lic. areli sanchez bautista agosto del 2009
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Transparencia y rendición de cuentas: Se garantiza el derecho de la ciudadanía a<br />
conocer el progreso de la gestión gubernamental, sus proyectos, resultados y<br />
cuentas.<br />
II MARCO NORMATIVO<br />
DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS<br />
El presente plan tienen como marco de referencia la constitución política de los<br />
estados unidos mexicanos en el ART. 25 Corresponde al Estado la rectoría <strong>del</strong><br />
desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca<br />
la Soberanía de la Nación y su régimen Democrático y que, mediante el fomento <strong>del</strong><br />
crecimiento económico y el empleo y una justa distribución <strong>del</strong> ingreso y la riqueza,<br />
permita el pleno ejercicio de la libertad y la unidad de los individuos, grupos y de<br />
clases sociales, cuya seguridad protege la constitución.<br />
ART: 26 El estado organizará un sistema de planeación democrática <strong>del</strong> desarrollo<br />
nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de<br />
la economía para independencia y la democratización política, social y cultural de la<br />
Nación.<br />
La planeación será democrática, mediante la participación de los diversos sectores<br />
sociales recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al<br />
plan y los programas de desarrollo.<br />
ART. 115 Los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejaran<br />
su patrimonio conforme a Ley.<br />
FRACCION V Los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales<br />
relativas, estarán facultados para:<br />
Formular aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo municipal.<br />
Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales.<br />
Participar en la formulación de los planes de desarrollo<br />
DE LA LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE<br />
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