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AJUNTAMENT DE RÒTOVA - Rotova

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<strong>AJUNTAMENT</strong> <strong>DE</strong> <strong>RÒTOVA</strong><br />

Atendido que de conformidad con la legislación sobre Tráfico, Circulación de<br />

Vehículos a Motor y Seguridad Vial, las infracciones a las normas de circulación en las<br />

vías urbanas se sancionaran por los órganos municipales con competencia para ello.<br />

No obstante, de conformidad con el artículo 68.2 del RDL 339/1990 de 2 de marzo<br />

que aprueba el texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a<br />

motor y seguridad vial, existe la posibilidad que la Administración del Estado asuma la<br />

competencia sancionadora indicada anteriormente, es decir, sancionar las<br />

infracciones a las normas de circulación cometidas en las vías urbanas, debiendo el<br />

ayuntamiento justificar la insuficiencia de recursos humanos, materiales o financieros<br />

Resultando que Rótova a 01/01/2011, según revisión de padrón municipal cuenta con<br />

1357 habitantes y que el Ayuntamiento para la prestación de los servicios a los<br />

ciudadanos cuenta con unos recursos humanos, materiales y financieros limitados y<br />

muy ajustados, incluso insuficientes con sólo 2 auxiliares en administración general y<br />

dos agentes de policía en administración especial (uno en comisión de servicios).<br />

Atendido que la tramitación de cualquier procedimiento sancionador es complicado y<br />

complejo, unido a la insuficiencia de personal administrativo y que las funciones de la<br />

policía local son otras diferentes a la tramitación de expedientes sancionadores<br />

Sometida la propuesta a votación, el ayuntamiento pleno en votación ordinaria y por<br />

unanimidad de los 7 miembros presentes de los 9 que de hecho y derecho integran la<br />

Corporación y que en todo caso representa la mayoría absoluta legal, acuerda:<br />

PRIMERO.- SOLICITAR a la Administración General del Estado, de conformidad con<br />

el artículo 68.2 del RDL 339/1990 de 2 de marzo que aprueba el texto articulado de la<br />

Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, que ASUMA la<br />

competencia sancionadora a las infracciones a las normas de circulación cometidas<br />

en las vías urbanas de Rótova.<br />

SEGUNDO.- Dar traslado de este acuerdo a la Jefatura Provincial de Tráfico en la<br />

Comunidad Valenciana y a la Administración del Estado.<br />

TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde, tan ampliamente como en derecho proceda, para<br />

la formalización y gestión de este acuerdo, así como para la resolución de cuantas<br />

incidencias o reclamaciones puedan plantearse como consecuencia del desarrollo<br />

formal de su contenido, bien por interesados, bien por terceros o por organismos o<br />

entidades a que afecte, o pueda afectar.<br />

RUEGOS Y PREGUNTAS<br />

Se formulan las siguientes preguntas por el grup municipal de Compromís:<br />

1.- Por qué no se han realizado comisiones previas al pleno? Se piensan eliminar?<br />

El Sr. Alcalde informa que no se han convocado por falta de tiempo y que no se<br />

piensan eliminar. Si se hace, se informará con tiempo.<br />

2.- Pregunta/ solicita porque no se arbitran medios para la limpieza del Rio<br />

Vernissa?<br />

www.rotova.es registregeneral@rotova.es<br />

CIF P-4622000-J C/ Major, 2 46725 Ròtova (Valencia) Tel. 96 295 70 11 Fax 96 295 70 09

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