09.05.2013 Views

reglamento de competencias udli 2012 - Unión de Ligas ...

reglamento de competencias udli 2012 - Unión de Ligas ...

reglamento de competencias udli 2012 - Unión de Ligas ...

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

UNIÓN DE LIGAS DEPORTIVAS<br />

BARRIALES<br />

INDEPENDIENTES DEL CANTÓN<br />

QUITO - UDLI<br />

Entidad Jurídica con Acuerdo Ministerial Nº 4807 <strong>de</strong>l 18 <strong>de</strong> Septiembre <strong>de</strong> 1989<br />

Fundada el 30 <strong>de</strong> Junio <strong>de</strong> 1984<br />

REGLAMENTO DE COMPETENCIAS UDLI <strong>2012</strong><br />

CAPÍTULO I<br />

Art. 1.- La <strong>Unión</strong> <strong>de</strong> <strong>Ligas</strong> In<strong>de</strong>pendientes <strong>de</strong>l Cantón Quito UDLI, organiza los<br />

CAMPEONATOS <strong>2012</strong> DE FUTBOL Y MICRO-FUTBOL, con la participación <strong>de</strong> sus <strong>Ligas</strong><br />

Filiales, las mismas que hayan realizado sus selectivos.<br />

a) Procurando un sano esparcimiento y leal competencia entre los<br />

representantes <strong>de</strong> las <strong>Ligas</strong> afiliadas a la UDLI.<br />

b) Incentivar en el Deportista Barrial la práctica <strong>de</strong>l <strong>de</strong>porte, como expresión <strong>de</strong><br />

acercamiento espiritual y fraterno<br />

c) Estimular para la recreación <strong>de</strong> nuestro Pueblo.<br />

d) Descubrir nuevos valores o talentos, por medio <strong>de</strong>l <strong>de</strong>porte barrial.<br />

e) La masificación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>porte y unión <strong>de</strong> las familias <strong>de</strong>l <strong>de</strong>portista.<br />

CAPÍTULO II<br />

GENERALIDADES<br />

Art. 2.- La organización, <strong>de</strong>sarrollo y control <strong>de</strong> los diferentes campeonatos <strong>de</strong> la UDLI,<br />

estarán a cargo <strong>de</strong> las COMISIÓNES TÉCNICA, DISCIPLINA Y CALIFICACIONES<br />

conjuntamente con el DIRECTORIO.<br />

CAPÍTULO III<br />

DE LA COMISIÓN TÉCNICA<br />

Art. 3.- Son atribuciones <strong>de</strong> la COMISIÓN TÉCNICA:<br />

a) Señalar las canchas, el día y la hora en que <strong>de</strong>berán realizarse los encuentros.<br />

b) Elaborar las tablas <strong>de</strong> resultados y posiciones.<br />

c) Sancionar las infracciones cometidas en lo que respecta al Reglamento Técnico.<br />

d) Resolver los asuntos <strong>de</strong> su competencia.<br />

Art. 4.- Son obligaciones <strong>de</strong> la COMISIÓN TÉCNICA:<br />

a) Velar por el normal <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong>l campeonato.<br />

b) Cumplir y hacer cumplir el Reglamento.<br />

c) Elaborar el Calendario <strong>de</strong> Juegos con la <strong>de</strong>bida oportunidad.<br />

1


d) Designar <strong>de</strong> entre sus miembros los vocales y veedores para sus encuentros<br />

finales.<br />

e) Presentar el informe final <strong>de</strong>l campeonato, por escrito y en plazo máximo <strong>de</strong><br />

ocho días <strong>de</strong> finalizado el mismo,<br />

Art. 5.- Son las siguientes:<br />

DE LAS INSCRIPCIONES<br />

a) La UDLI, realizará la convocatoria a inscripciones <strong>de</strong> los diferentes campeonatos<br />

<strong>de</strong>portivos (fútbol, etc.) por categorías, mínimo con 30 días <strong>de</strong> anticipación previo a la<br />

inauguración <strong>de</strong> dicho evento <strong>de</strong>portivo.<br />

b) La inscripción <strong>de</strong> las Selecciones y/o clubes <strong>de</strong>berán ser presentadas mediante<br />

solicitud dirigida al señor Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la UDLI., en hoja membretada <strong>de</strong> la Liga o<br />

Club en el que incluirá la nómina <strong>de</strong> los Directivos o sus <strong>de</strong>legados los mismos que<br />

representaran a la Liga o Club en las sesiones ordinarias y extraordinarias con voz y<br />

voto, con las respectivas firmas <strong>de</strong>l Presi<strong>de</strong>nte y <strong>de</strong>l Secretario, a<strong>de</strong>más pondrá el<br />

sello respectivo <strong>de</strong> la Liga o Club.<br />

c) El periodo <strong>de</strong> inscripciones <strong>de</strong> las ligas o clubes se receptaran <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el primer día <strong>de</strong><br />

convocatoria hasta la fecha <strong>de</strong>terminada por el Directorio y la Comisión Técnica.<br />

d) Por ningún concepto se aceptaran inscripciones luego <strong>de</strong> terminadas las mismas, salvo<br />

alguna resolución <strong>de</strong>l directorio por caso <strong>de</strong> fuerza mayor.<br />

e) El valor <strong>de</strong> inscripción <strong>de</strong> cada Liga o Club será <strong>de</strong> $ 20.00 dólares.<br />

f) El valor <strong>de</strong> garantía <strong>de</strong> los Campeonatos será <strong>de</strong> $ 60,00 dólares.<br />

DE LA INAUGURACION<br />

Art. 6.- Los campeonatos serán inaugurados en la fecha y hora que resuelva el<br />

Directorio y la Comisión Técnica <strong>de</strong> la UDLI.<br />

a) Las Selecciones y/o clubes <strong>de</strong>berán <strong>de</strong>sfilar con 11 jugadores como mínimo,<br />

correctamente uniformados, su madrina, un directivo y una pancarta <strong>de</strong> i<strong>de</strong>ntificación<br />

<strong>de</strong> la Liga o Club.<br />

b) En caso <strong>de</strong> <strong>de</strong>sfilar con menos <strong>de</strong> 11 y hasta 7 jugadores en fútbol; con 9 y hasta 6<br />

jugadores en Micro-fútbol, <strong>de</strong>berán pagar una multa <strong>de</strong> $ 1.00 por cada jugador hasta<br />

completar los 11 y 9 integrantes, por la Madrina $ 10,00 y por Directivo será <strong>de</strong> $ 5,00.<br />

c) Si un equipo se presenta con menos <strong>de</strong> 7 y 6 jugadores no se le permitirá <strong>de</strong>sfilar y<br />

será sancionado como no presentación al <strong>de</strong>sfile, la misma se le tomara como no<br />

participación en el evento respectivo.<br />

d) Las Comisiones Técnica y <strong>de</strong> Disciplina serán las encargadas <strong>de</strong>l control técnico y<br />

disciplinario en el <strong>de</strong>sfile.<br />

e) Las ligas o clubs <strong>de</strong>mostraran buen comportamiento y disciplina durante el<br />

<strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> la ceremonia <strong>de</strong> inauguración, las ligas o clubes que abandonaran el programa <strong>de</strong><br />

inauguración antes <strong>de</strong> dar por concluido el mismo se les sancionara con el valor <strong>de</strong> $ 20.00 dólares.<br />

f) En caso <strong>de</strong> que una Liga o Club, no se presenten a cumplir con el <strong>de</strong>sfile por fuerza<br />

mayor o caso fortuito, consi<strong>de</strong>rando que la fuerza mayor afecte al 75% <strong>de</strong> los jugadores<br />

inscritos, esta facultado para atenerse al recurso <strong>de</strong> apelación, para lo cual <strong>de</strong>berá<br />

presentar los documentos probatorios respectivos, en el plazo <strong>de</strong> 48 horas siguientes a<br />

la realización <strong>de</strong>l <strong>de</strong>sfile, a fin <strong>de</strong> que la comisión <strong>de</strong> disciplina, someta al estudio<br />

respectivo y emita su informe en la siguiente sesión ordinaria sin prorroga, si la<br />

comisión <strong>de</strong> disciplina, luego <strong>de</strong> analizar las apelaciones, resuelve aceptar a las ligas o<br />

clubes, estos pagaran la cantidad <strong>de</strong> $ 50,00 cincuenta dólares por concepto <strong>de</strong> multa,<br />

si no pasare la apelación la multa será <strong>de</strong> quinientos ($ 500.00) dólares.<br />

2


Art. 7.- La COMISIÓN TÉCNICA, será la encargada <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminar la forma <strong>de</strong> cómo se<br />

jugará el campeonato, modalidad, series y la elaboración <strong>de</strong>l calendario. En cuanto al<br />

tiempo <strong>de</strong> duración <strong>de</strong> un partido será <strong>de</strong> dos tiempos <strong>de</strong> cuarenta y cinco minutos con<br />

un <strong>de</strong>scanso <strong>de</strong> quince minutos para Fútbol y para el Micro fútbol será <strong>de</strong> dos tiempos<br />

<strong>de</strong> cuarenta minutos con un <strong>de</strong>scanso <strong>de</strong> diez minutos.<br />

Art. 8.- La UDLI, proveerá a los equipos participantes, los <strong>reglamento</strong>s <strong>de</strong> competencia<br />

las mismas que tendrán un costo <strong>de</strong> dos dólares.<br />

Art. 9.- La COMISIÓN TÉCNICA, podrá reprogramar los ficchures <strong>de</strong> las series en las<br />

cuales constaren los equipos que por razones reglamentarias hayan sido <strong>de</strong>clarados<br />

<strong>de</strong>sertores, luego <strong>de</strong> haber concluido cada etapa.<br />

Art. 10.- Una vez establecidas las canchas para la realización <strong>de</strong> los encuentros, NO<br />

podrán ser cambiadas; salvo en casos <strong>de</strong> fuerza mayor comprobado.<br />

Art. 11.- Los encuentros se realizarán <strong>de</strong> conformidad a lo que establecen los<br />

<strong>reglamento</strong>s <strong>de</strong> AFNA en la parte técnica, y en la organizativa <strong>de</strong> acuerdo a las<br />

disposiciones reglamentarias <strong>de</strong> la COMISIÓN TÉCNICA y la <strong>de</strong> DISCIPLINA.<br />

Art. 12.- Previo el ingreso al campo <strong>de</strong> juego, los jugadores <strong>de</strong>berán presentarse ante el vocal:<br />

a) Correctamente uniformados, para la participación parcial o total en la duración <strong>de</strong>l partido<br />

b) Será consi<strong>de</strong>rado jugador o jugadores bien uniformados, que vistan camiseta, pantaloneta<br />

y medias <strong>de</strong>l mismo color y diseño, con canilleras y zapatos con pupos con planta fija, se<br />

prohíbe la utilización <strong>de</strong> zapatos <strong>de</strong> fútbol con estoperoles <strong>de</strong> aluminio o cualquier tipo,<br />

para Micro-futbol el uso <strong>de</strong> zapatos con pupillos.<br />

c) El arquero <strong>de</strong>berá estar plenamente i<strong>de</strong>ntificado como tal, podrá actuar en otro<br />

puesto en el campo <strong>de</strong> juego únicamente cuando tenga el uniforme igual al resto<br />

<strong>de</strong> jugadores y con su propio número. En caso <strong>de</strong> que un jugador <strong>de</strong> línea <strong>de</strong>ba<br />

cumplir el puesto <strong>de</strong> arquero, <strong>de</strong>berá presentar el uniforme completo <strong>de</strong>l equipo,<br />

con sus respectivos números en la camiseta y pantaloneta, se pondrá un buzo <strong>de</strong><br />

diferente color y sin número o al revés.<br />

d) No se aceptara en la camiseta números sobrepuestos, tapados con tela, taipe, masking,<br />

pintura, carbón, engrapados, adhesivos, ni en las pantalonetas ya que todas <strong>de</strong>ben llevar<br />

números.<br />

e) El número que contiene la camiseta será igual al número <strong>de</strong> la pantaloneta, los números<br />

serán <strong>de</strong>l mismo color, tanto en las camisetas como en las pantalonetas.<br />

f) La publicidad en el uniforme es opcional, en caso <strong>de</strong> tenerlo todos los jugadores <strong>de</strong>berán<br />

llevar igual publicidad a excepción <strong>de</strong>l arquero.<br />

Art. 13.- Los encuentros se efectuarán a la hora señalada por la COMISIÓN TÉCNICA,<br />

las selecciones o clubs están en la obligación <strong>de</strong> respetar la programación. Si por<br />

incumplir con esta disposición no se realizare un encuentro, el equipo infractor será<br />

multado con $ 5.00 cinco dólares. Cuando no se presente al segundo encuentro, será<br />

<strong>de</strong>clarado DESERTOR y per<strong>de</strong>rá la garantía <strong>de</strong> $ 60.00 sesenta dólares.<br />

Art. 14.- La COMISIÓN TÉCNICA no podrá dar inicio a cada una <strong>de</strong> las etapas, mientras<br />

no se hayan elaborado los ficchures correspondientes por parte <strong>de</strong> las mismas.<br />

Art. 15.- El puntaje oficial <strong>de</strong> los encuentros es el siguiente:<br />

a) Tres (3) puntos por encuentro ganado<br />

b) Un (1) punto al equipo que empate<br />

c) Cero (0) puntos al equipo per<strong>de</strong>dor<br />

3


Art. 16.- La ubicación <strong>de</strong> los equipos durante el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong>l campeonato se <strong>de</strong>finirá <strong>de</strong><br />

acuerdo al puntaje y al gol diferencia, en caso <strong>de</strong> mantener la igualdad será a favor <strong>de</strong>l<br />

equipo que mayor cantidad <strong>de</strong> goles haya anotado.<br />

Art. 17.- En caso <strong>de</strong> empate para la <strong>de</strong>finición <strong>de</strong>l campeonato, se <strong>de</strong>finirá por el<br />

lanzamiento <strong>de</strong> tiros penales, la primera tanda será <strong>de</strong> cinco para cada equipo y luego<br />

uno a uno hasta que salga el ganador.<br />

Art. 18.- Los encuentros <strong>de</strong>berán iniciarse con un máximo <strong>de</strong> quince minutos <strong>de</strong> espera<br />

en Fútbol y diez minutos en Micro-fútbol, luego <strong>de</strong> la hora señalada. El equipo que no se<br />

presente con un mínimo <strong>de</strong> (7) siete jugadores en fútbol, o con un mínimo <strong>de</strong> (6) seis<br />

jugadores para micro-fútbol, correctamente uniformados, con sus respectivos carnet <strong>de</strong><br />

cancha, per<strong>de</strong>rá los puntos, mismos que serán adjudicados al rival con el marcador <strong>de</strong><br />

dos goles a cero, pero <strong>de</strong>berá legalizar su presencia ante los señores vocal y árbitro.<br />

Art. 19.- Las <strong>Ligas</strong> que tengan problemas con la infraestructura, <strong>de</strong>berán comunicar a la<br />

UDLI, con quince (15) días antes <strong>de</strong> la inauguración y/o programación.<br />

Art. 20.- Los encuentros se realizarán los días domingos a las 10:00 y 12:00 horas y las<br />

finales se jugaran exclusivamente los días sábados a las 12:00 y 14:00 horas.<br />

Art. 21.- Las selecciones o clubes podrán completar el número <strong>de</strong> jugadores en cancha<br />

durante los 90 minutos <strong>de</strong> juego.<br />

Art. 22.- Cuando en el informe <strong>de</strong>l señor arbitro constara que el encuentro fue<br />

suspendido por fuerza mayor o caso fortuito (mal estado <strong>de</strong> la cancha por lluvia,<br />

<strong>de</strong>sastre natural, etc.), la Comisión Técnica <strong>de</strong>terminará la hora y día en que <strong>de</strong>be<br />

completarse el partido y sin tiempo <strong>de</strong> espera. Este será <strong>de</strong> forma inmediata, antes <strong>de</strong>l<br />

inicio <strong>de</strong> la siguiente etapa.<br />

Art. 23.- En el caso que las selecciones o clubes tengan uniformes similares que no<br />

permitan diferenciar a los jugadores <strong>de</strong> cada equipo el señor árbitro pedirá al señor<br />

vocal los chalecos que <strong>de</strong>berá facilitar la se<strong>de</strong> local y proce<strong>de</strong>rá; en ejercicio <strong>de</strong> sus<br />

funciones, al sorteo para <strong>de</strong>terminar el equipo que tendrá que usarlos. Podrá contar<br />

para esto, con un tiempo pru<strong>de</strong>ncial <strong>de</strong> diez minutos, los jugadores <strong>de</strong>berán usar los<br />

chalecos por sobre su camiseta original. Queda terminantemente prohibido el uso <strong>de</strong>l<br />

chaleco en torso <strong>de</strong>snudo. De así hacerlo, el jugador será amonestado por el señor<br />

árbitro, las ligas se<strong>de</strong>s no pue<strong>de</strong>n cobrar ningún valor por el uso o préstamo <strong>de</strong> los<br />

chalecos.<br />

Art. 24.- Los jugadores bajo ningún concepto serán quienes juzguen la actuación <strong>de</strong> los<br />

señores árbitros o vocales. La actitud contraria pue<strong>de</strong> hacerse acreedor a las sanciones<br />

que <strong>de</strong>termine la Comisión <strong>de</strong> Disciplina.<br />

Art. 25.- La no participación <strong>de</strong> las selecciones o clubes <strong>de</strong> las <strong>Ligas</strong> Filiales, serán<br />

sancionadas con una multa económica <strong>de</strong> quinientos ($ 500,00) dólares.<br />

Art. 26.- Para reanudar un encuentro suspendido las selecciones, <strong>de</strong>berán<br />

presentarse con un numero mínimo <strong>de</strong> siete jugadores en fútbol, y seis en microfutbol<br />

que hubiesen estado participando; luego <strong>de</strong> reanudar el partido se podrá realizar<br />

cambios en ausencia <strong>de</strong> jugadores, si no lo hace per<strong>de</strong>rá el partido.<br />

a) El partido <strong>de</strong>berá reanudarse a la hora programada sin tiempo <strong>de</strong> espera.<br />

4


Art. 27.- Para cualquier IMPUGNACIÓN en cancha se <strong>de</strong>berá <strong>de</strong>positar el valor <strong>de</strong><br />

$20,00 (veinte) dólares, este valor será <strong>de</strong>vuelto en caso <strong>de</strong> que la impugnación se haga<br />

efectiva, si no proce<strong>de</strong> no se la reembolsará, <strong>de</strong> no pagar la garantía no tendrá valor<br />

la impugnación, en caso <strong>de</strong> mal uniformado se receptara la prenda impugnada y otra<br />

prenda <strong>de</strong>l uniforme, si no entrega la prenda el equipo infractor se da por entendido<br />

que ha cometido la falta.<br />

Art. 28.- Toda impugnación se la podrá realizar hasta antes <strong>de</strong> finalizar el encuentro. Si<br />

se la realiza <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> haber finalizado el encuentro no proce<strong>de</strong>rá a hacerse válida.<br />

Art. 29.- La Selección y/o Club que por <strong>de</strong>scuido o negligencia no presenten los<br />

carnets <strong>de</strong> uno o varios jugadores, al inicio <strong>de</strong> cada partido <strong>de</strong>bidamente calificados no<br />

podrán actuar, caso <strong>de</strong> hacerlo per<strong>de</strong>rán los puntos y se le adjudicarán al rival. En caso<br />

<strong>de</strong> presentarse doce (12) jugadores en cancha con su respectivo carné per<strong>de</strong>rá los<br />

puntos el equipo infractor y serán adjudicados al rival.<br />

Art. 30.- Cuando un encuentro sea suspendido por el árbitro por falta <strong>de</strong> garantías, este<br />

será consi<strong>de</strong>rado finalizado <strong>de</strong>finitivamente.<br />

Art. 31.- Un jugador que estuviere sancionado en la Liga a la que pertenece, cuya<br />

notificación hubiese sido entregada a la UDLI no podrá participar en este campeonato,<br />

únicamente lo podrá hacer cuando cumpla la sanción impuesta.<br />

DE LOS VOCALES<br />

Art. 32.- Los vocales serán los directivos principales <strong>de</strong> cada Liga, y para las finales<br />

serán miembros <strong>de</strong>l directorio <strong>de</strong> la U.D.L.I., igual que los Veedores que se <strong>de</strong>signaran<br />

para las etapas finales<br />

Art. 33.- Sus obligaciones son:<br />

a) El vocal <strong>de</strong>be ubicarse en la parte céntrica <strong>de</strong>l costado <strong>de</strong> la cancha, encontrarse<br />

en completo estado <strong>de</strong> sobriedad y no <strong>de</strong>be ingerir ningún tipo <strong>de</strong> licor hasta<br />

finalizar el cumplimiento <strong>de</strong> sus funciones. Caso <strong>de</strong> infringir será multado con<br />

$ 5,00 cinco dólares la liga a la cual pertenece.<br />

b) Permitirá que al inicio <strong>de</strong> los encuentros los dirigentes <strong>de</strong> cada uno <strong>de</strong> las<br />

Selecciones y/o clubes recepten los carnés <strong>de</strong> cancha en forma cruzada y no habrá<br />

apelación alguna.<br />

c) Recibir los carnés <strong>de</strong> cancha <strong>de</strong> los dirigentes <strong>de</strong> cada Selección y/o club,<br />

<strong>de</strong>bidamente legalizados.<br />

d) Prohibir el ingreso <strong>de</strong> jugadores que no se hallen <strong>de</strong>bidamente calificados.<br />

correctamente uniformados o en condiciones no aptas para la práctica <strong>de</strong>l <strong>de</strong>porte,<br />

caso contrario <strong>de</strong> infringir el presente artículo el equipo al que pertenece el jugador<br />

o jugadores per<strong>de</strong>rán los puntos, los mismos que se le acreditaran al equipo<br />

contrario, para lo cual el vocal informara en la hoja <strong>de</strong> vocalia. Y al vocal se le<br />

tomara como mala vocalia por permitirle actuar mal uniformado y se le multara con<br />

$ 5,00 cinco dólares.<br />

e) Controlar los cambios <strong>de</strong> los jugadores durante el encuentro.<br />

f) El número <strong>de</strong> cambios será <strong>de</strong> (6) seis jugadores indistintamente en fútbol y <strong>de</strong> (5)<br />

cinco jugadores indistintamente para micro-fútbol.<br />

g) Prohibir el reingreso <strong>de</strong> un jugador que haya sido sustituido o expulsado.<br />

h) Permitirá el ingreso <strong>de</strong> dos personas (2) al campo <strong>de</strong> juego (Cuerpo técnico),<br />

previa la presentación <strong>de</strong> los <strong>de</strong>bidos carnés que les acreditan como tal.<br />

5


i) Emitir sus informes en el espacio <strong>de</strong>l acta <strong>de</strong> juego reservado para este efecto, con<br />

imparcialidad, apegados a la verdad y <strong>de</strong>tallando con lealtad las noveda<strong>de</strong>s<br />

ocurridas en el encuentro y sus autores, a<strong>de</strong>más pondrán la calificación al señor<br />

arbitro, <strong>de</strong> no hacerlo será tomada como acta <strong>de</strong> juego mal realizada, la misma que<br />

será sancionada como mala vocalía y una multa <strong>de</strong> $ 5,00 cinco dólares.<br />

j) En caso <strong>de</strong> hacer el informe en la hoja <strong>de</strong> vocalía, y esta contenga errores como<br />

Tachones, borrones y que se pruebe que en esta hay alteraciones <strong>de</strong> mala fe, y<br />

a<strong>de</strong>más falte datos necesarios, será consi<strong>de</strong>rada mala vocalía y será sancionado la<br />

primera vez con $ 5.00 cinco dólares <strong>de</strong> multa, la segunda con $ 10,00 diez dólares<br />

y a partir <strong>de</strong> la tercera será sancionado con un punto negativo al club que<br />

pertenece. De realizar un error <strong>de</strong> buena fe, su corrección será válida si tiene la<br />

firma <strong>de</strong> responsabilidad y el aval <strong>de</strong> los capitanes.<br />

k) Receptar y hacer constar en la hoja <strong>de</strong> vocalía los reclamos <strong>de</strong> los clubes, sean<br />

estos durante el partido o al finalizar el mismo.<br />

l) Solicitar al señor árbitro las noveda<strong>de</strong>s <strong>de</strong>l partido y su hoja <strong>de</strong> control para<br />

comparar con las <strong>de</strong>l acta <strong>de</strong> Juego.<br />

m) Cuando una vocalia no llegue hasta el lunes <strong>de</strong> la programación, serán<br />

sancionados con la perdida <strong>de</strong> tres puntos <strong>de</strong>l tablero general a la selección o club<br />

que le toco hacer <strong>de</strong> local.<br />

n) Las vocalías <strong>de</strong>ben llegar a la Comisión <strong>de</strong> Disciplina con el respectivo sello <strong>de</strong><br />

cancelación <strong>de</strong> Tesorería hasta máximo las 17H30 (5:h30pm) <strong>de</strong>l lunes siguiente a<br />

la programación, a partir <strong>de</strong> esa hora será consi<strong>de</strong>rada como vocalia atrasada y su<br />

multa será <strong>de</strong> $ 20,00 (veinte) dólares;<br />

o) En caso <strong>de</strong> que la vocalia llegue <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> que la Comisión <strong>de</strong> Disciplina haya<br />

emitido su informe, se consi<strong>de</strong>rará como vocalía no presentada y la liga o club<br />

responsable <strong>de</strong> este hecho, será sancionada con menos tres puntos <strong>de</strong>l tablero en<br />

la etapa que se encuentre participando.<br />

p) En caso <strong>de</strong> ser liga neutral, (segunda etapa) la Liga o Club ganador <strong>de</strong>l partido<br />

será el responsable <strong>de</strong> hacer llegar la hoja <strong>de</strong> vocalía con todos sus valores a la<br />

tesorería <strong>de</strong> la UDLI.<br />

q) En caso <strong>de</strong> que no se entregue el valor <strong>de</strong> la vocalia a la tesorería se le <strong>de</strong>scontara<br />

<strong>de</strong> la garantía al club o liga infractora y se le sancionara con $ 20.00 veinte dólares<br />

<strong>de</strong> multa por la no cancelación <strong>de</strong> los valores <strong>de</strong> la vocalia.<br />

Art. 34.- Los señores vocales que por presión o exigencia <strong>de</strong> Directivos o cualquier<br />

integrante <strong>de</strong> las selecciones y/o clubes participantes en un encuentro se vieren<br />

obligados a aceptar la actuación <strong>de</strong> un jugador en forma antirreglamentaria, <strong>de</strong>berán<br />

poner <strong>de</strong> manera clara en su informe los hechos sucedidos, e i<strong>de</strong>ntificar a los dirigentes<br />

para que puedan ser sancionados con el <strong>reglamento</strong> que <strong>de</strong>ben imponer la Comisión <strong>de</strong><br />

Disciplina.<br />

Art. 35.- Cuando un vocal no se presente a realizar la vocalía <strong>de</strong>l partido se sancionará<br />

con la pérdida <strong>de</strong> tres puntos <strong>de</strong>l tablero general y cuando sea cancha neutral pagara<br />

una multa <strong>de</strong> $ 20,00 veinte dólares <strong>de</strong> multa.<br />

DE LOS ARBITROS<br />

Art. 36.- El señor arbitro es la máxima autoridad <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego y sus<br />

<strong>de</strong>cisiones <strong>de</strong>ben ser respetadas todos por igual (<strong>de</strong>portistas, dirigentes, cuerpo<br />

técnico, hinchas, etc.)<br />

Art. 37.- Es atribución <strong>de</strong>l señor arbitro, suspen<strong>de</strong>r el encuentro por razones técnicas<br />

o disciplinarias, <strong>de</strong>berá llenar el informe <strong>de</strong> vocalia con letra clara y legible don<strong>de</strong><br />

constara todo lo ocurrido <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego, sus nombres y apellidos,<br />

6


adicionalmente el nombre <strong>de</strong>l gremio al que pertenece <strong>de</strong> no hacerlo será sancionado<br />

con $ 5.00 cinco dólares <strong>de</strong> multa.<br />

Art. 38.- Los señores árbitros, tendrán que estar con diez minutos <strong>de</strong> anticipación a la<br />

hora programada y si no asistiese el señor juez el partido se suspen<strong>de</strong>rá (en la primera<br />

etapa) y por ningún motivo los partidos se suspen<strong>de</strong>rán en la segunda etapa.<br />

Art. 39.- El señor arbitro que no se presentare a dirigir un encuentro será multado<br />

con el 200% <strong>de</strong>l costo <strong>de</strong>l arbitraje, <strong>de</strong> los cuales $ 40,00 cuarenta dólares serán<br />

entregados al equipo visitante, <strong>de</strong>biendo cancelar a la UDLI la agrupación a la cual<br />

representa, se realice o no el partido.<br />

Art. 40.- La liga anfitriona tendrá que entregar la cancha tizada y colocadas las<br />

re<strong>de</strong>s en sus respectivos arcos previa la hora <strong>de</strong> comenzar el partido y no tendrá costo<br />

alguno.<br />

Art. 41.- De comprobarse que el señor árbitro se presente a dirigir un partido<br />

encontrándose en estado etílico o con aliento a licor, no se le permitirá dirigir y se<br />

suspen<strong>de</strong>rá el partido y el árbitro será sancionado con el Art. 39.<br />

Art. 42.- Los señores árbitros que no asistan a los encuentros programados en canchas<br />

neutrales, el núcleo <strong>de</strong> árbitros <strong>de</strong>berá cancelar el valor <strong>de</strong> $ 80,00 ochenta dólares, el<br />

cual se entregara $ 40,00 cuarenta dólares a cada equipo, se realice o no el partido.<br />

CAPÍTULO IV<br />

DE LA COMISIÓN DE CALIFICACION.<br />

Art. 43.- Son atribuciones <strong>de</strong> la COMISIÓN DE CALIFICACION:<br />

a) Receptar la documentación <strong>de</strong> las ligas o clubs participantes en las diferentes<br />

disciplinas <strong>de</strong>portivas que realice la UDLI.<br />

b) Será la encargada <strong>de</strong> realizar el respectivo chequeo <strong>de</strong> cada uno <strong>de</strong> los documentos<br />

presentados para la calificación <strong>de</strong> cada una <strong>de</strong> las ligas o clubes<br />

c) Calificar a los jugadores <strong>de</strong> las ligas o clubes participantes en los eventos<br />

<strong>de</strong>portivos siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos por la comisión.<br />

d) Jugadores barriales serán consi<strong>de</strong>rados aquellos que solo han militado en el fútbol barrial,<br />

en la categoría amateur.<br />

e) Los jugadores que estén CALIFICADOS, y que se encuentren registrados en la pagina <strong>de</strong><br />

Internet <strong>de</strong> la FEF o AFNA, y que la ultima actuación haya sido menor a 2 años, no podrán<br />

intervenir en los campeonatos que realiza la UDLI, si las ligas inscribieran a jugadores<br />

infringiendo lo que indica este literal, así el jugador no haya pisado cancha las ligas o clubes<br />

serán sancionados con la perdida <strong>de</strong> la garantía y la suspensión <strong>de</strong> dos años (2) a los<br />

infractores, a excepción <strong>de</strong> la categoría femenina ya que no existe fútbol profesional<br />

femenino en el Ecuador.<br />

f) Resolver los asuntos <strong>de</strong> su competencia.<br />

Art. 44.- Son obligaciones <strong>de</strong> la COMISIÓN DE CALIFICACION:<br />

a) Enviar una circular a los Presi<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> las ligas Filiales a la UDLI, dándoles a conocer los<br />

requisitos y documentación, que esta Comisión creyere conveniente y necesaria para<br />

la calificación <strong>de</strong> los equipos participantes.<br />

b) Receptar la documentación para la respectiva calificación, en horarios que <strong>de</strong>signe<br />

7


esta comisión.<br />

c) Llevar el archivo computarizado en las oficinas <strong>de</strong> la UDLI.<br />

d) Esta comisión es la única facultada para dar autorización por perdida <strong>de</strong> carne, previo<br />

al partido sin perjuicio <strong>de</strong> la investigación correspondiente <strong>de</strong> parte <strong>de</strong> esta Comisión.<br />

Art. 45.- Son las siguientes:<br />

REQUISITOS PARA CALIFICACIÓN<br />

a) Copia <strong>de</strong> recibos <strong>de</strong> pago por inscripción y garantía<br />

b) Ficha <strong>de</strong> la Fe<strong>de</strong>ración Ecuatoriana <strong>de</strong> Fútbol, don<strong>de</strong> conste que no esta inscrito en el fútbol<br />

profesional o en su <strong>de</strong>fecto que se encuentra retirado por dos o más años.<br />

c) Una foto tamaño carné actualizada pegada en la hoja <strong>de</strong> fotografías ( no escaneada)<br />

d) Copia <strong>de</strong> la cédula a color (solo la parte frontal), pegada en la hoja <strong>de</strong> cedulas con su<br />

respectiva firma.<br />

e) Dos listados con el número <strong>de</strong> jugador, nombres, apellidos y número <strong>de</strong> cédula todo esto<br />

será en las hojas que se encuentran en el cd. (en campeonato <strong>de</strong> campeones esto se hará<br />

en hojas <strong>de</strong>l club), a<strong>de</strong>más <strong>de</strong>berán constar los nombres y apellidos <strong>de</strong> 2 <strong>de</strong>legados los<br />

mismos que representaran a las ligas o clubes en las sesiones y serán los únicos que<br />

tendrán <strong>de</strong>recho a voz y voto.<br />

f) Traer en el cd. Los listados o enviar al correo electrónico<br />

(comision<strong>de</strong>calificaciones@union<strong>de</strong>ligas.com).<br />

g) Serán calificados un mínimo <strong>de</strong> 15 jugadores y un máximo <strong>de</strong> 22 para fútbol, un mínimo <strong>de</strong><br />

13 y un máximo <strong>de</strong> 18 para micro-fútbol, <strong>de</strong> 3 mínimo y 6 máximo para ecuavoley (en los<br />

campeonatos <strong>de</strong> ecuavoley <strong>de</strong>berán participar un juvenil menor <strong>de</strong> 18 años).<br />

h) Las eda<strong>de</strong>s estipuladas son: para la categoría MASTER, <strong>de</strong> 40 años cumplidos a la fecha <strong>de</strong><br />

su calificación, para las categorías juveniles serán consi<strong>de</strong>rados todos los nacidos <strong>de</strong> enero<br />

a diciembre <strong>de</strong>l año respectivo (Ejmp. Categoría-12, 13, 14, 15 y 16 será <strong>de</strong> acuerdo al año<br />

<strong>de</strong> nacimiento).<br />

i) Para las calificaciones se <strong>de</strong>berá respetar el calendario establecido, el mismo que se hará<br />

entrega con la <strong>de</strong>bida anticipación en la asamblea <strong>de</strong> presi<strong>de</strong>ntes y <strong>de</strong>legados en caso<br />

contrario se consi<strong>de</strong>rara como CALIFICACIONES EXTRAORDINARIAS con un costo <strong>de</strong><br />

$10,00 diez dólares.<br />

j) En caso <strong>de</strong> haber calificado el mínimo <strong>de</strong> jugadores a tiempo, la diferencia <strong>de</strong> integrantes<br />

podrán ser calificados hasta el final <strong>de</strong> la primera etapa <strong>de</strong> los campeonatos.<br />

k) Podrán ser recalificados (cambiados) los jugadores que no hayan pisado cancha, para esto<br />

<strong>de</strong>berán solicitar esta recalificación por medio <strong>de</strong> un oficio en hoja membretada <strong>de</strong> la Liga o<br />

Club y solo existirá un solo día para realizar estas recalificaciones.<br />

l) La numeración <strong>de</strong> los jugadores será <strong>de</strong>l 1 al 30 para Fútbol y <strong>de</strong>l 1 al 22 para<br />

Micro-fútbol<br />

CAPÍTULO V<br />

DE LA COMISIÓN DE DISCIPLINA.<br />

Art. 46.- Son atribuciones <strong>de</strong> la COMISIÓN DE DISCIPLINA:<br />

a) Sancionar <strong>de</strong> conformidad con este <strong>reglamento</strong>, a los equipos, jugadores,<br />

dirigentes, cuerpo técnico, barras, hinchas, vocales, etc. participantes en los<br />

diferentes eventos <strong>de</strong>portivos organizados por la UDLI, tomando para esto como<br />

base los informes <strong>de</strong>l arbitro, vocal y veedor.<br />

b) Sancionar todo lo que no estuviere previsto en este <strong>reglamento</strong>. acogiéndose a los<br />

<strong>reglamento</strong>s nacionales vigentes, instaurar cualquier tipo <strong>de</strong> sanción en caso <strong>de</strong> no<br />

existir, acogiéndose al buen criterio <strong>de</strong>portivo.<br />

c) Sancionar en forma disciplinaria y/o económica, todos los actos que menoscaben<br />

8


el espíritu <strong>de</strong>portivo, el espectáculo, la integridad física y moral <strong>de</strong> las personas y la<br />

no aplicación correcta <strong>de</strong> las 17 reglas <strong>de</strong>l fútbol y micro-fútbol.<br />

d) Sancionar a los jugadores que hayan sido encasillados por infringir las reglas <strong>de</strong>l<br />

fútbol antes, durante y 48 horas <strong>de</strong>spués <strong>de</strong>l partido, ateniéndose exclusivamente al<br />

informe <strong>de</strong>l señor arbitro y/o vocal, así como <strong>de</strong>l veedor en caso <strong>de</strong> haberlo<br />

e) Sancionar a dirigentes, cuerpo técnico, jugadores y barras que estando bajo la<br />

autoridad o jurisdicción <strong>de</strong>l Sr. Árbitro, vocal o veedor respectivamente, hubieren<br />

cometido una falta <strong>de</strong>ntro o fuera <strong>de</strong> la cancha y/o <strong>de</strong>spués <strong>de</strong>l partido.<br />

f) Para el efecto <strong>de</strong> estas sanciones, la comisión <strong>de</strong> Disciplina sancionara ateniéndose a<br />

lo que informe el arbitro, vocal y veedor, si lo hubiese <strong>de</strong> ser necesario en sus informes<br />

ampliatorios.<br />

Art. 47.- Son obligaciones <strong>de</strong> la COMISIÓN DE DISCIPLINA:<br />

a) La Comisión <strong>de</strong> Disciplina dará a conocer sus fallos en las sesiones <strong>de</strong> la UDLI <strong>de</strong><br />

los días lunes, y en ningún caso antes <strong>de</strong> esta y esta obligada a informar la<br />

disposición reglamentaria con la que fundamenta toda sanción.<br />

b) La comisión <strong>de</strong> Disciplina levantaran las sanciones una vez cumplidas las mismas.<br />

c) Llevar un control <strong>de</strong> los jugadores sancionados, a<strong>de</strong>más retendrá los carnés <strong>de</strong> los<br />

infractores para entregarlos una vez que hayan cumplido con la sanción impuesta.<br />

d) Conocer las impugnaciones o apelaciones y dar su resolución a la siguiente<br />

semana <strong>de</strong> la misma.<br />

e) Aceptar y hacer prevalecer el informe <strong>de</strong>l árbitro y en forma complementaria la <strong>de</strong>l<br />

vocal, <strong>de</strong> ser necesario y si estima la comisión pue<strong>de</strong> solicitar informes<br />

ampliatorios.<br />

f) En caso <strong>de</strong> que el informe ampliatorio solicitado por la Comisión al núcleo <strong>de</strong><br />

árbitros, vocales o veedores no llegare <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> las 48 horas siguientes dado el<br />

pedido <strong>de</strong> estos, prevalecerá y se sancionara con la hoja <strong>de</strong> vocalía, en el caso <strong>de</strong><br />

no presentar los informes ampliatorios <strong>de</strong> parte <strong>de</strong> árbitros, vocales o veedores, la<br />

liga o gremio al cual representan serán sancionados con la multa <strong>de</strong> $ 10,00 diez<br />

dólares.<br />

g) Los informes ampliados serán solicitados cuando exista incongruencia entre los informes<br />

<strong>de</strong>l vocal, veedor y arbitro o estos no sean suficientes claros para establecer la sanción<br />

<strong>de</strong>l caso, la comisión <strong>de</strong>berá presentar el informe máximo al siguiente lunes para el<br />

dictamen <strong>de</strong>finitivo que se dará a conocer en la sesión.<br />

h) Las resoluciones y veredictos que tome la comisión son apelables si el club o la liga así<br />

lo creyeran conveniente. Debiendo presentar la apelación en 48 horas <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> que<br />

se aprobó la sanción y al organismo correspondiente.<br />

i) En caso <strong>de</strong> discrepancias entre el informe <strong>de</strong>l vocal y <strong>de</strong>l arbitro prevalecerá.<br />

* El informe <strong>de</strong>l señor árbitro si se trata asuntos ocurridos <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego.<br />

* El informe <strong>de</strong>l vocal, veedor si fueren asuntos ocurridos fuera <strong>de</strong>l Campo <strong>de</strong> juego<br />

Durante o <strong>de</strong>spués <strong>de</strong>l encuentro o referentes al <strong>reglamento</strong>.<br />

j) Si se produjera la perdida <strong>de</strong> un carné o carnés en el seno <strong>de</strong> esta Comisión <strong>de</strong><br />

Disciplina, esta solicitara a la Comisión <strong>de</strong> Calificación la duplicación <strong>de</strong>l o los<br />

carnes y una autorización para la participación <strong>de</strong> dicho jugador o jugadores en el<br />

próximo partido, dicha autorización se dará por escrito con los datos <strong>de</strong>l jugador. El<br />

jugador se presentara ante el vocal y veedor con la autorización respectiva y con sus<br />

documentos <strong>de</strong> i<strong>de</strong>ntificación en la que consten su fotografía, firma y rúbrica, y dicha<br />

autorización será valido por un solo partido.<br />

k) El o los jugadores expulsados en el encuentro y por falta <strong>de</strong>l informe <strong>de</strong> la comisión o<br />

falta <strong>de</strong> la vocalía no se pueda dar la sanción respectiva, los jugadores quedaran<br />

automáticamente suspendidos hasta que la comisión <strong>de</strong> disciplina dictaminen la sanción<br />

Se exceptúan los jugadores amonestados con tarjetas amarillas, equipo que infrinja este<br />

9


inciso per<strong>de</strong>rá los puntos en disputa sin necesidad <strong>de</strong> que el equipo rival presente<br />

reclamo o apelación al mismo<br />

l) La comisión <strong>de</strong> Disciplina no entregará los carnes <strong>de</strong> los jugadores sancionados hasta<br />

que nos hayan cumplido con la sanción establecida, en caso <strong>de</strong> por error u omisión así lo<br />

hiciera la responsabilidad recaerá sobre el jugador Selección y/o club al que pertenece y<br />

se sancionara <strong>de</strong> acuerdo al presente Reglamento.<br />

m) Para restablecer sanciones indicadas en la comisión <strong>de</strong> Disciplina los señores directivos,<br />

árbitro, vocal <strong>de</strong>berán hacer constar en sus informes la Liga o Club al que pertenecen los<br />

jugadores litigantes, dirigentes, directores técnicos, hinchas, auxiliares y otros infractores.<br />

n) Facilitar todo tipo <strong>de</strong> documentos e información que requieran los interesados<br />

previa solicitud y autorización respectiva por parte <strong>de</strong>l Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Liga.<br />

o) La comisión <strong>de</strong> Disciplina <strong>de</strong>berá presentar mediante hoja membretada la sanción<br />

por faltas graves que se produzcan contra directivos, dirigentes, jugadores o <strong>de</strong>más<br />

integrantes <strong>de</strong> las selecciones y/o clubes filiales y entregar una copia a los<br />

involucrados o sancionados.<br />

Art. 48.- Son las siguientes:<br />

DE LAS SUSPENSIONES<br />

1) El valor <strong>de</strong> las tarjetas <strong>de</strong> amonestación y expulsión será <strong>de</strong> la siguiente manera:<br />

Tarjeta Amarilla $ 0.50 ctvs y la Tarjeta Roja $ 1.00 dólar.<br />

2) El jugador que haya acumulado (2) dos tarjetas amarillas será sancionados con UN (1)<br />

PARTIDO DE SUSPENSIÓN para efecto <strong>de</strong> esta sanción la comisión <strong>de</strong> Disciplina dará<br />

a conocer, el nombre <strong>de</strong>l jugador y a la Liga o Club al que perteneciere, <strong>de</strong>biendo<br />

controlar en la siguiente sesión si el jugador cumplió la sanción impuesta.<br />

3) Si un jugador expulsado sigue actuando en el partido, se sancionara al vocal con<br />

una multa <strong>de</strong> $ 5.00 cinco dólares y al señor arbitro con una multa <strong>de</strong> $ 10.00 diez<br />

dólares y al jugador un partido adicional por <strong>de</strong>morar el juego.<br />

4) Serán sancionados con UN (1) PARTIDO <strong>de</strong> suspensión los jugadores, directores<br />

técnicos o dirigentes que infrinjan o sean expulsados en una <strong>de</strong> las siguientes faltas.<br />

a) Por reincidir en una falta estando ya amonestado<br />

b) Por <strong>de</strong>morar el juego <strong>de</strong>liberadamente.<br />

c) Por conducta incorrecta o reclamos in<strong>de</strong>bidos.<br />

d) Cuando en el informe no constare el motivo <strong>de</strong> la expulsión<br />

e) Por abandonar el campo, <strong>de</strong> juego sin autorización <strong>de</strong>l señor arbitro.<br />

f) Cuando el árbitro comprobare que el jugador está bajo el efecto <strong>de</strong>l alcohol, será<br />

expulsado <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego, el vocal tendrá que verificar <strong>de</strong>l particular.<br />

g) Cuando un jugador realice sus necesida<strong>de</strong>s biológicas <strong>de</strong>ntro o alre<strong>de</strong>dor <strong>de</strong>l<br />

campo <strong>de</strong> Juego.<br />

h) Por infringir reglas <strong>de</strong> juego.<br />

5) Serán suspendidos con DOS (2) PARTIDOS, él o los jugadores, directores técnicos o<br />

dirigentes que infrinjan o sean expulsados por incurrir en una <strong>de</strong> las siguientes faltas.<br />

a) Juego brusco. (JB)<br />

b) Agresión verbal, insultos o groserías a un compañero, rival, arbitro, vocal y<br />

veedor.<br />

c) Por tarjeta roja directa<br />

10


6) Serán suspendidos con TRES (3) PARTIDOS, <strong>de</strong> suspensión a los jugadores, directores<br />

técnicos o dirigentes que infrinjan o sean expulsados por incurrir en una <strong>de</strong> las<br />

siguientes faltas.<br />

a) Pisar a un contrario que yace en el suelo con la intención <strong>de</strong> lastimarlo.<br />

b) Lanzar con premeditación el balón a un rival con la intención <strong>de</strong> lastimarlo o<br />

herirlo.<br />

7) Serán suspendidos con CUATRO (4) PARTIDOS, <strong>de</strong> suspensión a los jugadores,<br />

directores técnicos o dirigentes que infrinjan o sean expulsados por incurrir en una <strong>de</strong><br />

las siguientes faltas.<br />

a) Por agresión mutua<br />

b) Por conducta violenta.<br />

c) Por intento <strong>de</strong> agresión y/o amenazas al Sr. arbitro o vocal.<br />

d) Agresión física sin estar en po<strong>de</strong>r <strong>de</strong>l balón<br />

e) Por agresión física a un compañero o rival.<br />

f) Gresca entre jugadores <strong>de</strong> cada Selección y/o Club siempre y cuando no pasen<br />

<strong>de</strong> DOS (2) <strong>de</strong>portistas por equipo.<br />

8) Si un jugador reinci<strong>de</strong> en ser expulsados <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego por la misma falta anterior<br />

tipificada en los artículos 4, 5 y 6, se le aumentara un partido mas a la sanción anterior<br />

impuesta.<br />

9) Serán sancionados con la suspensión <strong>de</strong>l resto <strong>de</strong> este campeonato quienes realicen<br />

acusaciones infundadas sobre las personas involucradas en la organización <strong>de</strong> este<br />

campeonato.<br />

10) Serán sancionadas con UN (1) AÑO CALENDARIO, <strong>de</strong> suspensión aquellos jugadores,<br />

directores técnicos o dirigentes que cometieran una <strong>de</strong> estas faltas.<br />

a) Por juego brusco grave o ser causante <strong>de</strong> consecuencias graves por una acción<br />

<strong>de</strong>liberada, es <strong>de</strong>cir heridas o fracturas, aparte <strong>de</strong> la acción judicial o legal que<br />

pueda seguir el agredido.<br />

b) Las personas que realicen actos impúdicos u obscenos contra la moral, como<br />

dar yuca indicar o agarrarse los genitales entre otros, contra autorida<strong>de</strong>s <strong>de</strong><br />

cancha o público, <strong>de</strong>ntro o fuera <strong>de</strong> la cancha y que estén plenamente<br />

i<strong>de</strong>ntificados en los informes.<br />

c) Quien arrebate cualquiera <strong>de</strong> las pertenencias al vocal o veedor (tablero,<br />

hoja <strong>de</strong> vocalia, esferográfico, etc.), al arbitro (reloj, pito, tarjetas, etc.).<br />

d) Quienes agredan físicamente al arbitro, vocal y veedor (pecheen,<br />

lanzándolos el balón, tierra u otros objetos, golpe <strong>de</strong> puño, punta pie, entre<br />

otros.), a<strong>de</strong>más pagara la garantía que estipule el contrato arbitral, y<br />

respon<strong>de</strong>rán a las acciones legales a que tienen <strong>de</strong>recho los afectados.<br />

e) El o los jugadores que escupieran al arbitro, vocal, veedor, compañero o<br />

rival.<br />

f) Intento <strong>de</strong> agresión a directivos <strong>de</strong> la Liga.<br />

g) Directivos <strong>de</strong> la UDLI, presi<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> las ligas, dirigentes o jugadores que<br />

insultaren o faltaren el honor <strong>de</strong> la matriz o a cualquier miembro <strong>de</strong>l directorio o<br />

las comisiones <strong>de</strong> la UDLI, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego o en el seno <strong>de</strong> la UDLI,<br />

serán separados por UN (1) AÑO CALENDARIO <strong>de</strong> la UDLI en caso <strong>de</strong><br />

reincidir serán separados <strong>de</strong>finitivamente <strong>de</strong> la UDLI<br />

h) Cuando un directivo <strong>de</strong> la UDLI, insultare o faltare el honor <strong>de</strong> Dirigentes,<br />

11


jugadores, vocales <strong>de</strong> las ligas filiales durante un encuentro, <strong>de</strong>ntro o fuera<br />

<strong>de</strong> la cancha, estos serán suspendidos un año calendario <strong>de</strong> sus funciones.<br />

11) Serán sancionadas por DOS (2) AÑOS <strong>de</strong> suspensión aquellos jugadores, directores<br />

técnicos o dirigentes que cometieran una <strong>de</strong> estas faltas.<br />

a) Quienes estén involucrados en adulteración <strong>de</strong> documentos.<br />

b) Jugadores que participen, actúen o se califiquen en dos selecciones y/o clubes<br />

filiales a la UDLI, en un mismo evento.<br />

c) Los dirigentes o jugadores <strong>de</strong> las selecciones y/o clubes que agredan <strong>de</strong><br />

obra a directivos <strong>de</strong> la Liga (previo esclarecimientos <strong>de</strong> los hechos).<br />

Art. 49.- Si un encuentro fue suspendido por parte <strong>de</strong>l señor árbitro <strong>de</strong> manera <strong>de</strong>finitiva<br />

POR FALTA DE GARANTÍAS, REBELDIA DEL JUGADOR O JUGADORES, HECHOS<br />

GRAVES, ocasionados por las barras o integrantes <strong>de</strong> una Selección y/o Club, la<br />

comisión <strong>de</strong> Disciplina sancionara basándose en los informes <strong>de</strong>l señor arbitro o vocal <strong>de</strong><br />

la siguiente manera:<br />

a) Si fuere el causante la Selección y/o Club que estuviera ganando o<br />

empatando los puntos serán adjudicados al rival, a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> la sanción que<br />

imponga la comisión <strong>de</strong> Disciplina.<br />

b) Si fuera causante la Selección y/o Club que estuviere perdiendo, la sanción<br />

será <strong>de</strong> acuerdo a lo qué <strong>de</strong>termine la comisión <strong>de</strong> Disciplina y/o la comisión<br />

Técnica.<br />

c) Cuando el encuentro sea suspendido el señor arbitro por las razones<br />

establecidas en el presente literal será consi<strong>de</strong>rado como finalizado.<br />

d) Por agresión violenta o brutal <strong>de</strong>l o los jugadores que se ensañen con el<br />

árbitro y tanto los jugadores como dirigentes <strong>de</strong> la Selección o Club que no<br />

hagan nada por controlar los <strong>de</strong>smanes, la Selección y/o Club será<br />

sancionado con la separación <strong>de</strong>finitiva <strong>de</strong>l campeonato, mismo que será<br />

tomado como <strong>de</strong>sertor, sin perjuicio <strong>de</strong> la acción legal correspondiente<br />

seguida por parte <strong>de</strong>l agredido.<br />

e) Por quedarse en el campo <strong>de</strong> juego con menos <strong>de</strong> SIETE JUGADORES<br />

intencionalmente, se le consi<strong>de</strong>rará como no presentación y no como<br />

inferioridad numérica y per<strong>de</strong>rá el partido si lo estuviere ganando.<br />

Art. 50.- Cuando en el encuentro actúen jugadores suspendidos por la comisión <strong>de</strong><br />

disciplina los puntos serán adjudicados al club contrario previa la verificación <strong>de</strong>l mismo<br />

organismo sin necesidad que exista impugnación y garantía.<br />

Art. 51.- También se sancionara a los jugadores suplentes si cometen infracciones antes<br />

durante y <strong>de</strong>spués <strong>de</strong>l partido en contra <strong>de</strong> las reglas establecidas para este campeonato<br />

y estas consten en los informes <strong>de</strong> la hoja <strong>de</strong> vocalia o informe ampliado por parte <strong>de</strong>l<br />

arbitro vocal o veedor <strong>de</strong>l encuentro como si estuviera participando como titulares.<br />

Art. 52.- De las infracciones <strong>de</strong> jugadores suplentes, barras, directores técnicos, auxiliares<br />

dirigentes <strong>de</strong> los clubes y presi<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> las ligas:<br />

a) Tarjeta roja por primera vez $ 10.00 diez dólares.<br />

b) Las reinci<strong>de</strong>ncias la multa será, $ 20.00, $ 30.00, $ 40.00 y $ 50.00 dólares<br />

c) Ingresar o ingerir licor en áreas prohibidas no <strong>de</strong>stinadas para el caso en<br />

cualquier escenario <strong>de</strong>portivo <strong>de</strong> las ligas filiales a la UDLI, como banca <strong>de</strong><br />

suplentes será multado el equipo infractor con $ 10.00 diez dólares.<br />

d) Por intento <strong>de</strong> gresca entre barras, las selecciones o clubes a los que<br />

pertenecen serán sancionados con la multa <strong>de</strong> $ 20.00 veinte dólares, y si<br />

volviera a reincidir no se le programara, perdiendo el partido no programado<br />

12


previo el informe <strong>de</strong>l Sr., vocal veedor o árbitro.<br />

e) Cuando insulten, realicen actos obscenos o utilicen términos racistas, en<br />

contra <strong>de</strong> jugadores, vocal, veedor, jueces, las selecciones o clubes a los<br />

que pertenecen serán multados con $ 10.00 diez dólares la primera ocasión,<br />

la reinci<strong>de</strong>ncia tendrá una multa <strong>de</strong> $ 20.00 veinte dólares y si volvieran a<br />

reincidir no se le programara, perdiendo el partido no programado<br />

f) Cuando agredan físicamente las barras al arbitro, jugadores <strong>de</strong>l equipo rival<br />

<strong>de</strong>ntro o fuera <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego una vez i<strong>de</strong>ntificadas y establecida las<br />

responsabilida<strong>de</strong>s, las ligas o clubes responsables serán <strong>de</strong>claradas<br />

<strong>de</strong>sertores siendo separadas <strong>de</strong>l campeonato, <strong>de</strong>biendo cancelar los gastos<br />

médicos ocasionados por esta agresión y respon<strong>de</strong>rán a las acciones legales<br />

a que tienen <strong>de</strong>recho los afectados.<br />

g) Cuando arrojen cualquier clase <strong>de</strong> objetos <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego, antes,<br />

durante o <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> un encuentro, los clubes a los que pertenecen los<br />

involucrados serán multados con $ 10.00 diez dólares, si esto ocasione<br />

daños, las selecciones o clubes a los que pertenecen serán sancionados<br />

con la separación <strong>de</strong>l campeonato y serán <strong>de</strong>clarados <strong>de</strong>sertores sin<br />

<strong>de</strong>recho apelación alguna.<br />

h) Cuando se arrojen entre barras, jugadores o simpatizantes algún tipo <strong>de</strong><br />

objeto contun<strong>de</strong>nte sea esto piedras, botellas, palos, entre otros y esto<br />

ocasione daños, las selecciones o clubes a los que pertenecen serán<br />

sancionados con la separación <strong>de</strong>l campeonato y serán <strong>de</strong>clarados<br />

<strong>de</strong>sertores.<br />

i) Los jugadores plenamente i<strong>de</strong>ntificados que abandonen la cancha <strong>de</strong> juego e<br />

Intervengan en la agresión entre barras serán sancionados con la separación<br />

De UN AÑO CALENDARIO (1) <strong>de</strong> acuerdo con el informe.<br />

j) Cuando insultaren a cualquier miembro <strong>de</strong>l directorio <strong>de</strong> la UDLI o una <strong>de</strong> los<br />

filiales emblemas <strong>de</strong> la <strong>Unión</strong> u otras instituciones <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego y<br />

este claramente establecido el hecho, la Liga o el Club al que pertenecen los<br />

infractores pagaran una multa <strong>de</strong> $ 20.00 veinte dólares.<br />

k) Cuando los jugadores, cuerpo técnico, dirigentes, barras o simpatizantes<br />

ocasionen daños a las instalaciones <strong>de</strong> una Liga filial a mas <strong>de</strong> las sanciones<br />

establecidas en los <strong>reglamento</strong>s que rigen este campeonato tendrán que<br />

cancelar el valor correspondiente por la reparación <strong>de</strong> los daños ocasionados,<br />

siendo las ligas a las que representan o los clubes sancionados los garantes<br />

para el cumplimiento <strong>de</strong> los pagos <strong>de</strong> los plazos establecidos.<br />

Art. 53.- La Selección o Club que no cancele el valor acordado por concepto <strong>de</strong> arbitraje y<br />

<strong>de</strong>udas a la matriz antes <strong>de</strong>l inicio <strong>de</strong>l segundo tiempo no podrá continuar jugando el encuentro,<br />

per<strong>de</strong>rá los puntos que serán adjudicados a la Liga o Club contrarios, si por <strong>de</strong>sconocimiento <strong>de</strong>l<br />

vocal o arbitro el cotejo se juega hasta el final, igual pier<strong>de</strong> los puntos que serán adjudicados al<br />

rival<br />

Art. 54.- Las multas impuestas por la comisión <strong>de</strong> disciplina y que estén anotadas en los recibos<br />

y en la hoja <strong>de</strong> vocalia <strong>de</strong>berán ser cobradas hasta el inicio <strong>de</strong>l segundo tiempo por parte <strong>de</strong>l<br />

vocal <strong>de</strong> no cancelar estas no podrá continuar dándose por terminado el encuentro y <strong>de</strong> no<br />

haber cancelado los haberes per<strong>de</strong>rá el encuentro los puntos serán adjudicados al rival.<br />

Art. 55.- La comisión <strong>de</strong> Disciplina, en su facultad, tomará como evi<strong>de</strong>ncia las pruebas<br />

presentadas por los involucrados, ya se han estos vi<strong>de</strong>os, películas, fotografías, etc.<br />

Don<strong>de</strong> se <strong>de</strong>muestre, la constancia <strong>de</strong> los hechos ocurridos. La comisión <strong>de</strong> encontrar<br />

culpable, sancionara <strong>de</strong> acuerdo al presente <strong>reglamento</strong>.<br />

13


CAPITULO VI<br />

DE LAS APELACIONES<br />

Art. 56.- Toda Selección y/o Club tiene <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> apelar a las sanciones que creyere no<br />

estar <strong>de</strong> acuerdo, obligadamente <strong>de</strong>berá manifestar su intención <strong>de</strong> apelar y solicitar<br />

informes u otros en la misma sesión que conoció la sanción motivo <strong>de</strong> apelación, <strong>de</strong> no<br />

hacerlo no tendrá <strong>de</strong>recho a ningún trámite.<br />

Art. 57.- Las apelaciones serán enviadas por escrito dirigidas al Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la UDLI y<br />

por su Intermedio pasaran al directorio o Comisión mismas <strong>de</strong>berán ser firmadas por sus<br />

representantes legales.<br />

Art. 58.- Las apelaciones <strong>de</strong>berán ser lo suficientemente documentadas para que el<br />

Organismo competente las estudie y emita su veredicto.<br />

Art. 59.- Los oficios <strong>de</strong> apelación serán receptados por el Directorio <strong>de</strong> la UDLI hasta 48<br />

horas <strong>de</strong>spués, <strong>de</strong> la aprobación <strong>de</strong> las sanciones dictaminadas por la Comisión <strong>de</strong><br />

Disciplina.<br />

Art. 60.- El Directorio una vez receptado el oficio <strong>de</strong> apelación resolverá a la brevedad<br />

posible y la resolución <strong>de</strong>l Directorio será <strong>de</strong>finitiva y no apelable.<br />

CAPÍTULO VII<br />

DISPOSICIONES GENERALES<br />

Art. 61.- Si una Selección y/o Club no se presentara a jugar las finales por primer,<br />

segundo, tercer y cuarto lugar serán sancionados con la pérdida <strong>de</strong> la garantía y sus<br />

jugadores serán suspendidos un año calendario a la Liga que pertenezcan y se<br />

notificará a la FEDEBYP.<br />

Art. 62.- El costo <strong>de</strong> las entradas en los Estadios no se cobrará a los jugadores previa<br />

presentación <strong>de</strong> su carnet y dos miembros <strong>de</strong>l cuerpo técnico; pagarán los hinchas y<br />

simpatizantes una cantidad no mayor a veinte y cinco centavos <strong>de</strong> dólar (0,25); en caso<br />

contrario la liga se<strong>de</strong> será sancionada económicamente con un valor que el Directorio <strong>de</strong><br />

la UDLI <strong>de</strong>terminara.<br />

Art. 63.- De encontrarse duda en la participación <strong>de</strong> algún integrante <strong>de</strong> las selecciones o<br />

clubes, ya sea por calificación o sanción, en el transcurso <strong>de</strong>l campeonato y <strong>de</strong><br />

comprobarse la actuación dolosa por alguna <strong>de</strong> las comisiones <strong>de</strong> la UDLI, la Selección<br />

y/o Club al que pertenecen per<strong>de</strong>rá los puntos <strong>de</strong>l partido o partidos en los que hayan<br />

actuado los mismos que serán adjudicados al o los rivales.<br />

Art. 64.- La asistencia <strong>de</strong> <strong>de</strong>legados a las sesiones es obligatoria, en caso <strong>de</strong><br />

inasistencia tendrían una sanción económica <strong>de</strong> $ 5.00 cinco dólares.<br />

Art. 65.- Si una Selección y/o Club, no presentare un balón en buenas condiciones o<br />

aptas para jugar serán multados con cinco ($ 5.00) dólares.<br />

Art. 66.- El o los jugadores que hayan sido expulsados con tarjeta roja automáticamente<br />

se les borraran las tarjetas amarillas y comenzaran una nueva contabilización.<br />

Art. 67.- Los capitanes <strong>de</strong> cada selección o Club <strong>de</strong>berán llevar el distintivo <strong>de</strong> capitán, la<br />

falta <strong>de</strong> este será multado con el valor <strong>de</strong> $ 2.00 dos dólares.<br />

Art. 68.- Las ligas o clubes que se negaren a participar en los campeonatos provinciales<br />

que organiza la FEDEBYP serán sancionados con una multa <strong>de</strong> $ 200.00 doscientos<br />

14


dólares y en su liga per<strong>de</strong>rán la categoría.<br />

Art. 69.- Es obligación <strong>de</strong>l capitán <strong>de</strong> una Selección o Club firmar la hoja <strong>de</strong> vocalía una<br />

vez llenados los informes <strong>de</strong>l señor árbitro y vocal, en caso <strong>de</strong> no hacerlo y existir algún<br />

reclamo este <strong>de</strong>berá ser sustentado mediante oficio el día lunes en sesión <strong>de</strong> <strong>de</strong>legados.<br />

Art. 70.- Cuando el señor arbitro se ha agredido por las causales que recen en el contrato,<br />

la liga o club per<strong>de</strong>rá la garantía <strong>de</strong> $ 120.00 ciento veinte dólares la misma que será<br />

cancelada al núcleo <strong>de</strong> árbitros al cual pertenezca dicho arbitro, la Liga o Club no podrán<br />

ser programados la siguiente fecha si no cancela la misma.<br />

Art. 71.- La UDLI entregara por concepto <strong>de</strong> premiación 25 medallas para Fútbol y 21<br />

medallas para Micro-fútbol a los tres primeros lugares en el terreno <strong>de</strong> juego y los trofeos<br />

para los cuatro primeros lugares y goleadores serán entregados en una ceremonia<br />

especial. .<br />

Art. 72.- No se aceptará ninguna clase <strong>de</strong> apelación en las semifinales y finales, por parte <strong>de</strong><br />

las selecciones o clubes.<br />

Art. 73.- Cuando las ligas se negaren a prestar las canchas para partidos neutrales, la UDLI<br />

sancionara con una multa económica.<br />

Art. 74.- Las ligas o clubes no podrán retirar la garantía antes <strong>de</strong> que culmine el<br />

campeonato, se podrá retirar las mismas <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> haberse jugado la final <strong>de</strong>l mismo y<br />

<strong>de</strong>berán enviar una solicitud por escrito al directorio y se entregara el valor total si no<br />

tuviere <strong>de</strong>udas pendientes con la UDLI.<br />

Art. 75.- Las selecciones o clubes que hayan sido <strong>de</strong>clarados <strong>de</strong>sertores o fueren<br />

separados <strong>de</strong>l campeonato, por haber infringido el presente <strong>reglamento</strong>, per<strong>de</strong>rán todos<br />

los <strong>de</strong>rechos adquiridos y valores <strong>de</strong>positados en la UDLI.<br />

Art. 76.- Por ningún motivo la directiva podrá permitir intervenciones o agresiones<br />

verbales que lesionen la dignidad <strong>de</strong> directivos, dirigentes ligas, clubes y otras personas,<br />

las mismas serán cortadas <strong>de</strong> inmediato, y la o las personas involucradas serán<br />

sancionadas como establezca el directorio o <strong>reglamento</strong>.<br />

Art. 77.- Las exposiciones que involucren a directivos, selecciones, clubes u otras<br />

personas, <strong>de</strong>berán estar <strong>de</strong>bidamente documentadas o asesoradas por testigos<br />

responsables, <strong>de</strong> no ser así no se permitirán la intervención.<br />

Art. 78.- Serán separados <strong>de</strong> la UDLI in<strong>de</strong>finidamente Dirigentes, jugadores, selecciones y<br />

clubes, por boicotear, impedir, obstruir o tergiversar con mala fe las activida<strong>de</strong>s que<br />

realicé el directorio o comisiones <strong>de</strong> la UDLI, siempre que sea comprobado.<br />

Art. 79.- Todo asunto que no este contemplado en este Reglamento quedará a libre<br />

criterio <strong>de</strong>l organismo a quien le competa para su resolución, guardando el buen criterio<br />

<strong>de</strong>portivo <strong>de</strong> la FEF e internacional. Los mismos que serán tomados como prece<strong>de</strong>ntes y<br />

servirán para sentar jurispru<strong>de</strong>ncia en casos análogos.<br />

Art. 80.- Son las siguientes:<br />

DISPOSICIONES GENERALES PARA MICRO- FÚTBOL.<br />

a. Se aplicarán las sanciones y multas <strong>de</strong> acuerdo al presente <strong>reglamento</strong><br />

en los artículos pertinentes.<br />

b. El número <strong>de</strong> jugadores participantes por cada equipo será <strong>de</strong> nueve.<br />

15


c. El número <strong>de</strong> cambios será <strong>de</strong> cinco jugadores indistintamente.<br />

d. El número mínimo para presentarse en cancha será <strong>de</strong> seis jugadores.<br />

e. El tiempo <strong>de</strong> juego será <strong>de</strong> ochenta minutos, cuarenta por cada tiempo,<br />

con diez minutos <strong>de</strong> <strong>de</strong>scanso.<br />

f. El tiempo <strong>de</strong> espera es <strong>de</strong> 10 diez minutos.<br />

g. No se aplicará el Offsi<strong>de</strong>, el resto <strong>de</strong> reglas será similar al fútbol<br />

(saques <strong>de</strong> meta, saques <strong>de</strong> banda, para los tiros libres directos o<br />

indirectos se contarán siete pasos, el tiro penalti libre, etc.).<br />

h. Los jugadores participarán solo con zapatos <strong>de</strong> microfutból (pupillos).<br />

i. El número <strong>de</strong> inscripción será mínimo <strong>de</strong> trece jugadores y un máximo<br />

<strong>de</strong> dieciocho jugadores.<br />

Este <strong>reglamento</strong> <strong>de</strong> competencia fue discutido y aprobado en la sesión <strong>de</strong> trabajo<br />

realizada el día 15 <strong>de</strong> febrero <strong>de</strong>l <strong>2012</strong>, con la presencia <strong>de</strong> las Comisiones y el Directorio<br />

<strong>de</strong> la UDLI.<br />

POR LAS COMISIONES DE LA UDLI<br />

COMISION TÉCNICA<br />

SR. FRANCO CABRERA SRA. ROCIO BRAVO<br />

PRESIDENTE SECRETARIA<br />

COMISION DE DISCIPLINA<br />

SR. GALO YANEZ SR. EDUARDO CAIZA<br />

PRESIDENTE SECRETARIO<br />

COMISION DE CALIFICACION<br />

SR. DANIEL CAIZA SR. MARCO MARTINEZ<br />

PRESIDENTE SECRETARIO<br />

REVISADO POR:<br />

16


LIC. RAUL SANCHEZ DR. MARIO PEPINOS<br />

PRESIDENTE UDLI. SINDICO UDLI.<br />

17

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!