12.07.2015 Views

Anteproyecto de Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de ...

Anteproyecto de Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de ...

Anteproyecto de Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de ...

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Artículo 13. Supuestos <strong>de</strong> obligatoriedad <strong>de</strong>l contrato escrito.1. Cuando concurran <strong>de</strong>terminadas situaciones sectoriales específicas, <strong>el</strong> Ministerio <strong>de</strong> MedioAmbiente, y Medio Rural y Marino podrá <strong>de</strong>cidir la obligatoriedad <strong>de</strong> que los operadores <strong>de</strong> un<strong>de</strong>terminado sector hagan uso <strong>de</strong> contratos escritos. Las partes podrán utilizar, si así lo <strong>de</strong>sean,contratos homologados por los po<strong>de</strong>res públicos.2. Los contratos se firmarán por a<strong>de</strong>lantado a la transacción comercial e incluirán cláusulasque especifiquen, como mínimo, i<strong>de</strong>ntificación <strong>de</strong> las partes contratantes, la cantidad <strong>de</strong> productoobjeto <strong>de</strong> contrato, calendario <strong>de</strong> entrega <strong>de</strong>l producto y precio, condiciones <strong>de</strong> pago y <strong>el</strong> plazo <strong>de</strong>vigencia <strong>de</strong>l contrato, que serán en todo caso fijadas libremente por las partes.Artículo 14. Régimen sancionador.1. Los incumplimientos <strong>de</strong> lo dispuesto en <strong>el</strong> artículo 12 serán consi<strong>de</strong>rados como infraccionesadministrativas que podrán ser leves, graves o muy graves.2. Se consi<strong>de</strong>rará como infracción leve la no presentación por parte <strong>de</strong> los compradores <strong>de</strong> loscontratos escritos obligatorios cuando fueren requeridos <strong>para</strong> su control.3. Se consi<strong>de</strong>rará como infracción grave la negativa a suministrar información o datosreferidos a los contratos escritos obligatorios, cuando estos sean requeridos en los actos <strong>de</strong>inspección o control administrativo, así como falsear esa información o datos.4. Se consi<strong>de</strong>rará como infracción muy grave la recogida <strong>de</strong> producto al ven<strong>de</strong>dor sin habersuscrito <strong>el</strong> contrato escrito obligatorio.5. Las infracciones enumeradas en los apartados anteriores darán lugar a la imposición <strong>de</strong> lassiguientes sanciones:a) Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o multa <strong>de</strong> hasta 3.000euros.b) Las infracciones graves serán sancionadas con multas comprendidas entre 3.001 y150.000 euros.c) Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa comprendida entre150.001 euros y 3.000.000 <strong>de</strong> euros.6. Los criterios <strong>para</strong> la graduación <strong>de</strong> la sanción a aplicar serán los que <strong>de</strong>termina la <strong>Ley</strong>30/1992, <strong>de</strong> 26 <strong>de</strong> noviembre, <strong>de</strong> Régimen Jurídico <strong>de</strong> las Administraciones Públicas y <strong>de</strong>lProcedimiento Administrativo Común.7. La resolución <strong>de</strong>l procedimiento sancionador será competencia <strong>de</strong>:18

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!