A DOMICILIO - Los Olivos
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Gerencia de Prensa e Imagen Institucional - MDLO<br />
CENTRAL TELEFÓNICA: 613 8282<br />
ANEXO : 1401/1402/2230<br />
prensa@munilosolivos.gob.pe<br />
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/munilosolivos<br />
Con el fin de educar y concientizar a los contribuyentes<br />
en el cumplimiento oportuno de sus obligaciones y<br />
reducir los índices de morosidad y evasión tributaria, el<br />
municipio de <strong>Los</strong> <strong>Olivos</strong> aplicará el programa de conciliación<br />
de deudas tributarias a domicilio.<br />
Personal de la Gerencia de Rentas, debidamente identificado<br />
como conciliadores tributarios, realizará visitas casa por casa<br />
de 9.30 am. a 3 p.m. para que los vecinos se mantengan al día<br />
con la cancelación de sus deudas.<br />
Asimismo, en la sede municipal se habilitarán ventanillas<br />
de atención en el horario de 3 a 5 de la tarde, para los<br />
contribuyentes que realicen la respectiva conciliación de sus<br />
obligaciones tributarias.<br />
livízate<br />
Contribuyente<br />
CONCILIADORES<br />
TRIBUTARIOS<br />
A <strong>DOMICILIO</strong><br />
livízate<br />
Gerencia de Prensa e Imagen Institucional - MDLO Nº 16 - Agosto 2013<br />
VENTANILLAS<br />
MULTIFUNCIONALES:<br />
TUS TRÁMITES EN<br />
UN SOLO LUGAR<br />
Contribuyente<br />
Por Walter Gonzales López<br />
Gerente de Rentas<br />
Por el pago puntual de los<br />
tributos, a los contribuyentes<br />
se les descuenta el 10% en su<br />
boleta de pago. Por ejemplo, el 31<br />
de junio de este año se cobraron<br />
los pagos sin intereses, y el 30<br />
de abril se exoneraron del gasto<br />
procedente de cobranza, todo ello<br />
solo por pago al contado. Asimismo,<br />
se otorgan otros beneficios<br />
al contribuyente en los siguientes<br />
casos:<br />
- Prescripción: aplicable sobre<br />
impuesto predial y arbitrios, estos<br />
pueden ser prescritos con el plazo<br />
establecido en el artículo 43 del<br />
BENEFICIOS<br />
AL CONTRIBUYENTE<br />
TUO.<br />
- Beneficio de pensionista:<br />
aplicable únicamente con los<br />
contribuyentes que acrediten esta<br />
condición, se le deducirá la base<br />
imponible hasta en 50 UIT del<br />
impuesto predial, cabe recalcar<br />
que los arbitrios disminuirán en un<br />
50%.<br />
- Precariedad económica: aplicable<br />
a los contribuyentes sin los medios<br />
económicos para poder efectuar<br />
las cancelaciones de los arbitrios,<br />
previamente serán evaluados por<br />
la asistenta social de la Municipalidad.<br />
- Exoneración de anexo comercial<br />
menor de 20 metros: aplicable a<br />
los anexos destinados a uso comercial<br />
del contribuyente, siempre y<br />
cuando este tenga un área igual o<br />
menor a veinte metros y se efectúe<br />
el pago de arbitrios destinado a<br />
casa-habitación o de los demás<br />
anexos.<br />
Es importante que los vecinos<br />
paguen sus tributos para que la<br />
Municipalidad pueda realizar más<br />
obras por el bienestar y progreso<br />
de nuestro distrito. Actualmente,<br />
se han reducido en 40% las deudas<br />
de los contribuyentes.<br />
CRONOGRAMA<br />
DE PAGOS<br />
Estas son las fechas de<br />
vencimiento de pago de<br />
tributos correspondientes<br />
al tercer trimestre 2013:<br />
Del impuesto predial<br />
2013:<br />
31 de agosto.<br />
Del arbitrio del L.P.P.J.<br />
2013:<br />
30 de setiembre.<br />
De serenazgo 2013:<br />
30 de setiembre.<br />
La prestación de servicios es una<br />
de las responsabilidades más<br />
importantes a cargo del gobierno<br />
municipal. Como parte de sus<br />
funciones, la Municipalidad debe<br />
otorgar permisos, realizar cobros,<br />
dar información y atender distintas<br />
necesidades particulares de los<br />
vecinos.<br />
En un principio los ciudadanos<br />
tenían que enfrentarse a diferentes<br />
incomodidades que van desde,<br />
trasladarse de una dirección a<br />
otra, recorrer distancias entre<br />
dependencias municipales para<br />
ser atendido por varios servidores<br />
¡24 años orgullosos de ser olivenses! ¡24 años orgullosos de ser olivenses!<br />
públicos.<br />
Con la creación de las ventanillas<br />
multifuncionales se evita todo lo<br />
anterior, ya que se puede dar un<br />
servicio integral de calidad, de manera<br />
que el contribuyente pueda realizar<br />
todos sus trámites en un solo lugar.<br />
Como respuesta a la demanda<br />
ciudadana, la Gerencia de Rentas<br />
instaló en el Palacio Municipal esta<br />
plataforma de atención integrada<br />
por 21 ventanillas, que se convierten<br />
en módulos de contacto y trato<br />
directo entre los contribuyentes y el<br />
municipio.
¡24 años orgullosos de ser olivenses! ¡24 años orgullosos de ser olivenses!<br />
Olivízate<br />
Salud<br />
livízate<br />
Contribuyente<br />
Contribuyente<br />
LO QUE DEBES SABER DE<br />
TRIBUTOS MUNICIPALES<br />
ADIÓS A<br />
LAS COLAS:<br />
¿Qué es la obligación tributaria<br />
Es el vínculo entre el acreedor y<br />
el deudor tributario establecido<br />
por la ley. Es el cumplimiento de<br />
la prestación tributaria, siendo<br />
exigible coactivamente.<br />
¿Qué es el tributo<br />
Es la prestación monetaria<br />
obligatoria regida por el<br />
principio de legalidad, del cual<br />
se sirve la municipalidad para<br />
el cumplimiento de sus fines.<br />
Se clasifica en: impuestos,<br />
contribuciones y tasas.<br />
¿Qué es el impuesto<br />
Es el tributo cuyo cumplimiento<br />
no origina una contraprestación<br />
directa a favor del contribuyente<br />
por parte de la municipalidad.<br />
¿Qué es el impuesto predial<br />
Es el tributo que grava el valor de<br />
los predios urbanos y rústicos y<br />
es de periodicidad anual en base<br />
a su autovalúo. La recaudación,<br />
administración y fiscalización<br />
del impuesto corresponde a la<br />
municipalidad de <strong>Los</strong> <strong>Olivos</strong>.<br />
¿Quiénes pagan el impuesto<br />
predial<br />
<strong>Los</strong> contribuyentes, personas<br />
naturales y jurídicas, propietarios<br />
de predios. Cuando la existencia<br />
del propietario no puede ser<br />
determinada, son obligados al<br />
pago los responsables poseedores<br />
o tenedores a cualquier título.<br />
¿Cómo está constituida la base<br />
imponible del impuesto predial<br />
Está constituida por el valor total<br />
de los predios del contribuyente<br />
ubicados en la jurisdicción de<br />
la municipalidad distrital de <strong>Los</strong><br />
<strong>Olivos</strong>.<br />
¿Cómo se calcula el impuesto<br />
predial<br />
Se calcula aplicando el valor total<br />
del autoavalúo (base imponible)<br />
del contribuyente la escala<br />
progresiva acumulativa siguiente:<br />
Hasta 15 UIT: el 0.2%<br />
Más de 15 UIT y hasta 60 UIT: el<br />
0.6%<br />
Más de 60 UIT: el 1.0%<br />
¿Cuál es el plazo para presentar la<br />
declaración jurada del impuesto<br />
predial<br />
a) Cada año (contribuyentes<br />
antiguos), el último día hábil<br />
del mes de febrero, salvo que<br />
la municipalidad establezca una<br />
prórroga.<br />
b) Al adquirir un predio<br />
(contribuyente nuevo) el nuevo<br />
propietario podrá declarar hasta el<br />
último día hábil del mes de febrero<br />
del año siguiente de producido el<br />
hecho.<br />
c) Cuando se efectúe cualquier<br />
transferencia de dominio de un<br />
predio (vendedor) o cuando el<br />
predio sufra modificaciones en<br />
sus características, la declaración<br />
jurada debe presentarse hasta el<br />
último día hábil del mes siguiente<br />
de producido los hechos.<br />
¿Qué sucede si no se cumple<br />
con presentar las declaraciones<br />
juradas de inscripción o descargo<br />
dentro de los plazos establecidos<br />
El contribuyente será pasible a la<br />
imposición de una multa tributaria.<br />
En caso de venta de un predio<br />
¿Qué debe hacer<br />
Cuando se efectúe cualquier<br />
transferencia de un predio, el<br />
vendedor debe comunicar a la<br />
municipalidad la venta del bien con<br />
la declaración jurada de descargo<br />
hasta el último día hábil del<br />
mes siguiente de producidos los<br />
hechos, y debe cumplir el pago del<br />
impuesto de todo el año en que se<br />
produjo la transferencia.<br />
¿Qué es la contribución<br />
Es el tributo cuya obligación tiene<br />
como hecho generador beneficios<br />
derivados de la realización de<br />
obras públicas.<br />
¿Qué es la tasa<br />
Es el tributo cuya obligación<br />
tiene como hecho generador<br />
la prestación efectiva por la<br />
municipalidad de un servicio<br />
público individualizado en el<br />
contribuyente. Las tasas son:<br />
arbitrios, derechos, licencias, etc.<br />
¿Qué son los arbitrios<br />
municipales<br />
Son las tasas que se pagan por la<br />
prestación o mantenimiento de<br />
los servicios públicos de limpieza<br />
pública, de parques y jardines, y de<br />
serenazgo.<br />
<strong>Los</strong> arbitrios municipales para<br />
el año 2013 han sido aprobados<br />
mediante la Ordenanza Nº 374-<br />
CDLO ratificada con Acuerdo<br />
de Concejo Nº 2418 de la<br />
Municipalidad Metropolitana de<br />
Lima, la misma que ha establecido<br />
los montos de las tasas que deben<br />
pagar los contribuyentes.<br />
¿Quiénes están obligados al pago<br />
de arbitrios municipales<br />
<strong>Los</strong> contribuyentes propietarios<br />
de los predios cuando los habiten,<br />
desarrollen actividades, se<br />
encuentren desocupados o cuando<br />
un tercero use el predio con fines<br />
comercial, industrial y de servicios.<br />
¿Cómo se adquiere la condición<br />
de contribuyente para el pago de<br />
arbitrios municipales<br />
Una persona adquiere la condición<br />
de contribuyente el primer día de<br />
cada trimestre al que corresponde<br />
la obligación tributaria. Cuando se<br />
efectúe cualquier transferencia,<br />
la obligación para el nuevo<br />
propietario nacerá el primer<br />
día del trimestre siguiente al<br />
que se adquirió la condición de<br />
propietario.<br />
¿Cómo se pagan los arbitrios<br />
municipales<br />
<strong>Los</strong> arbitrios municipales son<br />
de periodicidad trimestral y su<br />
pago puede efectuarse en cuotas<br />
trimestrales o al contado. Si se<br />
efectúa el pago al contado del total<br />
de los arbitrios municipales a pagar<br />
en el año 2013 dentro del plazo<br />
de vencimiento del 1º trimestre,<br />
tendrá un descuento del 10% al<br />
monto insoluto.<br />
KIOSCOS<br />
MULTIMEDIA<br />
La puesta en servicio de seis<br />
modernos kioscos multimedia<br />
con tecnología de punta en el<br />
hall de la sede municipal facilita<br />
desde ya a los usuarios la consulta<br />
personalizada de sus tributos<br />
municipales, tasas administrativas<br />
y trámites de manera simple y<br />
rápida.<br />
<strong>Los</strong> vecinos que quieran averiguar<br />
la situación de sus expedientes<br />
administrativos, estados de cuenta<br />
corriente y declaraciones juradas,<br />
o hacer seguimiento de algún<br />
expediente o trámite, solamente<br />
tienen que acercarse a esta<br />
plataforma de servicios y acceder<br />
al sistema pasando su DNI por la<br />
lectora de banda magnética de<br />
cada kiosco.<br />
En la pantalla aparecerá un menú<br />
de funciones de fácil comprensión<br />
para que hagan sus consultas.<br />
También tendrán la orientación del<br />
personal municipal sobre el uso del<br />
servicio.<br />
Asimismo, desde la comodidad<br />
del hogar o desde una cabina,<br />
cualquier vecino que disponga<br />
de conexión a Internet puede<br />
hacer sus trámites y consultas de<br />
manera virtual en el portal web de<br />
la Municipalidad. Solo tiene que<br />
visitar www.munilosolivos.gob.pe,<br />
hacer clic en la sección “Trámites<br />
y consultas en línea” y digitar su<br />
respectivo código de contribuyente<br />
y clave.