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JOVENES Y DERECHOS WEB.pdf

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esponsablemente sobre asuntos relativos a ella, incluyendo<br />

la salud sexual y reproductiva, libres de coacción, discriminación<br />

y violencia. La igualdad de las relaciones entre<br />

hombres y mujeres en asuntos de relaciones sexuales y de<br />

reproducción, incluyendo el respeto total por la integridad<br />

de las personas, requiere de respeto mutuo, consentimiento,<br />

y responsabilidad compartida por el comportamiento<br />

sexual y sus consecuencias”.<br />

En relación a adolescentes, la Plataforma de Beijing<br />

recomienda: “Reconocer las necesidades específicas de<br />

adolescentes e implementar programas específicos apropiados,<br />

tales como educación e información sobre temas de<br />

salud sexual y reproductiva y sobre enfermedades de transmisión<br />

sexual, incluyendo VIH/SIDA, teniendo en cuenta los<br />

derechos de los niños, y los derechos y responsabilidades de<br />

los padres…” (Objetivo C2;g)<br />

Convención Iberoamericana de la Juventud<br />

(CIJ)<br />

Firmada por 17 Estados de la región y ratificada por 7, la<br />

CIJ dedica un artículo específico (Artículo 23) al derecho<br />

a la educación sexual:<br />

“1. Los Estados Parte reconocen que el derecho a la educación<br />

también comprende el derecho a la educación sexual<br />

como fuente de desarrollo personal, afectividad y expresión<br />

comunicativa, así como la información relativa a la reproducción<br />

y sus consecuencias.<br />

2. La educación sexual se impartirá en todos los niveles<br />

educativos y fomentará una conducta responsable en el<br />

ejercicio de la sexualidad, orientada a su plena aceptación<br />

e identidad, así como, a la prevención de las enfermedades<br />

de transmisión sexual, el VIH (SIDA), los embarazos no<br />

deseados y el abuso o violencia sexual.<br />

3. Los Estados Parte reconocen la importante función y responsabilidad<br />

que corresponde a la familia en la educación<br />

sexual de los jóvenes.<br />

4. Los Estados Parte adoptarán e implementarán políticas<br />

de educación sexual, estableciendo planes y programas que<br />

aseguren la información y el pleno y responsable ejercicio<br />

de este derecho. “<br />

Y en relación a la salud reproductiva, el Artículo 25 dice:<br />

“1. Los Estados Parte reconocen el derecho de los jóvenes a<br />

una salud integral y de calidad.<br />

2. Este derecho incluye la atención primaria gratuita, la<br />

educación preventiva, la nutrición, la atención y cuidado<br />

especializado de la salud juvenil, la promoción de la salud<br />

sexual y reproductiva, la investigación de los problemas de<br />

salud que se presentan en la edad juvenil, información y<br />

prevención contra el alcoholismo, el tabaquismo y el uso<br />

indebido de drogas.<br />

3. Tienen igualmente derecho a la confidencialidad y al<br />

respeto del personal de los servicios de salud, en particular,<br />

en lo relativo a su salud sexual y reproductiva”.<br />

Declaración de México: “Prevenir con educación”<br />

Esta es la más reciente y contundente declaración de<br />

compromiso de los gobiernos en materia de educación<br />

sexual. Reunidos en la Ciudad de México en 2008, en el<br />

marco de la XVII Conferencia Internacional de SIDA, los<br />

Ministros de Salud y de Educación de América Latina y el<br />

Caribe firmaron una declaración en la cual respaldan de<br />

nueva cuenta los derechos sexuales y reproductivos de<br />

adolescentes y jóvenes, relevan el papel de la educación<br />

sexual en la prevención de del VIH y los embarazos<br />

no deseados, así como en la protección de la salud en<br />

general, y se comprometen a ampliar su calidad y su cobertura.<br />

Para concretar su compromiso, las y los ministros<br />

fijaron las siguientes metas para 2015:<br />

• Reducir en 75% la brecha en el número de escuelas que<br />

aún no han institucionalizado la educación integral en<br />

sexualidad.<br />

• Reducir en 50% la brecha de adolescentes y jóvenes<br />

que actualmente carece de cobertura de servicios de<br />

salud para atender apropiadamente sus necesidades de<br />

salud sexual y reproductiva.<br />

25<br />

En relación a los servicios amigables, las y los ministros<br />

se comprometen a:<br />

“Asegurar que los servicios de salud para jóvenes sean<br />

amigables y se presten con pleno respeto a la dignidad<br />

humana y que, en el marco de la legislación de cada país,<br />

atiendan necesidades y demandas específicas de salud<br />

sexual y reproductiva de las y los adolescentes y jóvenes,<br />

considerando la diversidad de orientaciones e identidades<br />

sexuales. Asimismo, establecer los mecanismos adecuados<br />

de referencia dentro del sector salud”.<br />

“Asegurar que los servicios de salud provean acceso efectivo<br />

a consejería y pruebas de detección de ITS y VIH; atención<br />

integral de ITS; condones y educación sobre su uso correcto<br />

y consistente; orientación sobre decisiones reproductivas,<br />

incluyendo a personas con VIH, así como el tratamiento<br />

para el uso problemático de drogas y alcohol, para todas las<br />

personas, especialmente las y los adolescentes y jóvenes”.<br />

En el foro de Berlín 2010, Cairo+15<br />

Para avanzar el Programa de Acción de la CIPD se<br />

acuerda:<br />

• Garantizar los derechos sexuales y reproductivos de<br />

adolescentes y jóvenes y empoderar a los y las jóvenes<br />

para que tomen decisiones informadas sobre sus vidas<br />

y su sustento, en un contexto que elimine las barreras<br />

de acceso a un espectro amplio de servicios de salud e<br />

información en salud reproductiva.<br />

• Garantizar confidencialidad y eliminar la necesidad de<br />

consentimiento de padres o esposos y la restricción de<br />

edad para acceder a los servicios de salud.<br />

• Expandir los servicios y asignar los recursos necesarios<br />

para poder entregar servicios amigables efectivos,<br />

continuos, con perspectiva de género, basados en la<br />

evidencia y oportunos, así como una educación sexual<br />

integral.<br />

• Reconocer y respetar las diversidades juveniles y obtener<br />

datos desagregados por edades y por sexo.

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