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Reglamento General - Universidad El Bosque

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CAPÍTULO VI<br />

DE LAS PROHIBICIONES, RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES<br />

INHABILIDADES Y CALIDADES DE LOS DIRECTIVOS<br />

Se define como inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio de<br />

cualquier cargo de la <strong>Universidad</strong> aquellas que contradigan los Estatutos y<br />

<strong>Reglamento</strong>, y en general las Leyes de la República.<br />

ARTÍCULO 46. Para ser Miembro del Consejo Directivo se requiere ser<br />

profesional en ejercicio y mayor de treinta (30) años de edad.<br />

Parágrafo 1. La representación estudiantil estará exenta de las exigencias<br />

anteriores.<br />

Parágrafo 2. Ser Miembro del Consejo Directivo es incompatible con cualquier<br />

cargo administrativo de la Institución. Se consideran como cargos<br />

administrativos el de Rector, Vicerrectores, Secretario <strong>General</strong>, Directores<br />

de División, Decanos, Secretarios Académicas y Directores de Área.<br />

Parágrafo 3. Los miembros del Consejo Directivo no podrán ser nombrados<br />

en los cargos administrativos mencionados en el parágrafo anterior.<br />

ARTÍCULO 47. Para ser Rector se requiere ser colombiano en ejercicio de<br />

sus funciones ciudadanas, mayor de treinta (30) años de edad, poseer título<br />

Profesional Universitario y haber sido Profesor Universitario por un periodo<br />

no menor de cinco (5) años.<br />

ARTÍCULO 48. Para ser Vicerrector Académico se requiere poseer título<br />

Profesional Universitario y un mínimo de cinco (5) años de experiencia docente.<br />

ARTÍCULO 49. Para ser Vicerrector Administrativo se requiere poseer título Profesional<br />

Universitario y una experiencia Administrativa no inferior a cinco (5) años.<br />

ARTÍCULO 50. Para ser Secretario <strong>General</strong> se requiere poseer título Profesional<br />

Universitario con escolaridad mínima de cinco (5) años y un mínimo<br />

de cinco (5) años de experiencia docente y administrativa.<br />

ARTÍCULO 51. Para ser Director de División, se requiere poseer título<br />

Profesional Universitario y una experiencia académica y/o administrativa no<br />

inferior a cinco (5) años.

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