14.02.2015 Views

Cuaderno Para Dibujar. Abrelo!

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Animales son tus mejores Amigos!<br />

<strong>Cuaderno</strong><br />

<strong>Para</strong> <strong>Dibujar</strong><br />

Fundacion<br />

Sanfranciscos<br />

-Proteccion de los Animales -<br />

www.Sanfranciscos.com.do<br />

Ilustracion: Mirco Bruechler<br />

Texto: Miriam Bustillos<br />

copyright: Sanfrsanciscos


Queridos Alumnos,<br />

Estimados Professores y Parientes,<br />

Es de nuestro agrado estar en contacto !<br />

Republica Dominicana<br />

Mi <strong>Cuaderno</strong><br />

En este Libro presentamos algunos temas y situaciones cotidiana entre Animales<br />

y humanos en este pais.<br />

Los dibujos en este cuaderno - que son para llenar con Color para los ninos o cualquier<br />

Persona interesada - llevan un mensaje. El cual está en el ojo de quien lo<br />

contempla!“- y depende de la Moral y Educacion de la persona.<br />

Se puede discutir sobre los Dibujos y temas en la escuela con los alumnos y en el<br />

nucleo familiar. Seria una buena ocasion para dedicarle tiempo a los ninos.<br />

En tiempos como hoy, donde la crueldad entre los humanos no tiene fronteras<br />

empenzamos a educar jovenes sensibles, con amor para si mismo, Amor para los<br />

animales y el medio ambiente:<br />

La ciencia criminalistica descubrio, que los asesinos en serie y los niños, que<br />

dispararon contra sus compañeros de clase, todas ellos mucha veces han actuado<br />

antes de una manera sadista en contra de los Animales. Han maltratado los Animales<br />

de su vecinos de una forma perversa y aberrante. Tambien Perros y Gatos de su<br />

propia familia. Realizan estos crueles actos antes de buscar victimas humanos!<br />

<strong>Para</strong> respetar la vida humana, debemos primero aprender a respectar y valorar otras<br />

formas de vida como son los animales. Si lograramos este objectivo, aumentara el<br />

respecto por la vida humana.<br />

Nombre:<br />

Apellido:<br />

Edad:<br />

Escuela:<br />

Clase:<br />

para <strong>Dibujar</strong><br />

mi animal preferido es:<br />

mi mejor amigo/amiga es:<br />

Mensaje: Activando sentimientos positivos, nobles y de compasion hacia los<br />

animales, tenemos todos un futuro mejor!<br />

Si este cuaderno ayuda para aumentar la conciencia en este sentido y provoca<br />

discusiones en la escuela y en la casa entonces tendremos un buen resultado.<br />

Ayudanos!<br />

Miriam Bustillos<br />

Presidente<br />

La segunda parte de este cuaderno contiene la Ley sobre la Proteccion de los Animales<br />

- 3 -<br />

- 2 - - 51 -


La Fundacion Sanfrancisco´s es una Fundacion para la Proteccion de los Animales<br />

y el medio Ambiente. Unos de los grandes Problemas aqui en la Republica Dominicana<br />

- como en muchos otros paises caribenos - es la Sobre Poblacion de Perros y Gatos que<br />

en muchos casos trae Problemas para los animales y la sociedad.<br />

Claro - nadie quiere gastar dinero para esterilizar sus animales, si el ingreso no alcanza<br />

para la Familia. Los estranjeros que vienen aqui y estan quebrados y regresen a su pais<br />

dejan mucha veces su Perros aqui!<br />

Resulta un mal desarrollo , una multiplicacion de Perros y gatos sin fin.<br />

Ahora se encuentra incluso Perros de Raza en la Calle!<br />

No es la culpa de los animales. Ellos son las victimas, son los abandonados!<br />

El Estado tampoco no tiene suficiente recursos para hacer hogares.<br />

Este espacio vacio lo llenan las Fundaciones serias para la Proteccion de los<br />

Animales en este pais.<br />

La Fundacion „Sanfrancisco´s “ trabaja en primera Linea para frenar la multiplicacion<br />

incontrolada de los animales y disminuir animales sin hogar. Realizamos<br />

jornadas de Castracion en los pueblos, el campo y en las ciudades.<br />

Buscamos Casas y Familias para Perros sin Hogar.<br />

ññ<br />

Tenemos espacios para recuperar Animales enfermos, informamos a la comunidad<br />

sobre la Situacion de los Animales y trabajamos en la Educacion de niños por un<br />

tratamiento consciente con los Animales.<br />

,<br />

Usamos toda la Fuerza de la nueva Ley<br />

por la „Proteccion y tenencia de Animales“ en contra crueldad de Animales.<br />

Apoya nuestro Proyecto!<br />

„Dios quiere que ayudemos a los animales si necesitan ayuda. Cada criatura en<br />

desgracia tiene el mismo derecho a ser protegida.” (San Francisco de Asis )<br />

- 4 - - 5 -


Los Animales estan contigo en<br />

los buenos tiempos como en los<br />

malos.<br />

- 6 -<br />

- 7 -


Los Perros son nuestro mejores<br />

Amigos!<br />

- 8 -<br />

- 45 9 --


En muchas ocaciones los Perros<br />

Ayudan a los hombres!<br />

despues de un terremoto destructivo<br />

los Hombres usan los Perros para buscar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .<br />

La Policia usa los Perros para . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .<br />

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .<br />

Los Ciegos usan los Perros para . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .<br />

Los Ganaderos usan los Perros para . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .<br />

Mucha gente usan los Perros en su casa como . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .<br />

- 10 -<br />

- 11 43 -


Los Perros defienden su<br />

Territorio!<br />

Si encuentras en tu camino un perro que te muestra sus dientes y hace un grito,<br />

posiblemente tu entrastes en su terreno!<br />

No le mire en sus ojos. Cambia tu direccion tranquillo y sigue tu camino !<br />

Los Perros defienden siempre su hueso y su Territorio. Tambien su pequeño espacio<br />

en la Calle!<br />

mi Ranchito!<br />

Si tienes un Perro en tu Casa, tu y tu s Parientes estan contento con el<br />

porque el defiende tu hogar.<br />

Los Perros piensan territorial! Por eso se cuidan tu casa si das siempre una<br />

buena Comida. Ellos aceptan tu lugar como esu proprio sitio.<br />

No piensa mal de un Perro,<br />

que solo defiende su lugar!<br />

- 12 -<br />

- 41 -


Los Perros les gusta jugar<br />

contigo!<br />

- 14 -<br />

- 39 - - 15 -


“Si existen hombres que excluyen a cualquiera de las criaturas de Dios del amparo de<br />

la compasión y la misericordia, existirán hombres que tratarán a sus hermanos de la<br />

misma manera”<br />

“ Dices que es pecado que mi perro sea lo mas que amo. Mi Perro me es fiel aun en la<br />

tormenta, los hombres ni siquiera en los ventarrones.”<br />

(Phrases de San Francisco de Asis)<br />

de San Francisco de Asis . . .<br />

Francisco de Assis fue un monje italiano, que admitiò que todas creaturas estan<br />

hermanos del ser humano. El vivio en el año 1100 despues Christo. Hoy lo llamamos<br />

a el „San Francisco“, porque es un „Santo“ segun la Iglesia catolica.<br />

Por su lucha para los Animales es tambien el Patron de animales. Por esto celebramos<br />

en todo el el mundo el 4. de Oktobre como el „Dia de proteccion de Animales“ .<br />

- 16 - - 17 - 17 - -


A algunos Hombres les gusta<br />

maltratar los Animales!<br />

Ellos son irresponsables<br />

en el trafico . . .<br />

- 18 - -- 19 35 --


Ayudalos, si estan enfermo o tienen<br />

problemas . . .<br />

- 20 - - - 33 21 - -


Los Perros protejen tu casa. . .<br />

A los Ladrones no les gusta!<br />

- 22 -<br />

- 31 -


Perros de la Calle necesitan comida.<br />

Mucha veces el unico chance es que buscar<br />

comida en la basura.<br />

. . . si la gente no le gusta que los Perros<br />

destruyen las Fundas guarda la basura en<br />

contenedores cerradas.<br />

- 24 - - 25 -


Esterilisa tu Mascota!<br />

. . . BENEFICIOS<br />

PARA LAS PERSONAS:<br />

La sobrepoblación de mascota en las calles<br />

es un serio problema tanto para la salud humana,<br />

como para los mismos animales, que sufren al tener<br />

que sobre vivir y ser abandonados. Pro favor Ayuda<br />

con nosotros a los Animales en la Calle!<br />

Muestra tu Amor y Solidaridad.<br />

Evitara crías no deseadas, mordeduras, peleas,<br />

fugas, maullidos nocturnas, rociado de orina y<br />

problemas con los vecinos. Sus animales sera<br />

más sanos, vivirán más sanos y serán más<br />

guardianes.<br />

PARA LA SOCIEDAD:<br />

Habrá menor cantidad de animales en las vías<br />

públicas y roturas de bolsas de basuras !<br />

Habrá menos ruidos molestos y mordeduras.<br />

Disminuirá el abandon y el maltrato animals.<br />

LOS BENEFICIOS DE<br />

LA ESTERILICIÓN PARA LOS ANIMALES:<br />

Evitara en las hembras, cáncer de mama, de ovario,<br />

infección uterina, hernias, embarazo psicológico,<br />

descalcificación, muerte de parto. Evitara en los<br />

machos,cáncer de próstata, de testículo.<br />

Enfermedades venéreas: tumor de sticker, brucelosis.<br />

- 26 -<br />

- 27 -


SENADO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA<br />

DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN DE COMISIONES<br />

Ley de Protección Animal y Tenencia Responsable<br />

CONSIDERANDO PRIMERO: Que la Ley No.1268 del 19 de octubre de 1946, que<br />

sanciona los malos tratamientos a los animales, vigente en la República<br />

Dominicana, no reúne todos los aspectos en la materia propios de una sociedad<br />

moderna;<br />

LEY No. 248-12<br />

Ley de Proteccion Animal y Tenencia Responsable.<br />

G. O. No. 10692 del 15 de agosto de 2012<br />

CONSIDERANDO SEGUNDO: Que en el país existen instituciones privadas de<br />

protección animal, dispuestas a velar en todo momento por el cumplimiento de esa<br />

ley;<br />

CONSIDERANDO TERCERO: Que en nuestro país se constatan con inusitada<br />

frecuencia situaciones de abuso y crueldad contra animales, especialmente las<br />

que ocurren en la vía y espacios públicos, no sólo dañan a los animales, sino que<br />

estimulan patrones de violencia y crean una imagen negativa en el ámbito<br />

nacional e internacional;<br />

CONSIDERANDO CUARTO: Que en los países desarrollados del mundo, existen<br />

legislaciones para proteger los derechos de los animales y sancionar a quienes<br />

atentan contra ellos;<br />

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 26 de enero<br />

de 2010.<br />

VISTA: La Declaración Universal de los Derechos del Animal, de la Organización<br />

de las Naciones Unidas (ONU), del 23 de septiembre de 1977.<br />

VISTO: El Código Penal de la República Dominicana, del 20 de agosto de 1884.<br />

VISTA: La Ley No.1268, del 19 de octubre de 1946, que sanciona los malos<br />

tratamientos a los animales.<br />

VISTA: La Ley No.64-00, del 18 de agosto de 2000, que crea la Secretaría de<br />

Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales.<br />

VISTA.: La Ley No. 122-05, del 8 de abril de 2005, sobre regulación y fomento de<br />

las asociaciones sin fines de lucro en la República Dominicana.<br />

Versión alterna del Proyecto de ley sobre Protección Animal, expediente No.00943<br />

Al 27 de junio de 2012. Página 1<br />

- 28 - - 29 -


SENADO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA<br />

DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN DE COMISIONES<br />

CAPÍTULO I<br />

DEL OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES<br />

Artículo 1.- Objeto. Esta ley tiene por Objeto:<br />

1) Establecer las obligaciones del Estado para la protección animal;<br />

2) Prevenir y erradicar todo maltrato y actos crueles contra los animales,<br />

que los martiricen o molesten;<br />

3) Velar por la salud y bienestar de los animales;<br />

4) Fomentar y promover la conciencia social, en cuanto a la protección y<br />

cuidado de los animales.<br />

Artículo 2.- Ámbito de aplicación. Esta ley se aplica en todo el ámbito del<br />

territorio nacional.<br />

Artículo 3.- Definiciones. <strong>Para</strong> los fines de esta ley, se entiende por:<br />

1) Animal: Ser vivo irracional, criatura sensible que se nutre de sólidos y se<br />

mueve, que se clasifican según la especie domesticada o criada en:<br />

caninos, felinos, vacuno o bovino, ovino, porcino, caprino, equino, así como<br />

aves, peces, conejos, animales acuáticos o cualquier otro animal silvestre<br />

o en cautividad bajo el control de cualquier personal;<br />

2) Animal de Carga: Es la forma como se denomina el transporte de<br />

personas o mercancías dispuestas directamente encima de los animales o<br />

elementos fijos a él, como las alforjas, sillas entre otros;<br />

3) Animal de Tiro: Es la expresión con que se designa a los animales<br />

domésticos utilizados para la tracción animal o como animales de<br />

transporte. Este tipo de actividad se consigue mediante el tiro de distintos<br />

tipos de carruaje destinados al transporte de persona o mercancías; para la<br />

tracción de ásperos agrícola, especialmente del arado, o como motor<br />

animal de molinos y norias;<br />

SENADO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA<br />

DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN DE COMISIONES<br />

4) Albergue: Los lugares donde se da alojamiento y protección a los<br />

animales desamparados, realengos, enfermos o en custodia, brindándoles<br />

alimentación y cuidados veterinarios y seguridad;<br />

5) Biocidio: Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad,<br />

es decir, un crimen contra la vida;<br />

6) Genocidio Animal: Todo acto que implique la muerte de un grupo de<br />

animales , es decir que constituya un crimen contra la especie;<br />

7) Veterinaria: Ciencia de prevenir, diagnosticar y curar las enfermedades de<br />

los animales domésticos, animales silvestres y animales de producción. En<br />

la actualidad se ocupa también de la inspección y del control sanitario de<br />

los alimentos.<br />

CAPÌTULO II<br />

DE LAS OBLIGACIONES DEL ESTADO<br />

Artículo 4.- Protección de derechos. Es obligación del Estado salvaguardar los<br />

derechos de los animales y su igualdad ante la vida y protegerlos contra el<br />

desprecio, el irrespeto, la desatención, el descuido, el abandono, el maltrato y la<br />

crueldad a que son sometidos, prohijando el cuidado de las especies y su hábitat.<br />

Artículo 5.- Obligaciones. El Estado, a través del Ministerio de Salud Pública y<br />

Asistencia Social, está en la obligación de crear y promover planes y programas<br />

educativos orientados a inculcar en los ciudadanos el respeto a la vida y los<br />

derechos de los animales.<br />

Artículo 6.- Obligaciones de los ayuntamientos. El ayuntamiento del Distrito<br />

Nacional, los ayuntamientos de los municipios y las juntas de distritos<br />

municipales, están en la obligación de apoyar los planes y programas estatales<br />

dirigidos a la protección de los animales y crear las bases para la instalación de<br />

centros de cuidado de animales en el ámbito de su territorio.<br />

Versión alterna del Proyecto de ley sobre Protección Animal, expediente No.00943<br />

Al 27 de junio de 2012. Página 2<br />

Versión alterna del Proyecto de ley sobre Protección Animal, expediente No.00943<br />

Al 27 de junio de 2012. Página 3<br />

- 30 -<br />

- 31 -


SENADO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA<br />

DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN DE COMISIONES<br />

SECCIÓN I<br />

DE LOS ALBERGUES<br />

Artículo 12.- Instalación de albergues. El Ministerio de Salud Pública y<br />

Asistencia Social, el ayuntamiento del Distrito Nacional, los ayuntamientos de<br />

los municipios y las juntas de distritos municipales, están en la obligación de<br />

instalar casas albergues en el ámbito de su territorio.<br />

Párrafo I. Compete al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social instalar<br />

casas albergues en cualquier comunidad o en la cabecera de provincias, según<br />

las necesidades.<br />

Párrafo II. Los ayuntamientos y las juntas de distritos municipales quedan<br />

obligados a instalar casas albergue en el ámbito de su competencia territorial.<br />

Artículo 13.- Instalación de casas por instituciones protectoras. Las<br />

instituciones protectoras de animales podrán instalar casas albergues, recibiendo<br />

del Estado, los ayuntamientos y juntas de distritos municipales toda la ayuda<br />

económica y material posible para el ejercicio de sus fines.<br />

Artículo 14.- Atención en los albergues. Todos los animales llevados a una casa<br />

albergue deben recibir las atenciones que ameriten, que incluyen: cuidados<br />

veterinarios, higienización, alimentación, vacunación y una protección general que<br />

aporte al bienestar del animal.<br />

Artículo 15.- Destino de los animales. Los animales que se encuentren en una<br />

casa albergue, pueden ser concedidos a personas que así lo deseen o devueltos a<br />

sus dueños.<br />

Artículo 16.- Presencia de veterinarios. En cada casa albergue o en los lugares<br />

que así lo considere el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, deben<br />

existir los veterinarios necesarios, a los fines de cuidar a los animales que sean<br />

capturados y trasladados al lugar.<br />

SENADO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA<br />

DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN DE COMISIONES<br />

CAPÍTULO III<br />

DE LAS OBLIGACIONES DE LOS DUEÑOS O CRIADORES DE ANIMALES<br />

Artículo 17.- Obligaciones de los dueños de animales domésticos. Son<br />

obligaciones de los dueños de animales domésticos:<br />

1) Mantener a los animales en el hogar en condiciones de higiene adecuadas<br />

para su salud y la de la familia;<br />

2) Facilitar momentos de esparcimiento y diversión al animal;<br />

3) Crear las condiciones en el hogar que impida que el animal se escape;<br />

4) No criar mayor número de animales en su hogar, que aquellos que puedan<br />

ser mantenidos y controlados para que no hagan daños a terceros, ni<br />

afecten la salud pública;<br />

5) Otras establecidas en el reglamento de aplicación de esta ley.<br />

Artículo 18.- Obligaciones de los criadores de animales. Son obligaciones de<br />

los criadores de animales:<br />

1) Poseer espacios físicos de cría en condiciones adecuadas, que queden<br />

cubiertas todas las necesidades básicas, su protección y cuidado;<br />

2) Utilizar procedimientos adecuados para la cría y cuidado de los animales,<br />

conforme a los adelantos científicos;<br />

3) No realizar actos u omisiones carentes de motivos razonables o<br />

legítimos, que sean susceptibles de causar a un animal dolores o<br />

sufrimientos considerables o que afecten gravemente su salud;<br />

4) Preparar y adecuar los lugares de cría, de forma tal que los animales estén<br />

protegidos del sol y la lluvia.<br />

5) Otras establecidas en el reglamento de aplicación de esta ley.<br />

Versión alterna del Proyecto de ley sobre Protección Animal, expediente No.00943<br />

Al 27 de junio de 2012. Página 5<br />

Versión alterna del Proyecto de ley sobre Protección Animal, expediente No.00943<br />

Al 27 de junio de 2012. Página 6<br />

- 32 - - 33 -

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!