08.05.2013 Views

COLEGIO ABOGADOS MADRID

COLEGIO ABOGADOS MADRID

COLEGIO ABOGADOS MADRID

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Criterio 93. Recursos.<br />

30% y un 100% del resultado de aplicar la Escala sobre<br />

dicha cuantía.<br />

Se entenderá que las Medidas solicitadas tienen cuantía<br />

propia cuando se pueda inferir de los datos obrantes en el<br />

procedimiento. A estos efectos, en el caso de la medida<br />

cautelar de embargo de bienes se atenderá al importe de las<br />

cantidades que se pretendan asegurar con la medida<br />

solicitada.<br />

3.- En el supuesto de medidas cautelares solicitadas en<br />

relación con procedimientos abreviados de tráfico y/o<br />

extranjería, o materias similares de escasa cuantía, deberán<br />

moderarse los honorarios en atención a la complejidad, etc.<br />

Valor de referencia 450€.<br />

Se valorarán los honorarios conforme a las previsiones<br />

establecidas para el orden jurisdiccional civil.<br />

A) En los recursos de Reposición, de Revisión contra los<br />

Decretos de los Secretarios y de Aclaración, se aplicará lo<br />

establecido en la jurisdicción civil (Criterio 6), Valor de<br />

referencia 300 €.<br />

B) En los recursos de súplica, por su formulación u oposición,<br />

se atenderá a un valor de referencia de 300 €.<br />

C) En los recursos de queja por su formulación u oposición se<br />

considerará un valor de referencia 600 €<br />

D) En los recursos de apelación se aplicará, con carácter general, lo<br />

que resulte de aplicar el 50% de la Escala sobre la cuantía del<br />

recurso. Valor de referencia 1.200 €.<br />

Para los supuestos en que en primera instancia venga<br />

atribuido un porcentaje inferior al 100% de la Escala, en el<br />

Recurso de apelación se podrá aplicar el 50% de lo que<br />

correspondería en primera instancia.<br />

En los asuntos de escasa cuantía (tales como los recursos<br />

de apelación que tengan por objeto la impugnación de<br />

multas o sanciones de tráfico, extranjería, etc.), se atenderá<br />

con carácter preferente al trabajo efectivamente realizado.<br />

70

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!