Convocatoria Licitación - Fidena
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17.2 GARANTIA DE DEFECTOS DE FABRICACIÓN Y VICIOS OCULTOS.<br />
El “Proveedor” otorgará a favor del “Fideicomiso”, una fianza para garantizar los defectos de<br />
fabricación y vicios ocultos de los bienes objeto de este instrumento. La póliza será por el<br />
equivalente al 10% del monto total de este contrato, sin incluir el IVA, la cual deberá ser<br />
otorgada por una Institución de Fianzas debidamente autorizada y presentarse dentro de un<br />
plazo de diez días naturales siguientes a la firma del contrato correspondiente.<br />
Las fianzas antes descritas deberán contener las siguientes declaraciones expresas de la<br />
Institución de Fianzas que la expida:<br />
e) Que se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato.<br />
f) Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por<br />
escrito del “Fideicomiso”.<br />
g) Que la fianza continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del<br />
contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que<br />
se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, salvo<br />
que las partes se otorguen el finiquito.<br />
h) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución<br />
previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas,<br />
aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago<br />
extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.<br />
Las fianzas se cancelarán cuando el “Proveedor” haya cumplido con todas y cada una de las<br />
obligaciones que se derivan de este contrato, previa conformidad expresa y por escrito del<br />
“Fideicomiso”.<br />
Mientras el “Prestador de Servicios” no entregue la póliza de fianza al “Fideicomiso”, aquél<br />
estará obligado a cumplir con todas las obligaciones que le deriven de este contrato, pero no<br />
podrá exigir ninguno de los derechos a su favor.<br />
Nota: El “Proveedor” adjudicado para la partida 1, la vigencia de la fianza de defectos de<br />
fabricación y vicios ocultos iniciara a partir de la instalación y puesta en marcha.<br />
18. RESPONSABILIDADES.<br />
Si el “Proveedor” no hizo las debidas consideraciones técnicas y financieras en su propuesta,<br />
el hecho de adjudicársele el “Contrato”, no lo exime del estricto cumplimiento de las<br />
condiciones establecidas en la “<strong>Convocatoria</strong>”.<br />
19. PENAS CONVENCIONALES.<br />
El “Licitante” ganador cubrirá al “Fideicomiso” por concepto de pena convencional y/o<br />
deducciones por incumplimiento parcial o deficiente, atento a lo dispuesto por el artículos 53, 53<br />
bis de la “LAASSP”, y 95 de su “Reglamento”.<br />
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA PRESENCIAL DE CARÁCTER INTERNACIONAL No. 09225001-04-10.<br />
PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y RECREATIVO<br />
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