reglamento de competencias udli 2012 - Unión de Ligas ...
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UNIÓN DE LIGAS DEPORTIVAS<br />
BARRIALES<br />
INDEPENDIENTES DEL CANTÓN<br />
QUITO - UDLI<br />
Entidad Jurídica con Acuerdo Ministerial Nº 4807 <strong>de</strong>l 18 <strong>de</strong> Septiembre <strong>de</strong> 1989<br />
Fundada el 30 <strong>de</strong> Junio <strong>de</strong> 1984<br />
REGLAMENTO DE COMPETENCIAS UDLI <strong>2012</strong><br />
CAPÍTULO I<br />
Art. 1.- La <strong>Unión</strong> <strong>de</strong> <strong>Ligas</strong> In<strong>de</strong>pendientes <strong>de</strong>l Cantón Quito UDLI, organiza los<br />
CAMPEONATOS <strong>2012</strong> DE FUTBOL Y MICRO-FUTBOL, con la participación <strong>de</strong> sus <strong>Ligas</strong><br />
Filiales, las mismas que hayan realizado sus selectivos.<br />
a) Procurando un sano esparcimiento y leal competencia entre los<br />
representantes <strong>de</strong> las <strong>Ligas</strong> afiliadas a la UDLI.<br />
b) Incentivar en el Deportista Barrial la práctica <strong>de</strong>l <strong>de</strong>porte, como expresión <strong>de</strong><br />
acercamiento espiritual y fraterno<br />
c) Estimular para la recreación <strong>de</strong> nuestro Pueblo.<br />
d) Descubrir nuevos valores o talentos, por medio <strong>de</strong>l <strong>de</strong>porte barrial.<br />
e) La masificación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>porte y unión <strong>de</strong> las familias <strong>de</strong>l <strong>de</strong>portista.<br />
CAPÍTULO II<br />
GENERALIDADES<br />
Art. 2.- La organización, <strong>de</strong>sarrollo y control <strong>de</strong> los diferentes campeonatos <strong>de</strong> la UDLI,<br />
estarán a cargo <strong>de</strong> las COMISIÓNES TÉCNICA, DISCIPLINA Y CALIFICACIONES<br />
conjuntamente con el DIRECTORIO.<br />
CAPÍTULO III<br />
DE LA COMISIÓN TÉCNICA<br />
Art. 3.- Son atribuciones <strong>de</strong> la COMISIÓN TÉCNICA:<br />
a) Señalar las canchas, el día y la hora en que <strong>de</strong>berán realizarse los encuentros.<br />
b) Elaborar las tablas <strong>de</strong> resultados y posiciones.<br />
c) Sancionar las infracciones cometidas en lo que respecta al Reglamento Técnico.<br />
d) Resolver los asuntos <strong>de</strong> su competencia.<br />
Art. 4.- Son obligaciones <strong>de</strong> la COMISIÓN TÉCNICA:<br />
a) Velar por el normal <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong>l campeonato.<br />
b) Cumplir y hacer cumplir el Reglamento.<br />
c) Elaborar el Calendario <strong>de</strong> Juegos con la <strong>de</strong>bida oportunidad.<br />
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d) Designar <strong>de</strong> entre sus miembros los vocales y veedores para sus encuentros<br />
finales.<br />
e) Presentar el informe final <strong>de</strong>l campeonato, por escrito y en plazo máximo <strong>de</strong><br />
ocho días <strong>de</strong> finalizado el mismo,<br />
Art. 5.- Son las siguientes:<br />
DE LAS INSCRIPCIONES<br />
a) La UDLI, realizará la convocatoria a inscripciones <strong>de</strong> los diferentes campeonatos<br />
<strong>de</strong>portivos (fútbol, etc.) por categorías, mínimo con 30 días <strong>de</strong> anticipación previo a la<br />
inauguración <strong>de</strong> dicho evento <strong>de</strong>portivo.<br />
b) La inscripción <strong>de</strong> las Selecciones y/o clubes <strong>de</strong>berán ser presentadas mediante<br />
solicitud dirigida al señor Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la UDLI., en hoja membretada <strong>de</strong> la Liga o<br />
Club en el que incluirá la nómina <strong>de</strong> los Directivos o sus <strong>de</strong>legados los mismos que<br />
representaran a la Liga o Club en las sesiones ordinarias y extraordinarias con voz y<br />
voto, con las respectivas firmas <strong>de</strong>l Presi<strong>de</strong>nte y <strong>de</strong>l Secretario, a<strong>de</strong>más pondrá el<br />
sello respectivo <strong>de</strong> la Liga o Club.<br />
c) El periodo <strong>de</strong> inscripciones <strong>de</strong> las ligas o clubes se receptaran <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el primer día <strong>de</strong><br />
convocatoria hasta la fecha <strong>de</strong>terminada por el Directorio y la Comisión Técnica.<br />
d) Por ningún concepto se aceptaran inscripciones luego <strong>de</strong> terminadas las mismas, salvo<br />
alguna resolución <strong>de</strong>l directorio por caso <strong>de</strong> fuerza mayor.<br />
e) El valor <strong>de</strong> inscripción <strong>de</strong> cada Liga o Club será <strong>de</strong> $ 20.00 dólares.<br />
f) El valor <strong>de</strong> garantía <strong>de</strong> los Campeonatos será <strong>de</strong> $ 60,00 dólares.<br />
DE LA INAUGURACION<br />
Art. 6.- Los campeonatos serán inaugurados en la fecha y hora que resuelva el<br />
Directorio y la Comisión Técnica <strong>de</strong> la UDLI.<br />
a) Las Selecciones y/o clubes <strong>de</strong>berán <strong>de</strong>sfilar con 11 jugadores como mínimo,<br />
correctamente uniformados, su madrina, un directivo y una pancarta <strong>de</strong> i<strong>de</strong>ntificación<br />
<strong>de</strong> la Liga o Club.<br />
b) En caso <strong>de</strong> <strong>de</strong>sfilar con menos <strong>de</strong> 11 y hasta 7 jugadores en fútbol; con 9 y hasta 6<br />
jugadores en Micro-fútbol, <strong>de</strong>berán pagar una multa <strong>de</strong> $ 1.00 por cada jugador hasta<br />
completar los 11 y 9 integrantes, por la Madrina $ 10,00 y por Directivo será <strong>de</strong> $ 5,00.<br />
c) Si un equipo se presenta con menos <strong>de</strong> 7 y 6 jugadores no se le permitirá <strong>de</strong>sfilar y<br />
será sancionado como no presentación al <strong>de</strong>sfile, la misma se le tomara como no<br />
participación en el evento respectivo.<br />
d) Las Comisiones Técnica y <strong>de</strong> Disciplina serán las encargadas <strong>de</strong>l control técnico y<br />
disciplinario en el <strong>de</strong>sfile.<br />
e) Las ligas o clubs <strong>de</strong>mostraran buen comportamiento y disciplina durante el<br />
<strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> la ceremonia <strong>de</strong> inauguración, las ligas o clubes que abandonaran el programa <strong>de</strong><br />
inauguración antes <strong>de</strong> dar por concluido el mismo se les sancionara con el valor <strong>de</strong> $ 20.00 dólares.<br />
f) En caso <strong>de</strong> que una Liga o Club, no se presenten a cumplir con el <strong>de</strong>sfile por fuerza<br />
mayor o caso fortuito, consi<strong>de</strong>rando que la fuerza mayor afecte al 75% <strong>de</strong> los jugadores<br />
inscritos, esta facultado para atenerse al recurso <strong>de</strong> apelación, para lo cual <strong>de</strong>berá<br />
presentar los documentos probatorios respectivos, en el plazo <strong>de</strong> 48 horas siguientes a<br />
la realización <strong>de</strong>l <strong>de</strong>sfile, a fin <strong>de</strong> que la comisión <strong>de</strong> disciplina, someta al estudio<br />
respectivo y emita su informe en la siguiente sesión ordinaria sin prorroga, si la<br />
comisión <strong>de</strong> disciplina, luego <strong>de</strong> analizar las apelaciones, resuelve aceptar a las ligas o<br />
clubes, estos pagaran la cantidad <strong>de</strong> $ 50,00 cincuenta dólares por concepto <strong>de</strong> multa,<br />
si no pasare la apelación la multa será <strong>de</strong> quinientos ($ 500.00) dólares.<br />
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Art. 7.- La COMISIÓN TÉCNICA, será la encargada <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminar la forma <strong>de</strong> cómo se<br />
jugará el campeonato, modalidad, series y la elaboración <strong>de</strong>l calendario. En cuanto al<br />
tiempo <strong>de</strong> duración <strong>de</strong> un partido será <strong>de</strong> dos tiempos <strong>de</strong> cuarenta y cinco minutos con<br />
un <strong>de</strong>scanso <strong>de</strong> quince minutos para Fútbol y para el Micro fútbol será <strong>de</strong> dos tiempos<br />
<strong>de</strong> cuarenta minutos con un <strong>de</strong>scanso <strong>de</strong> diez minutos.<br />
Art. 8.- La UDLI, proveerá a los equipos participantes, los <strong>reglamento</strong>s <strong>de</strong> competencia<br />
las mismas que tendrán un costo <strong>de</strong> dos dólares.<br />
Art. 9.- La COMISIÓN TÉCNICA, podrá reprogramar los ficchures <strong>de</strong> las series en las<br />
cuales constaren los equipos que por razones reglamentarias hayan sido <strong>de</strong>clarados<br />
<strong>de</strong>sertores, luego <strong>de</strong> haber concluido cada etapa.<br />
Art. 10.- Una vez establecidas las canchas para la realización <strong>de</strong> los encuentros, NO<br />
podrán ser cambiadas; salvo en casos <strong>de</strong> fuerza mayor comprobado.<br />
Art. 11.- Los encuentros se realizarán <strong>de</strong> conformidad a lo que establecen los<br />
<strong>reglamento</strong>s <strong>de</strong> AFNA en la parte técnica, y en la organizativa <strong>de</strong> acuerdo a las<br />
disposiciones reglamentarias <strong>de</strong> la COMISIÓN TÉCNICA y la <strong>de</strong> DISCIPLINA.<br />
Art. 12.- Previo el ingreso al campo <strong>de</strong> juego, los jugadores <strong>de</strong>berán presentarse ante el vocal:<br />
a) Correctamente uniformados, para la participación parcial o total en la duración <strong>de</strong>l partido<br />
b) Será consi<strong>de</strong>rado jugador o jugadores bien uniformados, que vistan camiseta, pantaloneta<br />
y medias <strong>de</strong>l mismo color y diseño, con canilleras y zapatos con pupos con planta fija, se<br />
prohíbe la utilización <strong>de</strong> zapatos <strong>de</strong> fútbol con estoperoles <strong>de</strong> aluminio o cualquier tipo,<br />
para Micro-futbol el uso <strong>de</strong> zapatos con pupillos.<br />
c) El arquero <strong>de</strong>berá estar plenamente i<strong>de</strong>ntificado como tal, podrá actuar en otro<br />
puesto en el campo <strong>de</strong> juego únicamente cuando tenga el uniforme igual al resto<br />
<strong>de</strong> jugadores y con su propio número. En caso <strong>de</strong> que un jugador <strong>de</strong> línea <strong>de</strong>ba<br />
cumplir el puesto <strong>de</strong> arquero, <strong>de</strong>berá presentar el uniforme completo <strong>de</strong>l equipo,<br />
con sus respectivos números en la camiseta y pantaloneta, se pondrá un buzo <strong>de</strong><br />
diferente color y sin número o al revés.<br />
d) No se aceptara en la camiseta números sobrepuestos, tapados con tela, taipe, masking,<br />
pintura, carbón, engrapados, adhesivos, ni en las pantalonetas ya que todas <strong>de</strong>ben llevar<br />
números.<br />
e) El número que contiene la camiseta será igual al número <strong>de</strong> la pantaloneta, los números<br />
serán <strong>de</strong>l mismo color, tanto en las camisetas como en las pantalonetas.<br />
f) La publicidad en el uniforme es opcional, en caso <strong>de</strong> tenerlo todos los jugadores <strong>de</strong>berán<br />
llevar igual publicidad a excepción <strong>de</strong>l arquero.<br />
Art. 13.- Los encuentros se efectuarán a la hora señalada por la COMISIÓN TÉCNICA,<br />
las selecciones o clubs están en la obligación <strong>de</strong> respetar la programación. Si por<br />
incumplir con esta disposición no se realizare un encuentro, el equipo infractor será<br />
multado con $ 5.00 cinco dólares. Cuando no se presente al segundo encuentro, será<br />
<strong>de</strong>clarado DESERTOR y per<strong>de</strong>rá la garantía <strong>de</strong> $ 60.00 sesenta dólares.<br />
Art. 14.- La COMISIÓN TÉCNICA no podrá dar inicio a cada una <strong>de</strong> las etapas, mientras<br />
no se hayan elaborado los ficchures correspondientes por parte <strong>de</strong> las mismas.<br />
Art. 15.- El puntaje oficial <strong>de</strong> los encuentros es el siguiente:<br />
a) Tres (3) puntos por encuentro ganado<br />
b) Un (1) punto al equipo que empate<br />
c) Cero (0) puntos al equipo per<strong>de</strong>dor<br />
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Art. 16.- La ubicación <strong>de</strong> los equipos durante el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong>l campeonato se <strong>de</strong>finirá <strong>de</strong><br />
acuerdo al puntaje y al gol diferencia, en caso <strong>de</strong> mantener la igualdad será a favor <strong>de</strong>l<br />
equipo que mayor cantidad <strong>de</strong> goles haya anotado.<br />
Art. 17.- En caso <strong>de</strong> empate para la <strong>de</strong>finición <strong>de</strong>l campeonato, se <strong>de</strong>finirá por el<br />
lanzamiento <strong>de</strong> tiros penales, la primera tanda será <strong>de</strong> cinco para cada equipo y luego<br />
uno a uno hasta que salga el ganador.<br />
Art. 18.- Los encuentros <strong>de</strong>berán iniciarse con un máximo <strong>de</strong> quince minutos <strong>de</strong> espera<br />
en Fútbol y diez minutos en Micro-fútbol, luego <strong>de</strong> la hora señalada. El equipo que no se<br />
presente con un mínimo <strong>de</strong> (7) siete jugadores en fútbol, o con un mínimo <strong>de</strong> (6) seis<br />
jugadores para micro-fútbol, correctamente uniformados, con sus respectivos carnet <strong>de</strong><br />
cancha, per<strong>de</strong>rá los puntos, mismos que serán adjudicados al rival con el marcador <strong>de</strong><br />
dos goles a cero, pero <strong>de</strong>berá legalizar su presencia ante los señores vocal y árbitro.<br />
Art. 19.- Las <strong>Ligas</strong> que tengan problemas con la infraestructura, <strong>de</strong>berán comunicar a la<br />
UDLI, con quince (15) días antes <strong>de</strong> la inauguración y/o programación.<br />
Art. 20.- Los encuentros se realizarán los días domingos a las 10:00 y 12:00 horas y las<br />
finales se jugaran exclusivamente los días sábados a las 12:00 y 14:00 horas.<br />
Art. 21.- Las selecciones o clubes podrán completar el número <strong>de</strong> jugadores en cancha<br />
durante los 90 minutos <strong>de</strong> juego.<br />
Art. 22.- Cuando en el informe <strong>de</strong>l señor arbitro constara que el encuentro fue<br />
suspendido por fuerza mayor o caso fortuito (mal estado <strong>de</strong> la cancha por lluvia,<br />
<strong>de</strong>sastre natural, etc.), la Comisión Técnica <strong>de</strong>terminará la hora y día en que <strong>de</strong>be<br />
completarse el partido y sin tiempo <strong>de</strong> espera. Este será <strong>de</strong> forma inmediata, antes <strong>de</strong>l<br />
inicio <strong>de</strong> la siguiente etapa.<br />
Art. 23.- En el caso que las selecciones o clubes tengan uniformes similares que no<br />
permitan diferenciar a los jugadores <strong>de</strong> cada equipo el señor árbitro pedirá al señor<br />
vocal los chalecos que <strong>de</strong>berá facilitar la se<strong>de</strong> local y proce<strong>de</strong>rá; en ejercicio <strong>de</strong> sus<br />
funciones, al sorteo para <strong>de</strong>terminar el equipo que tendrá que usarlos. Podrá contar<br />
para esto, con un tiempo pru<strong>de</strong>ncial <strong>de</strong> diez minutos, los jugadores <strong>de</strong>berán usar los<br />
chalecos por sobre su camiseta original. Queda terminantemente prohibido el uso <strong>de</strong>l<br />
chaleco en torso <strong>de</strong>snudo. De así hacerlo, el jugador será amonestado por el señor<br />
árbitro, las ligas se<strong>de</strong>s no pue<strong>de</strong>n cobrar ningún valor por el uso o préstamo <strong>de</strong> los<br />
chalecos.<br />
Art. 24.- Los jugadores bajo ningún concepto serán quienes juzguen la actuación <strong>de</strong> los<br />
señores árbitros o vocales. La actitud contraria pue<strong>de</strong> hacerse acreedor a las sanciones<br />
que <strong>de</strong>termine la Comisión <strong>de</strong> Disciplina.<br />
Art. 25.- La no participación <strong>de</strong> las selecciones o clubes <strong>de</strong> las <strong>Ligas</strong> Filiales, serán<br />
sancionadas con una multa económica <strong>de</strong> quinientos ($ 500,00) dólares.<br />
Art. 26.- Para reanudar un encuentro suspendido las selecciones, <strong>de</strong>berán<br />
presentarse con un numero mínimo <strong>de</strong> siete jugadores en fútbol, y seis en microfutbol<br />
que hubiesen estado participando; luego <strong>de</strong> reanudar el partido se podrá realizar<br />
cambios en ausencia <strong>de</strong> jugadores, si no lo hace per<strong>de</strong>rá el partido.<br />
a) El partido <strong>de</strong>berá reanudarse a la hora programada sin tiempo <strong>de</strong> espera.<br />
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Art. 27.- Para cualquier IMPUGNACIÓN en cancha se <strong>de</strong>berá <strong>de</strong>positar el valor <strong>de</strong><br />
$20,00 (veinte) dólares, este valor será <strong>de</strong>vuelto en caso <strong>de</strong> que la impugnación se haga<br />
efectiva, si no proce<strong>de</strong> no se la reembolsará, <strong>de</strong> no pagar la garantía no tendrá valor<br />
la impugnación, en caso <strong>de</strong> mal uniformado se receptara la prenda impugnada y otra<br />
prenda <strong>de</strong>l uniforme, si no entrega la prenda el equipo infractor se da por entendido<br />
que ha cometido la falta.<br />
Art. 28.- Toda impugnación se la podrá realizar hasta antes <strong>de</strong> finalizar el encuentro. Si<br />
se la realiza <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> haber finalizado el encuentro no proce<strong>de</strong>rá a hacerse válida.<br />
Art. 29.- La Selección y/o Club que por <strong>de</strong>scuido o negligencia no presenten los<br />
carnets <strong>de</strong> uno o varios jugadores, al inicio <strong>de</strong> cada partido <strong>de</strong>bidamente calificados no<br />
podrán actuar, caso <strong>de</strong> hacerlo per<strong>de</strong>rán los puntos y se le adjudicarán al rival. En caso<br />
<strong>de</strong> presentarse doce (12) jugadores en cancha con su respectivo carné per<strong>de</strong>rá los<br />
puntos el equipo infractor y serán adjudicados al rival.<br />
Art. 30.- Cuando un encuentro sea suspendido por el árbitro por falta <strong>de</strong> garantías, este<br />
será consi<strong>de</strong>rado finalizado <strong>de</strong>finitivamente.<br />
Art. 31.- Un jugador que estuviere sancionado en la Liga a la que pertenece, cuya<br />
notificación hubiese sido entregada a la UDLI no podrá participar en este campeonato,<br />
únicamente lo podrá hacer cuando cumpla la sanción impuesta.<br />
DE LOS VOCALES<br />
Art. 32.- Los vocales serán los directivos principales <strong>de</strong> cada Liga, y para las finales<br />
serán miembros <strong>de</strong>l directorio <strong>de</strong> la U.D.L.I., igual que los Veedores que se <strong>de</strong>signaran<br />
para las etapas finales<br />
Art. 33.- Sus obligaciones son:<br />
a) El vocal <strong>de</strong>be ubicarse en la parte céntrica <strong>de</strong>l costado <strong>de</strong> la cancha, encontrarse<br />
en completo estado <strong>de</strong> sobriedad y no <strong>de</strong>be ingerir ningún tipo <strong>de</strong> licor hasta<br />
finalizar el cumplimiento <strong>de</strong> sus funciones. Caso <strong>de</strong> infringir será multado con<br />
$ 5,00 cinco dólares la liga a la cual pertenece.<br />
b) Permitirá que al inicio <strong>de</strong> los encuentros los dirigentes <strong>de</strong> cada uno <strong>de</strong> las<br />
Selecciones y/o clubes recepten los carnés <strong>de</strong> cancha en forma cruzada y no habrá<br />
apelación alguna.<br />
c) Recibir los carnés <strong>de</strong> cancha <strong>de</strong> los dirigentes <strong>de</strong> cada Selección y/o club,<br />
<strong>de</strong>bidamente legalizados.<br />
d) Prohibir el ingreso <strong>de</strong> jugadores que no se hallen <strong>de</strong>bidamente calificados.<br />
correctamente uniformados o en condiciones no aptas para la práctica <strong>de</strong>l <strong>de</strong>porte,<br />
caso contrario <strong>de</strong> infringir el presente artículo el equipo al que pertenece el jugador<br />
o jugadores per<strong>de</strong>rán los puntos, los mismos que se le acreditaran al equipo<br />
contrario, para lo cual el vocal informara en la hoja <strong>de</strong> vocalia. Y al vocal se le<br />
tomara como mala vocalia por permitirle actuar mal uniformado y se le multara con<br />
$ 5,00 cinco dólares.<br />
e) Controlar los cambios <strong>de</strong> los jugadores durante el encuentro.<br />
f) El número <strong>de</strong> cambios será <strong>de</strong> (6) seis jugadores indistintamente en fútbol y <strong>de</strong> (5)<br />
cinco jugadores indistintamente para micro-fútbol.<br />
g) Prohibir el reingreso <strong>de</strong> un jugador que haya sido sustituido o expulsado.<br />
h) Permitirá el ingreso <strong>de</strong> dos personas (2) al campo <strong>de</strong> juego (Cuerpo técnico),<br />
previa la presentación <strong>de</strong> los <strong>de</strong>bidos carnés que les acreditan como tal.<br />
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i) Emitir sus informes en el espacio <strong>de</strong>l acta <strong>de</strong> juego reservado para este efecto, con<br />
imparcialidad, apegados a la verdad y <strong>de</strong>tallando con lealtad las noveda<strong>de</strong>s<br />
ocurridas en el encuentro y sus autores, a<strong>de</strong>más pondrán la calificación al señor<br />
arbitro, <strong>de</strong> no hacerlo será tomada como acta <strong>de</strong> juego mal realizada, la misma que<br />
será sancionada como mala vocalía y una multa <strong>de</strong> $ 5,00 cinco dólares.<br />
j) En caso <strong>de</strong> hacer el informe en la hoja <strong>de</strong> vocalía, y esta contenga errores como<br />
Tachones, borrones y que se pruebe que en esta hay alteraciones <strong>de</strong> mala fe, y<br />
a<strong>de</strong>más falte datos necesarios, será consi<strong>de</strong>rada mala vocalía y será sancionado la<br />
primera vez con $ 5.00 cinco dólares <strong>de</strong> multa, la segunda con $ 10,00 diez dólares<br />
y a partir <strong>de</strong> la tercera será sancionado con un punto negativo al club que<br />
pertenece. De realizar un error <strong>de</strong> buena fe, su corrección será válida si tiene la<br />
firma <strong>de</strong> responsabilidad y el aval <strong>de</strong> los capitanes.<br />
k) Receptar y hacer constar en la hoja <strong>de</strong> vocalía los reclamos <strong>de</strong> los clubes, sean<br />
estos durante el partido o al finalizar el mismo.<br />
l) Solicitar al señor árbitro las noveda<strong>de</strong>s <strong>de</strong>l partido y su hoja <strong>de</strong> control para<br />
comparar con las <strong>de</strong>l acta <strong>de</strong> Juego.<br />
m) Cuando una vocalia no llegue hasta el lunes <strong>de</strong> la programación, serán<br />
sancionados con la perdida <strong>de</strong> tres puntos <strong>de</strong>l tablero general a la selección o club<br />
que le toco hacer <strong>de</strong> local.<br />
n) Las vocalías <strong>de</strong>ben llegar a la Comisión <strong>de</strong> Disciplina con el respectivo sello <strong>de</strong><br />
cancelación <strong>de</strong> Tesorería hasta máximo las 17H30 (5:h30pm) <strong>de</strong>l lunes siguiente a<br />
la programación, a partir <strong>de</strong> esa hora será consi<strong>de</strong>rada como vocalia atrasada y su<br />
multa será <strong>de</strong> $ 20,00 (veinte) dólares;<br />
o) En caso <strong>de</strong> que la vocalia llegue <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> que la Comisión <strong>de</strong> Disciplina haya<br />
emitido su informe, se consi<strong>de</strong>rará como vocalía no presentada y la liga o club<br />
responsable <strong>de</strong> este hecho, será sancionada con menos tres puntos <strong>de</strong>l tablero en<br />
la etapa que se encuentre participando.<br />
p) En caso <strong>de</strong> ser liga neutral, (segunda etapa) la Liga o Club ganador <strong>de</strong>l partido<br />
será el responsable <strong>de</strong> hacer llegar la hoja <strong>de</strong> vocalía con todos sus valores a la<br />
tesorería <strong>de</strong> la UDLI.<br />
q) En caso <strong>de</strong> que no se entregue el valor <strong>de</strong> la vocalia a la tesorería se le <strong>de</strong>scontara<br />
<strong>de</strong> la garantía al club o liga infractora y se le sancionara con $ 20.00 veinte dólares<br />
<strong>de</strong> multa por la no cancelación <strong>de</strong> los valores <strong>de</strong> la vocalia.<br />
Art. 34.- Los señores vocales que por presión o exigencia <strong>de</strong> Directivos o cualquier<br />
integrante <strong>de</strong> las selecciones y/o clubes participantes en un encuentro se vieren<br />
obligados a aceptar la actuación <strong>de</strong> un jugador en forma antirreglamentaria, <strong>de</strong>berán<br />
poner <strong>de</strong> manera clara en su informe los hechos sucedidos, e i<strong>de</strong>ntificar a los dirigentes<br />
para que puedan ser sancionados con el <strong>reglamento</strong> que <strong>de</strong>ben imponer la Comisión <strong>de</strong><br />
Disciplina.<br />
Art. 35.- Cuando un vocal no se presente a realizar la vocalía <strong>de</strong>l partido se sancionará<br />
con la pérdida <strong>de</strong> tres puntos <strong>de</strong>l tablero general y cuando sea cancha neutral pagara<br />
una multa <strong>de</strong> $ 20,00 veinte dólares <strong>de</strong> multa.<br />
DE LOS ARBITROS<br />
Art. 36.- El señor arbitro es la máxima autoridad <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego y sus<br />
<strong>de</strong>cisiones <strong>de</strong>ben ser respetadas todos por igual (<strong>de</strong>portistas, dirigentes, cuerpo<br />
técnico, hinchas, etc.)<br />
Art. 37.- Es atribución <strong>de</strong>l señor arbitro, suspen<strong>de</strong>r el encuentro por razones técnicas<br />
o disciplinarias, <strong>de</strong>berá llenar el informe <strong>de</strong> vocalia con letra clara y legible don<strong>de</strong><br />
constara todo lo ocurrido <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego, sus nombres y apellidos,<br />
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adicionalmente el nombre <strong>de</strong>l gremio al que pertenece <strong>de</strong> no hacerlo será sancionado<br />
con $ 5.00 cinco dólares <strong>de</strong> multa.<br />
Art. 38.- Los señores árbitros, tendrán que estar con diez minutos <strong>de</strong> anticipación a la<br />
hora programada y si no asistiese el señor juez el partido se suspen<strong>de</strong>rá (en la primera<br />
etapa) y por ningún motivo los partidos se suspen<strong>de</strong>rán en la segunda etapa.<br />
Art. 39.- El señor arbitro que no se presentare a dirigir un encuentro será multado<br />
con el 200% <strong>de</strong>l costo <strong>de</strong>l arbitraje, <strong>de</strong> los cuales $ 40,00 cuarenta dólares serán<br />
entregados al equipo visitante, <strong>de</strong>biendo cancelar a la UDLI la agrupación a la cual<br />
representa, se realice o no el partido.<br />
Art. 40.- La liga anfitriona tendrá que entregar la cancha tizada y colocadas las<br />
re<strong>de</strong>s en sus respectivos arcos previa la hora <strong>de</strong> comenzar el partido y no tendrá costo<br />
alguno.<br />
Art. 41.- De comprobarse que el señor árbitro se presente a dirigir un partido<br />
encontrándose en estado etílico o con aliento a licor, no se le permitirá dirigir y se<br />
suspen<strong>de</strong>rá el partido y el árbitro será sancionado con el Art. 39.<br />
Art. 42.- Los señores árbitros que no asistan a los encuentros programados en canchas<br />
neutrales, el núcleo <strong>de</strong> árbitros <strong>de</strong>berá cancelar el valor <strong>de</strong> $ 80,00 ochenta dólares, el<br />
cual se entregara $ 40,00 cuarenta dólares a cada equipo, se realice o no el partido.<br />
CAPÍTULO IV<br />
DE LA COMISIÓN DE CALIFICACION.<br />
Art. 43.- Son atribuciones <strong>de</strong> la COMISIÓN DE CALIFICACION:<br />
a) Receptar la documentación <strong>de</strong> las ligas o clubs participantes en las diferentes<br />
disciplinas <strong>de</strong>portivas que realice la UDLI.<br />
b) Será la encargada <strong>de</strong> realizar el respectivo chequeo <strong>de</strong> cada uno <strong>de</strong> los documentos<br />
presentados para la calificación <strong>de</strong> cada una <strong>de</strong> las ligas o clubes<br />
c) Calificar a los jugadores <strong>de</strong> las ligas o clubes participantes en los eventos<br />
<strong>de</strong>portivos siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos por la comisión.<br />
d) Jugadores barriales serán consi<strong>de</strong>rados aquellos que solo han militado en el fútbol barrial,<br />
en la categoría amateur.<br />
e) Los jugadores que estén CALIFICADOS, y que se encuentren registrados en la pagina <strong>de</strong><br />
Internet <strong>de</strong> la FEF o AFNA, y que la ultima actuación haya sido menor a 2 años, no podrán<br />
intervenir en los campeonatos que realiza la UDLI, si las ligas inscribieran a jugadores<br />
infringiendo lo que indica este literal, así el jugador no haya pisado cancha las ligas o clubes<br />
serán sancionados con la perdida <strong>de</strong> la garantía y la suspensión <strong>de</strong> dos años (2) a los<br />
infractores, a excepción <strong>de</strong> la categoría femenina ya que no existe fútbol profesional<br />
femenino en el Ecuador.<br />
f) Resolver los asuntos <strong>de</strong> su competencia.<br />
Art. 44.- Son obligaciones <strong>de</strong> la COMISIÓN DE CALIFICACION:<br />
a) Enviar una circular a los Presi<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> las ligas Filiales a la UDLI, dándoles a conocer los<br />
requisitos y documentación, que esta Comisión creyere conveniente y necesaria para<br />
la calificación <strong>de</strong> los equipos participantes.<br />
b) Receptar la documentación para la respectiva calificación, en horarios que <strong>de</strong>signe<br />
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esta comisión.<br />
c) Llevar el archivo computarizado en las oficinas <strong>de</strong> la UDLI.<br />
d) Esta comisión es la única facultada para dar autorización por perdida <strong>de</strong> carne, previo<br />
al partido sin perjuicio <strong>de</strong> la investigación correspondiente <strong>de</strong> parte <strong>de</strong> esta Comisión.<br />
Art. 45.- Son las siguientes:<br />
REQUISITOS PARA CALIFICACIÓN<br />
a) Copia <strong>de</strong> recibos <strong>de</strong> pago por inscripción y garantía<br />
b) Ficha <strong>de</strong> la Fe<strong>de</strong>ración Ecuatoriana <strong>de</strong> Fútbol, don<strong>de</strong> conste que no esta inscrito en el fútbol<br />
profesional o en su <strong>de</strong>fecto que se encuentra retirado por dos o más años.<br />
c) Una foto tamaño carné actualizada pegada en la hoja <strong>de</strong> fotografías ( no escaneada)<br />
d) Copia <strong>de</strong> la cédula a color (solo la parte frontal), pegada en la hoja <strong>de</strong> cedulas con su<br />
respectiva firma.<br />
e) Dos listados con el número <strong>de</strong> jugador, nombres, apellidos y número <strong>de</strong> cédula todo esto<br />
será en las hojas que se encuentran en el cd. (en campeonato <strong>de</strong> campeones esto se hará<br />
en hojas <strong>de</strong>l club), a<strong>de</strong>más <strong>de</strong>berán constar los nombres y apellidos <strong>de</strong> 2 <strong>de</strong>legados los<br />
mismos que representaran a las ligas o clubes en las sesiones y serán los únicos que<br />
tendrán <strong>de</strong>recho a voz y voto.<br />
f) Traer en el cd. Los listados o enviar al correo electrónico<br />
(comision<strong>de</strong>calificaciones@union<strong>de</strong>ligas.com).<br />
g) Serán calificados un mínimo <strong>de</strong> 15 jugadores y un máximo <strong>de</strong> 22 para fútbol, un mínimo <strong>de</strong><br />
13 y un máximo <strong>de</strong> 18 para micro-fútbol, <strong>de</strong> 3 mínimo y 6 máximo para ecuavoley (en los<br />
campeonatos <strong>de</strong> ecuavoley <strong>de</strong>berán participar un juvenil menor <strong>de</strong> 18 años).<br />
h) Las eda<strong>de</strong>s estipuladas son: para la categoría MASTER, <strong>de</strong> 40 años cumplidos a la fecha <strong>de</strong><br />
su calificación, para las categorías juveniles serán consi<strong>de</strong>rados todos los nacidos <strong>de</strong> enero<br />
a diciembre <strong>de</strong>l año respectivo (Ejmp. Categoría-12, 13, 14, 15 y 16 será <strong>de</strong> acuerdo al año<br />
<strong>de</strong> nacimiento).<br />
i) Para las calificaciones se <strong>de</strong>berá respetar el calendario establecido, el mismo que se hará<br />
entrega con la <strong>de</strong>bida anticipación en la asamblea <strong>de</strong> presi<strong>de</strong>ntes y <strong>de</strong>legados en caso<br />
contrario se consi<strong>de</strong>rara como CALIFICACIONES EXTRAORDINARIAS con un costo <strong>de</strong><br />
$10,00 diez dólares.<br />
j) En caso <strong>de</strong> haber calificado el mínimo <strong>de</strong> jugadores a tiempo, la diferencia <strong>de</strong> integrantes<br />
podrán ser calificados hasta el final <strong>de</strong> la primera etapa <strong>de</strong> los campeonatos.<br />
k) Podrán ser recalificados (cambiados) los jugadores que no hayan pisado cancha, para esto<br />
<strong>de</strong>berán solicitar esta recalificación por medio <strong>de</strong> un oficio en hoja membretada <strong>de</strong> la Liga o<br />
Club y solo existirá un solo día para realizar estas recalificaciones.<br />
l) La numeración <strong>de</strong> los jugadores será <strong>de</strong>l 1 al 30 para Fútbol y <strong>de</strong>l 1 al 22 para<br />
Micro-fútbol<br />
CAPÍTULO V<br />
DE LA COMISIÓN DE DISCIPLINA.<br />
Art. 46.- Son atribuciones <strong>de</strong> la COMISIÓN DE DISCIPLINA:<br />
a) Sancionar <strong>de</strong> conformidad con este <strong>reglamento</strong>, a los equipos, jugadores,<br />
dirigentes, cuerpo técnico, barras, hinchas, vocales, etc. participantes en los<br />
diferentes eventos <strong>de</strong>portivos organizados por la UDLI, tomando para esto como<br />
base los informes <strong>de</strong>l arbitro, vocal y veedor.<br />
b) Sancionar todo lo que no estuviere previsto en este <strong>reglamento</strong>. acogiéndose a los<br />
<strong>reglamento</strong>s nacionales vigentes, instaurar cualquier tipo <strong>de</strong> sanción en caso <strong>de</strong> no<br />
existir, acogiéndose al buen criterio <strong>de</strong>portivo.<br />
c) Sancionar en forma disciplinaria y/o económica, todos los actos que menoscaben<br />
8
el espíritu <strong>de</strong>portivo, el espectáculo, la integridad física y moral <strong>de</strong> las personas y la<br />
no aplicación correcta <strong>de</strong> las 17 reglas <strong>de</strong>l fútbol y micro-fútbol.<br />
d) Sancionar a los jugadores que hayan sido encasillados por infringir las reglas <strong>de</strong>l<br />
fútbol antes, durante y 48 horas <strong>de</strong>spués <strong>de</strong>l partido, ateniéndose exclusivamente al<br />
informe <strong>de</strong>l señor arbitro y/o vocal, así como <strong>de</strong>l veedor en caso <strong>de</strong> haberlo<br />
e) Sancionar a dirigentes, cuerpo técnico, jugadores y barras que estando bajo la<br />
autoridad o jurisdicción <strong>de</strong>l Sr. Árbitro, vocal o veedor respectivamente, hubieren<br />
cometido una falta <strong>de</strong>ntro o fuera <strong>de</strong> la cancha y/o <strong>de</strong>spués <strong>de</strong>l partido.<br />
f) Para el efecto <strong>de</strong> estas sanciones, la comisión <strong>de</strong> Disciplina sancionara ateniéndose a<br />
lo que informe el arbitro, vocal y veedor, si lo hubiese <strong>de</strong> ser necesario en sus informes<br />
ampliatorios.<br />
Art. 47.- Son obligaciones <strong>de</strong> la COMISIÓN DE DISCIPLINA:<br />
a) La Comisión <strong>de</strong> Disciplina dará a conocer sus fallos en las sesiones <strong>de</strong> la UDLI <strong>de</strong><br />
los días lunes, y en ningún caso antes <strong>de</strong> esta y esta obligada a informar la<br />
disposición reglamentaria con la que fundamenta toda sanción.<br />
b) La comisión <strong>de</strong> Disciplina levantaran las sanciones una vez cumplidas las mismas.<br />
c) Llevar un control <strong>de</strong> los jugadores sancionados, a<strong>de</strong>más retendrá los carnés <strong>de</strong> los<br />
infractores para entregarlos una vez que hayan cumplido con la sanción impuesta.<br />
d) Conocer las impugnaciones o apelaciones y dar su resolución a la siguiente<br />
semana <strong>de</strong> la misma.<br />
e) Aceptar y hacer prevalecer el informe <strong>de</strong>l árbitro y en forma complementaria la <strong>de</strong>l<br />
vocal, <strong>de</strong> ser necesario y si estima la comisión pue<strong>de</strong> solicitar informes<br />
ampliatorios.<br />
f) En caso <strong>de</strong> que el informe ampliatorio solicitado por la Comisión al núcleo <strong>de</strong><br />
árbitros, vocales o veedores no llegare <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> las 48 horas siguientes dado el<br />
pedido <strong>de</strong> estos, prevalecerá y se sancionara con la hoja <strong>de</strong> vocalía, en el caso <strong>de</strong><br />
no presentar los informes ampliatorios <strong>de</strong> parte <strong>de</strong> árbitros, vocales o veedores, la<br />
liga o gremio al cual representan serán sancionados con la multa <strong>de</strong> $ 10,00 diez<br />
dólares.<br />
g) Los informes ampliados serán solicitados cuando exista incongruencia entre los informes<br />
<strong>de</strong>l vocal, veedor y arbitro o estos no sean suficientes claros para establecer la sanción<br />
<strong>de</strong>l caso, la comisión <strong>de</strong>berá presentar el informe máximo al siguiente lunes para el<br />
dictamen <strong>de</strong>finitivo que se dará a conocer en la sesión.<br />
h) Las resoluciones y veredictos que tome la comisión son apelables si el club o la liga así<br />
lo creyeran conveniente. Debiendo presentar la apelación en 48 horas <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> que<br />
se aprobó la sanción y al organismo correspondiente.<br />
i) En caso <strong>de</strong> discrepancias entre el informe <strong>de</strong>l vocal y <strong>de</strong>l arbitro prevalecerá.<br />
* El informe <strong>de</strong>l señor árbitro si se trata asuntos ocurridos <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego.<br />
* El informe <strong>de</strong>l vocal, veedor si fueren asuntos ocurridos fuera <strong>de</strong>l Campo <strong>de</strong> juego<br />
Durante o <strong>de</strong>spués <strong>de</strong>l encuentro o referentes al <strong>reglamento</strong>.<br />
j) Si se produjera la perdida <strong>de</strong> un carné o carnés en el seno <strong>de</strong> esta Comisión <strong>de</strong><br />
Disciplina, esta solicitara a la Comisión <strong>de</strong> Calificación la duplicación <strong>de</strong>l o los<br />
carnes y una autorización para la participación <strong>de</strong> dicho jugador o jugadores en el<br />
próximo partido, dicha autorización se dará por escrito con los datos <strong>de</strong>l jugador. El<br />
jugador se presentara ante el vocal y veedor con la autorización respectiva y con sus<br />
documentos <strong>de</strong> i<strong>de</strong>ntificación en la que consten su fotografía, firma y rúbrica, y dicha<br />
autorización será valido por un solo partido.<br />
k) El o los jugadores expulsados en el encuentro y por falta <strong>de</strong>l informe <strong>de</strong> la comisión o<br />
falta <strong>de</strong> la vocalía no se pueda dar la sanción respectiva, los jugadores quedaran<br />
automáticamente suspendidos hasta que la comisión <strong>de</strong> disciplina dictaminen la sanción<br />
Se exceptúan los jugadores amonestados con tarjetas amarillas, equipo que infrinja este<br />
9
inciso per<strong>de</strong>rá los puntos en disputa sin necesidad <strong>de</strong> que el equipo rival presente<br />
reclamo o apelación al mismo<br />
l) La comisión <strong>de</strong> Disciplina no entregará los carnes <strong>de</strong> los jugadores sancionados hasta<br />
que nos hayan cumplido con la sanción establecida, en caso <strong>de</strong> por error u omisión así lo<br />
hiciera la responsabilidad recaerá sobre el jugador Selección y/o club al que pertenece y<br />
se sancionara <strong>de</strong> acuerdo al presente Reglamento.<br />
m) Para restablecer sanciones indicadas en la comisión <strong>de</strong> Disciplina los señores directivos,<br />
árbitro, vocal <strong>de</strong>berán hacer constar en sus informes la Liga o Club al que pertenecen los<br />
jugadores litigantes, dirigentes, directores técnicos, hinchas, auxiliares y otros infractores.<br />
n) Facilitar todo tipo <strong>de</strong> documentos e información que requieran los interesados<br />
previa solicitud y autorización respectiva por parte <strong>de</strong>l Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Liga.<br />
o) La comisión <strong>de</strong> Disciplina <strong>de</strong>berá presentar mediante hoja membretada la sanción<br />
por faltas graves que se produzcan contra directivos, dirigentes, jugadores o <strong>de</strong>más<br />
integrantes <strong>de</strong> las selecciones y/o clubes filiales y entregar una copia a los<br />
involucrados o sancionados.<br />
Art. 48.- Son las siguientes:<br />
DE LAS SUSPENSIONES<br />
1) El valor <strong>de</strong> las tarjetas <strong>de</strong> amonestación y expulsión será <strong>de</strong> la siguiente manera:<br />
Tarjeta Amarilla $ 0.50 ctvs y la Tarjeta Roja $ 1.00 dólar.<br />
2) El jugador que haya acumulado (2) dos tarjetas amarillas será sancionados con UN (1)<br />
PARTIDO DE SUSPENSIÓN para efecto <strong>de</strong> esta sanción la comisión <strong>de</strong> Disciplina dará<br />
a conocer, el nombre <strong>de</strong>l jugador y a la Liga o Club al que perteneciere, <strong>de</strong>biendo<br />
controlar en la siguiente sesión si el jugador cumplió la sanción impuesta.<br />
3) Si un jugador expulsado sigue actuando en el partido, se sancionara al vocal con<br />
una multa <strong>de</strong> $ 5.00 cinco dólares y al señor arbitro con una multa <strong>de</strong> $ 10.00 diez<br />
dólares y al jugador un partido adicional por <strong>de</strong>morar el juego.<br />
4) Serán sancionados con UN (1) PARTIDO <strong>de</strong> suspensión los jugadores, directores<br />
técnicos o dirigentes que infrinjan o sean expulsados en una <strong>de</strong> las siguientes faltas.<br />
a) Por reincidir en una falta estando ya amonestado<br />
b) Por <strong>de</strong>morar el juego <strong>de</strong>liberadamente.<br />
c) Por conducta incorrecta o reclamos in<strong>de</strong>bidos.<br />
d) Cuando en el informe no constare el motivo <strong>de</strong> la expulsión<br />
e) Por abandonar el campo, <strong>de</strong> juego sin autorización <strong>de</strong>l señor arbitro.<br />
f) Cuando el árbitro comprobare que el jugador está bajo el efecto <strong>de</strong>l alcohol, será<br />
expulsado <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego, el vocal tendrá que verificar <strong>de</strong>l particular.<br />
g) Cuando un jugador realice sus necesida<strong>de</strong>s biológicas <strong>de</strong>ntro o alre<strong>de</strong>dor <strong>de</strong>l<br />
campo <strong>de</strong> Juego.<br />
h) Por infringir reglas <strong>de</strong> juego.<br />
5) Serán suspendidos con DOS (2) PARTIDOS, él o los jugadores, directores técnicos o<br />
dirigentes que infrinjan o sean expulsados por incurrir en una <strong>de</strong> las siguientes faltas.<br />
a) Juego brusco. (JB)<br />
b) Agresión verbal, insultos o groserías a un compañero, rival, arbitro, vocal y<br />
veedor.<br />
c) Por tarjeta roja directa<br />
10
6) Serán suspendidos con TRES (3) PARTIDOS, <strong>de</strong> suspensión a los jugadores, directores<br />
técnicos o dirigentes que infrinjan o sean expulsados por incurrir en una <strong>de</strong> las<br />
siguientes faltas.<br />
a) Pisar a un contrario que yace en el suelo con la intención <strong>de</strong> lastimarlo.<br />
b) Lanzar con premeditación el balón a un rival con la intención <strong>de</strong> lastimarlo o<br />
herirlo.<br />
7) Serán suspendidos con CUATRO (4) PARTIDOS, <strong>de</strong> suspensión a los jugadores,<br />
directores técnicos o dirigentes que infrinjan o sean expulsados por incurrir en una <strong>de</strong><br />
las siguientes faltas.<br />
a) Por agresión mutua<br />
b) Por conducta violenta.<br />
c) Por intento <strong>de</strong> agresión y/o amenazas al Sr. arbitro o vocal.<br />
d) Agresión física sin estar en po<strong>de</strong>r <strong>de</strong>l balón<br />
e) Por agresión física a un compañero o rival.<br />
f) Gresca entre jugadores <strong>de</strong> cada Selección y/o Club siempre y cuando no pasen<br />
<strong>de</strong> DOS (2) <strong>de</strong>portistas por equipo.<br />
8) Si un jugador reinci<strong>de</strong> en ser expulsados <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego por la misma falta anterior<br />
tipificada en los artículos 4, 5 y 6, se le aumentara un partido mas a la sanción anterior<br />
impuesta.<br />
9) Serán sancionados con la suspensión <strong>de</strong>l resto <strong>de</strong> este campeonato quienes realicen<br />
acusaciones infundadas sobre las personas involucradas en la organización <strong>de</strong> este<br />
campeonato.<br />
10) Serán sancionadas con UN (1) AÑO CALENDARIO, <strong>de</strong> suspensión aquellos jugadores,<br />
directores técnicos o dirigentes que cometieran una <strong>de</strong> estas faltas.<br />
a) Por juego brusco grave o ser causante <strong>de</strong> consecuencias graves por una acción<br />
<strong>de</strong>liberada, es <strong>de</strong>cir heridas o fracturas, aparte <strong>de</strong> la acción judicial o legal que<br />
pueda seguir el agredido.<br />
b) Las personas que realicen actos impúdicos u obscenos contra la moral, como<br />
dar yuca indicar o agarrarse los genitales entre otros, contra autorida<strong>de</strong>s <strong>de</strong><br />
cancha o público, <strong>de</strong>ntro o fuera <strong>de</strong> la cancha y que estén plenamente<br />
i<strong>de</strong>ntificados en los informes.<br />
c) Quien arrebate cualquiera <strong>de</strong> las pertenencias al vocal o veedor (tablero,<br />
hoja <strong>de</strong> vocalia, esferográfico, etc.), al arbitro (reloj, pito, tarjetas, etc.).<br />
d) Quienes agredan físicamente al arbitro, vocal y veedor (pecheen,<br />
lanzándolos el balón, tierra u otros objetos, golpe <strong>de</strong> puño, punta pie, entre<br />
otros.), a<strong>de</strong>más pagara la garantía que estipule el contrato arbitral, y<br />
respon<strong>de</strong>rán a las acciones legales a que tienen <strong>de</strong>recho los afectados.<br />
e) El o los jugadores que escupieran al arbitro, vocal, veedor, compañero o<br />
rival.<br />
f) Intento <strong>de</strong> agresión a directivos <strong>de</strong> la Liga.<br />
g) Directivos <strong>de</strong> la UDLI, presi<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> las ligas, dirigentes o jugadores que<br />
insultaren o faltaren el honor <strong>de</strong> la matriz o a cualquier miembro <strong>de</strong>l directorio o<br />
las comisiones <strong>de</strong> la UDLI, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego o en el seno <strong>de</strong> la UDLI,<br />
serán separados por UN (1) AÑO CALENDARIO <strong>de</strong> la UDLI en caso <strong>de</strong><br />
reincidir serán separados <strong>de</strong>finitivamente <strong>de</strong> la UDLI<br />
h) Cuando un directivo <strong>de</strong> la UDLI, insultare o faltare el honor <strong>de</strong> Dirigentes,<br />
11
jugadores, vocales <strong>de</strong> las ligas filiales durante un encuentro, <strong>de</strong>ntro o fuera<br />
<strong>de</strong> la cancha, estos serán suspendidos un año calendario <strong>de</strong> sus funciones.<br />
11) Serán sancionadas por DOS (2) AÑOS <strong>de</strong> suspensión aquellos jugadores, directores<br />
técnicos o dirigentes que cometieran una <strong>de</strong> estas faltas.<br />
a) Quienes estén involucrados en adulteración <strong>de</strong> documentos.<br />
b) Jugadores que participen, actúen o se califiquen en dos selecciones y/o clubes<br />
filiales a la UDLI, en un mismo evento.<br />
c) Los dirigentes o jugadores <strong>de</strong> las selecciones y/o clubes que agredan <strong>de</strong><br />
obra a directivos <strong>de</strong> la Liga (previo esclarecimientos <strong>de</strong> los hechos).<br />
Art. 49.- Si un encuentro fue suspendido por parte <strong>de</strong>l señor árbitro <strong>de</strong> manera <strong>de</strong>finitiva<br />
POR FALTA DE GARANTÍAS, REBELDIA DEL JUGADOR O JUGADORES, HECHOS<br />
GRAVES, ocasionados por las barras o integrantes <strong>de</strong> una Selección y/o Club, la<br />
comisión <strong>de</strong> Disciplina sancionara basándose en los informes <strong>de</strong>l señor arbitro o vocal <strong>de</strong><br />
la siguiente manera:<br />
a) Si fuere el causante la Selección y/o Club que estuviera ganando o<br />
empatando los puntos serán adjudicados al rival, a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> la sanción que<br />
imponga la comisión <strong>de</strong> Disciplina.<br />
b) Si fuera causante la Selección y/o Club que estuviere perdiendo, la sanción<br />
será <strong>de</strong> acuerdo a lo qué <strong>de</strong>termine la comisión <strong>de</strong> Disciplina y/o la comisión<br />
Técnica.<br />
c) Cuando el encuentro sea suspendido el señor arbitro por las razones<br />
establecidas en el presente literal será consi<strong>de</strong>rado como finalizado.<br />
d) Por agresión violenta o brutal <strong>de</strong>l o los jugadores que se ensañen con el<br />
árbitro y tanto los jugadores como dirigentes <strong>de</strong> la Selección o Club que no<br />
hagan nada por controlar los <strong>de</strong>smanes, la Selección y/o Club será<br />
sancionado con la separación <strong>de</strong>finitiva <strong>de</strong>l campeonato, mismo que será<br />
tomado como <strong>de</strong>sertor, sin perjuicio <strong>de</strong> la acción legal correspondiente<br />
seguida por parte <strong>de</strong>l agredido.<br />
e) Por quedarse en el campo <strong>de</strong> juego con menos <strong>de</strong> SIETE JUGADORES<br />
intencionalmente, se le consi<strong>de</strong>rará como no presentación y no como<br />
inferioridad numérica y per<strong>de</strong>rá el partido si lo estuviere ganando.<br />
Art. 50.- Cuando en el encuentro actúen jugadores suspendidos por la comisión <strong>de</strong><br />
disciplina los puntos serán adjudicados al club contrario previa la verificación <strong>de</strong>l mismo<br />
organismo sin necesidad que exista impugnación y garantía.<br />
Art. 51.- También se sancionara a los jugadores suplentes si cometen infracciones antes<br />
durante y <strong>de</strong>spués <strong>de</strong>l partido en contra <strong>de</strong> las reglas establecidas para este campeonato<br />
y estas consten en los informes <strong>de</strong> la hoja <strong>de</strong> vocalia o informe ampliado por parte <strong>de</strong>l<br />
arbitro vocal o veedor <strong>de</strong>l encuentro como si estuviera participando como titulares.<br />
Art. 52.- De las infracciones <strong>de</strong> jugadores suplentes, barras, directores técnicos, auxiliares<br />
dirigentes <strong>de</strong> los clubes y presi<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> las ligas:<br />
a) Tarjeta roja por primera vez $ 10.00 diez dólares.<br />
b) Las reinci<strong>de</strong>ncias la multa será, $ 20.00, $ 30.00, $ 40.00 y $ 50.00 dólares<br />
c) Ingresar o ingerir licor en áreas prohibidas no <strong>de</strong>stinadas para el caso en<br />
cualquier escenario <strong>de</strong>portivo <strong>de</strong> las ligas filiales a la UDLI, como banca <strong>de</strong><br />
suplentes será multado el equipo infractor con $ 10.00 diez dólares.<br />
d) Por intento <strong>de</strong> gresca entre barras, las selecciones o clubes a los que<br />
pertenecen serán sancionados con la multa <strong>de</strong> $ 20.00 veinte dólares, y si<br />
volviera a reincidir no se le programara, perdiendo el partido no programado<br />
12
previo el informe <strong>de</strong>l Sr., vocal veedor o árbitro.<br />
e) Cuando insulten, realicen actos obscenos o utilicen términos racistas, en<br />
contra <strong>de</strong> jugadores, vocal, veedor, jueces, las selecciones o clubes a los<br />
que pertenecen serán multados con $ 10.00 diez dólares la primera ocasión,<br />
la reinci<strong>de</strong>ncia tendrá una multa <strong>de</strong> $ 20.00 veinte dólares y si volvieran a<br />
reincidir no se le programara, perdiendo el partido no programado<br />
f) Cuando agredan físicamente las barras al arbitro, jugadores <strong>de</strong>l equipo rival<br />
<strong>de</strong>ntro o fuera <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego una vez i<strong>de</strong>ntificadas y establecida las<br />
responsabilida<strong>de</strong>s, las ligas o clubes responsables serán <strong>de</strong>claradas<br />
<strong>de</strong>sertores siendo separadas <strong>de</strong>l campeonato, <strong>de</strong>biendo cancelar los gastos<br />
médicos ocasionados por esta agresión y respon<strong>de</strong>rán a las acciones legales<br />
a que tienen <strong>de</strong>recho los afectados.<br />
g) Cuando arrojen cualquier clase <strong>de</strong> objetos <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego, antes,<br />
durante o <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> un encuentro, los clubes a los que pertenecen los<br />
involucrados serán multados con $ 10.00 diez dólares, si esto ocasione<br />
daños, las selecciones o clubes a los que pertenecen serán sancionados<br />
con la separación <strong>de</strong>l campeonato y serán <strong>de</strong>clarados <strong>de</strong>sertores sin<br />
<strong>de</strong>recho apelación alguna.<br />
h) Cuando se arrojen entre barras, jugadores o simpatizantes algún tipo <strong>de</strong><br />
objeto contun<strong>de</strong>nte sea esto piedras, botellas, palos, entre otros y esto<br />
ocasione daños, las selecciones o clubes a los que pertenecen serán<br />
sancionados con la separación <strong>de</strong>l campeonato y serán <strong>de</strong>clarados<br />
<strong>de</strong>sertores.<br />
i) Los jugadores plenamente i<strong>de</strong>ntificados que abandonen la cancha <strong>de</strong> juego e<br />
Intervengan en la agresión entre barras serán sancionados con la separación<br />
De UN AÑO CALENDARIO (1) <strong>de</strong> acuerdo con el informe.<br />
j) Cuando insultaren a cualquier miembro <strong>de</strong>l directorio <strong>de</strong> la UDLI o una <strong>de</strong> los<br />
filiales emblemas <strong>de</strong> la <strong>Unión</strong> u otras instituciones <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l campo <strong>de</strong> juego y<br />
este claramente establecido el hecho, la Liga o el Club al que pertenecen los<br />
infractores pagaran una multa <strong>de</strong> $ 20.00 veinte dólares.<br />
k) Cuando los jugadores, cuerpo técnico, dirigentes, barras o simpatizantes<br />
ocasionen daños a las instalaciones <strong>de</strong> una Liga filial a mas <strong>de</strong> las sanciones<br />
establecidas en los <strong>reglamento</strong>s que rigen este campeonato tendrán que<br />
cancelar el valor correspondiente por la reparación <strong>de</strong> los daños ocasionados,<br />
siendo las ligas a las que representan o los clubes sancionados los garantes<br />
para el cumplimiento <strong>de</strong> los pagos <strong>de</strong> los plazos establecidos.<br />
Art. 53.- La Selección o Club que no cancele el valor acordado por concepto <strong>de</strong> arbitraje y<br />
<strong>de</strong>udas a la matriz antes <strong>de</strong>l inicio <strong>de</strong>l segundo tiempo no podrá continuar jugando el encuentro,<br />
per<strong>de</strong>rá los puntos que serán adjudicados a la Liga o Club contrarios, si por <strong>de</strong>sconocimiento <strong>de</strong>l<br />
vocal o arbitro el cotejo se juega hasta el final, igual pier<strong>de</strong> los puntos que serán adjudicados al<br />
rival<br />
Art. 54.- Las multas impuestas por la comisión <strong>de</strong> disciplina y que estén anotadas en los recibos<br />
y en la hoja <strong>de</strong> vocalia <strong>de</strong>berán ser cobradas hasta el inicio <strong>de</strong>l segundo tiempo por parte <strong>de</strong>l<br />
vocal <strong>de</strong> no cancelar estas no podrá continuar dándose por terminado el encuentro y <strong>de</strong> no<br />
haber cancelado los haberes per<strong>de</strong>rá el encuentro los puntos serán adjudicados al rival.<br />
Art. 55.- La comisión <strong>de</strong> Disciplina, en su facultad, tomará como evi<strong>de</strong>ncia las pruebas<br />
presentadas por los involucrados, ya se han estos vi<strong>de</strong>os, películas, fotografías, etc.<br />
Don<strong>de</strong> se <strong>de</strong>muestre, la constancia <strong>de</strong> los hechos ocurridos. La comisión <strong>de</strong> encontrar<br />
culpable, sancionara <strong>de</strong> acuerdo al presente <strong>reglamento</strong>.<br />
13
CAPITULO VI<br />
DE LAS APELACIONES<br />
Art. 56.- Toda Selección y/o Club tiene <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> apelar a las sanciones que creyere no<br />
estar <strong>de</strong> acuerdo, obligadamente <strong>de</strong>berá manifestar su intención <strong>de</strong> apelar y solicitar<br />
informes u otros en la misma sesión que conoció la sanción motivo <strong>de</strong> apelación, <strong>de</strong> no<br />
hacerlo no tendrá <strong>de</strong>recho a ningún trámite.<br />
Art. 57.- Las apelaciones serán enviadas por escrito dirigidas al Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la UDLI y<br />
por su Intermedio pasaran al directorio o Comisión mismas <strong>de</strong>berán ser firmadas por sus<br />
representantes legales.<br />
Art. 58.- Las apelaciones <strong>de</strong>berán ser lo suficientemente documentadas para que el<br />
Organismo competente las estudie y emita su veredicto.<br />
Art. 59.- Los oficios <strong>de</strong> apelación serán receptados por el Directorio <strong>de</strong> la UDLI hasta 48<br />
horas <strong>de</strong>spués, <strong>de</strong> la aprobación <strong>de</strong> las sanciones dictaminadas por la Comisión <strong>de</strong><br />
Disciplina.<br />
Art. 60.- El Directorio una vez receptado el oficio <strong>de</strong> apelación resolverá a la brevedad<br />
posible y la resolución <strong>de</strong>l Directorio será <strong>de</strong>finitiva y no apelable.<br />
CAPÍTULO VII<br />
DISPOSICIONES GENERALES<br />
Art. 61.- Si una Selección y/o Club no se presentara a jugar las finales por primer,<br />
segundo, tercer y cuarto lugar serán sancionados con la pérdida <strong>de</strong> la garantía y sus<br />
jugadores serán suspendidos un año calendario a la Liga que pertenezcan y se<br />
notificará a la FEDEBYP.<br />
Art. 62.- El costo <strong>de</strong> las entradas en los Estadios no se cobrará a los jugadores previa<br />
presentación <strong>de</strong> su carnet y dos miembros <strong>de</strong>l cuerpo técnico; pagarán los hinchas y<br />
simpatizantes una cantidad no mayor a veinte y cinco centavos <strong>de</strong> dólar (0,25); en caso<br />
contrario la liga se<strong>de</strong> será sancionada económicamente con un valor que el Directorio <strong>de</strong><br />
la UDLI <strong>de</strong>terminara.<br />
Art. 63.- De encontrarse duda en la participación <strong>de</strong> algún integrante <strong>de</strong> las selecciones o<br />
clubes, ya sea por calificación o sanción, en el transcurso <strong>de</strong>l campeonato y <strong>de</strong><br />
comprobarse la actuación dolosa por alguna <strong>de</strong> las comisiones <strong>de</strong> la UDLI, la Selección<br />
y/o Club al que pertenecen per<strong>de</strong>rá los puntos <strong>de</strong>l partido o partidos en los que hayan<br />
actuado los mismos que serán adjudicados al o los rivales.<br />
Art. 64.- La asistencia <strong>de</strong> <strong>de</strong>legados a las sesiones es obligatoria, en caso <strong>de</strong><br />
inasistencia tendrían una sanción económica <strong>de</strong> $ 5.00 cinco dólares.<br />
Art. 65.- Si una Selección y/o Club, no presentare un balón en buenas condiciones o<br />
aptas para jugar serán multados con cinco ($ 5.00) dólares.<br />
Art. 66.- El o los jugadores que hayan sido expulsados con tarjeta roja automáticamente<br />
se les borraran las tarjetas amarillas y comenzaran una nueva contabilización.<br />
Art. 67.- Los capitanes <strong>de</strong> cada selección o Club <strong>de</strong>berán llevar el distintivo <strong>de</strong> capitán, la<br />
falta <strong>de</strong> este será multado con el valor <strong>de</strong> $ 2.00 dos dólares.<br />
Art. 68.- Las ligas o clubes que se negaren a participar en los campeonatos provinciales<br />
que organiza la FEDEBYP serán sancionados con una multa <strong>de</strong> $ 200.00 doscientos<br />
14
dólares y en su liga per<strong>de</strong>rán la categoría.<br />
Art. 69.- Es obligación <strong>de</strong>l capitán <strong>de</strong> una Selección o Club firmar la hoja <strong>de</strong> vocalía una<br />
vez llenados los informes <strong>de</strong>l señor árbitro y vocal, en caso <strong>de</strong> no hacerlo y existir algún<br />
reclamo este <strong>de</strong>berá ser sustentado mediante oficio el día lunes en sesión <strong>de</strong> <strong>de</strong>legados.<br />
Art. 70.- Cuando el señor arbitro se ha agredido por las causales que recen en el contrato,<br />
la liga o club per<strong>de</strong>rá la garantía <strong>de</strong> $ 120.00 ciento veinte dólares la misma que será<br />
cancelada al núcleo <strong>de</strong> árbitros al cual pertenezca dicho arbitro, la Liga o Club no podrán<br />
ser programados la siguiente fecha si no cancela la misma.<br />
Art. 71.- La UDLI entregara por concepto <strong>de</strong> premiación 25 medallas para Fútbol y 21<br />
medallas para Micro-fútbol a los tres primeros lugares en el terreno <strong>de</strong> juego y los trofeos<br />
para los cuatro primeros lugares y goleadores serán entregados en una ceremonia<br />
especial. .<br />
Art. 72.- No se aceptará ninguna clase <strong>de</strong> apelación en las semifinales y finales, por parte <strong>de</strong><br />
las selecciones o clubes.<br />
Art. 73.- Cuando las ligas se negaren a prestar las canchas para partidos neutrales, la UDLI<br />
sancionara con una multa económica.<br />
Art. 74.- Las ligas o clubes no podrán retirar la garantía antes <strong>de</strong> que culmine el<br />
campeonato, se podrá retirar las mismas <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> haberse jugado la final <strong>de</strong>l mismo y<br />
<strong>de</strong>berán enviar una solicitud por escrito al directorio y se entregara el valor total si no<br />
tuviere <strong>de</strong>udas pendientes con la UDLI.<br />
Art. 75.- Las selecciones o clubes que hayan sido <strong>de</strong>clarados <strong>de</strong>sertores o fueren<br />
separados <strong>de</strong>l campeonato, por haber infringido el presente <strong>reglamento</strong>, per<strong>de</strong>rán todos<br />
los <strong>de</strong>rechos adquiridos y valores <strong>de</strong>positados en la UDLI.<br />
Art. 76.- Por ningún motivo la directiva podrá permitir intervenciones o agresiones<br />
verbales que lesionen la dignidad <strong>de</strong> directivos, dirigentes ligas, clubes y otras personas,<br />
las mismas serán cortadas <strong>de</strong> inmediato, y la o las personas involucradas serán<br />
sancionadas como establezca el directorio o <strong>reglamento</strong>.<br />
Art. 77.- Las exposiciones que involucren a directivos, selecciones, clubes u otras<br />
personas, <strong>de</strong>berán estar <strong>de</strong>bidamente documentadas o asesoradas por testigos<br />
responsables, <strong>de</strong> no ser así no se permitirán la intervención.<br />
Art. 78.- Serán separados <strong>de</strong> la UDLI in<strong>de</strong>finidamente Dirigentes, jugadores, selecciones y<br />
clubes, por boicotear, impedir, obstruir o tergiversar con mala fe las activida<strong>de</strong>s que<br />
realicé el directorio o comisiones <strong>de</strong> la UDLI, siempre que sea comprobado.<br />
Art. 79.- Todo asunto que no este contemplado en este Reglamento quedará a libre<br />
criterio <strong>de</strong>l organismo a quien le competa para su resolución, guardando el buen criterio<br />
<strong>de</strong>portivo <strong>de</strong> la FEF e internacional. Los mismos que serán tomados como prece<strong>de</strong>ntes y<br />
servirán para sentar jurispru<strong>de</strong>ncia en casos análogos.<br />
Art. 80.- Son las siguientes:<br />
DISPOSICIONES GENERALES PARA MICRO- FÚTBOL.<br />
a. Se aplicarán las sanciones y multas <strong>de</strong> acuerdo al presente <strong>reglamento</strong><br />
en los artículos pertinentes.<br />
b. El número <strong>de</strong> jugadores participantes por cada equipo será <strong>de</strong> nueve.<br />
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c. El número <strong>de</strong> cambios será <strong>de</strong> cinco jugadores indistintamente.<br />
d. El número mínimo para presentarse en cancha será <strong>de</strong> seis jugadores.<br />
e. El tiempo <strong>de</strong> juego será <strong>de</strong> ochenta minutos, cuarenta por cada tiempo,<br />
con diez minutos <strong>de</strong> <strong>de</strong>scanso.<br />
f. El tiempo <strong>de</strong> espera es <strong>de</strong> 10 diez minutos.<br />
g. No se aplicará el Offsi<strong>de</strong>, el resto <strong>de</strong> reglas será similar al fútbol<br />
(saques <strong>de</strong> meta, saques <strong>de</strong> banda, para los tiros libres directos o<br />
indirectos se contarán siete pasos, el tiro penalti libre, etc.).<br />
h. Los jugadores participarán solo con zapatos <strong>de</strong> microfutból (pupillos).<br />
i. El número <strong>de</strong> inscripción será mínimo <strong>de</strong> trece jugadores y un máximo<br />
<strong>de</strong> dieciocho jugadores.<br />
Este <strong>reglamento</strong> <strong>de</strong> competencia fue discutido y aprobado en la sesión <strong>de</strong> trabajo<br />
realizada el día 15 <strong>de</strong> febrero <strong>de</strong>l <strong>2012</strong>, con la presencia <strong>de</strong> las Comisiones y el Directorio<br />
<strong>de</strong> la UDLI.<br />
POR LAS COMISIONES DE LA UDLI<br />
COMISION TÉCNICA<br />
SR. FRANCO CABRERA SRA. ROCIO BRAVO<br />
PRESIDENTE SECRETARIA<br />
COMISION DE DISCIPLINA<br />
SR. GALO YANEZ SR. EDUARDO CAIZA<br />
PRESIDENTE SECRETARIO<br />
COMISION DE CALIFICACION<br />
SR. DANIEL CAIZA SR. MARCO MARTINEZ<br />
PRESIDENTE SECRETARIO<br />
REVISADO POR:<br />
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LIC. RAUL SANCHEZ DR. MARIO PEPINOS<br />
PRESIDENTE UDLI. SINDICO UDLI.<br />
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