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FINANCIAMIENTO ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD 2013

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MINSAL con base a la Ley Nº 19.378, determina el aporte estatal a<br />

municipios, el que se compone de:<br />

a) Los recursos ligados al art. 49 y (b) los vinculados al art. 56,<br />

tercer párrafo:<br />

“En el caso que las normas técnicas, planes y programas que se<br />

impartan con posterioridad a la entrada en vigencia de esta ley<br />

impliquen un mayor gasto para la municipalidad, su financiamiento<br />

será incorporado a los aportes establecidos en el artículo 49.“<br />

Los aportes vía programas, (mecanismo de pago prospectivo) de<br />

APS, se suman al aporte estatal, luego, estos recursos (vía<br />

convenios), son transferidos por los SS a las Municipalidades que<br />

administran salud.<br />

Gobierno de Chile / Ministerio de Salud<br />

MARCO LEGAL<br />

APORTE ESTATAL APS MUNICIPAL

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