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OTROSI MODIFICATORIO AL CONTRATO DE OBRA No ... - Fonseca

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vez se cumplan las condiciones para ello. 2. Cumplir con todas las previsiones necesariaspara la iniciación de los trabajos y para que su ejecución prosiga sin interrupciones. 3.Entregar la información, documentos y planos relacionados con la obra a ejecutar por ELCONTRATISTA. 4. Las demás a que haya lugar. CLÁUSULA <strong>DE</strong>CIMA TERCERA.- PLAZO<strong>DE</strong>L <strong>CONTRATO</strong>: El plazo fijado por la ESE HOSPIT<strong>AL</strong> SAN AGUSTIN <strong>DE</strong> FONSECA para laentrega de la totalidad de la obra objeto del contrato será de CUATRO (4) MESES, contados apartir de la fecha de la firma del acta de inicio de los trabajos suscrita entre la ESE HOSPIT<strong>AL</strong>SAN AGUSTIN <strong>DE</strong> FONSECA, el contratista y el Interventor. PARAGRAFO: Si porcircunstancias de fuerza mayor y/o caso fortuito comprobada, resultan ser tales que con justiciadan derecho a EL CONTRATISTA a una prórroga del plazo del contrato, LA INTERVENTORIAdeterminará la extensión de dicha prorroga, siempre y cuando EL CONTRATISTA dentro de losdiez (10) días calendarios anteriores al vencimiento del contrato le haya entregado los datoscompletos y pormenorizados a la ESE HOSPIT<strong>AL</strong> SAN AGUSTIN <strong>DE</strong> FONSECA y a LAINTERVENTORIA, de toda demanda de prorroga que considere tener derecho, con el objeto deque su demanda pueda ser investigada y resuelta. La prórroga concedida a EL CONTRATISTAno dará lugar a indemnización alguna a favor de éste, salvo que sea por causas atribuibles al LAESE. HOSPIT<strong>AL</strong> SAN AGUSTIN <strong>DE</strong> FONSECA, ni le dará derecho a variar las condicionesiníciales pactadas. CLÁUSULA VIGESIMA SEPTIMA: INHABILIDA<strong>DE</strong>S EINCOMPATIBILIDA<strong>DE</strong>S: EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento noencontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades contenidas en losArtículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993. De igual forma las partes acordamos adicionar la cláusulade indemnidad señalada en el Art. 6 del Decreto 4828 de 2008.En virtud de lo anterior se haránlas modificaciones contenidas en las cláusulas que a continuación se enuncian, CLAUSULAPRIMERA.- La clausula Sexta del Contrato de Obra <strong>No</strong>. 016 de 2009 quedara así: CLÁUSULASEXTA.- FORMA <strong>DE</strong> PAGO: El valor del presente contrato se cancelará por parte de la ESEHOSPIT<strong>AL</strong> SAN AGUSTIN <strong>DE</strong> FONSECA a EL CONTRATISTA de la siguiente forma: a) Elcincuenta (50%) por ciento del valor del contrato o sea la suma de: DOSCIENTOS DOSMILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATROPESOS ($202.985.644) se cancelará a título de anticipo, el cual se pagará una vezperfeccionado expedido el respectivo registro presupuestal y aprobada la póliza o garantíaseñalada en la clausula vigésima del Contrato de Obra <strong>No</strong>. 016 de 2009.. b) El treinta Por Cientodel valor total del Contrato o sea la suma de: CIENTOVEINTIUN MILLONES SETECIENTOSNOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS CON CUATRO CENTAVOS($121.791.386.4) Una vez se verifique la ejecución del anticipo, mediante acta parcial suscritaentre la ESE HOSPIT<strong>AL</strong> SAN AGUSTIN <strong>DE</strong> FONSECA y el contratista. c) El saldo restanteequivalente al Veinte por ciento (20%) o sea la suma de: OCHENTA Y UN MILLONES CIENTONOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS CON SEISCENTAVOS ($81.194.257.6)se cancelará una vez recibida a satisfacción mediante acta derecibo final, las obras ejecutadas en cumplimiento del presente contrato de Obra <strong>No</strong>. 016 de2009. CLÁUSULA SEGUNDA.- La clausula decima del Contrato de Obra <strong>No</strong>. 016 de 2009quedara así: CLÁUSULA <strong>DE</strong>CIMA: OBLIGACIONES <strong>DE</strong> LA ESE HOSPIT<strong>AL</strong> SAN AGUSTIN<strong>DE</strong> FONSECA: LA ESE HOSPIT<strong>AL</strong> SAN AGUSTIN <strong>DE</strong> FONSECA se obliga para con ELCONTRATISTA a lo siguiente: 1. Cancelar el valor del presente contrato, una vez secumplan las condiciones establecidas para ello. 2. Supervisar la ejecución de las obras a“Por una salud integral y efectiva, porque <strong>Fonseca</strong> merece lo mejor...”EMAIL: hospsana@yahoo.comCalle 15 <strong>No</strong>. 21 – 31 Tel. (095) 7756301 – 7756084 - 7756083

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