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Anexo 1

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ES<br />

<strong>Anexo</strong> 1<br />

Exigencias en relación a la competencia de laboratorios para la realización de<br />

análisis de residuos y comprobaciones de OGM en productos hortofrutícolas en<br />

el ámbito del sistema de análisis cooperativo en la DFHV<br />

1. Acreditación<br />

El laboratorio tiene que ser acreditado conforme a DIN EN ISO/IEC 17025. Los<br />

métodos que se aplicarán en el ámbito de las tareas tienen que ser contenidas en el<br />

ámbito de vigencia de la acreditación.<br />

La acreditación existe por lo menos para los siguientes métodos analíticos:<br />

Método múltiple (p.e. DFG S 19, contenido en EN 12393-1, -2 y -3)<br />

Elemento de detección LC-MS/MS<br />

Ditiocarbamato (p.e. DFG S 15, EN 12396-1, o -2, o -3)<br />

Bromuro total (p.e. DFG S 18 o método de óxido de propileno; ambos descritos<br />

en EN 13191-2)<br />

Bencimidazolos (p.e. DFG-378)<br />

Nitratos (ASU L 26.00-1, DIN EN 12014)<br />

El laboratorio presentará el documento de acreditación junto con su anexo a la DFHV.<br />

Los métodos de análisis arriba indicados tendrán que constar del anexo. Si existiere<br />

una acreditación sectorial para los métodos de análisis mencionados, ésta debería ser<br />

concretizada dentro de 12 meses mencionando los métodos arriba indicados.<br />

2. Métodos de análisis y equipo técnico aplicados<br />

El laboratorio realizará los análisis conforme a los métodos estandarizados actuales o<br />

conforme a los corresponmdientes métodos múltiples validadas, en concordancia con<br />

el estado más nuevo de la técnica.<br />

Se aplicarán las siguientes técnicas de análisis:<br />

2.1. HPLC (High Performance Liquid Chromatografie)<br />

<br />

<br />

LC-MS-MS (espectrometría de masa - tecnología triplequad)<br />

LC-UV (exclusivamente para nitrato)<br />

Seite 1 - 3


2.2. Cromatografía en fase gaseosa<br />

<br />

<br />

GC - MS (MSD - detector selectivo de masa, MS/NCI/PCI)<br />

GC - ECD, NPD, FPD<br />

2.3. AAS (espectrometría de absorción atómica):<br />

<br />

<br />

Técnica de horno de tubo de grafito<br />

Técnica de hidruro/amalgama<br />

2.4. PCR (Polymerase Chain Reaction):<br />

<br />

OMG - Screening (NOS - Terminator, 35S - Promotor)<br />

Habrá que señalar los laboratorios ajenos subcontratados.<br />

3. Competencia del laboratorio<br />

Para el límite de determinación de las sustancias activas de pesticidas y metales<br />

pesados se garantizará un límite de determinación de 0,01 mg/kg,<br />

independientemiente del tipo de la matriz. Habrá que justificar las eventuales<br />

divergencias.<br />

Habrá que cubrir los siguientes parámetros:<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

Pesticidas (insecticidas, acaricidas, fungicidas, herbicidas, promotores del<br />

crecimiento, agentes de tratamiento de superficies, inhibidores de la brotación,<br />

fumigantes)<br />

Metales pesados: plomo, cadmio, mercurio, cobre<br />

Nitrato<br />

Bromuro<br />

Dióxido de azufre<br />

OGM<br />

El establecimiento del mínimo de sustancias activas a ser cubierto se realizará<br />

semestralmente por la DFHV. Las actualizaciones tendrán que ser implementadas<br />

dentro de un plazo máximo de tres meses. Con los conocimientos obtenidos a través<br />

de su trabajo, el laboratorio colaborará activamente en la actualización del espectro de<br />

sustancias activas.<br />

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Todos los resultados positivos (contenido máximo alcanzado o superior al contenido<br />

máximo) tendrán que ser confirmados por espectrometría de masa. Los<br />

procedimientos de análisis aplicados corresponderán a las exigencias del "Guidance<br />

Document on residue analytical method" (SANCO/10476/2003) del 5 de febrero de<br />

2004 en la respectiva última versión actualmente vigente.<br />

El laboratorio acreditará su eficacia además por medio de la participación regular en<br />

ensayos cooperativos nacionales y/o internacionales. El laboratorio se obligará a<br />

participar en los ensayos cooperativos organizados por la DFHV o a hacerse auditar<br />

por la DFHV, resp.<br />

4. Atención permanente de consultas y sistema de información<br />

El laboratorio establecerá una atención permanente de consultas durante las 24 horas<br />

del día y pondrá a la disposición un sistema de información que garantice que los<br />

eventuales excesos de contenidos máximos de residuos serán comunicados al<br />

comitente inmediatamente después de haber confirmado el resultado.<br />

5. Duración de los análisis<br />

El laboratorio garantizará que los encargos de análisis serán realizados y concluidos<br />

dentro de diez días laborales.<br />

6. Demás<br />

El laboratorio estará en condiciones de elaborar los certificados de análisis en inglés y<br />

de llevar la comunicación con el comitente en inglés.<br />

Por medio de programas de perfeccionamiento regulares y otras formas adecuadas, el<br />

laboratorio tendrá que mantenerse informado con respecto a las disposiciones legales<br />

nacionales y europeas vigentes en materia del derecho alimentario y de residuos.<br />

Situación: 01-01-2006<br />

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