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21.04.2<strong>01</strong>3 SUBDEPARTAMENTO COMERCIALIZACIÓN REMATE <strong>01</strong>/2<strong>01</strong>3<br />
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NOTAS IMPORTANTES<br />
(* VER LETRA “P, S, T”)<br />
Los participantes en las subastas aduaneras deberán necesariamente tomar<br />
conocimiento de las notas importantes que se señalan a continuación, para evitar<br />
reclamos posteriores sobre materias respecto de las cuales el Servicio de Aduanas<br />
no tiene responsabilidad. La participación del adjudicatario en estas subastas<br />
supone el total conocimiento de estas notas.<br />
A) Las características de las mercancías que se consignan en este catálogo son<br />
simples datos ilustrativos que no comprometen la responsabilidad fiscal en cuanto a<br />
su efectividad, correspondiendo a los subastadores comprobar estas<br />
referencias durante la exposición previa de las mercancías al público, durante<br />
siete días antes de la fecha del remate.<br />
B) Las mercancías se subastarán en el estado y condiciones en que se encuentran. La<br />
exhibición que de ellas se hace, es con el objeto de que los interesados las<br />
examinen y vean. No se admiten reclamos posteriores.<br />
C) Garantía: 50 % sobre el valor de adjudicación, a cancelar en dinero efectivo o<br />
Vale Vista Bancario de la plaza o de otra plaza, emitidos por el Banco Estado, a<br />
nombre de la “Dirección Regional de Aduana Metropolitana - Gastos de<br />
Remate”, al momento de la adjudicación, en la caja habilitada para el efecto.<br />
D) Los Vales Vista Bancarios solo serán eficaces como medios de pago, cuando el<br />
Banco Estado confirme la aceptación del Banco emisor o de sus Sucursales.<br />
E) En caso que la garantía rendida en Vale Vista Bancario exceda el valor de la<br />
adjudicación mas los impuestos que correspondan, la caja habilitada no otorgará<br />
Factura ni efectuará devoluciones sin la confirmación por el Banco Estado del<br />
depósito efectivo en la cuenta corriente “Gastos de Remate”, en los términos<br />
señalados en el párrafo anterior.<br />
F) Cuando el subastador actúe como intermediario, mandatario o a cualquier otro título,<br />
podrá indicar directamente el nombre del mandatario, o bien, su propio nombre y del<br />
mandante, precedido este último de la preposición -para-. El exceso de garantía<br />
en el caso de los Vales Vista no podrá ser utilizado por otra persona distinta del<br />
mandante.<br />
G) Se previene al público que, en conformidad con el Reglamento de Remates, los<br />
lotes subastados deberán ser pagados dentro del plazo fatal de 7 días<br />
corridos, contados desde el día siguiente a la terminación de la subasta, e incluye<br />
por lo mismo, domingos y festivos. Pasado este plazo, tanto la mercancía como la<br />
garantía quedan a beneficio fiscal.<br />
H) El pago del saldo insoluto de la adjudicación solo podrá efectuarse en dinero<br />
efectivo o Vale Vista Bancario, a nombre de la “Dirección Regional Aduana<br />
Metropolitana - Gastos de Remate”, siendo este último eficaz para la entrega de la<br />
Factura correspondiente, sólo una vez que el Banco Estado haya confirmado su<br />
depósito efectivo en la cuenta corriente “Gastos de Remate”.<br />
Para el pago del saldo insoluto señalado precedentemente, el adjudicatario deberá<br />
presentar ante la Aduana Metropolitana los siguientes documentos: Carné de<br />
Identidad, Rol Único Tributario, Comprobante de Adjudicación y Recibo de Garantía<br />
rendida, sujeto a Vº Bº de confirmación por la caja habilitada.<br />
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SNS/gpr. PAG. 1