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CODIGO DE BUEN GOBIERNO 2011.pdf - Indumil

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CÓDIGO <strong>DE</strong> <strong>BUEN</strong> <strong>GOBIERNO</strong><br />

Fecha de Aprobación: 2011/05/24<br />

Numero de Rev. 2<br />

Cód. IM OC DAP CP 001<br />

Página 31 de 39<br />

6 <strong>DE</strong> LAS RELACIONES JURÍDICAS Y ECONÓMICAS CON LOS PROVEEDORES<br />

6.1 RÉGIMEN APLICABLE<br />

Los actos que INDUMIL realiza para el logro de sus actividades industriales y comerciales,<br />

están sujetos a las reglas del derecho privado y a la jurisdicción ordinaria conforme a las<br />

normas de competencia sobre la materia. Aquellas que realice para el cumplimiento de<br />

las funciones administrativas que le haya confiado la ley, son actos administrativos y están<br />

sujetos al procedimiento gubernativo contemplado en el Código Contencioso<br />

Administrativo.<br />

Actos y Contratos Son actos administrativos aquellos que realiza INDUMIL en<br />

cumplimiento de sus funciones, igualmente puede constituir sociedades o compañías con<br />

otras personas naturales o jurídicas conforme a las disposiciones legales.<br />

La responsabilidad de la dirección y manejo de la actividad contractual es exclusiva del<br />

Gerente o Representante Legal, quien no puede trasladarla a la Junta Directiva, ni a las<br />

corporaciones de elección popular, ni a los comités asesores, ni a los organismos de<br />

control y vigilancia de la misma.<br />

Régimen Contractual Los contratos que celebra INDUMIL se rigen por las disposiciones<br />

comerciales y civiles pertinentes, salvo en las materias particularmente reguladas en el<br />

estatuto de contratación, Ley 80 de 1993 modificada por la Ley 1150 de 2007, y demás<br />

normas que lo reglamenten, modifiquen, adicionen o sustituyan.<br />

Los contratos celebrados en el exterior se rigen en su ejecución por las reglas del país<br />

donde se haya suscritos, al menos que deban cumplirse en Colombia.<br />

Los contratos que se celebran en Colombia y deban ejecutarse o cumplirse en el<br />

extranjero, podrán someterse a la ley extranjera.<br />

Los contratos financiados con fondos de los organismos multilaterales de crédito o<br />

celebrados con personas extranjeras de derecho público u organismos de cooperación,<br />

asistencia o ayuda internacionales, podrán someterse a los reglamentos de tales<br />

entidades en todo lo relacionado con procedimientos de formación y adjudicación y<br />

cláusulas especiales de ejecución, cumplimiento, pago y ajustes.<br />

No Controlado Emite a: PUBLICACIÓN SYNERGY Número de copia : N/A

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