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Movimiento Amauta - QHANAWIRI QOLLASUYO

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CONCERTACIÓN PRIMIGENIA<br />

LA NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO<br />

<strong>QOLLASUYO</strong><br />

AUTOR: Lic. JULIO QUISPE RAMOS<br />

AMAUTAS SACERDOCIO NACIONAL<br />

Cel 76266575<br />

RECONSTITUYENTE: 5758 AÑOS ANCESTRALES DE<br />

CONCERTACIÓN DE 2007 AÑOS<br />

Distrito 5 – MAS – IPSP, CIR – 14 – 17<br />

A NIVEL NACIONAL


P R E S E N T A C I Ó N<br />

SUMA K’AJIR PACHA AMAUTA: JULIO QUISPE RAMOS<br />

Hermanos, hermanas: Asambleístas ocupara la mayoría las comisiones de<br />

95% Aymaras, Quechuas, Tutpiguaranies y Afrodescendiente uno y<br />

Blanco Mestizo uno.<br />

Tengo recuerdo por mi abuelo Vicente Quispe, quien era un <strong>Amauta</strong><br />

indígena en el Ayllu de Sacacani, era de doctrina del instrumento de lucha<br />

para los indígenas según me contó en tiempos de los caciques sus abuelos<br />

pagaban los tributos, 4 fanegas de oro en tres impuestos indígenas.<br />

Tengo que hablar como nieto, los indios somos dueños del territorio del<br />

Qullasuyu incluso mis tíos han ido a defender el petróleo y todos nuestros<br />

abuelos murieron alrededor de cincuenta mil soldados indígenas.<br />

ENFOQUE LA CONCERTACIÓN PRIMIGENIA LA<br />

CONSTITUCIONAL, FORMAL FUE ESCRITA EL CONJUNTO<br />

NORMAS Y REGLAMENTOS<br />

Julio Quispe, es un embrión celular contestatario INDIO RADICAL,<br />

realiza con el dolor y sufrimiento por racial, Diseñador de Teorías de<br />

Remolino Vital , La Biblia Moral y La Constitución Indígena Originario<br />

para el pueblo indígena de 37 a 54 Nacionalidades con clasificación de<br />

tipos comparados de estados del mundo occidental. De no saber escribir<br />

los reglamentos interno del Gran Qollasuyo de Bolivia ficticio.<br />

Desde el punto de vista, este pequeño Bolo fue escrita con una visión de<br />

enfoque de mi propia idea por la experiencia empobrecidos de los<br />

Aymaras, Quechas y Tupi Guaraníes, sojuzgados durante la colonia hasta<br />

los 514 años con los extra continentes europeos. Ningún indio tenia de<br />

hacer leyes solo lo hacían los grandes conocedores legistas.<br />

Esta Constitución no es tecnicismo en tipo occidentalismo; no es<br />

necesario escribir o hablar palabras capciosas, si no es comprender,<br />

2


conocer problemas del pueblo, durante mi auto formación académica en<br />

Derecho Indígena he visto a los blancos mestizos e indios ya no quieren<br />

saber de nuestras asuntos de la raza cobrizo los asuntos nuestros de Raza<br />

Cobriza, al contrario lo niegan como fuera si fuesen un indio inútil y no<br />

somos así el indio trabaja con el cerebro cada, cerebro social son dioses<br />

falibles<br />

Autor: Julio Quispe Ramos<br />

Tercera Edición: MOVIMIENTO DE TRES MIL AYLLUS<br />

DERECHO PRIVADO Y AUTONOMÍA DEL<br />

AYLLU<br />

Ayllu, Sacacani de 2006<br />

Jallalla Hermanos Qullasuyanos.<br />

3<br />

INTRODUCCIÓN<br />

Todas las Naciones Indígenas de parte de arriba ARANZAYA, de parte<br />

de abajo URINSAYA, Estado Nacional de Qullasuyu se Re-constituye<br />

sobre la base de 1.078. 000 Km 2 . Antes de la invasión, el Qullasuyu tubo<br />

5 millones de Km 2 , ahora somos 9 millones de habitantes SOMOS<br />

DUEÑOS DE CASA, les corresponde a cada uno los 8 Km 2 de territorio,<br />

seremos ricos empresarios los campesinos, los indios somos la mayoría<br />

de 95 % originarios propietarios.<br />

Hablando en el sistema boliviano, la historia miente que ningún criollo ni<br />

mestizo son originarios del Qullasuyu. La Republica de Bolivia ha<br />

nacido en tiempos de guerras de la independencia americanos, es<br />

insurgente republiqueta en tipo feudal desde 1826, con la primera<br />

Constitución Liberal por Simón Bolívar fue desmarcando el Derecho<br />

Indígena y la Constitución Qullasuyu, su población territorial y gobiernos<br />

del suyus han desaparecido las Autoridades de Jilaqatas, Mallcus,<br />

Amaut’as, Kamanis y Sacerdotes de ninguna manera los indios<br />

participaron en las asambleas de las 17 Reformas Constitucionales del<br />

Estado Boliviano Ficticia, hasta el momento los políticos a su antojo han<br />

nombrado a sus vasallos para Reformar y Refundar Bolivia con el mismo


sistema mañoso, electoral; son engaños fatales para los pueblos de 37 a<br />

54 nacionalidades del Qullasuyu.<br />

Mientras la historia real del Qullasuyu y Tawantinsuyo, son reales, de<br />

historia veras. Los aymaras tenían organizaciones por Suyus y los<br />

Quechuas también por decimales y los Guarayos en Ayllus, tentas vivían<br />

en la reciprocidad por igual, con derecho prioritario; la Asamblea<br />

Constituyente es la oportunidad de realizar la nueva Constitución del<br />

Estado con propios derechos eligiendo asambleístas de: Jilaqatas,<br />

Mallkus, Tata Ulaqas jurídicamente administrativos de los tres mil Ayllus<br />

y cada Ayllu tiene representaciones Autoridades Asambleístas siempre<br />

Chacha Warmi participaron en objetivos de construir un Estado Federal<br />

de Ayllus.<br />

¡VIVA LA RE-CONSTITUCIÓN DEL QULLASUYU!<br />

“MUERA LA CONSTITUCIÓN BOLIVIANO”<br />

Ley No 514 Liberación de la Invasión<br />

CARTA MAGNA RECONSTITUTIVA DE LA GRAN<br />

REPUBLICA FEDERAL DEL QULLASUYU<br />

Cobijados con la Religión Cósmica Telúrica bajo los rayos del Padre Sol<br />

Tata Inti y Madre Tierra Pachamama.<br />

Hermanos de hueso y sangre, todas las Naciones Indígenas Originarios<br />

estamos constituidos de 37 a 54 nacionalidades de 3 mil Ayllus Dueños<br />

de casa sub estructurado de tres grandes Layas ARA–TAYPI – URI con<br />

un Gobierno de los Ayllus y tentas retomando una Constitución real a<br />

formal de 5758 años ancestrales por la invasión de 514 años y de ficticio<br />

2006 años.<br />

CONSIDERANDO.-<br />

Que, este manifiesto es nacional e internacional, por cansancio de seguir<br />

viviendo sin derecho, que los europeos terratenientes han invadido a<br />

nuestro continente ABYA-YALA, todo el mundo saben de la invasión,<br />

4


también ha sido en todo Abya-Yala la Ley internacional la ONU sobre la<br />

invasión 514 años conoce muy bien.<br />

La Reivindicación asume por fin para DUEÑOS DE CASA aquí en el<br />

continente Abya-Yala, en el territorio del Qullasuyu que era Bolivia<br />

ficticia se abrogó para siempre los legendarios DUEÑOS DE LA<br />

SOBERANÍA nunca jamás habíamos participado con los mestizos política<br />

de la derecha e izquierda. Ahora los indios somos poder constituyente<br />

están en nuestras manos unidos todos ha crear de 7 principios de 5<br />

poderes independientes gobiernos del Pueblo Indígena Originario en<br />

Sistemas de Ayllus comunitarios solemnemente.<br />

DECRETA:<br />

ARTICULO 1.- Hoy 21 de Junio de 2007 años, día Solemne. Un día de<br />

año ancestral se codificó la nueva Ley normado por los Pueblos Indígenas<br />

Originarios, pronunciando que definitivamente han (cesado los<br />

Bolivianos Políticos) Estado Qullasuyu, fundamentalmente tienen su<br />

propia forma de normar Leyes bajo por conducta moral con sistema de<br />

Ayllus con Derecho Privado y Colectivo reactivando los Derechos, Usos<br />

y Costumbres y con la cultura de otros 500 años en equidad de género de<br />

autoridad competente Chacha Warmi.<br />

ARTÍCULO 2.- El Estado Nacional sepulta a la invasión, fin de hablar<br />

de los mestizos bolivianos, fin de hablar de derechos Privados, Internos y<br />

Públicos, fin de hablar de las Autonomías departamentales y fin de hablar<br />

de Dioses invisibles y fin a pagar Impuestos Tributos, Diezmos<br />

exagerados.<br />

ARTÍCULO 3.- La Institución MITY MAYS, reorganiza la estructura y<br />

modos de producción y agrícola y ganadera para el país con rentas<br />

diversas. De cero arancel exportación internacional.<br />

ARTÍCULO 4.- Las Autoridades Originarios tienen el poder de crear<br />

Mandatos y Normas.<br />

5<br />

1. Que, los tres mil Ayllus son Pequeños Estados en Autonomía de<br />

359 Km 2 cada Ayllu asentada por 3 mil habitantes y gobernados por<br />

sus propios Autoridades.


2. El Qullasuyu accederá a la apertura y dialogo con los países<br />

internacionales y habrá relación directa.<br />

3. El gobierno nativo reactivara interna y externa los resarcimientos de<br />

daños y perjuicios para Qullasuyu.<br />

4. El Qullasuyu declara que los derechos se Re-constituye bajo el<br />

amparo de Leyes Internacionales como son la carta de la ONU<br />

Declaración Universal de Derechos Humanos convenio 169 de la<br />

O.I.T. Derecho Indígena folleto No 9 de las Naciones, así los<br />

mandatos de la Ley Reconstitutiva del Tawantinsuyu y la Ley<br />

ERSA.<br />

Con lo que termina el acto de la Asamblea Constituyente 21 de Junio de<br />

2007 – 5758 años.<br />

Comuníquese a la ONU y otros. Publíquese sancionando a los cuatro<br />

puntos cardinales archívese copias en todos los rincones, es parte de carta<br />

magna INDÍGENA C.P.Q.- ERSA que no haya mal intencionado la<br />

desaparición el proyecto Nacional.<br />

Firmas y Referendos El Gobierno Ancestral<br />

BOLO UNO<br />

CONSTITUCIÓN NACIONAL ESPONTÁNEO<br />

CAPITULO 1<br />

MANDATOS CÓSMICOS TELÚRICA<br />

ARTÍCULO 1.- El presente constitucionalismo Originario está inspirado<br />

de los pueblos indígenas por el gran Espíritu Intermediador Cósmico. Por<br />

la naturaleza. La gente hizo la Ley pero no es para hacer daño a nadie.<br />

ARTÍCULO 2.- La Madre Naturaleza Universal ella es embrionario<br />

creadora de la existencia de los Planetas y Cosmos, cosas y toda la<br />

existencia de seres Vivientes, etc.<br />

ARTÍCULO 3.- La presente Ley Formal norman y rigen en natural de<br />

los hombres, indios nativos los cerebros realizan el Derecho codificando<br />

6


la Ley de Leyes sobre todas las existencias verdades el Derecho<br />

Constitucional primigenia es espontáneo.<br />

ARTÍCULO 4.- El Derecho Natural es científica es la Teoría del<br />

Remolino Vital para el mundo exterior relativo son fundamentales<br />

psicológicos del hombre y de la mujer inspirados de la visión energética<br />

del pensamiento del hombre.<br />

7<br />

CAPITULO 2<br />

NORMAS MORALES PARA LA HUMANIDAD<br />

ARTÍCULO 5.- Constitución primigenia es la ciencia social que estudia<br />

las normas necesarias de la conducta humana.<br />

1. Creer en el Supremo Creador a la gran Madre Naturaleza cuya<br />

Teluricidad cósmica hizo de ella venera la Ley y Ciencia de<br />

Remolino Vital.<br />

2. Veneración y adoración a la gran Madre Naturaleza y Padre<br />

Cósmico y a la madre Tierra y padre Sol Cosmo, según mande su<br />

sinceridad sin alterar contra el origen de cuatro Fuerzas<br />

Remolinicos.<br />

3. Tus Seremonias espirituales lo harás como mandes utilizando los<br />

sagrados ritos con mezas de pura naturaleza, prohíbe dulces mezas<br />

hechos artificialmente, haga con ch’alla siempre con vino natural<br />

combinada con agua serenata.<br />

4. No creer jamás en dioses invisibles y ficticios ni a los misterios que<br />

anda oculto, ni creer a los brujos; son corrupción de corriente<br />

dogma utópico. Son armas de magia negra rojo y blanco.<br />

5. Practicar 4 fiestas telúricas del año 21 de Junio, 21 de septiembre,<br />

21 de Diciembre y 21 de Marzo, son días Feriados.<br />

6. Rendir el culto al sexo, no entorpezcas tu hogar con adulterio fuera<br />

de ello.<br />

7. Pagar tus impuestos al Estado ningún contribuyente puede cobrar<br />

impuestos exagerados.<br />

8. No explotes a nadie ni a tus inquilinos.


9. Exigir el resarcimiento por derecho de perjuicio y daños a los<br />

dueños de casa de los 514 años de la invasión.<br />

10. No seas terco ante la justicia del Ayllu y Nacional.<br />

11. Respete a las religiones Occidentales ponga a la segunda instancia<br />

hay que dar a hacer conocer la conducta moral.<br />

12. La libre expresión libertad de religión.<br />

13. Principio normas motivos son: Ama Sua, Ama Quella, Ama Llulla<br />

y Ama Tijlla, fundamentales no seas ladrón, no seas mentiroso, no<br />

seas asesino son mandatos de toda la nación indígena originaria del<br />

Qollasuyo.<br />

BOLO DOS<br />

DERECHO DE RELACIÓN INTERNACIONAL<br />

CAPITULO 1<br />

MANDOS NATURALES DE RAZAS DEL MUNDO<br />

ARTÍCULO 6.- Las constituciones de las Naciones e internacionales<br />

también son emanados por la naturaleza, la naturaleza no castiga ni tiene<br />

envidia, sin embargo la gente del mundo hacen maldades levantan armas<br />

nucleares y dañan al medio ambiente a todo dióxido de carbono vital.<br />

ARTÍCULO 7.- Todas las razas tienen derechos prioritarios: usufructuar<br />

en tres islas en el Continente Abya-Yala la raza cobriza, la raza negra y<br />

en el continente África y la raza Blanca en el Continente Europa.<br />

ARTÍCULO 8.- Toda raza tiene origen de tres nidos probeticos en cada<br />

isla con 9 familias gente probeta total en tres islas de 54 familias.<br />

ARTÍCULO 9.- Vale saber conocer sobre la primera isla es Abya Yala,<br />

el primer nido probeta de Raza Cobriza surgió de 9 familias de origino, es<br />

la Fortaleza Ciudad de Piedra situada en Pacajes. Es el nidal originario<br />

gastador de la gente que habíamos vivido los cientos millones de años y<br />

somos la eterna humanidad toda la gente cobriza en el sur de Abya-Yala.<br />

ARTÍCULO 10.- Hermanos del mundo, a la Raza Cobriza Indígena<br />

respeten sin condición de invadir, si alguien hiciera daño demandar a las<br />

8


Naciones Unidas como Dueños de Casa si alguien trata de exigir algo,<br />

nosotros pedimos el derecho de usufructos y sea respetado<br />

9<br />

BOLO TRES<br />

CONSTITUCIÓN PRIMIGENIA DEL QULLASUYU<br />

CAPITULO 1<br />

RE-CONSTITUCIÓN NACIONAL QULLASUYU SOBRE<br />

LA BASE Y TRES MIL AYLLUS<br />

SON PROYECTO PLAN SUBDESARROLLO<br />

ARTÍCULO 11.- Declaran los derecho indígena de crear 5 poderes a<br />

construir la soberanía para todo el pueblo sin marginar a La Raza Cobriza<br />

y somos legendarios DUEÑOS EN ABSOLUTO.<br />

ARTÍCULO 12.- El Estado Nacional es Sub Comandante del país<br />

políticamente, pero el pueblo es comandante de los Poderes<br />

Administrativos en equidad e igualdad, ninguninquilino puede tener el<br />

derecho de igualdad con los dueños de casa.<br />

ARTÍCULO 13.- Los principios de los pueblos es inviolable y ningún<br />

extra continental podrá incurrir el Derecho del Indio los Derechos<br />

Subjetivos son fundamentales ay que respetarles.<br />

ARTÍCULO 14.- En el Estado Qullasuyu jamás existirá Leyes especiales<br />

en función contraria a los reglamentos de cada Ayllu, en rigor interno y<br />

siempre sea informado escrita oral los hecho cautelares para que el pueblo<br />

conozco<br />

ARTÍCULO 15.- El Estado fundamentalmente con el Poder tribunal<br />

indígena del Ayllu, ejercerá en la Soberanía originaria sin extinguir las<br />

Leyes de usos y costumbres del pueblo indígena.<br />

CAPITULO 2<br />

DERECHO PODER REGIONAL DEL ESTADO


ARTÍCULO 16.- Los tres mil Ayllus Reconstituyentes, de 12 Suyus en<br />

tipo provincias consolidado siempre de tres pisos ecológicos del Altiplano<br />

, Valle y trópico<br />

ARTÍCULO 17.- Ayllus Suyus y regionales son estados pequeñas si<br />

estas pequeñas siempre autonomía en colectivo, son nuevas reglas de<br />

cada suyo<br />

ARTÍCULO 18.- En la parte política cada Ayllu lo consideran con un<br />

Precandidato y Sufragan en las Elecciones locales preparando un<br />

candidato de alto rango pero de capacidad de Chacha Warmi con su<br />

respectivo Suplente, sin cubrir con voto secreto, los candidatos serán<br />

calificados por puntaje en las campañas electorales en los tres mil Ayllus<br />

nacionales.<br />

CAPITULO 3<br />

ESTRUCTURA GENERAL DEL ESTADO<br />

ARTÍCULO 19.-La estructura política Nacional es el pueblo por<br />

mediante de la constituyente garantiza siempre el paralelo con el pueblo<br />

indígena<br />

ARTÍCULO 20.- En general el Estado Qullasuyu esta asentado<br />

geográficamente, 12 Suyos de 60 Regionales y constituidos de tres mil<br />

Ayllus rurales y urbanos regimentado con la Confederación Nacional de<br />

Ayllus.<br />

ARTÍCULO 21.- Territorialmente el Qullasuyu es asentado de espacio<br />

de alta mar y altas cordilleras geográficamente el suelo sub suelo hasta el<br />

lugar del epicentro. La tierra y territorio es de una superficie de 1.078.000<br />

Km 2 para los 9 millones de habitantes son reglas usufructos territoriales<br />

1. El territorio Nacional siempre de tres climas en absoluto..<br />

2. Territorio de cada Suyu 89.833 km 2 .<br />

3. Territorio de cada Regional de 17.966 Km 2 .<br />

4. Territorio de cada Ayllu 359 Km 2 .<br />

5. Territorio Nativo Qollasuyo era de 6.950.000 Km 2 .<br />

10


11<br />

6. Estado Ficticio Bolivia se refundo 2.300.000 Km 2 . y vendieron casi<br />

mitad del territorio y podría tener el derecho sobre de este territorio<br />

perdidas los blancos mestizos a saber hermanos blancos.<br />

7. Territorio de cada ciudadanía sea mujer u hombre de 8 km 2 .de un<br />

promedio medio.<br />

ARTÍCULO 22.- El Qullasuyu tiene una población de 9.000.000 de<br />

habitantes sin contar con los inquilinos nacionalizados.<br />

1. Cada Ayllu contemplada en equidad territorio y población de 3 mil<br />

habitantes sin incursión extranjera.<br />

2. En cada regional adquirirán la organización las reservas tierras<br />

comunales donde hay mayor tierra farallones baldíos serán de 2 mil<br />

habitantes si hay cooperativas auríferas y tierras de grandes<br />

extensiones del oriente incurrir en sistema de Ayllus de indígenas<br />

originarias.<br />

CAPITULO 4<br />

FORMA DE ELECCIONES NACIONALES<br />

ARTÍCULO 23.- De los terminantes mandos de cada Ayllu elegir<br />

Presidente Nacional de Alta Moral en Ética siempre en dualidad de<br />

Chacha Warmi.<br />

1. Presidente y Vicepresidente de la Republica.<br />

- Jach’a Mallku, Mama T’alla 2do Vicepresidente.<br />

- Apu Mallku y Mama T’alla 3er Vicepresidente.<br />

2. Presidente y Vicepresidente Ministerial<br />

Con respecto de 60 Viceministeriales.<br />

3. Presidente y Vicepresidente de Laya de Defensora Nacional<br />

4. Presidente y Vicepresidente de 12 Suyus Nacional.<br />

5. Presidente y Vicepresidente Regional.<br />

6. Presidente y Vicepresidente de la Confederación de Ayllus<br />

Indígenas originarios del Qullasuyu C.N.T.A.<br />

ARTÍCULO 24.- Formas de elegir las Autoridades Locales:


1. Autoridad Principal de tres mil Ayllus y 6.000 autoridades Jilakatas<br />

y Mama Jilakatas por obligación rotativo.<br />

2. Presidente y Vicepresidente de cada Suyu, también rotativo para<br />

confederación regional.<br />

3. Presidente y Vicepresidente de Consejos de Suyus, rotativo para las<br />

alcaldías<br />

4. Presidente y Vicepresidente de 5 regiones de cada Suyu según en<br />

simple elección mayoría de A,B,C,D,E,F. como sub Alcaldías.<br />

CAPITULO 5<br />

DISTRIBUCIÓN DE 5 PODERES NACIONAL Y LOCAL<br />

ARTÍCULO 25.- La composición de Poder Soberanía es de acuerdo el<br />

ultimo Censo Nacional y local con un promedio de 9 millones de<br />

habitantes realizar un censo indígena con registro en cada ayllu éstos<br />

sufragados en la Corte de cada Ayllu 60 % de inscritos la identificación<br />

es la Corte del pueblo.<br />

ARTÍCULO 26.- Por el Decreto y Reglamento de cada Ayllu o<br />

Asociación para presidente y Vicepresidente Nacional y Regional,<br />

presentar dos candidatos pero siempre Chacha Warmi.<br />

ARTÍCULO 27.- Formas de elegir a los candidatos en cada Suyu los<br />

Jilakatas y Mama T’allas elegirán 35 candidatos por regional, 7<br />

Candidatos en global, 28 legislativos y 7 para presidenciales y<br />

Ministeriales.<br />

ARTÍCULO 28.- Los Candidatos serán preparados de pre-elección de<br />

tres mil Ayllus que presentaran con garantía, con examen certificado por<br />

el Ayllu y el Candidato debe saber Vivir en el Ayllu de cero corrupción<br />

de la inmoralidad.<br />

ARTÍCULO 29.- Los candidatos para presidenciales legislativos con<br />

voto de aclamación por simple mayoría elegir 24 candidatos ejecutivos y<br />

336 titulares y 120 suplentes legisladores. Cada poder constituye 48<br />

titulares y 30 suplentes, total 500 lideres nacionales.<br />

12


ARTÍCULO 30.- Los Mandos Presidenciales con un tiempo de mandato<br />

al pueblo de 50 años para 500 años de vitalicia ancestral.<br />

ARTÍCULO 31.- Elección General Nacional de 5 Poderes Legislativos<br />

del País.<br />

A- Presidentes Nacionales electos: AA,BB,CC,DD,EE,FF. Son<br />

ganadores porcentaje de repartidora de cociente final<br />

B- Poder sacerdocio de 12 Suyus AA,BB,CC,DD,EE,FF.<br />

C- Poder Concejal Anciano de 12 Suyus AA,BB,CC,DD,EE,FF.<br />

D- Poder del Parlamento de <strong>Amauta</strong> 12 Suyus<br />

AA,BB,CC,DD,EE,FF.<br />

E- Poder Tribunal de Derechos de Ayllus<br />

AA,BB,CC,DD,EE,FF.<br />

Cada dos ejemplos la primera “A” es presidente Nacional y la segunda<br />

“A” es Vicepresidente, las Cortes de Ayllus o Nacional computará un<br />

sistema de elección estadísticas con simple mayoría absoluta de los 500<br />

para locales 420 candidatos nadie será extinguido.<br />

ARTÍCULO 32.- Tiempos de Campañas Electorales:<br />

Después del Preelectoral Regional cada Suyu juega un sistema electoral<br />

indicado una sola fecha de elección primera etapa cada Suyu elige 35<br />

candidatos segunda etapa sale 7 candidatos presidenciales y tercera etapa<br />

nombres para Presidenciales y Diputaciones. Ojo. Con voto publico con<br />

jurados por puntajes por la conducta moral.<br />

ARTÍCULO 33.- Forma ideológica del Ayllu es el pensamiento en<br />

equidad y genero para participar ser político del Ayllu de partir de 17<br />

años puede preparar ser candidato local y nacional.<br />

ARTÍCULO 34.- Régimen Administrativo de Tierras en Derecho<br />

Privado y Colectivo las tierras confiscadas no se venden ni revertir al<br />

Estado Nacional, a partir de los 17 años son ciudadanos derecho sea<br />

mujer o varón es el tercer estado en un Ayllu de poseer 300 hectáreas y<br />

cuando son casados agrupar la doble posición de tierras y cada persona<br />

tiene el derecho de alquilar y hacer trabajar como micro empresarios<br />

13


privados de cada Ayllu son persona autónomas para hacer la renta al<br />

Ayllu y a la vez al Estado Nacional.<br />

CAPITULO 5<br />

CONDICIONES PARA ELEGIR AUTORIDADES EN<br />

GENERAL<br />

ARTÍCULO 35.- Para ejercer autoridad de menor jerarquía a mayor<br />

siempre de Ayllu ó Asociación para ser una autoridad de rango; los que<br />

tuvieran malos antecedentes olvídense a ser autoridad.<br />

1. La Ley no es chacota para hacer inmoralidades, los morosos y<br />

corruptos de hecho jamás podrán aspirar a ser Autoridad Nacional<br />

ni Autoridad Local.<br />

2. La inmoralidad sexual es inmoralidad, nada con excusas a decir<br />

vida privada todavía nadie sabe, pero ojo cuando alguien le informa<br />

deja de ser privado.<br />

3. La Ley del Ayllu infringe la verdad, si un violador es visto in<br />

fraganti , es persona irregular.<br />

4. Por decir si ambos hicieron amor voluntario siendo casados es<br />

menor el delito, pero ambos son destructores del hogar y jamás<br />

serian autoridades.<br />

5. Violación por la fuerza y violación intermedia el estupro es delito<br />

de pena de muerte y cuando el pene entraría a la fuerza a la vagina y<br />

la chica estaría de acuerdo no es delito doloso si no es culpabilidad<br />

se arreglaran entre familiares.<br />

ARTÍCULO 36.- Moral para todas las Autoridades desde el Presidente a<br />

un Portero serán exigidos (Chacha Warmi) en dualidad.<br />

ARTÍCULO 37.- La inmunidad equivale a la moral si alguien tuviese<br />

error de Administración Pública inmediatamente suspensión asume el<br />

suplente.<br />

ARTÍCULO 38.- A ningún Candidato empresario de alta capital será<br />

elegido, un candidato del pueblo es siempre relativo con el pueblo y debe<br />

ser sociable y comunicativo.<br />

14


ARTÍCULO 39.- El Presidente Nacional con permiso del pueblo puede<br />

ausentarse los siete días, siempre salir al interior con permiso del pueblo<br />

acompañado con sus ministros.<br />

ARTÍCULO 40.- El presidente y Vicepresidente y todos los presidentes<br />

Regionales deben presentar cada 90 días proyectos, planes a negociar con<br />

estrados relaciones internacionales.<br />

ARTÍCULO 41.- Deberes Administrativos del Presidente, debe guardar<br />

la consigna de la Ley sin contrariar al pueblo, su objetivo es, vigilar,<br />

negociar, decretar, hacer cumplir a través de los cuatro poderes las Leyes.<br />

ARTÍCULO 42.- Cuando hay rebelión llamar al Ejercito y consultar a<br />

los 4 poderes y a cada Presidente Regional.<br />

ARTÍCULO 43.- Ejercer, incursionando el Vicepresidente con los<br />

Ministros, la rehabilitación de los Ayllus y refundar las autoridades, con<br />

fundación de actas bien reglamentados.<br />

ARTÍCULO 44.- El Pueblo o Naciones tiene derecho a ingresar con<br />

sensores al Palacio de Gobierno y a los 5 Poderes, cuando hubiese<br />

malversación de mala administración.<br />

ARTÍCULO 45.- El Gobierno local y Autoridades del Ayllu, son el<br />

máximo régimen normativas sin fallas, a controlar a las Autoridades<br />

Nacionales tienen principios a cumplir, ninguno puede establecer sin Ley<br />

del Ayllu.<br />

ARTÍCULO 46.- El concepto de Moralidad proviene de las Autoridades<br />

foráneas como de los sindicatos, políticos eran de condiciones corruptas,<br />

pero la Ley del Ayllu hace la realidad a ejercer de Chacha Warmi, para<br />

control transparente.<br />

ARTÍCULO 47.- Condiciones para ser Ministros, todos los Ministros<br />

que ocupan los ministerios nacionales deben ser de formación ética, de<br />

capacidad, también puede ser de autoformación ningún Ministro será<br />

contratado de otra Región las normas rigen.<br />

ARTÍCULO 48.- Las oficinas ministeriales no serán menores a 7 ni<br />

mayor 12 hasta que la tenga el País de 150 millones de habitantes.<br />

15


1. Ministerio de Relación Internacional de 5 Viceministerios.<br />

2. Ministerio de Finanzas Económicas de 5 Viceministerios.<br />

3. Ministerio Agropecuario con 5 Viceministerios.<br />

4. Ministerio de Educación con 5 Viceministerios.<br />

5. Ministerio de Defensa FF.AA. y Policía Nacional con 5<br />

Viceminsterios.<br />

6. Ministerio de Exploración en general con 5 Viceministerios.<br />

7. Ministerio de Asuntos Blancos 5 Viceministerios sin cartera.<br />

8. Ministro de Agua.<br />

9. Ministro Presidencial.<br />

10. Ministro de Hidrocarburos.<br />

11. Ministro de Religión Cósmica Telúrica..<br />

12. Ministro de Tribunal de justicia<br />

ARTÍCULO 49.- Las Jurisdicciones Ministeriales necesarios:<br />

1. Ministerio de Relación Internacional dan aperturas con otros países<br />

admite requerimientos pedidos con Relación Relativa.<br />

2. Ministerio de Finanzas hace la planificación de la recaudación de<br />

fondos hace rubros de mas fondo económico del país, nunca fallará<br />

debe cumplir de bien hacienda.<br />

3. Ministerio Agropecuario es muy fundamental.<br />

3.1. Ayni constituye en tipo el mejoramiento de cultivo, producción<br />

agrícola muy rígido.<br />

3.2. Mink’a reimplanta la producción y crianza de animales en todo<br />

fenotipo, y genotipo para adquirir mas divisas al Estado.<br />

3.3. Yanapaku, en general en los Ayllus y tanta generación de<br />

trabajo de gran escala, nacionalizar industrias en los Ayllus con<br />

ingresos favorables.<br />

3.4. Qamayaje, es el principal pilar de Administración Publica del<br />

Estado no rentable (como los obreros del Ayllu).<br />

4. Ministerio de Educación será regimentado con rescatar la ideología<br />

ancestral no aceptará la interculturidad ni pluriculturidad, son<br />

perjuicios para la cultura nativa.<br />

16


17<br />

4.1. Pre-escuela niños de 4 a 5 años y 7 meses de enseñanza<br />

operable.<br />

4.2. Educación Primaria, 9 meses anual en 4 años operable.<br />

4.3. Educación Media Secundaria 4 años de estudio, llevar la<br />

materia militar obligatoria y egresar con títulos de bachiller<br />

inmediato para continuar el estudio.<br />

4.4. Educación Superior, 4 años Universitario Globalizado único<br />

Licenciatura los egresos tesis de grado con Titulo de Provisión<br />

Nacional y continuar el Post Grado.<br />

4.5. Educación Autoformación en los Institutos de 2 a 3 años<br />

Técnicos y Licenciatura indefinida investigación en simple Post<br />

Grado hasta doctorado no hay diferencia con estudio<br />

Académico busca la rapidez de aprendizaje.<br />

5. Ministerio de Fuerzas Armadas y Policía, instrucción Militar desde<br />

los 15 años para ser oficiales y Cadetes.<br />

5.1. Ingresos para estudio Militares al Colegio Militar o Escuela<br />

Militar, ejercer 2 años de estudio como Técnico Militar y de 3<br />

años como Ingenieros Cadetes Oficiales el derecho de ingreso<br />

para la mujer es de 1.50 metros.<br />

5.2. La mujer gozará de tratamiento especial en su menstruación.<br />

5.3. Servicio Militar es voluntario en tipo policía estudiando,<br />

trabajando 2 años de Servicio a la Patria si tiene interés el<br />

conscripto de reengancharse cumpliendo el servicio militar el<br />

régimen militar acepta al concurrente.<br />

5.4. El deber de los militares Qullosuyanos son: Globalizados<br />

ejercito de cuatro Fuerzas, Comando Territorial, Aviación,<br />

Naval y Seguridad Policial.<br />

5.5. Reglamentos Militares 60 %, los Militares migraran a las<br />

fronteras a resguardo, la Ley señala a los Jefes de Estado tienen<br />

misión de defender a la Patria en las Fronteras y 40 % cumplir<br />

la seguridad estabilidad del Gobierno de Qullasuyu.<br />

6. Ministerio de Explotación General es multi activos de exploración<br />

de explotación de toda la riqueza natural en proceso de exportación


importación con moneda equitativo con países sub desarrollados en<br />

cero arancel.<br />

6.1. En Uranio, plata, oro, estaño, azufre, sal, litio, wolfrang,<br />

piedras y otros.<br />

6.2. Incentivar pequeñas fabricas en los Ayllus, primero entrar en<br />

proyectos con fin de lucros, internacionalmente a negociar<br />

estudios y contratar especialistas para proceder la planificación<br />

industrial y exportación de libre venta.<br />

7. Ministerio de Asuntos Blancos, durante la invasión de 514 años las<br />

Leyes desde Sevilla (España) norman aquí en la Sede de Gobierno<br />

Boliviano usurpando con derecho occidental en tipo imperialismo<br />

radical.<br />

7.1. Jamás las minorías citadinas inquilinos empresarios<br />

transnacionales son originarios. Son de origen Vikingo,<br />

franceses ingleses y españoles criollos tienen derecho de<br />

Europa. Por derecho corresponde crear un Ministerio de<br />

Asuntos Blancos al igual que nos imponen con Ministerio de<br />

Asuntos Campesinos, el derecho blanco es para Europa.<br />

7.2. Nietos españoles son vasallos imponentes y pura envidia idiota<br />

nos han contagiado a nuestra gente a la raza cobriza hacer la<br />

traición y hemos aprendido ideologías de corrupción a<br />

filosofar, los indígenas o indios somos el 95 % la mayoría<br />

somos Dueños de Casa incursionar el poder del indio.<br />

CAPITULO 6<br />

JURISDICCIONES DE PODERES DEL ESTADO<br />

ARTÍCULO 50.- En general los cuatro Poderes son fuerza de equidad de<br />

igualdad de Derecho del Indio como Wiphala y Gobierno ejecutivo es el<br />

medio relativo absoluta a cumplir los mandatos del pueblo que ordenan<br />

un Poder del Estado.<br />

1. Deber de Poder del Consejo del Sacerdocio Nacional constituido<br />

máximo de Alta Moral cadatura espiritualidad, tiene el poder de<br />

18


19<br />

mando equivalente al igual que el Gobierno, en cuanto el Presidente<br />

fallare la responsabilidad inmediata suple ser Gobierno Interino del<br />

País.<br />

2. El Sacerdote Nativo es Chacha Warmi, como podría ser también<br />

una mujer profesados en materia de Derecho Indígena, en materia<br />

espiritual de la Biblia moral especializado científicamente de<br />

Engranaje de Remolino Vital.<br />

3. Establecer el uso a realizar ritos, wayt’as y ungimientos a las<br />

autoridades cada fecha Telurgico en los Lugares Sagrados.<br />

4. Imponer a las religiones occidentales a segunda instancia sin dañar<br />

ni ofender a ningún cura y pastor, respetar la libre religiosidad.<br />

5. Llevar los registros de ciudadanos inscribir en el Registro Civil, dar<br />

a presidir el Censo cada cuatro años llevar el registro Publico de<br />

cada Ayllu.<br />

6. Realizar Matrimonios, Rutuchas, Cumpleaños y ordenar días<br />

Feriados y descanso Semanales.<br />

7. Reconstruir 3 mil Templos Andinos, prohibido utilizar cruz ajeno,<br />

ni levantar el nombre ficticio de Dios de los Judíos ni Dios Satán.<br />

8. Prohibido el uso de ritos adulterados de Ch’alla de mesas<br />

artificiales se debe utilizar siempre lo natural en fecha 21 de junio<br />

de cada año nuevo ancestral.<br />

9. Edad mínima 40 años optimo, siempre ser casado de alta moral,<br />

debe saber rendir culto al sexo.<br />

10. Tiempo de mandato permanente, no debe ser hereditario numero de<br />

sacerdotes 84 y 30 suplentes.<br />

11. Utilizar ropa de mando color Amarillo y Lila para celebrar Ritos<br />

Telúricos en el País.<br />

ARTÍCULO 51.- El Consejo de Ancianos es el tercer poder de defensor<br />

del pueblo vigilante:<br />

1. El Anciano es la Autoridad de Alto Rango de Ética Moral, debe<br />

evaluar, orientar y enseñar la doctrina Ideológica Social de Ayllu y<br />

de dictar clases, seminario en los grandes colegios de abogados<br />

Indígenas y en otro ramo.


2. En el momento de pre elección de candidatos de cada Ayllu dar<br />

curso de capacitación y con examen de grado de conocimiento<br />

científico y en Sociología Política y debe conocer la materia de 13<br />

Bolos.<br />

3. Tiempo de mandato igual que presidente hasta la cesantía, se fallará<br />

inmediatamente la suspensión, la inmunidad es la conducta moral es<br />

para todos las autoridades.<br />

4. Numero de Juristas Ancianos de 84 Titulares y 30 suplente a nivel<br />

Nacional.<br />

5. Los candidatos titulares tienen cada tres un suplente. Siempre<br />

absoluta de Chacha Warmi.<br />

6. Completamente hay relación con los parlamentarios para fiscalizar<br />

en procesos para reactivar o imprudencia las Leyes de proyecto,<br />

presentados del pueblo en general.<br />

ARTÍCULO 52.- Consejo de departamentos Amautás son Diputados<br />

Único Universal de una sola cámara elegidos de 3 mil Ayllus.<br />

1. Deber y Obligaciones, son abogados legistas de proceder normas<br />

fundamentales para las Instituciones de Estado, las Leyes a<br />

proceder los hechos por los nuevos parlamentos de Asambleístas el<br />

perfil de Constituyente y todos los reglamentos deben reglamentar<br />

siempre con vinculación y consultivo.<br />

2. Ser especializado de multi materia Jurídico entendidos de diferentes<br />

rangos obtener, certificado de buena conducta del Ayllu debe ser<br />

persona trabajadora del Ayllu, debe saber hablar tres o cuatro o más<br />

idiomas.<br />

3. Debe ejercer experiencias laborales en los Ayllus a auscultar las<br />

audiencias orales en favor de la gente en forma escrita u oral bien<br />

jerarquizadas en las asambleas de los ampliados y en los Ayllus.<br />

4. En el año llevar 150 sesiones de que solo hay cuatro días feriados<br />

de receso durante el año.<br />

5. Elaborar estatutos de los Ayllus ó asociaciones, etc.<br />

6. Dos ausencias de sesión pierde la titularidad, sin reclamo alguno y<br />

asume el suplente inmediato.<br />

20


21<br />

7. El tiempo de mandato, es junto con el gobierno si tiene un trabajo<br />

favorable puede ser ratificado y reelegido en otra elección si se<br />

vuelve corrupto suspensión inmediata.<br />

8. Numero de diputados es 84 <strong>Amauta</strong>s y 30 suplentes.<br />

ARTÍCULO 53.- Consejo de Poder Tribunal, Derecho de T.D.A. son<br />

abogados logísticos elegidos en la Corte de Ayllus, el deber es<br />

administrar la justicia del Ayllu con juicio oral escrita por vocales<br />

tribunales regionales totalizar cuenta al Estado de Ayllus con derecho de<br />

Poder Judicial del Ayllu, cada 20 días del año.<br />

1. Tribunal Indígena desdobla la justicia de corrupción y la justicia de<br />

Ayllus no se compra con dinero si no es solidario con abogados<br />

tribunales, rendirán cuenta en cada congreso.<br />

2. Son autoridades de Ayllus y Regional competente defensor de<br />

responsabilidad, controlar el derecho inconstitucional las<br />

impugnaciones, etc.<br />

3. Tribunal de Justicia del Ayllu, asumen grandes cargos de justicia<br />

nacional e internacional a través del Vice ministerio publico del<br />

Ayllu.<br />

4. Jueces de Suprema de Suyus, declarar implícitamente y administrar<br />

la justicia en pleno de símbolo de la Wiphala hacer justicia por<br />

igual resolver tratados internacionales.<br />

5. Los tribunales del País, apoyar y rescatar la justicia de alta<br />

moralidad, dar ejemplo a las Naciones Internacionales, la Justicia de<br />

Ayllus es comunitarismo, es la sede Tribunal en 12 Suyus.<br />

6. La justicia da la capacidad personal y Jurídica Tribunal da curso de<br />

aprobación de los títulos establecidos en las Universidades y tanto a<br />

las organizaciones cívicas dar la aprobación subjetiva a la titulación<br />

libre. Son atribuciones disciplinarios de los tribunales.<br />

7. Edad mínima 30 años para componer la justicia del Ayllu, si uno<br />

del tribunal hace corrupción no tiene remoción.<br />

BOLO CUATRO


DERECHO DE LA GENTE DE RAZA INDÍGENA COBRIZA<br />

CAPITULO 1<br />

DERECHO DEL PUEBLO ORIGINARIO DEL PAÍS<br />

ARTÍCULO 54.- La gente de Raza Cobriza o Raza de la Tierra o Raza<br />

de Oro es la ETERNA HUMANIDAD reactivado por el cosmos de los<br />

espermatozoides cosmología sexualidad que deposita sobre las tres islas<br />

de nidos de probeta y de ahí emerge la gente.<br />

ARTÍCULO 55.- La Vital Celular Biológico emerge del escroto de la<br />

gente para la eterna humanidad propone bienes órganos celulares.<br />

1. El Remolino Vital ha procedido acto sexual natural por medio de<br />

engranaje de dos polos negativo y positivo y nace el espacio<br />

universal en absoluto de diokido de cuatro fuerzas.<br />

2. También el ser humano emerge por un Pequeño Remolino Vital, el<br />

hombre deposita espermatozoides de macho y hembra a la parte<br />

vaginal de la mujer y en 275 nace la gente con derecho de vida.<br />

3. Conocer bien sentimentalmente de proyectos de la gente; cuidar<br />

desde la engendración hasta los 17 años de ambos sexos son<br />

fundamentales para los embriones futuros.<br />

4. La gente, desde la adolescencia ingresa a la pubertad muy joven,<br />

inclusive cuando no adquiere el sexo es gente mayor es fuerte y útil.<br />

5. La obligación de cada padre de familia es ayudar al hijo para que<br />

ingrese a realizar las investigaciones propias.<br />

6. Por Ley Natural Cósmico Telúrica la juventud debe adquirir de 20 a<br />

22 y 30 años se aconseja el optimo de emparejamiento y son<br />

descendencia originarios.<br />

7. Por que se aconseja a la gente joven para adquirir la Vida sea mas<br />

largo de años como nuestros abuelos vivían todavía de 100 a 115<br />

años.<br />

8. Sancionar falta de respeto de menor de edad el emparejamiento de<br />

14 a 15 años tiene operación degeneración vital.<br />

9. Prohibido los matrimonios entre hombres y entre mujeres también<br />

es el delito de degeneración.<br />

22


23<br />

10. Prohibido los matrimonios hasta 50 años con extranjeros, si alguien<br />

se casa es aceptado pero sin derecho de usufructuo territorial.<br />

11. Determinantemente prohibido a utilizar defensas y tratamientos de<br />

reposición de hormonas artificiales y transplantes biológicas.<br />

12. Sanciones a los médicos y parteras que de abortar a las madres en<br />

los Centros Hospitalarios y Sanitarios es el delito ante la naturaleza<br />

absoluta.<br />

13. Ningún niño o niña debe ser abandonado en todo el País.<br />

CAPITULO 2<br />

DERECHO DE LA CIUDADANÍA DUEÑOS DE CASA<br />

ARTÍCULO 56.- El Derecho Civil en Qullasuyu es reconocido de<br />

garantía desde la gestación hasta la gente de la generación de la vejes.<br />

1. Deber y obligaciones de los ciudadanos en el Qullasuyu desde los<br />

17 años.<br />

2. Variación de emparejamiento de los 17 a 30 años según por el<br />

clima.<br />

3. Ciudadanos en la gestación de 9 meses dar el control de nutrición a<br />

la madre.<br />

4. Ciudadanos en plena juventud desde el nacimiento hasta los 40 años<br />

es optimo dar condiciones de seguridad y trabajo con su propia<br />

empresa colectiva.<br />

5. Ciudadanos de primer orden 45 años al servicio de alto rango para<br />

sociedad del estado.<br />

6. Ciudadanos de rango superior a los 60 años son personas a titulo de<br />

experiencia de la tercera edad, socorrer en cada Ayllu y son de<br />

servicios ideológicos de buenos indicios que pueden dar unas<br />

visiones a los nietos.<br />

7. Ciudadanos de la tercera edad de segunda clase de generación baja<br />

mental de 90 a 100 años cobijar en familias de asilo.<br />

8. Ciudadanos de suspensión por invasión carcelario y ciudadano no<br />

videntes, protección en salud y alimentación con Socorro Universal.


ARTÍCULO 57.- Ciudadanos de la Legitima Defensa:<br />

1. Nadie hará amenazas psicológicas ni tortuosas DEFENSA PROPIA<br />

100 % el derecho a revertir contra su agresor, y si es victimado su<br />

familia debe acusar con pena tribunal.<br />

2. El ciudadano obrero será renumerado con buen sueldo por la Ley<br />

del trabajo, no habrá jamás trabajos a destajo en las empresas<br />

transnacionales.<br />

3. Para los Ciudadanos Rurales, especialmente para los Guarayos<br />

eliminar el analfabetismo optar un régimen de educación de auto<br />

formación académica y no en simple alfabetización y sin infringir la<br />

cultura originaria investigar la ciencia Remolino Vital.<br />

4. El deber y obligaciones culturales utilizar músicas autóctonas y<br />

utilizar ropas típicas y alimentarse de leche y miel de que y que el<br />

Qullasuyu es el refugio o paraíso terrenal.<br />

5. Ciudadano Qullasuyano materia física aunque fuere analfabeto es<br />

DUEÑO DE CASA debe consultar siempre por su derecho a sus<br />

autoridades sin agresion por los extranjeros.<br />

6. El Deber de los ciudadanos es respetar los Símbolos Patrios del<br />

Qullasuyu, la Wiphala, Ponchu, Chicote, Barra y Chalina, y el<br />

sombrero saludar por la izquierda. La posición siempre por la<br />

izquierda de los mandos políticos.<br />

ARTÍCULO 58.- Para aquellos Violentos intrusos de mano armada<br />

delincuentes DEFENSA LEGITIMA en absoluto los DUEÑOS DE CASA.<br />

ARTÍCULO 59.- Los tribunales encargados de la Justicia, nadie podrá<br />

cobrar la pleisticia mucho cuidado no llegar a esos extremos, la Ley de<br />

Justicia del Ayllu es cero corrupción.<br />

ARTÍCULO 60.- La garantía de Ley inconstitucionales es el pueblo;<br />

también para recursos constitucionales el magno pueblo.<br />

BOLO CINCO<br />

DERECHO PENAL GENERAL<br />

CAPITULO 1<br />

24


25<br />

LAS PENAS SON IMPLACABLES<br />

ARTÍCULO 61.- Sanciones según fuera los delitos, delitos in fragantes<br />

pena de muerte o capital y delito por descuido son culpables arreglos<br />

severos.<br />

ARTÍCULO 62.- Las normas son mandatos de conducta moral que<br />

lamentar se cumple sancionando y castigando con pena capital en los tres<br />

mil Ayllus.<br />

1. Si el delincuente es capturado públicamente in fraganti, no hay<br />

fianza paga con la Ley.<br />

2. Castigo drástico a los intrusos violadores, asimismo estelionantes<br />

traición al Ayllu, cúmplase con pena de muerte o capital.<br />

3. Violación a una menor de un año, castración o 20 años de cárcel si<br />

muere la victima pena de muerte.<br />

4. Violación a una niña menor de 7 años, caponación o 15 años de<br />

cárcel si muere la victima pena capital.<br />

5. Violación a una niña de 7 a 12 años, media castración 1|0 años de<br />

cárcel y pecuniaria, si muere la victima Pena Capital.<br />

6. Violación a una niña de 12 a 16 años en adelante, 3 años de cárcel,<br />

ojo siempre que haya sido violada, si hicieron sexo voluntario<br />

ambos son culpables no es delito se requiere arreglo entre familias.<br />

7. Violaciones fragantes a las mujeres casadas o viudas y a las solteras<br />

multa y cárcel de 2 años, si el esposo lo descubre mata al violador y<br />

la justicia lo premia.<br />

8. Si la mujer viola a los jovenzuelos o a los hombres casados, la pena<br />

es leve castigo de esquilar el cabello pero causaría el destrozo del<br />

hogar el tribunal castiga con multas.<br />

9. Divorcio libre, el tribunal acepta el libre divorcio entre acuerdo,<br />

cuando no hay entendimiento de esposos pueden llegar a<br />

consecuencias con crímenes, el tribunal de Juez Familiar da Curso.<br />

10. Pues ningún divorciado puede hacer cónyuge de casarse con soltera<br />

y soltero la Ley sanciona no podría ser la autoridad competente, en<br />

el Ayllu para experimentar debe de casarse entre divorciados son<br />

reglas de familia de conducta moral.


11. La Ley moral sanciona la correcta estabilidad de vivir la familia en<br />

paz y armonía, cuando hay fenómenos fragmentados de inmoralidad<br />

el Ayllu recibiría castigo natural.<br />

12. El sujeto deudor o moroso infractor sea inmoral, civil a los<br />

compromisos de arreglo de resarcimiento civil debe pagar con<br />

sentimiente, si no cumple debe pagar doble y triple caso contrario<br />

incautar sus bienes y pagar al afectado.<br />

13. Castigo a las personas instigadoras intrusos estará capturado en<br />

momentos de admisión publica expulsión del Ayllu con una carta<br />

de aviso oral a la prensa.<br />

14. Justicia Mancomunada pena capital en lugares de linderos con actos<br />

de garantías para los infractores que no admitan la venganza cárcel<br />

al Ayllu.<br />

15. Justicia Mancomunada proceder con el juicio oral quien será<br />

culpable entregar al infractor donde se origine sancionar las mismas<br />

Autoridades del Ayllu.<br />

CAPITULO 2<br />

TRIBUNAL DE AYLLU SANCIONA Y PREMIA<br />

ARTÍCULO 63.- La obligación de los Tribunales de Justicia de Justicia<br />

sancionará a los corruptos y premiará a los ciudadanos de cero<br />

corrupción.<br />

1. Ciudadanos o funcionarios que tiene alta moral recibirá premio de<br />

ascenso de categoría y recibirán premios y méritos en galardones.<br />

2. El malversador, sobornador, suspensión de trabajo pecuniaria con<br />

sanciones, la moral no tiene inmune.<br />

3. El lago de muerte instantáneo no permite pecuniaria ni tortuosa es<br />

arrojado con piedra que no da esfuerzo vano para salvarse.<br />

4. Embarrancamiento arrojado en abismo muerte rápida sin tortura.<br />

5. Justicia de Ayllus hay formas y tipos de castigo nadie puede<br />

infringir.<br />

6. Azotes amarros al palo de palos santos y ahorcamiento a los postes<br />

muerte instantáneo.<br />

26


27<br />

7. 100 azotes equivale a tres arrobas y 75 azotes equivale a 2 arrobas,<br />

50 azotes equivale a 1 arroba y 25 azotes equivale a 1/2 arroba.<br />

8. Muerte de pantanos fecales tipo europeo.<br />

9. Degüelle de comandante de Khari de Ayllu Jacha Pasa (Pacajes).<br />

10. Castigo al hielo no es cárcel ni multa la persona delincuente es<br />

sometido de tratamiento de escarmiento sin auxiliar ni puede<br />

comunicarse con cualquier persona, mientras su familia queda<br />

protegido por el Ayllu.<br />

11. Cárcel en recintos de cada región donde hay mayor población, el<br />

carcelario con trabajos forzados y mas duro pero bien alimentados.<br />

12. Expulsión del Ayllu cuando no cumple las garantías hechos de mas<br />

de dos compromisos y luego incautar sus bienes y pagar el<br />

resarcimiento civil al litigiente.<br />

ARTÍCULO 64.- Ningún tribunal impugnaría de recursos, no están<br />

testificados formas de nulidad, son prescripciones, ni recurso<br />

extraordinario son conceptos de comprar la justicia no hay elegibidad la<br />

Ley Judicatoria en el Ayllu.<br />

ARTÍCULO 65.- Las autoridades originarias de los 3 mil Ayllus tienen<br />

derecho tribunal de Ayllus, la Justicia es directo a aquel tribunal que falle<br />

censurar al magistrado inmediato hacer cambio con un suplencia.<br />

BOLO SEIS<br />

DERECHO RÉGIMEN AGROPECUARIO DE TIERRAS Y<br />

TERRITORIOS EN RÉGIMEN AGROPECUARIO<br />

CAPITULO 1<br />

DERECHO PRIVADO Y COLECTIVA<br />

DE TRES MIL AYLLUS NACIONALES<br />

ARTÍCULO 66.- La Confederación Bilateral de Ayllus Indígenas<br />

Originarios del Qullasuyu CNTA de tres mil Ayllus son vigilancias de<br />

relación parlamentaria con ejecutivo nacional.


1. El Presidente de CNTA es el gobierno absoluto de tres mil Ayllus<br />

en sistema privado y colectiva en autonomía ancestral pese a quien<br />

pese, las propuestas politicos occidentales no son permanentes.<br />

2. Cada Ayllu esta compuesto de propia Federal Soberanía de 3 mil<br />

habitantes donde poseen las tierras de producción colectiva son los<br />

DUEÑOS DE CASA.<br />

3. Cada Ayllu es administrado por sus propias autoridades de Jilakata<br />

y Mama Jilakata tiene la renumeración de un sueldo de profesor. En<br />

los Ayllus en sistema rotativo para la Autoridad de Jilakatas con un<br />

periodo de 4 años realizar visitas continuas a los Ayllus es TUMPA.<br />

4. El deber de las Autoridades del Ayllu, reglamentar el derecho del<br />

Ayllu pedir proyectos laborales de la zona, elaborar tipos de Leyes<br />

y formas de mejoramiento de plan del Ayllu.<br />

5. deberes de los Jilakatas, hacer asambleas ULAKAS ser asambleístas<br />

de cada 5 años para rehabilitar las Leyes necesarias a la<br />

modificación de reformas actualizadas.<br />

6. Controlar el territorio de cada Ayllu para cuidar el medio ambiente,<br />

controlar los recursos no renovables e renovables controlar los<br />

pozos de gas, no puede pasar el gasoducto sin permiso de cualquier<br />

Ayllu Jilakata es la llave para instalar con la Nacionalización de<br />

cualquier industria, de que las empresas necesariamente contaminan<br />

el suelo en lugares cultivables, tienen derecho a fiscalizar siempre<br />

con acuerdos, sociables internos y externos.<br />

CAPITULO 2<br />

EMPRESA PLAN CERO PROPIEDAD PRIVADA<br />

ARTÍCULO 67.- Las Organizaciones del Ayllu con plan de proyecto de<br />

producción e industrialización con derecho privado del Ayllu realizar a<br />

partir de 2 años las exportaciones en cero arancel los dueños de casa a la<br />

comercialización, libre exportación.<br />

ARTÍCULO 68.- El Estado debe ayudar con un plan económico a los<br />

proyectos de cada Ayllu y cuando hay ingresos de modo de producción,<br />

propiedad del Ayllu, tierras de producción agrícola, minas, petróleo, gas y<br />

transporte y comunicación sea explotado por los dueños de casa para fluir<br />

mas divisas rentas al Estado.<br />

28


ARTÍCULO 69.- Libre Empresa de Ayllu y colectiva la filosofía<br />

colectiva es el Sagrado Derecho de propiedad de 3 mil Ayllus llevan a la<br />

libre organización para explotar en su territorio de cada Ayllu la<br />

economia de cada Ayllu planificado con proyectos de producción.<br />

ARTÍCULO 70.- Los Dueños de Casa Indígenas Originarios son libres<br />

de imponer el libre mercado mediante la competencia, imponer sus<br />

precios calidad de producto al costo de los consumidores interno y<br />

externo.<br />

ARTÍCULO 71.- La libre organización, asociación con proyecto agrario<br />

en base de garantía territorial de persona jurídica con fin lucrativo.<br />

ARTÍCULO 72.- Las Tierras de cada Ayllu cubre con un solo Titulo<br />

Agrario del Ayllu y por resolución del Ayllu Prohibido la venta de tierras,<br />

la tierra pertenece por derecho usufructo.<br />

ARTÍCULO 73.- Las tierras del Altiplano ubicados por tres mil<br />

habitantes y pedir la complementación a la Federación del Ayllu a las<br />

zonas del trópico y sacar un solo titulo global para pagar el impuesto de<br />

tierras del Ayllu.<br />

ARTÍCULO 74.- Ninguna persona o ciudadano puede adquirir dos<br />

proporciones territoriales, controlar con un Censo del Ayllu merece<br />

atención estricta de control por las autoridades Jilakatas.<br />

ARTÍCULO 75.- Patrimonio del Ayllu:<br />

29<br />

1. Ciudad de Tihuanacu Capital de Estado y 2do capital el taypi<br />

Cochabamba<br />

2. Respetar los Símbolos Sagrados del Qullasuyu, la Wiphala de siete<br />

principios de cuatro lados de equidad es la igualdad de derecho.<br />

3. Vivir en un lugar de paraíso con territorio relativo de igualdad en<br />

tres mil Ayllus.<br />

4. El Cóndor (Khunut’uru) se le declara Rey de las Aves, representa a<br />

la autoridad Jilir Jach’a Mallku.<br />

5. Ciudades de Chullpas son obras de nuestros ORIUNDOS de<br />

segunda generación de descendencia de nuestros abuelos de 500<br />

millones años pasados.


6. Wari (Vicuña) Chinchilla, animales y aves son patrimonio regional<br />

del Ayllu y del Estado.<br />

7. Qullqi Marka ciudad del Cerro Rico de Potosí, ciudad de plata son<br />

saqueados en 10 conceptos que significa 10 puentes de oro<br />

saqueada en tiempos de coloniaje en 500 años con los europeos.<br />

8. Ciudad de La Paz, QURI YAPU también fue saqueado en oro, plata<br />

y tesoros escondidos por los españoles.<br />

9. Centros Turístico Acrópolis, lugares incaicos Tiahuanacu,<br />

Wankarani, Viscachani y Chiripa y otras pequeñas ruinas<br />

arqueológicas, etc.<br />

10. Canto al Himno de Qullasuyu. Levantar la gente para el mundo la<br />

Wiphala, sin quitar el sombrero, el sombrero es una mando<br />

representa el territorio Qollasuyo.<br />

11. Trazar el Escudo Nacional en tipo sobre (Cruz Andina)<br />

12. Reinstaurar nombres nativos, renombrar con nombres de Mitología,<br />

las Instituciones de Educación, Cultural y Asociación y llevar la<br />

identificación de dos nombres español y originario.<br />

13. Ningún mestizo analista puede descifrar la verdad de los conceptos<br />

históricos de QUELLQA y de KIPUS ni serian autores recopilantes<br />

de la cultura ancestral sólo los indios son autores en Filosofía<br />

Cultural.<br />

14. La multiculturalidad avanzará en constancia ya controlado por el<br />

Ministerio de Cultura.<br />

ARTÍCULO 76.- Administración del Ayllu enriquecer bancos de Ayllu<br />

prestamos a los países con altos intereses son objetivos del Dueño de<br />

Casa reactivar la moneda Qulla.<br />

ARTÍCULO 77.- Organizar la prensa formadora de la doctrina del<br />

Ayllu, expresar uso y costumbres, instalar Radio y Televisión de<br />

propaganda al libre pensamiento, ideología, religión y cultura para<br />

establecer un país de alta culturalidad.<br />

ARTÍCULO 78.- El Ayllu tentas, tecoas y capitanías para el mundo<br />

subdesarrollado son intermediador, donde no hay mortalidad ni<br />

prostitución, la Ley establece a favor de Vida Sana para la Humanidad.<br />

30


ARTÍCULO 79.- Relación Técnica de crear la industrialización con<br />

simple técnico industrial el trabajador, los inquilinos ó extranjeros<br />

bienvenidos, ejecución de múltiples industrializaciones a Favor de los<br />

Sociales Indígenas.<br />

31<br />

BOLO SIETE<br />

DERECHOS DE RESARCIMIENTOS<br />

CAPITULO 1<br />

INDEMNIZATORIA INTERNO Y EXTERNO<br />

ARTÍCULO 80.- Para intrusos ajenos internos, la Ley declara cualquiera<br />

que fueran los daños al Ayllu por perjuicios deben pagar la<br />

indemnización por daños los agravantes.<br />

1. Derecho resarcimiento del Ayllu, los Bolivianos terratenientes ex<br />

hacendados y propiedad privada por haber explorado o explotado el<br />

mitayo o pongueaje, pagar el resarcimiento civil.<br />

2. Pagar por haber explorado o explotado el petróleo y gas natural por<br />

vender a menor costo, enjuiciar a los mestizos corruptos.<br />

3. Derecho Acrópolis por haber sido declarado con nombres<br />

occidentales a los patrimonios culturales, pagar el resarcimiento.<br />

4. Pagar por el derecho pernada los españoles y patrones y<br />

mayordomo por abuso y violación a nuestros abuelas indígenas,<br />

forzoso resarcimiento por haber destruido los templos y centros<br />

sagrados.<br />

5. Pagaran los ex funcionarios, Ejecutivos, Legislativos y Judiciales<br />

por haber condenado a los pobres indios, deben informar en forma<br />

escrita las cuentas para defensa de liberación, pedir la rendición de<br />

cuentas a los ministerios de de ex Hacienda.<br />

ARTÍCULO 81.- Derecho de Resarcimiento Externo:<br />

1. Países vecinos pagaran por usurpación territorial, Perú, Brasil,<br />

Paraguay, Argentina y mucho más Chile por haber cerrado el puerto<br />

territorial y por Aguas del Silala.<br />

2. Pagaran los Europeos por 514 años de explotación de 10 conceptos<br />

de saqueo, 7 puentes de oro y 3 puentes de plata, desde Sevilla


(España) a Potosí se hace 30 mil Km. lineales, cada puente equivale<br />

un promedio, 2.357,082,000,000,000,000 Billones de dólares de dos<br />

millones trescientos cincuenta y siete mil ochenta y dos billones,<br />

mil millones..<br />

3. El Gobierno de España también debe resarcir de cobros de impuesto<br />

de la corona, los abuelos indígena en tiempos de cacique pagaron<br />

cada uno 4 fanegas de oro en tres veces y pagar los resarcimiento de<br />

la Reforma Agraria por la distribución sin consultar al dueño de<br />

casa los departamentos y provincias y pagar sobre el Saneamiento<br />

de la Ley INRA. Que hayan vendido tierras a los extranjeros por<br />

haber saneado tierras del oriente Boliviano ficticia.<br />

ARTÍCULO 82.- El Gobierno Nativo tiene especifico en dar el Juicio de<br />

Responsabilidades de indiminizatoria a Europa sobre el saqueo de 514<br />

años de invasión, durante los años Republicanos nadie y ningún Gobierno<br />

instaba el resarcimiento solo hizo el ex diputado de MITKA Dr.<br />

Constantino Lima, ahora reactivar juntos con una masiva de firmas hasta<br />

conseguir la indemnización quedan en vigente las Leyes Constitucionales<br />

nadie se contradecirá y sancionará el Gobierno Nativo Indígena Legitimo,<br />

sancionara y promulgara con el dueño de casa.<br />

Ley Honorífico del Pueblo Originario de 3 mil Ayllus de Qullasuyu.<br />

Comuníquese, publíquese hasta estrados Nacionales e Internacionales<br />

hasta el último rincón del mundo es Constituido y reconstituyen los<br />

8.750.000 habitantes indígenas DUEÑOS DE CASA.<br />

Firmas y Referendos por el Presidente Constitucional<br />

Comisión de Asambleístas MAS – IPSP Distrito 5<br />

Circunscripción 14 a base de 500 miembros Militantes<br />

Concertación, trabajo nueva<br />

Constitución de proyecto de 500 a<br />

Cientos años futuros:<br />

Responsable: <strong>Amauta</strong> Julio Quispe Ramos<br />

32


33<br />

Félix Mario Choque Gavino Guarachi Sarate<br />

Juan Suxo Quispe Faustino Rojas Ramos<br />

Angel Condori Max Apaza Mollo<br />

Constantino Lima Chavez Emilio Magne Copa<br />

Lucio Chavez Quispe Domingo Copana<br />

Senovio Condori Hortensia Cachi<br />

Quintina Cantunta Antonio Rodrigo Inojosa

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