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vlexnetworkssl CódigoPenal<br />

3. Esta responsabilidad subsidiaria no se impondrá a los condenados a pena privativa de<br />

libertad superior a cinco años.<br />

4. El cumplimiento de la responsabilidad subsidiaria extingue la obligación de pago de la<br />

multa, aunque mejore la situación económica del penado.<br />

5. Podrá ser fraccionado el pago de la multa impuesta a una persona jurídica, durante un<br />

período de hasta cinco años, cuando su cuantía ponga probadamente en peligro la<br />

supervivencia de aquélla o el mantenimiento de los puestos de trabajo existentes en la<br />

misma, o cuando lo aconseje el interés general. Si la persona jurídica condenada no<br />

satisficiere, voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta en el plazo que se<br />

hubiere señalado, el Tribunal podrá acordar su intervención hasta el pago total de la misma.<br />

-Artículo 53, apartados 1, 3 y 4 modificados por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por<br />

la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.<br />

-Artículo 53 apartado 5 añadido por Artículo Único N° 14 de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de<br />

junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal,<br />

publicada en el Boletín Oficial del Estado, el 23 de Junio de 2010.<br />

SECCIÓN 5ª.<br />

De las penas accesorias<br />

ARTÍCULO 54.<br />

Las penas de inhabilitación son accesorias en los casos en que, no imponiéndolas<br />

especialmente, la Ley declare que otras penas las llevan consigo.<br />

ARTÍCULO 55.<br />

La pena de prisión igual o superior a diez años llevará consigo la inhabilitación absoluta<br />

durante el tiempo de la condena, salvo que ésta ya estuviere prevista como pena principal<br />

para el supuesto de que se trate. El Juez podrá además disponer la inhabilitación especial<br />

para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento, o bien la<br />

privación de la patria potestad, cuando estos derechos hubieren tenido relación directa con<br />

el delito cometido. Esta vinculación deberá determinarse expresamente en la sentencia.<br />

-Artículo 55 modificado por Artículo Único N° 15 de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por<br />

la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, publicada en el<br />

Boletín Oficial del Estado, el 23 de Junio de 2010.<br />

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