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Pliego Administrativo

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- Del Presidente: Eneko Lartige.<br />

- De los miembros: Ainhoa Intxaurrandieta será la suplente de Eneko<br />

Lartige y Mikel Arruti.<br />

- Del Secretario: Karlos Etxezurieta.<br />

17. CRITERIOS DE CONTRATACIÓN<br />

Estos son los criterios para la valoración de las ofertas que se utilizarán como base para la<br />

adjudicación del contrato y su correspondiente ponderación:<br />

Valoraciones mediante juicio de valor<br />

Memoria: 0-90 puntos.<br />

Memoria sobre servicios, planificación, organización y mejoras.<br />

Valoraciones automáticas<br />

Precio: 0-10 puntos: 2,5 puntos por cada 1.000 euros al año ofrecidos por el licitador; a<br />

los múltiplos se les aplicará una media de 2,5 puntos.<br />

Corresponde a un comité de expertos realizar la valoración mediante juicio de valor. La<br />

composición de dicho comité se publicará en el perfil del contratante antes de la apertura<br />

del sobre B.<br />

18. CAPACIDAD PARA CONTRATAR<br />

Toda persona física o jurídica que tenga capacidad jurídica y de obrar podrá participar<br />

en este procedimiento de contratación, siempre y cuando demuestre su solvencia y<br />

fiabilidad técnica o profesional, y no tenga ninguna prohibición de contratación por los<br />

motivos establecidos en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del<br />

Sector Público.<br />

Las personas físicas o jurídicas podrán contratar por su cuenta o mediante otros<br />

representantes autorizados para ello. En caso de que contraten los representantes,<br />

deberán hacerlo mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en vez de una<br />

persona jurídica comparezca su representante, este deberá probar que cuenta con la<br />

capacidad para ser representante, mediante el correspondiente documento. En ambos<br />

casos, los motivos que derivan en la incapacidad para contratar mencionados<br />

anteriormente deberán aplicarse también a los representantes.<br />

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