CUADRO RESUMEN DE TRÁMITES PARA LA ... - FOL
CUADRO RESUMEN DE TRÁMITES PARA LA ... - FOL
CUADRO RESUMEN DE TRÁMITES PARA LA ... - FOL
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
<strong>CUADRO</strong> <strong>RESUMEN</strong> <strong>DE</strong> <strong>TRÁMITES</strong> <strong>PARA</strong> <strong>LA</strong> CONSTITUCIÓN <strong>DE</strong> EMPRESAS<br />
1<br />
TIPOS<br />
TRÀMITES<br />
AUTÓNOMO<br />
SOCIEDAD CIVIL<br />
COMUNIDAD <strong>DE</strong> BIENES<br />
SOCIEDAD LIMITADA<br />
SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA<br />
SOCIEDAD ANÒNIMA<br />
SOCIEDAD LIMITADA <strong>LA</strong>BORAL<br />
SOCIEDAD ANÒNIMA <strong>LA</strong>BORAL<br />
COOPERATIVA<br />
RÉGIM <strong>DE</strong> ALTA EN <strong>LA</strong> SEGURIDAD SOCIAL<br />
VER<br />
VER<br />
VER<br />
VER<br />
VER<br />
VER<br />
VER<br />
VER<br />
VER<br />
VER<br />
Formación y Orientación Laboral (<strong>FOL</strong>)<br />
Santillana Formación Profesional<br />
Elaboración: Manolo Ortega. Enero 2012
INICIO<br />
AUTÓNOMO<br />
SOCIEDAD CIVIL Y COMUNIDAD BIENES<br />
SOCIEDAD LIMITADA Y ANÓNIMA<br />
<strong>TRÁMITES</strong><br />
SOCIEDAD <strong>LA</strong>BORAL<br />
SOCIEDAD COOPERATIVA<br />
2<br />
AUTÓNOMO<br />
<strong>TRÁMITES</strong><br />
1 - Alta declaración censal Es una declaración de inicio, modificación o cese de actividad que tienen<br />
que presentar los empresarios, profesionales y otros obligados<br />
tributarios. Hacienda.<br />
Antes del inicio de la actividad.<br />
2 - Alta Impuesto de Actividades Económicas Es un tributo de carácter local que graba el ejercicio de actividades<br />
económicas, artísticas o profesionales (exentas importes
INICIO<br />
AUTÓNOMO<br />
SOCIEDAD CIVIL Y COMUNIDAD BIENES<br />
SOCIEDAD LIMITADA Y ANÓNIMA<br />
SOCIEDAD <strong>LA</strong>BORAL<br />
SOCIEDAD COOPERATIVA<br />
<strong>TRÁMITES</strong><br />
3<br />
SOCIEDAD CIVIL Y COMUNIDAD <strong>DE</strong> BIENES<br />
TRÀMITES<br />
1 - Redacción del contrato privado. Si se aportan bienes inmuebles habrá que redactarlo en escritura pública. Habrá que aportarlo a Hacienda para<br />
solicitar el CIF.<br />
Contenido orientativo: capital social, distribución de pérdidas, socios, disolución, administración y representación,<br />
aportaciones (en la Comunitat de Corderos), reparto de beneficios, uso de elementos comunes...<br />
2 - Pago del Impuesto de Transmisiones<br />
Patrimoniales y Actos Jurídicos<br />
Documentados.<br />
3 - Solicitud CIF, Declaración Censal y<br />
Impuesto Actividades Económicas.<br />
Impuesto que graba constitución, aumento de capital, fusión, transformación, disolución. Treinta días el<br />
otorgamiento.<br />
CIF: Sirve para identificar la sociedad. Treinta días otorgamiento escritura.<br />
IAE: Es un tributo de carácter local que graba el ejercicio de actividades económicas, artísticas o profesionales<br />
(exentas importes
INICIO<br />
AUTÓNOMO<br />
SOCIEDAD CIVIL Y COMUNIDAD BIENES<br />
SOCIEDAD LIMITADA Y ANÓNIMA<br />
SOCIEDAD <strong>LA</strong>BORAL<br />
SOCIEDAD COOPERATIVA<br />
<strong>TRÁMITES</strong><br />
4<br />
SOCIEDAD LIMITADA Y SOCIEDAD<br />
ANÓNIMA<br />
TRÀMITES<br />
1 - Solicitud de certificado negativo de<br />
denominación social.<br />
Se trata de un certificado que acredita que el nombre escogido para la sociedad no existe y lo usa otra empresa. Antes de la escritura.<br />
Validez de 3 meses. Registro Mercantil Central.<br />
2 - Apertura de cuenta bancaria. Con el certificado anterior se abrirá una cuenta en un banco de la "sociedad en constitución". Ingresaremos el importe mínimo del capital.<br />
según los casos. El banco hará un certificado que tendremos que presentar al notario.<br />
3 Redacción de Estatutos y Escritura de<br />
Constitución.<br />
Estatutos: Documento que contine las normas de funcionamiento de la sociedad.<br />
Escritur de constitución: Documento público que acredita la existencia de la sociedad.<br />
4- Pago del Impuesto de Transmisiones<br />
Impuesto que graba constitución, aumento de capital, fusión, transformación, disolución. Treinta días el otorgamiento<br />
Patrimoniales y Actos Jurídicos<br />
Documentados.<br />
5 - Inscripción en el Registre Mercantil. La sociedad anónima tendrá que presentar la inscripción en 1 mes desde el otorgamiento de escritura y la sociedad limitada 2 meses.<br />
Con la inscripción la sociedad adquiere personalidad jurídica.<br />
6 - Solicitud CIF, Declaración Censal y<br />
Impuesto Actividades Económicas.<br />
CIF: Sirve para identificar la sociedad. Treinta días otorgamiento escritura.<br />
IAE: Es un tributo de carácter local que graba el ejercicio de actividades económicas, artísticas o profesionales (exentas importes
INICIO<br />
AUTÓNOMO<br />
SOCIEDAD CIVIL Y COMUNIDAD BIENES<br />
SOCIEDAD LIMITADA Y ANÓNIMA<br />
SOCIEDAD <strong>LA</strong>BORAL<br />
SOCIEDAD COOPERATIVA<br />
SOCIEDAD <strong>LA</strong>BORAL<br />
1 - Solicitud de certificado negativo de<br />
denominación social.<br />
TRÀMITES<br />
Se trata de un certificado que acredita que el nombre escogido para la sociedad no existe y lo usa otra empresa. Antes de la escritura.<br />
Validez de 3 meses. Registro Mercantil Central.<br />
2 - Apertura de cuenta bancaria. Con el certificado anterior se abrirá una cuenta en un banco de la "sociedad en constitución". Ingresaremos el importe mínimo del capital.<br />
según los casos. El banco hará un certificado que tendremos que presentar al notario.<br />
3 Redacción de Estatutos y Escritura de<br />
Constitución.<br />
4- Pago del Impuesto de Transmisiones<br />
Patrimoniales y Actos Jurídicos<br />
Documentados.<br />
5 - Inscripción en el Registro Sociedades<br />
Laboraels yMercantiles<br />
6 - Solicitud CIF, Declaración Censal y<br />
Impuesto Actividades Económicas.<br />
<strong>TRÁMITES</strong><br />
Estatutos: Documento que contine las normas de funcionamiento de la sociedad.<br />
Escritura de constitución: Documento público que acredita la existencia de la sociedad.<br />
Impuesto que graba constitución, aumento de capital, fusión, transformación, disolución. Treinta días el otorgamiento<br />
Antes de la inscripción al Reg.. Mercantil se tendrá que inscribir en el Registro de Sociedades Laborales.<br />
La sociedad anónima tendrá que presentar la inscripción en 1 mes desde el otorgamiento de escritura y la sociedad limitada 2 meses.<br />
Con la inscripción la sociedad adquiere personalidad jurídica.<br />
CIF: Sirve para identificar la sociedad. Treinta días otorgamiento escritura.<br />
IAE: Es un tributo de carácter local que graba el ejercicio de actividades económicas, artísticas o profesionales (exentas importes
INICIO<br />
AUTÓNOMO<br />
SOCIEDAD CIVIL Y COMUNIDAD BIENES<br />
SOCIEDAD LIMITADA Y ANÓNIMA<br />
SOCIEDAD <strong>LA</strong>BORAL<br />
SOCIEDAD COOPERATIVA<br />
<strong>TRÁMITES</strong><br />
SOCIEDAD COOPERATIVA<br />
1 - Solicitud de certificado negativo de<br />
denominación social.<br />
TRÀMITES<br />
Se trata de un certificado que acredita que el nombre escogido para la sociedad no existe y lo usa otra empresa. Antes de la escritura.<br />
Validez de 3 meses. Registro Mercantil Central.<br />
2 - Apertura de cuenta bancaria. Con el certificado anterior se abrirá una cuenta en un banco de la "sociedad en constitución". Ingresaremos el importe mínimo del capital.<br />
según los casos. El banco hará un certificado que tendremos que presentar al notario.<br />
3 Redacción de Estatutos y Escritura de<br />
Constitución.<br />
4- Pago del Impuesto de Transmisiones<br />
Patrimoniales y Actos Jurídicos<br />
Documentados.<br />
5 - Inscripción en el Registre de<br />
Cooperatives.<br />
6 - Solicitud CIF, Declaración Censal y<br />
Impuesto Actividades Económicas.<br />
Estatutos: Documento que contiene las normas de funcionamiento de la sociedad.<br />
Las sociedades cooperativas pueden pedir calificación previa.<br />
Escritura de constitución: Documento público que acredita la existencia de la sociedad.<br />
Impuesto que graba constitución, aumento de capital, fusión, transformación, disolución. Treinta días el otorgamiento<br />
Con la inscripción la sociedad adquiere personalidad jurídica.<br />
CIF: Sirve para identificar la sociedad. Treinta días otorgamiento escritura.<br />
IAE: Es un tributo de carácter local que graba el ejercicio de actividades económicas, artísticas o profesionales (exentas importes
INICIO<br />
AUTÓNOMO<br />
SOCIEDAD CIVIL Y COMUNIDAD BIENES<br />
SOCIEDAD LIMITADA Y ANÓNIMA<br />
SOCIEDAD <strong>LA</strong>BORAL<br />
SOCIEDAD COOPERATIVA<br />
7<br />
<strong>TRÁMITES</strong><br />
RÉGIMEN <strong>DE</strong> ALTA EN <strong>LA</strong> SEGURIDAD SOCIAL.<br />
TIPOS <strong>DE</strong> EMPRESA<br />
TRABAJADORES AUTÓNOMOS.<br />
TRABAJADORES AUTÓNOMOS<br />
ECONÓMICAMENTE <strong>DE</strong>PENDIENTES.<br />
SOCIEDA<strong>DE</strong>S CIVILES Y COMUNIDA<strong>DE</strong>S <strong>DE</strong><br />
BIENES<br />
SOCIEDA<strong>DE</strong>S COOPERATIVAS<br />
SOCIEDAD LIMITADA Y ANÓNIMA.<br />
SOCIEDA<strong>DE</strong>S <strong>LA</strong>BORALES<br />
SOCIEDA<strong>DE</strong>S COLECTIVAS I<br />
COMANDITARIAS<br />
RÉGIMEN <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> SEGURIDAD SOCIAL<br />
Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.<br />
El cónyuge y los parientes por consanguinidad hasta el 2º grado que cumplan los siguientes requisitos: colaboración personal, habitual y<br />
directa (no ocasional), no tener la condición de asalariado respecto al trabajador autónomo y el artículo 1.3 del ET también establece la<br />
condición de convivencia.<br />
El trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRA<strong>DE</strong>): Régimen Especial Autónomos<br />
Socios sociedades civiles y comuners: Régimen autónomos. Excepto que su actividad se limite a la administración de los corderos<br />
puestos en común<br />
Los socios deciden el Régimen, pero la opción condiciona la decisión de todos los socios: irán todos al Régimen General o todos al<br />
Régimen de Autónomos.<br />
ADMINISTRADORES O CONSEJEROS :<br />
- si tienen funciones de dirección y gerencia, retribuidos y no tienen más de 1/4 capital: Régimen General asimilado (sin paro ni<br />
FOGASA).<br />
- Sin funciones de dirección y gerencia y no tienen más de 1/3 capital: Régimen General.<br />
- No socios: Régimen General asimilado (sin paro ni FOGASA).<br />
SOCIOS TRABAJADORES:<br />
- Con capital superior 50%: Régimen Autónomos.<br />
- Con capital inferior 50%: 1) si tienen funciones de dirección y gerencia y tienen más de 1/4 capital: Régimen Autónomos. 2) Sin<br />
funciones de dirección y gerencia y no tienen más de 1/3 capital: Régimen General.<br />
3) 50% capital familiares 2.º grado: Régimen autónomos.<br />
SOCIOS TRABAJADORES QUE FORMAN PARTE De ÓRGANOS De ADMINISTRACIÓN:<br />
Régimen General.<br />
SOCIS TREBAL<strong>LA</strong>DORS AMB FUNCIONS <strong>DE</strong> DIRECCIÓ I GERÈNCIA:<br />
Règim General assimilat (sense atur ni FOGASA).<br />
SOCIOS QUE TENGAN CONJUNTAMENTE CON FAMILIARES <strong>DE</strong> 2N GRAU HASTA EL 50% CAPITAL:<br />
Régimen Autónomos.<br />
SOCIOS INDUSTRIALES: Régimen Autónomos.<br />
Formación y Orientación Laboral (<strong>FOL</strong>)<br />
Santillana Formación Profesional<br />
Elaboración: Manolo Ortega. Enero 2012
Normas aplicables en el encuadre en los regímenes de la Seguridad Social:<br />
‐ Art. 1 Ley 20/2007, de 11 de julio del Trabajador Autónomo.<br />
‐ Disposición Adicional 4 de la Ley General de la Seguridad Social (Socios cooperativas).<br />
‐ Disposición Adicional 27 de la Ley General de la Seguridad Social.<br />
‐ Ley 4/1997, de 24 de marzo, de Sociedades Laborales .<br />
‐ Nota: Existen múltiples circunstancias que han sido objete de sentencias por parte de los tribunales que pueden matizar, aclarar o ampliar los supuestos que contiene el<br />
cuadro anterior.<br />
8<br />
Formación y Orientación Laboral (<strong>FOL</strong>)<br />
Santillana Formación Profesional<br />
Elaboración: Manolo Ortega. Enero 2012