Pliego Administrativo
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- Del Presidente: Eneko Lartige.<br />
- De los miembros: Ainhoa Intxaurrandieta será la suplente de Eneko<br />
Lartige y Mikel Arruti.<br />
- Del Secretario: Karlos Etxezurieta.<br />
17. CRITERIOS DE CONTRATACIÓN<br />
Estos son los criterios para la valoración de las ofertas que se utilizarán como base para la<br />
adjudicación del contrato y su correspondiente ponderación:<br />
Valoraciones mediante juicio de valor<br />
Memoria: 0-90 puntos.<br />
Memoria sobre servicios, planificación, organización y mejoras.<br />
Valoraciones automáticas<br />
Precio: 0-10 puntos: 2,5 puntos por cada 1.000 euros al año ofrecidos por el licitador; a<br />
los múltiplos se les aplicará una media de 2,5 puntos.<br />
Corresponde a un comité de expertos realizar la valoración mediante juicio de valor. La<br />
composición de dicho comité se publicará en el perfil del contratante antes de la apertura<br />
del sobre B.<br />
18. CAPACIDAD PARA CONTRATAR<br />
Toda persona física o jurídica que tenga capacidad jurídica y de obrar podrá participar<br />
en este procedimiento de contratación, siempre y cuando demuestre su solvencia y<br />
fiabilidad técnica o profesional, y no tenga ninguna prohibición de contratación por los<br />
motivos establecidos en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del<br />
Sector Público.<br />
Las personas físicas o jurídicas podrán contratar por su cuenta o mediante otros<br />
representantes autorizados para ello. En caso de que contraten los representantes,<br />
deberán hacerlo mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en vez de una<br />
persona jurídica comparezca su representante, este deberá probar que cuenta con la<br />
capacidad para ser representante, mediante el correspondiente documento. En ambos<br />
casos, los motivos que derivan en la incapacidad para contratar mencionados<br />
anteriormente deberán aplicarse también a los representantes.<br />
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