidación de<br />
Tortugas Marinas en la parroquia Caruao.<br />
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Artículo 49: A los fines de consolidar <strong>el</strong> sistema de Áreas Bajo Régimen de<br />
Administración Especial se proponen <strong>para</strong> cada una de las áreas, la ejecución de<br />
las siguientes acciones:<br />
Parque Nacional Warairarepano<br />
1. Actualizar <strong>el</strong> Plan de Ordenamiento y Reglamento de Usos <strong>d<strong>el</strong></strong> Parque<br />
Nacional El Ávila, que incluya la <strong>el</strong>aboración de planes de manejo y planes<br />
especiales de sitio que permitan profundizar en <strong>el</strong> manejo <strong>d<strong>el</strong></strong> parque<br />
nacional y desarrollar en detalle programas <strong>para</strong> la regularización de usos<br />
y actividades.<br />
2. Realizar un estudio integral de los linderos <strong>d<strong>el</strong></strong> Parque Nacional<br />
Warairarepano, en su vertiente norte, a fin de determinar la necesidad de<br />
realineamiento y establecer los criterios a seguir <strong>para</strong> <strong>el</strong> saneamiento<br />
de los espacios ocupados por usos no conformes a la figura y objetivos<br />
<strong>d<strong>el</strong></strong> parque nacional.<br />
3. Actualizar <strong>el</strong> Plan de Ordenamiento de la Zona de Protección y<br />
Recuperación Ambiental, a los fines de definir las políticas a ser<br />
desarrolladas <strong>para</strong> frenar las ocupaciones ilegales, regular los<br />
asentamientos humanos y desarrollar estrategias <strong>para</strong> recuperar los<br />
sectores prioritarios y la consolidación de los linderos <strong>d<strong>el</strong></strong> parque nacional.<br />
4. Ejecutar los planes especiales de sitio en <strong>el</strong> parque nacional <strong>para</strong> gestionar<br />
y desarrollar los programas <strong>para</strong> su adecuado manejo.<br />
5. Promover la construcción y recuperación de los puestos de guardaparques<br />
en la Vertiente Norte y la inclusión de nuevo personal, a los fines de<br />
aumentar las actividades de vigilancia y control.<br />
Monumento Natural Agustín Codazzi:<br />
1. Evaluar <strong>el</strong> cambio de figura de monumento natural a parque nacional,<br />
manteniendo como monumento natural sólo <strong>el</strong> sector denominado El<br />
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Picacho, tercer punto más alto de la Cordillera de la Costa, a fin de proteger<br />
las nacientes de los ríos Maya y El Limón.<br />
2. Reubicar a las familias que habitan en la Cuenca Alta <strong>d<strong>el</strong></strong> Río Petaquire,<br />
específicamente las <strong>d<strong>el</strong></strong> sector Las Lapas que realizan actividades de<br />
agricultura de subsistencia y comercial y reforestar estas áreas con especies<br />
autóctonas.<br />
Zona Protectora <strong>d<strong>el</strong></strong> Área Metropolitana de Caracas<br />
1. Actualizar <strong>el</strong> Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio y Reglamento de Uso,<br />
considerando como criterio la protección <strong>d<strong>el</strong></strong> recurso hídrico de la cuenca<br />
alta <strong>d<strong>el</strong></strong> río Petaquire.<br />
2. Para los espacios comprendidos aguas arriba <strong>d<strong>el</strong></strong> embalse de Petaquire, se<br />
propone mantener los bosques de galería y los terrenos con pendientes<br />
mayores a 40%, como áreas de protección absoluta de las nacientes de las<br />
aguas, promoviendo solamente usos recreacionales pasivos, tales como<br />
excursionismo, caminerías, sitios de descanso, así como educación e<br />
interpretación ambiental y la investigación científica.<br />
3. Para <strong>el</strong> espacio comprendido en la cuenca media <strong>d<strong>el</strong></strong> río Petaquire, ubicado<br />
aguas abajo <strong>d<strong>el</strong></strong> embalse de Petaquire se proponen los siguientes criterios:<br />
a- En los terrenos con pendiente de 30% o menos, permitir agricultura vegetal<br />
intensiva, bajo prácticas especiales de rotación de cultivos, cultivos en<br />
franjas o intercalados y control en <strong>el</strong> uso de plaguicidas y fertilizantes<br />
b- En los terrenos con pendiente entre 31-45%, permitir cultivos permanentes,<br />
especialmente frutales, pastos artificiales <strong>para</strong> ganadería vacuna<br />
estabulada y semiestabulada, y/o aras de caballos, avicultura y cunicultura,<br />
con control de la calidad de los efluentes y de la disposición final de<br />
residuos y excretas y reuso <strong>d<strong>el</strong></strong> agua <strong>para</strong> riego.<br />
4. No se permiten granjas intensivas con porcinos.<br />
5. Las zonas con pendientes iguales o menores a 30%, pueden destinarse a la<br />
agricultura intensiva.<br />
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6. Revisar la superficie mínima <strong>para</strong> <strong>el</strong> uso residencial en función de las<br />
condiciones físico-naturales y la dinámica de ocupación.<br />
7. Las áreas actualmente cubiertas por bosques bajos densos en fuertes<br />
pendientes y los bosques de galería deben mantenerse como zonas de<br />
protección integral.<br />
Zona de Interés Turístico:<br />
1. Desarrollar la oferta turística en los extremos este y oeste <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, como<br />
un turismo de naturaleza, sol y playa, agroturismo, aventura y cultural,<br />
mientras que en <strong>el</strong> área central se debe consolidar y reforzar principalmente<br />
los centros patrimoniales de La Guaira y Macuto.<br />
2. Evaluar la ampliación de la poligonal <strong>d<strong>el</strong></strong> Decreto 455, en la parroquía Caruao<br />
hacia su porción sur, hasta los límites <strong>d<strong>el</strong></strong> Parque Nacional Warairarepano, lo<br />
que equivaldría a una superficie aproximada de 6.390 hectáreas,<br />
correspondiente al 21% de la superficie de la parroquia.<br />
3. Elaborar los estudios necesarios <strong>para</strong> realinderar la Zona de Interés Turístico<br />
Recreacional en la franja costera de 500 m en virtud de que sus límites deben<br />
estar acordes a las características físicas y funcionales.<br />
4. Formular <strong>el</strong> plan de ordenamiento y reglamento de uso correspondiente.<br />
Zona Protectora <strong>d<strong>el</strong></strong> Litoral Central<br />
1. Elaborar, aprobar y ejecutar <strong>el</strong> plan de ordenamiento y reglamento de uso<br />
2. Designar todos los terrenos adyacentes al Parque Nacional Warairarepano,<br />
con pendientes superiores a 45% como protección integral de los recursos<br />
naturales renovables, especialmente <strong>el</strong> agua, los bosques, la fauna y la<br />
diversidad biológica.<br />
3. Implementar un programa permanente de conservación y manejo de su<strong>el</strong>os.<br />
Área de Protección y Recuperación Ambiental <strong>d<strong>el</strong></strong> Eje Arrecife-Los Caracas<br />
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1. Definir la administración <strong>d<strong>el</strong></strong> Área de Protección y Recuperación Ambiental<br />
<strong>d<strong>el</strong></strong> Eje Arrecife-Los Caracas.<br />
2. Evaluar <strong>el</strong> realinderamiento de la poligonal a fin de ajustarla a los accidentes<br />
físicos, naturales y <strong>el</strong>ementos culturales.<br />
3. Actualizar <strong>el</strong> Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso <strong>d<strong>el</strong></strong> Área de<br />
Protección y Recuperación Ambiental <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas (Eje Arrecife - Los<br />
Caracas).<br />
Zonas de Seguridad<br />
1. Realizar los estudios pertinentes a fin de evaluar la conveniencia de mantener<br />
sus actuales linderos o proceder al realinderamiento, de acuerdo a las<br />
características y objetivos de cada una y realizar la materialización de los<br />
linderos.<br />
2. Elaborar los Planes de Ordenación y Reglamentos de Uso de las Zonas de<br />
Seguridad, a fin de consolidar su objetivo de resguardo a las instalaciones<br />
militares.<br />
TÍTULO III<br />
DE LAS ZONAS COSTERAS<br />
Articulo 50: Las Zonas Costeras <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, están conformadas por los<br />
espacios señalados en los artículo 2 y 3 de la Ley de Zonas Costeras y tendrán los<br />
limites que se establecen en <strong>el</strong> Anexo Nº 5 de este Decreto, y en concordancia con<br />
<strong>el</strong> Plan de Ordenamiento y Gestión Integrada de las Zonas Costeras, a que se<br />
refiere <strong>el</strong> artículo 4 ejusdem.<br />
Articulo 51: La ordenación de las zonas costeras <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas se realizará<br />
considerando, que su administración, uso y manejo, debe desarrollarse mediante<br />
un proceso dinámico de gestión integrada, de conformidad con las disposiciones<br />
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establecidas en la referida Ley de Zonas Costeras, sus reglamentos y con arreglo<br />
a los lineamientos y directrices <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan Nacional de Ordenación y Gestión<br />
Integrada de las mismas.<br />
Articulo 52: Las actuaciones en la franja terrestre de dominio público de la<br />
Zona Costera <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, <strong>d<strong>el</strong></strong>imitada de acuerdo a los criterios establecidos<br />
en <strong>el</strong> artículo 9 de la Ley de las Zonas Costeras deben seguir las siguientes<br />
directrices y lineamientos:<br />
1.-Conservación - Puesta en Valor:<br />
a) Crear y mantener los senderos costeros<br />
b) Garantizar <strong>el</strong> libre acceso, tránsito y uso público de la costa.<br />
c) Aplicación de proyectos o acciones de paisajismo<br />
d) Preservación de especies y conservación de espacios prioritarios<br />
2.-Aprovechamiento Sustentable:<br />
a) Mantenimiento o mejoras de áreas deportivas<br />
b) Diseño de áreas <strong>para</strong> prestación de servicios asociados a las áreas<br />
<strong>d<strong>el</strong></strong> dominio público (zonas de servicios de alimentos y bebidas,<br />
estacionamientos, entre otras)<br />
c) Ordenamiento de asentamientos y otros espacios pesqueros.<br />
d) Establecimiento y monitoreo de marinas turísticas y deportivas<br />
e) Restringir la construcción de nuevas infraestructuras, excepto<br />
aqu<strong>el</strong>las estructurantes o que por su naturaleza no pueden ser<br />
ubicadas fuera de las áreas <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio público.<br />
f) Ordenar los usos y actividades cónsonas con <strong>el</strong> fin <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio<br />
público y aqu<strong>el</strong>las que no pueden ser reubicadas, a corto o mediano<br />
plazo fuera de este espacio.<br />
g) Conservar y preservar <strong>el</strong> patrimonio cultural <strong>d<strong>el</strong></strong> estado ubicado<br />
dentro de las áreas <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio público.<br />
3.-Prevención y Recuperación - Rehabilitación y Saneamiento <strong>d<strong>el</strong></strong> Borde<br />
Costero:<br />
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a) Verificación o culminación de obras de protección y/o recuperación<br />
de la costa y ríos<br />
b) Recuperación y rehabilitación de áreas degradadas.<br />
c) Aplicación de proyectos o acciones <strong>para</strong> <strong>el</strong> saneamiento ambiental,<br />
a través <strong>d<strong>el</strong></strong> manejo de aguas servidas y de escorrentías<br />
d) Saneamiento <strong>d<strong>el</strong></strong> espacio de dominio público de chatarra y<br />
desechos sólidos<br />
e) Saneamiento de las áreas <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio público de escombros e<br />
infraestructuras deterioradas o abandonas<br />
f) Saneamiento de áreas con usos y actividades no cónsonas con la<br />
finalidad y gestión integrada <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio público y conservación <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
equilibrio costero<br />
g) Reubicación de instalaciones de las instituciones públicas<br />
emplazadas dentro de las áreas <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio público<br />
h) Vigilancia, control, monitoreo y seguimiento en las áreas <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio<br />
público<br />
i) Aplicación de proyectos o acciones <strong>para</strong> prevenir y disminuir los<br />
riesgos socionaturales o tecnológicos en las áreas <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio<br />
público.<br />
Artículo 53: Los organismos nacionales, regionales y locales deben actuar en<br />
forma coordinada <strong>para</strong> llevar a cabo la gestión integral de las zonas costeras y<br />
ejecutar en <strong>el</strong> ámbito de sus respectivas competencias las acciones necesarias<br />
orientadas al manejo integral de estos espacios, especialmente deben dirigir su<br />
actuación en la Zona Costera <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas dentro de los siguientes<br />
programas:<br />
a) Ordenación y Gestión Integrada de la Zona Costera <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, en<br />
especial orientar estas acciones hacia la franja terrestre de dominio público, hacia<br />
los siguientes ámbitos espaciales:<br />
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CUADRO Nº 4<br />
UNIDADES DE DOMINIO PÚBLICO<br />
Unidades <strong>d<strong>el</strong></strong> Dominio Público de la Zona<br />
Costera <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas<br />
Río Maya- río Mamo<br />
Río Mamo- Qda. Alcantarilla<br />
Qda. Alcantarilla- A- Qda. Tanaguarena<br />
Qda. Tanaguarena- Qda. Seca<br />
Qda. Seca- río Chuspa<br />
Ámbitos espaciales<br />
Chichiriviche<br />
Arrecife<br />
Taguao-Puerto Carayaca<br />
Balneario Catia La Mar<br />
Paso La Marina.<br />
Sectores de playas comprendidas entre:<br />
Playa Verde-Candilejas- Q.lito.<br />
Mare Abajo<br />
Sectores de playas comprendidas entre,<br />
Alí Baba, Paseo <strong>d<strong>el</strong></strong> Mar, San Luis, Caribe,<br />
Bahía de los Niños y Coral A y B.<br />
Balneario Macuto<br />
Balneario de Naiguatá<br />
Playa Los Áng<strong>el</strong>es.<br />
Los Caracas<br />
Sectores de playa comprendidos a lo largo<br />
de todo <strong>el</strong> eje.<br />
Fuente: Comité de trabajo de la Zona Costera <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, 2010<br />
b.- Desarrollar programas de investigación y monitoreo permanente de la<br />
contaminación marina en las costas de Vargas, con énfasis en las zonas de<br />
playas y <strong>el</strong> Puerto de La Guaira.<br />
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c.- Desarrollar programas de infraestructura de saneamiento que atienda a la<br />
captación y conducción adecuada de las aguas servidas, provenientes de las<br />
áreas de ocupación poblacional, garantizando <strong>el</strong> mantenimiento de los colectores,<br />
estaciones de bombeo y descargas submarinas.<br />
d.- Desarrollar programas de investigación de los ecosistemas marinos.<br />
e.- Realizar <strong>el</strong> diagnóstico integral de las playas arenosas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />
f.- Elaborar interinstitucionalmente un inventario y caracterización de playas único<br />
en <strong>el</strong> estado, en donde se establezcan los usos, la condición de apta, la<br />
actualización de los topónimos, los servicios, la condición de riesgo sanitario y<br />
civil, además de los parámetros bacteriológicos que se consideran en los<br />
monitores de las calidad de las playas.<br />
g.- Desarrollar un programa de señalización de las playas en <strong>el</strong> estado Vargas.<br />
h.- Establecer un programa de vigilancia <strong>para</strong> impedir la ocupación de espacios<br />
por actividades de prestación de servicios asociadas a la playa en áreas no<br />
autorizadas, y proceder a la remoción de aqu<strong>el</strong>las que no cumplen con las<br />
autorizaciones correspondientes, o que por razones ambientales, riesgos,<br />
sanitarias, y de seguridad y defensa no deben estar ubicadas en estos espacios.<br />
i.- Desarrollar un programa de gestión de aguas de lastre y sedimentos<br />
generados por buques, que incluya <strong>el</strong> control de la introducción de especies<br />
exóticas.<br />
j.- Implementar un plan de organización espacial de la diversidad de actividades<br />
<strong>d<strong>el</strong></strong> Puerto <strong>d<strong>el</strong></strong> litoral central, así como <strong>para</strong> los puertos pesqueros, que atienda<br />
al control sanitario, ordenamiento, ambiental y de seguridad.<br />
k.- En las playas de Puerto Maya, Pto. Cruz, Chichiriviche, Puerto Carayaca,<br />
Arrecife, Macuto, Osma, Chuspa, La Sabana y todas aqu<strong>el</strong>las donde se realicen<br />
actividades vinculadas a la pesca, se deben acondicionar áreas específicas <strong>para</strong><br />
<strong>el</strong> desarrollo de esta actividad, a fin de evitar conflictos de uso por <strong>el</strong> espacio.<br />
l.- Revalorizar los balnearios de Catia La Mar, Macuto Naiguatá y la Ciudad<br />
Vacacional de Los Caracas.<br />
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m.- Adecuar y estandarizar a un mo<strong>d<strong>el</strong></strong>o ambientalmente compatible los módulos<br />
de servicios que <strong>para</strong> <strong>el</strong> momento de la publicación de este plan, se encuentren<br />
establecidos en las franja de dominio público de la zona costera <strong>d<strong>el</strong></strong> Edo.<br />
Vargas, cumpliendo con las autorizaciones <strong>para</strong> la ocupación <strong>d<strong>el</strong></strong> territorio y<br />
afectación de los recursos naturales legalmente establecidas y requeridas.<br />
Artículo 54: Implementar las siguientes medidas <strong>para</strong> revertir <strong>el</strong> deterioro de la<br />
zona costera <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas:<br />
a) Instalar faros y balizajes de señalización marítima en los puertos de Naiguatá<br />
y La Zorra.<br />
b) Activar una red de vigilancia y control ambiental de la zona costera <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />
Vargas, integrado por las instituciones con <strong>el</strong> apoyo y participación de las<br />
organizaciones comunitarias.<br />
c) Restringir <strong>el</strong> uso público en las playas de desove y anidación de tortugas<br />
marinas durante la temporada de este proceso.<br />
d) Identificar y <strong>d<strong>el</strong></strong>imitar las áreas afectadas por procesos de erosión costera y<br />
diseñar e implementar los planes de recuperación.<br />
e) Evaluar la factibilidad <strong>d<strong>el</strong></strong> Proyecto de la Estación Hidrográfica en <strong>el</strong> Puerto de<br />
La Guaira.<br />
f) Establecer normas que definan los procedimientos y zonas adecuadas desde<br />
<strong>el</strong> punto de vista ambiental <strong>para</strong> hundimiento de buques <strong>para</strong> crear arrecifes<br />
coralinos artificiales.<br />
g) Regular las prácticas de actividades subacuáticas y la entrada de las<br />
embarcaciones con motor y motos de agua en las áreas de bañistas, en las<br />
playas de uso público.<br />
h) Implementar un sistema de gestión de seguridad integral de operación en<br />
los puertos comerciales, deportivos y pesqueros <strong>para</strong> garantizar <strong>el</strong><br />
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DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.
cumplimiento de las normas ambientales y de seguridad industrial, incluyendo<br />
planes de contingencia <strong>para</strong> derrames de hidrocarburos y otras sustancias<br />
contaminantes que pudieran afectar <strong>el</strong> ecosistema marino.<br />
i) Elaborar un proyecto <strong>para</strong> la rehabilitación de La Marina de Caraballeda.<br />
j) Implementar un programa de limpieza de los fondos marinos, con la<br />
participación de los organismos con competencia en la materia y las<br />
operadoras de buceo.<br />
k) Fortalecimiento <strong>d<strong>el</strong></strong> Laboratorio de Alevines <strong>para</strong> la siembra, establecido en<br />
la parroquia Carayaca, principalmente de la especie pargo cebadal.<br />
TÍTULO IV<br />
DE LOS SERVICIOS Y LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA<br />
Artículo 55: Para los servicios de saneamiento ambiental, este Plan de Ordenación<br />
<strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio propone que los organismos con competencia en las diferentes áreas,<br />
ejecuten las siguientes acciones:<br />
1. Abastecimiento de agua potable:<br />
a) Desarrollar <strong>el</strong> proyecto y la construcción de una derivación <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
Sistema Tuy IV, desde <strong>el</strong> Hospital Periférico de Catia, hasta <strong>el</strong><br />
Estanque Zamora, ubicado en <strong>el</strong> sector Zamora <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />
b) Aprovechar los diques tomas existentes entre Anare y Chuspa en <strong>el</strong><br />
sector Este (parroquia Caruao).<br />
c) Proteger las estructuras de los diques tomas y los espacios ubicados<br />
aguas arriba con un sistema permanente de vigilancia y control de<br />
los cuerpos de seguridad <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />
d) Garantizar la protección y manejo de las cuencas hidrográficas de<br />
los ríos Maya, El Limón, Chichiriviche, Petaquire, Osorio, Macuto,<br />
San Julián, Cerro Grande, Naiguatá, Camurí, Miqu<strong>el</strong>ena, Anare, Los<br />
Caracas, Osma, Oritapo, Todasana, La Sabana, Caruao y Chuspa,<br />
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DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.
por ser fuentes de aprovechamiento de agua <strong>para</strong> <strong>el</strong> consumo<br />
humano.<br />
e) Garantizar la seguridad de los tramos de las tuberías y las obras<br />
hidráulicas que se encuentran en los conos de deyección y otras<br />
zonas de riesgo.<br />
f) Identificar las tomas ilegales en las líneas de tuberías de aducción<br />
Caracas-Litoral, Maya-Picure y Naiguatá-Macuto, a fin de detectarlas<br />
y desincorporarlas.<br />
g) Realizar <strong>el</strong> inventario de las fuentes de agua subterráneas y evaluar<br />
su incorporación al sistema de abastecimiento de agua potable.<br />
2. Recolección y disposición final de aguas servidas:<br />
a) Establecer un programa permanente de mantenimiento de los emisarios<br />
submarinos.<br />
b) Concluir la construcción y adecuación de la red de colectores secundarios<br />
y marginales.<br />
c) Establecer un programa permanente de asesoramiento a las comunidades<br />
en la ejecución de obras de saneamiento, incluido <strong>el</strong> empotramiento a la<br />
rede principal.<br />
d) Desarrollar un programa de control de las actividades que generan aceites<br />
y lubricantes usados y aguas aceitosas, especialmente en las parroquias<br />
Catia La Mar y Urimare, los cuales se están descargando en la planta de<br />
tratamiento de Punta Gorda.<br />
e) Implementar un plan de manejo de las grasas y aceites vegetales usados<br />
generados en restaurantes, hot<strong>el</strong>es, posadas y viviendas, fomentando la<br />
creación de microempresas <strong>para</strong> la producción artesanal de jabones, v<strong>el</strong>as<br />
y otros productos.<br />
f) Se proponen las siguientes acciones <strong>para</strong> cada uno de los sectores <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
estado Vargas:<br />
EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />
DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.
Sector Oeste:<br />
Para <strong>el</strong> tramo comprendido entre <strong>el</strong> Círculo Militar de Mamo hasta Mare se<br />
debe realizar la captación de las aguas servidas, mediante la rehabilitación e<br />
instalación de los colectores por gravedad y tuberías de impulsión <strong>para</strong> ser<br />
tratados en la Planta de Tratamiento de Punta Gorda, así como la ejecución de<br />
las obras que a continuación se indican:<br />
Sistema Mamo Construir un sifón <strong>para</strong> cruzar <strong>el</strong> lecho <strong>d<strong>el</strong></strong> río Mamo, aguas<br />
arriba <strong>d<strong>el</strong></strong> puente y continuar con <strong>el</strong> colector hasta su descarga<br />
a la boca de visita 49.<br />
Construir las instalaciones de la Estación de Bombeo Círculo<br />
Militar y su tubería de impulsión hasta la boca de visita 49, al<br />
pie de la planicie de Mamo.<br />
Sistema Catamare-La Zorra Construir un sifón en La Zorra: Recuperación de la tubería que<br />
cruza bajo <strong>el</strong> canal La Zorra<br />
Habilitar la descarga provisional de la quebrada La Zorra,<br />
limpieza de los colectores por gravedad entre Mamo y La<br />
Zorra, y cierre de las descargas provisionales hacia los cajones<br />
de drenaje de la avenida Paseo La Marina.<br />
Sistema La Zorra-Tacagua Rehabilitar <strong>el</strong> colector La Zorra-Tacagua, en las avenidas La<br />
Sistema Playa Grande-<br />
Playa Verde-Mare<br />
Atlántida y Club Náutico.<br />
Garantizar la descarga a la Estación de Bombeo Tacagua<br />
Rehabilitar la Estación de Bombeo Tacagua<br />
Realizar una prueba de estanqueidad en la tubería de<br />
impulsión de la Estación de Bombeo Bombeo Tacagua- Punta<br />
Gorda<br />
Terminar las obras <strong>el</strong>ectromecánicas de la Estación de<br />
Bombeo Playa Verde, incorporar las áreas urbanas <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
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Sector Central:<br />
Sector Este:<br />
colector por gravedad y realizar la prueba de estanqueidad<br />
de la tubería de impulsión y válvula de bola de cierre hacia<br />
Tacagua.<br />
g) Evaluar la situación de las descargas de aguas servidas de la<br />
cuenca de Tacagua, incluyendo <strong>el</strong> gasto proveniente principalmente<br />
de Caracas y su incidencia en la parte baja <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />
h) Determinar la pertinencia de reservar un espacio en la margen<br />
izquierda de la descarga de la quebrada Tacagua, <strong>para</strong> la ubicación<br />
de un sistema de tratamiento de los efluentes generados en esta<br />
cuenca.<br />
i) Evaluar la pertinencia <strong>d<strong>el</strong></strong> reuso de las aguas tratadas de la Planta<br />
de Punta Gorda, <strong>para</strong> ser utilizadas en <strong>el</strong> sistema de enfriamiento<br />
<strong>d<strong>el</strong></strong> aeropuerto y <strong>para</strong> <strong>el</strong> riego de áreas verdes en <strong>el</strong> estado Vargas.<br />
j) Definir sistemas de tratamiento puntuales por cuencas <strong>para</strong> <strong>el</strong> tramo<br />
comprendido entre Arrecifes-Puerto Maya, incluyendo Carayaca.<br />
k) Definir alternativas de sistemas de tratamiento <strong>para</strong> la parroquia El<br />
Junko y Ciudad Caribea.<br />
l) Reservar terreno <strong>para</strong> la construcción de las estaciones de bombeo<br />
de Cine Lamas, El Cantón y Piedra Azul, instalaciones que servirán<br />
<strong>para</strong> llevar <strong>el</strong> gasto proveniente de las parroquias centrales <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
estado Vargas a la Planta de Tratamiento de Punta Gorda.<br />
m) Definir una opción puntual <strong>para</strong> <strong>el</strong> tratamiento de las aguas<br />
residuales de Galipán y los sectores adyacentes.<br />
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n) Rehabilitar y/o construir <strong>el</strong> sistema de colectores principales y<br />
secundarios, así como los tramos de tubería de impulsión, que<br />
captarán y conducirán a las estaciones de bombeo, <strong>el</strong> gasto<br />
producido en <strong>el</strong> sector de Macuto y Camurí Chico <strong>para</strong> ser<br />
previamente tratados y dispuestos finalmente al mar.<br />
o) Construir una planta de tratamiento en Tanaguarena, <strong>para</strong> sanear <strong>el</strong><br />
sector de San Julián, Caraballeda y <strong>el</strong> propio Tanaguarena.<br />
p) Definir sistemas de tratamiento puntuales e independientes por<br />
cuencas <strong>para</strong> los centros poblados de las parroquias Naiguatá y<br />
Caruao.<br />
3. Manejo de desechos:<br />
a) Realizar los estudios <strong>para</strong> determinar la factibilidad de la instalación de<br />
plantas de transferencia en los extremos <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, con centros de acopio<br />
<strong>para</strong> <strong>el</strong> almacenamiento temporal, o implementar procesos tecnológicos<br />
que permitan <strong>el</strong> tratamiento y disposición de los desechos sólidos in situ en<br />
los extremos <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />
b) Procurar <strong>el</strong> aprovechamiento máximo <strong>d<strong>el</strong></strong> “R<strong>el</strong>leno Sanitario de Santa<br />
Eduvigis”, bajo un enfoque de gestión integral, que contemple la<br />
implementación de programas de segregación en <strong>el</strong> origen, recolección<br />
s<strong>el</strong>ectiva, la implementación de programas de educación ambiental,<br />
garantizando la dotación de equipos apropiados <strong>para</strong> la recolección de los<br />
desechos sólidos, así como la ampliación de la cobertura de las rutas.<br />
c) Realizar <strong>el</strong> inventario de las instalaciones donde se generan desechos<br />
p<strong>el</strong>igrosos, tóxicos, reactivos, inflamables, corrosivos, radiactivos y evaluar<br />
la implementación de procesos adecuados <strong>para</strong> <strong>el</strong> tratamiento y<br />
disposición de los mismos.<br />
d) Realizar los proyectos <strong>para</strong> la instalación de equipos incineradores<br />
específicos <strong>para</strong> desechos orgánicos patológicos y <strong>para</strong> desechos sólidos<br />
no p<strong>el</strong>igrosos, con <strong>el</strong> fin de realizar <strong>el</strong> tratamiento de cada tipo de desechos<br />
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por se<strong>para</strong>do, ubicados estratégicamente en lugares cercanos a los sitios<br />
de generación, incluyendo los costos de mantenimiento de las<br />
instalaciones durante su operación a todo lo largo de su vida útil.<br />
e) Establecer un mecanismo de control que garantice que los residuos y<br />
desechos sólidos recibidos en <strong>el</strong> Aeropuerto Internacional Simón Bolívar y<br />
en <strong>el</strong> Puerto de La Guaira, sean tratados dentro de las mismas<br />
instalaciones <strong>para</strong> prevenir que ingresen al país organismos patógenos<br />
que puedan causar epidemias.<br />
f) Establecer un plan de control de las empresas almacenadotas de<br />
productos químicos que presentan características de p<strong>el</strong>igrosidad por sus<br />
niv<strong>el</strong>es de inflamabilidad, corrosividad, toxicidad y combustión, vinculadas<br />
a la operación <strong>d<strong>el</strong></strong> puerto y aeropuerto, a fin de regular esta actividad en<br />
función de la normativa ambiental.<br />
g) Incorporar tecnología <strong>para</strong> tratamiento de escombros en sitio, <strong>para</strong> su<br />
reuso. Identificando inicialmente las actividades generadoras de<br />
escombros, en función <strong>d<strong>el</strong></strong> tipo y cantidad producida, fomentando la<br />
creación de centros de acopio con tamizado y trituración, se<strong>para</strong>ción de<br />
materiales en la fuente de obra y fomentar su aprovechamiento, motivando<br />
la creación de empresas especializadas en la recepción, aprovechamiento.<br />
Haciendo especial énfasis a la definición de estrategias <strong>para</strong> <strong>el</strong> manejo de<br />
los escombros <strong>d<strong>el</strong></strong> sector de Los Corales.<br />
h) Realizar <strong>el</strong> saneamiento y recuperación <strong>d<strong>el</strong></strong> sector Paso de Caballo, y la<br />
recta de El Tigrillo, los cuales han sido utilizados como sitios inadecuados<br />
de bote de escombros, así como evaluar la factibilidad de acondicionar<br />
sitios alternativos <strong>para</strong> la disposición de escombros.<br />
4. Control de la contaminación atmosférica:<br />
a) Establecer un sistema mínimo de monitoreo de calidad de aire, que incluya<br />
aspectos de ruidos y vibraciones, en los principales centros poblados <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
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estado Vargas, a fin de prevenir y controlar impactos ambientales<br />
negativos.<br />
Artículo 56: Este Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas propone que los<br />
organismos competentes en materia de obras de Infraestructura de vialidad y<br />
transporte, ejecuten las siguientes acciones:<br />
1. Mejorar la conexión vial Caracas – Litoral Central<br />
a) Desarrollar un sistema multimodal a fin de establecer vínculos de<br />
transporte masivo (carga y pasajeros) entre <strong>el</strong> Puerto de La Guaira y <strong>el</strong><br />
Aeropuerto de Maiquetía con la Región Centro Norte <strong>d<strong>el</strong></strong> país, permitiendo<br />
la conexión entre los diferentes puertos existentes.<br />
b) Desarrollar y construir la Variante Blandín, la cual comenzará en las<br />
inmediaciones de la Carretera Vieja Caracas – La Guaira, sector donde se<br />
desarrollará <strong>el</strong> “Distribuidor Macayapa”, <strong>el</strong> cual conectará con la actual<br />
autopista Caracas – La Guaira y con la prolongación de la Av. Boyacá. El<br />
trazado nuevo de la ruta continúa por tún<strong>el</strong>es a través de la Serranía <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
Warairarepano, hasta alcanzar un distribuidor a la altura <strong>d<strong>el</strong></strong> actual tún<strong>el</strong><br />
Boquerón 2 (Distribuidor Boquerón), a partir <strong>d<strong>el</strong></strong> cual continuará hasta<br />
Catia La Mar, en <strong>el</strong> extremo oeste <strong>d<strong>el</strong></strong> Aeropuerto de Maiquetía, en la Av.<br />
Intercomunal Maiquetía – Catia La Mar, planteándose <strong>el</strong> enlace con esta<br />
vía, mediante un distribuidor denominado “Distribuidor Aeropuerto”. (Anexo<br />
Nº 6)<br />
c) Realizar mantenimiento constante de la vía de contingencia, como vía de<br />
servicio alterna <strong>para</strong> cubrir eventualidades de comunicación entre Caracas<br />
y Vargas.<br />
2. Mejorar la accesibilidad <strong>para</strong> <strong>el</strong> puerto y <strong>el</strong> aeropuerto<br />
a) Elaborar los estudios <strong>d<strong>el</strong></strong> sistema vial en la avenida Soublette, a fin<br />
de se<strong>para</strong>r <strong>el</strong> tránsito local y <strong>d<strong>el</strong></strong> tráfico generado por <strong>el</strong> puerto, que<br />
ofrezca una mayor capacidad al sistema vial, accesos directos desde<br />
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y hacia <strong>el</strong> puerto y una vinculación apropiada con <strong>el</strong> Aeropuerto<br />
Internacional Simón Bolívar de Maiquetía.<br />
3. Mejorar la movilidad interurbana<br />
a) Desarrollar una red integrada de transporte masivo, con vías<br />
exclusivas <strong>para</strong> <strong>el</strong> tránsito rápido de buses de transporte público.<br />
b) Crear una empresa de producción social de transporte articulado,<br />
con <strong>el</strong> objeto de garantizar la movilidad y desplazamiento de la<br />
población <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />
4. Mejorar la vialidad rural<br />
a) Actualizar <strong>el</strong> inventario físico de la vialidad rural, incorporando <strong>el</strong>ementos<br />
físicos, bióticos y socioculturales.<br />
b) Implementar un mo<strong>d<strong>el</strong></strong>o de gestión <strong>para</strong> la conservación de la red vial<br />
agrícola, a través de la conformación de empresas de producción social,<br />
que sean garantes <strong>d<strong>el</strong></strong> acondicionamiento de estas vías.<br />
c) Desarrollar un programa de rehabilitación de la red vial agrícola,<br />
ampliando la pavimentación hacia aqu<strong>el</strong>los sectores donde se mantienen<br />
los caminos de tierra, a fin de mejorar la transitabilidad y mantener una<br />
operación continua con los centros de consumo y conservación.<br />
d) Mejorar <strong>el</strong> transporte rural, a fin de garantizar la distribución de la<br />
producción agrícola y la movilización.<br />
e) Valorizar las vías agrícolas de Carayaca, Galipán, Caruao y El Junko,<br />
como un <strong>el</strong>emento estructurante <strong>d<strong>el</strong></strong> paisaje.<br />
Artículo 57: Este Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio, propone <strong>para</strong> la<br />
infraestructura de corrección y protección de cuencas hidrográficas las siguientes<br />
acciones:<br />
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1. Complementar las obras de canalización e implementar sistemas de alerta<br />
temprana a la población <strong>para</strong> actuar oportuna y eficientemente en su<br />
protección al producirse una alarma.<br />
2. Desarrollar <strong>el</strong> programa de control y manejo de flujos torrenciales e<br />
inundaciones establecidos en <strong>el</strong> Decreto Nº 3.413, mediante <strong>el</strong> cual se<br />
dicta <strong>el</strong> Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso <strong>d<strong>el</strong></strong> Área de<br />
Protección y Recuperación Ambiental <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas (Eje Arrecife-Los<br />
Caracas).<br />
3. Diseñar y construir obras viales en los conos de deyección a fin de tomar<br />
las previsiones necesarias <strong>para</strong> <strong>el</strong> buen funcionamiento de las obras de<br />
canalización existentes.<br />
4. La declaración legal de las áreas dentro de las cuencas en las que no<br />
podrán efectuarse ninguna acción de ocupación o reconstrucción.<br />
Artículo 58: Este Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio, propone <strong>para</strong> <strong>el</strong> Aeropuerto<br />
Internacional de Maiquetía Simón Bolívar, la implementación de un programa de<br />
gestión <strong>para</strong> <strong>el</strong> control de los parámetros de la calidad ambiental, que abarque<br />
los componentes que impactan <strong>el</strong> ambiente en la prestación <strong>d<strong>el</strong></strong> servicio, tales<br />
como: aguas residuales, manejo de sustancias y desechos p<strong>el</strong>igrosos, suministro<br />
de agua potable, disposición de desechos sólidos no p<strong>el</strong>igrosos, control de<br />
emisiones atmosféricas y ruido.<br />
Artículo 59: Este Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio, propone <strong>para</strong> <strong>el</strong> Puerto de<br />
La Guaira las siguientes acciones:<br />
1. Aumentar su productividad como operación comercial, creando nuevas<br />
oportunidades <strong>para</strong> negocios que atraigan inversiones, generen empleos y<br />
fortalezcan la base económica <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, mediante la reordenación<br />
integral <strong>d<strong>el</strong></strong> puerto y modernización de las operaciones de carga, descarga<br />
y almacenamiento y la ampliación de las instalaciones.<br />
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2. Valorizar la vinculación espacial y funcional entre <strong>el</strong> frente marino ocupado<br />
por <strong>el</strong> puerto con <strong>el</strong> casco histórico de La Guaira.<br />
TÍTULO V<br />
DE LA GESTIÓN DE RIESGOS<br />
Articulo 60: La Gestión de Riesgos debe ser incorporada en las funciones que<br />
desempeñan todos los actores sociales como una intervención necesaria en la<br />
perspectiva <strong>d<strong>el</strong></strong> desarrollo <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas. Esta debe considerar los aspectos<br />
de amenazas y vulnerabilidad, y traducirlos en acciones de prevención y<br />
mitigación de riesgos y de pre<strong>para</strong>ción <strong>para</strong> la atención de emergencias y<br />
desastres.<br />
Articulo 61: La gestión de riesgos comprenderá tres (3) grupos o tipos de<br />
medidas:<br />
1. De prevención: Entendidas como un conjunto de acciones cuyo objeto es<br />
impedir o evitar que los eventos naturales o generados por <strong>el</strong> hombre<br />
causen emergencias o desastres.<br />
2. De mitigación: Conjunto de acciones de intervención dirigidas a reducir<br />
los riesgos.<br />
3. De pre<strong>para</strong>ción: Acciones orientadas a reducir al mínimo la pérdida de<br />
vidas humanas y otros daños, organizando oportuna y eficazmente la<br />
respuesta ante un evento de origen natural, tecnológico o social.<br />
Estas medidas deben ser ejecutadas en forma coordinada por los organismos<br />
nacionales, estatales y municipales con competencia en la materia. Como parte<br />
integral de la gestión de riesgos, aqu<strong>el</strong>las tareas r<strong>el</strong>acionadas con la atención de<br />
emergencias y desastres, rehabilitación y reconstrucción, deben ser coordinadas<br />
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con los entes a los que les compete la materia según lo establecido en la ley<br />
respectiva.<br />
Articulo 62: Las medidas de prevención que deben llevarse a cabo, son las<br />
siguientes:<br />
1. Instalar <strong>el</strong> Gabinete Estadal de Gestión Integral de Riesgos Socionaturales<br />
y Tecnológicos, adscrito a su respectivo Consejo de Planificación y<br />
Coordinación de Políticas Públicas, a fin dar cumplimiento a la política<br />
nacional en la materia y coordinar las actividades a <strong>el</strong>la vinculada.<br />
2. Crear un Sistema Regional de Prevención de Riesgos y Atención de<br />
Emergencias, que incluya a los entes gubernamentales, de seguridad,<br />
servicios, técnicos y sociales que apoyan <strong>el</strong> proceso de gestión <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
desarrollo en <strong>el</strong> Estado.<br />
3. Elaborar la base legal <strong>para</strong> la inclusión de la variable riesgo en <strong>el</strong> estado<br />
Vargas que conlleve a reglamentar las decisiones r<strong>el</strong>acionadas con la<br />
ocupación adecuada <strong>d<strong>el</strong></strong> espacio, tanto en <strong>el</strong> ámbito regional, como a<br />
escala local a través de ordenanzas.<br />
4. Elaborar <strong>el</strong> mapa de riesgo <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, a fin de determinar las áreas que<br />
por sus condiciones de amenazas naturales no deben ser ocupadas por<br />
actividades humanas.<br />
5. Definir <strong>el</strong> responsable <strong>d<strong>el</strong></strong> comando y control de las operaciones al<br />
momento de ocurrir un desastre, hasta <strong>el</strong> levantamiento de la declaratoria<br />
de emergencia o alarma, y <strong>el</strong> niv<strong>el</strong> de participación de los entes regionales<br />
y locales <strong>para</strong> <strong>el</strong> adecuado desempeño de sus funciones.<br />
6. Promover y difundir investigaciones en <strong>el</strong> campo de las amenazas<br />
presentes en <strong>el</strong> estado Vargas, y apoyar a los organismos oficiales en la<br />
aplicación de los resultados que conlleven a orientar la ocupación de los<br />
espacios en función de las distintas amenazas evaluadas.<br />
7. Mantener como parte <strong>d<strong>el</strong></strong> Sistema de Información <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, la<br />
información disponible sobre amenazas, vulnerabilidad e identificación de<br />
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zonas de riesgos, permitiendo su disponibilidad a los entes competentes<br />
<strong>para</strong> la toma de decisiones y a las comunidades como parte de los<br />
programas de información pública.<br />
8. Promover procesos permanentes de capacitación y sensibilización en <strong>el</strong><br />
tema de gestión de riesgos, tanto en los entes <strong>d<strong>el</strong></strong> gobierno como en los<br />
distintos actores de la vida regional.<br />
9. Promover la inserción de la variable riesgo en los proyectos de<br />
financiamiento que se aprueben <strong>para</strong> <strong>el</strong> estado.<br />
10. Promover la creación y aplicación de indicadores, evidentes y medibles,<br />
de gestión de riesgos en <strong>el</strong> estado.<br />
11. Establecimiento de Sistemas de Alerta Temprana las cuencas más<br />
pobladas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, que permitan prever en tiempo real la ocurrencia de<br />
situaciones de emergencia.<br />
12. Mantener un acervo histórico permanente de la información y<br />
documentación generada sobre todos los eventos asociados al riesgo en <strong>el</strong><br />
estado Vargas.<br />
Articulo 63: Las medidas de mitigación que deben llevarse a cabo, son las<br />
siguientes:<br />
1. Evaluación de las condiciones de vulnerabilidad de la infraestructura física<br />
urbana y líneas vitales tales como redes de servicios, instalaciones críticas y<br />
esenciales como centros de salud e instalaciones educativas, así como las<br />
obras de valor patrimonial.<br />
2. Se debe propiciar la ejecución de obras de mantenimiento, recuperación y<br />
reforzamiento de las instalaciones críticas y esenciales que manifiesten<br />
condiciones de vulnerabilidad física en zonas de amenazas.<br />
Articulo 64: Las medidas de pre<strong>para</strong>ción que deben llevarse a cabo, son las<br />
siguientes:<br />
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1. Desarrollar planes de actuación y evacuación <strong>para</strong> casos de emergencias<br />
en <strong>el</strong> estado Vargas, que contemplen la actuación conjunta, coordinada y<br />
liderada por <strong>el</strong> órgano de mayor pertinencia ante <strong>el</strong> evento presentado de<br />
los diferentes organismos.<br />
2. Desarrollar políticas estatales de información sobre riesgos y planes de<br />
actuación <strong>para</strong> casos de emergencia o desastres.<br />
3. Apoyar la pre<strong>para</strong>ción de los organismos de primera respuesta, tales como<br />
bomberos y policías, de igual manera los de segunda respuesta y<br />
coordinación como Protección Civil y otros cuerpos de seguridad u<br />
organismos de niv<strong>el</strong> local, regional o nacional, que se involucren en las<br />
etapas de respuesta ante emergencias y desastres.<br />
4. Incorporar a los entes <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, los grupos técnicos, económicos y de<br />
servicios, y comunidades en la pre<strong>para</strong>ción y realización de simulacros<br />
<strong>para</strong> la actuación en casos de emergencias y desastres.<br />
5. Mantener procesos de evaluación continua sobre las actividades de<br />
atención de emergencias y desastres en <strong>el</strong> estado.<br />
6. Desarrollar programas de capacitación, postimpacto, que permita <strong>el</strong><br />
levantamiento inicial, a fin de proponer acciones prioritarias orientadas a<br />
desarrollar actividades <strong>para</strong> la administración de la emergencia o desastre.<br />
7. Conformar las mesas de riesgo en los consejos comunales.<br />
Artículo 65: Para garantizar la seguridad integral <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, r<strong>el</strong>acionada<br />
con aqu<strong>el</strong>las actividades que pudieren representar un riesgo de origen<br />
tecnológico <strong>para</strong> la población, la infraestructura construida y <strong>el</strong> ambiente en<br />
general, se proponen las siguientes acciones:<br />
1. Realizar un levantamiento y actualización permanente de la información de<br />
las plantas manufactureras, industrias, comercios, sistemas y líneas vitales<br />
que representen un riesgo tecnológico y realizar las evaluaciones e<br />
identificación de las amenazas asociadas con dichas instalaciones.<br />
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2. Desarrollar <strong>para</strong> aqu<strong>el</strong>las instalaciones que por su complejidad, tamaño y<br />
p<strong>el</strong>igrosidad, una evaluación cuantitativa de riesgo.<br />
3. Llevar a cabo estudios r<strong>el</strong>acionados con amenazas complejas o<br />
concatenadas, es decir, aqu<strong>el</strong>las que pueden significar interacción entre<br />
los desastres tecnológicos y naturales.<br />
4. Hacer cumplir las normas Covenin vigentes en las instalaciones<br />
industriales presentes en la zona.<br />
5. Con respecto al Aeropuerto, <strong>el</strong> Puerto y la Planta Termo<strong>el</strong>éctrica Josefa<br />
Joaquina Sánchez Bastidas, sería necesario contar con:<br />
a) La caracterización detallada de las instalaciones o sectores de cada uno.<br />
b) La identificación de las áreas críticas susceptibles a la ocurrencia de<br />
accidentes.<br />
c) Medidas de seguridad <strong>para</strong> prevención de accidentes con respecto a los<br />
productos almacenados, además, la clasificación, traslado y transporte de<br />
los materiales p<strong>el</strong>igrosos.<br />
d) Evaluación <strong>d<strong>el</strong></strong> sistema de abastecimiento de combustibles.<br />
e) Planes de actuación <strong>para</strong> casos de emergencias y desastres.<br />
f) Programas dirigidos a la comunidad que orienten sobre los riesgos<br />
potenciales de la instalación.<br />
6. Con respecto a las instalaciones que dependen de la industria petrolera, es<br />
necesario hacer cumplir la normativa de seguridad vigente en la industria<br />
<strong>para</strong> <strong>el</strong> complejo de distribución de hidrocarburos <strong>d<strong>el</strong></strong> Sistema Tacagua y<br />
en las instalaciones que a futuro se planifiquen <strong>para</strong> <strong>el</strong> Estado.<br />
TÍTULO VI<br />
LA EDUCACIÓN AMBIENTAL<br />
Y LA PARTICIPACIÓN<br />
Articulo 66: La Educación Ambiental deberá considerar como estrategia<br />
metodológica, la coordinación entre las instituciones encargadas de <strong>el</strong>aborar las<br />
políticas ambientales y las específicamente educativo-ambientales, <strong>para</strong> así<br />
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establecer mayor articulación de las diversas iniciativas en esta materia, en este<br />
sentido las propuestas van dirigidas a:<br />
1. Diseñar un plan de acción en educación Ambiental, ajustado a las<br />
a.- Interinstitucional<br />
particularidades <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas a fin de generar, promover y<br />
desarrollar en la ciudadanía una visión preventiva y previsiva <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
ambiente, basada en los principios <strong>d<strong>el</strong></strong> desarrollo sustentable, <strong>para</strong><br />
difundir <strong>el</strong> conocimiento de los valores ambientales de esta entidad que<br />
conduzca a la construcción <strong>d<strong>el</strong></strong> mo<strong>d<strong>el</strong></strong>o socialista de participación<br />
popular, enfocados en tres ejes:<br />
a.- Interinstitucional.<br />
b.- Áreas temáticas <strong>d<strong>el</strong></strong> POTEV.<br />
c.- Participación <strong>Popular</strong>.<br />
Abordar y beneficiar la construcción de objetivos comunes como entes<br />
integradores <strong>para</strong> intercambiar información, y lograr una unificación estadal en lo<br />
ambiental.<br />
b.- Áreas temáticas <strong>d<strong>el</strong></strong> POTEV<br />
Incrementar la realización de actividades que propicien la identidad <strong>d<strong>el</strong></strong> varguense<br />
y los visitantes con <strong>el</strong> entorno natural <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, su realidad<br />
sociocultural, pertinentes a su situación ambiental, bajo las siguientes áreas<br />
temáticas.<br />
a) El varguense integrado y comprometido con su espacio sociocultural<br />
y físico-natural<br />
b) El varguense actúa preventivamente ante <strong>el</strong> riesgo.<br />
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c) Las comunidades se involucran en <strong>el</strong> manejo de sus desechos<br />
sólidos.<br />
d) El varguense conserva su patrimonio cultural y natural.<br />
e) La diversidad biológica <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas es protegida por sus<br />
habitantes.<br />
f) La conservación de las cuencas desde las comunidades <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />
Vargas.<br />
g) Las Abraes´s <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas son espacios usados <strong>para</strong> la<br />
vida.<br />
h) Agricultura sustentable desde y en las comunidades <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />
Vargas.<br />
i) La pesca varguense: una actividad sustentable con las<br />
comunidades.<br />
j) Turismo sustentable en Vargas.<br />
k) Los varguenses protegen sus cuencas.<br />
c.- Participación <strong>Popular</strong><br />
Promover <strong>el</strong> diseño y ejecución de proyectos de capacitación, dirigidos a la<br />
población en general, comunitaria y escolar, con la finalidad de generar cambios<br />
de actitudes y de comportamiento en pro de una interacción armónica ser<br />
humano/ambiente, generando soluciones a los problemas ambientales, desde la<br />
educación formal y no formal.<br />
TÍTULO VII<br />
DE LA GESTIÓN INTEGRAL DEL PLAN<br />
CAPÍTULO I<br />
DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA GESTIÓN<br />
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Artículo 67: El Control de la Gestión de este Plan, se realizara a través de la<br />
Dirección de Planificación Estratégica y Ordenamiento Territorial de la<br />
Gobernación <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, mediante las siguientes acciones:<br />
1. Establecer, mantener actualizado y coordinar <strong>el</strong> manejo <strong>d<strong>el</strong></strong> Sistema de<br />
Información Geográfica <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas (Sigvargas), como herramienta<br />
de planificación y gestión, garantizando que funcione de manera abierta a<br />
los usuarios y se optimice <strong>el</strong> uso de la información.<br />
2. El monitoreo, la vigilancia y <strong>el</strong> control de las actividades a realizarse en <strong>el</strong><br />
territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, de acuerdo al plan.<br />
3. Estimular las distintas formas de participación de los diferentes entes<br />
públicos y privados en la gestión y seguimiento <strong>d<strong>el</strong></strong> plan.<br />
4. Promover, coordinar y apoyar las actuaciones de los agentes públicos y<br />
privados dentro de las previsiones contenidas en <strong>el</strong> plan, a fin de<br />
materializar las propuestas <strong>d<strong>el</strong></strong> plan.<br />
Articulo 68: El Sistema de Información Geográfica <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas<br />
(Sigvargas), debe servir a sus diferentes usuarios, tanto los que coordinan la<br />
ejecución <strong>d<strong>el</strong></strong> plan, como aqu<strong>el</strong>los que participan institucional o socialmente <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
mismo, debiendo producir información sobre:<br />
1. Indicadores ambientales;<br />
2. Calidad de vida de las diversas colectividades <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas;<br />
3. Impactos ambientales de los proyectos y acciones a ejecutar, u obras a<br />
considerar;<br />
4. Ordenamiento territorial;<br />
5. Diversidad biológica y su aprovechamiento;<br />
6. Sistema estadal de áreas protegidas;<br />
7. Fuentes de contaminación y manejo de substancias tóxicas y desechos<br />
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p<strong>el</strong>igrosos;<br />
8. Desarrollo institucional, y la generación de ámbitos, mecanismos de<br />
participación y organizaciones sociales;<br />
9. Desarrollo, aplicación y cumplimiento de la normativa ambiental;<br />
10. Proyectos de infraestructuras.<br />
11. Turismo y patrimonio.<br />
12. Ejecución física y financiera sobre <strong>el</strong> niv<strong>el</strong> de cumplimiento <strong>d<strong>el</strong></strong> plan.<br />
13. Infraestructura de servicios, educación, salud, etc.<br />
CAPÍTULO II<br />
DE LOS MECANISMOS DE FINANCIAMIENTO<br />
Articulo 69: Con la finalidad de lograr la generación de ingresos que hagan factible<br />
la puesta en práctica de las acciones de este plan, se propone utilizar como fuentes<br />
generales de financiamiento los aportes provenientes de:<br />
1. La coordinación presupuestaria de las instituciones, bajo la orientación<br />
generada por este Plan de Ordenamiento Territorial.<br />
2. Negociar <strong>el</strong> mayor acceso posible a los ingresos por concepto de<br />
impuestos y tasas generados por <strong>el</strong> Aeropuerto Internacional de Maiquetía<br />
y por <strong>el</strong> Puerto de La Guaira.<br />
3. Alícuota de las actividades mineras.<br />
4. Las donaciones y <strong>el</strong> financiamiento internacional.<br />
Artículo 70: Para lograr <strong>el</strong> objetivo de generación de ingresos <strong>para</strong> <strong>el</strong><br />
financiamiento de las acciones <strong>d<strong>el</strong></strong> plan, se requiere:<br />
1. Crear un sistema de captación de recursos financieros que permita la<br />
implementación de planes, programas, acciones, estudios e<br />
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investigaciones necesarias <strong>para</strong> alcanzar los objetivos de gestión<br />
integral <strong>d<strong>el</strong></strong> plan.<br />
2. La <strong>el</strong>aboración de los instrumentos normativos legales, <strong>para</strong> garantizar<br />
su instrumentación, incluyendo <strong>el</strong> establecimiento de estándares o<br />
normas de calidad, imposiciones, tasas, contribuciones o tarifas.<br />
3. Definir las necesidades de recursos financieros y las vías de su<br />
asignación, <strong>para</strong> cubrir los costos ambientales <strong>d<strong>el</strong></strong> desarrollo en las<br />
diferentes cuencas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />
TÍTULO VIII<br />
DE LA INVESTIGACIÓN, INNOVACIÓN Y<br />
DESARROLLO TECNOLÓGICO<br />
Articulo 71: Este Plan propone que la Dirección de Planificación Estratégica y<br />
Ordenamiento Territorial en coordinación con la Comisión de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
Territorio, gestione ante los organismos competentes, la realización de estudios<br />
que permitan mejorar la r<strong>el</strong>ación tecnología – ordenación territorial – ambiente y su<br />
valoración económica, con la finalidad de aportar soluciones de preservación y<br />
consolidación de los diversos usos que se establecen en Título II de este Decreto,<br />
en especial los siguientes:<br />
1. En r<strong>el</strong>ación con recursos naturales y uso de las tierras:<br />
a) Determinar los vacios de información y establecer alianzas con las<br />
instituciones académicas y de investigación <strong>para</strong> satisfacer esta<br />
necesidad.<br />
b) Generación y validación de mo<strong>d<strong>el</strong></strong>os de simulación de los procesos<br />
naturales.<br />
c) Evaluación de la sensibilidad ambiental y estudios de ecología <strong>d<strong>el</strong></strong> paisaje.<br />
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d) Evaluación de la aptitud de las tierras: factibilidad socioeconómica, política,<br />
ecológica e institucional de los usos alternativos.<br />
e) Inventario <strong>d<strong>el</strong></strong> uso actual de la tierra y de la cobertura vegetal.<br />
f) Estudios ecológicos de paisaje vegetal y especies.<br />
g) Identificación de áreas sujetas a reforestación.<br />
h) Estudios de valoración económica y alternativas de reforestación.<br />
i) Análisis de susceptibilidad a la erosión.<br />
j) Análisis de tecnologías agrícolas conservacionistas.<br />
k) Diseño de un programa de monitoreo de producción de sedimentos.<br />
l) Inventario de la información disponible sobre diversidad biológica (en<br />
cuanto a especies y ecosistemas).<br />
m) Diagnóstico de problemas r<strong>el</strong>evantes sobre diversidad biológica.<br />
n) Restauración de hábitat degradados.<br />
o) Monitoreo de la diversidad biológica.<br />
2. Para la reducción de la contaminación <strong>d<strong>el</strong></strong> agua:<br />
a) Diagnóstico de la contaminación <strong>d<strong>el</strong></strong> agua.<br />
b) Monitoreo de la calidad <strong>d<strong>el</strong></strong> agua.<br />
3. Para la valoración de los recursos<br />
a) Inventario / diagnóstico de los recursos.<br />
b) Valoración económica de los recursos.<br />
4. Validación e implementación de tecnologías adecuadas<br />
a) Caracterización y evaluación de tecnologías utilizadas.<br />
b) Diagnóstico de los sistemas de producción.<br />
c) Caracterización y evaluación de la racionalidad económica de los<br />
productores según sistemas de producción.<br />
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d) Evaluación de la capacidad de carga de las unidades de producción.<br />
e) Diagnóstico de los sistemas de producción agrícola presentes en <strong>el</strong> estado<br />
Vargas (uso actual y uso potencial de la tierra).<br />
f) Diseño de los sistemas de manejo a implementar (incluir evaluación e<br />
instrumentación de tecnologías de recuperación de áreas degradadas)<br />
g) Desarrollo, caracterización y evaluación de las opciones tecnológicas<br />
propuestas.<br />
H) Formulación, evaluación y validación de las propuestas<br />
i) Estrategias de implementación de las tecnologías propuestas.<br />
5. Para la productividad física y eficiencia económica de los sistemas<br />
agrícolas<br />
a) Evaluación de tierras con criterios de la Organización de las Naciones<br />
Unidas <strong>para</strong> la Agricultura y la Alimentación (FAO) <strong>para</strong> áreas montañosas.<br />
b) Proyectos de investigación y transferencia participativos.<br />
6. Calidad de vida de la población asentada<br />
S<strong>el</strong>ección de indicadores de condiciones de vida asociados a la gestión y<br />
aprovechamiento de los recursos naturales <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />
7. Amenazas, vulnerabilidad y riesgos<br />
a) Promover <strong>el</strong> desarrollo de investigaciones orientadas a consolidar y<br />
profundizar <strong>el</strong> conocimiento sobre amenazas, vulnerabilidad y riesgo.<br />
b) Realizar los estudios de microzonificación sísmica que permitan tomar<br />
decisiones adecuadas sobre la distribución más segura de la población,<br />
especialmente en áreas urbanas.<br />
c) Realizar las investigaciones necesarias <strong>para</strong> la zonificación geotécnica <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
estado, en especial en los sectores de Carayaca y Caruao.<br />
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8. Vialidad<br />
a) Estudiar y evaluar sistemas alternos a los propuestos en este plan, que<br />
conduzcan a reducir la vulnerabilidad de la conexión Caracas-Litoral<br />
Central.<br />
TÍTULO IX<br />
DISPOSICIONES FINALES<br />
Artículo 72: El control de la ejecución <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas,<br />
corresponde al Gobernador o Gobernadora, con la asesoría técnica de la<br />
Comisión Estadal de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio y la participación <strong>d<strong>el</strong></strong> Consejo de<br />
Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, previsto en <strong>el</strong> artículo 166 de<br />
la Constitución de la República.<br />
Artículo 73: Las autorizaciones y aprobaciones administrativas concedidas antes<br />
de la aprobación de este plan, se considerarán como usos comprometidos.<br />
Artículo 74: Las decisiones que adopten los organismos de la Administración<br />
Pública Nacional, Central y Descentralizada, y la ejecución de actividades por<br />
parte de los particulares y entidades de carácter privado que impliquen acciones<br />
de ocupación <strong>d<strong>el</strong></strong> territorio de importancia estadal, deben ser aprobadas o<br />
autorizadas por <strong>el</strong> Gobernador o Gobernadora <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, previa opinión<br />
favorable de la Comisión Estadal de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio.<br />
Artículo 75: Las aprobaciones o autorizaciones administrativas <strong>para</strong> la ocupación<br />
<strong>d<strong>el</strong></strong> territorio, a que se refiere <strong>el</strong> artículo anterior deberán ser concedidas o<br />
negadas por <strong>el</strong> Gobernador o Gobernadora en un lapso de sesenta (60) días<br />
continuos, contados a partir <strong>d<strong>el</strong></strong> último requerimiento de información, previo <strong>el</strong><br />
cumplimiento de los requerimientos legales establecidos. Vencido dicho plazo, sin<br />
que hubiere pronunciamiento expreso, si <strong>el</strong> uso solicitado es conforme al plan, se<br />
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considerará concedida la aprobación o autorización, a cuyos efectos <strong>el</strong><br />
Gobernador o Gobernadora otorgará la respectiva constancia.<br />
Artículo 76: La Comisión Estadal de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio y la Dirección de<br />
Planificación Estratégica y Ordenamiento Territorial, harán un seguimiento<br />
continuo a la ejecución <strong>d<strong>el</strong></strong> plan y mantendrá informado al Gobernador o<br />
Gobernadora <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, a quien deben remitir toda la documentación que se<br />
produzca.<br />
Artículo 77: Este plan deberá ser revisado en un plazo no mayor de cinco (5)<br />
años, contados a partir de la publicación de este Decreto, o cuando existan<br />
<strong>el</strong>ementos de juicio suficientes <strong>para</strong> revisarlo con anterioridad al lapso previsto,<br />
mediante decisión motivada <strong>d<strong>el</strong></strong> Gobernador o Gobernadora, previa consulta con<br />
la Comisión Nacional de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio.<br />
Artículo 78: Forman parte de este Plan Estadal de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio: <strong>el</strong><br />
documento base con sus correspondientes mapas, los cuales se encuentran a<br />
disposición <strong>d<strong>el</strong></strong> público, en la sede de la Gobernación <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas y en la<br />
Dirección Estadal Ambiental <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Ministerio</strong> <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong>.<br />
Artículo 79: Los anexos mencionados en los artículos previos forman parte<br />
integrante de este Decreto, se publicarán conjuntamente con <strong>el</strong> mismo en la<br />
Gaceta Oficial <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas y estarán a disposición de los interesados en las<br />
sedes de la Secretaría Técnica de la Comisión Estadal de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong><br />
Territorio y de la Unidad Administrativa de Gestión.<br />
Artículo 80: Este Decreto entrará en vigencia en la fecha de su publicación en la<br />
Gaceta Oficial <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />
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DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.
Dado, firmado, s<strong>el</strong>lado y refrendado en <strong>el</strong> Palacio de Gobierno <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas,<br />
en la ciudad de La Guaira, a los__________ días <strong>d<strong>el</strong></strong> mes de dos<br />
mil______________.<br />
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PARROQUIA / CENTRO<br />
Tarma - Tirima<br />
Palo e vaca<br />
POBLADO<br />
CARAYACA<br />
ANEXO Nº 1<br />
PROPUESTA SISTEMA DE CENTROS POBLADOS<br />
SECTOR OESTE<br />
JERARQUIZACIÓN FUNCIÓN PROPUESTA ACCIÓN<br />
Centro Poblado Local 1º<br />
Orden<br />
Centro Poblado Local 2º<br />
Orden<br />
Centro Poblado<br />
Dependiente<br />
Capital de parroquia, centro administrativo y<br />
de servicios (residencial, comercial y de<br />
apoyo al turismo)<br />
Desarrollar, reforzar y controlar<br />
Residencial – Apoyo al Turismo Desarrollar, reforzar y controlar<br />
Centro de apoyo al área agrícola Dotar, reforzar y estimular<br />
Petaquire Centro Poblado Terminal Centro de apoyo al área agrícola Dotar, reforzar y estimular<br />
La Salina Centro Poblado Terminal<br />
Chichiriviche Centro Poblado Terminal<br />
Puerto Cruz Centro Poblado Terminal<br />
EL JUNKO<br />
Centro Poblado Local 1º<br />
Orden<br />
Centro de apoyo a la actividad turístico -<br />
recreacional<br />
Centro de apoyo a la actividad turístico –<br />
recreacional y pesca artesanal<br />
Centro de apoyo a la actividad turístico –<br />
recreacional y pesca artesanal<br />
Capital de parroquia, centro administrativo,<br />
residencial y turístico-recreacional<br />
Controlar y dotar<br />
Controlar y dotar<br />
Controlar, dotar y reforzar<br />
Reforzar y controlar
SECTOR CENTRAL<br />
PARROQUIA / CENTRO<br />
POBLADO<br />
MAIQUETÍA – LA GUAIRA<br />
CATIA LA MAR - CARLOS<br />
SOUBLETTE - CARABALLEDA<br />
URIMARE – MACUTO Y<br />
NAIGUATÁ<br />
Camurí Grande<br />
Anare<br />
El Tigrillo<br />
JERARQUIZACIÓN FUNCIÓN PROPUESTA ACCIÓN<br />
Centro Poblado de<br />
Primer Orden<br />
Centro Poblado de<br />
Segundo Orden<br />
Centro Poblado de<br />
Tercer Orden<br />
Centros Menores<br />
Centro Poblado Local 2º<br />
Orden<br />
Centro Poblado Local 2º<br />
Orden<br />
Centro Poblado Local 2º<br />
Orden<br />
Capital de parroquia, centro<br />
administrativo y de servicios<br />
(residencial, comercial y de<br />
apoyo al turismo)<br />
Capitales de parroquias. Centro<br />
administrativo y de servicios<br />
(residencial, y de apoyo a la<br />
actividad turístico –<br />
recreacional)<br />
Capitales de parroquias. Centro<br />
administrativo, servicios<br />
(turístico – recreacional,<br />
residencial y comercial)<br />
Centro de servicios orientado al<br />
uso educacional y turístico –<br />
recreacional.<br />
Centro de apoyo a la actividad<br />
asistencial<br />
Controlar y consolidar<br />
Reforzar, estimular y controlar<br />
Dotar, reforzar y controlar<br />
Dotar, reforzar y controlar<br />
Controlar y dotar<br />
Residencial Controlar y dotar
SECTOR ESTE<br />
PARROQUIA /<br />
CENTRO<br />
POBLADO<br />
CARUAO<br />
La Sabana<br />
Cauao<br />
JERARQUIZACIÓN FUNCIÓN PROPUESTA ACCIÓN<br />
Centro Poblado Local 1º<br />
Orden<br />
Centro Poblado Local 2º<br />
Orden<br />
Chuspa Centro Poblado Terminal<br />
Osma Centro Poblado Terminal<br />
Oritapo Centro Poblado Terminal<br />
Todasana Centro Poblado Terminal<br />
Quebrada Seca<br />
Centro Poblado<br />
Dependiente<br />
Centro de servicios orientado al<br />
uso educacional, asistencial y<br />
turístico - recreacional<br />
Centro de apoyo a la actividad<br />
turístico<br />
agrícola<br />
– recreacional y<br />
Centro de apoyo a la actividad<br />
turístico<br />
pesquero<br />
– recreacional y<br />
Centro de apoyo a la actividad<br />
turístico – recreacional y<br />
residencial<br />
Centro de apoyo a la actividad<br />
agrícola<br />
Centro de apoyo a la actividad<br />
turístico – recreacional y<br />
residencial<br />
Dotar, reforzar y controlar<br />
Dotar, reforzar, controlar y estimular<br />
Dotar, reforzar, controlar y estimular<br />
Reforzar, estimular y controlar<br />
Reforzar, estimular y controlar<br />
Controlar, dotar y reforzar<br />
Residencial y recreacional Reforzar, controlar y dotar<br />
Fuente: COTEV, 201
ANEXO Nº 5<br />
POLIGONAL DE LA ZONA COSTERA DEL ESTADO VARGAS.<br />
Puntos Norte Este<br />
1 1.175.100 793.925<br />
2 1.174.440 794.433<br />
3 1.174.630 794.288<br />
4 1.173.450 790.621<br />
5 1.173.950 787.453<br />
6 1.174.750 775.785<br />
7 1.174.190 765.768<br />
8 1.175.030 764.341<br />
9 1.173.940 755.688<br />
10 1.174.800 750.119<br />
11 1.174.360 749.333<br />
12 1.174.730 747.701<br />
13 1.174.260 747.260<br />
14 1.173.980 744.470<br />
15 1.173.330 738.420<br />
16 1.171.630 719.790<br />
17 1.171.030 714.273<br />
18 1.170.380 710.260<br />
19 1.164.110 674.748<br />
20 1.164.490 675.045<br />
Fuente: Comité de Trabajo de la zona Costera <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, 2008
Fuente. POU, 2005<br />
ANEXO Nº 6.<br />
PROPUESTA VARIANTE-BLANDÍN