MACROMAGNITUDES DEL SECTOR AGRARIO: LA P.F.A. , EL ...
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<strong>MACROMAGNITUDES</strong> <strong>D<strong>EL</strong></strong><br />
<strong>SECTOR</strong> <strong>AGRARIO</strong>:<br />
<strong>LA</strong> P.F.A. , <strong>EL</strong> V.A.B. Y <strong>LA</strong><br />
RENTA AGRARIA<br />
FERNANDO NAVARRO ALFARO
INDICE:<br />
1. INTRODUCCIÓN.<br />
2. METODOLOGÍA C.E.A.<br />
3. METODOLOGÍA S.E.C.-95
1.INTRODUCCIÓN:<br />
Las macromagnitudes agrarias constituyen una representación<br />
simplificada y adaptada a las necesidades de análisis, de la enorme<br />
variedad de operaciones y flujos económicos que se realizan en un<br />
período contable en las explotaciones agrarias, entre ellas , y en sus<br />
relaciones con otras unidades económicas.<br />
La metodología y los conceptos utilizados en la elaboración de las<br />
cuentas económicas de la agricultura en los países miembros de la Unión<br />
Europea los establece la Oficina de Estadística de la Comunidad Europea<br />
(EUROSTAT). En la publicación “Manual de las Cuentas Económicas de la<br />
Agricultura y la Selvicultura” (Luxemburgo 1989) se recoge la metodología<br />
CEA que es la que se ha venido empleando hasta las macromagnitudes<br />
correspondientes a 1999. A partir de entonces se ha cambiado la forma de<br />
cálculo, empleándose actualmente la metodología llamada SEC-95.
Las macromagnitudes agrarias nacionales se elaboran,<br />
según metodología de la Unión Europea, por la unidad de<br />
Estadística del MAPA. Cada provincia elabora sus propias<br />
macromagnitudes que luego son centralizadas a nivel de Comunidad<br />
Autónoma, y posteriormente, el MAPA traslada los resultados a la<br />
U.E. Las cuentas del sector agrario se van elaborando con un<br />
retraso de 3 años. No obstante, tanto las Comunidades Autónomas<br />
como el Ministerio hacen unas estimaciones previas a la elaboración<br />
definitiva.<br />
Dado que casi toda la información publicada sobre las<br />
macromagnitudes se ha elaborado con la metodología antigua, se<br />
comienza exponiendo dicha forma de cálculo, para posteriormente<br />
presentar la nueva.
2. METODOLOGÍA C.E.A.:<br />
Las principales macromagnitudes agrarias son las siguientes:<br />
A. Producción total agraria.<br />
B. Reempleo.<br />
C. Producción final de la Agricultura.<br />
D. Consumos intermedios.<br />
E. Valor añadido bruto a precios de mercado.<br />
F. Valor añadido bruto al coste de los factores.<br />
G. Impuestos ligados a la producción.<br />
H. Subvenciones de explotación.<br />
I. Amortizaciones.<br />
J. Renta agraria o valor añadido neto al coste de los factores.<br />
* A continuación las veremos una a una:
A. Producción total agraria.<br />
Es el conjunto de bienes y servicios producidos por el sector<br />
agrario en un año, cualquiera que sea su destino (autoconsumo por las<br />
familias productoras, utilización como elemento de producción en un<br />
nuevo proceso productivo agrario, empleo como elemento intermedio en<br />
una industria transformadora, consumo directo por las familias no<br />
productoras, etc).<br />
B. Reempleo.<br />
Engloba todas aquellas partidas de la Producción total que se<br />
utilizan en un nuevo proceso productivo, sin haber experimentado ningún<br />
tipo de transformación en los sectores no agrarios (granos para semillas<br />
usados directamente en la propia explotación, piensos elaborados en la<br />
explotación, trabajo animal, estiércol producido que se aplica en parcelas<br />
de la explotación, etc).
C. Producción Final Agraria (P.F.A.).<br />
Está constituida por la suma aritmética de:<br />
‣Los bienes y servicios vendidos a otras ramas de la economía.<br />
‣Los bienes transformados por los productores.<br />
‣Los bienes que han sido consumidos en los hogares de los<br />
productores.<br />
‣El aumento o disminución de los “stocks” de productos terminados.<br />
Desde otro punto de vista, puede definirse la Producción Final<br />
Agraria como la diferencia entre la Producción Total y el Reempleo.<br />
D. Consumos intermedios.<br />
Incluye todos aquellos gastos que es preciso realizar en medios<br />
de producción corrientes (semillas selectas y plantones, fertilizantes,<br />
energía, piensos, etc.) para el desarrollo del proceso productivo agrario.<br />
No se incluyen en este concepto los gastos realizados en<br />
equipamiento y mejora de las explotaciones, que han de ser considerados<br />
como gastos de inversión, y que por lo tanto se computan en<br />
amortizaciones.
F. Valor Añadido Bruto (V.A.B.) al coste de los factores.<br />
Los precios de mercado de determinados productos pueden incluir<br />
una parte más o menos importantes de impuestos. En otros casos, los<br />
productores reciben una serie de subvenciones a su explotación con la<br />
finalidad de disminuir los costes de producción o aumentar las rentas, por<br />
lo que la medida del Valor Añadido a precios de mercado puede no ser<br />
suficiente para el análisis del “Valor Añadido” para la actividad de que se<br />
trate, en este caso la agraria.<br />
Para obviar este inconveniente se calcula el VAB al coste de los<br />
factores, que se obtiene detrayendo del VAB a precios de mercado el<br />
importe de los impuestos ligados a la producción netos de subvenciones, o<br />
lo que es lo mismo, añadiéndoles las subvenciones de explotación netas<br />
de impuestos.<br />
V.A.B.a.c.f. = V.A.B.a.p.m. – Impuestos ligados a la producción +<br />
subvenciones de explotación.
G. Impuestos ligados a la producción.<br />
Son pagos obligatorios con los que las Administraciones Públicas<br />
o las instituciones comunitarias gravan a las unidades de producción<br />
agraria en relación con su actividad productiva o al uso de factores de<br />
producción. Estos impuestos han de ser satisfechos, tanto si la actividad<br />
produce un beneficio o no.<br />
Entre los impuestos ligados a la producción destacan:<br />
El impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.<br />
Los impuestos sobre la maquinaria utilizada en agricultura.<br />
Tasas de corresponsabilidad.<br />
No tienen la consideración de impuestos ligados a la producción<br />
los que pueden gravar el beneficio obtenido en la actividad, ni los que<br />
gravan la renta y el patrimonio, ni tampoco el IVA, que es una figura<br />
impositiva que grava el consumo final.
H. Subvenciones de explotación.<br />
Según el EUROSTAT, son transferencias corrientes, sin<br />
contrapartida, que las Administraciones Públicas o las instituciones<br />
comunitarias pagan a las unidades que producen bienes y servicios de<br />
naturaleza agraria, con el fin de influir en los niveles de producción, los<br />
preciosa o la remuneración de los factores de producción.<br />
De la definición anterior se deduce claramente que el concepto<br />
“subvención de explotación” no coincide con el más amplio de “ayudas”;<br />
en el primero no se incluyen al menos, los 3 siguientes tipos de “ayudas”:<br />
Las ayudas a la inversión, que son transferencias de capital.<br />
Las transferencias corrientes a los organismos de regulación del<br />
mercado o a las industrias transformadoras de productos agrarios,<br />
que se destinan a unidades no productores de bienes de naturaleza<br />
agraria<br />
La mayor parte de las ayudas al “desarrollo rural”, que se concretan<br />
en inversiones en activos físicos o inmateriales que sobrepasan el<br />
ámbito de la actividad agraria.
En relación con su registro, el Manual EUROSTAT establece que<br />
las subvenciones de explotación deben ser contabilizadas en el momento<br />
de su pago a las unidades receptoras, con independencia del momento en<br />
que haya tenido lugar el hecho económico que origina el derecho a su<br />
percepción.<br />
I. Amortizaciones.<br />
Desde el punto de vista del cálculo de cuentas económicas de una<br />
rama de actividad, las amortizaciones expresan la valoración del consumo<br />
anual de los medios de producción utilizados en la actividad y que tienen<br />
una vida útil superior a un año; las amortizaciones o consumos de capital<br />
fijo cuantifican el valor del equipo capital consumido en el proceso de<br />
producción durante el período anual de referencia a causa del desgaste<br />
normal y de la obsolencia o envejecimiento previsible.
*El manual EUROSTAT establece como amortizables los<br />
siguientes bienes de capital:<br />
Maquinaria y equipos agrícolas.<br />
Construcciones agrícolas y ganaderas.<br />
*NO se consideran bienes amortizables:<br />
‣ Los no reproducibles (la tierra agrícola)<br />
‣ Los de duración indeterminada (caminos rurales, obras de regadío y<br />
drenaje), que se mantienen con las obras de reparación y<br />
conservación.<br />
‣ Aquellos que representen conjuntos de capital (plantaciones,<br />
censos de ganado reproductor) cuyas variaciones netas anuales son<br />
ya contabilizadas en la rúbrica “bienes de capital fijo producidos por<br />
cuenta propia” de la Cuenta de producción.
El cálculo de amortizaciones se realiza a “precios de reposición”,<br />
es decir, aquellos que los agricultores tienen que pagar para sustituir, tan<br />
aproximadamente como sea posible, la maquinaria, equipo o construcción<br />
de que se trata en el año de referencia. Por cada uno de los bienes de<br />
capital considerados se establece un período de amortización o vida útil de<br />
n años, obteniéndose así las denominadas “tasas de amortización”.<br />
J. Renta agraria o valor añadido neto al coste de los factores.<br />
Se obtiene detrayendo al “V.A.B. al coste de los factores” el<br />
importe de las Amortizaciones (consumo de capital fijo por el proceso<br />
productivo en el año).<br />
Esta magnitud cuantifica, en síntesis, el montante de las<br />
remuneraciones percibidas por los “factores originarios de la producción<br />
aplicados a la actividad agraria en el año de referencia, factores que en<br />
sentido amplio pueden individualizarse en : Tierra, Capital, Trabajo,<br />
Gestión empresarial y las subvenciones recibidas de las Administraciones<br />
Públicas.
3. METODOLOGÍA S.E.C.-95:<br />
La aparición del nuevo sistema europeo de cuentas<br />
(SEC-95) adoptado por EUROSTAT, obliga a modificar a<br />
partir del año 2000 la forma de cálculo de las Cuentas<br />
económicas de la agricultura.<br />
La nueva metodología pretende acercarse a la<br />
realidad agraria de cada uno de los Estados Miembros de la<br />
UE, de forma que exista un vínculo común que permita la<br />
comparación y la agregación de los mismos para la obtención<br />
de las macromagnitudes agrarias de toda la UE.
*Las más importantes MODIFICACIONES con respecto a la<br />
metodología CEA son las siguientes:<br />
Hasta ahora se consideraba cada provincia como una única<br />
explotación en la que los productos agrarios que se utilizaban para la<br />
obtención de una nueva producción dentro de la misma se consideraban<br />
como reempleos; ahora se crea el concepto de la Unidad de Actividad<br />
Económica global (UAE-Local) que en el caso de la actividad agraria es la<br />
Explotación Agraria, de la que existen 3 tipos:<br />
‣Agrícola<br />
‣Ganadera<br />
‣Mixta.<br />
Con esto, cualquier producto que una UAE-Local transfiera a otra<br />
(aunque sea de la misma provincia) se considera consumo intermedio y no<br />
reempleo.
*Las más importantes MODIFICACIONES con respecto a la<br />
metodología CEA son las siguientes:<br />
Se introducen nuevos conceptos como el ganado caballar de<br />
raza, el ganado bravo, la caza, etc, que antes no se valoraban.<br />
En la Producción final de la Rama se introducen los Servicios<br />
Agrarios (empresas que realizan servicios a terceros).<br />
Se crean las Actividades Secundarias no Agrarias no<br />
Separables, en las que se incluyen la transformación en la propia<br />
explotación de productos agrarios.<br />
La valoración de la Producción de la Rama se realiza a Precios<br />
Básicos. Estos precios se obtienen para cada producto como resultado de<br />
añadir al precio que recibe el productor, las subvenciones al producto y<br />
restándoles los impuestos que tenga, si es el caso. Esto supone que parte<br />
del capítulo de subvenciones de explotación de la metodología anterior se<br />
incorpora en la valoración de la producción de la rama agraria a precios<br />
básicos, y el resto aparece como Otras subvenciones a la Producción.
*Las más importantes MODIFICACIONES con respecto a la<br />
metodología CEA son las siguientes:<br />
Se valora como vino y aceite sólo aquel que elabora el<br />
agricultor, tanto individualmente como en cooperativas; cuando el agricultor<br />
no transforma, se valora en uva y aceituna.<br />
En el apartado de Consumos de capital fijo se incluyen las<br />
Plantaciones.<br />
Desaparecen los conceptos de VAB a precios de mercado y de<br />
VAB a coste de los factores, por lo que el concepto de Renta Agraria, que<br />
antes era equivalente al Valor Añadido Neto al coste de los factores, pasa<br />
a denominarse Renta de los Factores.<br />
Todas estas modificaciones suponen un considerable aumento<br />
del valor de la Producción final de la Rama, en relación a la metodología<br />
anterior.
*El nuevo esquema de las macromagnitudes (Según S.E.C.-95) es<br />
el siguiente:<br />
La diferencia entre la Producción de la Rama Agraria y los<br />
Consumos Intermedios se denomina Valor Añadido Bruto a Precios Básicos.<br />
Si a este último se le detrae el Consumo de Capital Fijo (antes<br />
Amortizaciones) se obtiene el Valor Añadido Neto a Precios Básicos.<br />
Si al Valor Añadido Neto a Precios Básicos se le añaden Otras<br />
Subvenciones de Explotación y se le restan Otros Impuestos sobre la<br />
Producción se obtiene la Renta de los Factores.<br />
Si al Valor Añadido Neto a Precios Básicos se le suman Otras<br />
Subvenciones de explotación y se le resta la Remuneración de asalariados y<br />
Otros Impuestos sobre la Producción se obtiene el Excedente Neto de<br />
Explotación o Renta Mixta.<br />
Si al excedente Neto de Explotación o Renta Mixta se le suman<br />
los Intereses a Percibir y se le restan los Arrendamientos y los Intereses a<br />
Pagar se obtiene la Renta Neta del Empresarios.
De forma esquemática sería así:<br />
Producción n de la Rama Agraria – Consumos Intermedios<br />
=<br />
VAB a Precios BásicosB<br />
VAB a Precios Básicos B<br />
– Consumos de Capital Fijo =<br />
VAN a Precios BásicosB<br />
VAN a Precios Básicos B<br />
+ Otras Subvenciones – Otros<br />
Impuestos =<br />
Renta de los Factores<br />
VAN apb + Otras Subvenciones – Remuneraciones<br />
Asalariadas – Otros Impuestos = Excedente Neto de<br />
Explotación n o Renta Mixta<br />
Excedente Neto Explotación n + Intereses a Percibir –<br />
Arrendamientos – Intereses a pagar = Renta Neta del<br />
Empresario