FINANCIAMIENTO ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD 2013
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MINSAL con base a la Ley Nº 19.378, determina el aporte estatal a<br />
municipios, el que se compone de:<br />
a) Los recursos ligados al art. 49 y (b) los vinculados al art. 56,<br />
tercer párrafo:<br />
“En el caso que las normas técnicas, planes y programas que se<br />
impartan con posterioridad a la entrada en vigencia de esta ley<br />
impliquen un mayor gasto para la municipalidad, su financiamiento<br />
será incorporado a los aportes establecidos en el artículo 49.“<br />
Los aportes vía programas, (mecanismo de pago prospectivo) de<br />
APS, se suman al aporte estatal, luego, estos recursos (vía<br />
convenios), son transferidos por los SS a las Municipalidades que<br />
administran salud.<br />
Gobierno de Chile / Ministerio de Salud<br />
MARCO LEGAL<br />
APORTE ESTATAL APS MUNICIPAL