Anexo 1
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ES<br />
<strong>Anexo</strong> 1<br />
Exigencias en relación a la competencia de laboratorios para la realización de<br />
análisis de residuos y comprobaciones de OGM en productos hortofrutícolas en<br />
el ámbito del sistema de análisis cooperativo en la DFHV<br />
1. Acreditación<br />
El laboratorio tiene que ser acreditado conforme a DIN EN ISO/IEC 17025. Los<br />
métodos que se aplicarán en el ámbito de las tareas tienen que ser contenidas en el<br />
ámbito de vigencia de la acreditación.<br />
La acreditación existe por lo menos para los siguientes métodos analíticos:<br />
Método múltiple (p.e. DFG S 19, contenido en EN 12393-1, -2 y -3)<br />
Elemento de detección LC-MS/MS<br />
Ditiocarbamato (p.e. DFG S 15, EN 12396-1, o -2, o -3)<br />
Bromuro total (p.e. DFG S 18 o método de óxido de propileno; ambos descritos<br />
en EN 13191-2)<br />
Bencimidazolos (p.e. DFG-378)<br />
Nitratos (ASU L 26.00-1, DIN EN 12014)<br />
El laboratorio presentará el documento de acreditación junto con su anexo a la DFHV.<br />
Los métodos de análisis arriba indicados tendrán que constar del anexo. Si existiere<br />
una acreditación sectorial para los métodos de análisis mencionados, ésta debería ser<br />
concretizada dentro de 12 meses mencionando los métodos arriba indicados.<br />
2. Métodos de análisis y equipo técnico aplicados<br />
El laboratorio realizará los análisis conforme a los métodos estandarizados actuales o<br />
conforme a los corresponmdientes métodos múltiples validadas, en concordancia con<br />
el estado más nuevo de la técnica.<br />
Se aplicarán las siguientes técnicas de análisis:<br />
2.1. HPLC (High Performance Liquid Chromatografie)<br />
<br />
<br />
LC-MS-MS (espectrometría de masa - tecnología triplequad)<br />
LC-UV (exclusivamente para nitrato)<br />
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2.2. Cromatografía en fase gaseosa<br />
<br />
<br />
GC - MS (MSD - detector selectivo de masa, MS/NCI/PCI)<br />
GC - ECD, NPD, FPD<br />
2.3. AAS (espectrometría de absorción atómica):<br />
<br />
<br />
Técnica de horno de tubo de grafito<br />
Técnica de hidruro/amalgama<br />
2.4. PCR (Polymerase Chain Reaction):<br />
<br />
OMG - Screening (NOS - Terminator, 35S - Promotor)<br />
Habrá que señalar los laboratorios ajenos subcontratados.<br />
3. Competencia del laboratorio<br />
Para el límite de determinación de las sustancias activas de pesticidas y metales<br />
pesados se garantizará un límite de determinación de 0,01 mg/kg,<br />
independientemiente del tipo de la matriz. Habrá que justificar las eventuales<br />
divergencias.<br />
Habrá que cubrir los siguientes parámetros:<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
Pesticidas (insecticidas, acaricidas, fungicidas, herbicidas, promotores del<br />
crecimiento, agentes de tratamiento de superficies, inhibidores de la brotación,<br />
fumigantes)<br />
Metales pesados: plomo, cadmio, mercurio, cobre<br />
Nitrato<br />
Bromuro<br />
Dióxido de azufre<br />
OGM<br />
El establecimiento del mínimo de sustancias activas a ser cubierto se realizará<br />
semestralmente por la DFHV. Las actualizaciones tendrán que ser implementadas<br />
dentro de un plazo máximo de tres meses. Con los conocimientos obtenidos a través<br />
de su trabajo, el laboratorio colaborará activamente en la actualización del espectro de<br />
sustancias activas.<br />
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Todos los resultados positivos (contenido máximo alcanzado o superior al contenido<br />
máximo) tendrán que ser confirmados por espectrometría de masa. Los<br />
procedimientos de análisis aplicados corresponderán a las exigencias del "Guidance<br />
Document on residue analytical method" (SANCO/10476/2003) del 5 de febrero de<br />
2004 en la respectiva última versión actualmente vigente.<br />
El laboratorio acreditará su eficacia además por medio de la participación regular en<br />
ensayos cooperativos nacionales y/o internacionales. El laboratorio se obligará a<br />
participar en los ensayos cooperativos organizados por la DFHV o a hacerse auditar<br />
por la DFHV, resp.<br />
4. Atención permanente de consultas y sistema de información<br />
El laboratorio establecerá una atención permanente de consultas durante las 24 horas<br />
del día y pondrá a la disposición un sistema de información que garantice que los<br />
eventuales excesos de contenidos máximos de residuos serán comunicados al<br />
comitente inmediatamente después de haber confirmado el resultado.<br />
5. Duración de los análisis<br />
El laboratorio garantizará que los encargos de análisis serán realizados y concluidos<br />
dentro de diez días laborales.<br />
6. Demás<br />
El laboratorio estará en condiciones de elaborar los certificados de análisis en inglés y<br />
de llevar la comunicación con el comitente en inglés.<br />
Por medio de programas de perfeccionamiento regulares y otras formas adecuadas, el<br />
laboratorio tendrá que mantenerse informado con respecto a las disposiciones legales<br />
nacionales y europeas vigentes en materia del derecho alimentario y de residuos.<br />
Situación: 01-01-2006<br />
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