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1 - Ministerio del Poder Popular para el Ambiente

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PROYECTO DE DECRETO DEL PLAN DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO<br />

DEL ESTADO VARGAS<br />

DECRETO N° FECHA<br />

JORGE LUIS GARCÍA CARNEIRO<br />

GOBERNADOR DEL ESTADO VARGAS<br />

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 13 y 53, numeral 1°,<br />

de la Constitución <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas y de conformidad con lo establecido en los<br />

artículos 13 y 34 de la Ley Orgánica <strong>para</strong> la Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio.<br />

CONSIDERANDO<br />

Que mediante Ley Especial publicada en la Gaceta Oficial número 36.488, de fecha<br />

3 de julio de 1998, se <strong>el</strong>evó a la categoría de estado al Territorio Federal Vargas,<br />

con la denominación de estado Vargas, cuya superficie y límites son los<br />

consagrados en la Ley Orgánica que creó <strong>el</strong> Territorio Federal Vargas, publicada<br />

en la Gaceta Oficial número 36.464, de fecha 29 de mayo de 1998.<br />

CONSIDERANDO<br />

Que de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de<br />

Venezu<strong>el</strong>a, <strong>el</strong> régimen socioeconómico de la Nación y los Derechos Ambientales,<br />

se fundamenta en los principios de equidad y sustentabilidad, mediante <strong>el</strong><br />

establecimiento de políticas <strong>para</strong> la transformación de una sociedad democrática,<br />

participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural, que garantice la libertad<br />

<strong>para</strong> <strong>el</strong> desarrollo de las diversas actividades, sin más limitaciones que las<br />

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derivadas de la Constitución y de las leyes, por razones de protección ambiental,<br />

desarrollo humano, seguridad, sanidad y otras de interés social.<br />

CONSIDERANDO<br />

Que <strong>el</strong> Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio debe tomar en cuenta las condiciones y<br />

características ecológicas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas y debe ser referencia determinante<br />

<strong>para</strong> la inversión pública y privada en todos los niv<strong>el</strong>es, estableciendo las<br />

actividades económicas sustentables que se desarrollan en <strong>el</strong> estado, y que<br />

beneficien a la sociedad en general, albergando los nuevos conocimientos<br />

científicos y tecnológicos que caractericen una gestión dinámica, manteniendo su<br />

vigencia frente a los cambios.<br />

CONSIDERANDO<br />

Que <strong>el</strong> Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, debe ser un instrumento<br />

amplio de concertación y consenso, que incorpore y compatibilice las propuestas<br />

de todos los actores sociales y garantice <strong>el</strong> compromiso <strong>para</strong> la consecución <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

desarrollo sustentable, mediante su articulación orgánica con <strong>el</strong> Plan Nacional de<br />

Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio, con los Lineamientos Generales <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan Nacional<br />

Simón Bolívar 2007-2013, con <strong>el</strong> Plan Nacional de Desarrollo Regional 2007-<br />

2013 y con todo <strong>el</strong> Sistema de Planificación Nacional, que le permita contribuir al<br />

mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, en<br />

concordancia con <strong>el</strong> Plan Estadal de Desarrollo Económico y Social 2009-2012 y<br />

Plan de Ordenación Urbanística <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, publicado en G.O. N° Ext<br />

5.927 de fecha 27/07/2009.<br />

CONSIDERANDO<br />

Que las restricciones físico-geográficas, la exposición al riesgo y amenazas<br />

naturales y la fragilidad <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, unido a los cambios experimentados<br />

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en las formas de organización social, hacen necesario la formulación <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan<br />

Estadal de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio, concebido como un instrumento de<br />

planificación, gestión y participación, capaz de garantizar <strong>el</strong> desarrollo sustentable<br />

en las más diversas materias y horizontes temporales.<br />

El siguiente:<br />

Objeto<br />

DECRETA<br />

PLAN DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO<br />

DEL ESTADO VARGAS<br />

TÍTULO I<br />

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES<br />

LOS OBJETIVOS DEL PLAN Y DE LA IMAGEN OBJETIVO<br />

CAPÍTULO I<br />

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES<br />

Artículo 1: Este Decreto tiene por objeto dictar las disposiciones que regirán los<br />

Lineamientos y Directrices <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas<br />

constituyendo un instrumento de Ordenamiento y Gestión <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio, que sirve<br />

de marco de referencia espacial a los planes de desarrollo económico y social <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

estado.<br />

Ámbito de Aplicación<br />

Artículo 2: El ámbito espacial de aplicación de este Plan de Ordenación,<br />

comprende <strong>el</strong> territorio y demás espacios geográficos <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas,<br />

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establecidos en <strong>el</strong> artículo 9 de la Constitución <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, en concordancia<br />

con la Ley de División Político Territorial <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />

Carácter <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan<br />

Artículo 3: El Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas es de obligatorio<br />

cumplimiento <strong>para</strong> todos los organismos de la Administración Pública Nacional,<br />

Estadal y Municipal, los demás entes que conforman la administración<br />

descentralizada, las instituciones de carácter privado, las organizaciones populares<br />

de base y la población en general, como un instrumento válido que determina la<br />

orientación de las inversiones de incidencia espacial, en armonía con la<br />

Constitución de la República Bolivariana de Venezu<strong>el</strong>a y demás disposiciones<br />

legales y reglamentarias.<br />

CAPÍTULO II<br />

DE LOS OBJETIVOS DEL PLAN<br />

Artículo 4: El objetivo fundamental <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />

Vargas, es regular y promover la ocupación <strong>d<strong>el</strong></strong> territorio en <strong>el</strong> marco de un mo<strong>d<strong>el</strong></strong>o<br />

de producción ambientalmente sustentable, bajo un enfoque de cohesión y equidad<br />

socioterritorial, a los fines de lograr <strong>el</strong> mayor bienestar e inclusión de la población,<br />

teniendo como objetivos específicos los siguientes:<br />

1. Orientar un patrón de ocupación de la población y la localización segura<br />

de sus actividades, en armonía con las potencialidades y restricciones<br />

físico-naturales en su condición de estado costero, con la finalidad de<br />

brindar mayor bienestar a la población, promoviendo <strong>el</strong> desarrollo<br />

socioeconómico <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, en concordancia con las políticas de desarrollo<br />

nacional y regional.<br />

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2. Promover la ampliación, diversificación y consolidación de la base<br />

económica, fomentando <strong>el</strong> aprovechamiento sustentable de la variedad de<br />

recursos y oportunidades naturales <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas reforzando la<br />

agricultura, la pesca, <strong>el</strong> turismo y recreación, la agroindustria y<br />

manufactura, como actividades socioproductivas endógenas.<br />

3. Establecer los lineamientos <strong>para</strong> la optimización de los servicios en redes<br />

de agua potable, aguas servidas y vialidad, así como <strong>el</strong> manejo de<br />

residuos y desechos sólidos.<br />

4. Armonizar la ordenación territorial <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas con la preservación y<br />

difusión de sus valores autóctonos, patrimonio histórico, arquitectónico,<br />

arqueológico, costumbres tradicionales, patrimonio viviente, arte popular y<br />

habilidad de sus pobladores, a fin de lograr espacios <strong>para</strong> <strong>el</strong> desarrollo de<br />

su especificidad histórica y cultural y su aprovechamiento turístico.<br />

5. Insertar las acciones de gestión de riesgos en <strong>el</strong> estado, mediante la<br />

consideración de las amenazas de origen natural, social y tecnológico, a<br />

las que está expuesta la población y sus actividades productivas,<br />

reduciendo las condiciones de vulnerabilidad.<br />

6. Promover la creación de unidades de gestión territorial contempladas en la<br />

nueva geopolítica nacional, mediante la consolidación de las comunas en<br />

construcción y la estructuración de ejes comunales, y la creación de los<br />

distritos motores que permita reforzar un sistema de centros poblados<br />

articulados y complementados de acuerdo a la función estratégica y a la<br />

especialización de cada uno.<br />

7. Propiciar <strong>el</strong> aprovechamiento de las ventajas competitivas y com<strong>para</strong>tivas<br />

<strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas como Centro Internacional de Negocios y<br />

Comunicaciones.<br />

8. Establecer los lineamientos <strong>para</strong> <strong>el</strong> desarrollo <strong>d<strong>el</strong></strong> uso pesquero y <strong>el</strong><br />

aprovechamiento de los recursos, a fin de consolidar las comunidades<br />

pesqueras, sus actividades y servicios conexos.<br />

9. Definir programas de conservación y manejo integral de las cuencas, a los<br />

fines de asegurar la protección de la cobertura vegetal de alto valor<br />

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ecológico, <strong>el</strong> abastecimiento de la demanda de agua, <strong>el</strong> desarrollo de<br />

actividades agrícolas y urbanas no degradantes, enmarcadas en un<br />

programa de vigilancia, control y educación ambiental.<br />

10. Coadyuvar <strong>el</strong> establecimiento de actividades que permitan promover <strong>el</strong><br />

turismo y la recreación como actividades prioritarias <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />

11. Crear un sistema de Áreas Bajo Régimen de Administración Especial que<br />

responda a sus objetivos de creación y contribuya eficazmente, en forma<br />

tangible al desarrollo económico y social <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />

12. Definir lineamientos <strong>para</strong> la ordenación y gestión integral de la zona<br />

costera, especialmente en la franja terrestre <strong>d<strong>el</strong></strong> área de dominio publico.<br />

CAPÍTULO III<br />

DE LA IMAGEN OBJETIVO<br />

Artículo 5: La imagen objetivo de este plan es orientar la ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

territorio hacia una gestión <strong>d<strong>el</strong></strong> desarrollo coherente hacia <strong>el</strong> año 2030,<br />

organizando espacialmente los usos y actividades, mediante su localización<br />

óptima en función de la nueva geopolítica nacional y manejo sustentable de<br />

los recursos naturales <strong>para</strong> garantizar su preservación y disponibilidad en<br />

beneficio de la población, ajustándose a:<br />

1. Una base económica diversificada y consolidada, acorde a las funciones<br />

estratégicas y endógenas.<br />

2. Un patrón de ocupación de la población acorde a las condiciones de<br />

vulnerabilidad y amenazas naturales y tecnológicas, así como a las<br />

posibilidades de dotación de servicios, en armonía funcional con la región<br />

central y <strong>el</strong> resto <strong>d<strong>el</strong></strong> país.<br />

3. Su especificidad histórica y cultural, logrando la reducción de los problemas<br />

ambientales, especialmente <strong>el</strong> control de la contaminación y <strong>el</strong> manejo<br />

adecuado de los desechos.<br />

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4. Su localización estratégica y competitiva que le permite su ubicación en<br />

la fachada caribeña, constituyéndose como receptor y difusor de negocios<br />

de carácter internacional.<br />

5. Usos <strong>d<strong>el</strong></strong> territorio acordes con la valoración de la diversidad de recursos,<br />

considerados como bienes sociales y ambientales, sin menoscabo a las<br />

disposiciones legales.<br />

6. Una zona costera, manejada de forma integral, incluyendo la rehabilitación<br />

y saneamiento de la franja terrestre <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio público.<br />

7. Una infraestructura vial que favorece la integración funcional <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />

Vargas.<br />

8. Un manejo integral de las cuencas hidrográficas, garantizando su función<br />

como productoras de agua y conservación de la cobertura vegetal.<br />

9. Una gestión pública desarrollada mediante mecanismos de coordinación<br />

interinstitucional que permita la distribución adecuada de los recursos<br />

humanos y financieros en la prestación de los servicios públicos.<br />

10. Un <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> actuando como instrumento de contraloría social <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

cumplimiento <strong>d<strong>el</strong></strong> plan.<br />

11. Un marco institucional y legal <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

estado Vargas.<br />

12. Una población ambientalmente educada con pertinencia.<br />

TÍTULO II<br />

DE LAS ACCIONES ESTRUCTURANTES PARA EL USO DEL ESPACIO<br />

CAPÍTULO I<br />

LA DIVERSIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE<br />

DE LA ECONOMÍA DEL ESTADO VARGAS<br />

Artículo 6: Este plan promueve <strong>el</strong> desarrollo sustentable <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, orientado por<br />

un mo<strong>d<strong>el</strong></strong>o productivo socialista, condicionado a las potencialidades y limitaciones<br />

<strong>d<strong>el</strong></strong> medio natural, la tecnología disponible, la optimización <strong>d<strong>el</strong></strong> uso de los espacios,<br />

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y la vigilancia y control de los efectos ambientales de las actividades económicas,<br />

y las consideraciones de amenazas, vulnerabilidad y riesgo. Siguiendo los<br />

lineamientos que a continuación se indican:<br />

1. Dinamizar las economías locales derivadas por la localización <strong>d<strong>el</strong></strong> Aeropuerto<br />

de Maiquetía y <strong>d<strong>el</strong></strong> Puerto de La Guaira.<br />

2. Convertir al Sector Central <strong>d<strong>el</strong></strong> estado un gran centro de intercambios<br />

comerciales y culturales, lo cual implica dotarlo de las instalaciones hot<strong>el</strong>eras<br />

y de servicios <strong>para</strong> los visitantes locales, nacionales e internacionales.<br />

3. Valorizar <strong>el</strong> sector pesquero como actividad r<strong>el</strong>evante y dinamizadora de la<br />

economía regional, aprovechando la configuración territorial, la disponibilidad<br />

de los recursos y la identidad de las comunidades pesqueras.<br />

4. Privilegiar la actividad agrícola en las parroquias Carayaca, Caruao y El<br />

Junko, como espacios con tradición y vocación natural <strong>para</strong> este uso, y que<br />

representan <strong>el</strong> 98% de la producción <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />

5. Reforzar <strong>el</strong> carácter turístico-recreativo <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, aprovechando sus<br />

principales atractivos naturales y culturales, incentivando la inversión pública y<br />

privada capaz de generar nuevos ingresos.<br />

CAPÍTULO II<br />

DE LA DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN<br />

Y DEL SISTEMA DE CENTROS POBLADOS<br />

Artículo 7: El presente Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas,<br />

define una población de 340.337 habitantes de acuerdo a lo establecido en <strong>el</strong><br />

Censo de Población y Vivienda 2001, se debe reorientar <strong>el</strong> crecimiento,<br />

distribución poblacional y organización espacial, en función de las condicionantes,<br />

limitaciones y amenazas naturales. Para <strong>el</strong>lo se deberán seguir los siguientes<br />

lineamientos:<br />

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1. Reforzar <strong>el</strong> Sistema de Centros Poblados, a través de la creación y<br />

promoción de áreas centrales con distintas jerarquías y localizaciones, que<br />

se complementen entre sí y con las funciones a cumplir, brindando<br />

dinamismo a la estructura urbana a través de una adecuada mezcla de<br />

usos y equilibrio en la distribución de las actividades y equipamientos<br />

urbanos, estableciendo <strong>para</strong> <strong>el</strong>lo tres sectores, este, oeste y central, este<br />

último con dos áreas diferenciadas:<br />

Sector Central<br />

Un área con alcance regional, ubicada entre <strong>el</strong> Puerto de La Guaira y <strong>el</strong><br />

Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía, orientada a<br />

convertirse en la principal entrada al Sistema de Centros Poblados a través<br />

de la conexión a la red intermodal de transporte aéreo, terrestre y<br />

marítimo. Deberá comportarse como una zona empleadora en la que se<br />

localizarán servicios gubernamentales, institucionales y especializados en<br />

actividades de apoyo al transporte, equipamientos de ámbito urbano y<br />

nuevas unidades productivas que consoliden la base económica <strong>d<strong>el</strong></strong> Centro<br />

Poblado de Primer Orden (parroquias La Guaira y Maiquetía).<br />

La segunda área, conformada por tres centros poblados de segundo orden<br />

(parroquias: Catia La Mar, Carlos Soublette y Caraballeda) y tres centros<br />

poblados de tercer orden (Urimare, Macuto y Naiguatá), los centros de<br />

segunda jerarquía están orientados al comercio y servicios metropolitanos,<br />

mezclados con residencial y recreacional. Dentro de los de tercera<br />

jerarquía, funcionan Urimare como complemento a la parroquia Catia La<br />

Mar, Macuto destinado a la actividad sociocultural y recreativa, y Naiguatá<br />

cumpliendo funciones complementarias a su correspondiente centro de<br />

segundo orden. A este centro poblado lo complementan centro poblados<br />

locales de 2º orden (Anare, Camurí Grande y El Tigrillo), con cierto niv<strong>el</strong> de<br />

servicios básicos y equipamientos <strong>para</strong> su área de influencia.<br />

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Sector Oeste<br />

Entendido como un centro menor, jerarquizado por centros poblados<br />

locales de 1º orden, Carayaca y El Junko y centros poblados locales de 2º<br />

orden, Tarma-Tirima. En estos centros se concentran servicios primarios,<br />

mezclados con uso agrícola, residencial y recreacional.<br />

Sector Este<br />

Entendido como un centro menor, jerarquizado por un centro poblado local<br />

de 1º orden, La Sabana y un Centro Poblado Local de 2º Orden, Caruao.<br />

En los cuales se concentran servicios primarios, mezclados con<br />

agricultura, residencial y recreacional.<br />

2. El Sistema de Centros Poblados <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas se debe comportar<br />

como uno de los componentes <strong>d<strong>el</strong></strong> Sistema Metropolitano de Caracas en<br />

comunicaciones, transporte de personas y bienes nacionales e<br />

internacionales, así como la principal área de expansión recreacional.<br />

3. Controlar la expansión urbana <strong>d<strong>el</strong></strong> Sector Central en concordancia con sus<br />

potencialidades, considerando las limitaciones de espacio aprovechable y<br />

la factibilidad de incorporación a los servicios, tomando en cuenta las<br />

amenazas naturales y los riesgos potenciales, a fin de limitar <strong>el</strong> incontrolado<br />

proceso de ocupación de la población.<br />

4. Desarrollar infraestructuras que permitan la especialización de los centros<br />

poblados, en función de lo establecido en <strong>el</strong> Plan de Ordenamiento y<br />

Reglamento de Uso <strong>d<strong>el</strong></strong> Área de Protección y Recuperación <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />

Vargas (Eje Arrecife- Los Caracas), publicado en Gaceta Oficial de la<br />

República Bolivariana de Venezu<strong>el</strong>a Nº 5.758, de fecha 27/01/2005,<br />

Decreto N° 3.413 de fecha 11/01/2005 y <strong>el</strong> Plan de Ordenación Urbanística<br />

<strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas (POU), publicado en Gaceta Oficial de la República<br />

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Bolivariana de Venezu<strong>el</strong>a Nº 5.927 Extraordinaria de fecha 27 de junio de<br />

2009.<br />

5. Formular los respectivos planes territoriales urbanísticos <strong>para</strong> garantizar un<br />

desarrollo acorde con las potencialidades y restricciones existentes y con la<br />

función que le corresponde cumplir.<br />

6. Desarrollar y fortalecer la infraestructura de comunicaciones y equipamiento<br />

urbano, de apoyo al sistema de ciudades, que contribuyan a mejorar la<br />

calidad de vida de la población y a crear condiciones favorables a la<br />

inversión pública y privada.<br />

7. Actuar en la creación de nuevas ciudades sustentables como Ciudad<br />

Caribean, <strong>para</strong> generar transformaciones hacia <strong>el</strong> fortalecimiento y<br />

mejoramiento de las ciudades, centros poblados, urbanizaciones populares,<br />

zonas o poblaciones rurales y centros históricos, tendiendo hacia la<br />

integración de ejes comunales, que se articulen funcional y territorialmente<br />

como espacios sociopolíticos bajo un mo<strong>d<strong>el</strong></strong>o de producción socialista.<br />

8. Garantizar la consolidación de las Áreas Vitales de Vivienda y Residencia<br />

en Playa Grande, Ciudad Caribean y Catia La Mar, declaradas mediante<br />

Decreto Nº 8.041, de fecha 13 de febrero de 2011, publicado en G.O. N°<br />

383.456, de fecha 14/02/2011, y su integración a la trama urbana<br />

9. Promover <strong>el</strong> desarrollo de los Núcleos de Desarrollos Endógenos, como<br />

espacios <strong>d<strong>el</strong></strong> territorio orientados al desarrollo rural integrado, a través de<br />

los planes de manejo correspondientes al medio rural, con <strong>el</strong> fin de apoyar<br />

la producción de sus recursos agrícolas, forestales, faunísticos, etc., según<br />

lo establece <strong>el</strong> marco legal vigente, garantizando la participación<br />

autogestionaria de los diferentes actores.<br />

10. Propiciar la gestión territorial de las áreas urbanas que están dentro de<br />

las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (Abrae).<br />

11. Impulsar la conformación de un Distrito Motor de Desarrollo en la parroquia<br />

Carayaca a través de la declaratoria de una Unidad Territorial consolidada,<br />

dirigiendo los esfuerzos institucionales a tales fines, de acuerdo a lo<br />

establecido en la Ley <strong>d<strong>el</strong></strong> Consejo Federal de Gobierno y su Reglamento.<br />

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12. Guiar las actuaciones <strong>d<strong>el</strong></strong> Sistema Urbanístico, contempladas en <strong>el</strong> Plan de<br />

Ordenación Urbanística <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, publicado en Gaceta Oficial de<br />

la República Bolivariana de Venezu<strong>el</strong>a, Nº 5.927 Extraordinaria de fecha 27<br />

de junio de 2009.<br />

13. Se formularán los planes especiales de los Centros Poblados <strong>d<strong>el</strong></strong> Sector<br />

Central, <strong>el</strong> cual servirá de base <strong>para</strong> revisar las ordenanzas vigentes y<br />

ajustarlas a las orientaciones contenidas en este plan y las que se<br />

desprenden <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan de Ordenamiento y Manejo <strong>d<strong>el</strong></strong> Área de Protección y<br />

Recuperación <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas (APRA), y <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan de Ordenación<br />

Urbanística <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas (POU).<br />

14. El Plan de Desarrollo Urbano local y los planes especiales deberán de<br />

tomar en cuenta las proyecciones de crecimiento establecidos en <strong>el</strong> Plan<br />

Estadal, considerando y ampliando los estudios sobre la variable riesgo y<br />

sobre <strong>el</strong> manejo de los desechos sólidos incorporando la vialidad como<br />

<strong>el</strong>emento estructurante de forma que garantice <strong>el</strong> aprovechamiento <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

potencial turístico recreacional <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, promoviendo la conservación de<br />

áreas naturales y culturales de importancia, utilizando las playas, los<br />

canales y sus márgenes, plazas, paseos y bulevares como integradores <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

espacio construido y como espacios públicos que promuevan la integración<br />

social.<br />

Artículo 8: A los fines de este plan se definen las categorías <strong>d<strong>el</strong></strong> sistema de<br />

centros poblados de la siguiente manera:<br />

Centros Mayores:<br />

Son centros que proporcionan servicios especializados a su población y<br />

constituyen <strong>el</strong> asiento de los poderes públicos. Éstos a su vez se han dividido en:<br />

Centro Poblado de Primer Orden. Centro que incluye la capital <strong>d<strong>el</strong></strong> estado y es<br />

asiento de las actividades político-administrativas y económicas a niv<strong>el</strong> estadal, y<br />

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que además cumplen funciones de alcance metropolitano (comunicación y<br />

recreación). Ofrece diversos servicios a la población de todo <strong>el</strong> estado. Estos<br />

centros se apoyan en centros alternos dentro <strong>d<strong>el</strong></strong> espacio regional.<br />

Centro Poblado de Segundo Orden. Centro prestatario de servicios más<br />

especializados como hospitales, educación básica y diversificada, servicios<br />

administrativos, comercio al mayor, banca, etc., y que además cumplen una<br />

función de alcance metropolitano (recreación). Estos centros se apoyan en<br />

centros alternos dentro <strong>d<strong>el</strong></strong> espacio estadal.<br />

Centro Poblado de Tercer Orden. Son centros prestadores de servicio a sus<br />

propias poblaciones y zonas aledañas, cumpliendo funciones complementarias a<br />

su correspondiente centro de segundo orden.<br />

Centros Menores:<br />

Son centros que proporcionan servicios básicos a su población. Éstos a su vez se<br />

han dividido en:<br />

Centros Poblados Locales de 1º Orden. Por lo general, son capitales de<br />

parroquia y tienen algunos servicios de apoyo <strong>para</strong> centros terminales y<br />

dependientes, como asistenciales y educativos.<br />

Centros Poblados Locales de 2º Orden. Centros poblados de más de<br />

1.000 habitantes, con cierto niv<strong>el</strong> de servicios básicos y equipamientos<br />

<strong>para</strong> su área de influencia.<br />

Centros Poblados Terminales. Corresponde a centros poblados con<br />

poblaciones menores a 1.000 habitantes. Lo integran los poblados que<br />

están dotados con algún tipo de servicios.<br />

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Centros Poblados Dependientes. Son poblaciones que por lo general, no<br />

cuentan con servicios y dependen totalmente do otros.<br />

Artículo 9: Este Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio define un sistema de centros<br />

poblados a niv<strong>el</strong> estadal estructurado que establece los siguientes niv<strong>el</strong>es y<br />

funciones:<br />

Centros Mayores:<br />

1. Centros Poblados de 1º Orden, corresponde al Sector Central,<br />

conformado por la áreas urbanas de Maiquetía y La Guaira, como núcleo<br />

administrativo y de servicios.<br />

2. Centros Poblados de 2° Orden, corresponde al Sector Central,<br />

conformado por la áreas urbanas de Catia La Mar, Carlos Soublette y<br />

Caraballeda, como centro administrativo y de servicios (residenciales y<br />

turísticas-recreacionales).<br />

3. Centros Poblados de 3° Orden, corresponde al Sector Central,<br />

conformado por la áreas urbanas de Urimare, Macuto y Naiguatá, como<br />

centro administrativo y de apoyo a los servicios residencial, comercial y<br />

turístico-recreacional.<br />

4. Centros Menores: Son centros que proporcionan servicios esenciales a<br />

su población y corresponden a los sectores Este y Oeste. Éstos a su vez<br />

se han dividido en:<br />

a. Centros Poblados Locales (1er) Orden: Corresponden a los<br />

centros urbanos de: Carayaca, El Junko y Caruao. Las áreas<br />

urbanas que los representan son, Carayaca, El Junko y La Sabana,<br />

con características urbano-rural, siendo las mismas capitales de<br />

parroquia, que funcionan como centros de servicios de menor orden<br />

y dependientes de centros poblados mayores. Como centros de<br />

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apoyo y servicios (residencial, comercial y de apoyo a la actividad<br />

turística).<br />

b. Centros Poblados Locales (2do) Orden: Corresponden a los<br />

centros poblados (Tarma-Tirima, Anare, Camurí Grande, El Tigrillo y<br />

Caruao) con más de 1.000 habitantes, con cierto niv<strong>el</strong> de servicios<br />

básicos y equipamiento <strong>para</strong> su área de influencia. Como centros de<br />

apoyo a las actividades (residencial, asistencial, agrícola y turísticarecreacional).<br />

c. Centros Poblados Terminales: Corresponde a los centros<br />

poblados (Petaquire, La Salina, Chichiriviche, Puerto Cruz, Chuspa,<br />

Osma, Oritapo y Todasana), que funcionan con bajo niv<strong>el</strong> de<br />

servicios, con actividades fundamentales como: agrícolas, turístico-<br />

recreacional y pesca artesanal. Como centro de apoyo a las<br />

actividades (residencial, agrícola, pesquero y turístico-recreacional).<br />

d. Centros Poblados Dependientes: Está integrado por los centros<br />

poblados localizados en forma dispersa, que no cuentan con<br />

servicios y dependen totalmente de otros. Corresponde a los<br />

centros poblados (Palo e Vaca y Quebrada Seca).<br />

Artículo 10: A los efectos de este Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio y en función a<br />

la Jerarquización <strong>d<strong>el</strong></strong> Sistema de Ciudades (centros poblados), se establece bajo la<br />

responsabilidad de los organismos competentes en <strong>el</strong> área, las siguientes acciones<br />

contempladas en <strong>el</strong> Anexo Nº 1.<br />

CAPÍTULO III<br />

DEL PATRIMONIO CULTURAL<br />

Artículo 11: El Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, consagra de<br />

manera prioritaria la protección y defensa <strong>d<strong>el</strong></strong> patrimonio cultural <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, por<br />

constituir este un recurso que puede ser aprovechado <strong>para</strong> mejorar la calidad de<br />

vida de la población, por cuanto:<br />

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1. Su conservación representa beneficios subjetivos <strong>para</strong> la población <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

estado, toda vez que le permite mantener sus vínculos afectivos y de<br />

identidad con su comunidad, mejorando su autoestima y logrando su<br />

participación responsable en la autogestión de sus comunidades.<br />

2. Gestionado con criterios de respeto y sustentabilidad, <strong>el</strong> patrimonio<br />

cultural de las comunidades tradicionales, se convierte en un recurso que<br />

puede ser incorporado a la oferta turística regional, logrando con <strong>el</strong>lo,<br />

mantener a la población en sus localidades al promocionar la producción<br />

de manufacturas locales y desarrollar nuevas actividades r<strong>el</strong>acionadas<br />

con <strong>el</strong> turismo, creando fuentes de trabajo y, por tanto, <strong>el</strong>evando su<br />

calidad de vida.<br />

3. Debe servir, si se enfoca hacia <strong>el</strong> turismo interno, como un factor de<br />

integración nacional, al fomentar <strong>el</strong> aprecio y <strong>el</strong> respecto hacia<br />

manifestaciones y costumbres diferentes dentro <strong>d<strong>el</strong></strong> mismo país que, a su<br />

vez, integran una nacionalidad multiétnica y pluricultural. Si se enfoca<br />

hacia <strong>el</strong> turismo externo, a partir <strong>d<strong>el</strong></strong> turismo cultural sirve <strong>para</strong> mostrar las<br />

características distintivas de nuestra identidad.<br />

Artículo 11: Este Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, promueve<br />

la protección y defensa <strong>d<strong>el</strong></strong> patrimonio cultural, a través de las acciones siguientes:<br />

Acciones Generales<br />

1. Elaborar un plan de protección legal <strong>d<strong>el</strong></strong> patrimonio cultural <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />

2. Desarrollar un programa de fortalecimiento institucional <strong>para</strong> la atención <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

patrimonio cultural y natural <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />

3. Fortalecer la normativa legal y promover <strong>el</strong> desarrollo institucional <strong>para</strong> la<br />

gestión <strong>d<strong>el</strong></strong> patrimonio cultural y natural <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />

4. Establecer programas de investigación sobre <strong>el</strong> patrimonio cultural <strong>d<strong>el</strong></strong> estado,<br />

con miras a su definición, declaración y reglamentación.<br />

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5. Promover la <strong>el</strong>aboración de planes de manejo en los cascos históricos y<br />

centros tradicionales.<br />

6. Establecer la poligonal <strong>para</strong> definir los cascos históricos y centros<br />

tradicionales.<br />

7. Definir programa de protección y vigilancia <strong>d<strong>el</strong></strong> patrimonio cultural y ambiental<br />

<strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas de forma concertada entre <strong>el</strong> sector público, privado y<br />

sociedad civil organizada.<br />

8. Determinar a través de los Planes de Ordenamiento Urbano Local o de Planes<br />

Especiales, la capacidad de carga de los cascos históricos y centros<br />

tradicionales.<br />

Acciones Específicas<br />

1. En r<strong>el</strong>ación con los cascos históricos y centros tradicionales:<br />

a) Elaborar instrumentos o directrices técnicas <strong>para</strong> la valoración,<br />

conservación y protección de los sitios y centros poblados con valor<br />

patrimonial, que permitan identificar los centros poblados que presenten<br />

valores: histórico, arquitectónico, urbano, ambientales, sociales y<br />

culturales, arqueológicos, tecnológicos e industriales.<br />

b) Desarrollar programas de actuaciones conjuntas, que puedan estar a<br />

disposición de las administraciones locales y de las comunidades<br />

interesadas en promover la conservación de su patrimonio cultural. Los<br />

que procurarán los objetivos siguientes:<br />

i. Reforzar y fortalecer <strong>el</strong> rol de los cascos históricos y centros<br />

tradicionales, con la participación de los entes<br />

gubernamentales,<br />

organizada.<br />

estatales, municipales y comunidad<br />

ii. Recuperar la vocación residencial y comercial en las áreas con<br />

valor patrimonial.<br />

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iii. Impulsar acciones de recuperación, protección y desarrollo <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

medio ambiente.<br />

iv. Promover <strong>el</strong> turismo cultural.<br />

v. Impulsar la participación de las inversiones privadas.<br />

vi. Desarrollar escenarios económicos y potenciar la autogestión<br />

social.<br />

c) Identificar y fomentar alianzas <strong>para</strong> la participación de los entes implicados,<br />

entidades, organizaciones y los ciudadanos que propicien <strong>el</strong> uso cultural<br />

como recurso a desarrollarse a través <strong>d<strong>el</strong></strong> turismo.<br />

d) Elaborar diversos planes, programas y proyectos con criterios de<br />

sostenibilidad con fines <strong>para</strong> la conservación y ejecución, a través de la<br />

cooperación de los diferentes entes involucrados.<br />

e) Fortalecer los programas de técnicas de intervención y programas de<br />

difusión y divulgación.<br />

2. En r<strong>el</strong>ación con <strong>el</strong> Patrimonio Inmueble:<br />

a. Completar y ampliar, a través de los órganos competentes, <strong>el</strong> registro o<br />

inventario de los componentes de los Bienes Inmuebles <strong>d<strong>el</strong></strong> Patrimonio<br />

Cultural y de Interés Cultural en todo <strong>el</strong> estado, principalmente en las<br />

poblaciones de las parroquias Carayaca, El Junko, Catia la Mar, Urimare,<br />

Carlos Soublette, Maiquetía, La Guaira, Macuto, Caraballeda, Naiguatá y<br />

Caruao.<br />

b. Realizar las declaratorias como Bien de Interés Cultural, Monumento<br />

Nacional o Municipal que sean pertinentes y necesarias.<br />

c. Realizar los planes correspondientes de protección de las áreas urbanas y<br />

los proyectos de intervención necesarios en cada uno de los casos, que<br />

incluyen trabajos de consolidación, conservación Preventiva, restauración,<br />

rehabilitación, reconstrucción, remo<strong>d<strong>el</strong></strong>ación o construcción de nuevas<br />

edificaciones, todo esto con una visión integral y de futuro donde <strong>el</strong><br />

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Patrimonio Cultural se convierta en motor de la revitalización social,<br />

cultural y económica <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />

3. En r<strong>el</strong>ación con los Bienes Muebles:<br />

a) Actualizar y ampliar, en coordinación con los organismos competentes <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

poder nacional y local, <strong>el</strong> registro de los bienes muebles con inclusión de<br />

las parroquias El Junko y Catia La Mar.<br />

b) Elaborar <strong>el</strong> diagnóstico y programación de acciones de preservación de los<br />

bienes muebles registrados e inventarios en las distintas parroquias en<br />

coordinación con los organismos competentes.<br />

4. En r<strong>el</strong>ación con <strong>el</strong> Patrimonio Arqueológico y Paleontológico:<br />

a) La actualización <strong>d<strong>el</strong></strong> registro de sitios arqueológicos.<br />

b) Reconocimientos de nuevas áreas geográficas que quedaron al<br />

descubierto luego de los sucesos <strong>d<strong>el</strong></strong> año de 1999.<br />

i) Establecer como requisito obligatorio, la realización de trabajos<br />

de evaluaciones arqueológicas en las áreas en que se<br />

considere la realización de trabajos de construcción (viviendas,<br />

vialidad, etc.) y actividades agrícolas, las cuales podrían<br />

afectar sitios arqueológicos que se encuentren enterrados y<br />

que no sean evidentes en <strong>el</strong> niv<strong>el</strong> superficial.<br />

ii) Realizar investigaciones arqueológicas en sitios donde se<br />

evidencie o se presuma la existencia de restos arqueológicos,<br />

<strong>para</strong> lograr una mejor reconstrucción de la historia regional.<br />

5. En r<strong>el</strong>ación con <strong>el</strong> Patrimonio Vivo <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas:<br />

a. Crear una red de alianzas estratégicas conformadas por los entes<br />

vinculados a la cultura dependientes de la Gobernación y de la<br />

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Alcaldía y Concejo Municipal, así como también cofradías, museos,<br />

sectores educativos, juntas parroquiales, consejos comunales,<br />

grupos culturales, grupos ambientalistas, gremios profesionales,<br />

gremios y asociaciones diversas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas <strong>para</strong> trabajar por<br />

la conservación <strong>d<strong>el</strong></strong> patrimonio viviente.<br />

b. Diagnosticar <strong>el</strong> estado en que se encuentran las comunidades <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

estado Vargas <strong>para</strong> rescatar y reactivar a través de <strong>el</strong>los la identidad<br />

cultural, idiosincrasia y <strong>el</strong> sentido de pertenencia de los lugareños.<br />

c. Diseñar un plan de revalorización y revitalización <strong>d<strong>el</strong></strong> patrimonio<br />

viviente <strong>d<strong>el</strong></strong> estado a corto, mediano y largo plazo con carácter<br />

multidisciplinario a fin de rescatar y divulgar su memoria colectiva,<br />

su tradición oral, que le da sentido a su existencia.<br />

d. Propiciar encuentros con organizaciones culturales y comunidades<br />

organizadas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />

e. Incorporar al Patrimonio Viviente a los planes de reconstrucción y<br />

revitalización integral, a fin de conocer con mayor precisión la<br />

historia viva de la localidad.<br />

CAPÍTULO IV<br />

DE LOS USOS PRIORITARIOS DEL TERRITORIO<br />

Artículo 12: Las proposiciones de uso <strong>d<strong>el</strong></strong> espacio, contenidas en este Plan de<br />

Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, se orientan por los siguientes criterios:<br />

1. Limitación de la superficie aprovechable <strong>para</strong> los diferentes usos en<br />

función de la variable riesgo y las restricciones derivadas de las figuras<br />

jurídicas de protección.<br />

2. Realizar <strong>el</strong> manejo integral de las Cuencas Hidrográficas como un proceso<br />

participativo de la población y usuarios, formulando, gestionando y<br />

ejecutando un conjunto integrado de acciones sobre <strong>el</strong> medio natural y la<br />

estructura social, económica, institucional y legal.<br />

3. Garantizar la cobertura y suministro de los servicios en red<br />

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SECCIÓN I<br />

DEL USO URBANO<br />

Artículo 13: Se tendrá como uso urbano, <strong>el</strong> espacio correspondiente al ámbito<br />

espacial de los centros poblados <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas distribuido e identificado en <strong>el</strong><br />

Mapa de Uso Actual (Anexo Nº 2)<br />

Artículo 14: El organismo competente debe <strong>el</strong>aborar en un plazo de dos años, <strong>el</strong><br />

Plan de Desarrollo Urbano Local, tomando en consideración los aspectos<br />

siguientes:<br />

1) Umbrales de crecimiento acordes con las disponibilidades <strong>d<strong>el</strong></strong> recurso<br />

agua;<br />

2) Los estudios sobre la variable riesgo;<br />

3) Manejo de los desechos sólidos;<br />

4) La vialidad como <strong>el</strong>emento estructurante, de forma que garantice <strong>el</strong><br />

aprovechamiento <strong>d<strong>el</strong></strong> potencial turístico recreacional <strong>d<strong>el</strong></strong> estado y optimice<br />

<strong>el</strong> transporte y las comunicaciones.<br />

5) La conservación de áreas naturales de importancia, utilizando las playas,<br />

los ríos y sus márgenes, plazas, paseos y bulevares como integradores <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

espacio construido y como espacios públicos que promuevan la<br />

integración social.<br />

6) Las edificaciones en los cascos tradicionales de las zonas urbanas,<br />

adaptadas a la tipología local y garantizando la conservación <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

patrimonio cultural <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />

7) Los servicios y sistemas necesarios, <strong>para</strong> asegurar la atención de<br />

emergencias y desastres de orden natural, social o tecnológico de acuerdo<br />

a las normas establecidas internacionalmente.<br />

8) La dotación, recuperación y mejoras de la infraestructura básica de<br />

servicios <strong>para</strong> todos los centros poblados.<br />

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Artículo 15: Revisar y aprobar los Planes Especiales y Ordenanzas de<br />

Zonificación de las parroquias Naiguatá, Caraballeda, Macuto y <strong>el</strong> sector La<br />

Atlántida de la parroquia Catia La Mar.<br />

Artículo 16: Revisar y aprobar los Planes Especiales UPF-4 Tacagua, parroquia<br />

Urimare y UPF-6, La Guaira, parroquia La Guaira.<br />

Artículo 17: Revisar y aprobar los Planes Especiales de los sectores San Julián,<br />

parroquia Caraballeda, Cerro Los Blancos y Cerro Los Negros, parroquia<br />

Naiquatá y El Pozo, parroquia Carayaca.<br />

Artículo 18: Definir y <strong>d<strong>el</strong></strong>imitar <strong>el</strong> área de expansión urbana de los centros<br />

poblados de las parroquias Caruao y Carayaca, tomando en consideración la<br />

accesibilidad, servicios y otros, y aqu<strong>el</strong>las derivadas <strong>d<strong>el</strong></strong> análisis de amenazas,<br />

vulnerabilidades y riesgos.<br />

Artículo 19: Evaluar la situación de los asentamientos urbanos no regulares, a fin<br />

de establecer criterios <strong>para</strong> su consolidación o reubicación.<br />

Artículo 20: Definir espacios dentro <strong>d<strong>el</strong></strong> estado en los que de acuerdo a sus<br />

condiciones técnicas y legales, puedan ser aprovechados <strong>para</strong> la r<strong>el</strong>ocalización<br />

de asentamientos poblados en situación de damnificados o riesgo.<br />

Artículo 21: Definir las poligonales de las áreas en situación de riesgo a fin de<br />

establecer una reglamentación que establezca la prohibición de su ocupación.<br />

SECCIÓN II<br />

DEL USO AGRÍCOLA<br />

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Articulo 22: Se definen <strong>el</strong> uso agrícola de la porción de las parroquias Carayaca,<br />

Caruao, El Junko, las cuales representan <strong>el</strong> 98% de la actividad, que se identifican<br />

en <strong>el</strong> mapa de uso y en menor proporción Macuto, Naiguatá, Catia La Mar,<br />

Caraballeda, Maiquetía.<br />

Articulo 23: Reforzar <strong>el</strong> uso agrícola en aqu<strong>el</strong>las zonas donde su uso actual sea<br />

compatible y sus potencialidades así lo permitan, y la variable cambio tecnológico<br />

lo garantice; entretanto, ajustarlo o modificarlo en los casos contrarios garantizando<br />

<strong>el</strong> cumplimiento de las condiciones <strong>d<strong>el</strong></strong> uso, aprovechamiento y manejo de las<br />

aguas.<br />

Artículo 24: El uso agrícola comprende <strong>el</strong> desarrollo y establecimiento de<br />

actividades agrícolas, las cuales estarán sujetas a:<br />

1. Las condiciones específicas <strong>para</strong> la explotación de cultivos permanentes son las<br />

siguientes:<br />

a) En terrenos cuya pendiente máxima sea de 50%, ya intervenidas y que sean<br />

aptos <strong>para</strong> cultivos conservacionistas están obligados a utilizar prácticas de<br />

conservación de su<strong>el</strong>os y aguas, tales como: siembra en contorno, rotación<br />

de cultivos, plantas de cobertura, barreras vivas y/o muertas, cortinas<br />

rompevientos, terrazas individuales, zanjas de ladera, muros de piedra,<br />

control de agua de escorrentía y cualquier otra práctica que determine <strong>el</strong><br />

<strong>Ministerio</strong> <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong>.<br />

2. Los cultivos limpios de ciclo corto se deben ubicar en terrenos con pendientes<br />

menores al 15%, con prácticas de conservación tales como: fajas alternas y<br />

rotación de cultivos, debiendo además establecerse sistemas de reposo <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

su<strong>el</strong>o.<br />

3. Las áreas bajo cultivos que no cumplan con las condiciones establecidas en <strong>el</strong><br />

presente plan al momento de la publicación <strong>d<strong>el</strong></strong> mismo, deben cumplir con las<br />

siguientes disposiciones:<br />

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a) Las áreas con pendientes superiores al 50% que estén bajo cultivo, deben<br />

ser incorporadas a un uso protector, mediante programas de reforestación.<br />

b) Los cultivos limpios o de escarda, de ciclo corto, ubicados en áreas con<br />

pendientes mayores al 15%, deben ser sustituidos por cultivos densos o<br />

permanentes, previa evaluación de los ministerios <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> de<br />

Agricultura y Tierras y de <strong>Ambiente</strong>.<br />

4. Se permite <strong>el</strong> establecimiento de viveros, sujetos al cumplimiento de las<br />

siguientes condiciones:<br />

a) Ubicarse en terrenos con pendientes menores a 20%, cumpliendo con las<br />

prácticas establecidas en este plan y las que determine la Dirección Estadal<br />

Ambiental <strong>d<strong>el</strong></strong> Distrito Capital y estado Vargas <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Ministerio</strong> <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong><br />

<strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong>.<br />

5. La actividad animal comprende la apicultura, la explotación de la ganadería<br />

bovina lechera bajo estabulación y la explotación de otras especies de ganadería<br />

menor con excepción de ganado porcino.<br />

6. Se podrán desarrollar granjas de ovino y caprino, bajo medidas de control<br />

establecidas por <strong>el</strong> <strong>Ministerio</strong> <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong> y Tierras.<br />

a) Se prohíbe la ganadería extensiva.<br />

b) La explotación comercial de otras especies de ganado menor u otras<br />

especies animales, diferentes a las especificadas anteriormente, está sujeta<br />

a la evaluación <strong>d<strong>el</strong></strong> proyecto respectivo por parte de los ministerios <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong><br />

<strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong> y de Agricultura y Tierras, a fin de establecer las<br />

condiciones específicas de intensidad de uso, de aguas servidas, residuos<br />

sólidos y productos tóxicos.<br />

c) Las explotaciones pecuarias establecidas antes de la promulgación de este<br />

decreto y cuya permanencia sea posible de acuerdo a las disposiciones aquí<br />

contenidas, continuarán funcionando bajo la condición de instalar los<br />

sistemas necesarios dentro de un plazo no mayor de un (1) año a partir de la<br />

fecha de promulgación <strong>d<strong>el</strong></strong> presente decreto, <strong>para</strong> <strong>el</strong> tratamiento de los<br />

efluentes líquidos, residuos sólidos y productos tóxicos, y adecuar sus<br />

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construcciones a los requerimientos establecidos por <strong>el</strong> <strong>Ministerio</strong> <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong><br />

<strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong> y por otros organismos competentes.<br />

d) Se permite la cría de animales domésticos <strong>para</strong> autoconsumo con la<br />

excepción de porcinos, siempre y cuando las excretas y aguas residuales no<br />

sean vertidas directamente a los cursos y cuerpos de agua superficiales,<br />

permanentes, intermitentes y efímeros, recomendándose <strong>el</strong> aprovechamiento<br />

de estos residuos como abono orgánico.<br />

7. Granjas avícolas y granjas integrales: permitirlas y estimularlas, según sea <strong>el</strong><br />

caso, cuando las condiciones ecológicas y las tecnologías asociadas al manejo<br />

de efluentes, residuos y excretas, y <strong>el</strong> uso <strong>d<strong>el</strong></strong> agua, así lo recomienden, a criterio<br />

de los ministerios <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong> y de Agricultura y Tierras.<br />

8. Horticultura intensiva: limitaciones al manejo de los fertilizantes y pesticidas,<br />

especialmente en aqu<strong>el</strong>las ubicadas aguas arriba <strong>d<strong>el</strong></strong> embalse de Petaquire,<br />

donde este uso puede ser sustituido o combinado con otros usos (ganadería<br />

estabulada y con manejo adecuado de efluentes, residuos y excretas, y otros), a<br />

criterio de los ministerios <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong> y de Agricultura y<br />

Tierras.<br />

9. En la franja seca entre los 600 y los 1.000 mm de lluvia, se sugiere la<br />

localización puntual de granjas avícolas, con manejo adecuado de efluentes,<br />

residuos y excretas, granjas integrales, frutales adecuados y de cierta rusticidad,<br />

ensayando la introducción de nuevas especies.<br />

10. En la franja aún más seca, por debajo de los 600 mm de lluvia y 600 msnm, se<br />

pueden introducir algunos cultivos como la sábila, tuna y otros, a criterio de los<br />

ministerios <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong> y de Agricultura y Tierras.<br />

11. Las actividades r<strong>el</strong>acionadas con <strong>el</strong> uso agrícola se realizarán bajo la vigilancia<br />

<strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Ministerio</strong> <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> <strong>para</strong> la Agricultura y Tierras, <strong>d<strong>el</strong></strong> Instituto<br />

Nacional de Tierras y otros organismos, adscritos a los Programas de Reforma<br />

Agraria <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />

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Artículo 25: Prohibir <strong>el</strong> desarrollo de la actividad porcina y propiciar <strong>el</strong> cambio <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

sistema en las granjas porcinas aun existentes, implementando las acciones de<br />

saneamiento ambiental, dentro <strong>d<strong>el</strong></strong> marco legal competente.<br />

Artículo 26: Limitar y minimizar <strong>el</strong> manejo de agroquímicos, principalmente en las<br />

cuencas de los ríos Petaquire, Uricao y <strong>el</strong> Limón donde este uso puede ser<br />

sustituido por métodos biológicos sustentables y sostenibles.<br />

Artículo 27: Para la superficie <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas asignada con uso agrícola, previo<br />

la realización de los estudios correspondientes, deberá formularse un programa de<br />

conservación de cuencas, así como planes de manejo en las áreas más<br />

vulnerables.<br />

Artículo 28: Establecer un cronograma de siembra atendiendo a las<br />

especificidades <strong>d<strong>el</strong></strong> ciclo climático <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, privilegiando la siembra de<br />

rubros como: frutales: aguacate, limón, parchita, guayaba, mango y naranja,<br />

cultivos tropicales: Café y cacao, musáceas: plátano y cambur y en menor escala,<br />

la siembra de hortalizas, a ci<strong>el</strong>o abierto o en invernadero, evitando la<br />

contaminación por agroquímicos y la deforestación.<br />

Artículo 29: Implantar un centro agropecuario <strong>para</strong> brindar asistencia técnica,<br />

capacitación en materia agraria y otros, en las actividades de sanidad<br />

agropecuaria, su<strong>el</strong>os y fertilizantes, riego, saneamiento, mecanización y rubros<br />

especializados y desarrollar un centro de acopio y las infraestructuras necesarias<br />

<strong>para</strong> la comercialización de los rubros, así como incorporar a la población que<br />

participa en las actividades agrícolas en las misiones sociales desarrolladas por <strong>el</strong><br />

estado y <strong>el</strong> acompañamiento de los consejos comunales <strong>d<strong>el</strong></strong> estado y su formación<br />

sociopolítica.<br />

Artículo 30: Incorporar al estado Vargas al “Plan Café”, que permita desarrollar la<br />

red socioproductiva <strong>d<strong>el</strong></strong> rubro, reactivando <strong>el</strong> mercado de este cultivo, promoviendo<br />

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centros de acopio sectorizados y puntos de comercialización <strong>d<strong>el</strong></strong> producto,<br />

perfeccionando la recuperación genética y optimizando su variedades.<br />

Articulo 31: Recuperar la operatividad de las plantas procesadoras de café<br />

ubicadas en la parroquia Carayaca.<br />

Articulo 32: Regularizar la tenencia de la tierra, que permita al productor mejorar<br />

la calidad de vida, a través de acceso a créditos, apoyo técnico, suministro de<br />

insumos, optimización en la cadena de comercialización, entre otros.<br />

Articulo 33: Rescatar la cultura de cultivos de café y cacao por su valor histórico<br />

y estratégico y por la potencialidad de los su<strong>el</strong>os <strong>para</strong> estos rubros.<br />

Artículo 34: Crear <strong>el</strong> Consejo Regional de Caficultores, incorporando los<br />

productores de café orgánico bajo sombra en los sectores: La Alegría, Peñita<br />

Arriba, El Lirial y El Raizudo <strong>d<strong>el</strong></strong> Asentamiento Campesino La Peñita, en <strong>el</strong> sector<br />

San Esteban <strong>d<strong>el</strong></strong> Asentamiento Campesino San Esteban y en <strong>el</strong> sector El Tigre de<br />

la Hacienda El Limón, todos en la parroquia Carayaca <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />

Artículo 35: Continuar con <strong>el</strong> proceso de recuperación de tierras ociosas con<br />

vocación agrícola.<br />

Artículo 36: Consolidar <strong>el</strong> Fundo Zamorano “José María España”.<br />

Artículo 37: Consolidar la propuesta de Comuna Socialista Gran Bucaral.<br />

Artículo 38: Realizar <strong>el</strong> levantamiento de los asentamientos campesinos <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

estado utilizando los geoposicionadores sat<strong>el</strong>itales de precisión, <strong>para</strong> garantizar la<br />

calidad y confiabilidad de la información levantada en campo.<br />

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Articulo 39: Promover la creación de escu<strong>el</strong>as granjas en los sectores de mayor<br />

actividad agrícola.<br />

SECCIÓN III<br />

DEL USO PESQUERO<br />

Artículo 40: Se definen <strong>para</strong> <strong>el</strong> uso pesquero, aqu<strong>el</strong>las áreas costeras donde<br />

se realizan actividades de pesca, donde están establecidas comunidades de<br />

pescadores o la localización de servicios que <strong>el</strong>las exijan, las cuales se identifican<br />

como CP en <strong>el</strong> Mapa de Propuestas (Anexo Nº 3), las cuales se señalan en <strong>el</strong><br />

cuadro siguiente:<br />

CUADRO Nº 1<br />

COMUNIDADES PESQUERAS<br />

COMUNIDADES PESQUERAS PARROQUIA<br />

Puerto Maya, Puerto Cruz,<br />

Chichiriviche, Puerto Carayaca,<br />

Arrecife<br />

La Zorra, Playa Verde, La Guaira,<br />

Macuto, Caraballeda<br />

Fuente. COTEV, 2010<br />

Artículo 41: El presente plan de ordenación establece <strong>para</strong> los espacios<br />

marítimos y terrestres destinados al uso pesquero, especificados en <strong>el</strong> artículo<br />

anterior, a través de las acciones siguientes:<br />

Carayaca<br />

Naiguatá y Anare Naiguatá<br />

Osma, Todasana, Urama, La Sabana,<br />

Caruao y Chuspa<br />

Catia La Mar, Urimare, Maiquetía La<br />

Guaira, Macuto, Caraballeda<br />

Caruao<br />

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1. Promover, fomentar y desarrollar la producción pesquera con miras a<br />

lograr la satisfacción de las necesidades de consumo <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas<br />

y de la Región Capital, garantizando su aprovechamiento sustentable<br />

mediante mecanismos permanentes de control.<br />

2. Coordinar y promover con los entes competentes al desarrollo,<br />

construcción y mejora de las infraestructuras necesarias en materia<br />

pesquera, tales como: puertos, mu<strong>el</strong>les pesqueros, astilleros, cadenas de<br />

frío, plantas o establecimientos <strong>para</strong> la producción, conservación,<br />

procesamiento <strong>d<strong>el</strong></strong> pescado y otros frutos <strong>d<strong>el</strong></strong> mar, fortaleciendo los<br />

servicios de apoyo a embarcaciones en combustible y lubricantes.<br />

3. Estimular a los consejos de pescadores en las actividades propias y<br />

tradicionales, que permitan <strong>el</strong> incremento <strong>d<strong>el</strong></strong> potencial turístico<br />

recreacional, preservando sus valores autóctonos.<br />

4. Impulsar a través de los organismos rectores e instituciones especializadas<br />

la <strong>el</strong>aboración de estudios e investigaciones que permitan definir las<br />

necesidades espaciales de la pesca, su reserva, su <strong>d<strong>el</strong></strong>imitación <strong>para</strong><br />

garantizar su uso sustentable.<br />

5. Establecer asesoramiento técnico y financiero <strong>para</strong> <strong>el</strong> desarrollo eficiente<br />

de la actividad pesquera.<br />

6. Enlazar la cadena de distribución con la red de comercialización pública.<br />

SECCIÓN IV<br />

DEL USO TURÍSTICO - RECREACIONAL Y CULTURAL<br />

Artículo 42: El uso turístico recreacional y cultural podrá desarrollarse en todo <strong>el</strong><br />

ámbito <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, de conformidad con <strong>el</strong> Decreto con Rango, Valor y Fuerza de<br />

Ley Orgánica de Turismo y en concordancia con las políticas definidas por <strong>el</strong> ente<br />

competente. A los fines de promover y consolidar la oferta turística, y<br />

considerando los principales atractivos culturales y naturales, <strong>el</strong> equipamiento<br />

urbano, se establecen como estrategia de ordenación territorial la integración y<br />

equipamiento de rutas turísticas playa-montaña, playa-montaña-cascos históricos<br />

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o centros tradicionales, incorporando las diversas manifestaciones culturales<br />

presentes en <strong>el</strong> estado, las cuales se describen a continuación:<br />

RUTAS TERRESTRES<br />

Ruta Carayaca – El Junko: Tiene como centros de apoyo a Carayaca, Tarma<br />

Petaquire y El Junko. El principal atractivo turístico en este recorrido es <strong>el</strong><br />

contraste mar - montaña, que permite atravesar áreas agrícolas hasta llegar a<br />

sectores cubiertos por bosques de importancia poco intervenidos.<br />

Ruta Puerto Arrecife-Puerto Maya: Este recorrido se inicia en <strong>el</strong> sector de<br />

Arrecife y tiene como centros de apoyo a Oricao, Chichiriviche, Puerto Cruz y<br />

Puerto Maya. El principal atractivo turístico en este recorrido es <strong>el</strong> valor<br />

escénico de la vía a través <strong>d<strong>el</strong></strong> paisaje marino-costero, conformado por<br />

acantilados y playas poco intervenidas que corresponden a las nacientes de los<br />

ríos Maya y Limón. Para luego descender por la vía que conduce a la costa<br />

donde se podrán apreciar lindas ensenadas y poblados pesqueros.<br />

Ruta Catia Punta Gorda- Catia La Mar: Esta ruta se inicia en Punta Gorda<br />

localizada en la parroquia Carlos Soublette a la altura <strong>d<strong>el</strong></strong> Polideportivo José<br />

María Vargas hasta Catia La Mar, tiene como centros de apoyo a Mare Abajo,<br />

Playa Verde, Playa Grande, Puerto Viejo y Catia La Mar. Los principales<br />

atractivos son las playas ubicadas en <strong>el</strong> sector de Playa Verde, Playa Grande<br />

hasta Mamo y también podemos ubicar en esa ruta <strong>el</strong> Aeropuerto Simón Bolívar.<br />

Ruta Maiquetía – Parque Nacional El Ávila: Este recorrido se inicia por <strong>el</strong><br />

centro tradicional de Maiquetía, siguiendo por la vía hacia Quenepe y se continúa<br />

por El Camino de los Españoles hasta Hoyo de la Cumbre. En esta ruta se<br />

localiza la Iglesia de San Sebastián declarada como Monumento Histórico<br />

Nacional, la Plaza Lourdes, edificaciones de valor tradicional, ruinas de Fortines,<br />

haciendas cafetaleras, gran diversidad de flora y cultivos tanto de legumbres<br />

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como de frutas. Es importante señalar, que a través de esta ruta se c<strong>el</strong>ebra la<br />

Peregrinación de la Virgen de Lourdes, que es una manifestación r<strong>el</strong>igiosa<br />

declarada Patrimonio Municipal y tiene 128 años.<br />

Ruta La Guaira – Parque Nacional Warairarepano: Esta ruta se inicia por <strong>el</strong><br />

casco histórico de la Ciudad Histórica de La Guaira, capital <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, donde se<br />

localizan diversas edificaciones r<strong>el</strong>igiosas, civiles y militares de gran valor<br />

patrimonial, manifestaciones folklóricas y r<strong>el</strong>igiosas y <strong>el</strong> Puerto de La Guaira, que<br />

es uno de los principales puertos <strong>d<strong>el</strong></strong> país, también se localizan la red de fortines,<br />

y subiendo por las Dos Aguadas, se llega al Camino de los Españoles.<br />

Ruta Macuto - Parque Nacional Warairarepano: Tiene como centros de apoyo<br />

a Macuto y a San José de Galipán, permite disfrutar de las edificaciones<br />

coloniales existentes en <strong>el</strong> casco histórico de Macuto, <strong>el</strong> paseo y balneario de<br />

Macuto, pesca artesanal, <strong>el</strong> t<strong>el</strong>eférico y la infraestructura turística ubicada tanto<br />

en Macuto como en San José de Galipán <strong>d<strong>el</strong></strong> Parque Nacional Warairarepano, e<br />

igualmente disfrutar de museos, áreas <strong>para</strong> deportes extremos y <strong>d<strong>el</strong></strong> paisaje que<br />

representan la vegetación natural y las zonas con cultivos de flores.<br />

Ruta Macuto – Tanaguarena: Este recorrido se inicia desde Macuto, pasando<br />

por avenida José María España, donde se localizan un gran número de playas,<br />

hot<strong>el</strong>es, marinas, clubes y campos de golf hasta llegar a Tanaguarena. Cercano a<br />

la ruta, se localiza <strong>el</strong> poblado de Caraballeda ubicado hacia <strong>el</strong> Parque Nacional El<br />

Ávila, que se caracteriza por sus manifestaciones tradicionales, culturales y<br />

r<strong>el</strong>igiosas.<br />

Ruta Naiguatá – Los Caracas: Se inicia en Naiguatá donde se encuentra <strong>el</strong><br />

balneario de Naiguatá y hacia <strong>el</strong> sur <strong>el</strong> centro tradicional con diversas<br />

manifestaciones tradicionales, culturales y r<strong>el</strong>igiosas, a lo largo de la vía se<br />

localizan también diferentes playas y comunidades de apoyo como Care, Camurí<br />

Grande y Anare, hasta llegar a la Ciudad Vacacional Los Caracas, <strong>el</strong> cual<br />

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constituye un centro turístico histórico con características ambientales de<br />

excepcional b<strong>el</strong>leza.<br />

Ruta Osma – Chuspa: Esta ruta está conformada por una serie de centros<br />

poblados tradicionales como son Osma, Todasana, Urama, Oritapo, La Sabana<br />

(declarada como Ciudad Patrimonial Sustentable), Caruao y Chuspa, enlazadas<br />

por la vía local 002, donde se localizan diferentes atractivos naturales y culturales<br />

entre los que se destacan: playas, ríos, pozos, caídas de aguas, fuentes<br />

termales, haciendas y petroglifos, además cuenta con una infraestructura hot<strong>el</strong>era<br />

de bajo impacto en crecimiento y gran número de cultivos de subsistencia.<br />

RUTAS MARÍTIMAS<br />

Ruta Caraballeda – Chuspa: Se inicia en la Marina Pública de Caraballeda,<br />

donde a través de medianas y pequeñas embarcaciones se pueden realizar<br />

paseos a lo largo de la costa, y disfrutar de las diferentes playas y <strong>d<strong>el</strong></strong> paisaje<br />

rural y perfil urbano de los centros poblados costeros hasta llegar al centro<br />

poblado de Chuspa que cuenta con un pequeño mu<strong>el</strong>le de atraque.<br />

Ruta Catia La Mar – Puerto Maya: Se inicia en <strong>el</strong> Mu<strong>el</strong>le ubicado en <strong>el</strong> sector La<br />

Zorra, donde en dirección oeste a través de la línea de costa se puede disfrutar<br />

de numerosas playas, clubes, ríos y centros poblados con alto valor paisajístico y<br />

tradiciones culturales hasta llegar a Puerto Maya.<br />

Las rutas marítimas establecidas deberán ser previamente evaluadas y<br />

aprobadas por <strong>el</strong> Instituto Nacional de Espacios Acuáticos, por razones de<br />

seguridad<br />

RUTAS TURÍSTICAS, TERRESTRES Y MARÍTIMAS<br />

CUADRO Nº 2<br />

EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />

DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.


CORREDOR<br />

Puerto Maya-<br />

Arrecife<br />

Arrecife-<br />

Punta Gorda<br />

Maiquetía-La<br />

Guaira<br />

RUTA<br />

TURÍSTICA<br />

Carayaca-El<br />

Junko<br />

Puerto Maya -<br />

Arrecife<br />

Catia La<br />

Mar-<br />

Gorda<br />

Punta<br />

Maiquetía-P.N.<br />

Warairarepano<br />

La Guaira-P.N.<br />

Warairarepano<br />

CORREDOR RUTA<br />

TURÍSTICA<br />

RUTAS TURÍSTICAS TERRESTRES<br />

COMUNIDADES<br />

DE APOYO<br />

Carayaca<br />

Tarma<br />

Petaquire<br />

El Junko<br />

Puerto Maya<br />

Puerto Cruz<br />

Chichiriviche<br />

Oricao<br />

Arrecife<br />

Mare Abajo, Playa<br />

Verde, Playa<br />

Grande, Pto. Viejo<br />

y Catia La Mar<br />

Maiquetía<br />

Quenepe<br />

Hoyo de la<br />

Cumbre<br />

La Guaira<br />

Las Dos Aguadas<br />

COMUNIDADES<br />

DE APOYO<br />

ATRACTIVOS TURISTICOS<br />

Arquitectura tradicional, Carayaca-<br />

Tarma con mucha tradición y folklore,<br />

manifestaciones r<strong>el</strong>igiosas, actividad<br />

agrícola (cultivo de hortalizas, frutales<br />

y café), embalse de Petaquire, Parque<br />

Metropolitano El Junquito, Parque<br />

Nacional Macarao, Monumento Natural<br />

Pico Agustín Codazzi.<br />

Playas con alto valor escénico,<br />

tradición y folklore.<br />

Paisajes de gran valor escénico,<br />

acantilados y ensenadas, pueblos<br />

pesqueros y playas.<br />

Camino de los Españoles, Castillo<br />

Blanco, Castillo Negro, Fortín La<br />

Cuchilla, La Venta, Producción<br />

Agrícola y manifestaciones r<strong>el</strong>igiosas.<br />

Arquitectura colonial de principios <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

siglo XX, Red de Fortines El Vigía,<br />

Fuerte La Pólvora y San Carlos,<br />

Camino de los Españoles, Puerto <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

Litoral Central, museos, artesanías y<br />

manifestaciones r<strong>el</strong>igiosas.<br />

ATRACTIVOS TURÍSTICOS<br />

EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />

DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.<br />

EQUIPAMIENTO<br />

TURISTICO<br />

Clubes en la vía que<br />

conduce a la Colonia<br />

Tovar, haciendas, casas<br />

vacacionales de montaña,<br />

carreteras rurales con<br />

paisajes de gran valor<br />

escénico (montaña),<br />

alojamiento<br />

gastronómico.<br />

turístico y<br />

Clubes de playa,<br />

alojamiento<br />

gastronómico.<br />

turístico y<br />

Aeropuerto Internacional<br />

Simón Bolívar, Escu<strong>el</strong>a<br />

Naval, Clubes, alojamiento<br />

turístico y gastronómico.<br />

Alojamiento<br />

gastronómico.<br />

turístico y<br />

Alojamiento<br />

gastronómico<br />

turístico y<br />

EQUIPAMIENTO<br />

TURÍSTICO


Macuto-<br />

Tanaguarena<br />

Naiguatá-El<br />

Botuco<br />

Osma-<br />

Chuspa<br />

Macuto- P. N.<br />

Warairarepano<br />

Macuto-<br />

Tanaguarena<br />

Naiguatá-Los<br />

Caracas<br />

Osma - Chuspa<br />

Macuto<br />

Galipán<br />

Fuente: COTEV, 2010<br />

CORREDOR RUTA<br />

TURÍSTICA<br />

Puerto Maya- Carayaca-El<br />

Arrecife Junko<br />

Macuto<br />

Caraballeda<br />

Tanaguarena<br />

Naiguatá<br />

Camurí Grande<br />

Care<br />

Anare<br />

Los Caracas<br />

Osma<br />

Todasana<br />

Oritapo<br />

Urama<br />

La Sabana<br />

Caruao<br />

Chuspa<br />

COMUNIDADES<br />

DE APOYO<br />

Carayaca<br />

Tarma<br />

Arquitectura Colonial de Macuto, El<br />

T<strong>el</strong>eférico, Mausoleo de Kanoche,<br />

Museo de la Piedras Marinas<br />

Soñadoras, Producción Agrícola.<br />

EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />

DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.<br />

Instalaciones de<br />

alojamiento<br />

gastronómico.<br />

turístico y<br />

Playas Balnearios públicos,<br />

museos, restaurantes,<br />

hot<strong>el</strong>es, clubes náuticos y<br />

de playas, campos de golf<br />

y marinas.<br />

Playas<br />

Ríos<br />

Playas, ríos, áreas montañosas,<br />

manantiales, acantilados y ensenadas,<br />

aguas termales y manifestaciones<br />

r<strong>el</strong>igiosas.<br />

CUADRO Nº 2<br />

RUTA TURÍSTICA MARÍTIMA<br />

ATRACTIVOS TURÍSTICOS<br />

Arquitectura tradicional, Carayaca-<br />

Tarma con mucha tradición y folklore,<br />

Ciudad<br />

Caracas<br />

Vacacional Los<br />

Instalaciones de<br />

alojamiento turísticos,<br />

gastronómicos y haciendas<br />

EQUIPAMIENTO<br />

TURÍSTICO<br />

Clubes en la vía que<br />

conduce a la Colonia


Arrecife-<br />

Punta Gorda<br />

Maiquetía-La<br />

Guaira<br />

Puerto Maya -<br />

Arrecife<br />

Catia La<br />

Mar-<br />

Gorda<br />

Punta<br />

Maiquetía-P.N.<br />

El Ávila<br />

La Guaira-P.N.<br />

El Ávila<br />

Petaquire<br />

El Junko<br />

Fuente: COTEV, 2010<br />

Puerto Maya<br />

Puerto Cruz<br />

Chichiriviche<br />

Oricao<br />

Arrecife<br />

Mare Abajo, Playa<br />

Verde, Playa<br />

Grande, Pto. Viejo<br />

y Catia La Mar<br />

Maiquetía<br />

Quenepe<br />

Hoyo de la<br />

Cumbre<br />

La Guaira<br />

Las Dos Aguadas<br />

manifestaciones r<strong>el</strong>igiosas, actividad<br />

agrícola (cultivo de hortalizas, frutales<br />

y café), Embalse de Petaquire, Parque<br />

Metropolitano El Junquito, Parque<br />

Nacional Macarao, Monumento Natural<br />

Pico Agustín Codazzi.<br />

Playas con alto valor escénico,<br />

tradición y folklore.<br />

Paisajes de gran valor escénico,<br />

acantilados y ensenadas, pueblos<br />

pesqueros y playas.<br />

Camino de los Españoles, Castillo<br />

Blanco, Castillo Negro, Fortín La<br />

Cuchilla, La Venta, Producción<br />

Agrícola y manifestaciones r<strong>el</strong>igiosas.<br />

Arquitectura colonial de principios <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

siglo XX, Red de Fortines El Vigía,<br />

Fuerte La Pólvora y San Carlos,<br />

Camino de los Españoles, Puerto <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

Litoral Central, museos, artesanías y<br />

manifestaciones r<strong>el</strong>igiosas.<br />

EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />

DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.<br />

Tovar, haciendas, casas<br />

vacacionales de montaña,<br />

carreteras rurales con<br />

paisajes de gran valor<br />

escénico (montaña),<br />

alojamiento<br />

gastronómico.<br />

turístico y<br />

Clubes de playa,<br />

alojamiento<br />

gastronómico.<br />

turístico y<br />

Aeropuerto Internacional<br />

Simón Bolívar, Escu<strong>el</strong>a<br />

Naval, Clubes, alojamiento<br />

turístico y gastronómico.<br />

Alojamiento<br />

gastronómico.<br />

turístico y<br />

Alojamiento<br />

gastronómico<br />

turístico y<br />

Artículo 43: En concordancia con la estrategia de ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> territorio<br />

definida en <strong>el</strong> artículo precedente, se establecen <strong>para</strong> <strong>el</strong> uso turístico recreacional<br />

las acciones siguientes:<br />

1. Diversificar la oferta turística <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas a través de otros productos<br />

que permitan captar a otros segmentos <strong>d<strong>el</strong></strong> mercado, tales como: turismo<br />

cultural, sol y playa, montaña y naturaleza, ecoturismo, agroturismo, salud,<br />

turismo <strong>para</strong> convenciones, turismo social y aprovechar las potencialidades


que representan los dos extremos <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, Junko, Carayaca, Naiguatá y<br />

Caruao.<br />

2. Impulsar <strong>el</strong> desarrollo de la actividad turística a través de mecanismos tales<br />

como:<br />

a) Creación y formación de microempresas, cooperativas y empresas de<br />

producción social.<br />

b) Programas de sistemas de calidad <strong>para</strong> la prestación de servicios<br />

turísticos.<br />

c) Financiamiento de créditos.<br />

d) Creación de redes de mejoramiento de infraestructura de trabajadores<br />

playeros.<br />

e) Inserción de los artesanos y artistas como factor de desarrollo<br />

socioeconómico <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />

3. Difundir la potencialidad <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, <strong>para</strong> lo cual la Gobernación <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />

Vargas, <strong>el</strong>aborara <strong>el</strong> Inventario <strong>d<strong>el</strong></strong> Patrimonio Turístico y <strong>el</strong> Catálogo<br />

Turístico Estadal, indicando las rutas turísticas, las normas y orientaciones<br />

<strong>para</strong> la conservación de los mismos y los servicios existentes.<br />

4. Reforzar las actividades culturales, revalorizando los centros poblados<br />

donde se localizan, protegiendo y conservando los cascos de los centros<br />

históricos y poblados tradicionales, considerando las propuestas referidas a<br />

Patrimonio Cultural.<br />

5. Desarrollar un Programa de Promoción y Capacitación Turística que<br />

comprenda, la sensibilización turística, la educación ambiental y <strong>el</strong> uso de<br />

tecnologías alternativas, dirigidos a los promotores, operadores e<br />

inversionistas turísticos, así como a los usuarios y a la comunidad en<br />

general, con <strong>el</strong> propósito de aprovechar sustentablemente los recursos<br />

naturales y evitar <strong>el</strong> deterioro de los atractivos turísticos.<br />

6. Incorporar <strong>el</strong> Sistema T<strong>el</strong>eférico Macuto-Humboldt como modo de transporte<br />

turístico en la ruta Macuto- Parque Nacional Warairarepano, involucrando a<br />

la Comuna Guaicamacuto en la actividad turística asociada al<br />

funcionamiento <strong>d<strong>el</strong></strong> t<strong>el</strong>eférico.<br />

EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />

DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.


7. Promover e Implementar los Planes de Ordenamiento y Reglamentos de<br />

Uso, específicamente en la Zona de Interés Turístico, establecida en <strong>el</strong><br />

Decreto 455 <strong>d<strong>el</strong></strong> año 1974, que abarca la franja de 500 m. medidos en<br />

proyección horizontal desde la línea de costa a todo lo largo <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />

Vargas.<br />

8. Identificar y diseñar productos turísticos que integren y potencien la r<strong>el</strong>ación<br />

Montaña – Mar, a objeto de fortalecer las rutas turísticas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />

9. Promover la creación de un fondo de inversión <strong>para</strong> <strong>el</strong> desarrollo turístico <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

estado.<br />

10. Ejecutar en coordinación con los entes competentes, las acciones de<br />

planificación, protección, revitalización y rehabilitación de los cascos<br />

históricos y centros tradicionales declarados Patrimonio Cultural Nacional o<br />

Municipal entre los que destacan Maiquetía, La Guaira y Macuto con fines<br />

turísticos.<br />

11. Incorporar a las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial con<br />

potencialidad turística, en coordinación concertada con los organismos<br />

responsables de su administración y manejo.<br />

12. Evaluar con los organismos competentes los diferentes tipos de playa a fin<br />

de identificar las actividades recreativas acordes con sus características y<br />

dotarlas <strong>d<strong>el</strong></strong> equipamiento necesario <strong>para</strong> mejorar la calidad de servicio.<br />

13. Incorporar a la actividad turístico-recreacional en <strong>el</strong> Programa de<br />

Conservación de las Tortugas Marinas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, particularmente<br />

en la parroquia Caruao.<br />

14. Desarrollar y aplicar estándares de calidad <strong>para</strong> <strong>el</strong> seguimiento y control de<br />

la operación turística en <strong>el</strong> estado.<br />

15. Promover con los organismos competentes, programas y acciones<br />

r<strong>el</strong>acionados con la seguridad de los turistas y recreacionistas.<br />

16. Coordinar los programas de saneamiento ambiental, promoción,<br />

equipamiento e infraestructura turística con los organismos rectores de<br />

turismo, ambiente e infraestructura.<br />

EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />

DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.


Artículo 44: Los organismos nacionales, estadales y locales con competencia en <strong>el</strong><br />

desarrollo turístico, deben impulsar los planes, programas y proyectos existentes<br />

en materia turística.<br />

SECCIÓN V<br />

DEL USO MINERO<br />

Artículo 45: El uso minero no metálico se permitirá en aqu<strong>el</strong>los espacios <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

estado Vargas, donde las evaluaciones ambientales, arqueológicas y<br />

paleontológicas lo permitan y no sean contrarias al régimen legal establecido <strong>para</strong><br />

dicha área.<br />

Artículo 46: Este Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio prevé las siguientes acciones<br />

r<strong>el</strong>acionadas con <strong>el</strong> uso minero no metálico:<br />

1. Realizar <strong>el</strong> inventario de los recursos mineros no metálicos <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />

Vargas.<br />

2. Fomentar <strong>el</strong> aprovechamiento de minerales no metálicos de acuerdo a<br />

criterios conservacionistas, en las zonas designadas <strong>para</strong> tal uso, previa la<br />

realización de los estudios técnicos que establezcan las opciones de mayor<br />

valor agregado y uso múltiple, como <strong>el</strong> caso de las arcillas.<br />

3. Evaluar los efectos ambientales de los proyectos r<strong>el</strong>acionados con la<br />

extracción, <strong>el</strong> procesamiento, distribución y uso de los recursos mineros,<br />

incorporando la variable riesgo.<br />

4. Formular planes de mitigación y recuperación ambiental, en aqu<strong>el</strong>los<br />

espacios afectados por <strong>el</strong> aprovechamiento minero, de acuerdo a la<br />

legislación vigente.<br />

5. D<strong>el</strong>imitar las áreas de aprovechamiento minero y excluir las ubicadas en<br />

áreas bajo régimen de administración especial, donde <strong>el</strong> uso no es<br />

compatible o en aqu<strong>el</strong>los lugares donde exista riesgo a la población por<br />

causa de esta actividad.<br />

EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />

DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.


6. Mantener actualizado <strong>el</strong> registro de operadores mineros <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />

Vargas.<br />

7. Crear <strong>el</strong> Consejo Estadal de Minería.<br />

8. Garantizar <strong>el</strong> aporte social de los operadores mineros hacia las<br />

comunidades adyacentes.<br />

9. Elaborar <strong>el</strong> plan de aprovechamiento de minerales no metálicos.<br />

10. Actualizar la Ley de Minerales no Metálicos <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas y <strong>el</strong>aborar<br />

su reglamento.<br />

11. Realizar las labores de mantenimiento de los cauces, aprovechando<br />

sustentablemente los minerales depositados en las cuencas hidrográficas<br />

<strong>d<strong>el</strong></strong> estado, a fin de impedir la sedimentación <strong>d<strong>el</strong></strong> curso de agua, en<br />

aqu<strong>el</strong>los casos que técnica y ambientalmente lo requieran.<br />

12. Garantizar <strong>el</strong> encadenamiento de las economías generadas por la<br />

explotación, exploración, almacenamiento, transporte y comercialización<br />

de minerales no metálicos, entre las empresas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas y las<br />

comunidades organizadas, orientado a impulsar la inversión social.<br />

SECCIÓN VI<br />

DE LAS ÁREAS BAJO RÉGIMEN<br />

DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL<br />

Artículo 47: Se ratifican como Áreas Bajo Régimen de Administración Especial, los<br />

espacios que han sido decretados como tales en <strong>el</strong> estado Vargas, que se<br />

encuentran identificados en <strong>el</strong> mapa de Abrae (Anexo Nº 4) y se mencionan a<br />

continuación:<br />

Figura<br />

CUADRO Nº 3<br />

ÀREAS BAJO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL<br />

Área.<br />

(ha.)<br />

Área en <strong>el</strong> Edo. (ha.) % de la<br />

superficie<br />

<strong>d<strong>el</strong></strong> Edo.<br />

EL CONTENIDO DE ESTA VERSIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO DEL POTEV CORRESPONDE A LA ENTREGA<br />

DEL MISMO REALIZADA A LA COTEV EN FECHA 11 DE ABRIL DE 2012.


Parque Nacional Warairarepano 85.192 72.410 48.4<br />

Monumento Natural Pico Agustín Codazzi<br />

Zona Protectora <strong>d<strong>el</strong></strong> Área Metropolitana de Caracas<br />

11.850 7.110 4.8<br />

84.300<br />

11.240 7.5<br />

Zona Protectora <strong>d<strong>el</strong></strong> Litoral Central 39.723 8.764 5.9<br />

Zona de Interés Turístico Recreacional<br />

(Franja de 500m desde la marea alta)<br />

13.310 5.989 44.9<br />

Área de Protección y Recuperación Ambiental <strong>d<strong>el</strong></strong> P.<br />

Superpuesta con <strong>el</strong><br />

_<br />

N. El Ávila (Warairarepano)<br />

1.794 Parque (974 ha.)<br />

Área de Protección y Recuperación Ambiental <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

Superpuesta en parte<br />

municipio Vargas<br />

11.000 con <strong>el</strong> Parque.<br />

Área de Protección de Obra Publica Sistema de<br />

Trasmisión de Hidrocarburos – Figueroa Litoral<br />

Zona de Seguridad Agrupamiento de Policía Naval<br />

5.747 ha. 3.8<br />

17,5<br />

17,5<br />

Zona de Seguridad Agrupamiento Simón Bolívar de la<br />

Infantería de Marina<br />

25 25<br />

Zona de Seguridad Área Terrestre y Marítima<br />

Zona de Seguridad centro Adiestramiento Naval F<strong>el</strong>ipe<br />

92,19 92,19<br />

Santiago Estévez<br />

299,68<br />

299,68<br />

Zona de Seguridad Comando de Guardacostas<br />

Zona de Seguridad Comando de la Infantería de<br />

107 107<br />

Marina, Escu<strong>el</strong>a Naval y Círculo de las Fuerzas<br />

Armadas sucursal Balneario Puerto Nuevo<br />

813<br />

813<br />

Total 111.201 74.4<br />

Fuente: MPP <strong>Ambiente</strong>. DGPOA. 2009.Cálculos Propios.<br />

Artículo 48: Para las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial, a fin de que<br />

cumplan sus objetivos de creación se propone que los organismos encargados de<br />

su administración, en coordinación con los entes públicos y privados que resulten<br />

pertinentes, realicen las siguientes acciones:<br />

1. Mantener y consolidar la declaratoria de las catorce (14) Abrae, que se<br />

indican en <strong>el</strong> Cuadro N° 3 y la conformación de un Sistema de Áreas Bajo<br />

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Régimen de Administración Especial <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas que refleje las<br />

particularidades, condiciones ecológicas e intereses propios de la entidad<br />

federal<br />

2. Diseñar e implementar programas de divulgación hacia la población, donde se<br />

resalte la importancia de las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial<br />

en la protección de los recursos naturales y la calidad ambiental, y<br />

principalmente como fuente de agua <strong>para</strong> abastecimiento humano y <strong>para</strong><br />

actividades agrícolas, desarrollo y consolidación <strong>d<strong>el</strong></strong> turismo y la recreación,<br />

actividades primordiales en la diversificación y reactivación económica <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

estado Vargas.<br />

3. Otorgar prioridad a la <strong>el</strong>aboración, aprobación y ejecución de los planes de<br />

ordenamiento y reglamento de uso, así como la <strong>el</strong>aboración de estudios de<br />

investigación destinados a conocer los recursos naturales y condiciones<br />

socioeconómicas de las Abrae.<br />

4. Aprovechar <strong>el</strong> potencial de las Abrae <strong>para</strong> fines turísticos-recreacionales<br />

con criterio de sustentabilidad.<br />

5. Evaluar las áreas de crecimiento urbano no controlado localizadas dentro de<br />

las Abrae, con la finalidad de prever en los planes de ordenamiento los<br />

programas de manejo y control necesarios a los fines de su reubicación o<br />

consolidación de acuerdo a los resultados de los estudios que se efectúen.<br />

6. Conservar <strong>el</strong> patrimonio natural e implementar las medidas necesarias <strong>para</strong><br />

regular y evitar la afectación de los recursos naturales considerándolos de<br />

interés regional <strong>para</strong> la conservación de los ecosistemas.<br />

7. Desarrollar la infraestructura necesaria <strong>para</strong> su resguardo, vigilancia y<br />

aprovechamiento.<br />

8. Fortalecer los mecanismos de seguridad y guardería ambiental, a los fines de<br />

controlar <strong>el</strong> crecimiento y expansión de ocupaciones ilegales y fronteras<br />

agrícolas.<br />

9. Evaluar la declaratoria como Abrae de la zona de desove y anidación de<br />

Tortugas Marinas en la parroquia Caruao.<br />

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Artículo 49: A los fines de consolidar <strong>el</strong> sistema de Áreas Bajo Régimen de<br />

Administración Especial se proponen <strong>para</strong> cada una de las áreas, la ejecución de<br />

las siguientes acciones:<br />

Parque Nacional Warairarepano<br />

1. Actualizar <strong>el</strong> Plan de Ordenamiento y Reglamento de Usos <strong>d<strong>el</strong></strong> Parque<br />

Nacional El Ávila, que incluya la <strong>el</strong>aboración de planes de manejo y planes<br />

especiales de sitio que permitan profundizar en <strong>el</strong> manejo <strong>d<strong>el</strong></strong> parque<br />

nacional y desarrollar en detalle programas <strong>para</strong> la regularización de usos<br />

y actividades.<br />

2. Realizar un estudio integral de los linderos <strong>d<strong>el</strong></strong> Parque Nacional<br />

Warairarepano, en su vertiente norte, a fin de determinar la necesidad de<br />

realineamiento y establecer los criterios a seguir <strong>para</strong> <strong>el</strong> saneamiento<br />

de los espacios ocupados por usos no conformes a la figura y objetivos<br />

<strong>d<strong>el</strong></strong> parque nacional.<br />

3. Actualizar <strong>el</strong> Plan de Ordenamiento de la Zona de Protección y<br />

Recuperación Ambiental, a los fines de definir las políticas a ser<br />

desarrolladas <strong>para</strong> frenar las ocupaciones ilegales, regular los<br />

asentamientos humanos y desarrollar estrategias <strong>para</strong> recuperar los<br />

sectores prioritarios y la consolidación de los linderos <strong>d<strong>el</strong></strong> parque nacional.<br />

4. Ejecutar los planes especiales de sitio en <strong>el</strong> parque nacional <strong>para</strong> gestionar<br />

y desarrollar los programas <strong>para</strong> su adecuado manejo.<br />

5. Promover la construcción y recuperación de los puestos de guardaparques<br />

en la Vertiente Norte y la inclusión de nuevo personal, a los fines de<br />

aumentar las actividades de vigilancia y control.<br />

Monumento Natural Agustín Codazzi:<br />

1. Evaluar <strong>el</strong> cambio de figura de monumento natural a parque nacional,<br />

manteniendo como monumento natural sólo <strong>el</strong> sector denominado El<br />

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Picacho, tercer punto más alto de la Cordillera de la Costa, a fin de proteger<br />

las nacientes de los ríos Maya y El Limón.<br />

2. Reubicar a las familias que habitan en la Cuenca Alta <strong>d<strong>el</strong></strong> Río Petaquire,<br />

específicamente las <strong>d<strong>el</strong></strong> sector Las Lapas que realizan actividades de<br />

agricultura de subsistencia y comercial y reforestar estas áreas con especies<br />

autóctonas.<br />

Zona Protectora <strong>d<strong>el</strong></strong> Área Metropolitana de Caracas<br />

1. Actualizar <strong>el</strong> Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio y Reglamento de Uso,<br />

considerando como criterio la protección <strong>d<strong>el</strong></strong> recurso hídrico de la cuenca<br />

alta <strong>d<strong>el</strong></strong> río Petaquire.<br />

2. Para los espacios comprendidos aguas arriba <strong>d<strong>el</strong></strong> embalse de Petaquire, se<br />

propone mantener los bosques de galería y los terrenos con pendientes<br />

mayores a 40%, como áreas de protección absoluta de las nacientes de las<br />

aguas, promoviendo solamente usos recreacionales pasivos, tales como<br />

excursionismo, caminerías, sitios de descanso, así como educación e<br />

interpretación ambiental y la investigación científica.<br />

3. Para <strong>el</strong> espacio comprendido en la cuenca media <strong>d<strong>el</strong></strong> río Petaquire, ubicado<br />

aguas abajo <strong>d<strong>el</strong></strong> embalse de Petaquire se proponen los siguientes criterios:<br />

a- En los terrenos con pendiente de 30% o menos, permitir agricultura vegetal<br />

intensiva, bajo prácticas especiales de rotación de cultivos, cultivos en<br />

franjas o intercalados y control en <strong>el</strong> uso de plaguicidas y fertilizantes<br />

b- En los terrenos con pendiente entre 31-45%, permitir cultivos permanentes,<br />

especialmente frutales, pastos artificiales <strong>para</strong> ganadería vacuna<br />

estabulada y semiestabulada, y/o aras de caballos, avicultura y cunicultura,<br />

con control de la calidad de los efluentes y de la disposición final de<br />

residuos y excretas y reuso <strong>d<strong>el</strong></strong> agua <strong>para</strong> riego.<br />

4. No se permiten granjas intensivas con porcinos.<br />

5. Las zonas con pendientes iguales o menores a 30%, pueden destinarse a la<br />

agricultura intensiva.<br />

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6. Revisar la superficie mínima <strong>para</strong> <strong>el</strong> uso residencial en función de las<br />

condiciones físico-naturales y la dinámica de ocupación.<br />

7. Las áreas actualmente cubiertas por bosques bajos densos en fuertes<br />

pendientes y los bosques de galería deben mantenerse como zonas de<br />

protección integral.<br />

Zona de Interés Turístico:<br />

1. Desarrollar la oferta turística en los extremos este y oeste <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, como<br />

un turismo de naturaleza, sol y playa, agroturismo, aventura y cultural,<br />

mientras que en <strong>el</strong> área central se debe consolidar y reforzar principalmente<br />

los centros patrimoniales de La Guaira y Macuto.<br />

2. Evaluar la ampliación de la poligonal <strong>d<strong>el</strong></strong> Decreto 455, en la parroquía Caruao<br />

hacia su porción sur, hasta los límites <strong>d<strong>el</strong></strong> Parque Nacional Warairarepano, lo<br />

que equivaldría a una superficie aproximada de 6.390 hectáreas,<br />

correspondiente al 21% de la superficie de la parroquia.<br />

3. Elaborar los estudios necesarios <strong>para</strong> realinderar la Zona de Interés Turístico<br />

Recreacional en la franja costera de 500 m en virtud de que sus límites deben<br />

estar acordes a las características físicas y funcionales.<br />

4. Formular <strong>el</strong> plan de ordenamiento y reglamento de uso correspondiente.<br />

Zona Protectora <strong>d<strong>el</strong></strong> Litoral Central<br />

1. Elaborar, aprobar y ejecutar <strong>el</strong> plan de ordenamiento y reglamento de uso<br />

2. Designar todos los terrenos adyacentes al Parque Nacional Warairarepano,<br />

con pendientes superiores a 45% como protección integral de los recursos<br />

naturales renovables, especialmente <strong>el</strong> agua, los bosques, la fauna y la<br />

diversidad biológica.<br />

3. Implementar un programa permanente de conservación y manejo de su<strong>el</strong>os.<br />

Área de Protección y Recuperación Ambiental <strong>d<strong>el</strong></strong> Eje Arrecife-Los Caracas<br />

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1. Definir la administración <strong>d<strong>el</strong></strong> Área de Protección y Recuperación Ambiental<br />

<strong>d<strong>el</strong></strong> Eje Arrecife-Los Caracas.<br />

2. Evaluar <strong>el</strong> realinderamiento de la poligonal a fin de ajustarla a los accidentes<br />

físicos, naturales y <strong>el</strong>ementos culturales.<br />

3. Actualizar <strong>el</strong> Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso <strong>d<strong>el</strong></strong> Área de<br />

Protección y Recuperación Ambiental <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas (Eje Arrecife - Los<br />

Caracas).<br />

Zonas de Seguridad<br />

1. Realizar los estudios pertinentes a fin de evaluar la conveniencia de mantener<br />

sus actuales linderos o proceder al realinderamiento, de acuerdo a las<br />

características y objetivos de cada una y realizar la materialización de los<br />

linderos.<br />

2. Elaborar los Planes de Ordenación y Reglamentos de Uso de las Zonas de<br />

Seguridad, a fin de consolidar su objetivo de resguardo a las instalaciones<br />

militares.<br />

TÍTULO III<br />

DE LAS ZONAS COSTERAS<br />

Articulo 50: Las Zonas Costeras <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, están conformadas por los<br />

espacios señalados en los artículo 2 y 3 de la Ley de Zonas Costeras y tendrán los<br />

limites que se establecen en <strong>el</strong> Anexo Nº 5 de este Decreto, y en concordancia con<br />

<strong>el</strong> Plan de Ordenamiento y Gestión Integrada de las Zonas Costeras, a que se<br />

refiere <strong>el</strong> artículo 4 ejusdem.<br />

Articulo 51: La ordenación de las zonas costeras <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas se realizará<br />

considerando, que su administración, uso y manejo, debe desarrollarse mediante<br />

un proceso dinámico de gestión integrada, de conformidad con las disposiciones<br />

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establecidas en la referida Ley de Zonas Costeras, sus reglamentos y con arreglo<br />

a los lineamientos y directrices <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan Nacional de Ordenación y Gestión<br />

Integrada de las mismas.<br />

Articulo 52: Las actuaciones en la franja terrestre de dominio público de la<br />

Zona Costera <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, <strong>d<strong>el</strong></strong>imitada de acuerdo a los criterios establecidos<br />

en <strong>el</strong> artículo 9 de la Ley de las Zonas Costeras deben seguir las siguientes<br />

directrices y lineamientos:<br />

1.-Conservación - Puesta en Valor:<br />

a) Crear y mantener los senderos costeros<br />

b) Garantizar <strong>el</strong> libre acceso, tránsito y uso público de la costa.<br />

c) Aplicación de proyectos o acciones de paisajismo<br />

d) Preservación de especies y conservación de espacios prioritarios<br />

2.-Aprovechamiento Sustentable:<br />

a) Mantenimiento o mejoras de áreas deportivas<br />

b) Diseño de áreas <strong>para</strong> prestación de servicios asociados a las áreas<br />

<strong>d<strong>el</strong></strong> dominio público (zonas de servicios de alimentos y bebidas,<br />

estacionamientos, entre otras)<br />

c) Ordenamiento de asentamientos y otros espacios pesqueros.<br />

d) Establecimiento y monitoreo de marinas turísticas y deportivas<br />

e) Restringir la construcción de nuevas infraestructuras, excepto<br />

aqu<strong>el</strong>las estructurantes o que por su naturaleza no pueden ser<br />

ubicadas fuera de las áreas <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio público.<br />

f) Ordenar los usos y actividades cónsonas con <strong>el</strong> fin <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio<br />

público y aqu<strong>el</strong>las que no pueden ser reubicadas, a corto o mediano<br />

plazo fuera de este espacio.<br />

g) Conservar y preservar <strong>el</strong> patrimonio cultural <strong>d<strong>el</strong></strong> estado ubicado<br />

dentro de las áreas <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio público.<br />

3.-Prevención y Recuperación - Rehabilitación y Saneamiento <strong>d<strong>el</strong></strong> Borde<br />

Costero:<br />

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a) Verificación o culminación de obras de protección y/o recuperación<br />

de la costa y ríos<br />

b) Recuperación y rehabilitación de áreas degradadas.<br />

c) Aplicación de proyectos o acciones <strong>para</strong> <strong>el</strong> saneamiento ambiental,<br />

a través <strong>d<strong>el</strong></strong> manejo de aguas servidas y de escorrentías<br />

d) Saneamiento <strong>d<strong>el</strong></strong> espacio de dominio público de chatarra y<br />

desechos sólidos<br />

e) Saneamiento de las áreas <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio público de escombros e<br />

infraestructuras deterioradas o abandonas<br />

f) Saneamiento de áreas con usos y actividades no cónsonas con la<br />

finalidad y gestión integrada <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio público y conservación <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

equilibrio costero<br />

g) Reubicación de instalaciones de las instituciones públicas<br />

emplazadas dentro de las áreas <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio público<br />

h) Vigilancia, control, monitoreo y seguimiento en las áreas <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio<br />

público<br />

i) Aplicación de proyectos o acciones <strong>para</strong> prevenir y disminuir los<br />

riesgos socionaturales o tecnológicos en las áreas <strong>d<strong>el</strong></strong> dominio<br />

público.<br />

Artículo 53: Los organismos nacionales, regionales y locales deben actuar en<br />

forma coordinada <strong>para</strong> llevar a cabo la gestión integral de las zonas costeras y<br />

ejecutar en <strong>el</strong> ámbito de sus respectivas competencias las acciones necesarias<br />

orientadas al manejo integral de estos espacios, especialmente deben dirigir su<br />

actuación en la Zona Costera <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas dentro de los siguientes<br />

programas:<br />

a) Ordenación y Gestión Integrada de la Zona Costera <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, en<br />

especial orientar estas acciones hacia la franja terrestre de dominio público, hacia<br />

los siguientes ámbitos espaciales:<br />

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CUADRO Nº 4<br />

UNIDADES DE DOMINIO PÚBLICO<br />

Unidades <strong>d<strong>el</strong></strong> Dominio Público de la Zona<br />

Costera <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas<br />

Río Maya- río Mamo<br />

Río Mamo- Qda. Alcantarilla<br />

Qda. Alcantarilla- A- Qda. Tanaguarena<br />

Qda. Tanaguarena- Qda. Seca<br />

Qda. Seca- río Chuspa<br />

Ámbitos espaciales<br />

Chichiriviche<br />

Arrecife<br />

Taguao-Puerto Carayaca<br />

Balneario Catia La Mar<br />

Paso La Marina.<br />

Sectores de playas comprendidas entre:<br />

Playa Verde-Candilejas- Q.lito.<br />

Mare Abajo<br />

Sectores de playas comprendidas entre,<br />

Alí Baba, Paseo <strong>d<strong>el</strong></strong> Mar, San Luis, Caribe,<br />

Bahía de los Niños y Coral A y B.<br />

Balneario Macuto<br />

Balneario de Naiguatá<br />

Playa Los Áng<strong>el</strong>es.<br />

Los Caracas<br />

Sectores de playa comprendidos a lo largo<br />

de todo <strong>el</strong> eje.<br />

Fuente: Comité de trabajo de la Zona Costera <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, 2010<br />

b.- Desarrollar programas de investigación y monitoreo permanente de la<br />

contaminación marina en las costas de Vargas, con énfasis en las zonas de<br />

playas y <strong>el</strong> Puerto de La Guaira.<br />

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c.- Desarrollar programas de infraestructura de saneamiento que atienda a la<br />

captación y conducción adecuada de las aguas servidas, provenientes de las<br />

áreas de ocupación poblacional, garantizando <strong>el</strong> mantenimiento de los colectores,<br />

estaciones de bombeo y descargas submarinas.<br />

d.- Desarrollar programas de investigación de los ecosistemas marinos.<br />

e.- Realizar <strong>el</strong> diagnóstico integral de las playas arenosas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />

f.- Elaborar interinstitucionalmente un inventario y caracterización de playas único<br />

en <strong>el</strong> estado, en donde se establezcan los usos, la condición de apta, la<br />

actualización de los topónimos, los servicios, la condición de riesgo sanitario y<br />

civil, además de los parámetros bacteriológicos que se consideran en los<br />

monitores de las calidad de las playas.<br />

g.- Desarrollar un programa de señalización de las playas en <strong>el</strong> estado Vargas.<br />

h.- Establecer un programa de vigilancia <strong>para</strong> impedir la ocupación de espacios<br />

por actividades de prestación de servicios asociadas a la playa en áreas no<br />

autorizadas, y proceder a la remoción de aqu<strong>el</strong>las que no cumplen con las<br />

autorizaciones correspondientes, o que por razones ambientales, riesgos,<br />

sanitarias, y de seguridad y defensa no deben estar ubicadas en estos espacios.<br />

i.- Desarrollar un programa de gestión de aguas de lastre y sedimentos<br />

generados por buques, que incluya <strong>el</strong> control de la introducción de especies<br />

exóticas.<br />

j.- Implementar un plan de organización espacial de la diversidad de actividades<br />

<strong>d<strong>el</strong></strong> Puerto <strong>d<strong>el</strong></strong> litoral central, así como <strong>para</strong> los puertos pesqueros, que atienda<br />

al control sanitario, ordenamiento, ambiental y de seguridad.<br />

k.- En las playas de Puerto Maya, Pto. Cruz, Chichiriviche, Puerto Carayaca,<br />

Arrecife, Macuto, Osma, Chuspa, La Sabana y todas aqu<strong>el</strong>las donde se realicen<br />

actividades vinculadas a la pesca, se deben acondicionar áreas específicas <strong>para</strong><br />

<strong>el</strong> desarrollo de esta actividad, a fin de evitar conflictos de uso por <strong>el</strong> espacio.<br />

l.- Revalorizar los balnearios de Catia La Mar, Macuto Naiguatá y la Ciudad<br />

Vacacional de Los Caracas.<br />

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m.- Adecuar y estandarizar a un mo<strong>d<strong>el</strong></strong>o ambientalmente compatible los módulos<br />

de servicios que <strong>para</strong> <strong>el</strong> momento de la publicación de este plan, se encuentren<br />

establecidos en las franja de dominio público de la zona costera <strong>d<strong>el</strong></strong> Edo.<br />

Vargas, cumpliendo con las autorizaciones <strong>para</strong> la ocupación <strong>d<strong>el</strong></strong> territorio y<br />

afectación de los recursos naturales legalmente establecidas y requeridas.<br />

Artículo 54: Implementar las siguientes medidas <strong>para</strong> revertir <strong>el</strong> deterioro de la<br />

zona costera <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas:<br />

a) Instalar faros y balizajes de señalización marítima en los puertos de Naiguatá<br />

y La Zorra.<br />

b) Activar una red de vigilancia y control ambiental de la zona costera <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />

Vargas, integrado por las instituciones con <strong>el</strong> apoyo y participación de las<br />

organizaciones comunitarias.<br />

c) Restringir <strong>el</strong> uso público en las playas de desove y anidación de tortugas<br />

marinas durante la temporada de este proceso.<br />

d) Identificar y <strong>d<strong>el</strong></strong>imitar las áreas afectadas por procesos de erosión costera y<br />

diseñar e implementar los planes de recuperación.<br />

e) Evaluar la factibilidad <strong>d<strong>el</strong></strong> Proyecto de la Estación Hidrográfica en <strong>el</strong> Puerto de<br />

La Guaira.<br />

f) Establecer normas que definan los procedimientos y zonas adecuadas desde<br />

<strong>el</strong> punto de vista ambiental <strong>para</strong> hundimiento de buques <strong>para</strong> crear arrecifes<br />

coralinos artificiales.<br />

g) Regular las prácticas de actividades subacuáticas y la entrada de las<br />

embarcaciones con motor y motos de agua en las áreas de bañistas, en las<br />

playas de uso público.<br />

h) Implementar un sistema de gestión de seguridad integral de operación en<br />

los puertos comerciales, deportivos y pesqueros <strong>para</strong> garantizar <strong>el</strong><br />

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cumplimiento de las normas ambientales y de seguridad industrial, incluyendo<br />

planes de contingencia <strong>para</strong> derrames de hidrocarburos y otras sustancias<br />

contaminantes que pudieran afectar <strong>el</strong> ecosistema marino.<br />

i) Elaborar un proyecto <strong>para</strong> la rehabilitación de La Marina de Caraballeda.<br />

j) Implementar un programa de limpieza de los fondos marinos, con la<br />

participación de los organismos con competencia en la materia y las<br />

operadoras de buceo.<br />

k) Fortalecimiento <strong>d<strong>el</strong></strong> Laboratorio de Alevines <strong>para</strong> la siembra, establecido en<br />

la parroquia Carayaca, principalmente de la especie pargo cebadal.<br />

TÍTULO IV<br />

DE LOS SERVICIOS Y LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA<br />

Artículo 55: Para los servicios de saneamiento ambiental, este Plan de Ordenación<br />

<strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio propone que los organismos con competencia en las diferentes áreas,<br />

ejecuten las siguientes acciones:<br />

1. Abastecimiento de agua potable:<br />

a) Desarrollar <strong>el</strong> proyecto y la construcción de una derivación <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

Sistema Tuy IV, desde <strong>el</strong> Hospital Periférico de Catia, hasta <strong>el</strong><br />

Estanque Zamora, ubicado en <strong>el</strong> sector Zamora <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />

b) Aprovechar los diques tomas existentes entre Anare y Chuspa en <strong>el</strong><br />

sector Este (parroquia Caruao).<br />

c) Proteger las estructuras de los diques tomas y los espacios ubicados<br />

aguas arriba con un sistema permanente de vigilancia y control de<br />

los cuerpos de seguridad <strong>d<strong>el</strong></strong> estado.<br />

d) Garantizar la protección y manejo de las cuencas hidrográficas de<br />

los ríos Maya, El Limón, Chichiriviche, Petaquire, Osorio, Macuto,<br />

San Julián, Cerro Grande, Naiguatá, Camurí, Miqu<strong>el</strong>ena, Anare, Los<br />

Caracas, Osma, Oritapo, Todasana, La Sabana, Caruao y Chuspa,<br />

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por ser fuentes de aprovechamiento de agua <strong>para</strong> <strong>el</strong> consumo<br />

humano.<br />

e) Garantizar la seguridad de los tramos de las tuberías y las obras<br />

hidráulicas que se encuentran en los conos de deyección y otras<br />

zonas de riesgo.<br />

f) Identificar las tomas ilegales en las líneas de tuberías de aducción<br />

Caracas-Litoral, Maya-Picure y Naiguatá-Macuto, a fin de detectarlas<br />

y desincorporarlas.<br />

g) Realizar <strong>el</strong> inventario de las fuentes de agua subterráneas y evaluar<br />

su incorporación al sistema de abastecimiento de agua potable.<br />

2. Recolección y disposición final de aguas servidas:<br />

a) Establecer un programa permanente de mantenimiento de los emisarios<br />

submarinos.<br />

b) Concluir la construcción y adecuación de la red de colectores secundarios<br />

y marginales.<br />

c) Establecer un programa permanente de asesoramiento a las comunidades<br />

en la ejecución de obras de saneamiento, incluido <strong>el</strong> empotramiento a la<br />

rede principal.<br />

d) Desarrollar un programa de control de las actividades que generan aceites<br />

y lubricantes usados y aguas aceitosas, especialmente en las parroquias<br />

Catia La Mar y Urimare, los cuales se están descargando en la planta de<br />

tratamiento de Punta Gorda.<br />

e) Implementar un plan de manejo de las grasas y aceites vegetales usados<br />

generados en restaurantes, hot<strong>el</strong>es, posadas y viviendas, fomentando la<br />

creación de microempresas <strong>para</strong> la producción artesanal de jabones, v<strong>el</strong>as<br />

y otros productos.<br />

f) Se proponen las siguientes acciones <strong>para</strong> cada uno de los sectores <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

estado Vargas:<br />

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Sector Oeste:<br />

Para <strong>el</strong> tramo comprendido entre <strong>el</strong> Círculo Militar de Mamo hasta Mare se<br />

debe realizar la captación de las aguas servidas, mediante la rehabilitación e<br />

instalación de los colectores por gravedad y tuberías de impulsión <strong>para</strong> ser<br />

tratados en la Planta de Tratamiento de Punta Gorda, así como la ejecución de<br />

las obras que a continuación se indican:<br />

Sistema Mamo Construir un sifón <strong>para</strong> cruzar <strong>el</strong> lecho <strong>d<strong>el</strong></strong> río Mamo, aguas<br />

arriba <strong>d<strong>el</strong></strong> puente y continuar con <strong>el</strong> colector hasta su descarga<br />

a la boca de visita 49.<br />

Construir las instalaciones de la Estación de Bombeo Círculo<br />

Militar y su tubería de impulsión hasta la boca de visita 49, al<br />

pie de la planicie de Mamo.<br />

Sistema Catamare-La Zorra Construir un sifón en La Zorra: Recuperación de la tubería que<br />

cruza bajo <strong>el</strong> canal La Zorra<br />

Habilitar la descarga provisional de la quebrada La Zorra,<br />

limpieza de los colectores por gravedad entre Mamo y La<br />

Zorra, y cierre de las descargas provisionales hacia los cajones<br />

de drenaje de la avenida Paseo La Marina.<br />

Sistema La Zorra-Tacagua Rehabilitar <strong>el</strong> colector La Zorra-Tacagua, en las avenidas La<br />

Sistema Playa Grande-<br />

Playa Verde-Mare<br />

Atlántida y Club Náutico.<br />

Garantizar la descarga a la Estación de Bombeo Tacagua<br />

Rehabilitar la Estación de Bombeo Tacagua<br />

Realizar una prueba de estanqueidad en la tubería de<br />

impulsión de la Estación de Bombeo Bombeo Tacagua- Punta<br />

Gorda<br />

Terminar las obras <strong>el</strong>ectromecánicas de la Estación de<br />

Bombeo Playa Verde, incorporar las áreas urbanas <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

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Sector Central:<br />

Sector Este:<br />

colector por gravedad y realizar la prueba de estanqueidad<br />

de la tubería de impulsión y válvula de bola de cierre hacia<br />

Tacagua.<br />

g) Evaluar la situación de las descargas de aguas servidas de la<br />

cuenca de Tacagua, incluyendo <strong>el</strong> gasto proveniente principalmente<br />

de Caracas y su incidencia en la parte baja <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />

h) Determinar la pertinencia de reservar un espacio en la margen<br />

izquierda de la descarga de la quebrada Tacagua, <strong>para</strong> la ubicación<br />

de un sistema de tratamiento de los efluentes generados en esta<br />

cuenca.<br />

i) Evaluar la pertinencia <strong>d<strong>el</strong></strong> reuso de las aguas tratadas de la Planta<br />

de Punta Gorda, <strong>para</strong> ser utilizadas en <strong>el</strong> sistema de enfriamiento<br />

<strong>d<strong>el</strong></strong> aeropuerto y <strong>para</strong> <strong>el</strong> riego de áreas verdes en <strong>el</strong> estado Vargas.<br />

j) Definir sistemas de tratamiento puntuales por cuencas <strong>para</strong> <strong>el</strong> tramo<br />

comprendido entre Arrecifes-Puerto Maya, incluyendo Carayaca.<br />

k) Definir alternativas de sistemas de tratamiento <strong>para</strong> la parroquia El<br />

Junko y Ciudad Caribea.<br />

l) Reservar terreno <strong>para</strong> la construcción de las estaciones de bombeo<br />

de Cine Lamas, El Cantón y Piedra Azul, instalaciones que servirán<br />

<strong>para</strong> llevar <strong>el</strong> gasto proveniente de las parroquias centrales <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

estado Vargas a la Planta de Tratamiento de Punta Gorda.<br />

m) Definir una opción puntual <strong>para</strong> <strong>el</strong> tratamiento de las aguas<br />

residuales de Galipán y los sectores adyacentes.<br />

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n) Rehabilitar y/o construir <strong>el</strong> sistema de colectores principales y<br />

secundarios, así como los tramos de tubería de impulsión, que<br />

captarán y conducirán a las estaciones de bombeo, <strong>el</strong> gasto<br />

producido en <strong>el</strong> sector de Macuto y Camurí Chico <strong>para</strong> ser<br />

previamente tratados y dispuestos finalmente al mar.<br />

o) Construir una planta de tratamiento en Tanaguarena, <strong>para</strong> sanear <strong>el</strong><br />

sector de San Julián, Caraballeda y <strong>el</strong> propio Tanaguarena.<br />

p) Definir sistemas de tratamiento puntuales e independientes por<br />

cuencas <strong>para</strong> los centros poblados de las parroquias Naiguatá y<br />

Caruao.<br />

3. Manejo de desechos:<br />

a) Realizar los estudios <strong>para</strong> determinar la factibilidad de la instalación de<br />

plantas de transferencia en los extremos <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, con centros de acopio<br />

<strong>para</strong> <strong>el</strong> almacenamiento temporal, o implementar procesos tecnológicos<br />

que permitan <strong>el</strong> tratamiento y disposición de los desechos sólidos in situ en<br />

los extremos <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />

b) Procurar <strong>el</strong> aprovechamiento máximo <strong>d<strong>el</strong></strong> “R<strong>el</strong>leno Sanitario de Santa<br />

Eduvigis”, bajo un enfoque de gestión integral, que contemple la<br />

implementación de programas de segregación en <strong>el</strong> origen, recolección<br />

s<strong>el</strong>ectiva, la implementación de programas de educación ambiental,<br />

garantizando la dotación de equipos apropiados <strong>para</strong> la recolección de los<br />

desechos sólidos, así como la ampliación de la cobertura de las rutas.<br />

c) Realizar <strong>el</strong> inventario de las instalaciones donde se generan desechos<br />

p<strong>el</strong>igrosos, tóxicos, reactivos, inflamables, corrosivos, radiactivos y evaluar<br />

la implementación de procesos adecuados <strong>para</strong> <strong>el</strong> tratamiento y<br />

disposición de los mismos.<br />

d) Realizar los proyectos <strong>para</strong> la instalación de equipos incineradores<br />

específicos <strong>para</strong> desechos orgánicos patológicos y <strong>para</strong> desechos sólidos<br />

no p<strong>el</strong>igrosos, con <strong>el</strong> fin de realizar <strong>el</strong> tratamiento de cada tipo de desechos<br />

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por se<strong>para</strong>do, ubicados estratégicamente en lugares cercanos a los sitios<br />

de generación, incluyendo los costos de mantenimiento de las<br />

instalaciones durante su operación a todo lo largo de su vida útil.<br />

e) Establecer un mecanismo de control que garantice que los residuos y<br />

desechos sólidos recibidos en <strong>el</strong> Aeropuerto Internacional Simón Bolívar y<br />

en <strong>el</strong> Puerto de La Guaira, sean tratados dentro de las mismas<br />

instalaciones <strong>para</strong> prevenir que ingresen al país organismos patógenos<br />

que puedan causar epidemias.<br />

f) Establecer un plan de control de las empresas almacenadotas de<br />

productos químicos que presentan características de p<strong>el</strong>igrosidad por sus<br />

niv<strong>el</strong>es de inflamabilidad, corrosividad, toxicidad y combustión, vinculadas<br />

a la operación <strong>d<strong>el</strong></strong> puerto y aeropuerto, a fin de regular esta actividad en<br />

función de la normativa ambiental.<br />

g) Incorporar tecnología <strong>para</strong> tratamiento de escombros en sitio, <strong>para</strong> su<br />

reuso. Identificando inicialmente las actividades generadoras de<br />

escombros, en función <strong>d<strong>el</strong></strong> tipo y cantidad producida, fomentando la<br />

creación de centros de acopio con tamizado y trituración, se<strong>para</strong>ción de<br />

materiales en la fuente de obra y fomentar su aprovechamiento, motivando<br />

la creación de empresas especializadas en la recepción, aprovechamiento.<br />

Haciendo especial énfasis a la definición de estrategias <strong>para</strong> <strong>el</strong> manejo de<br />

los escombros <strong>d<strong>el</strong></strong> sector de Los Corales.<br />

h) Realizar <strong>el</strong> saneamiento y recuperación <strong>d<strong>el</strong></strong> sector Paso de Caballo, y la<br />

recta de El Tigrillo, los cuales han sido utilizados como sitios inadecuados<br />

de bote de escombros, así como evaluar la factibilidad de acondicionar<br />

sitios alternativos <strong>para</strong> la disposición de escombros.<br />

4. Control de la contaminación atmosférica:<br />

a) Establecer un sistema mínimo de monitoreo de calidad de aire, que incluya<br />

aspectos de ruidos y vibraciones, en los principales centros poblados <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

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estado Vargas, a fin de prevenir y controlar impactos ambientales<br />

negativos.<br />

Artículo 56: Este Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas propone que los<br />

organismos competentes en materia de obras de Infraestructura de vialidad y<br />

transporte, ejecuten las siguientes acciones:<br />

1. Mejorar la conexión vial Caracas – Litoral Central<br />

a) Desarrollar un sistema multimodal a fin de establecer vínculos de<br />

transporte masivo (carga y pasajeros) entre <strong>el</strong> Puerto de La Guaira y <strong>el</strong><br />

Aeropuerto de Maiquetía con la Región Centro Norte <strong>d<strong>el</strong></strong> país, permitiendo<br />

la conexión entre los diferentes puertos existentes.<br />

b) Desarrollar y construir la Variante Blandín, la cual comenzará en las<br />

inmediaciones de la Carretera Vieja Caracas – La Guaira, sector donde se<br />

desarrollará <strong>el</strong> “Distribuidor Macayapa”, <strong>el</strong> cual conectará con la actual<br />

autopista Caracas – La Guaira y con la prolongación de la Av. Boyacá. El<br />

trazado nuevo de la ruta continúa por tún<strong>el</strong>es a través de la Serranía <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

Warairarepano, hasta alcanzar un distribuidor a la altura <strong>d<strong>el</strong></strong> actual tún<strong>el</strong><br />

Boquerón 2 (Distribuidor Boquerón), a partir <strong>d<strong>el</strong></strong> cual continuará hasta<br />

Catia La Mar, en <strong>el</strong> extremo oeste <strong>d<strong>el</strong></strong> Aeropuerto de Maiquetía, en la Av.<br />

Intercomunal Maiquetía – Catia La Mar, planteándose <strong>el</strong> enlace con esta<br />

vía, mediante un distribuidor denominado “Distribuidor Aeropuerto”. (Anexo<br />

Nº 6)<br />

c) Realizar mantenimiento constante de la vía de contingencia, como vía de<br />

servicio alterna <strong>para</strong> cubrir eventualidades de comunicación entre Caracas<br />

y Vargas.<br />

2. Mejorar la accesibilidad <strong>para</strong> <strong>el</strong> puerto y <strong>el</strong> aeropuerto<br />

a) Elaborar los estudios <strong>d<strong>el</strong></strong> sistema vial en la avenida Soublette, a fin<br />

de se<strong>para</strong>r <strong>el</strong> tránsito local y <strong>d<strong>el</strong></strong> tráfico generado por <strong>el</strong> puerto, que<br />

ofrezca una mayor capacidad al sistema vial, accesos directos desde<br />

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y hacia <strong>el</strong> puerto y una vinculación apropiada con <strong>el</strong> Aeropuerto<br />

Internacional Simón Bolívar de Maiquetía.<br />

3. Mejorar la movilidad interurbana<br />

a) Desarrollar una red integrada de transporte masivo, con vías<br />

exclusivas <strong>para</strong> <strong>el</strong> tránsito rápido de buses de transporte público.<br />

b) Crear una empresa de producción social de transporte articulado,<br />

con <strong>el</strong> objeto de garantizar la movilidad y desplazamiento de la<br />

población <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />

4. Mejorar la vialidad rural<br />

a) Actualizar <strong>el</strong> inventario físico de la vialidad rural, incorporando <strong>el</strong>ementos<br />

físicos, bióticos y socioculturales.<br />

b) Implementar un mo<strong>d<strong>el</strong></strong>o de gestión <strong>para</strong> la conservación de la red vial<br />

agrícola, a través de la conformación de empresas de producción social,<br />

que sean garantes <strong>d<strong>el</strong></strong> acondicionamiento de estas vías.<br />

c) Desarrollar un programa de rehabilitación de la red vial agrícola,<br />

ampliando la pavimentación hacia aqu<strong>el</strong>los sectores donde se mantienen<br />

los caminos de tierra, a fin de mejorar la transitabilidad y mantener una<br />

operación continua con los centros de consumo y conservación.<br />

d) Mejorar <strong>el</strong> transporte rural, a fin de garantizar la distribución de la<br />

producción agrícola y la movilización.<br />

e) Valorizar las vías agrícolas de Carayaca, Galipán, Caruao y El Junko,<br />

como un <strong>el</strong>emento estructurante <strong>d<strong>el</strong></strong> paisaje.<br />

Artículo 57: Este Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio, propone <strong>para</strong> la<br />

infraestructura de corrección y protección de cuencas hidrográficas las siguientes<br />

acciones:<br />

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1. Complementar las obras de canalización e implementar sistemas de alerta<br />

temprana a la población <strong>para</strong> actuar oportuna y eficientemente en su<br />

protección al producirse una alarma.<br />

2. Desarrollar <strong>el</strong> programa de control y manejo de flujos torrenciales e<br />

inundaciones establecidos en <strong>el</strong> Decreto Nº 3.413, mediante <strong>el</strong> cual se<br />

dicta <strong>el</strong> Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso <strong>d<strong>el</strong></strong> Área de<br />

Protección y Recuperación Ambiental <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas (Eje Arrecife-Los<br />

Caracas).<br />

3. Diseñar y construir obras viales en los conos de deyección a fin de tomar<br />

las previsiones necesarias <strong>para</strong> <strong>el</strong> buen funcionamiento de las obras de<br />

canalización existentes.<br />

4. La declaración legal de las áreas dentro de las cuencas en las que no<br />

podrán efectuarse ninguna acción de ocupación o reconstrucción.<br />

Artículo 58: Este Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio, propone <strong>para</strong> <strong>el</strong> Aeropuerto<br />

Internacional de Maiquetía Simón Bolívar, la implementación de un programa de<br />

gestión <strong>para</strong> <strong>el</strong> control de los parámetros de la calidad ambiental, que abarque<br />

los componentes que impactan <strong>el</strong> ambiente en la prestación <strong>d<strong>el</strong></strong> servicio, tales<br />

como: aguas residuales, manejo de sustancias y desechos p<strong>el</strong>igrosos, suministro<br />

de agua potable, disposición de desechos sólidos no p<strong>el</strong>igrosos, control de<br />

emisiones atmosféricas y ruido.<br />

Artículo 59: Este Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio, propone <strong>para</strong> <strong>el</strong> Puerto de<br />

La Guaira las siguientes acciones:<br />

1. Aumentar su productividad como operación comercial, creando nuevas<br />

oportunidades <strong>para</strong> negocios que atraigan inversiones, generen empleos y<br />

fortalezcan la base económica <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, mediante la reordenación<br />

integral <strong>d<strong>el</strong></strong> puerto y modernización de las operaciones de carga, descarga<br />

y almacenamiento y la ampliación de las instalaciones.<br />

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2. Valorizar la vinculación espacial y funcional entre <strong>el</strong> frente marino ocupado<br />

por <strong>el</strong> puerto con <strong>el</strong> casco histórico de La Guaira.<br />

TÍTULO V<br />

DE LA GESTIÓN DE RIESGOS<br />

Articulo 60: La Gestión de Riesgos debe ser incorporada en las funciones que<br />

desempeñan todos los actores sociales como una intervención necesaria en la<br />

perspectiva <strong>d<strong>el</strong></strong> desarrollo <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas. Esta debe considerar los aspectos<br />

de amenazas y vulnerabilidad, y traducirlos en acciones de prevención y<br />

mitigación de riesgos y de pre<strong>para</strong>ción <strong>para</strong> la atención de emergencias y<br />

desastres.<br />

Articulo 61: La gestión de riesgos comprenderá tres (3) grupos o tipos de<br />

medidas:<br />

1. De prevención: Entendidas como un conjunto de acciones cuyo objeto es<br />

impedir o evitar que los eventos naturales o generados por <strong>el</strong> hombre<br />

causen emergencias o desastres.<br />

2. De mitigación: Conjunto de acciones de intervención dirigidas a reducir<br />

los riesgos.<br />

3. De pre<strong>para</strong>ción: Acciones orientadas a reducir al mínimo la pérdida de<br />

vidas humanas y otros daños, organizando oportuna y eficazmente la<br />

respuesta ante un evento de origen natural, tecnológico o social.<br />

Estas medidas deben ser ejecutadas en forma coordinada por los organismos<br />

nacionales, estatales y municipales con competencia en la materia. Como parte<br />

integral de la gestión de riesgos, aqu<strong>el</strong>las tareas r<strong>el</strong>acionadas con la atención de<br />

emergencias y desastres, rehabilitación y reconstrucción, deben ser coordinadas<br />

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con los entes a los que les compete la materia según lo establecido en la ley<br />

respectiva.<br />

Articulo 62: Las medidas de prevención que deben llevarse a cabo, son las<br />

siguientes:<br />

1. Instalar <strong>el</strong> Gabinete Estadal de Gestión Integral de Riesgos Socionaturales<br />

y Tecnológicos, adscrito a su respectivo Consejo de Planificación y<br />

Coordinación de Políticas Públicas, a fin dar cumplimiento a la política<br />

nacional en la materia y coordinar las actividades a <strong>el</strong>la vinculada.<br />

2. Crear un Sistema Regional de Prevención de Riesgos y Atención de<br />

Emergencias, que incluya a los entes gubernamentales, de seguridad,<br />

servicios, técnicos y sociales que apoyan <strong>el</strong> proceso de gestión <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

desarrollo en <strong>el</strong> Estado.<br />

3. Elaborar la base legal <strong>para</strong> la inclusión de la variable riesgo en <strong>el</strong> estado<br />

Vargas que conlleve a reglamentar las decisiones r<strong>el</strong>acionadas con la<br />

ocupación adecuada <strong>d<strong>el</strong></strong> espacio, tanto en <strong>el</strong> ámbito regional, como a<br />

escala local a través de ordenanzas.<br />

4. Elaborar <strong>el</strong> mapa de riesgo <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, a fin de determinar las áreas que<br />

por sus condiciones de amenazas naturales no deben ser ocupadas por<br />

actividades humanas.<br />

5. Definir <strong>el</strong> responsable <strong>d<strong>el</strong></strong> comando y control de las operaciones al<br />

momento de ocurrir un desastre, hasta <strong>el</strong> levantamiento de la declaratoria<br />

de emergencia o alarma, y <strong>el</strong> niv<strong>el</strong> de participación de los entes regionales<br />

y locales <strong>para</strong> <strong>el</strong> adecuado desempeño de sus funciones.<br />

6. Promover y difundir investigaciones en <strong>el</strong> campo de las amenazas<br />

presentes en <strong>el</strong> estado Vargas, y apoyar a los organismos oficiales en la<br />

aplicación de los resultados que conlleven a orientar la ocupación de los<br />

espacios en función de las distintas amenazas evaluadas.<br />

7. Mantener como parte <strong>d<strong>el</strong></strong> Sistema de Información <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, la<br />

información disponible sobre amenazas, vulnerabilidad e identificación de<br />

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zonas de riesgos, permitiendo su disponibilidad a los entes competentes<br />

<strong>para</strong> la toma de decisiones y a las comunidades como parte de los<br />

programas de información pública.<br />

8. Promover procesos permanentes de capacitación y sensibilización en <strong>el</strong><br />

tema de gestión de riesgos, tanto en los entes <strong>d<strong>el</strong></strong> gobierno como en los<br />

distintos actores de la vida regional.<br />

9. Promover la inserción de la variable riesgo en los proyectos de<br />

financiamiento que se aprueben <strong>para</strong> <strong>el</strong> estado.<br />

10. Promover la creación y aplicación de indicadores, evidentes y medibles,<br />

de gestión de riesgos en <strong>el</strong> estado.<br />

11. Establecimiento de Sistemas de Alerta Temprana las cuencas más<br />

pobladas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, que permitan prever en tiempo real la ocurrencia de<br />

situaciones de emergencia.<br />

12. Mantener un acervo histórico permanente de la información y<br />

documentación generada sobre todos los eventos asociados al riesgo en <strong>el</strong><br />

estado Vargas.<br />

Articulo 63: Las medidas de mitigación que deben llevarse a cabo, son las<br />

siguientes:<br />

1. Evaluación de las condiciones de vulnerabilidad de la infraestructura física<br />

urbana y líneas vitales tales como redes de servicios, instalaciones críticas y<br />

esenciales como centros de salud e instalaciones educativas, así como las<br />

obras de valor patrimonial.<br />

2. Se debe propiciar la ejecución de obras de mantenimiento, recuperación y<br />

reforzamiento de las instalaciones críticas y esenciales que manifiesten<br />

condiciones de vulnerabilidad física en zonas de amenazas.<br />

Articulo 64: Las medidas de pre<strong>para</strong>ción que deben llevarse a cabo, son las<br />

siguientes:<br />

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1. Desarrollar planes de actuación y evacuación <strong>para</strong> casos de emergencias<br />

en <strong>el</strong> estado Vargas, que contemplen la actuación conjunta, coordinada y<br />

liderada por <strong>el</strong> órgano de mayor pertinencia ante <strong>el</strong> evento presentado de<br />

los diferentes organismos.<br />

2. Desarrollar políticas estatales de información sobre riesgos y planes de<br />

actuación <strong>para</strong> casos de emergencia o desastres.<br />

3. Apoyar la pre<strong>para</strong>ción de los organismos de primera respuesta, tales como<br />

bomberos y policías, de igual manera los de segunda respuesta y<br />

coordinación como Protección Civil y otros cuerpos de seguridad u<br />

organismos de niv<strong>el</strong> local, regional o nacional, que se involucren en las<br />

etapas de respuesta ante emergencias y desastres.<br />

4. Incorporar a los entes <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, los grupos técnicos, económicos y de<br />

servicios, y comunidades en la pre<strong>para</strong>ción y realización de simulacros<br />

<strong>para</strong> la actuación en casos de emergencias y desastres.<br />

5. Mantener procesos de evaluación continua sobre las actividades de<br />

atención de emergencias y desastres en <strong>el</strong> estado.<br />

6. Desarrollar programas de capacitación, postimpacto, que permita <strong>el</strong><br />

levantamiento inicial, a fin de proponer acciones prioritarias orientadas a<br />

desarrollar actividades <strong>para</strong> la administración de la emergencia o desastre.<br />

7. Conformar las mesas de riesgo en los consejos comunales.<br />

Artículo 65: Para garantizar la seguridad integral <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, r<strong>el</strong>acionada<br />

con aqu<strong>el</strong>las actividades que pudieren representar un riesgo de origen<br />

tecnológico <strong>para</strong> la población, la infraestructura construida y <strong>el</strong> ambiente en<br />

general, se proponen las siguientes acciones:<br />

1. Realizar un levantamiento y actualización permanente de la información de<br />

las plantas manufactureras, industrias, comercios, sistemas y líneas vitales<br />

que representen un riesgo tecnológico y realizar las evaluaciones e<br />

identificación de las amenazas asociadas con dichas instalaciones.<br />

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2. Desarrollar <strong>para</strong> aqu<strong>el</strong>las instalaciones que por su complejidad, tamaño y<br />

p<strong>el</strong>igrosidad, una evaluación cuantitativa de riesgo.<br />

3. Llevar a cabo estudios r<strong>el</strong>acionados con amenazas complejas o<br />

concatenadas, es decir, aqu<strong>el</strong>las que pueden significar interacción entre<br />

los desastres tecnológicos y naturales.<br />

4. Hacer cumplir las normas Covenin vigentes en las instalaciones<br />

industriales presentes en la zona.<br />

5. Con respecto al Aeropuerto, <strong>el</strong> Puerto y la Planta Termo<strong>el</strong>éctrica Josefa<br />

Joaquina Sánchez Bastidas, sería necesario contar con:<br />

a) La caracterización detallada de las instalaciones o sectores de cada uno.<br />

b) La identificación de las áreas críticas susceptibles a la ocurrencia de<br />

accidentes.<br />

c) Medidas de seguridad <strong>para</strong> prevención de accidentes con respecto a los<br />

productos almacenados, además, la clasificación, traslado y transporte de<br />

los materiales p<strong>el</strong>igrosos.<br />

d) Evaluación <strong>d<strong>el</strong></strong> sistema de abastecimiento de combustibles.<br />

e) Planes de actuación <strong>para</strong> casos de emergencias y desastres.<br />

f) Programas dirigidos a la comunidad que orienten sobre los riesgos<br />

potenciales de la instalación.<br />

6. Con respecto a las instalaciones que dependen de la industria petrolera, es<br />

necesario hacer cumplir la normativa de seguridad vigente en la industria<br />

<strong>para</strong> <strong>el</strong> complejo de distribución de hidrocarburos <strong>d<strong>el</strong></strong> Sistema Tacagua y<br />

en las instalaciones que a futuro se planifiquen <strong>para</strong> <strong>el</strong> Estado.<br />

TÍTULO VI<br />

LA EDUCACIÓN AMBIENTAL<br />

Y LA PARTICIPACIÓN<br />

Articulo 66: La Educación Ambiental deberá considerar como estrategia<br />

metodológica, la coordinación entre las instituciones encargadas de <strong>el</strong>aborar las<br />

políticas ambientales y las específicamente educativo-ambientales, <strong>para</strong> así<br />

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establecer mayor articulación de las diversas iniciativas en esta materia, en este<br />

sentido las propuestas van dirigidas a:<br />

1. Diseñar un plan de acción en educación Ambiental, ajustado a las<br />

a.- Interinstitucional<br />

particularidades <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas a fin de generar, promover y<br />

desarrollar en la ciudadanía una visión preventiva y previsiva <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

ambiente, basada en los principios <strong>d<strong>el</strong></strong> desarrollo sustentable, <strong>para</strong><br />

difundir <strong>el</strong> conocimiento de los valores ambientales de esta entidad que<br />

conduzca a la construcción <strong>d<strong>el</strong></strong> mo<strong>d<strong>el</strong></strong>o socialista de participación<br />

popular, enfocados en tres ejes:<br />

a.- Interinstitucional.<br />

b.- Áreas temáticas <strong>d<strong>el</strong></strong> POTEV.<br />

c.- Participación <strong>Popular</strong>.<br />

Abordar y beneficiar la construcción de objetivos comunes como entes<br />

integradores <strong>para</strong> intercambiar información, y lograr una unificación estadal en lo<br />

ambiental.<br />

b.- Áreas temáticas <strong>d<strong>el</strong></strong> POTEV<br />

Incrementar la realización de actividades que propicien la identidad <strong>d<strong>el</strong></strong> varguense<br />

y los visitantes con <strong>el</strong> entorno natural <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, su realidad<br />

sociocultural, pertinentes a su situación ambiental, bajo las siguientes áreas<br />

temáticas.<br />

a) El varguense integrado y comprometido con su espacio sociocultural<br />

y físico-natural<br />

b) El varguense actúa preventivamente ante <strong>el</strong> riesgo.<br />

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c) Las comunidades se involucran en <strong>el</strong> manejo de sus desechos<br />

sólidos.<br />

d) El varguense conserva su patrimonio cultural y natural.<br />

e) La diversidad biológica <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas es protegida por sus<br />

habitantes.<br />

f) La conservación de las cuencas desde las comunidades <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />

Vargas.<br />

g) Las Abraes´s <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas son espacios usados <strong>para</strong> la<br />

vida.<br />

h) Agricultura sustentable desde y en las comunidades <strong>d<strong>el</strong></strong> estado<br />

Vargas.<br />

i) La pesca varguense: una actividad sustentable con las<br />

comunidades.<br />

j) Turismo sustentable en Vargas.<br />

k) Los varguenses protegen sus cuencas.<br />

c.- Participación <strong>Popular</strong><br />

Promover <strong>el</strong> diseño y ejecución de proyectos de capacitación, dirigidos a la<br />

población en general, comunitaria y escolar, con la finalidad de generar cambios<br />

de actitudes y de comportamiento en pro de una interacción armónica ser<br />

humano/ambiente, generando soluciones a los problemas ambientales, desde la<br />

educación formal y no formal.<br />

TÍTULO VII<br />

DE LA GESTIÓN INTEGRAL DEL PLAN<br />

CAPÍTULO I<br />

DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA GESTIÓN<br />

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Artículo 67: El Control de la Gestión de este Plan, se realizara a través de la<br />

Dirección de Planificación Estratégica y Ordenamiento Territorial de la<br />

Gobernación <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, mediante las siguientes acciones:<br />

1. Establecer, mantener actualizado y coordinar <strong>el</strong> manejo <strong>d<strong>el</strong></strong> Sistema de<br />

Información Geográfica <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas (Sigvargas), como herramienta<br />

de planificación y gestión, garantizando que funcione de manera abierta a<br />

los usuarios y se optimice <strong>el</strong> uso de la información.<br />

2. El monitoreo, la vigilancia y <strong>el</strong> control de las actividades a realizarse en <strong>el</strong><br />

territorio <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, de acuerdo al plan.<br />

3. Estimular las distintas formas de participación de los diferentes entes<br />

públicos y privados en la gestión y seguimiento <strong>d<strong>el</strong></strong> plan.<br />

4. Promover, coordinar y apoyar las actuaciones de los agentes públicos y<br />

privados dentro de las previsiones contenidas en <strong>el</strong> plan, a fin de<br />

materializar las propuestas <strong>d<strong>el</strong></strong> plan.<br />

Articulo 68: El Sistema de Información Geográfica <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas<br />

(Sigvargas), debe servir a sus diferentes usuarios, tanto los que coordinan la<br />

ejecución <strong>d<strong>el</strong></strong> plan, como aqu<strong>el</strong>los que participan institucional o socialmente <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

mismo, debiendo producir información sobre:<br />

1. Indicadores ambientales;<br />

2. Calidad de vida de las diversas colectividades <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas;<br />

3. Impactos ambientales de los proyectos y acciones a ejecutar, u obras a<br />

considerar;<br />

4. Ordenamiento territorial;<br />

5. Diversidad biológica y su aprovechamiento;<br />

6. Sistema estadal de áreas protegidas;<br />

7. Fuentes de contaminación y manejo de substancias tóxicas y desechos<br />

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p<strong>el</strong>igrosos;<br />

8. Desarrollo institucional, y la generación de ámbitos, mecanismos de<br />

participación y organizaciones sociales;<br />

9. Desarrollo, aplicación y cumplimiento de la normativa ambiental;<br />

10. Proyectos de infraestructuras.<br />

11. Turismo y patrimonio.<br />

12. Ejecución física y financiera sobre <strong>el</strong> niv<strong>el</strong> de cumplimiento <strong>d<strong>el</strong></strong> plan.<br />

13. Infraestructura de servicios, educación, salud, etc.<br />

CAPÍTULO II<br />

DE LOS MECANISMOS DE FINANCIAMIENTO<br />

Articulo 69: Con la finalidad de lograr la generación de ingresos que hagan factible<br />

la puesta en práctica de las acciones de este plan, se propone utilizar como fuentes<br />

generales de financiamiento los aportes provenientes de:<br />

1. La coordinación presupuestaria de las instituciones, bajo la orientación<br />

generada por este Plan de Ordenamiento Territorial.<br />

2. Negociar <strong>el</strong> mayor acceso posible a los ingresos por concepto de<br />

impuestos y tasas generados por <strong>el</strong> Aeropuerto Internacional de Maiquetía<br />

y por <strong>el</strong> Puerto de La Guaira.<br />

3. Alícuota de las actividades mineras.<br />

4. Las donaciones y <strong>el</strong> financiamiento internacional.<br />

Artículo 70: Para lograr <strong>el</strong> objetivo de generación de ingresos <strong>para</strong> <strong>el</strong><br />

financiamiento de las acciones <strong>d<strong>el</strong></strong> plan, se requiere:<br />

1. Crear un sistema de captación de recursos financieros que permita la<br />

implementación de planes, programas, acciones, estudios e<br />

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investigaciones necesarias <strong>para</strong> alcanzar los objetivos de gestión<br />

integral <strong>d<strong>el</strong></strong> plan.<br />

2. La <strong>el</strong>aboración de los instrumentos normativos legales, <strong>para</strong> garantizar<br />

su instrumentación, incluyendo <strong>el</strong> establecimiento de estándares o<br />

normas de calidad, imposiciones, tasas, contribuciones o tarifas.<br />

3. Definir las necesidades de recursos financieros y las vías de su<br />

asignación, <strong>para</strong> cubrir los costos ambientales <strong>d<strong>el</strong></strong> desarrollo en las<br />

diferentes cuencas <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />

TÍTULO VIII<br />

DE LA INVESTIGACIÓN, INNOVACIÓN Y<br />

DESARROLLO TECNOLÓGICO<br />

Articulo 71: Este Plan propone que la Dirección de Planificación Estratégica y<br />

Ordenamiento Territorial en coordinación con la Comisión de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

Territorio, gestione ante los organismos competentes, la realización de estudios<br />

que permitan mejorar la r<strong>el</strong>ación tecnología – ordenación territorial – ambiente y su<br />

valoración económica, con la finalidad de aportar soluciones de preservación y<br />

consolidación de los diversos usos que se establecen en Título II de este Decreto,<br />

en especial los siguientes:<br />

1. En r<strong>el</strong>ación con recursos naturales y uso de las tierras:<br />

a) Determinar los vacios de información y establecer alianzas con las<br />

instituciones académicas y de investigación <strong>para</strong> satisfacer esta<br />

necesidad.<br />

b) Generación y validación de mo<strong>d<strong>el</strong></strong>os de simulación de los procesos<br />

naturales.<br />

c) Evaluación de la sensibilidad ambiental y estudios de ecología <strong>d<strong>el</strong></strong> paisaje.<br />

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d) Evaluación de la aptitud de las tierras: factibilidad socioeconómica, política,<br />

ecológica e institucional de los usos alternativos.<br />

e) Inventario <strong>d<strong>el</strong></strong> uso actual de la tierra y de la cobertura vegetal.<br />

f) Estudios ecológicos de paisaje vegetal y especies.<br />

g) Identificación de áreas sujetas a reforestación.<br />

h) Estudios de valoración económica y alternativas de reforestación.<br />

i) Análisis de susceptibilidad a la erosión.<br />

j) Análisis de tecnologías agrícolas conservacionistas.<br />

k) Diseño de un programa de monitoreo de producción de sedimentos.<br />

l) Inventario de la información disponible sobre diversidad biológica (en<br />

cuanto a especies y ecosistemas).<br />

m) Diagnóstico de problemas r<strong>el</strong>evantes sobre diversidad biológica.<br />

n) Restauración de hábitat degradados.<br />

o) Monitoreo de la diversidad biológica.<br />

2. Para la reducción de la contaminación <strong>d<strong>el</strong></strong> agua:<br />

a) Diagnóstico de la contaminación <strong>d<strong>el</strong></strong> agua.<br />

b) Monitoreo de la calidad <strong>d<strong>el</strong></strong> agua.<br />

3. Para la valoración de los recursos<br />

a) Inventario / diagnóstico de los recursos.<br />

b) Valoración económica de los recursos.<br />

4. Validación e implementación de tecnologías adecuadas<br />

a) Caracterización y evaluación de tecnologías utilizadas.<br />

b) Diagnóstico de los sistemas de producción.<br />

c) Caracterización y evaluación de la racionalidad económica de los<br />

productores según sistemas de producción.<br />

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d) Evaluación de la capacidad de carga de las unidades de producción.<br />

e) Diagnóstico de los sistemas de producción agrícola presentes en <strong>el</strong> estado<br />

Vargas (uso actual y uso potencial de la tierra).<br />

f) Diseño de los sistemas de manejo a implementar (incluir evaluación e<br />

instrumentación de tecnologías de recuperación de áreas degradadas)<br />

g) Desarrollo, caracterización y evaluación de las opciones tecnológicas<br />

propuestas.<br />

H) Formulación, evaluación y validación de las propuestas<br />

i) Estrategias de implementación de las tecnologías propuestas.<br />

5. Para la productividad física y eficiencia económica de los sistemas<br />

agrícolas<br />

a) Evaluación de tierras con criterios de la Organización de las Naciones<br />

Unidas <strong>para</strong> la Agricultura y la Alimentación (FAO) <strong>para</strong> áreas montañosas.<br />

b) Proyectos de investigación y transferencia participativos.<br />

6. Calidad de vida de la población asentada<br />

S<strong>el</strong>ección de indicadores de condiciones de vida asociados a la gestión y<br />

aprovechamiento de los recursos naturales <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />

7. Amenazas, vulnerabilidad y riesgos<br />

a) Promover <strong>el</strong> desarrollo de investigaciones orientadas a consolidar y<br />

profundizar <strong>el</strong> conocimiento sobre amenazas, vulnerabilidad y riesgo.<br />

b) Realizar los estudios de microzonificación sísmica que permitan tomar<br />

decisiones adecuadas sobre la distribución más segura de la población,<br />

especialmente en áreas urbanas.<br />

c) Realizar las investigaciones necesarias <strong>para</strong> la zonificación geotécnica <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

estado, en especial en los sectores de Carayaca y Caruao.<br />

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8. Vialidad<br />

a) Estudiar y evaluar sistemas alternos a los propuestos en este plan, que<br />

conduzcan a reducir la vulnerabilidad de la conexión Caracas-Litoral<br />

Central.<br />

TÍTULO IX<br />

DISPOSICIONES FINALES<br />

Artículo 72: El control de la ejecución <strong>d<strong>el</strong></strong> Plan de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas,<br />

corresponde al Gobernador o Gobernadora, con la asesoría técnica de la<br />

Comisión Estadal de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio y la participación <strong>d<strong>el</strong></strong> Consejo de<br />

Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, previsto en <strong>el</strong> artículo 166 de<br />

la Constitución de la República.<br />

Artículo 73: Las autorizaciones y aprobaciones administrativas concedidas antes<br />

de la aprobación de este plan, se considerarán como usos comprometidos.<br />

Artículo 74: Las decisiones que adopten los organismos de la Administración<br />

Pública Nacional, Central y Descentralizada, y la ejecución de actividades por<br />

parte de los particulares y entidades de carácter privado que impliquen acciones<br />

de ocupación <strong>d<strong>el</strong></strong> territorio de importancia estadal, deben ser aprobadas o<br />

autorizadas por <strong>el</strong> Gobernador o Gobernadora <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, previa opinión<br />

favorable de la Comisión Estadal de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio.<br />

Artículo 75: Las aprobaciones o autorizaciones administrativas <strong>para</strong> la ocupación<br />

<strong>d<strong>el</strong></strong> territorio, a que se refiere <strong>el</strong> artículo anterior deberán ser concedidas o<br />

negadas por <strong>el</strong> Gobernador o Gobernadora en un lapso de sesenta (60) días<br />

continuos, contados a partir <strong>d<strong>el</strong></strong> último requerimiento de información, previo <strong>el</strong><br />

cumplimiento de los requerimientos legales establecidos. Vencido dicho plazo, sin<br />

que hubiere pronunciamiento expreso, si <strong>el</strong> uso solicitado es conforme al plan, se<br />

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considerará concedida la aprobación o autorización, a cuyos efectos <strong>el</strong><br />

Gobernador o Gobernadora otorgará la respectiva constancia.<br />

Artículo 76: La Comisión Estadal de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio y la Dirección de<br />

Planificación Estratégica y Ordenamiento Territorial, harán un seguimiento<br />

continuo a la ejecución <strong>d<strong>el</strong></strong> plan y mantendrá informado al Gobernador o<br />

Gobernadora <strong>d<strong>el</strong></strong> estado, a quien deben remitir toda la documentación que se<br />

produzca.<br />

Artículo 77: Este plan deberá ser revisado en un plazo no mayor de cinco (5)<br />

años, contados a partir de la publicación de este Decreto, o cuando existan<br />

<strong>el</strong>ementos de juicio suficientes <strong>para</strong> revisarlo con anterioridad al lapso previsto,<br />

mediante decisión motivada <strong>d<strong>el</strong></strong> Gobernador o Gobernadora, previa consulta con<br />

la Comisión Nacional de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio.<br />

Artículo 78: Forman parte de este Plan Estadal de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong> Territorio: <strong>el</strong><br />

documento base con sus correspondientes mapas, los cuales se encuentran a<br />

disposición <strong>d<strong>el</strong></strong> público, en la sede de la Gobernación <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas y en la<br />

Dirección Estadal Ambiental <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Ministerio</strong> <strong>d<strong>el</strong></strong> <strong>Poder</strong> <strong>Popular</strong> <strong>para</strong> <strong>el</strong> <strong>Ambiente</strong>.<br />

Artículo 79: Los anexos mencionados en los artículos previos forman parte<br />

integrante de este Decreto, se publicarán conjuntamente con <strong>el</strong> mismo en la<br />

Gaceta Oficial <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas y estarán a disposición de los interesados en las<br />

sedes de la Secretaría Técnica de la Comisión Estadal de Ordenación <strong>d<strong>el</strong></strong><br />

Territorio y de la Unidad Administrativa de Gestión.<br />

Artículo 80: Este Decreto entrará en vigencia en la fecha de su publicación en la<br />

Gaceta Oficial <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas.<br />

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Dado, firmado, s<strong>el</strong>lado y refrendado en <strong>el</strong> Palacio de Gobierno <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas,<br />

en la ciudad de La Guaira, a los__________ días <strong>d<strong>el</strong></strong> mes de dos<br />

mil______________.<br />

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PARROQUIA / CENTRO<br />

Tarma - Tirima<br />

Palo e vaca<br />

POBLADO<br />

CARAYACA<br />

ANEXO Nº 1<br />

PROPUESTA SISTEMA DE CENTROS POBLADOS<br />

SECTOR OESTE<br />

JERARQUIZACIÓN FUNCIÓN PROPUESTA ACCIÓN<br />

Centro Poblado Local 1º<br />

Orden<br />

Centro Poblado Local 2º<br />

Orden<br />

Centro Poblado<br />

Dependiente<br />

Capital de parroquia, centro administrativo y<br />

de servicios (residencial, comercial y de<br />

apoyo al turismo)<br />

Desarrollar, reforzar y controlar<br />

Residencial – Apoyo al Turismo Desarrollar, reforzar y controlar<br />

Centro de apoyo al área agrícola Dotar, reforzar y estimular<br />

Petaquire Centro Poblado Terminal Centro de apoyo al área agrícola Dotar, reforzar y estimular<br />

La Salina Centro Poblado Terminal<br />

Chichiriviche Centro Poblado Terminal<br />

Puerto Cruz Centro Poblado Terminal<br />

EL JUNKO<br />

Centro Poblado Local 1º<br />

Orden<br />

Centro de apoyo a la actividad turístico -<br />

recreacional<br />

Centro de apoyo a la actividad turístico –<br />

recreacional y pesca artesanal<br />

Centro de apoyo a la actividad turístico –<br />

recreacional y pesca artesanal<br />

Capital de parroquia, centro administrativo,<br />

residencial y turístico-recreacional<br />

Controlar y dotar<br />

Controlar y dotar<br />

Controlar, dotar y reforzar<br />

Reforzar y controlar


SECTOR CENTRAL<br />

PARROQUIA / CENTRO<br />

POBLADO<br />

MAIQUETÍA – LA GUAIRA<br />

CATIA LA MAR - CARLOS<br />

SOUBLETTE - CARABALLEDA<br />

URIMARE – MACUTO Y<br />

NAIGUATÁ<br />

Camurí Grande<br />

Anare<br />

El Tigrillo<br />

JERARQUIZACIÓN FUNCIÓN PROPUESTA ACCIÓN<br />

Centro Poblado de<br />

Primer Orden<br />

Centro Poblado de<br />

Segundo Orden<br />

Centro Poblado de<br />

Tercer Orden<br />

Centros Menores<br />

Centro Poblado Local 2º<br />

Orden<br />

Centro Poblado Local 2º<br />

Orden<br />

Centro Poblado Local 2º<br />

Orden<br />

Capital de parroquia, centro<br />

administrativo y de servicios<br />

(residencial, comercial y de<br />

apoyo al turismo)<br />

Capitales de parroquias. Centro<br />

administrativo y de servicios<br />

(residencial, y de apoyo a la<br />

actividad turístico –<br />

recreacional)<br />

Capitales de parroquias. Centro<br />

administrativo, servicios<br />

(turístico – recreacional,<br />

residencial y comercial)<br />

Centro de servicios orientado al<br />

uso educacional y turístico –<br />

recreacional.<br />

Centro de apoyo a la actividad<br />

asistencial<br />

Controlar y consolidar<br />

Reforzar, estimular y controlar<br />

Dotar, reforzar y controlar<br />

Dotar, reforzar y controlar<br />

Controlar y dotar<br />

Residencial Controlar y dotar


SECTOR ESTE<br />

PARROQUIA /<br />

CENTRO<br />

POBLADO<br />

CARUAO<br />

La Sabana<br />

Cauao<br />

JERARQUIZACIÓN FUNCIÓN PROPUESTA ACCIÓN<br />

Centro Poblado Local 1º<br />

Orden<br />

Centro Poblado Local 2º<br />

Orden<br />

Chuspa Centro Poblado Terminal<br />

Osma Centro Poblado Terminal<br />

Oritapo Centro Poblado Terminal<br />

Todasana Centro Poblado Terminal<br />

Quebrada Seca<br />

Centro Poblado<br />

Dependiente<br />

Centro de servicios orientado al<br />

uso educacional, asistencial y<br />

turístico - recreacional<br />

Centro de apoyo a la actividad<br />

turístico<br />

agrícola<br />

– recreacional y<br />

Centro de apoyo a la actividad<br />

turístico<br />

pesquero<br />

– recreacional y<br />

Centro de apoyo a la actividad<br />

turístico – recreacional y<br />

residencial<br />

Centro de apoyo a la actividad<br />

agrícola<br />

Centro de apoyo a la actividad<br />

turístico – recreacional y<br />

residencial<br />

Dotar, reforzar y controlar<br />

Dotar, reforzar, controlar y estimular<br />

Dotar, reforzar, controlar y estimular<br />

Reforzar, estimular y controlar<br />

Reforzar, estimular y controlar<br />

Controlar, dotar y reforzar<br />

Residencial y recreacional Reforzar, controlar y dotar<br />

Fuente: COTEV, 201


ANEXO Nº 5<br />

POLIGONAL DE LA ZONA COSTERA DEL ESTADO VARGAS.<br />

Puntos Norte Este<br />

1 1.175.100 793.925<br />

2 1.174.440 794.433<br />

3 1.174.630 794.288<br />

4 1.173.450 790.621<br />

5 1.173.950 787.453<br />

6 1.174.750 775.785<br />

7 1.174.190 765.768<br />

8 1.175.030 764.341<br />

9 1.173.940 755.688<br />

10 1.174.800 750.119<br />

11 1.174.360 749.333<br />

12 1.174.730 747.701<br />

13 1.174.260 747.260<br />

14 1.173.980 744.470<br />

15 1.173.330 738.420<br />

16 1.171.630 719.790<br />

17 1.171.030 714.273<br />

18 1.170.380 710.260<br />

19 1.164.110 674.748<br />

20 1.164.490 675.045<br />

Fuente: Comité de Trabajo de la zona Costera <strong>d<strong>el</strong></strong> estado Vargas, 2008


Fuente. POU, 2005<br />

ANEXO Nº 6.<br />

PROPUESTA VARIANTE-BLANDÍN

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