14.10.2013 Views

Convocatoria Licitación - Fidena

Convocatoria Licitación - Fidena

Convocatoria Licitación - Fidena

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

17.2 GARANTIA DE DEFECTOS DE FABRICACIÓN Y VICIOS OCULTOS.<br />

El “Proveedor” otorgará a favor del “Fideicomiso”, una fianza para garantizar los defectos de<br />

fabricación y vicios ocultos de los bienes objeto de este instrumento. La póliza será por el<br />

equivalente al 10% del monto total de este contrato, sin incluir el IVA, la cual deberá ser<br />

otorgada por una Institución de Fianzas debidamente autorizada y presentarse dentro de un<br />

plazo de diez días naturales siguientes a la firma del contrato correspondiente.<br />

Las fianzas antes descritas deberán contener las siguientes declaraciones expresas de la<br />

Institución de Fianzas que la expida:<br />

e) Que se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato.<br />

f) Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por<br />

escrito del “Fideicomiso”.<br />

g) Que la fianza continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del<br />

contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que<br />

se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, salvo<br />

que las partes se otorguen el finiquito.<br />

h) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución<br />

previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas,<br />

aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago<br />

extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.<br />

Las fianzas se cancelarán cuando el “Proveedor” haya cumplido con todas y cada una de las<br />

obligaciones que se derivan de este contrato, previa conformidad expresa y por escrito del<br />

“Fideicomiso”.<br />

Mientras el “Prestador de Servicios” no entregue la póliza de fianza al “Fideicomiso”, aquél<br />

estará obligado a cumplir con todas las obligaciones que le deriven de este contrato, pero no<br />

podrá exigir ninguno de los derechos a su favor.<br />

Nota: El “Proveedor” adjudicado para la partida 1, la vigencia de la fianza de defectos de<br />

fabricación y vicios ocultos iniciara a partir de la instalación y puesta en marcha.<br />

18. RESPONSABILIDADES.<br />

Si el “Proveedor” no hizo las debidas consideraciones técnicas y financieras en su propuesta,<br />

el hecho de adjudicársele el “Contrato”, no lo exime del estricto cumplimiento de las<br />

condiciones establecidas en la “<strong>Convocatoria</strong>”.<br />

19. PENAS CONVENCIONALES.<br />

El “Licitante” ganador cubrirá al “Fideicomiso” por concepto de pena convencional y/o<br />

deducciones por incumplimiento parcial o deficiente, atento a lo dispuesto por el artículos 53, 53<br />

bis de la “LAASSP”, y 95 de su “Reglamento”.<br />

CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA PRESENCIAL DE CARÁCTER INTERNACIONAL No. 09225001-04-10.<br />

PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y RECREATIVO<br />

22

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!