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CONVOCATORIA PARA LA LICITACIÓN ... - Puerto de Tuxpan

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a) Incumplir con alguno <strong>de</strong> los requisitos especificados en la convocatoria y sus<br />

anexos siempre y cuando dicho incumplimiento afecte la solvencia <strong>de</strong> la propuesta.<br />

Quedan comprendidos entre los requisitos cuyo incumplimiento por sí mismos no<br />

afecten la solvencia <strong>de</strong> la propuesta los siguientes: proponer un plazo <strong>de</strong> entrega<br />

menor al solicitado en cuyo caso prevalecerá el estipulado en la convocatoria <strong>de</strong><br />

licitación; omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la<br />

propia propuesta técnica o económica; no observar los formatos establecidos si se<br />

proporciona <strong>de</strong> manera clara la información requerida, y no observar requisitos que<br />

carezcan <strong>de</strong> fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto <strong>de</strong>terminar<br />

objetivamente la solvencia <strong>de</strong> la propuesta presentada. En ningún caso podrán<br />

suplirse las <strong>de</strong>ficiencias sustanciales <strong>de</strong> las propuestas presentadas.<br />

Así mismo, si por alguna causa al momento <strong>de</strong> presentar su propuesta algún licitante<br />

lo hace en dos sobres, dado que tal aspecto no afecta la solvencia <strong>de</strong> las propuestas,<br />

ello no sería motivo <strong>de</strong> <strong>de</strong>scalificación ya que al abrirse ambos documentos la<br />

propuesta quedará integrada y a la vista <strong>de</strong> todos los asistentes.<br />

b) Si se comprueba que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los<br />

precios <strong>de</strong> los servicios o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una<br />

ventaja sobre los <strong>de</strong>más licitantes.<br />

c) Si presentan sus propuestas técnica y económica incompletas.<br />

d) En la revisión se verificara que quien firma las propuestas se encuentra<br />

<strong>de</strong>bidamente facultado con la documentación legal correspondiente, indicada en el<br />

Anexo 2, en caso contrario será motivo para <strong>de</strong>sechar su propuesta.<br />

e) Se verificará en la página <strong>de</strong> la Secretaria <strong>de</strong> la Función Pública que la empresa<br />

y/o socios no se encuentren sancionados o inhabilitados, en caso contrario será<br />

motivo para <strong>de</strong>sechar su propuesta. (Artículo 50 Fracción IV <strong>de</strong> la Ley).<br />

f) Cuando la API TUXPAN constate que algunos los licitantes, hayan acordado<br />

situaciones que resulten contraproducentes a los intereses institucionales;<br />

g) Cuando los bienes que oferten no se ajusten a las especificaciones solicitadas;<br />

h) Cuando se compruebe que el licitante no cuenta con la capacidad técnica,<br />

económica y/o legal para prestar los servicios con la calidad requerida.<br />

i) Si se comprueba que el licitante se encuentra en algunos <strong>de</strong> los supuestos <strong>de</strong>l<br />

Artículo 50 <strong>de</strong> la Ley.<br />

j) Cuando el licitante presente los formatos que se indican en esta convocatoria, con<br />

anotaciones distintas a las solicitadas;<br />

k) Aún y cuando existan <strong>de</strong>nuncias o presunción <strong>de</strong> falsedad en relación con la<br />

información presentada por un licitante, su proposición no <strong>de</strong>berá <strong>de</strong>secharse. El<br />

servidor público que presida el acto, cuando tenga conocimiento <strong>de</strong>l hecho, lo<br />

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