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Reglamento General - Rallye Santander Cantabria

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<strong>Reglamento</strong> <strong>General</strong> de los Campeonatos,Copas y Trofeos de <strong>Cantabria</strong>______________________________________________________salidos, clasificaciones parciales y finales, adhesivos de publicidad obligatoria,verificados, copia permiso Consejería de Presidencia, modelo distintivos organización,así como todo documento relacionado con la prueba que sirva a la FederaciónCántabra de Automovilismo para expediente y archivo de la prueba.10.2. En caso de no cumplirse el apartado anterior, la Organización tendrá que remitir a laFederación Cántabra, en un plazo máximo de 10 días, la documentación pendiente de entregaal inspector.10.3. La Entidad Organizadora que no cumpla estos requisitos será amonestada.Artículo 11.- OFICIALES DE LAS PRUEBAS.-11.1. El cuadro de Oficiales de todas las pruebas puntuables para los presentes Campeonatos,Copas y Trofeos tendrá, como requisito imprescindible para la aprobación de su respectivoreglamento particular como mínimo el número de oficiales exigidos para cada modalidad, conlicencias vigentes, cuyo número figurará a continuación de su nombre.11.2. Los cuadros de Oficiales y Cronometradores serán nombrados por la FederaciónCántabra de Automovilismo en todas las pruebas, a propuesta del Colegio de Oficiales deAutomovilismo de <strong>Cantabria</strong> una vez oído el club o entidad organizadora.11.3. El Director de Carrera no autorizará la salida sin la presencia, en cada prueba, de losmedios médico-sanitarios exigidos para cada especialidad. Ninguna prueba podrá celebrarsesin la presencia, al menos, de una ambulancia.11.4. Los gastos ocasionados por el desempeño del cargo de Oficial (Comisarios Deportivos,Directores de Carrera, Comisarios Técnicos, Cronometradores y Comisarios de Ruta, etc.),serán a cargo de la organización de la prueba en donde actúen.11.5. El precio de contratación de los equipos de cronometraje y seguridad formados, seráfijado por el C.O.A.Ct.11.6. El importe de los mencionados gastos y precios será abonado a la F.Ct. de A. antes delcomienzo de la prueba.Artículo 12.- INSPECCIÓN DE LAS PRUEBAS.-12.1. La Federación Cántabra de Automovilismo podrá nombrar por escrito en todas laspruebas puntuables, un Inspector Federativo, no teniendo función ejecutiva alguna, pero sí desupervisión total para posterior informe a la F.Ct. de A. Tendrá libre acceso a todas lasactuaciones, tanto en Dirección de Carrera como de Comisarios, Cronometradores,clasificaciones, etc., además de las siguientes misiones:- Recoger la documentación obligatoria entregada por la Organización, para laconfección de los Campeonatos y Trofeos de <strong>Cantabria</strong>.- Revisar antes de la salida de las pruebas, los certificados de los seguros(obligatorio y voluntario), teniendo poder para suspender la carrera en caso deincumplimiento.- Asistir a todas las actuaciones, de oyente, incluso a las decisiones de loscomisarios deportivos.- Servir de lazo de unión entre la Organización de la prueba y esta Federación.- No tendrá poder decisorio sobre los Oficiales de la prueba, solamente una laborinformativa sobre <strong>Reglamento</strong>s y Campeonatos.- Será el encargado de controlar la publicidad contratada por la Federación para susrespectivos Campeonatos y Trofeos.

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