AJUNTAMENT DE RÒTOVA - Rotova
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<strong>AJUNTAMENT</strong> <strong>DE</strong> <strong>RÒTOVA</strong><br />
Atendido que de conformidad con la legislación sobre Tráfico, Circulación de<br />
Vehículos a Motor y Seguridad Vial, las infracciones a las normas de circulación en las<br />
vías urbanas se sancionaran por los órganos municipales con competencia para ello.<br />
No obstante, de conformidad con el artículo 68.2 del RDL 339/1990 de 2 de marzo<br />
que aprueba el texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a<br />
motor y seguridad vial, existe la posibilidad que la Administración del Estado asuma la<br />
competencia sancionadora indicada anteriormente, es decir, sancionar las<br />
infracciones a las normas de circulación cometidas en las vías urbanas, debiendo el<br />
ayuntamiento justificar la insuficiencia de recursos humanos, materiales o financieros<br />
Resultando que Rótova a 01/01/2011, según revisión de padrón municipal cuenta con<br />
1357 habitantes y que el Ayuntamiento para la prestación de los servicios a los<br />
ciudadanos cuenta con unos recursos humanos, materiales y financieros limitados y<br />
muy ajustados, incluso insuficientes con sólo 2 auxiliares en administración general y<br />
dos agentes de policía en administración especial (uno en comisión de servicios).<br />
Atendido que la tramitación de cualquier procedimiento sancionador es complicado y<br />
complejo, unido a la insuficiencia de personal administrativo y que las funciones de la<br />
policía local son otras diferentes a la tramitación de expedientes sancionadores<br />
Sometida la propuesta a votación, el ayuntamiento pleno en votación ordinaria y por<br />
unanimidad de los 7 miembros presentes de los 9 que de hecho y derecho integran la<br />
Corporación y que en todo caso representa la mayoría absoluta legal, acuerda:<br />
PRIMERO.- SOLICITAR a la Administración General del Estado, de conformidad con<br />
el artículo 68.2 del RDL 339/1990 de 2 de marzo que aprueba el texto articulado de la<br />
Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, que ASUMA la<br />
competencia sancionadora a las infracciones a las normas de circulación cometidas<br />
en las vías urbanas de Rótova.<br />
SEGUNDO.- Dar traslado de este acuerdo a la Jefatura Provincial de Tráfico en la<br />
Comunidad Valenciana y a la Administración del Estado.<br />
TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde, tan ampliamente como en derecho proceda, para<br />
la formalización y gestión de este acuerdo, así como para la resolución de cuantas<br />
incidencias o reclamaciones puedan plantearse como consecuencia del desarrollo<br />
formal de su contenido, bien por interesados, bien por terceros o por organismos o<br />
entidades a que afecte, o pueda afectar.<br />
RUEGOS Y PREGUNTAS<br />
Se formulan las siguientes preguntas por el grup municipal de Compromís:<br />
1.- Por qué no se han realizado comisiones previas al pleno? Se piensan eliminar?<br />
El Sr. Alcalde informa que no se han convocado por falta de tiempo y que no se<br />
piensan eliminar. Si se hace, se informará con tiempo.<br />
2.- Pregunta/ solicita porque no se arbitran medios para la limpieza del Rio<br />
Vernissa?<br />
www.rotova.es registregeneral@rotova.es<br />
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