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PERFIL 86 - Karate Ocaña

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LA SALA TERCERA<br />

DEL TRIBUNAL SUPREMO<br />

ACUERDA ANULAR LA MULTA<br />

CONTRA EL AYUNTAMIENTO DE<br />

OCAÑA DE 472.038,34 EUROS<br />

POR EL VERTIDO DE AGUAS<br />

RESIDUALES AL ARROYO<br />

DE LOS YESARES<br />

Visto el recurso contencioso-administrativo<br />

interpuesto por el Ayuntamiento<br />

de <strong>Ocaña</strong> contra el acuerdo del Consejo<br />

de Ministro de fecha 28/08/2009 por el<br />

que impuso al Ayuntamiento de <strong>Ocaña</strong> una<br />

multa como responsable de una infracción<br />

muy grave consistente en el vertido<br />

de aguas residuales al arroyo de los<br />

Yesares procedente de la Estación<br />

Depuradora de Aguas Residuales de<br />

<strong>Ocaña</strong>, la Sala Tercera (Sección Quinta)<br />

del Tribunal Supremo ha estimado dicho<br />

recurso, anulando la resolución que<br />

imponía al Ayuntamiento de <strong>Ocaña</strong> a<br />

pagar una multa de 472.038,34 euros<br />

contra la que no cabe recurso ordinario<br />

alguno. Teniendo únicamente que indem-<br />

INFORMACIÓN MUNICIPAL<br />

nizar por daños causados al dominio<br />

público 53.812,80 euros que deberán ser<br />

abonados por la empresa adjudicataria<br />

del servicio.<br />

Sin duda una importante noticia<br />

para el Consistorio ocañense que pone<br />

fin a la dura batalla emprendida durante<br />

estos últimos años y que algunos han utilizado,<br />

como siempre, como arma arrojadiza.<br />

Nos referimos principalmente al<br />

Grupo Municipal Socialista, con Fco. Javier<br />

Ramírez Cogolludo, a la cabeza, que lejos<br />

de apoyar a su Municipio a través del<br />

Ayuntamiento, se dedicó a publicar en<br />

Boletines Informativos del PSOE este<br />

hecho: "… Desde el año 2003 hasta<br />

ahora, el equipo de gobierno del PP ha<br />

hecho caso omiso a estas recomendaciones,<br />

limitándose a incumplir sistemáticamente<br />

la autorización de la CHT al<br />

sobrepasar ampliamente los niveles de<br />

emisiones contaminantes. Por tanto, la<br />

CHT se vio obligada a tramitar un expediente<br />

como falta muy grave, como<br />

recoge el artículo 117 de la Ley de Aguas,<br />

y por ello, es el Consejo de Ministros<br />

quien impone la sanción. Esta Sanción<br />

no es por motivaciones políticas del<br />

PSOE contra el PP (como ha declarado el<br />

Alcalde) (…) sino por el incumplimiento<br />

de las obligaciones a que nos tiene<br />

acostumbrados el señor Alcalde con el<br />

beneplácito de los Concejales del Equipo<br />

de Gobierno…" (Boletín Informativo del<br />

PSOE, noviembre de 2009).<br />

O en diferentes medios de comunicación,<br />

donde, aprovechando que estábamos<br />

en periodo preelectoral, potencia,<br />

exagera y descontextualiza el tema de los<br />

vertidos con afirmaciones como:<br />

"…Además, sigue relatando los socialistas,<br />

el Consejo de Ministros ha impuesto<br />

al Ayuntamiento de <strong>Ocaña</strong> una sanción<br />

por el vertido de aguas residuales<br />

al arroyo de Los Yesares..." (ABC<br />

2/05/2011).<br />

Esperemos que esta noticia no se<br />

transmita de forma sesgada y sea de igual<br />

forma publicada y extendida, ya que nos<br />

congratula a todos los ocañenses.<br />

Equipo de Gobierno Municipal

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