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ORDEN GENERAL No. 149 DEL COMANDO GENERAL DE LA ...

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<strong>OR<strong>DE</strong>N</strong> <strong>GENERAL</strong> <strong>No</strong>. <strong>149</strong><br />

<strong><strong>DE</strong>L</strong> <strong>COMANDO</strong> <strong>GENERAL</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICÍA NACIONAL<br />

PARA EL DÍA JUEVES 03 <strong>DE</strong> AGOSTO <strong><strong>DE</strong>L</strong> 2006<br />

RESOLUCIONES <strong><strong>DE</strong>L</strong> CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES<br />

Art. 1. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-542-CCP.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El señor Director Nacional de Educación de la Policía Nacional, mediante oficio <strong>No</strong>. 06-2931-DNE-PN, de<br />

fecha 15 de junio del 2006, remite al señor Presidente del H. Consejo de Clases y Policías, la nómina de los señores Policías<br />

que han obtenido las primeras antigüedades en los diferentes Comandos y Escuelas donde realizaron el Curso de<br />

Profesionalización de Policías de Línea.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO:<br />

Que, mediante oficio <strong>No</strong>. 06-2931-DNE-PN, del 15 de junio del 2006, suscrito por el señor Director Nacional de Educación de la<br />

Policía Nacional, remite el oficio <strong>No</strong>. 2006-509-DTP-DNE, del 15 de junio del año en curso, suscrito por el señor Mayor de<br />

Policía Marco Arias Atiencia, Jefe del Departamento Técnico Pedagógico de la DNE, referente a las primeras antigüedades de<br />

los diferentes Comandos y Escuelas, a fin de alcanzar las correspondientes condecoraciones.<br />

Que, mediante Informe <strong>No</strong>. 2006-444-DTP-DNE, de 15 de junio del 2006, suscrito por el señor Policía Tecnólogo Erick Martínez,<br />

Asesor Estadístico de la Dirección Nacional de Educación, en los principal manifiesta: “Revisadas las calificaciones finales y<br />

antigüedades están de acuerdo a los archivos del Departamento Técnico Pedagógico no hay ninguna novedad”.<br />

ESCUE<strong>LA</strong>S NOMBRES Y APELLIDOS PROMEDIO ANTIGÜEDAD<br />

Alausí Chasiluisa Vargas Carlos Efraín 19,340 1<br />

Las Peñas Cherrez Barragán Cristian David 19,229 1<br />

Gustavo <strong>No</strong>boa Bejarano Barberán Loor Jefferson José 19,546 1<br />

San Miguel de Bolívar Vega Reyes Milton Vinicio 19,389 1<br />

San Pablo de Lago Simbaña Patiño Juan Carlos 19,586 1<br />

Guayaquil Alvarado Sánchez Pedro Boris 19,361 1<br />

Amazonía Olalla Tiñe Diego Armando 19,388 1<br />

UPMA Ayala Jaramillo Johana Alexandra 19,478 1<br />

UER Angulo Monteros Wilmer David 18,875 1<br />

Escuadrón Carreteras Molina Sarzosa Santiago Bolívar 19,419 1<br />

El Oro CP-3 Olmedo Morales Marco Iván 19,046 1<br />

Napo CP-20 Taco Párragas Luís Fabián 19,051 1<br />

Que, el Art. 4 del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías establece: “Son deberes y atribuciones del Consejo de<br />

Clases y Policías: ..c) Adoptar las resoluciones previas que sirvan de base para la resolución y disposición del Comandante<br />

General, sobre altas, ascensos, transitorias, bajas y condecoraciones del personal de Clases y Policías”; y, u) Dictaminar sobre<br />

el otorgamiento de las Condecoraciones Institucionales para los Clases y Policías, para lo cual procederá de oficio o a petición<br />

de la parte interesada”.<br />

Que, el Art. 17 del Reglamento de Condecoraciones de la Policía Nacional dice: “La Condecoración “Al Mérito Profesional” en<br />

el grado de “Caballero”, se concederá a quienes hubieren aprobado con calificación de sobresaliente, los cursos reglamentarios<br />

de promoción en la Escuela de Especialización y Perfeccionamiento de Oficiales y Escuelas de Capacitación de Clases y<br />

Policías. Se exceptúa de ésta distinción, a quienes hubiesen obtenido la primera antigüedad de los citados cursos”. Se otorgará<br />

esta misma condecoración al Subteniente graduado con la primera antigüedad en las Escuelas de Formación para Oficiales o<br />

de institutos policiales extranjeros equivalentes; así como al Policía graduado con la primera antigüedad en las Escuelas y<br />

Cursos de Formación de Policías (Profesionalización)”.


2<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, con oficio <strong>No</strong>. 2006-881-AJ-CCP-PN, de fecha 22 de junio<br />

del 2006, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo<br />

RESUELVE:<br />

1.- Calificar Idóneos para la obtención de la Condecoración al Mérito Profesional en el Grado de “Caballero” por haber obtenido la<br />

primera antigüedad en el Curso de Formación Profesional en los diferentes Comandos y Escuelas de Profesionalización, de<br />

acuerdo a lo establecido en el Art. 17 del Reglamento de Condecoraciones de la Policía Nacional a los siguientes señores<br />

Policías:<br />

ESCUE<strong>LA</strong>S NOMBRES Y APELLIDOS<br />

Alausí Chasiluisa Vargas Carlos Efraín<br />

Las Peñas Cherrez Barragán Cristian David<br />

Gustavo <strong>No</strong>boa Bejarano Barberán Loor Jefferson José<br />

San Miguel de Bolívar Vega Reyes Milton Vinicio<br />

San Pablo de Lago Simbaña Patiño Juan Carlos<br />

Guayaquil Alvarado Sánchez Pedro Boris<br />

Amazonía Olalla Tiñe Diego Armando<br />

UPMA Ayala Jaramillo Johana Alexandra<br />

UER Angulo Monteros Wilmer David<br />

Escuadrón Carreteras Molina Sarzosa Santiago Bolívar<br />

El Oro CP-3 Olmedo Morales Marco Iván<br />

Napo CP-20 Taco Párragas Luís Fabián<br />

2.- Solicitar muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne alcanzar el correspondiente<br />

Decreto Ejecutivo para el otorgamiento de la mencionada condecoración a los señores Policías constantes en el numeral 1 de la<br />

Presente Resolución.<br />

3.- Que la presente resolución sea publicada en Orden General, de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional;<br />

y, el Art. 62 del Reglamento del Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, en el Distrito Metropolitano de Quito, el día jueves<br />

veinte y dos de junio del año dos mil seis.<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) ERNESTO SO<strong>LA</strong>NO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> SA<strong>LA</strong> BROWN.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JUAN RUALES ALMEIDA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS.- f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 2. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-543-CCP.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El señor Director General de Personal de la Policía Nacional, mediante oficio <strong>No</strong>. 2006-747-DGP-AJ-SCP,<br />

de fecha 19 de abril del 2006, remite al señor Presidente del H. Consejo de Clases y Policías, la documentación relacionada con<br />

el fallecimiento del señor Policía CAZA MOYA LUIS GERARDO.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO:<br />

Que, del Informe Investigativo <strong>No</strong>. 2006-458-UAI-CP-1, del 9 de mayo del 2006, elaborado por el señor Sargento Primero de<br />

Policía Marco Mena Ortega, Investigador; y, con el Visto Bueno del señor Capitán de Policía Lcdo. Alex Pachard Ordóñez, Jefe<br />

de la Unidad de Asuntos Internos del CP-1, en el acápite de las conclusiones indica lo siguiente: “1.- Que el señor Policía CAZA<br />

MOYA LUIS GERARDO, (hoy fallecido) pertenecía al Grupo Especial Móvil Antinarcóticos (GEMA) acantonada en la ciudad de<br />

Baeza, el día viernes 14 de abril del 2006, se había encontrado haciendo uso de su franco.- 2.- Que el prenombrado señor<br />

Policía es encontrado muerto en la vía pública del sector de Santos Pamba, Barrio Esperanza y Progreso, Cuarta Etapa, a eso<br />

de las 06h30 aproximadamente del día viernes 14 de abril del 2006, vestido de civil, junto al cadáver se encontraban prendas<br />

personales policiales, pero se desconocía su identidad.- 3.- Que de acuerdo al protocolo de Autopsia, Informe <strong>No</strong>. 497-308-<br />

DML-2006, practicado al hoy fallecido señor Policía CAZA MOYA LUIS GERARDO, por la Dra. Clivia Guerrero Urbina, Perito


3<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

Médico Legista, se indica como causa de muerte: E<strong>DE</strong>MA AGUDO <strong>DE</strong> PULMON.- 4.- Que el señor hoy fallecido Policía CAZA<br />

MOYA LUIS GERARDO, conforme a los oficios y certificaciones emitidas por el Grupo Especial Móvil Antinarcóticos, NO<br />

adeuda prenda de Estado alguno al Rastrillo de esa Unidad, su arma de dotación policial la ha dejado para hacer uso de su<br />

franco sin novedad en el rastrillo correspondiente; además del oficio emitido por el señor Jefe del Guarda Almacén del Rastrillo<br />

General de la DGL-PN, se conoce que el hoy fallecido NO ha recibido arma de dotación por esa Dependencia”.<br />

Que, el Art. 4 del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías establece: “Son deberes y atribuciones del Consejo de<br />

Clases y Policías: ..c) Adoptar las resoluciones previas que sirvan de base para la resolución y disposición del Comandante<br />

General, sobre altas, ascensos, transitorias, bajas y condecoraciones del personal de Clases y Policías”.<br />

Que, el Art. 66 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, expresa: “El personal policial será dado de baja por una de las<br />

siguientes causas: … b) Por fallecimiento”.<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, con oficio <strong>No</strong>. 2006-867-AJ-CCP-PN, de fecha 20 de junio<br />

del 2006, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo<br />

RESUELVE:<br />

1.- Solicitar muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, proceda a dar de baja de las filas policiales<br />

al señor Policía CAZA MOYA LUIS GERARDO, por fallecimiento, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66, literal b) de la Ley<br />

de Personal de la Policía Nacional, con fecha 14 de abril del año dos mil seis.<br />

2.- Que la presente resolución sea publicada en Orden General, de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento del Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, en el Distrito Metropolitano de Quito, el día jueves<br />

veinte y dos de junio del año dos mil seis.<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) ERNESTO SO<strong>LA</strong>NO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> SA<strong>LA</strong> BROWN.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JUAN RUALES ALMEIDA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS.- f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 3. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-544-CCP.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El señor Director General de Personal de la Policía Nacional, mediante Oficio <strong>No</strong>. 2006-912-DGP-AJ-SCP<br />

de fecha 30 de mayo del año dos mil seis; envía para conocimiento, estudio y resolución de este Organismo, el informe<br />

investigativo relacionado al fallecimiento del señor Cabo Segundo de Policía PEÑAFIEL MANZANO ROBINSON<br />

EDILBERTO.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO<br />

Que, del Informe Investigativo <strong>No</strong>. 2006-17-P2-JPSPP, de fecha 23 de mayo del 2006, elaborado por el señor Capitán de<br />

Policía JORGE ALEXAN<strong>DE</strong>R NUÑEZ BOSQUEZ, Oficial P3 de la Dirección Nacional de Seguridad Pública, Oficial Investigador,<br />

en el acápite de las conclusiones señala lo siguiente: “1. Que efectivamente el señor Cbos. de Policía perteneciente a la<br />

Jefatura Provincial de Seguridad Pública de Pichincha PEÑAFIEL MANZANO ROBINSON EDILBERTO, había fallecido a<br />

consecuencia de un accidente de tránsito(estrellamiento), acontecido el día jueves 04 de mayo del 2006, aproximadamente a<br />

las 23h30. 2.- Que el señor Cbos. de Policía Peñafiel Manzano Robinsón Edilberto, había fallecido, según Protocolo de<br />

Autopsia por: Hemorragia aguda interna, laceración de la vena cava superior y aurícula derecha consecutivo aún probable<br />

suceso de tránsito. Manera de muerte desde el punto de vista médico legal(violenta). 3.- Que el señor Cbos. de Policía Peñafiel<br />

Manzano Robinsón Edilberto, había laborado normalmente en el servicio de patrullaje del Lupa 11, desde las 07h00 hasta las<br />

18h45, en compañía del señor Policía Nacional Veloso Gualotuña Wilson Armando. 4.- Que el señor Cbos. de Policía Peñafiel<br />

Manzano Robinsón Edilberto, a partir de las 18h45 se encontraba franco hasta las 07h00 del siguiente día, por cuanto así es la<br />

designación del servicio de Patrullaje en Motocicleta de la Jefatura Provincial de Seguridad Pública de Pichincha. 5.- Que el<br />

señor Sgos. de Policía Víctor Manuel Yanguicela Guanochanga, se había encontrado en compañía del hoy occiso en el vehículo<br />

de placas PNG-168, marca Hyndai color gris, al momento del accidente, mismo que también había resultado seriamente herido<br />

a consecuencia del impacto. 6.- Que el señor Sgos. de Policía Víctor Manuel Yanguicela Guanochanga, en razón de estar


4<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

seriamente herido había sido trasladado hasta el Hospital de Machachi donde fue transferido al Hospital de la Policía Nacional a<br />

las 04h00”.<br />

Que, el Art. 28 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, expresa: “El Consejo de Clases y Policías tendrán los siguientes<br />

deberes y atribuciones:… literal a) Resolver sobre las altas, ascensos, transitorias, bajas y condecoraciones de clases y<br />

policías. …”.<br />

Que, el Art. 66 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, expresa: “El personal policial será dado de baja por una de las<br />

siguientes causas: … literal b) Por fallecimiento; …”.<br />

Que el Art. 4 del Reglamento Para el Consejo de Clases y Policías dice: “Son deberes y atribuciones del Consejo de Clases y<br />

Policías: …literal t) Dictaminar sobre bajas e insubsistencia de bajas de los Clases y Policías de la Policía Nacional. …”.<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, con oficio <strong>No</strong>. 2006-876-AJ-CCP-PN de fecha 21 de<br />

junio del 2006, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

RESUELVE<br />

1.- Solicitar comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne proceder a dar de baja de las filas<br />

policiales al señor Cabo Segundo de Policía PEÑAFIEL MANZANO ROBINSON EDILBERTO, por fallecimiento, de<br />

conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 literal b) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, con fecha 04 de mayo del<br />

2006.<br />

2.- Que la presente resolución sea publicada en Orden General, de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento del Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, en el Distrito Metropolitano de Quito, a los veinte y dos<br />

días del mes de junio del dos mil seis.<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) ERNESTO SO<strong>LA</strong>NO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> SA<strong>LA</strong> BROWN.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JUAN RUALES ALMEIDA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS.- f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 4. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-545-CCP.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El señor Inspector General de la Policía Nacional, mediante oficio Nros. 2006-1353-IGPN, de 30 de mayo<br />

del 2006, y 2006-1470-IGPN, de 08 de junio del 2006, envía para conocimiento estudio y resolución del H. Consejo de Clases<br />

y Policías, el Informe Investigativo relacionado con la novedad suscitada con los señores: Policías Nacionales DIAZ<br />

PA<strong>LA</strong>DINES ALBERTO FERNANDO y VINUEZA TORRES CARLOS ALBERTO.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO<br />

Que, del Informe Investigativo <strong>No</strong>. 2006-0460-UAI-CP-2, de fecha 08 de mayo del 2006 suscrito por el señor Teniente de Policía<br />

Luís Paredes Cadena, Oficial Investigador, con el Visto Bueno del señor TCrnel. de Policía de E.M. Ab. Víctor Hugo Villacís,<br />

Jefe de Asuntos Internos del CP-2, en el acápite de conclusiones expresa: “1.- Que los señores Policía ALBERTO FERNANDO<br />

DIAZ PA<strong>LA</strong>DINES y Policía CARLOS ALBERTO VINUEZA TORRES pertenecientes al CP-2 Comando Sectorial Duran, y el<br />

día 07 de febrero del 2006 a las 23h00 aproximadamente, el primero de los nombrados de servicio de Guardia en el Cuartel<br />

UVE-3 y el segundo de los nombrados como cuartelero en UVE-3….. 2.- Que la menor OFELIA GRACIE<strong>LA</strong> MOREIRA<br />

AREVALO manifiesta que ha convivido con el ciudadano MEDINA RIVA<strong>DE</strong>NEIRA JOHNNY JIMMY, por el lapso de nueve<br />

meses durante el año 2005, hasta la primera semana del mes de febrero del 2006, que su conviviente había llevado un maletín<br />

a su domicilio que en ese tiempo era en la ciudadela Primavera II y que con cierta particularidad lo llevaba en la mañana,<br />

retornando en horas de la noche, donde le había indicado que lo guarde en un lugar seguro, hasta que en horas de la noche<br />

mientras realizaba la limpieza en el dormitorio de su domicilio se ha tropezado con el maletín y al revisar el mismo ha<br />

encontrado cuatro armas de fuego, sorprendiéndose y tomando la decisión de entregarlas a la Policía….3.- Que la menor<br />

OFELIA GRACIE<strong>LA</strong> MOREIRA AREVALO el día 07 de febrero del 2006 a las 23h00 se traslada al cuartel UVE-3 ubicado en la<br />

ciudadela Primavera II en el Cantón Durán, donde se encontraban de servicio los señores Policía ALBERTO DIAZ PA<strong>LA</strong>DINES


5<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

Centinela en el cuartel UVE-3 y Policía VINUEZA TORRES CARLOS ALBERTO Cuartelero, a quienes le informa sobre la<br />

existencia de las armas, dialogando por aproximadamente hora y media proporcionando el numero de teléfono al señor Policía<br />

ALBERTO DIAZ PA<strong>LA</strong>DINES y optando por retirarse…..4.- Que después de varios minutos según la versión de la menor<br />

OFELIA GRACIE<strong>LA</strong> MOREIRA AREVALO, retorna al Cuartel UVE-3 y procede a entregar un maletín con cuatro armas, dos<br />

pistolas y dos revólveres dos de color negro y dos de color plateado y una caja de balas, las mismas que en su<br />

presencia han constatado los elementos policiales, la existencia de las mismas, procediendo a retirarse la menor….5.- Que<br />

según los señores Policía ALBERTO FERNANDO DIAZ PA<strong>LA</strong>DINEZ y Policía CARLOS ALBERTO VINUEZA TORRES,<br />

señalan que el primero de los nombrados recibió una funda y se traslado a la habitación del señor Sbte. de Policía BENITO<br />

RO<strong>LA</strong>NDO MASACHE ESCOBAR a quien le despierta y en su presencia verifican que existían dos revólveres de fabricación<br />

nacional y una caja de balas, el mismo que le dispone que elabore el respectivo parte de la novedad y al mismo que solicitan la<br />

colaboración de una unidad policial para que custodie la prevención de UVE-3, mientras el señor Policía DIAZ PA<strong>LA</strong>DINES<br />

realizaba el parte de la novedad haciendo constar las dos armas en referencia….6.- Que el señor Policía ALBERTO<br />

FERNANDO DIAZ PA<strong>LA</strong>DINEZ habría manifestado al señor Sbte. de Policía BENITO MASACHE ESCOBAR que la persona<br />

que le entregó las armas, no se quiso identificar ni proporcionar ningún dato al respecto, mientras que los señores Policía<br />

ALBERTO FERNANDO DIAZ PA<strong>LA</strong>DINEZ y Policía CARLOS ALBERTO VINUEZA TORRES ha dialogado por mas de hora y<br />

media con la menor antes citada, donde han sido advertidos sobre la existencia y la voluntad de entregar las armas, donde la<br />

referida menor ha proporcionado el numero de teléfono celular al señor Policía ALBERTO FERNANDO DIAZ PALDINEZ quien<br />

al siguiente día en horas de la mañana le llama para en las cercanías de su domicilio leerle el parte policial sobre la entrega de<br />

las armas, el mismo que no ha proporcionado estos datos al señor oficial antes mencionado….7.- Que el señor Policía<br />

ALBERTO FERNANDO DIAZ PA<strong>LA</strong>DINEZ, omite información a la superioridad por cuanto en el parte policial no hace constar<br />

los nombres de la persona que le entrego las armas e indica que se negó a identificarse por temor a represalias, siendo que el<br />

referido miembro policial habría dialogado con la referida menor por hora y media aproximadamente donde incluso la misma le<br />

habría proporcionado el numero de teléfono celular al mencionado elemento policial y el día 08 de febrero del 2006 en horas de<br />

la mañana le habría llamado, entrevistándose en la cercanía de UVE-3 donde personalmente le ha leído el parte referente a la<br />

entrega de las armas datos que no hace constar en el parte policial….”.<br />

Que, el Art. 4 del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías de la Policía Nacional dispone: "Son deberes y atribuciones<br />

del Consejo de Clases y Policías…. literal j) Conocer y resolver sobre la situación en que los Clases y Policías deban ser<br />

colocados a Disposición del Comandante General, por las causas previstas en la Ley de Personal de la Policía Nacional".<br />

Que, el Art. 52 de la Ley de Personal de la Policía Nacional expresa: "A Disposición es la situación mediante la cual los Oficiales<br />

son colocados a ordenes del Ministro de Gobierno, los Clases y Policías a órdenes del Comandante General sin funciones de<br />

conformidad con esta Ley”.<br />

Que, el Art. 53 de la Ley de Personal de la Policía Nacional en su inciso primero señala: “El personal policial será colocado a<br />

Disposición por presunción de mala conducta profesional”.<br />

Que, el Art. 54 de la Ley de Personal de la Policía Nacional expresa: “Constituye mala conducta profesional todo acto ejecutado<br />

por un miembro de la Policía que lesione gravemente el prestigio de la Institución o que atente gravemente la moral y las<br />

buenas costumbres; así como la reincidencia en el cometimiento de faltas disciplinarias por las que hubiere sido sancionado.<br />

Repútase como reincidencia la repetición de las faltas en la vida profesional atento al tiempo y su gravedad".<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, con oficio <strong>No</strong>. 2006-878-AJ-CCP-PN; de fecha 21 de junio del<br />

2006, emite el informe jurídico correspondiente; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

RESUELVE:<br />

1.- Solicitar muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, que los señores: Policías Nacionales<br />

DIAZ PA<strong>LA</strong>DINES ALBERTO FERNANDO y VINUEZA TORRES CARLOS ALBERTO, sean colocados en Situación A<br />

Disposición, con fecha de publicación en la Orden General, de conformidad con lo que establece el Art. 53 en<br />

concordancia con el Art. 52 de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

2.- Remitir la documentación a la Inspectoría General de la Policía Nacional, para el trámite de la Información Sumaria, a fin de<br />

establecer la conducta profesional de los señores: Policías Nacionales DIAZ PA<strong>LA</strong>DINES ALBERTO FERNANDO y<br />

VINUEZA TORRES CARLOS ALBERTO, conforme lo establece el inciso tercero del Art. 53 de la Ley de Personal de la<br />

Policía Nacional.<br />

3.- Que la presente resolución sea publicada en Orden General, de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y el Art. 62 del Reglamento del Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, en el Distrito Metropolitano de Quito, el día jueves


veinte y dos de junio del año dos mil seis.<br />

6<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) ERNESTO SO<strong>LA</strong>NO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> SA<strong>LA</strong> BROWN.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JUAN RUALES ALMEIDA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS.- f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 5. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-546-CCP.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El día lunes diez de abril del año dos mil seis, con Resolución <strong>No</strong>. 2006-291-CCP-PN, el H. Consejo de<br />

Clases y Policías, resolvió establecer la nómina del personal de Clases y Policías que pasan a conformar la Cuota de<br />

Eliminación para el año dos mil seis, de conformidad con el Art. 95 de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO<br />

Que, establecida la nómina de Clases y Policías que se encuentran inmersos en la Cuota de Eliminación, Secretaría de este Consejo<br />

ha procedido a notificarles como determina el inciso segundo del Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional con fecha 13 de<br />

abril del año dos mil seis, entre otros al señor Sargento Segundo de Policía CURAY AREQUIPA JORGE ANIBAL.<br />

Que, el señor Sargento Segundo de Policía CURAY AREQUIPA JORGE ANIBAL, con fecha 13 de abril del 2006, presenta<br />

en la Secretaría de este Organismo, una solicitud, tendiente a que se le conceda la Transitoria Voluntaria previa la baja de las<br />

filas policiales de conformidad al Art. 60 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, sin que se halle prevista la<br />

misma en el inciso segundo del Art. 93 de la Ley de personal de la Policía Nacional.<br />

Que, el Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional en el inciso segundo dice: “La Resolución de los Consejos será<br />

notificada reservadamente al personal que conste en dicha lista, quien podrá solicitar su baja voluntaria o apelar en el plazo<br />

de 15 días por una sola vez, a partir de la fecha de su notificación. Los Oficiales Generales y Superiores podrán plantear la<br />

reconsideración ante el mismo Consejo, en el plazo antes fijado.”<br />

Que, el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, dispone: “El personal policial que conste en forma definitiva en la<br />

lista de eliminación anual, será colocado en situación transitoria previa a la baja, siempre que acredite el tiempo de servicio<br />

necesario, en caso contrario, procederá directamente la baja.”<br />

Que, el Art. 60 del mismo cuerpo Legal, establece: “El personal policial puede ser colocado en situación transitoria en los<br />

siguientes casos:..d) Por hallarse dentro de la lista de eliminación anual conforme a esta Ley y el Reglamento;”<br />

Que, el Art. 4 del reglamento para el Consejo de Clases y Policías, establece. “Son deberes y atribuciones del Consejo de<br />

Clases y Policías:..c) Adoptar las resoluciones previas que sirvan de base para la resolución y disposición del Comandante<br />

General, sobre altas, ascensos, transitorias, bajas y condecoraciones del personal de Clases y Policías;”<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, y el señor Director Nacional de Asesoría Jurídica con<br />

Oficios <strong>No</strong>. 2006-614-AJ-CCP-PN de fecha 19 de mayo del 2006, y 2006-1645-DNAJ-PN de fecha 13 de junio del 2006,<br />

respectivamente, emiten sus Informes Jurídicos.<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

RESUELVE:<br />

1.- Negar el pedido formulado por el señor Sargento Segundo de Policía CURAY AREQUIPA JORGE ANIBAL, de ser<br />

colocado en situación transitoria previa la baja voluntaria, por improcedente, esto es por no hallarse prevista la misma en el<br />

Art. 93 inciso segundo de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

2.- Solicitar muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne colocar en situación transitoria<br />

previa a su baja de las filas policiales, al señor Sargento Segundo de Policía CURAY AREQUIPA JORGE ANIBAL, de<br />

conformidad con el Art. 60 literal d) en concordancia con el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, con<br />

fecha de publicación en la Orden General.<br />

3.- Que la presente Resolución sea publicada en Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías.


7<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, del Distrito Metropolitano de Quito, a los veinte y dos<br />

días del mes de junio del año dos mil seis.<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) ERNESTO SO<strong>LA</strong>NO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> SA<strong>LA</strong> BROWN.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JUAN RUALES ALMEIDA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS.- f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 6. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-547-CCP.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El día lunes diez de abril del año dos mil seis, con Resolución <strong>No</strong>. 2006-291-CCP-PN, el H. Consejo de<br />

Clases y Policías, resolvió establecer la nómina del personal de Clases y Policías que pasan a conformar la Cuota de<br />

Eliminación para el año dos mil seis, de conformidad con el Art. 95 de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO<br />

Que, establecida la nómina de Clases y Policías que se encuentran inmersos en la Cuota de Eliminación, Secretaría de este Consejo<br />

ha procedido a notificarles como determina el inciso segundo del Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional con fecha 13 de<br />

abril del año dos mil seis, entre otros al señor Sargento Segundo de Policía GARCIA MURILLO MAXIMO VALENTIN.<br />

Que, el señor Sargento Segundo de Policía GARCIA MURILLO MAXIMO VALENTIN, con fecha 13 de abril del 2006,<br />

presenta en la Secretaría de este Organismo, una solicitud, tendiente a que se le conceda la Transitoria Voluntaria previa la baja<br />

de las filas policiales de conformidad al Art. 60 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, sin que se halle prevista la<br />

misma en el inciso segundo del Art. 93 de la Ley de personal de la Policía Nacional.<br />

Que, el Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional en el inciso segundo dice: “La Resolución de los Consejos será<br />

notificada reservadamente al personal que conste en dicha lista, quien podrá solicitar su baja voluntaria o apelar en el plazo<br />

de 15 días por una sola vez, a partir de la fecha de su notificación. Los Oficiales Generales y Superiores podrán plantear la<br />

reconsideración ante el mismo Consejo, en el plazo antes fijado.”<br />

Que, el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, dispone: “El personal policial que conste en forma definitiva en la<br />

lista de eliminación anual, será colocado en situación transitoria previa a la baja, siempre que acredite el tiempo de servicio<br />

necesario, en caso contrario, procederá directamente la baja.”<br />

Que, el Art. 60 del mismo cuerpo Legal, establece: “El personal policial puede ser colocado en situación transitoria en los<br />

siguientes casos:..d) Por hallarse dentro de la lista de eliminación anual conforme a esta Ley y el Reglamento;”<br />

Que, el Art. 4 del reglamento para el Consejo de Clases y Policías, establece. “Son deberes y atribuciones del Consejo de<br />

Clases y Policías:..c) Adoptar las resoluciones previas que sirvan de base para la resolución y disposición del Comandante<br />

General, sobre altas, ascensos, transitorias, bajas y condecoraciones del personal de Clases y Policías;”<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, y el señor Director Nacional de Asesoría Jurídica con<br />

Oficios <strong>No</strong>. 2006-615-AJ-CCP-PN de fecha 19 de mayo del 2006, y 2006-1645-DNAJ-PN de fecha 13 de junio del 2006,<br />

respectivamente, emiten sus Informes Jurídicos.<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

RESUELVE:<br />

1.- Negar el pedido formulado por el señor Sargento Segundo de Policía GARCIA MURILLO MAXIMO VALENTIN, de ser<br />

colocado en situación transitoria previa la baja voluntaria, por improcedente, esto es por no hallarse prevista la misma en el<br />

Art. 93 inciso segundo de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

2.- Solicitar muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne colocar en situación transitoria<br />

previa a su baja de las filas policiales, al señor Sargento Segundo de Policía GARCIA MURILLO MAXIMO VALENTIN,<br />

de conformidad con el Art. 60 literal d) en concordancia con el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, con<br />

fecha de publicación en la Orden General.<br />

3.- Que la presente Resolución sea publicada en Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía


8<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías.<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, del Distrito Metropolitano de Quito, a los veinte y dos<br />

días del mes de junio del año dos mil seis.<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) ERNESTO SO<strong>LA</strong>NO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> SA<strong>LA</strong> BROWN.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JUAN RUALES ALMEIDA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) ÁNGEL BARRIONUEVO ZAMORA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES<br />

Y POLICIAS.- f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.-<br />

SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 7. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-548-CCP.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El día lunes diez de abril del año dos mil seis, con Resolución <strong>No</strong>. 2006-291-CCP-PN, el H. Consejo de<br />

Clases y Policías, resolvió establecer la nómina del personal de Clases y Policías que pasan a conformar la Cuota de<br />

Eliminación para el año dos mil seis, de conformidad con el Art. 95 de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO<br />

Que, establecida la nómina de Clases y Policías que se encuentran inmersos en la Cuota de Eliminación, Secretaría de este Consejo<br />

ha procedido a notificarles como determina el inciso segundo del Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional con fecha 13 de<br />

abril del año dos mil seis, entre otros al señor Sargento Segundo de Policía MONTENEGRO BO<strong>LA</strong>ÑOS MARCELO GONZALO.<br />

Que, el señor Sargento Segundo de Policía MONTENEGRO BO<strong>LA</strong>ÑOS MARCELO GONZALO, con fecha 13 de abril del<br />

2006, presenta en la Secretaría de este Organismo, una solicitud, tendiente a que se le conceda la Transitoria Voluntaria previa<br />

la baja de las filas policiales de conformidad al Art. 60 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, sin que se halle<br />

prevista la misma en el inciso segundo del Art. 93 de la Ley de personal de la Policía Nacional.<br />

Que, el Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional en el inciso segundo dice: “La Resolución de los Consejos será<br />

notificada reservadamente al personal que conste en dicha lista, quien podrá solicitar su baja voluntaria o apelar en el plazo<br />

de 15 días por una sola vez, a partir de la fecha de su notificación. Los Oficiales Generales y Superiores podrán plantear la<br />

reconsideración ante el mismo Consejo, en el plazo antes fijado.”<br />

Que, el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, dispone: “El personal policial que conste en forma definitiva en la<br />

lista de eliminación anual, será colocado en situación transitoria previa a la baja, siempre que acredite el tiempo de servicio<br />

necesario, en caso contrario, procederá directamente la baja.”<br />

Que, el Art. 60 del mismo cuerpo Legal, establece: “El personal policial puede ser colocado en situación transitoria en los<br />

siguientes casos:..d) Por hallarse dentro de la lista de eliminación anual conforme a esta Ley y el Reglamento;”<br />

Que, el Art. 4 del reglamento para el Consejo de Clases y Policías, establece. “Son deberes y atribuciones del Consejo de<br />

Clases y Policías:..c) Adoptar las resoluciones previas que sirvan de base para la resolución y disposición del Comandante<br />

General, sobre altas, ascensos, transitorias, bajas y condecoraciones del personal de Clases y Policías;”<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, y el señor Director Nacional de Asesoría Jurídica con<br />

Oficios <strong>No</strong>. 2006-613-AJ-CCP-PN de fecha 19 de mayo del 2006, y 2006-1645-DNAJ-PN de fecha 13 de junio del 2006,<br />

respectivamente, emiten sus Informes Jurídicos.<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

RESUELVE:<br />

1.- Negar el pedido formulado por el señor Sargento Segundo de Policía MONTENEGRO BO<strong>LA</strong>ÑOS MARCELO<br />

GONZALO, de ser colocado en situación transitoria previa la baja voluntaria, por improcedente, esto es por no hallarse<br />

prevista la misma en el Art. 93 inciso segundo de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

2.- Solicitar muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne colocar en situación transitoria<br />

previa a su baja de las filas policiales, al señor Sargento Segundo de Policía MONTENEGRO BO<strong>LA</strong>ÑOS MARCELO<br />

GONZALO., de conformidad con el Art. 60 literal d) en concordancia con el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía<br />

Nacional, con fecha de publicación en la Orden General.


9<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

3.- Que la presente Resolución sea publicada en Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, del Distrito Metropolitano de Quito, a los veinte y dos<br />

días del mes de junio del año dos mil seis.<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) ERNESTO SO<strong>LA</strong>NO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> SA<strong>LA</strong> BROWN.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JUAN RUALES ALMEIDA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS.- f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 8. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-549-CCP.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El día lunes diez de abril del año dos mil seis, con Resolución <strong>No</strong>. 2006-291-CCP-PN, el H. Consejo de<br />

Clases y Policías, resolvió establecer la nómina del personal de Clases y Policías que pasan a conformar la Cuota de<br />

Eliminación para el año dos mil seis, de conformidad con el Art. 95 de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO<br />

Que, establecida la nómina de Clases y Policías que se encuentran inmersos en la Cuota de Eliminación, Secretaría de este Consejo<br />

ha procedido a notificarles como determina el inciso segundo del Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional con fecha 13 de<br />

abril del año dos mil seis, entre otros al señor Sargento Primero de Policía TOAPANTA VILCA SEGUNDO ALEJANDRO.<br />

Que, el señor Sargento Primero de Policía TOAPANTA VILCA SEGUNDO ALEJANDRO, con fecha 13 de abril del 2006, presenta<br />

en la Secretaría de este Organismo, una solicitud, tendiente a que se le conceda la Transitoria Voluntaria previa la baja de las filas<br />

policiales de conformidad al Art. 60 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, sin que se halle prevista la misma en el<br />

inciso segundo del Art. 93 de la Ley de personal de la Policía Nacional.<br />

Que, el Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional en el inciso segundo dice: “La Resolución de los Consejos será<br />

notificada reservadamente al personal que conste en dicha lista, quien podrá solicitar su baja voluntaria o apelar en el plazo<br />

de 15 días por una sola vez, a partir de la fecha de su notificación. Los Oficiales Generales y Superiores podrán plantear la<br />

reconsideración ante el mismo Consejo, en el plazo antes fijado.”<br />

Que, el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, dispone: “El personal policial que conste en forma definitiva en la<br />

lista de eliminación anual, será colocado en situación transitoria previa a la baja, siempre que acredite el tiempo de servicio<br />

necesario, en caso contrario, procederá directamente la baja.”<br />

Que, el Art. 60 del mismo cuerpo Legal, establece: “El personal policial puede ser colocado en situación transitoria en los<br />

siguientes casos:..d) Por hallarse dentro de la lista de eliminación anual conforme a esta Ley y el Reglamento;”<br />

Que, el Art. 4 del reglamento para el Consejo de Clases y Policías, establece. “Son deberes y atribuciones del Consejo de<br />

Clases y Policías:..c) Adoptar las resoluciones previas que sirvan de base para la resolución y disposición del Comandante<br />

General, sobre altas, ascensos, transitorias, bajas y condecoraciones del personal de Clases y Policías;”<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, y el señor Director Nacional de Asesoría Jurídica con<br />

Oficios <strong>No</strong>. 2006-616-AJ-CCP-PN de fecha 19 de mayo del 2006, y 2006-1645-DNAJ-PN de fecha 13 de junio del 2006,<br />

respectivamente, emiten sus Informes Jurídicos.<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

RESUELVE:<br />

1.- Negar el pedido formulado por el señor Sargento Primero de Policía TOAPANTA VILCA SEGUNDO ALEJANDRO, de<br />

ser colocado en situación transitoria previa la baja voluntaria, por improcedente, esto es por no hallarse prevista la misma<br />

en el Art. 93 inciso segundo de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

2.- Solicitar muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne colocar en situación transitoria<br />

previa a su baja de las filas policiales, al señor Sargento Primero de Policía TOAPANTA VILCA SEGUNDO<br />

ALEJANDRO, de conformidad con el Art. 60 literal d) en concordancia con el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía


Nacional, con fecha de publicación en la Orden General.<br />

10<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

3.- Que la presente Resolución sea publicada en Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, del Distrito Metropolitano de Quito, a los veinte y dos<br />

días del mes de junio del año dos mil seis.<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) ERNESTO SO<strong>LA</strong>NO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> SA<strong>LA</strong> BROWN.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JUAN RUALES ALMEIDA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS.- f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 9. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-550-CCP.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El día lunes diez de abril del año dos mil seis, con Resolución <strong>No</strong>. 2006-291-CCP-PN, el H. Consejo de<br />

Clases y Policías, resolvió establecer la nómina del personal de Clases y Policías que pasan a conformar la Cuota de<br />

Eliminación para el año dos mil seis, de conformidad con el Art. 95 de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO<br />

Que, establecida la nómina de Clases y Policías que se encuentran inmersos en la Cuota de Eliminación, Secretaría de este Consejo<br />

ha procedido a notificarles como determina el inciso segundo del Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional con fecha 13 de<br />

abril del año dos mil seis, entre otros al señor Suboficial Primero de Policía BRAVO TORRES LUIS ROMULO.<br />

Que, el señor Suboficial Primero de Policía BRAVO TORRES LUIS ROMULO, con fecha 13 de abril del 2006, presenta en la<br />

Secretaría de este Organismo, una solicitud, tendiente a que se le conceda la Transitoria Voluntaria previa a su baja de las filas<br />

policiales de conformidad al Art. 60 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, sin que se halle prevista la misma en el<br />

inciso segundo del Art. 93 de la Ley de personal de la Policía Nacional.<br />

Que, el Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional en el inciso segundo dice: “La Resolución de los Consejos será<br />

notificada reservadamente al personal que conste en dicha lista, quien podrá solicitar su baja voluntaria o apelar en el plazo<br />

de 15 días por una sola vez, a partir de la fecha de su notificación. Los Oficiales Generales y Superiores podrán plantear la<br />

reconsideración ante el mismo Consejo, en el plazo antes fijado.”<br />

Que, el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, dispone: “El personal policial que conste en forma definitiva en la<br />

lista de eliminación anual, será colocado en situación transitoria previa a la baja, siempre que acredite el tiempo de servicio<br />

necesario, en caso contrario, procederá directamente la baja.”<br />

Que, el Art. 60 del mismo cuerpo Legal, establece: “El personal policial puede ser colocado en situación transitoria en los<br />

siguientes casos:..d) Por hallarse dentro de la lista de eliminación anual conforme a esta Ley y el Reglamento;”<br />

Que, el Art. 4 del reglamento para el Consejo de Clases y Policías, establece. “Son deberes y atribuciones del Consejo de<br />

Clases y Policías:..c) Adoptar las resoluciones previas que sirvan de base para la resolución y disposición del Comandante<br />

General, sobre altas, ascensos, transitorias, bajas y condecoraciones del personal de Clases y Policías;”<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, y el señor Director Nacional de Asesoría Jurídica con<br />

Oficios <strong>No</strong>. 2006-617-AJ-CCP-PN de fecha 19 de mayo del 2006, y 2006-1645-DNAJ-PN de fecha 13 de junio del 2006,<br />

respectivamente, emiten sus Informes Jurídicos.<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

RESUELVE:<br />

1.- Negar el pedido formulado por el señor Suboficial Primero de Policía BRAVO TORRES LUIS ROMULO, de ser colocado<br />

en situación transitoria previa la baja voluntaria, por improcedente, esto es por no hallarse prevista la misma en el Art. 93<br />

inciso segundo de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

2.- Solicitar muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne colocar en situación transitoria


11<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

previa a su baja de las filas policiales, al señor Suboficial Primero de Policía BRAVO TORRES LUIS ROMULO, de<br />

conformidad con el Art. 60 literal d) en concordancia con el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, con<br />

fecha de publicación en la Orden General.<br />

3.- Que la presente Resolución sea publicada en Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, del Distrito Metropolitano de Quito, a los veinte y dos<br />

días del mes de junio del año dos mil seis.<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) ERNESTO SO<strong>LA</strong>NO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> SA<strong>LA</strong> BROWN.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JUAN RUALES ALMEIDA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS.- f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 10. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-551-CCP.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El día lunes diez de abril del año dos mil seis, con Resolución <strong>No</strong>. 2006-291-CCP-PN, el H. Consejo de<br />

Clases y Policías, resolvió establecer la nómina del personal de Clases y Policías que pasan a conformar la Cuota de<br />

Eliminación para el año dos mil seis, de conformidad con el Art. 95 de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO<br />

Que, establecida la nómina de Clases y Policías que se encuentran inmersos en la Cuota de Eliminación, Secretaría de este Consejo<br />

ha procedido a notificarles como determina el inciso segundo del Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional con fecha 24 de<br />

abril del año dos mil seis, entre otros al señor Suboficial Segundo de Policía QUISAGUANO CATOTA WILFRIDO WASHINGTON.<br />

Que, el señor Suboficial Segundo de Policía QUISAGUANO CATOTA WILFRIDO WASHINGTON, con fecha 24 de abril del 2006,<br />

presenta en la Secretaría de este Organismo, una solicitud, tendiente a que se le conceda la Transitoria Voluntaria previa la baja de<br />

las filas policiales de conformidad al Art. 60 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, sin que se halle prevista la misma<br />

en el inciso segundo del Art. 93 de la Ley de personal de la Policía Nacional.<br />

Que, el Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional en el inciso segundo dice: “La Resolución de los Consejos será<br />

notificada reservadamente al personal que conste en dicha lista, quien podrá solicitar su baja voluntaria o apelar en el plazo<br />

de 15 días por una sola vez, a partir de la fecha de su notificación. Los Oficiales Generales y Superiores podrán plantear la<br />

reconsideración ante el mismo Consejo, en el plazo antes fijado.”<br />

Que, el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, dispone: “El personal policial que conste en forma definitiva en la<br />

lista de eliminación anual, será colocado en situación transitoria previa a la baja, siempre que acredite el tiempo de servicio<br />

necesario, en caso contrario, procederá directamente la baja.”<br />

Que, el Art. 60 del mismo cuerpo Legal, establece: “El personal policial puede ser colocado en situación transitoria en los<br />

siguientes casos:..d) Por hallarse dentro de la lista de eliminación anual conforme a esta Ley y el Reglamento;”<br />

Que, el Art. 4 del reglamento para el Consejo de Clases y Policías, establece. “Son deberes y atribuciones del Consejo de<br />

Clases y Policías:..c) Adoptar las resoluciones previas que sirvan de base para la resolución y disposición del Comandante<br />

General, sobre altas, ascensos, transitorias, bajas y condecoraciones del personal de Clases y Policías;”<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, y el señor Director Nacional de Asesoría Jurídica con<br />

Oficios <strong>No</strong>. 2006-630-AJ-CCP-PN de fecha 19 de mayo del 2006, y 2006-1645-DNAJ-PN de fecha 13 de junio del 2006,<br />

respectivamente, emiten sus Informes Jurídicos.<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

RESUELVE:<br />

1.- Negar el pedido formulado por el señor Suboficial Segundo de Policía QUISAGUANO CATOTA WILFRIDO<br />

WASHINGTON, de ser colocado en situación transitoria previa la baja voluntaria, por improcedente, esto es por no hallarse<br />

prevista la misma en el Art. 93 inciso segundo de la Ley de Personal de la Policía Nacional.


12<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

2.- Solicitar muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne colocar en situación transitoria<br />

previa a su baja de las filas policiales, al señor Suboficial Segundo de Policía QUISAGUANO CATOTA WILFRIDO<br />

WASHINGTON, de conformidad con el Art. 60 literal d) en concordancia con el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía<br />

Nacional, con fecha de publicación en la Orden General.<br />

3.- Que la presente Resolución sea publicada en Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, del Distrito Metropolitano de Quito, a los veinte y dos<br />

días del mes de junio del año dos mil seis.<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) ERNESTO SO<strong>LA</strong>NO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> SA<strong>LA</strong> BROWN.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JUAN RUALES ALMEIDA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS.- f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 11. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-552-CCP.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El día lunes diez de abril del año dos mil seis, con Resolución <strong>No</strong>. 2006-291-CCP-PN, el H. Consejo de<br />

Clases y Policías, resolvió establecer la nómina del personal de Clases y Policías que pasan a conformar la Cuota de<br />

Eliminación para el año dos mil seis, de conformidad con el Art. 95 de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO<br />

Que, establecida la nómina de Clases y Policías que se encuentran inmersos en la Cuota de Eliminación, Secretaría de este Consejo<br />

ha procedido a notificarles como determina el inciso segundo del Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional con fecha 24 de<br />

abril del año dos mil seis, entre otros al señor Policía Nacional GAIBOR CHAPALBAY JOSE EDUARDO.<br />

Que, el señor Policía Nacional GAIBOR CHAPALBAY JOSE EDUARDO, con fecha 24 de abril del 2006, presenta en la Secretaría<br />

de este Organismo, una solicitud, tendiente a que se le conceda la Transitoria Voluntaria previa la baja de las filas policiales de<br />

conformidad al Art. 60 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, sin que se halle prevista la misma en el inciso segundo<br />

del Art. 93 de la Ley de personal de la Policía Nacional.<br />

Que, el Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional en el inciso segundo dice: “La Resolución de los Consejos será<br />

notificada reservadamente al personal que conste en dicha lista, quien podrá solicitar su baja voluntaria o apelar en el plazo<br />

de 15 días por una sola vez, a partir de la fecha de su notificación. Los Oficiales Generales y Superiores podrán plantear la<br />

reconsideración ante el mismo Consejo, en el plazo antes fijado.”<br />

Que, el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, dispone: “El personal policial que conste en forma definitiva en la<br />

lista de eliminación anual, será colocado en situación transitoria previa a la baja, siempre que acredite el tiempo de servicio<br />

necesario, en caso contrario, procederá directamente la baja.”<br />

Que, el Art. 60 del mismo cuerpo Legal, establece: “El personal policial puede ser colocado en situación transitoria en los<br />

siguientes casos:..d) Por hallarse dentro de la lista de eliminación anual conforme a esta Ley y el Reglamento;”<br />

Que, el Art. 4 del reglamento para el Consejo de Clases y Policías, establece. “Son deberes y atribuciones del Consejo de<br />

Clases y Policías:..c) Adoptar las resoluciones previas que sirvan de base para la resolución y disposición del Comandante<br />

General, sobre altas, ascensos, transitorias, bajas y condecoraciones del personal de Clases y Policías;”<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, y el señor Director Nacional de Asesoría Jurídica con<br />

Oficios <strong>No</strong>. 2006-632-AJ-CCP-PN de fecha 19 de mayo del 2006, y 2006-1645-DNAJ-PN de fecha 13 de junio del 2006,<br />

respectivamente, emiten sus Informes Jurídicos.<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

RESUELVE:<br />

1.- Negar el pedido formulado por el señor Policía Nacional GAIBOR CHAPALBAY JOSE EDUARDO, de ser colocado en<br />

situación transitoria previa la baja voluntaria, por improcedente, esto es por no hallarse prevista la misma en el Art. 93


13<br />

inciso segundo de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

2.- Solicitar muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne colocar en situación transitoria<br />

previa a su baja de las filas policiales, al señor Policía Nacional GAIBOR CHAPALBAY JOSE EDUARDO, de<br />

conformidad con el Art. 60 literal d) en concordancia con el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, con fecha<br />

de publicación en la Orden General.<br />

3.- Que la presente Resolución sea publicada en Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, del Distrito Metropolitano de Quito, a los veinte y dos<br />

días del mes de junio del año dos mil seis.<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) ERNESTO SO<strong>LA</strong>NO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> SA<strong>LA</strong> BROWN.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JUAN RUALES ALMEIDA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS.- f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 12. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-553-CCP.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El día lunes diez de abril del año dos mil seis, con Resolución <strong>No</strong>. 2006-291-CCP-PN, el H. Consejo de<br />

Clases y Policías, resolvió establecer la nómina del personal de Clases y Policías que pasan a conformar la Cuota de<br />

Eliminación para el año dos mil seis, de conformidad con el Art. 95 de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO<br />

Que, establecida la nómina de Clases y Policías que se encuentran inmersos en la Cuota de Eliminación, Secretaría de este Consejo<br />

ha procedido a notificarles como determina el inciso segundo del Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional con fecha 13 de<br />

abril del año dos mil seis, entre otros al señor Suboficial Primero de Policía ROJAS CHAGNAY GERMAN CRISTOBAL.<br />

Que, el señor Suboficial Primero de Policía ROJAS CHAGNAY GERMAN CRISTOBAL, con fecha 28 de abril del 2006, presenta<br />

en la Secretaría de este Organismo, una solicitud, tendiente a que se le conceda la Transitoria Voluntaria previa la baja de las filas<br />

policiales de conformidad al Art. 60 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, sin que se halle prevista la misma en el<br />

inciso segundo del Art. 93 de la Ley de personal de la Policía Nacional.<br />

Que, el Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional en el inciso segundo dice: “La Resolución de los Consejos será<br />

notificada reservadamente al personal que conste en dicha lista, quien podrá solicitar su baja voluntaria o apelar en el plazo<br />

de 15 días por una sola vez, a partir de la fecha de su notificación. Los Oficiales Generales y Superiores podrán plantear la<br />

reconsideración ante el mismo Consejo, en el plazo antes fijado.”<br />

Que, el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, dispone: “El personal policial que conste en forma definitiva en la<br />

lista de eliminación anual, será colocado en situación transitoria previa a la baja, siempre que acredite el tiempo de servicio<br />

necesario, en caso contrario, procederá directamente la baja.”<br />

Que, el Art. 60 del mismo cuerpo Legal, establece: “El personal policial puede ser colocado en situación transitoria en los<br />

siguientes casos:..d) Por hallarse dentro de la lista de eliminación anual conforme a esta Ley y el Reglamento;”<br />

Que, el Art. 4 del reglamento para el Consejo de Clases y Policías, establece. “Son deberes y atribuciones del Consejo de<br />

Clases y Policías:..c) Adoptar las resoluciones previas que sirvan de base para la resolución y disposición del Comandante<br />

General, sobre altas, ascensos, transitorias, bajas y condecoraciones del personal de Clases y Policías;”<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, y el señor Director Nacional de Asesoría Jurídica con<br />

Oficios <strong>No</strong>. 2006-631-AJ-CCP-PN de fecha 19 de mayo del 2006, y 2006-1645-DNAJ-PN de fecha 13 de junio del 2006,<br />

respectivamente, emiten sus Informes Jurídicos.<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

RESUELVE:


14<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

1.- Negar el pedido formulado por el señor Suboficial Primero de Policía ROJAS CHAGNAY GERMAN CRISTOBAL, de ser<br />

colocado en situación transitoria previa la baja voluntaria, por improcedente, esto es por no hallarse prevista la misma en el<br />

Art. 93 inciso segundo de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

2.- Solicitar muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne colocar en situación transitoria<br />

previa a su baja de las filas policiales, al señor Suboficial Primero de Policía ROJAS CHAGNAY GERMAN CRISTOBAL,<br />

de conformidad con el Art. 60 literal d) en concordancia con el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, con<br />

fecha de publicación en la Orden General.<br />

3.- Que la presente Resolución sea publicada en Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, del Distrito Metropolitano de Quito, a los veinte y dos<br />

días del mes de junio del año dos mil seis.<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) ERNESTO SO<strong>LA</strong>NO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> SA<strong>LA</strong> BROWN.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JUAN RUALES ALMEIDA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS.- f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 13. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-554-CCP.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El día lunes diez de abril del año dos mil seis, con Resolución <strong>No</strong>. 2006-291-CCP-PN, el H. Consejo de<br />

Clases y Policías, resolvió establecer la nómina del personal de Clases y Policías que pasan a conformar la Cuota de<br />

Eliminación para el año dos mil seis, de conformidad con el Art. 95 literales a) y c) de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO<br />

Que, establecida la nómina de Clases y Policías que se encuentran inmersos en la Cuota de Eliminación, Secretaría de este Consejo<br />

ha procedido a notificarles como determina el inciso segundo del Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional con fecha 13 de<br />

abril del año dos mil seis, entre otros al señor Sargento Segundo de Policía RIOS HURTADO FRANCO RAFAEL.<br />

Que, mediante resolución <strong>No</strong>. 2006-318-CCP, de fecha 20 de abril del 2006, este Organismo Resolvió:…“4.- Calificar NO<br />

IDÓNEOS para el ascenso al grado inmediato superior, por no haber aprobado el respectivo curso de conformidad con el Art. 84<br />

literal b) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, a los siguientes miembros policiales: 1 SGOS RIOS HURTADO FRANCO<br />

RAFAEL…”<br />

Que, el señor Sargento Segundo de Policía RIOS HURTADO FRANCO RAFAEL, con fecha 13 de abril del 2006, presenta en la<br />

Secretaría de este Organismo, una solicitud, tendiente a que se le conceda la Transitoria Voluntaria previa la baja de las filas<br />

policiales de conformidad al Art. 60 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, sin que se halle prevista la misma en el<br />

inciso segundo del Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

Que, el Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional en el inciso segundo dice: “La Resolución de los Consejos será<br />

notificada reservadamente al personal que conste en dicha lista, quien podrá solicitar su baja voluntaria o apelar en el plazo<br />

de 15 días por una sola vez, a partir de la fecha de su notificación. Los Oficiales Generales y Superiores podrán plantear la<br />

reconsideración ante el mismo Consejo, en el plazo antes fijado.”<br />

Que, el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, dispone: “El personal policial que conste en forma definitiva en la<br />

lista de eliminación anual, será colocado en situación transitoria previa a la baja, siempre que acredite el tiempo de servicio<br />

necesario, en caso contrario, procederá directamente la baja.”<br />

Que, el Art. 60 del mismo cuerpo Legal, establece: “El personal policial puede ser colocado en situación transitoria en los<br />

siguientes casos:..d) Por hallarse dentro de la lista de eliminación anual conforme a esta Ley y el Reglamento;”<br />

Que, el Art. 4 del reglamento para el Consejo de Clases y Policías, establece. “Son deberes y atribuciones del Consejo de<br />

Clases y Policías:..c) Adoptar las resoluciones previas que sirvan de base para la resolución y disposición del Comandante<br />

General, sobre altas, ascensos, transitorias, bajas y condecoraciones del personal de Clases y Policías;”<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, y el señor Director Nacional de Asesoría Jurídica con


15<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

Oficios <strong>No</strong>. 2006-624-AJ-CCP-PN de fecha 19 de mayo del 2006, y 2006-1645-DNAJ-PN de fecha 13 de junio del 2006,<br />

respectivamente, emiten sus Informes Jurídicos.<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

RESUELVE:<br />

1.- Negar el pedido formulado por el señor Sargento Segundo de Policía RIOS HURTADO FRANCO RAFAEL, de ser<br />

colocado en situación transitoria previa la baja voluntaria, por improcedente, esto es por no hallarse prevista la misma en el<br />

Art. 93 inciso segundo de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

2.- Solicitar muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne colocar en situación transitoria<br />

previa a su baja de las filas policiales, al señor Sargento Segundo de Policía RIOS HURTADO FRANCO RAFAEL, de<br />

conformidad con el Art. 60 literal d) en concordancia con el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, con fecha<br />

de publicación en la Orden General.<br />

3.- Que la presente Resolución sea publicada en Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, del Distrito Metropolitano de Quito, a los veinte y dos<br />

días del mes de junio del año dos mil seis.<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) ERNESTO SO<strong>LA</strong>NO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> SA<strong>LA</strong> BROWN.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JUAN RUALES ALMEIDA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS.- f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 14. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-555-CCP.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El día lunes diez de abril del año dos mil seis, con Resolución <strong>No</strong>. 2006-291-CCP-PN, el H. Consejo de<br />

Clases y Policías, resolvió establecer la nómina del personal de Clases y Policías que pasan a conformar la Cuota de<br />

Eliminación para el año dos mil seis, de conformidad con el Art. 95 de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO<br />

Que, establecida la nómina de Clases y Policías que se encuentran inmersos en la Cuota de Eliminación, Secretaría de este Consejo<br />

ha procedido a notificarles como determina el inciso segundo del Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional con fecha 24 de<br />

abril del año dos mil seis, entre otros al señor Suboficial Primero de Policía ORDOÑEZ PROAÑO SANTOS ELIAS.<br />

Que, el señor Suboficial Primero de Policía ORDOÑEZ PROAÑO SANTOS ELIAS, con fecha 24 de abril del 2006, presenta en la<br />

Secretaría de este Organismo, una solicitud, tendiente a que se le conceda la Transitoria Voluntaria previa la baja de las filas<br />

policiales de conformidad al Art. 60 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, sin que se halle prevista la misma en el<br />

inciso segundo del Art. 93 de la Ley de personal de la Policía Nacional.<br />

Que, el Art. 93 de la Ley de Personal de la Policía Nacional en el inciso segundo dice: “La Resolución de los Consejos será<br />

notificada reservadamente al personal que conste en dicha lista, quien podrá solicitar su baja voluntaria o apelar en el plazo<br />

de 15 días por una sola vez, a partir de la fecha de su notificación. Los Oficiales Generales y Superiores podrán plantear la<br />

reconsideración ante el mismo Consejo, en el plazo antes fijado.”<br />

Que, el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, dispone: “El personal policial que conste en forma definitiva en la<br />

lista de eliminación anual, será colocado en situación transitoria previa a la baja, siempre que acredite el tiempo de servicio<br />

necesario, en caso contrario, procederá directamente la baja.”<br />

Que, el Art. 60 del mismo cuerpo Legal, establece: “El personal policial puede ser colocado en situación transitoria en los<br />

siguientes casos:..d) Por hallarse dentro de la lista de eliminación anual conforme a esta Ley y el Reglamento;”<br />

Que, el Art. 4 del reglamento para el Consejo de Clases y Policías, establece. “Son deberes y atribuciones del Consejo de<br />

Clases y Policías:..c) Adoptar las resoluciones previas que sirvan de base para la resolución y disposición del Comandante<br />

General, sobre altas, ascensos, transitorias, bajas y condecoraciones del personal de Clases y Policías;”


16<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, y el señor Director Nacional de Asesoría Jurídica con<br />

Oficios <strong>No</strong>. 2006-653-AJ-CCP-PN de fecha 22 de mayo del 2006, y 2006-1645-DNAJ-PN de fecha 13 de junio del 2006,<br />

respectivamente, emiten sus Informes Jurídicos.<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

RESUELVE:<br />

1.- Negar el pedido formulado por el señor Suboficial Primero de Policía ORDOÑEZ PROAÑO SANTOS ELIAS, de ser<br />

colocado en situación transitoria previa la baja voluntaria, por improcedente, esto es por no hallarse prevista la misma en el<br />

Art. 93 inciso segundo de la Ley de Personal de la Policía Nacional.<br />

2.- Solicitar muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne colocar en situación transitoria<br />

previa a su baja de las filas policiales, al señor Suboficial Primero de Policía ORDOÑEZ PROAÑO SANTOS ELIAS, de<br />

conformidad con el Art. 60 literal d) en concordancia con el Art. 94 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, con fecha<br />

de publicación en la Orden General.<br />

3.- Que la presente Resolución sea publicada en Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, del Distrito Metropolitano de Quito, a los veinte y dos<br />

días del mes de junio del año dos mil seis.<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) ERNESTO SO<strong>LA</strong>NO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> SA<strong>LA</strong> BROWN.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JUAN RUALES ALMEIDA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS.- f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 15. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-559-CCP.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El señor Cabo Primero de Policía VIVANCO OCHOA ALONSO ISIDRO, presenta una solicitud en la<br />

Secretaría del H. Consejo de Clases y Policías, con fecha 29 de mayo del 2006, tendiente a obtener el ascenso al inmediato<br />

grado superior.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO:<br />

Que, revisada la Hoja de Vida Profesional del señor Cabo Primero de Policía VIVANCO OCHOA ALONSO ISIDRO, se conoce<br />

en lo principal: Que registra 24 años, 1 mes y 15 días de servicio en la Institución, su tiempo de permanencia en el grado es de<br />

2 años, 1 mes y 15 días. Ha ascendido al grado de Cabo Primero con fecha 30 de abril del 2004. Como aspectos negativos<br />

contabiliza 1800 horas de arresto disciplinario; Registra un juicio penal signado con el <strong>No</strong>. 92-95, por muerte finalizado.<br />

Que, el señor Cabo Primero de Policía VIVANCO OCHOA ALONSO ISIDRO, pertenece a la Promoción del 30 de abril de 1982,<br />

quienes han ascendido al grado de Sargento Primero el 30 de junio del 2002.<br />

Que, el Art. 4 del Reglamento para el H. Consejo de Clases y Policías, señala: “Son deberes y atribuciones del Consejo de Clases y<br />

Policías:....c) Adoptar las resoluciones previas que sirvan de base para la resolución y disposición del Comandante General, sobre<br />

altas, ascensos, transitorias, bajas y condecoraciones del personal del Clases y Policías”….e) Resolver sobre las solicitudes<br />

relacionadas con la situación profesional del Personal de Clases y Policías”.<br />

Que, el Art. 68 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, establece: “La calificación es el resultado de la evaluación integral y<br />

permanente del personal policial en base a sus cualidades profesionales, morales, intelectuales, físicas y personales durante un<br />

período específico”.<br />

Que, el Art. 72 de la citada Ley indica: “La calificación para el ascenso es el resultado de todas las calificaciones anuales obtenidas<br />

durante el lapso correspondiente a su grado..”.<br />

Que, el Art. 76 de la Ley de Personal Policial establece: “El ascenso constituye un derecho del personal policial para pasar al grado<br />

inmediato superior, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en esta Ley y el Reglamento…”.<br />

Que el Art. 81 de la Ley de Personal establece: “<strong>No</strong> podrá ascender ni constar en listas de ascensos el personal en los siguientes


17<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

casos: a) Hallarse en situación transitoria; b) Encontrarse en situación a disposición; c) Constar en la lista de eliminación anual; y, d)<br />

Haber sido sancionado mediante sentencia del Tribunal de Disciplina.<br />

Que, el Art. 84 de la Ley de Personal Policial señala: “Los requisitos comunes para el ascenso en todos los grados son los<br />

siguientes: a) Acreditar el puntaje mínimo que para cada grado se determina en la presente Ley; b) Aprobar el correspondiente<br />

curso de acuerdo al Reglamento.- c) Haber sido declarado apto para el servicio de acuerdo con la ficha médica; d) Haber cumplido<br />

el tiempo de permanencia en el grado; y, e) <strong>No</strong> haber sido sancionado por sentencia del Tribunal de Disciplina”.<br />

Que, el Art. 85 de la indicada Ley establece: “..El tiempo de permanencia en el grado para Clases y Policías es el siguiente: Policía<br />

5 años; Cabo Segundo 5 años; Cabo Primero 5 años, Sargento Segundo 5 años; Sargento Primero 5 años……”.<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, con oficio <strong>No</strong>. 2006-850-AJ-CCP-PN, de fecha 19 de junio del<br />

2006, emite el correspondiente informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo,<br />

RESUELVE:<br />

1.- Calificar Idóneo para el ascenso al inmediato grado superior al señor Cabo Primero de Policía VIVANCO OCHOA ALONSO<br />

ISIDRO, de conformidad con los Arts. 68 y 85 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, así como los parámetros de<br />

ascenso constante en Resolución <strong>No</strong>. 2001-527-CCP-PN, adoptado por este Consejo el 17 de julio del 2001; y, en virtud del<br />

proceso de nivelación.<br />

2.- Solicitar al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne ascender al inmediato grado superior al señor Cabo<br />

Primero de Policía VIVANCO OCHOA ALONSO ISIDRO, con fecha de publicación en la Orden General.<br />

3.- Que la presente resolución sea publicada en Orden General, de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento del Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, en el Distrito Metropolitano de Quito, el día martes<br />

veinte y siete de junio del año dos mil seis.<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) HÉCTOR HINOJOSA HIDROVO.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JORGE ARIAS SORIA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.-<br />

f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES<br />

Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 16. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-560-CCP.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El señor Cabo Primero de Policía SARAGURO DIAZ B<strong>LA</strong>DIMIR ENRIQUE, presenta una solicitud en la<br />

Secretaría del H. Consejo de Clases y Policías, con fecha 22 de mayo del 2006, tendiente a obtener el ascenso al inmediato<br />

grado superior.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO:<br />

Que, revisada la Hoja de Vida Profesional del señor Cabo Primero de Policía SARAGURO DIAZ B<strong>LA</strong>DIMIR ENRIQUE, se<br />

conoce que registra 16 años, 3 meses y 8 días de servicio policial, en el grado registra 5 años, 11 meses y 6 días. En Deméritos<br />

registra 1368 horas de arresto en toda su vida profesional; Registra el juicio penal <strong>No</strong>. 016-2003, por abandono de servicio,<br />

finalizado con fecha 27 de enero del 2006, con sentencia absolutoria. Ha sido colocado en Transitoria con fecha 01 de marzo<br />

del 2005 de conformidad al Art. 60, literal e); en Orden General <strong>No</strong>. 087, del día lunes 08 de mayo del 2006, se levanta la<br />

Transitoria de conformidad al Art. 58 de la Ley de Personal.<br />

Que, el mencionado miembro policial pertenece a la Promoción que ha ingresado a la Institución Policial el 28 de febrero de<br />

1990, la cual ha ascendido al inmediato grado superior el 28 de febrero del 2005.<br />

Que, el Art. 4 del Reglamento para el H. Consejo de Clases y Policías, señala: “Son deberes y atribuciones del Consejo de Clases y<br />

Policías:....e) Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación profesional del Personal de Clases y Policías.<br />

Que, el Art. 84 de la Ley de Personal Policial señala: “Los requisitos comunes para el ascenso en todos los grados son los


18<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

siguientes: a) Acreditar el puntaje mínimo que para cada grado se determina en la presente Ley; b) Aprobar el correspondiente<br />

curso de acuerdo al Reglamento.- c) Haber sido declarado apto para el servicio de acuerdo con la ficha médica; d) Haber cumplido<br />

el tiempo de permanencia en el grado; y, e) <strong>No</strong> haber sido sancionado por sentencia del Tribunal de Disciplina”.<br />

Que, el Art. 85 de la indicada Ley establece: “..El tiempo de permanencia en el grado para Clases y Policías es el siguiente: Policía<br />

5 años; Cabo Segundo 5 años; Cabo Primero 5 años, Sargento Segundo 5 años; Sargento Primero 5 años……”.<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, con oficio <strong>No</strong>. 2006-851-AJ-CCP-PN, de fecha 19 de junio del<br />

2006, emite el correspondiente informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo,<br />

RESUELVE:<br />

1.- Calificar Idóneo para el ascenso al inmediato grado superior al señor Cabo Primero de Policía SARAGURO DIAZ B<strong>LA</strong>DIMIR<br />

ENRIQUE, con fecha 28 de febrero del año 2005, de conformidad con los Arts. 68 y 85 de la Ley de Personal de la Policía<br />

Nacional, así como los parámetros de ascenso constante en Resolución <strong>No</strong>. 2001-527-CCP-PN, adoptado por este Consejo el<br />

17 de julio del 2001; y, en virtud del proceso de nivelación.<br />

2.- Solicitar al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne ascender al inmediato grado superior al señor Cabo<br />

Primero de Policía SARAGURO DIAZ B<strong>LA</strong>DIMIR ENRIQUE, con fecha 28 de febrero del 2005.<br />

3.- Que la presente resolución sea publicada en Orden General, de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento del Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, en el Distrito Metropolitano de Quito, el día martes<br />

veinte y siete de junio del año dos mil seis.<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) HÉCTOR HINOJOSA HIDROVO.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JORGE ARIAS SORIA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.-<br />

f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES<br />

Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 17. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-623-CCP-PN.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El señor Suboficial Mayor de Policía MONTENEGRO POZO FLORENCIO BOLIVAR, presenta en la<br />

Secretaría del H. Consejo de Clases y Policías, un escrito con fecha 21 de junio del 2006, tendiente a obtener la Condecoración<br />

Al Mérito Institucional en el grado de “Gran Oficial”, por haber ascendido al grado de Suboficial Mayor de Policía.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO:<br />

Que, mediante Orden General <strong>No</strong>. 112 para el día 13 de junio del 2006, se publica la Resolución <strong>No</strong>. 2006-027-CG-A-SCP, en<br />

la cual se menciona: “1.- Ascender al inmediato grado superior, con fecha 20 de diciembre del 2005, al señor Suboficial Primero<br />

de Policía MONTENEGRO POZO FLORENCIO BOLIVAR, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 77 de la Ley de Personal<br />

de la Policía Nacional; y, Art. 18 literal f) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional.<br />

Que, revisada la Hoja de Vida Profesional del señor Suboficial Mayor de Policía MONTENEGRO POZO FLORENCIO<br />

BOLIVAR, registra: 34 años 9 meses y 29 días de servicio, ha sido ascendido al grado de Suboficial Mayor de Policía mediante<br />

resolución <strong>No</strong>. 2006-027-CG-A-SCP, con fecha 20 de diciembre del 2005; Registra 1728h00 de arrestos disciplinarios; Registra<br />

un juicio Penal signado con el <strong>No</strong>. 33-2003, por Delito contra la Existencia y Seguridad de la Policía Nacional finalizado, no ha<br />

sido colocado en situación transitoria, ni a disposición.<br />

Que, el Art. 4 del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías establece: “Son deberes y atribuciones del Consejo de<br />

Clases y Policías:… u) Dictaminar sobre el otorgamiento de las Condecoraciones Institucionales para los clases y Policías, para<br />

lo cual procederá de oficio o a petición de parte interesada”.<br />

Que, el Art. 5 del Reglamento de Condecoraciones de la Policía Nacional, establece: “A más del requisito básico que motive el<br />

otorgamiento de una de las condecoraciones establecidas en este reglamento, el personal policial deberá haber demostrado<br />

una conducta compatible con la distinción a la que podría hacerse acreedor, acorde a las consideraciones siguientes: a)


19<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

Tratándose de las condecoraciones cuyo requisito fundamental sea el tiempo de servicio prestado a la Policía Nacional, la<br />

conducta se analizará en el tiempo comprendido entre una y otra condecoración...en caso de haber sido negada una<br />

condecoración anterior, se calificará la conducta observada en los cinco últimos años. En todo caso el respectivo Consejo,<br />

tomará en cuenta como elemento fundamental, la demostración de enmienda en la conducta observada durante los indicados<br />

cinco últimos años”.<br />

Que, el Art. 10-A del citado Reglamento de Condecoraciones dice: “La condecoración “Al Mérito Institucional” en el grado de<br />

“Gran Oficial”, se otorgará a quienes hayan alcanzado la jerarquía de General de Distrito o Suboficial Mayor. ….Quienes aspiren<br />

a las condecoraciones antes indicadas, además deberán haber observado conducta intachable y lealtad institucional calificados<br />

por los respectivos Consejos”.<br />

Que, el Art. 48 del Reglamento para el H. Consejo de Clases y Policías señala: “El derecho a solicitar el otorgamiento de<br />

cualquiera de las condecoraciones establecidas en este Reglamento prescribirá en el plazo de un año, que se contará a partir<br />

del día en que se produjo el acto o el hecho considerado como requisito fundamental para su otorgamiento”.<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, con oficio <strong>No</strong>. 2006-961-AJ-CCP-PN, de fecha 04 de julio<br />

del año 2006, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo<br />

RESUELVE:<br />

1.- Calificar idóneo para la obtención de la Condecoración al Mérito Institucional en el grado de “Gran Oficial” al señor<br />

Suboficial Mayor de Policía MONTENEGRO POZO FLORENCIO BOLIVAR, de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 5 y<br />

19 del Reglamento de Condecoraciones de la Policía Nacional, en concordancia con el Art. 4, literal u) del Reglamento para<br />

el H. Consejo de Clases y Policías..<br />

2.- Solicitar al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne alcanzar el correspondiente Decreto Ejecutivo,<br />

mediante el cual se le confiera la Condecoración al Mérito Institucional en el grado de “GRAN OFICIAL” al señor Suboficial<br />

Mayor de Policía MONTENEGRO POZO FLORENCIO BOLIVAR.<br />

3.- Que la presente resolución sea publicada en Orden General, de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento del Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, en el Distrito Metropolitano de Quito, el día martes<br />

once de julio del año dos mil seis.<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO HEREDIA AMORES.- <strong>GENERAL</strong> INSPECTOR.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS.- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS.- f) HÉCTOR HINOJOSA HIDROVO.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS.- f) DR. EDWIN BÁEZ TEJADA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.-<br />

f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) DRA. SONIA<br />

BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.-<br />

f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS”.<br />

Art. 18. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-664-CCP-PN.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES: El señor Director General de Personal de la Policía Nacional, mediante oficio <strong>No</strong>. 2006-1055-DGP-AJ-SCP,<br />

de fecha 03 de julio del año dos mil seis, envía para conocimiento, estudio y resolución del H. Consejo de Clases y Policías, la<br />

solicitud formulada por la señora Policía Nacional BENAVI<strong>DE</strong>S MUÑOZ MONICA ALEXANDRA, tendiente a obtener la baja<br />

voluntaria de las filas policiales.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO:<br />

Que, según datos proporcionados por la Dirección General de Personal, la señora Policía Nacional BENAVI<strong>DE</strong>S MUÑOZ<br />

MONICA ALEXANDRA, registra 3 años, 06 meses 15 días, como tiempo de permanencia en la institución y en el grado; no<br />

registra horas de arresto disciplinario, juicio, ni información sumaria en su contra, por lo tanto no se halla inmerso en ninguna de<br />

las prohibiciones que para solicitar la baja voluntaria de las filas policiales determina la Ley de Personal.<br />

Que, este organismo es competente para conocer y resolver sobre el pedido presentado por la señora Policía Nacional<br />

BENAVI<strong>DE</strong>S MUÑOZ MONICA ALEXANDRA, conforme lo determina el Art. 4 literal c) del Reglamento para el Consejo de<br />

Clases y Policías.


20<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

Que, el Art. 66 de la Ley de Personal de la Policía Nacional establece que: “el personal policial será dado de baja por una de las<br />

siguientes razones: a) Por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la transitoria”<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías con oficio <strong>No</strong>. 2006-1057-AJ-CCP-PN, de fecha 20 de julio<br />

del año dos mil seis, emite su informe jurídico; y<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

RESUELVE:<br />

1.- Solicitar muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne dar de baja de la Institución<br />

a la señora Policía Nacional BENAVI<strong>DE</strong>S MUÑOZ MONICA ALEXANDRA, de conformidad con el Art. 66 literal a) de la<br />

Ley de Personal de la Policía Nacional, con fecha de publicación en la Orden General.<br />

2.- Que la presente resolución sea publicada en Orden General, de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento del Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, en el Distrito Metropolitano de Quito, el día jueves<br />

veinte de julio del año dos mil seis<br />

f) DR. CARLOS RODRIGO ARCOS BETANCOURTH.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M.- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS (SUBROGANTE).- f) DR. HUGO ROCHA ESCOBAR.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) HÉCTOR HINOJOSA HIDROVO.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JORGE ARIAS SORIA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E. M.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) JOSE RIVAS HERRERA.- SUBM. <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.-<br />

f) DRA. SONIA BRIONES MORAN.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES<br />

Y POLICIAS.- f) AB. EDWIN GAONA SALINAS.- SUBTENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

f) WILFRIDO LUZGARDO CHUGA URBINA CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E. M. PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES<br />

Y POLICIAS (SUBROGANTE) f) Juan Ruales Almeida TCNL. de Policía de E. M. VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS, f) Dr. Edwin Báez Tejada TCNL. de Policía de E. M. VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS, f) Jorge<br />

Arias Soria TCNL. de Policía de E. M. VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS, f) Ángel Barrionuevo Zamora,<br />

Suboficial Mayor de Policía VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS, f) Dra. Sonia Briones Moran Teniente de<br />

Policía de Justicia ASESORA JURIDICA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO, f) Ab. Martha Andrade Mencias Subteniente de Policía de Justicia<br />

SECRETARIA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- LO CERTIFICO Ab. Martha Andrade Mencias.- Subteniente de<br />

Policía de Justicia.- SECRETARIA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

Art. 19. " RESOLUCION <strong>No</strong>. 2006-685-CCP-PN.- EL H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS<br />

ANTECE<strong>DE</strong>NTES.- El Consejo de Clases y Policías, mediante Resolución <strong>No</strong>.2006-316-CCP, de 18 de abril del 2006, ha<br />

conformado cuatro grupos del personal de Clases con derecho a Cesantía, que oportunamente han solicitado acogerse a la<br />

baja voluntaria, de acuerdo a los cupos establecidos para el presente año por el Servicio de Cesantía de la Policía Nacional.<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO:<br />

Que, en la referida resolución se ha establecido en el tercer grupo un numérico de 50 señores Clases, a quienes de acuerdo a<br />

la programación efectuada por el servicio de Cesantía, corresponden acogerse a este derecho en el mes de julio del 2006.<br />

Que, los señores; Suboficial Primero de Policía CAMPOVER<strong>DE</strong> MANUEL ENRIQUE y Sargento Primero de Policía MAZACON<br />

LOPEZ CESAR <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> CRUZ, han sido dados de baja con fecha 30 de junio del 2006, mediante Orden General <strong>No</strong>. 132, de<br />

fecha 11 de julio del 2006, en el segundo grupo de bajas voluntarias.<br />

Que mediante Resolución <strong>No</strong>. 2006-562-CCP, de fecha 27 de junio del 2006, resolvió: “1.- Reconsiderar la Resolución <strong>No</strong>.<br />

2006-316-CCP, de fecha 18 de abril del 2006, publicada en Orden General <strong>No</strong>. 083, para el día martes 02 de mayo del 2006,<br />

en la cual consta el señor Suboficial Primero de Policía CUNA<strong>LA</strong>TA CUNA<strong>LA</strong>TA SEGUNDO LEONIDAS, en el tercer grupo de<br />

bajas voluntarias dentro de los cupos asignados por el Servicio de Cesantía para el año 2006; y, disponer el archivo de su<br />

solicitud.”<br />

Que mediante Resolución <strong>No</strong>. 2006-563-CCP, de fecha 27 de junio del 2006, resolvió: “1.- Reconsiderar la Resolución <strong>No</strong>.<br />

2006-316-CCP, de fecha 18 de abril del 2006, publicada en Orden General <strong>No</strong>. 083, para el día martes 02 de mayo del 2006,<br />

en la cual consta el señor Sargento Primero de Policía ROBLES YAGUACHI ANGEL MANUEL, en el tercer grupo de bajas<br />

voluntarias dentro de los cupos asignados por el Servicio de Cesantía para el año 2006; y, disponer el archivo de su solicitud.”


21<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

Que, con fechas 19 y 14 de julio del 2006 los señores; Suboficial Primero de Policía CHAVEZ ACURIO LUIS ARNULFO y<br />

CAR<strong>DE</strong>NAS CARREÑO REINALDO ABEL, han presentado en la Secretaría de este Consejo, sus solicitudes para que se deje<br />

sin efecto las solicitudes de baja voluntaria de las filas policiales.<br />

Que, revisada la Hoja de Vida del señor Sargento Primero de Policía TUALOMBO HUILCA ALFREDO ALEJANDRO, el<br />

mismo registra un juicio <strong>No</strong>. 021-2006 por abandono de servicio iniciado con fecha 14 de abril del 2006.<br />

Que, los cupos dejados por los referidos miembros policiales deberán ser llamados por los primeros señores Clases que<br />

corresponden al cuarto grupo de bajas voluntarias, a fin de mantener un orden secuencial.<br />

Que, este Organismo en sesión ordinaria de fecha 25 de julio del 2006, Resolvió: aceptar el pedido de baja voluntaria formulado<br />

por el señor Suboficial Segundo de Policía MORA FALCONI RIGOBERTO SALVADOR, tomando en consideración el Informe<br />

de la Comisión Calificadora de Enfermedades y Accidentes de la Dirección Nacional de Salud, quién deberá ser incluido en el<br />

tercer grupo de bajas voluntarias.<br />

Que el Art. 4 del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías, establece que “Son atribuciones y deberes del Consejo de<br />

Clases y Policías:...c) Adoptar las resoluciones previas que sirvan de base para la resolución y disposición del Comandante<br />

General, sobre... bajas,...del personal de Clases y Policías;”<br />

Que, el Art. 61 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, establece que: “La solicitud voluntaria de transitoria sólo podrá<br />

negarse en los siguientes casos: a) Cuando el solicitante se encuentre o vaya a ser enjuiciado por infracciones penales<br />

policiales;”<br />

Que, el Art. 66 de la Ley de Personal de la Policía Nacional, establece que: “El personal policial será dado de baja por una de<br />

las siguientes razones: a) Por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la transitoria”.<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del H. Consejo de Clases y Policías, mediante oficio <strong>No</strong>. 2006-904-AJ-CCP-PN, de fecha 26 de<br />

junio del año dos mil seis, emite su informe jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias que se le confiere a este H. Organismo:<br />

RESUELVE:<br />

1.- Solicitar muy comedidamente al señor Comandante General de la Policía Nacional, se digne dar de baja de la Institución Policial<br />

de conformidad con el Art. 66 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, con fecha treinta y uno de julio del año dos<br />

mil seis, a los siguientes:<br />

ORD. GRADO APELLIDOS Y NOMBRES<br />

TERCER GRUPO<br />

1 SBOP. HERNAN<strong>DE</strong>Z CERNA MANUEL ANTONIO<br />

2 SGOP. GUACAN PUMA LUIS ARNULFO<br />

3 SBOP. CHAMORRO CHAMORRO CESAR ROSALINO<br />

4 SBOS. TATES AGUI<strong>LA</strong>R ISIDRO CELIANO<br />

5 SBOS. LUCIO CARLOS HUGO<br />

6 SBOP. NARANJO CARPIO JULIO OSWALDO<br />

7 SBOP. CASTRO LUIS ALFREDO<br />

8 SBOP. QUIÑONEZ BONE SEGUNDO CAR<strong>DE</strong>NAS<br />

9 SGOP. ROMERO MONTOYA PORFIRIO MARIANO<br />

10 SGOP. CORDOVA ELIZAL<strong>DE</strong> DIMAN GAVINE<br />

11 SBOS. TORRES CHICAIZA DIEGO EFRAÍN<br />

12 SBOS. ZAMORA GARCIA EDIL JHONNY<br />

13 SBOP. MUÑOZ QUINTANIL<strong>LA</strong> JOSE EDUARDO<br />

14 SBOS. TROYA VALENCIA CARLOS BOLIVAR<br />

15 SBOS. SALVATIERRA CONRADO DOMINGO GUMERCINDO<br />

16 SBOS. SANCHEZ OVIEDO PABLO ENRIQUE<br />

17 SGOP. DOMINGUEZ JIMENEZ SEGUNDO ISMAEL


18 SGOP. <strong>LA</strong>Z MOREIRA SANTIAGO FELIPE<br />

19 SBOP. ARMIJOS GUZMAN SANTOS LEONARDO<br />

20 SBOP. ZUMBA VILLENA LUIS FELIPE<br />

21 SBOP. BRITO TELLO JAIME ALEJANDRO<br />

22 SGOP. ROSERO CUAICAL MANUEL MESIAS<br />

23 SGOP. PRADO QUEZADA MANUEL EMILIO<br />

24 SGOP. PILOZO LUCAS MARIANO ESTEBAN<br />

25 SGOP. PEÑAFIEL HERNAN MECIAS<br />

26 SBOP. HERRERA CORDOVA JOSE HUGO<br />

27 SGOP. CUESTA OVIEDO LEONEL VAL<strong>DE</strong>MAR<br />

28 SGOP. CARIAJANO SUAREZ OCTAVIO ANANIAS<br />

29 SBOP. OJEDA OJEDA MANUEL E<strong>LA</strong>DIO<br />

30 SBOP. LUNA GOMEZ ARTURO<br />

31 SBOS. ESPINOZA JUMBO SEGUNDO ANTONIO<br />

32 SGOP. GA<strong>LA</strong>RZA GUAMANI HERNAN FRANCISCO<br />

33 SBOP. ENCARNACION GOMEZ LUIS ENRIQUE<br />

34 SGOP. CASTILLO VERA SEGUNDO ALFREDO<br />

35 SBOP. TOAPANTA CHICAIZA SEGUNDO MANUEL<br />

36 SGOP. ANDRA<strong>DE</strong> VERDUGA OSWALDO ARTURO<br />

37 SBOS. CARRION CORDOVA LUIS FRANCISCO<br />

38 SBOS. DIAZ OGOÑO ANGEL RAUL<br />

39 SGOP. LUNA ERAS ANGEL BENINGNO<br />

40 SBOS. ROBAYO TACO RAUL RIQUELME<br />

41 SBOS. AÑAZCO ROMERO JUAN PORFIRIO<br />

42 SBOS. MORENO LUNA CARLOS AURELIANO<br />

43 SBOP. CIFUENTES PARE<strong>DE</strong>S LUIS ENRIQUE<br />

44 SGOP. RODRIGUEZ ZAMBRANO JOSE NARCISO<br />

45 SGOP. BANDA L<strong>LA</strong>MUCA SEGUNDO <strong><strong>DE</strong>L</strong>FFIN<br />

46 SBOS. UREÑA RAMON VICTOR ANTONIO<br />

47 SBOP. MAL<strong>LA</strong> <strong>LA</strong><strong>LA</strong>NGUI HOMERO HUGO<br />

48 SBOS MIZHQUERO CHAMBA LIBIO FILIBERTO<br />

49 SBOP SARANGO QUICHIMBO ELICEO<br />

50 SBOS MORA FALCONI RIGOBERTO SALVADOR<br />

22<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

2.- Reconsiderar la Resolución <strong>No</strong>. 2006-316-CCP, de fecha 18 de abril del 2006, publicada en Orden General <strong>No</strong>. 083, para<br />

el día martes 02 de mayo del 2006, en la parte pertinente al tercer grupo de bajas voluntarias, excluyendo a los señores<br />

Suboficial Primero de Policía CHAVEZ ACURIO LUIS ARNULFO y CAR<strong>DE</strong>NAS CARREÑO REINALDO ABEL, en<br />

virtud de haber presentado las insubsistencias de los pedidos de baja; y, disponer el archivo de sus solicitudes.”<br />

3.- Reconsiderar el punto uno de la Resolución <strong>No</strong>. 2006-316-CCP, de fecha 18 de abril del 2006, en lo concerniente a la baja<br />

voluntaria del señor Sargento Primero de Policía TUALOMBO HUILCA ALFREDO ALEJANDRO, el cual consta en el<br />

tercer grupo; y, negar el pedido formulado por el señor Sargento Primero de Policía TUALOMBO HUILCA ALFREDO<br />

ALEJANDRO, de ser dado de baja de las filas policiales, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 61 literal a) de la Ley de<br />

Personal de la Policía Nacional, esto es por registrar juicio penal pendiente de resolución.<br />

4.- Que la presente Resolución sea publicada en la Orden General de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional; y, el Art. 62 del Reglamento del H. Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, en el Distrito Metropolitano de Quito, a los veintisiete días<br />

del mes de julio del dos mil seis.


23<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

WILFRIDO LUZGARDO CHUGA URBINA CORONEL <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> E.M., PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICÍAS, SUBROGANTE, Juan Ruales Almeida Tcnl. de Policía de E. M. VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICÍAS, Héctor Hinojosa Hidrovo Tcnl. de Policía de E. M. VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS, Dr. Edwin<br />

Báez Tejada Tcnl. de Policía de E. M. . VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS, Ángel Barrionuevo Zamora<br />

Suboficial Mayor de Policía. VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS, Dr. Badith Paredes Loza Teniente de<br />

Policía de Justicia Asesor Jurídico del H. Consejo de Clases y Policías, Ab. Martha Andrade Mencias Subteniente de Policía de<br />

Justicia Secretaria del H. Consejo de Clases y Policías.- Es fiel copia del Original, LO CERTIFICO: Ab. Martha Andrade<br />

Mencias.- SBTE. <strong>DE</strong> POLICIA <strong>DE</strong> JUSTICIA, SECRETARIO <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS”.<br />

NOMBRAMIENTO <strong>DE</strong> PROFESORES<br />

Art. 20. " En cumplimiento a la Hoja de Tramite 013397, de fecha 11 de julio de 2006, y en atención a los oficios 2006-01938-JEM-<br />

PN; 2006-2709-DNPJeI, y 2006-282-DC-DNPJeI; de fechas 07, 06 y 05 de julio respectivamente, solicita se publique la<br />

nomina y carga horaria, del plan de capacitación del primer curso de Delitos Aduaneros Tributarios y Protección a<br />

Victimas y Testigos, para el 2006”.<br />

CURSO <strong>DE</strong> PROTECCIÓN PMI PARA <strong>LA</strong> PROTECCIÓN A VICTIMAS Y TESTIGOS Y <strong>DE</strong>MÁS PARTICIPANTES <strong><strong>DE</strong>L</strong><br />

PROCESO PENAL<br />

Grado Profesores Asignatura Carga Horaria<br />

Myr. Dr. Jaime Núñez Primeros Auxilios 9<br />

Sgos. Walter Albares Salas Defensa Personal 6<br />

Tnte. Patricio Galiano Borja<br />

Preparación Física 18<br />

Prot. Dignatarios Teórico Básico 18<br />

Cptn. Fausto Iñiguez Prot. Dignatarios Teoría Avanzada 24<br />

Tnte. Juan Gines Manejo Defensivo 6<br />

Manejo Básico de Explosivos 9<br />

Tnte. Marco Narváez<br />

Avanzadas 6<br />

Tiro 18<br />

Tnte. Erick Martínez Supervivencia Policial 6<br />

Cptn. Henry Tapia Victimizacion y Victimoligia 20<br />

Cptn. Ing. Jorge Renato Cevallos Núñez Métodos para la Evaluación del Delito 30<br />

Tnte. Paúl Saavedra Concepto del Delito y Temor al Crimen 20<br />

Cbop. Luis Pérez Teorías Explicativas del Crimen 10<br />

PRIMER CURSO BÁSICO EN <strong><strong>DE</strong>L</strong>ITOS TRIBUTARIOS Y ADUANEROS<br />

Grado Profesores Asignatura Carga Horaria<br />

Patricio Agrada<br />

Comercio Exterior 40<br />

Actualización Tributaria 35<br />

Cbos. Dr. Marco Valverde Código de Procedimiento Penal 20<br />

Cbos. Luis Moyolema Constitución Politica del Ecuador 12<br />

Cptn. Ing. Jorge Renato Cevallos Núñez Reglamento de Policía Judicial 8<br />

Dr. Fabián Herrera Legislación Aduanera 8<br />

Art. 21. " En atención al oficio <strong>No</strong>. 2006-454-DGP-UP, de fecha 21 de junio de 2006.- Suscrito por el señor.- Dr. Jorge Aníbal<br />

Navarrete Rivadeneira.- Tcnl. de Policía de E.M..- JEFE <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> UNIDAD <strong>DE</strong> P<strong>LA</strong>NEAMIENTO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> DGP.- mediante el<br />

cual solicita se publique el nombramiento de 17 Docentes con la carga horaria real correspondiente a la Segunda Fase<br />

del XII Curso de Formación de Policías de Línea del CP12”.<br />

<strong>No</strong>. Grado Apellidos y <strong>No</strong>mbres Cátedra Carga Horaria<br />

Real<br />

1 Myr. López Mejía Edgar Wilian Ley de Personal y Reglamento de la<br />

Policía Nacional<br />

45<br />

2 Myr. Martínez Salazar Edgar Fabián Deportes 16<br />

3 Cptn. Silva Rodríguez Luis Humberto Ética Policial 28<br />

4 Tnte. Arteaga Orbe Jorge Código Penal de la Policía Nacional 52<br />

5 Tnte. Martínez Trujillo Jhinson<br />

39


6 Tnte. Viteri Paspuel Doris Elizabeth<br />

24<br />

Ley Orgánica y Reglamento de la Policía<br />

Nacional<br />

7 Tnte. Gallegos Rodríguez Fernando Iván Ley Orgánica y Reglamento de la Policía<br />

Nacional<br />

8 Tnte. Vásquez Limaico Jorge Eduardo Instrucción Policial 78<br />

9 Tnte. Mafla Andrade Paola Argentina Derechos Humanos 55<br />

Instrucción Policial 78<br />

10 Tnte. Reina Huertas Alex Willian<br />

Conocimiento de Armas 24<br />

Defensa Civil 56<br />

11 Sbte. Terán Flores Rubén Darío Ley de Personal y Reglamento de la<br />

Policía Nacional<br />

45<br />

12 Sbte. Martínez Trujillo Víctor Hugo Ética Policial 28<br />

13 Sbte. Hidalgo Ruiz Carlos Derechos Humanos 55<br />

14 Cbop. Guamán Guamán Luis Wilfrido Código Penal Común<br />

45<br />

15 Cbop. Cuasque Benalcazar Segundo<br />

45<br />

16 Cbos. Torres Klever Defensa Personal 32<br />

17 Cbos. Urbina Fuentes Robert Orlando Deportes 16<br />

Educación Física 32<br />

60<br />

60<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

Art. 22. " En atención al Oficio 2006-3122-DNE-PN, de fecha 30 de junio de 2006.- suscrito por el señor.- Jaime Lara Navarrete.-<br />

Coronel de Policía de E.M.C.- Director Nacional de Educación de la Policía Nacional.- Acc.- mediante el cual solicita se<br />

publique el nombramiento en calidad de Docentes de la nomina adjunta modificada, correspondiente a la Segunda<br />

Fase del VIII Curso de Formación Policial que se desarrolla en el Comando Provincial de Policía “Cotopaxi <strong>No</strong>. 13”.<br />

Materia Docente Saliente Docente Ingresa Fecha Paralelo Carga Horaria<br />

Ley de Personal Crnl. E.M. Washington Tnte. Hugo Arroyo 26/04/06 A 60<br />

Estuardo Flores Maldonado<br />

Defensa Civil Cap. Edwin Carrasco Sbte. Oswaldo 02/05/06 A 36<br />

Miranda<br />

Cruz Núñez<br />

Instrucción Formal Sbte. Galo Bustillos Sbte. Fernando 21/03/06 A y B 96<br />

Mena<br />

Báez Moreira<br />

Defensa Civil Sbte. Cristian Cózar Sbte. Rómulo 21/03/06 B 36<br />

Cueva<br />

Redroban <strong>No</strong>voa<br />

Instrucción Formal Sbte. Fernando Báez Sbte. Cristian 22/05/06 A y B 96<br />

Moreira<br />

Cisneros Moran<br />

Código Penal Común Sgop. Segundo Tirado Cbop. Abg. Galo 22/05/06 B 60<br />

Gallardo<br />

Jiménez Arias<br />

Art. 23. " En atención al Oficio 2006-3430-DNE-PN, de fecha 19 de junio de 2006.- suscrito por el señor.- Msc. Edgar Roy Pino<br />

Arregui.- Coronel de Policía de E.M.- Director Nacional de Educación de la Policía Nacional.- mediante el cual solicita se<br />

publique el nombramiento en calidad de Docentes de la III Fase de Formación de la Escuela de Formación Profesional<br />

de Policías “Baños”.<br />

Grado Profesores Asignatura Carga Horaria<br />

Tcrl. Mayorga Mora Galo Oswaldo Procedimiento de Servicio Urbano y Rural 240<br />

Myr. Cabezas Gallegos Hernán Vicente Procedimiento de Transito 192<br />

Cptn. Villarreal Benalcazar Xavier Benjamín Mantenimiento del Orden y Seguridad Publica 144<br />

Cptn. Pazmiño Velasco Fausto Mauricio Procedimiento de Migración 96<br />

Sbte. Valencia Valverde Esteban Eduardo Procedimiento de Servicio Urbano y Rural 240<br />

Sbte. Villegas Guevara Ángel Gabriel Procesos de Antinarcóticos 144<br />

Sbte. Calvache Miranda Fabricio Gabriel<br />

Practicas de Tiro 144<br />

Redacción de Partes e Informes Policiales 144<br />

Sgop. Jiménez Duque Washington Alberto Procedimientos de Inteligencia 96<br />

Cbos. Pincha Navas Jaime Fernando Procedimiento de Policía Judicial 192<br />

Cbos. Pilco Díaz Mario Marcelo Policía Comunitaria 192<br />

Cbos. Sánchez Santamaría Maria Himelda DINAPEN, ODMU, Genero y Derechos 144<br />

Poli. Llangari Etrella Rodrigo Fernando<br />

Sexuales, Identidad Masculina y Violencia de<br />

Genero<br />

Educación Física 96


25<br />

Deportes 96<br />

Abg. Ortiz López Santiago Omar Código de Procedimiento Penal Común y de<br />

la Policía Nacional<br />

240<br />

Sr. Muyulema Sailema Luis Oswaldo Defensa Personal 96<br />

Lic. Rodríguez Morales Luis Alfonso Procedimiento de Medio Ambiente<br />

Asesor Pedagógico<br />

92<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

Art. 24. " En atención al Oficio 2006-3443-DNE-PN, de fecha 20 de julio de 2006.- suscrito por el señor.- Msc. Edgar Roy Pino<br />

Arregui.- Coronel de Policía de E.M.- Director Nacional de Educación de la Policía Nacional.- Acc.- mediante el cual<br />

solicita se publique el nombramiento en calidad de Docentes del XVI Curso de Formación de Policías de Línea que se<br />

desarrolla en la Unidad de Equitación y Remonta”.<br />

Grado Profesores Asignatura Carga Horaria<br />

Sbte. Robinsón Aroca Nieto Código Penal Común 120<br />

Sbte. Marlon Ganchala Gutiérrez Código Penal de la Policía Nacional 120<br />

Sbte. Rommel Muñoz de la Torre Ley Orgánica y Reglamento de la Policía<br />

Nacional<br />

120<br />

Sgos. Lic. Manuel Asimbaya Pastrano Ley de Personal y su Reglamento de la 120<br />

Policía Nacional<br />

Sbte. Christhian Fierro Bosquez Instrucción Policial 96<br />

Sbte. Rommel Gaete Bernal Instrucción Policial 96<br />

Myr. Mauricio Gutiérrez Muñoz Ética Policial 72<br />

Sbte. Diego Zurita Baquero Conocimiento de Armas 72<br />

Poli. Stalin Valdivieso Castro Computación 36<br />

Sbte. Paúl Basantes Jácome Derechos Humanos 192<br />

Sbte. Michael Richards Naranjo Defensa Civil 72<br />

Sbte. Andrés Tamayo Benavides Educación Física 48<br />

Cbos. Emerson Benavides Defensa Personal 24<br />

Poli. Darwin Benavides Defensa Personal 24<br />

Cbos. Marco Cargua Rodríguez<br />

Deportes 48<br />

Computación 36<br />

CUADRO <strong>DE</strong> LOS SEÑORES C<strong>LA</strong>SES INSTRUCTORES<br />

Cbop. Espinoza Meneses Roberto Mauricio<br />

Cbop. Chávez Quispe José<br />

Cbop. Naranjo Rivera Héctor<br />

Cbop. Guamangallo Bonilla Marco<br />

Cbop. Rivera Fajardo Armando<br />

Cbos. Cargua Rodríguez Marco<br />

Poli. Recalde Omar<br />

Poli. Robayo Arcos Franklin<br />

Poli. Pinto Páez Víctor<br />

EXTRACTO <strong>DE</strong> NOMBRAMIENTO<br />

Art. 25. " En referencia a la Hoja de Tramite <strong>No</strong>. 13184-CG de fecha 06 de julio del 2006, que tiene relación con el Oficio <strong>No</strong>. 204-2006-<br />

CNJP de fecha 06 de julio del 2006, suscrito por el señor Comandante General de Policía (sp) José Julio Rivera Montero<br />

Presidente de la Corte Nacional de Justicia Policial, da a conocer que el Tribunal que preside en sesión del día 05 de julio del<br />

2006, procedió a designar al señor Teniente Coronel de Policía (SP) Felix Gangotena Pazmiño, como Ministro Juez Suplente de<br />

la Segunda Corte Distrital de Justicia Policial”.<br />

COMUNICACIONES RECIBIDAS<br />

Art. 26. " En cumplimiento a la Hoja de Tramite 13267-CG, de fecha 10 de julio de 2006, y en atención al oficio 2006-00190-PAG, de<br />

fecha 06 de julio de 2006.- Señor General Inspector.- AB. JOSE ANTONIO VINUEZA JARRIN.- COMANDANTE <strong>GENERAL</strong> <strong>DE</strong><br />

<strong>LA</strong> POLICÍA NACIONAL.- se publica lo siguiente:


26<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

Mi Comandante General, adjunto al presente se dignara encontrar usted mi Comandante General, un ejemplar de la revista<br />

Ekos en donde se ha calificado a la fabrica TECNISTAMP en tercer puesto dentro del sector textil, en la página 58, dice.-<br />

INDUSTRIA TEXTIL.- La diversificación de productos amplia el mercado.- La industria textil ecuatoriana fabrica productos<br />

de todo tipo de fibras de las cuales las más utilizadas son el algodón, el poliéster, el nylon, los acrílicos, la lana y la seda. Las<br />

provincias con mayor número de industrias dedicadas a esta actividad son Pichincha, Imbabura, Guayas, Azuay y Tungurahua.-<br />

La diversificación en el sector ha permitido que se fabrique un sinnúmero de productos, siendo los hilados y los tejidos los<br />

principales en volumen de producción. <strong>No</strong> obstante, cada vez es mayor la producción de confecciones textiles, tanto de prendas<br />

de vestir como otras manufacturas de la línea de hogar que se destacan por la excelente calidad de la materia prima utilizada,<br />

sus finos acabados y la disponibilidad de exportación durante todo el año.- Los textiles son el segundo sector manufacturero<br />

que más a mano de obra emplea. Según estimaciones de la Asociación de Industriales Textiles del Ecuador, se generan 25.000<br />

empleos directos y más de 100.000 indirectos.- Los resultados de la evolución del sector en el periodo 2000-2005 están<br />

sustentados en la diversificación de la oferta exportable y en el predominio de la producción de artículos con mayor valor<br />

agregado y, por ende, con mejores características de calidad.- Esta preferencia de los industriales textiles está estrechamente<br />

relacionada con los precios unitarios que han obtenido por sus productos, lo cual ha generado un aumento consistente de su<br />

producción y ventas.- La exportación de prendas y complementos de vestir de punto, que en 2000 representaba 31,9% de las<br />

exportaciones totales, en 2005 llegó al 69%; mientras que las materias textiles y tejidos especiales disminuyeron del 38% al<br />

9%.- Durante el año anterior, las exportaciones de prendas de vestir de fibras textiles aumentaron en 11,59%, mientras que<br />

otras manufacturas textiles crecieron en 1,9%.- En 2004 se exporto US$90 millones, mientras que para 2005, el sector obtuvo<br />

alrededor de US$75 millones; esta significativa reducción de las exportaciones se debe a un sinnúmero de factores, siendo el<br />

principal la eliminación de las cuotas de importación de EEUU y la Unión Europea a los productos textiles elaborados en China,<br />

lo que permitió a ese país inundar los dos mercados más importantes del mundo.- Por ello, concientes que el desarrollo del<br />

sector esta directamente relacionado con las exportaciones, los industriales textiles han invertido en la adquisición de nueva<br />

maquinaria que les permita ser mas competitivos. Así mismo, las empresas invierten en programas de capacitación para el<br />

personal de las plantas con el afán de incrementar los niveles de eficiencia y productividad; la intención es mejorar los índices<br />

de producción actuales, e innovar en la creación de nuevos productos que satisfagan la demanda internacional.-<br />

Lamentablemente, la industria textil nacional ha sido afectada por dos graves problemas: el contrabando y la invasión de<br />

productos provenientes de China. Se estima que el contrabando total ingresado al Ecuador entre 2000-2005 asciende a<br />

US$2.103 millones. Y la entrada de productos chinos tiene un agravante, ya que el mercado es reducido, lo que genera una<br />

sobre oferta de productos, baratos y de mala calidad, que dejan sin mercado a la producción nacional.- En consecuencia,<br />

debido a la importancia del mercado interno, una de las metas a corto y mediano plazo del sector es recuperarlo, y otro reto es<br />

tener un crecimiento sostenido en las exportaciones textiles.- Cabe recalcar que la industria textil ecuatoriana requiere<br />

seguridad jurídica y el fortalecimiento de las instituciones del Estado para adaptarse a las condiciones internacionales de<br />

comercio, convertirse en un sector eficiente y competitivo, y aprovechar un mercado que, en el mundo textil, mueve más de<br />

US$160.000 millones.- Además, en la página 36 consta TECNISTAMP C.E.M. en el puesto 379 dentro de las 400 “Empresas<br />

más grandes Ecuador”.- Particular que pongo en su conocimiento mi Comandante General para los fines consiguientes.-<br />

Atentamente.- DIOS, PATRIA Y LIBERTAD.- f) VINICIO PROAÑO SA<strong>LA</strong>ZAR.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..-<br />

PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong>DE</strong> TECNISTAMP C.E.M.”.<br />

CONSIGNAS RE<strong>LA</strong>TIVAS AL SERVICIO<br />

Art. 27. " En cumplimiento a la Hoja de Tramite 14067-CG, de fecha 20 de julio de 2006, y en atención al oficio <strong>No</strong>. 2006-1345-J3CD-PN,<br />

de fecha 13 de julio de 2006, dentro de la causa penal Nro. 025-2006 seguida por Deserción, solicita se abstengan de capturar<br />

al señor Cbos. FRANKLIN BENITO AREVALO PINCAY; por cuanto el precitado sindicado ha procedido a depositar el monto de<br />

la Fianza Excarcelaria, que le fuera aceptada y calificada por esta Autoridad”.<br />

AUTORIZACIÓN <strong>DE</strong> PERMISOS Y MATRIMONIOS<br />

Art. 28. " De conformidad con el artículo 102, literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, concédase 08 días de permiso<br />

a los diferentes miembros de la institución que ha continuación se detalla:<br />

CRNL. ZARATE SA<strong>LA</strong>ZAR FERNANDO SALOMON, en el CPD-CP10-JPT-JEFA-SAD<br />

CAPT. JIMENEZ GONZALES MARLON NIKO<strong>LA</strong>Y, en el CCD-CP8-JPA-JEFA-SAD.<br />

CAPT. ZAPATA CORREA CESAR AUGUSTO, en el CPD-CP1-JPT- SIAT P-ST.<br />

SGOS. MARTINEZ OBANDO JORGE EDUARDO, en el CPD-CP10-COMAN-AI-SAD.<br />

CBOS. ESPINOSA FONSECA JORGE HERMEL, en la DNT-DIREC-SG-SAR.


27<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

Art. 29. " De conformidad con el artículo 102, literal b) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, concédase 08 días de<br />

permiso y la respectiva autorización para contraer matrimonio a los diferentes miembros de la institución, que ha<br />

continuación se detalla:<br />

TNTE. ARROBA FONCECA NELSON FRANCISCO, en el CPD-CP1-JPSR-SR-CR, con la Srta. YADIRA VALERIA PERALTA<br />

JARAMILLO.<br />

SBTE. GANCHA<strong>LA</strong> GUTIERREZ MARLON JAVIER, en el CPD-UER-OPERA-SU, con la Srta. LUZ ANGELICA VALLEJO<br />

ESPINEL.<br />

SBTE. MOLINA QUINCHE CARLOS AUGUSTO, en el CCD-CP2-UVC-OPERA-SU, con la Srta. MARIA SOLEDAD<br />

DOMINGUEZ OBANDO.<br />

CBOS. GUZMAN CHICO WALTER FERNANDO, en el CPD-CP12-JPA-OPERA, con la Srta. ROSSANA RUBI AGUINAGA<br />

ALMEIDA.<br />

CBOS. MONTES<strong>DE</strong>OCA MONTES<strong>DE</strong>OCA MANUEL ALFONSO, en el CCD-CP2-CCM-SUBJSR, con la Srta. LELY<br />

ALEXANDRA RODRIGUEZ CHOEZ.<br />

CBOS. PAUCAR ANALUISA LUIS EDGAR, en el IV-DISTRITO UIES GUAYAQUIL, con la Srta. ERIKA SU<strong>LA</strong>Y SUAREZ<br />

VIL<strong>LA</strong>FUERTE.<br />

CBOS. SIMBAÑA HERNAN<strong>DE</strong>Z VINICIO ROMAN, en la DNA-GEMA-OPERA, con la Srta. MARCIA JEANETH CURIPALLO<br />

GUAMAN.<br />

CBOP. VEGA CASTILLO NIDIA JEANETH, en el CPD-CP1-JPPJ-GAO-SAD con el señor JOSE NEPTALI IZAGUIRRE<br />

SORNOZA.<br />

POLI. ARTEAGA VERGARA JIMY ANTONIO, en el CCD-CP4-JPSU-OPERA-SU con la Srta. MARTHA MOREIRA<br />

MANTUANO.<br />

POLI. BUSTILLOS CAJAS TITO SENON, en el CSD-CP13-JPSU-OPERA, con la Srta. NANCY EUFEMIA MARTINEZ<br />

QUINTANA.<br />

POLI. CA<strong>LA</strong>N MAL<strong>LA</strong> WILSON RAMIRO, en el CCD-CP2-JPA-OPERA, con la Srta. JENNY ALEXANDRA RUBIO TAPIA.<br />

POLI. CURIPALLO GUAMAN MARCIA JEANTEH, en el CPD-CP1-JPA-OPERA, con la Srta. VINICIO ROMAN SIMBAÑA<br />

HERNAN<strong>DE</strong>Z.<br />

POLI. CASTELO MENESES TERESA MARLENE, en el CSD-CP5-JPT-OPERA, con el Sr. VINICIO JAVIER MOROCHO<br />

LITUMA.<br />

POLI. GAIBOR CHUMA CARLOS RODRIGO, en el CCD-CP2-CCP-SUBJSR, con la Srta. MERCE<strong>DE</strong>S <strong>DE</strong> JESUS<br />

MARTINEZ.<br />

POLI. GUALPI AIMARA JORGE ELIAS, en el CSD-CP9-JPPJ-OPERA-SPJ, con la Srta. SANDRA GABRIE<strong>LA</strong> CASTRO<br />

BUSTOS.<br />

POLI. GUERRERO ESCOBAR SANTOS HOVER, en el CCD-CP4-JPSR-SR con la Srta. <strong>LA</strong>URA PI<strong>LA</strong>R ZAMBRANO MEJIA<br />

POLI. MARTINEZ TAYUPANTA LUIS JACINTO, en la DNE-ESP-DIREC-SAD, con la Srta. MARIA VALERIANA CHITO ATI.<br />

POLI. MEJIA GARCES JOSE ROBERTO, en el CPD-CP14-JPSR-SR-QUIND, con la Srta. CATHERINE GISSELL MEZA<br />

SILIO.<br />

POLI. MOROCHO GUZMAN FABIAN MARCELO, en el CSD-CP5-JPSU-OPERA, con la Srta.YANINSE EDITH RAMIREZ<br />

VERA.<br />

POLI. MOROCHO LITUMA VINICIO JAVIER, en el CSD-CP5-JPSR-SR-CUMAND, con la Srta. TERESA MARLENE<br />

CASTELO MENESES.<br />

POLI. MUÑOZ FARFAN THELMAN MIGUEL, en el CPD-CP14-JPSU-OPERA, con la Srta. JANETH ELIZABETH AVEIGA<br />

<strong><strong>DE</strong>L</strong>GADO.<br />

POLI. NASIMBA SIMBA WILLIAN PATRICIO, en la DNA-CAC-QUITO, con la Srta. VAZQUEZ LOZA MARCIA PAO<strong>LA</strong>.<br />

POLI. OJEDA OJEDA LUIS YOVANNY, en el CCD-CP2-UVS-OPERA, con la Srta. C<strong>LA</strong>RA ISABEL JUPITER FREIRE.<br />

POLI. PADIL<strong>LA</strong> BORJA HENRY ESTEBAN, en el CPD-CP12-JPA-JEFA-SAD, con la Srta. ELIZABETH JOHANA NARVAEZ<br />

P<strong>LA</strong>TA.<br />

POLI. QUIMBIULCO LEONES WALTER OVER, en el CCD-CP19-CCSCRUZ-SUBJSU, con la Srta. MAYRA ALEXANDRA<br />

BECERRA HERNAN<strong>DE</strong>Z.<br />

POLI. QUINATOA MANOBANDA JORGE IVAN, en el CPD-CP14-JPSR-SR-SLOREN, con la Srta. MARIA IGNACIA TARIS<br />

TOALOMBO.<br />

POLI. RODRIGUEZ TAPIA JOSE LUIS, en el CPD-CP10-JPSU-OPERA, con la Srta. DIANA MARIBEL FUENTES MEJIA.<br />

POLI. SAILEMA MOYOLEMA MARY ELIZABETH, en el CPD-CP1-DMQ-UVQ-SG, con el Sr. SIXTO FABRICIO SAILEMA<br />

SAILEMA.<br />

POLI. SALINAS FLORES JOSE MIGUEL, en el CPD-CP14-JPSR-SR, con la Srta. VIKI TATIANA HARO RODRIGUEZ.<br />

POLI. SAMANIEGO KLINGER ALEJANDRO ERADIO, en el CPD-CP14-JPSR-SR, con la Srta. DIANA CRISTINA MINA<br />

GRACIA.<br />

POLI. SOCASI GUALOTUÑA CESAR LUIS, en el DNA-GEMA-OPERA-SA, con la Srta. AIDA ROSARIO SIMBAÑA<br />

CASAMEN.<br />

POLI. TORRES TORRES PABLO GUIDO, en el CPD-CP14-JPSU-OPERA, con la Srta. MARITZA ELIZABETH GOMEZ<br />

MENDOZA.<br />

POLI. TRAVEZ GUAITA EDISON PATRICIO, en el CPD-CP1-DMQ-UVS-CT-ST, con la Srta. JENNY PATRICIA CAMPO-<br />

VER<strong>DE</strong> PAÑI.<br />

POLI. VARGAS TOTOY JOSE LUIS, en el CPD-CP20-JPSR-SR-CHAC, con la Srta. MARITZA LUCIA CAIZA VIMOS.


28<br />

ORD. GRAL. <strong>149</strong><br />

POLI. VIL<strong>LA</strong>ROEL TIGSE LUIS FERNANDO, en el CPD-CP10-JPT-OPERA, con la Srta. LILIAN <strong>DE</strong> <strong>LA</strong>S MERCE<strong>DE</strong>S<br />

L<strong>LA</strong>MBO ANCHATUÑA.<br />

RECTIFICACIONES<br />

Art. 30. " En atención al Informe Jurídico 2006-1137-DGP-SCP-AJ, de fecha 20 de julio del 2006; RECTIFICASE el número de cédula<br />

1719177972, del señor Policía ALMACHI CHILIQUINGA SANTIAGO V<strong>LA</strong>DIMIR, el mismo que deberá quedar registrado en los<br />

Archivos de la Institución de la siguiente manera: número de cédula 171930757-9”.<br />

la<br />

AB. JOSÉ ANTONIO VINUEZA JARRÍN<br />

<strong>GENERAL</strong> INSPECTOR<br />

COMANDANTE <strong>GENERAL</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICÍA NACIONAL<br />

Es Copia<br />

DR. CARLOS RODRIGO HEREDIA AMORES<br />

<strong>GENERAL</strong> INSPECTOR<br />

DIRECTOR <strong>GENERAL</strong> <strong>DE</strong> PERSONAL <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICÍA NACIONAL

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