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Bidasoa - Txingudi - Espaces transfrontaliers

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en el espacio de cinco años, contados a partir de la fecha de inscripción<br />

en el Registro de la sociedad. Las SARL de capital variable<br />

creadas disponen de un plazo de cinco años, a contar desde la publicación<br />

de la ley de 16 de mayo de 2001 sobre Nuevas Regulaciones<br />

Económicas, para cumplir con el requisito de esta disposición. Se<br />

autorizan los aportes en especie.<br />

Atención: si una aportación en especie supera la suma de 7.500<br />

euros (50.000 francos) o si el conjunto de aportaciones en especie<br />

excede de la mitad del capital social, el socio único deberá recurrir a<br />

un perito para estimar el valor del bien aportado (el perito escogido<br />

deberá estar inscrito en una lista establecida para ello por la corte<br />

y los tribunales).<br />

- Si usted dispone de 7.500 euros, simplemente habrá de depositar<br />

esa suma en una cuenta «sociedad en formación» abierta en<br />

su banco, según indicaciones de sus estatutos.<br />

- Si usted no dispone de más de 3.750 euros, habrá de depositar<br />

esa suma en una cuenta «sociedad en formación» abierta en su<br />

banco, según indicaciones de sus estatutos. El complemento será<br />

realizado mediante aportaciones en especie (un ordenador, una<br />

oficina, tres sillas…) por el valor de 3.750 euros, hasta completar<br />

el capital de 7.500 euros reglamentarios. Si las aportaciones en<br />

especie no superan el 50% del capital y/o 7.500 euros, no tendrá<br />

que justificar las mismas (ni factura de compra ni otra…).<br />

- Si usted no dispone más que de 750 euros, podrá optar por la<br />

SARL de capital variable. Esta forma de SARL le permitirá librar<br />

solamente el 10% del capital de 7.500 euros, es decir 750 euros.<br />

Será sin embargo beneficiario de las mismas ventajas que ofrece<br />

una SARL «clásica», salvo en el caso de quiebra, puesto que el<br />

liquidador podrá demandarles la suma de capital de 6.750 euros<br />

(para llegar a los 7.500 reglamentarios).<br />

Aún así, la SARL de capital variable no es aceptada de esa manera<br />

en todos los departamentos. Conviene, por lo tanto, cerciorarse<br />

de cada situación.<br />

Se autorizan además las aportaciones en industria. Los estatutos determinan<br />

las modalidades bajo las cuales se pueden suscribir esas<br />

partes sociales.<br />

El capital social permanecerá bloqueado en una cuenta bancaria “sociedad<br />

en formación”, durante el tiempo útil que corre durante la inscripción<br />

de su sociedad en la secretaría del tribunal de comercio, .por<br />

lo cual los fondos no serán disponibles hasta presentar la prueba de<br />

la matriculación de la sociedad en el registro de comercio mediante<br />

la presentación de un certificado Kbis.<br />

Los plazos de inscripción no han cesado de disminuir desde hace diez<br />

años y, por consiguiente, hoy en día se ha de contar con una media de 5<br />

días laborables procediendo mediante la inscripción directa del CFE.<br />

Socios<br />

La SARL está constituida por un mínimo de dos socios y un máximo<br />

de cien. Los socios son personas físicas y/o personas jurídicas (sociedades<br />

en especial).<br />

Sede social<br />

En principio, la sede social de una EURL ha de establecerse en un<br />

local comercial (alquiler comercial, alquiler de corta duración). De<br />

todas maneras, es posible:<br />

- domiciliar la sociedad en la vivienda principal del empresario<br />

de forma ilimitada si ninguna disposición legislativa ni ninguna<br />

cláusula en el contrato de alquiler lo prohíbe.<br />

En caso de existir una limitación de ese tipo, será posible establecer<br />

la sede social en el domicilio del representante legal por una<br />

duración que no excederá de cinco años.<br />

Atención: si se elige esta opción, el empresario deberá notificar<br />

por escrito (carta certificada con acuse de recibo) y de antemano,<br />

al arrendador o al presidente de la comunidad de propietarios<br />

(según sea arrendatario o propietario), su intención de hacer uso<br />

de la facultad que otorga la ley de 21 de diciembre de 1984.<br />

Actualmente, contrariamente a lo que sucedía antes de agosto de<br />

2005, el gerente de la EURL, puede mudarse o trasladar la sede<br />

de la empresa a otro lugar cuyo uso esté también limitado por una<br />

disposición legislativa o relativa a la copropiedad o al contrato de<br />

alquiler, y seguir haciendo uso del privilegio que le otorga la ley<br />

de domiciliar su empresa en su vivienda principal por el período<br />

restante a los cinco años iniciales. Es decir, que durante los cinco<br />

primeros años de vida de la sociedad, en cualquier caso, el gerente<br />

podrá domiciliarla en su vivienda principal. (Una nueva carta<br />

certificada con acuse de recibo deberá remitirse al arrendador o<br />

al presidente de la comunidad de vecinos de la nueva residencia,<br />

esta vez invocando el artículo 123-11-1 del Code de Commerce,<br />

modificado por la Ley del 4 de Agosto de 2005).<br />

- domiciliar la sociedad en una empresa de domiciliación. Esta<br />

última debe respetar algunas obligaciones, particularmente: disposición<br />

de los locales de tal manera que regularmente pueda<br />

celebrarse una reunión de los órganos encargados de la dirección,<br />

administración o vigilancia de la empresa, e instalación de los servicios<br />

necesarios para el mantenimiento, conservación y consulta<br />

de libros, registros y documentos de la sociedad domiciliada.<br />

Actividad<br />

La SARL es comercial en su forma cualquiera que sea su objeto (actividad),<br />

civil o comercial.<br />

Atención: verifiquen si su actividad está reglamentada.<br />

Verifiquen que cumplen bien los requisitos para ejercer la actividad<br />

escogida (diplomas, experiencia, carné profesional…)<br />

A tal objeto, consulten en:<br />

- los organismos y asociaciones profesionales.<br />

- su cámara de comercio e industria o su cámara de oficios,<br />

- la DDCCRF (Direction départementale de la concurrence, de la<br />

consommation et de la répression des fraudes)<br />

- el servicio de acción económica de su Prefectura.<br />

Pueden igualmente consultar el portal sobre la creación de empresas<br />

: http://www.apce.com<br />

Encontrarán en él un buen número de enlaces a sitios profesionales<br />

especializados.<br />

¿Qué ocurre si mi actividad es artesanal?<br />

171.<br />

Deberá efectuar un cursillo de preparación de instaladores.<br />

Existen dispensas para los poseedores de ciertos títulos.<br />

(para información más detallada, véase la pregunta n°278 de la situación<br />

n°5.)<br />

¿Se puede ejercer cualquier actividad mediante una<br />

172. Sociedad de Responsabilidad Limitada (SARL)?<br />

No, algunas actividades no pueden ser ejercidas por medio de una<br />

SARL: empresas de seguros, empresas de cotización en bolsa, empresas<br />

de ahorro, empresas de crédito, sociedades de inversión, sociedades<br />

deportivas.<br />

Por el contrario, las sociedades de gestión inmobiliaria han de ser<br />

obligatoriamente ejercidas mediante una SARL.<br />

¿Cuáles son las formalidades para crear una Socie-<br />

173. dad de Responsabilidad Limitada (SARL)?

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