a s P t gone a - Patagones Rent a Car
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Datos del Locatario<br />
Apellido y Nombre:<br />
Domicilio Real:<br />
Teléfono particular: Tel.Celular:<br />
Ocupación: Tel.Comercial:<br />
Domicilo Comercial:<br />
Documento/Pasaporte:<br />
Nacionalidad:<br />
Licencia conductor Nº: Vto.:<br />
Localidad.: Prov.<br />
Domicilio Local:<br />
Apellido y Nombre:<br />
Documento/Pasaporte:<br />
Licencia conductor Nº: Vto.:<br />
Localidad.: Prov.<br />
Tarjeta de Crédito: Banco<br />
Titular:<br />
Nº:<br />
a<br />
R E N T A C A R<br />
P ta<strong>gone</strong>s Conductor Adicional:<br />
Forma de Pago:<br />
Vto.: Cod. Seg.:<br />
Tarifa Contratada:<br />
Días Km autorizados Por Km excedente $:<br />
SEGURO CONTRA TODO RIESGO:<br />
Firma:<br />
Con Franquicia $<br />
Con Franquicia $<br />
Depósito de Garantía:<br />
Efectivo:<br />
Cheque Nº:<br />
Cupón Tarjeta:<br />
Observaciones<br />
NOTA:<br />
Tarija 695<br />
S.C. de Bariloche<br />
Tel. 0294-4522324<br />
Cel. 0294-154565110<br />
0294-154369503<br />
info@pata<strong>gone</strong>srentacar.com.ar<br />
www.pata<strong>gone</strong>srentacar.com.ar<br />
Efectivo Tarjeta<br />
Hora Adic.: $<br />
Robo parcial y daños menores<br />
Robo total, vuelco, destrucción total<br />
y / o Choque Frontal<br />
Firma Conductor Adicional:<br />
Este vehículo no está autorizado a salir de la República Argentina<br />
sin el permiso que lo habilite, extendido por Pata<strong>gone</strong>s <strong>Rent</strong> a <strong>Car</strong><br />
X Contrato<br />
DUCUMENTO<br />
NO VALIDO<br />
COMO FACTURA<br />
Firma Agencia:<br />
Datos del Vehículo<br />
Marca: Modelo:<br />
Color:<br />
Patente:<br />
Kms. Salida: Kms. Llegada:<br />
Combustible Salida: Entrada:<br />
Validez del Contrato<br />
Salida Retorno<br />
Ciudad: Ciudad:<br />
Desde las hs. Hasta las hs.<br />
Fecha: Fecha:<br />
Lugar: Lugar:<br />
Combustible no incluido en tarifas.<br />
He leído los Términos y Condiciones de este documento y del<br />
contrato de alquiler que se detallan por separado, el cual me ha<br />
sido entregado en este acto y estoy de acuerdo en todo con<br />
los mismos.<br />
He verificado el correcto estado y funcionamiento del vehículo<br />
que recibo en este acto y declaro estar en un todo de acuerdo<br />
con el mismo, por lo cual firmo de total conformidad.<br />
Firma:<br />
Daños del Vehículo<br />
en la entrega: en la recepción<br />
Cierre del contrato<br />
Fecha:<br />
Hora:<br />
Firma Agencia:<br />
Firma Cond. Adic.:
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO SUSCRIPTO<br />
1) Pata<strong>gone</strong>s <strong>Rent</strong> a <strong>Car</strong> que en adelante se denominará LA LOCADORA da en alquiler al locatario, quien se ha identificado en el dorso de este contrato, un<br />
vehículo, también identificado al dorso de este contrato, en perfecto estado de conservación y funcionamiento.<br />
Este contrato se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones que se estipulan de común acuerdo y que el locatario expresamente declara conocer y aceptar.<br />
2) El vehículo que se le entrega objeto del presente contrato, es de propiedad de la LOCADORA y está en todo de acuerdo con ello.<br />
3) El locatario destinará el automóvil exclusivamente al transporte de personas, sin fines de lucro y no podrá sublocarlo ni cederlo en modo alguno.<br />
4) El locatario no podrá considerarse en ningún caso como representante, empleado, gestor, agente o mandatario de la LOCADORA.<br />
5) La duración, de este contrato es por el plazo pactado en el frente del mismo. Vencido este plazo el locatario está obligado a devolver el vehículo - en el mismo<br />
estado en que lo recibió - no pudiendo alegar táctica reconducción o renovación del mismo por ningún motivo. En consecuencia la LOCADORA podrá exigir la<br />
inmediata devolución del vehículo oportunamente locado que fuera objeto del contrato ya vencido y arbitrar todos los medios que sean necesarios a fin de recuperar<br />
el mismo en el lugar que más le convenga, sin importar el lugar en que se encuentre el rodado, sin oposición o recurso alguno por parte del locatario, quién renuncia<br />
expresamente desde ahora a las excepciones que pudiera oponer. Sin perjuicio de todo ello el locatario se obliga en forma lisa y llana a pagar todo el tiempo en<br />
exceso del plazo oportunamente pactado. En el caso que los importes devengados por el uso en exceso del tiempo pactado, superen los importes o valores dejados<br />
en garantía, la LOCADORA podrá reclamar vía judicial el cobro del saldo que supere esa suma de Garantía, con más los daños y perjuicios que se dimanen del<br />
incumplimiento.<br />
6) El locatario se obliga a pagar a la LOCADORA el valor de todo el tiempo, el kilometraje, combustible y otros cargos que pudieran derivar del uso del vehículo<br />
pactado en este contrato y liquidados por la LOCADORA en el momento de la finalización del mismo y con las tarifas especificadas en el frente de este contrato. La<br />
LOCADORA podrá exigir su pago por la vía judicial para lo cual este contrato se constituirá en suficiente título ejecutivo sin necesidad de requerimiento alguno, para<br />
lo cual el locatario renuncia expresamente en este acto. Todos los gastos derivados del incumplimiento en la cancelación de este contrato, incluídos intereses,<br />
deberán ser abonados por el locatario.<br />
7) El locatario deja depósitos de garantía indicados en el frente del contrato, valores a fin de garantizar el cumplimiento de este contrato y de las obligaciones en él<br />
contraídas o que pudieran derivarse del mismo. En este acto el locatario faculta a la LOCADORA para disponer total o parcialmente de dicha suma a fin de cubrir los<br />
daños y/o perjuicios ocasionados por el mal uso de sus derechos o por el incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones que ha contraído mediante la firma<br />
del presente contrato, sin necesidad de previo aviso ni otra formalidad o requerimiento. En este caso que el locatario deje como depósito de garantía un cupón de<br />
tarjeta de crédito firmado en blanco, éste autoriza y faculta expresamente a la LOCADORA para llenarlo y cobrarlo en cualquier momento y sin previo aviso, por los<br />
importes que la LOCADORA liquide a cargo del locatario de acuerdo a las cláusulas del presente contrato.<br />
8) El locatario se obliga a no conducir el vehículo en las siguientes condiciones y circunstancias: a) Bajo influencias de drogas o estupefacientes o estado de<br />
embriaguez. B) En cualquier prueba de velocidad y/o carrera de competencia. C) Remolcando a otro vehículo. D) Violando normas y/o reglamentos de tránsito. E)<br />
Prestando funciones de transporte público o comercial cobrando o no pasajes. F) En cualquier actividad ilícita. G) Transportando más pasajeros u ocupantes que<br />
los establecidos para el tipo o categoría de vehículo locado en la póliza de seguro del mismo, que declara conocer y aceptar, por haberla leído antes de este acto. H)<br />
Abandonar el territorio de la República Argentina sin la correspondiente autorización. I) Transitar por caminos que no hayan sido autorizados oficialmente como<br />
expeditos a tal efecto por las autoridades competentes correspondientes .<br />
9) El locatario se compromete a cumplir estrictamente todas las cláusulas de este contrato y a no impedir en modo alguno el normal funcionamiento del velocímetro<br />
del vehículo locado y o marcador de distancia recorrida. En el caso de rotura o mal funcionamiento del mismo deberá hacerlo conocer a la LOCADORA en forma<br />
inmediata, en caso contrario queda aceptado y convenido que la LOCADORA determinará un costo extra o adicional de 500 kilómetros diarios hasta la finalización<br />
del presente contrato o devolución del vehículo locado, según las tarifas pactadas en el frente del presente contrato, obligándose el locatario a abonar las mismas<br />
sin más trámite a la LOCADORA. Ello sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales que pudieran corresponder.<br />
10) El locatario, una vez cumplido el plazo de contrato, se obliga a devolver inmediatamente el vehículo y entregarlo en el domicilio de la LOCADORA o donde se<br />
hubiera pactado, en el mismo perfecto estado en que lo recibió, comprometiéndose a resarcir a la LOCADORA y/o a su compañía aseguradora y/o a terceros los<br />
siguientes eventos: a) Cualquier daño a la propiedad causado al vehículo locado o por el mismo. B) Los daños efectuados a personas que viajen en el mismo. C)<br />
Daños a terceras personas. D) Las multas por las violaciones a las normas de tránsito municipales, provinciales y/o nacionales que cometan o se le imputen,<br />
incurridas mientras el tiempo en que el rodado estuvo en su poder (ya sea física o jurídicamente). También correrán por su cuenta los daños y perjuicios que<br />
pudieren ocasionarse por ser retenido el vehículo por las autoridades, después de haberlo recibido de la LOCADORA.<br />
11) En caso de ser retenido el vehículo por cualquier autoridad nacional, provincial y/o municipal competente, y debido a causas imputables al locatario, estarán a<br />
su cargo todos los trámites e importes por grúas, multas, acarreo, guarda, etc., A fin de lograr la restitución o recupero del vehículo locado. Todos los gastos de<br />
traslados y/o acarreos que no sea imputables a la locadora serán a cargo del locador.<br />
12) La LOCADORA no reintegrará al locatario importe alguno que haya sido abonado por ésta en concepto de reparaciones, mano de obra, repuestos o por<br />
cualquier otro concepto que no haya sido autorizado por la LOCADORA de manera fehacientemente. Las reparaciones de los daños y/o averías que por cualquier<br />
causa le ocasionaren al vehículo locado, se harán en la forma y lugar indicados por la LOCADORA, y cuando ella lo considere conveniente.<br />
13) En caso de accidente el locatario se obliga a dar aviso fehaciente a la LOCADORA dentro de las 24 horas de ocurrido, detallando en forma escrita los daños<br />
ocurridos al vehículo locado, personas transportadas y terceros perjudicados, comprometiéndose también a realizar en igual plazo la denuncia policial<br />
correspondiente, la cual será entregada a la LOCADORA. También se compromete a no aceptar culpabilidad en el mismo, mi hacer ningún tipo de acuerdo con<br />
terceros, prestando toda la colaboración posible para esclarecer el accidente. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos, hará responsable al locatario de<br />
todos los daños y/o perjuicios que se causaren a la LOCADORA.<br />
14) Si hubiera pérdida total del vehículo locado por accidente, robo, hurto y la Cía. Aseguradora se negare a pagarlo, el locatario se obliga a pagar el valor de<br />
reposición del mencionado vehículo. Si la Cía. Aseguradora acepta pagar el siniestro estará a cargo del locatario la franquicia si la hubiere, en los montos suscriptos<br />
por él al dorso de este contrato, y la indemnización por lucro cesante que se cauce a la LOCADORA, hasta la fecha en que la Cía. Aseguradora cancele el importe<br />
del vehículo siniestrado o lo reponga.<br />
15) El locatario acepta pagar la franquicia, el lucro cesante y el saldo del valor que no cubra el seguro para atender las reparaciones o reposición de la unidad.<br />
16) El locatario pagará a la LOCADORA el valor de todo daño mecánico que a criterio y entender de la LOCADORA haya causado el locatario al vehículo locado por<br />
malos tratos o descuidos en su conducción y las averías por accidente que no sean cubiertas por la Cía. Aseguradora producidos durante el tiempo de vigencia del<br />
contrato los que sucedan en cualquier momento por abandono del vehículo sin que este hubiera sido recibido por la LOCADORA. Además el locatario queda<br />
obligado a pagar a la LOCADORA el lucro cesante que se ocasionare por los días que el vehículo permanezca en reparación debido a los malos tratos o averías por<br />
accidente sufridos por el vehículo con o sin culpa de su parte durante el término del presente contrato. La indemnización por lucro cesante se cobrará de acuerdo a<br />
la tarifa pactada en este contrato.<br />
17) La LOCADORA deberá comunicar al locatario la liquidación final por arreglos y lucro cesante y el locatario autoriza expresamente a que se utilice los importes<br />
o valores dejados en garantía hasta que se consuma en su totalidad y toda suma que exceda deberá ser abonada dentro de las 48 hs. De recibida la comunicación<br />
por carta documento. Si no se abonara la deuda en tiempo y forma, queda expedida la acción judicial por el importe excedente de tender los gastos originados por<br />
el vehículo locado.<br />
18) La conformidad de la LOCADORA al recibir el vehículo locado, tendrá que acreditarse con el recibo pertinente que deberá entregar la LOCADORA, mediante la<br />
cual el locatario quedará eximido de las responsabilidades emanadas del presente contrato de locamiento.<br />
19) La LOCADORA no tendrá responsabilidad alguna respecto de los objetos de cualquier naturaleza dejados en el vehículo locado, durante el tiempo del contrato<br />
o después de su finalización. El locatario renuncia a cualquier reclamo contra la LOCADORA por este concepto y asume todos los riesgos de pérdidas y/o daños de<br />
estos objetos.<br />
20) La LOCADORA queda eximida de responsabilidad ante el locatario y/o terceros por las lesiones y o muertes de las personas transportadas en el vehículo<br />
locado, asumiendo tal responsabilidad el locatario de manera exclusiva y excluyente.<br />
21) La LOCADORA podrá exigir al locatario la exhibición del vehículo en el momento y en el lugar que considere oportuno a fin de verificar su estado. Ante la<br />
negativa del locatario, la Locadora podrá resolver de maner ainmediata el presente contrato y recobrar el vehículo.<br />
22) El locatario no podrá dar por finalizado en forma unilateral este contrato, pero si podrá hacerlo la LOCADORA. El contrato se dará por terminado cuando: A) Se<br />
extinga el plazo especificado al dorso y el vehículo no sea devuelto por el locatario a la LOCADORA en el día y hora pactados, ante lo cual el locatario quedará<br />
sometido a las sanciones contempladas en la legislación Civil y Penal vigente, incluyendo el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios sin perjuicio de lo<br />
estipulado en la cláusula 13, 14, 15 y 16 de este contrato. B) Ante el incumplimiento por parte del locatario del depósito de garantía, renunciando el locatario a todo<br />
requerimiento judicial o privado.<br />
23) El locatario declara conocer en todas sus cláusulas y condiciones, la póliza de seguro que cubre el vehículo locado. La protección brindada por la póliza de<br />
seguro serán efectivas cuando la Cía. Aseguradora y la LOCADORA acepten el siniestro.<br />
24) La LOCADORA ofrece al locador la opción de la contratación de una póliza de Accidentes Personales que se regirá por las condiciones que se indican en la<br />
mencionada póliza.<br />
25) Las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la ciudad de San <strong>Car</strong>los de Bariloche, renunciando a cualquier otro fuero y/o jurisdicción<br />
que tuvieren y/o que pudieren tener, señalando como domicilios los indicados en este contrato, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales y o<br />
extrajudiciales que se efectúen con motivo de este contrato.<br />
26) El presente contrato es subscripto bajo los principios de la buena fe y el leal cumplimiento de las obligaciones libremente contraidas por ambas partes, teniendo<br />
en cuenta las particularidades del mismo.