12.07.2015 Views

Boletín Oficial Nº 131 - Corantioquia

Boletín Oficial Nº 131 - Corantioquia

Boletín Oficial Nº 131 - Corantioquia

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Boletín Nºoficial<strong>131</strong>Junio de 2010Hacemos autoridad ambiental de la mano de la comunidad


ContenidoTerritorial Sede Central5Acuerdos


Boletín N° <strong>131</strong> Junio de 2010TERRITORIAL SEDE CENTRALACUERDOSEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓNAUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DEANTIOQUIA - “CORANTIOQUIA”, en uso de sus facultadeslegales, estatutarias y en especial de las conferidas por la Ley 99 de1993, Decreto reglamentario 1768 de 1994, los Estatutos Corporativos,del Acuerdo de Consejo Directivo 290 del 27 de mayo de 2008 y,CONSIDERANDOQue son funciones del Consejo Directivo, de conformidad con elartículo 23 de los Estatutos Corporativos, modificado por el artículo 11del Acuerdo 10 del 24 de febrero de 2009, de la Asamblea Corporativa,la de:“…f) Designar el Director encargado durante las ausencias delDirector General de la Corporación, entre el personal Directivo de laCorporación”.Que por oficio 040-261 de enero de 2010, Dr. Luis Alfonso EscobarTrujillo, actuando en su calidad de Director General de CORANTIOQUIA,informa que de conformidad con la Ley 755 de 2002, hará uso de lalicencia de paternidad a que tiene derecho de conformidad con la Ley755 de 2002, la cual disfrutará del 3 al 12 de febrero de 2010, ambasfechas inclusiveQue la Coordinadora del Grupo de Talento Humano certifica elcumplimiento de requisitos de conformidad con la norma para accedera la Licencia de Paternidad.Que en virtud de la licencia de paternidad que disfrutará el Doctor LuisAlfonso Escobar Trujillo, en su calidad de Director la cual configurauna ausencia temporal, por lo tanto se hace necesario encargar delas funciones de éste a un funcionario del nivel Directivo, acorde a lodispuesto en el literal f) del artículo 23 y a lo establecido en el acuerdo290 del 27 de mayo de 2008.Que por lo expuesto, el Consejo Directivo,ACUERDAARTÍCULO PRIMERO. Encargar de las funciones de Director Generalde la Corporación, a la Doctora GLORIA AMPARO ALZATE, quien sedesempeña como Subdirectora de Ecosistemas, mientras el titularDoctor Luis Alfonso Escobar Trujillo se encuentre en Licencia dePaternidad.ARTÍCULO SEGUNDO. El presente acuerdo rige a partir del día 2 defebrero de 2010.EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓNAUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIAEn uso de sus facultades legales y estatutarias y,CONSIDERANDO:Que mediante Acuerdo de Consejo Directivo No. 335 de 2009, se aprobóel presupuesto de ingresos y gastos para el 2010, modificado medianteResolución 12664 del 12 de enero de 2010.Que por Resolución No 13048 del 9 de abril de 2010, el Director Generalde la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, fijó yadoptó el excedente financiero de la vigencia fiscal de 2009, en la sumade DIECIOCHO MIL TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOSOCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS($18.038.589.352) PESOS, se tiene en cuenta las fuentes y usosestablecidos en la norma..Que el Director General presenta a consideración del Consejo Directivoel proyecto de Acuerdo de distribución de excedentes financieroscon recursos propios, correspondientes a los resultados que arroja elBalance General a 31 de Diciembre de 2009, aprobado por la AsambleaCorporativa en sesión del 24 de febrero de 2010.Que previamente en el acuerdo de Consejo Directivo No. 335 de 2009,5


Boletín N° <strong>131</strong> Junio de 2010por el cual se aprobó el presupuesto de ingresos y gastos para el 2010,se incorporaron excedentes financieros por OCHO MIL NOVECIENTOSTREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MILCUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($8.939.281.498) PESOS.Que adicionalmente, mediante Resolución 12664 del 12 de enero de 2010,se incorporaron excedentes por DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA YUN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL QUINIENTOS TREINTAY DOS ($2.241.890.532) PESOS, como recursos de destinaciónespecífica por convenios, en uso de la competencia establecida enel artículo No.13 “competencias para modificar el presupuesto”, en suparágrafo 1 del Acuerdo 294 de agosto 26 de 2008 que dice: “Cuandose requiera modificar el presupuesto de la vigencia en curso, conadiciones provenientes de la firma de convenios celebrados conentidades públicas y privadas, estas operaciones se realizaránmediante resolución expedida por el director general, quien informarádichas modificaciones al Consejo Directivo en la próxima sesión.”Que de los excedentes aún no incorporados, existen recursos propiosde aplicación restringida por TRES MIL SETECIENTOS CUARENTAY CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILVEINTIUN ($3,745,288,021) PESOS, distribuidos así: DOS MILOCHOCIENTOS VEITINUEVE MILLONES DOSCIENTOS DIECISEISMIL NOVECIENTOS DIECIOCHO ($2.829.216.918) PESOS, quecorresponden a la fuente de Sector Eléctrico, SETENTA MILLONESDOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS($70.262.572) PESOS, correspondientes a la fuente de Tasas por Usoy OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOSOCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y UN ($845.808.531) PESOS de lafuente de Tasas Retributivas, a los cuales se debe garantizar la destinaciónrestringida establecida en las normas vigentes.Que luego de descontar los anteriores valores por CATORCE MILNOVECIENTOS VEINTISEIS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTAMIL CINCUENTA Y UN ($14.926.460.051) PESOS, queda un saldopor incorporar de recursos de libre destinación, por TRES MIL CIENTODOCE MILLONES CIENTO VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS UN($3.112.129.301) PESOS, los cuales, según la fuente que los originan,se distribuyen en funcionamiento la suma de SEISCIENTOS TREINTA YTRES MILLONES DE ($633.000.000) PESOS, y en inversión la suma deDOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES CIENTOVEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS UN ($2.479.129.301).Que los recursos que se adicionan a los proyectos de inversión, serequieren para cubrir algunas metas desfinanciadas en el del proyecto12 y para fortalecer la ejecución de los demás proyectos.Que en los gastos de funcionamiento se tienen rubros desfinanciados,los cuales deben cubrirse para dar cumplimiento cabal a las normas yla ley.Que el Acuerdo de Consejo Directivo No. 294 del 26 de agosto de 2008,que adoptó el Reglamento Interno de Presupuesto de Ingresos y Gastosde la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, en elcapítulo V “De las modificaciones presupuestales”, artículo 12, numeral1.3 Adiciones por excedentes financieros, establece que: “Si comoresultado del ejercicio de cierre fiscal de la vigencia inmediatamenteanterior, resultara un excedente financiero ocasionado, entre otros, porun mayor recaudo sobre las rentas aprobadas en el presupuesto, estosrecursos se incorporarán en el presupuesto de ingresos y gastos de lavigencia en curso”.Que la Subdirectora Administrativa y Financiera de la Corporaciónexpidió certificado No 942 correspondiente a la existencia en caja de losexcedentes financieros en este acuerdo, los cuales se encuentran libresde afectación, compromisos y disponibles para ser incorporados.Por lo tanto,ACUERDA:ARTÍCULO 1o: Aprobar las adiciones en el Presupuesto de Rentasde la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia para lavigencia fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre del año 2010, en lasuma de: SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONESCUATROCIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS($6.857.417.322) PESOS, con recursos propios como resultado deliquidar el excedente financiero, según el siguiente detalle:INGRESOS Y RENTASCÓDIGO CONCEPTO APROPIACIONVIGENTE3000 I- INGRESOSPROPIOS3200 B – RECURSOS DECAPITAL3250 RECURSOS DELBALANCEADICIÒNTOTALPRESUPUESTO8.939.281.498 6.857.417.322 15.796.698.8208.939.281.498 6.857.417.322 15.796.698.8208.939.281.498 6.857.417.322 15.796.698.8203252 Excedentes Financieros 8.939.281.498 6.857.417.322 15.796.698.820TOTAL ADICIÓN PRESUPUESTODE RENTAS 2010$8.939.281.498$6.857.417.322 $15.796.698.820ARTICULO 2º.: Aprobar las adiciones en el presupuesto de gastos defuncionamiento e inversión para la vigencia 2010, en la suma de SEIS MILOCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOSDIECISIETE MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS ($6.857.417.322)PESOS, con recursos propios, según el siguiente detalle:FUNCIONAMIENTO:6


Boletín N° <strong>131</strong> Junio de 2010CTA SUBC OBJG CONCEPTO TOTALAPROPIACIÓNINICIAL 20101 GASTOS DEPERSONAL1 0 1 SERVICIOSPERSONALESASOC. A NÓMINA1 0 2 SERVICIOSPERSONALESINDIRECTOS1 0 5 CONTRIB.INHERENTESA NÓMINA SECT.PRIVADO Y PUBLICO2 GASTOSGENERALES2 0 4 ADQUISICIÓNDE BIENES YSERVICIOS2 0 3 IMPUESTOS YMULTAS3 TRANSFERENCIASCORRIENTES3 2 TRANSFERENCIASAL SECTORPÚBLICO3 2 1 ADMINISTRACIÓNPÚBLICA CENTRALTOTALESTAADICIÓN2.576.676.063 448.000.0001.886.148.588 240.009.24186.030.929 142.000.000604.496.546 65.990.7591.222.400.000 155.000.0001.072.400.000 155.000.000150.000.0003.124.049.134 30.000.0002.909.180.134 -2.909.180.134 -TOTAL3.024.676.0632.126.157.829228.030.929670.487.3051.377.400.0001.227.400.000150.000.0003.154.049.1342.909.180.1342.909.180.134RUBRO71430 900 01 0121 0171430 900 01 0271430 900 01 0220 0171430 900 01 0221 0172410CONCEPTOAPROPIACIÓNANTES DE ESTEACUERDOADICIÓNEXCEDENTESTOTALAPROPIACIÓNDEFINITIVA 2010Sistema de informaciónoperando con énfasisen agua y bosque,articulando el SIRENAy demás módulos delsistema 1,300,209,800 530,000,000 1,830,209,800Gestión delConocimiento 373,687,967 - 373,687,967Implementación delbanco del conocimiento 273,687,967 - 273,687,967Implementación delbanco del conocimiento 100,000,000 - 100,000,000PLANIFICACIONAMBIENTAL DELTERRITORIO 931,332,334 65,150,000 996,482,33472410 902 Manejo 931,332,334 65,150,000 996,482,3343 3 OTRASTRANSFERENCIAS3 3 2 SENTENCIAS YCONCILIACIONES214.869.000 30.000.000214.869.000 30.000.000TOTAL ADICIÓN FUNCIONAMIENTO 6.923.125.197 633.000.000244.869.000244.869.0007.556.125.19772410 902 02Planificación Ambientalpara la AdecuadaOcupación del Territorio 931,332,334 65,150,000 996,482,334INVERSIÓN:RUBROCONCEPTOAPROPIACIÓNANTES DE ESTEACUERDOADICIÓNEXCEDENTESTOTALAPROPIACIÓNDEFINITIVA 201072410 902 02 03Planificación AmbientalRegional 598,955,810 50,000,000 648,955,8107143071430 90071430 900 01GESTION DEINFORMACION Y ELCONOCIMIENTO 3,421,374,030 530,000,000 3,951,374,030Intersubsectorial MedioAmbiente 3,421,374,030 530,000,000 3,951,374,030Democratizaciónde la Informaciónpara la Generacióndel Conocimiento,la Participación y laGestión 3,421,374,030 530,000,000 3,951,374,03072410 902 02 0320 0172410 902 02 0321 0172410 902 02 04Entes territorialesque incorporan lasdirectrices ambientalesregionales. 598,955,810 - 598,955,810Fortalecimiento deplanificación ambientalregional - Inversión Neta - 50,000,000 50,000,000Fortalecimiento de laPlanificación AmbientalLocal 332,376,524 15,150,000 347,526,52471430 900 01 0171430 900 01 0120 01Gestión de laInformación 3,047,686,063 530,000,000 3,577,686,063Sistema de informaciónoperando con énfasisen agua y bosque,articulando el SIRENAy demás módulos delsistema 1,747,476,263 - 1,747,476,26372410 902 02 0420 01Entes territoriales conplanes de desarrolloy ordenamientoPOT, articulados alos instrumentos deplanificación ambientalregional 332,376,524 - 332,376,5247


Boletín N° <strong>131</strong> Junio de 2010RUBROCONCEPTOAPROPIACIÓNANTES DE ESTEACUERDOADICIÓNEXCEDENTESTOTALAPROPIACIÓNDEFINITIVA 2010RUBROCONCEPTOAPROPIACIÓNANTES DE ESTEACUERDOADICIÓNEXCEDENTESTOTALAPROPIACIÓNDEFINITIVA 201072410 902 02 0421 01Entes territoriales conplanes de desarrolloy ordenamientoPOT, articulados alos instrumentos deplanificación ambientalregional - 15,150,000 15,150,00074410 901 01Gestión Integral delas Áreas ProtegidasEstratégicas y de losRecursos NaturalesRenovables para elDesarrollo Sostenible delas Regiones 12,637,083,211 1,418,186,697 14,055,269,90873410FORTALECIMIENTODE LAREGIONALIZACION 10,903,571,636 295,530,000 11,199,101,63673410 901 Conservación 10,903,571,636 295,530,000 11,199,101,63674410 901 01 07Gestión Sostenible delRecurso Hídrico 4,686,263,586 521,036,697 5,207,300,28374410 901 01 0720 01Municipios con cuencasadministradas a nivel 1 1,610,882,455 - 1,610,882,45573410 901 01Gestión Integral delas Áreas ProtegidasEstratégicas y de losRecursos NaturalesRenovables para elDesarrollo Sostenible delas Regiones 10,903,571,636 295,530,000 11,199,101,63674410 901 01 0720 02Cabeceras municipalescon fuente de aguaprotegida y mejorada 2,189,500,498 - 2,189,500,49873410 901 01 05Administración de losRecursos Naturales 10,689,357,229 280,380,000 10,969,737,22974410 901 01 0721 01Municipios con cuencasadministradas a nivel 1 683,448,000 225,000,000 908,448,00073410 901 01 0520 01Trámites yprocedimientosatendidos al día. 8,947,095,304 - 8,947,095,30473410 901 01 0521 01Trámites yprocedimientosatendidos al día. 1,742,261,925 280,380,000 2,022,641,92574410 901 01 0721 02Cabeceras municipalescon fuente de aguaprotegida y mejorada 202,432,633 296,036,697 498,469,33073410 901 01 0673410 901 01 0620 01Gestión AmbientalIntegral Articulada alo Local 214,214,407 15,150,000 229,364,407Expedientesmunicipalespromocionados 205,214,407 - 205,214,40774410 901 01 08Consolidación delSistema Regional deÁreas Protegidas y delEspacio Público conÉnfasis en lo Natural 2,959,895,312 15,150,000 2,975,045,31273410 901 01 0621 0174410Expedientesmunicipalespromocionados 9,000,000 15,150,000 24,150,000GESTION INTEGRALDE AREASESTRATEGICAS 12,637,083,211 1,418,186,697 14,055,269,90874410 901 Conservación 12,637,083,211 1,418,186,697 14,055,269,90874410 901 01 0820 0174410 901 01 0821 01Áreas protegidasdeclaradas por laCorporación y conplanes de manejo enejecución 2,751,603,512 - 2,751,603,512Áreas protegidasdeclaradas por laCorporación y conplanes de manejo enejecución 208,291,800 15,150,000 223,441,8008


Boletín N° <strong>131</strong> Junio de 2010RUBROCONCEPTOAPROPIACIÓNANTES DE ESTEACUERDOADICIÓNEXCEDENTESTOTALAPROPIACIÓNDEFINITIVA 2010RUBROCONCEPTOAPROPIACIÓNANTES DE ESTEACUERDOADICIÓNEXCEDENTESTOTALAPROPIACIÓNDEFINITIVA 201074410 901 01 0974410 901 01 0920 01Conservación y ManejoSostenible del Bosque,la Flora y la Fauna 3,166,182,693 12,000,000 3,178,182,693Establecimiento de lacobertura vegetal 1,735,783,406 - 1,735,783,40675410 901 01 1175410 901 01 1120 01Sostenibilidad Ambientalde los SectoresProductivos 1,106,152,912 - 1,106,152,912Sectores productivoscon prácticassostenibles 663,680,135 - 663,680,13574410 901 01 0920 0274410 901 01 0921 0174410 901 01 0921 02Especies amenazadascon programasde conservaciónformulados y enejecución 394,850,000 - 394,850,000Establecimiento de lacobertura vegetal 825,519,287 - 825,519,287Especies amenazadascon programasde conservaciónformulados y enejecución 210,030,000 12,000,000 222,030,00075410 901 01 1121 0175410 901 01 1275410 901 01 1220 01Sectores productivoscon prácticassostenibles 442,472,777 - 442,472,777Saneamiento Ambientalde los Asentamientos 8,048,286,703 3,029,401,324 11,077,688,027Municipios con calidadambiental integral(saneamiento hídrico+ gestión integral deresiduos + calidadatmosférica) 5,640,308,022 - 5,640,308,02274410 901 01 1074410 901 01 1020 01Recuperación deÁreas Degradadasy Prevención deDesastres frente aFenómenos Naturales 1,824,741,620 870,000,000 2,694,741,620Personas beneficiadaspor la intervención deáreas en riesgo 1,552,077,620 - 1,552,077,62075410 901 01 1221 017611376113 900Municipios con calidadambiental integral(saneamiento hídrico+ gestión integral deresiduos + calidadatmosférica) 2,407,978,681 3,029,401,324 5,437,380,005FORTALECIMIENTOINSTITUCIONAL 1,880,397,705 642,391,301 2,522,789,006Intersubsectorial MedioAmbiente 1,880,397,705 642,391,301 2,522,789,00674410 901 01 1021 0175410Personas beneficiadaspor la intervención deáreas en riesgo 272,664,000 870,000,000 1,142,664,000SOSTENIBILIDADAMBIENTAL DELOS SECTORESPRODUCTIVOS YASENTAMIENTOS 9,154,439,615 3,029,401,324 12,183,840,93975410 901 Conservación 9,154,439,615 3,029,401,324 12,183,840,93976113 900 0176113 900 01 1376113 900 01 1320 01Articulación para laGestión Ambiental en elTerritorio 1,880,397,705 642,391,301 2,522,789,006ModernizaciónCorporativa 1,662,619,115 606,129,301 2,268,748,416Sistema cultural,gestión de la calidady de control internoimplementado ymantenido articulado altalento humano (NTCGP 1000 - 2004) 35,800,000 - 35,800,00075410 901 01Gestión Integral delas Áreas ProtegidasEstratégicas y de losRecursos NaturalesRenovables para elDesarrollo Sostenible delas Regiones 9,154,439,615 3,029,401,324 12,183,840,93976113 900 01 1321 01Sistema cultural,gestión de la calidady de control internoimplementado ymantenido articulado altalento humano (NTCGP 1000 - 2004) 1,626,819,115 606,129,301 2,232,948,41676113 900 01 14Gestión para laSostenibilidadFinanciera 217,778,590 36,262,000 254,040,5909


Boletín N° <strong>131</strong> Junio de 2010PROGRAMAS/PROYECTOS YACTIVIDADESTOTAL POAI2010 ANTESDE ESTEACUERDOMODIFICACIÓNPOAI 2010EN ESTEACUERDOTOTAL POAI2010 CON ESTAMODIFICACIÓNTOTAL PORACTIVIDAD 3.1:Fortalecimientode la planificaciónambiental regional598.956.000 50.000.000 648.956.000TOTAL598.956.000 50.000.000 648.956.000PROYECTO 3.PlanificaciónAmbientalRegionalTOTAL POR 332.377.000 15.150.000 347.527.000ACTIVIDAD4.1: Diseños eimplementaciónde estrategiasde articulacióncon las oficinasterritoriales enel campo dela planeaciónambiental parael fortalecimientode la planificaciónambiental local.TOTAL332.377.000 15.150.000 347.527.000PROYECTO 4.Fortalecimientode la planificaciónambiental localTOTAL931.333.000 65.150.000 996.483.000PROGRAMAII PlanificaciónAmbiental delTerritorioTOTAL POR 10.185.864.000 280.380.000 10.466.244.000ACTIVIDAD 5.5:Regulación delos RecursosNaturalesRenovablesa través depermisosambientales,procedimientosancionatorioy control yseguimiento.TOTAL10.689.357.747 280.380.000 10.969.737.747PROYECTO 5.Administraciónde los recursosnaturalesTOTAL POR 208.214.000 15.150.000 223.364.000ACTIVIDAD 6.5:Capacitacióna actoresestratégicos enmateria ambiental.TOTAL214.214.000 15.150.000 229.364.000PROYECTO 6.Gestión AmbientalIntegral Articuladaa lo LocalTOTAL10.903.571.747 295.530.000 11.199.101.747PROGRAMA IIIFortalecimiento dela RegionalizaciónTIPO NOMBRE DELRECURSO RECURSOEXCEDENTESSECTOR210403 ELECTRICOEXCEDENTESFINANCIEROS210302 INVERSIONEXCEDENTESFINANCIEROS210302 INVERSIONEXCEDENTESFINANCIEROS210302 INVERSIONPROGRAMAS/PROYECTOS YACTIVIDADESTOTAL PORACTIVIDAD 7.1:AdministraciónIntegral ymonitoreo de laoferta y demandadel recurso agua(superficial,subterráneo yatmosférico)TOTAL PORACTIVIDAD7.6: ProtecciónIntegral decuencasabastecedorasTOTAL PORACTIVIDAD 7.7:Planificaciónde unidadeshidrológicasTOTALPROYECTO7. GestiónSostenible delRecurso HídricoTOTAL PORACTIVIDAD 8.1:Consolidaciónde las áreasprotegidas localesy regionalese integraciónde procesoslimítrofesTOTALPROYECTO 8.Consolidacióndel sistemaregional de áreasprotegidas y delespacio públicocon énfasis en lonaturalTOTAL PORACTIVIDAD 9.4:Conservación ymanejo in situ yexsitu de especiesamenazadas y/ode importanciaecológica yeconómicaTOTALPROYECTO 9.Conservación ymanejo sostenibledel bosque, laflora y la faunaTOTAL PORACTIVIDAD 10.2:Intervenciónen atencióny prevenciónde desastres(Incendiosforestales)TOTAL POAI2010 ANTESDE ESTEACUERDOMODIFICACIÓNPOAI 2010EN ESTEACUERDOTOTAL POAI2010 CON ESTAMODIFICACIÓN1.336.450.000 75.000.000 1.411.450.0002.249.787.00060,000,000236,036,6972.545.823.697556.800.000 150.000.000 706.800.0004.686.263.090 521.036.697 5.207.299.7871.295.035.800 15.150.000 1.310.185.8002.959.895.800 15.150.000 2.975.045.800156.200.000 12.000.000 168.200.0003.166.182.787 12.000.000 3.178.182.787162.328.000 40.000.000 202.328.000TIPO NOMBRE DELRECURSO RECURSOEXCEDENTESFINANCIEROS210302 INVERSIONEXCEDENTESFINANCIEROS210302 INVERSIONEXCEDENTESSECTOR210403 ELECTRICOSEXCEDENTESFINANCIEROS210302 INVERSIONEXCEDENTESFINANCIEROS210302 INVERSIONEXCEDENTESFINANCIEROS210302 INVERSIONEXCEDENTESSECTOR210403 ELECTRICOS11


Boletín N° <strong>131</strong> Junio de 2010como aporte periódico correspondiente a la vigencia del año 2009,previa expedición del Certificado de Disponibilidad PresupuestalARTÍCULO SEGUNDO: Autorizar al Director General de la CorporaciónAutónoma Regional del Centro de Antioquia –CORANTIOQUIA-,para que en representación de la misma, realice el desembolso de lasuma estipulada por la Asamblea General de Asociados, como aporteperiódico correspondiente a la vigencia del año 2010, a favor de laCORPORACIÓN PARQUE REGIONAL ECOTURÍSTICO ARVÍ conNIT 900.154.128-1, previa expedición del Certificado de DisponibilidadPresupuestal.El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional delCentro de Antioquia en uso de sus facultades legales y estatutarias,especialmente las conferidas por el literal g del artículo 27 de la ley 99de 1993, los Estatutos Corporativos, el Decreto 1768 de 1994 y,CONSIDERANDOQue mediante Acuerdo 017 del 24 de septiembre de 1996, el ConsejoDirectivo de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia,declaró como Reserva Natural de Recursos Naturales la Zona Ribereñadel Río Cauca en el territorio Antioqueño, en un área comprendida entreel río Arquía con el cruce de la vía Medellín Cali hasta el Retén DosBocas, en una faja de un kilómetro a partir de la margen izquierda delrío Cauca y de allí un kilómetro a ambas márgenes del río hasta elmunicipio de Nechí en límites con el departamento de Córdoba, segúncoordenadas de alinderación.Que la declaratoria se hizo con base en el artículo 47 del decreto 2811de 1974, que establece.“Sin perjuicios de derechos legítimamente adquiridos por terceros o delas normas especiales de este Código, podrá declararse reservada unaporción determinada o la totalidad de recursos naturales renovables deuna región o zona cuando sea necesario para organizar o facilitar laprestación de un servicio público, adelantar programas de restauración,conservación o preservación de esos recursos y del ambiente, o cuandoel Estado resuelva explotarlos.Mientras la reserva esté vigente, los bienes afectados quedaránexcluidos de concesión o autorización de uso a particulares.”Que la Reserva de los Recursos Naturales Renovables, se caracterizaporque no corresponde a un área protegida concreta, se determina eluso que se le va a dar posteriormente a los recursos naturales que seencuentran en el área reservada y es transitoria, ya que una vez secumple con el objetivo de la reserva ( se organice la prestación delservicio público, se explote el recurso, se realicen los estudios jurídicos,ecológicos y económico sociales. que van a permitirle a la autoridadescoger la categoría de manejo existentes en la legislación ambiental.)ya no es necesaria.Que el artículo segundo del Acuerdo 017 dispone “Que dicha área dereserva de los recursos naturales será destinada exclusivamente alestablecimiento, mantenimiento y utilización racional de los recursosnaturales renovables, con énfasis en el uso de los suelos agrícolas,pecuarios y forestales”.Que por oficio del 14 de octubre de 2008, la Sociedad HidroeléctricaPescadero – Ituango S.A. E. S. P., solicita la exclusión de los prediosrequeridos para la construcción y operación del proyecto HidroeléctricoPescadero- Ituango, del área de reserva de recursos naturalesdeclarada mediante el acuerdo 017 del 27 de septiembre de 1996 delConsejo Directivo de <strong>Corantioquia</strong>.Que dicha solicitud se fundamenta en lo dispuesto en el artículo 4 delcitado acuerdo que dispone:“Cuando por razones de utilidad pública o interés social sea necesariorealizar actividades económicas que impliquen remoción de bosqueso cambio en el uso de los suelos o cualquier otra actividad distintadel aprovechamiento racional de los recursos, la zona afectada,debidamente delimitada deberá ser sustraída de la reserva, previo eltrámite correspondiente ante la Corporación”Que el Ministerio de Minas y Energía, de conformidad con el artículo 16de la Ley 56 de 1981, artículo 5 de la Ley 143 de 1994 y con el artículo56 de la Ley 142 de 1994, declara de utilidad pública e interés sociallos terrenos necesarios para la construcción y operación del proyectoHidroeléctrico Pescadero- Ituango a través de la resolución Ejecutiva317 de agosto 26 de 2008.Que mediante Resolución N° 0155 del 30 de enero de 2009, elMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, otorga LicenciaAmbiental al mencionado proyecto, y toma otras determinaciones.,en la cual se impusieron las medidas de prevención, mitigación,corrección, compensación y manejo de los efectos ambientales sobrelos ecosistemas y demás recursos naturales.Que el área objeto de sustracción de la Reserva de los RecursosNaturales de la Zona Ribereña del Río Cauca en el TerritorioAntioqueño, se encuentra contenida dentro del polígono declarado deutilidad pública para el Proyecto Hidroeléctrico Pescadero Ituango, enjurisdicción de los municipios de Ituango, Briceño, Toledo, Sabanalarga,Buriticá y Liborina. Tiene un perímetro de 141,3 Km, un área de 11.507hectáreas y se encuentra delimitada por las siguientes coordenadas(origen Bogotá), siguiendo el eje del río Cauca en jurisdicción de<strong>Corantioquia</strong>:17


Boletín N° <strong>131</strong> Junio de 2010PUNTOSTabla 1. Delimitación del polígono objeto de sustracción dela Reserva de los Recursos Naturales de la Zona Ribereñadel Río CaucaCOORDENADASX (Norte) Y (Oeste)1 827160 12826012 811256 12719813 812361 127<strong>131</strong>04 804526 12518995 803696 12524146 800825 12350017 803815 12355918 828945 12813081 827160 1282601DESCRIPCIÓN DEL TRAMOEl punto 1 se localiza a un kilómetro de distanciadel punto medio del cauce del río Cauca, sobre lamargen derecha del mismo, en sentido norte _ sur.Desde el punto 1, se continúa el recorrido guardandoun kilómetro de distancia, paralelo al río Cauca porsu margen derecha, en dirección sur – oeste, hastael punto de intersección con el límite municipal entreItuango y Peque (Punto 2)Desde el punto 2, se continúa el recorrido por el límitemunicipal entre Ituango y Peque, en dirección sur– este, hasta el punto de intersección con el puntomedio del cauce del río Cauca (Punto 3)Desde el punto 3, se continúa el recorrido siguiendoel curso del río Cauca, por el límite municipal entrePeque y Sabanalarga, en dirección sur – oeste, hastael punto de intersección con el límite municipal entrePeque y Buriticá (Punto 4)Desde el punto 4, se continúa el recorrido por ellímite municipal entre Peque y Buriticá, en direcciónnoroeste, hasta alcanzar un kilómetro de distancia delpunto medio del cauce del río Cauca (Punto 5)Desde el punto 5, se continúa el recorrido guardandoun kilómetro de distancia, paralelo al punto mediodel cauce del río Cauca por su margen derecha, endirección sur – oeste, hasta la intersección del punto6 con la cota 750 msnmDesde el punto 6, se atraviesa en línea recta, sentidonoreste, el cauce del río Cauca hasta alcanzar unkilómetro de distancia con respecto al punto mediode su cauce, sobre la margen izquierda del mismo(sentido norte - sur), donde se intersecta el punto 7con la cota 750 msnmDesde el punto 7, se continúa el recorrido guardandoun kilómetro de distancia paralelo al punto mediodel cauce del río Cauca, por su margen derecha (ensentido sur - norte), hasta la intersección del punto 8con la cota 750 msnmDesde el punto 8, se atraviesa en línea recta, sentidonoreste, el cauce del río Cauca hasta alcanzar unkilómetro de distancia con respecto al punto mediode su cauce, sobre la margen izquierda del mismo(sentido sur - norte), donde se intersecta con elpunto 1Que en merito de lo expuesto, el Consejo Directivo,ACUERDAARTÍCULO PRIMERO: Sustraer de la Reserva de los RecursosNaturales de la Zona Ribereña del Río Cauca en el territorio Antioqueño,el área delimitada por el polígono descrito en la parte motiva para eldesarrollo del Proyecto Pescadero Ituango y que se encuentra dado enla parte motiva del presente acuerdo.PARÁGRAFO: Hace parte integral del presente acuerdo la cartografíadenominada “Mapa del área de sustracción de la Reserva de recursosNaturales de la Zona Ribereña del Río Cauca”ARTÍCULO SEGUNDO: La Sociedad Hidroeléctrica Pescadero–Ituango S.A. E. S. P. deberá dar estricto cumplimiento a las obligacionesimpuestas por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,a través de la Resolución N° 0155 del 30 de enero de 2009, en lorelacionado con la prevención, mitigación, corrección, compensacióny manejo de los efectos ambientales sobre los ecosistemas y demásrecursos naturales para toda el área de influencia del proyecto.El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Centrode Antioquia, en uso de sus facultades legales y estatutarias, enespecial las conferidas por el literal h), artículo 27 de la Ley 99 de 1993,en el Decreto Ley 1050 de 1997, en el Decreto 2004 de 1997, en elDecreto 1768 de 1994, yCONSIDERANDOQue la Agencia de Española de Cooperación Internacional parael Desarrollo AECID, desarrollará el Taller de “EVALUACIÓN YRECUPERACIÓN DE PASIVOS AMBIENTALES MINEROS” que sellevará a cabo en Santa Cruz de la Sierra en Bolivia, entre el 24 al 28de mayo de 2010.Que la Agencia Española de Cooperación Internacional para elDesarrollo AECID cubrirá los gastos de los participantes respecto a:asignaciones para alojamiento, manutención, traslados del Aeropuertode Bolivia al centro de formación y de este nuevamente al Aeropuertode Bolivia, materiales papelería, equipos y transporte, exceptuandolos pasajes aéreos Medellín – Bolivia - Medellín, los cuales debe sercubiertos por la CorporaciónQue la Ingeniera de Minas y metalurgia MARÍA TERESA MARTÍNEZMARTÍNEZ identificada con la cédula de ciudadanía 43.056.385, seencuentra vinculada a la Corporación desde el 21 de julio de 1997 enel cargo “Profesional Especializado”, código 2028, grado 16, adscrita ala Dirección Territorial Aburrá Sur y viene desempeñando sus funcionesen el tema específico de autoridad ambiental y administración de losrecursos naturales renovables, especialmente en aspectos relacionadoscon la actividad minera.Que la Ingeniera de Minas y metalurgia MARÍA TERESA MARTÍNEZMARTÍNEZ, con presentación de la Dirección General deCORANTIOQUIA, se inscribió al curso mencionado el día 05 de abrilde 2010, cuyo resultado será notificado a más tardar el 28 de abril de2010.Que el artículo 7° del Decreto – Ley 1050 de 1997, establece:“De la comisión de estudios. Se podrá conferir comisión de estudiosal exterior al servidor público que tenga por lo menos un (1) añocontinuo de servicio en la respectiva entidad y, para tal efecto,además de las autorizaciones de la junta, consejo directivo…”18


Boletín N° <strong>131</strong> Junio de 2010Que el Decreto 1768 de 1994 consagró en su artículo 19 inciso 6º:“Actuaciones del Consejo Directivo (1) Las comisiones al exteriorde los empleados de las Corporaciones y demás situacionesde personal serán autorizadas por el Consejo Directivo y no serequerirá intervención del Ministerio del Medio Ambiente.”Que el mismo Decreto en el artículo 27, con relación a las comisionesal exterior, preceptúa:“Las comisiones al exterior de funcionarios de las CorporacionesAutónomas Regionales (…), sólo requerirán de la autorizacióndel Consejo Directivo, previa solicitud del Director Generaldebidamente fundamentada.”Que en el artículo 23 literal n) de los Estatutos de la CorporaciónAutónoma Regional del Centro de Antioquia, indica:“Autorizar las comisiones al exterior de los funcionarios de laCorporación de conformidad con la Constitución Política y lasnormas legales vigentes sobre la materia.”Que de acuerdo con los objetivos del curso, las políticas de laCorporación en materia de administración de recursos naturalesrenovables, las funciones que desempeña la Ingeniera de Minas ymetalurgia MARÍA TERESA MARTÍNEZ MARTÍNEZ quien cumple conlos requisitos exigidos en la Ley, es factible acceder a que participe enel citado Taller, en caso de ser seleccionada.Que los resultados de la capacitación y la transferencia de nuevosconocimientos, redundarán en beneficio de la Corporación y en elcrecimiento personal y profesional de la funcionaria en caso de serseleccionada por el Gobierno Español, lo cual proporcionará ademásconocimientos y contactos para generar mayor valor agregado en supuesto de trabajo, así como aportar con su experiencia en el desarrollode las comunidades y la región donde interviene.Que los gastos que se generen en virtud de la comisión correránpor cuenta de la Corporación, con cargo al rubro presupuestal761139000113210112.Que al conferir la comisión se debe tener en cuenta, de conformidadcon las normas vigentes sobre la materia, los días de desplazamiento.Que en razón de lo expuesto, el Consejo Directivo,ACUERDAARTÍCULO PRIMERO: Autorizar conforme a la Ley previa a lanotificación de la aceptación, una comisión de servicios a la ingenierade Minas y Metalurgia MARÍA TERESA MARTÍNEZ MARTÍNEZ,identificada con la cédula de ciudadanía No. 43.056.385, quien seencuentra vinculada a la Corporación como Profesional Especializada,código 2028, grado 16, adscrita a la Dirección Territorial Aburrá Sur,para que asista –en caso de ser seleccionada– al curso “EVALUACIÓNY RECUPERACIÓN DE PASIVOS AMBIENTALES MINEROS” que sellevará a cabo en Bolivia, en el Centro de Formación de la CooperaciónEspañola, del 23 al 29 de mayo de 2010, ambas fechas inclusive.ARTÍCULO SEGUNDO: Durante el término que dure el curso, laIngeniera de Minas y Metalurgia MARÍA TERESA MARTÍNEZMARTÍNEZ tendrá derecho a recibir su sueldo.PARÁGRAFO PRIMERO: Agencia Española de CooperaciónInternacional para el Desarrollo, AECID sufragará cubrirá los gastosde los participantes respecto a: asignaciones para alojamiento,manutención, traslados del Aeropuerto al centro de formación alAeropuerto, materiales papelería, equipos y transporte. exceptuandolos pasajes aéreos, los cuales debe ser cubiertos por la CorporaciónPARÁGRAFO SEGUNDO: La Corporación reconocerá a la Ingenierade Minas y Metalurgia MARÍA TERESA MARTÍNEZ MARTÍNEZ, lospasajes aéreos Medellín – Bolivia – Medellín, los correspondientesimpuestos aeroportuarios a que hubiere lugar.EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓNAUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DEANTIOQUIA, En uso de sus atribuciones legales y estatutarias,y en especial las conferidas por el artículo 27 de la ley 99 de 1993, yCONSIDERANDOQue mediante Acuerdo del Consejo Directivo No. 333 de 2009, se aprobóel ajuste al Plan de Acción 2007-2011, modificado mediante ResoluciónNo. 12664 del 12 de enero de 2010 y el Acuerdo de Consejo Directivo No.344 de abril 20 de 2010.Que mediante acuerdo del Consejo Directivo No. 255 del 22 de mayode 2007 “se incorporan criterios y mecanismos para aprobar lasmodificaciones al Plan de Acción. Por parte del Consejo Directivo de laCorporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia”.Que en la sesión del Consejo Directivo del 20 de abril del 2010, seaprobó incluir en el PA 2007-2011 la actividad y el indicador de compra depredios como acompañamiento a los municipios, teniendo en cuenta lasdificultades presupuestales de los municipios frente a la adquisición depredios con fines de protección ambiental y considerando la posibilidad19


Boletín N° <strong>131</strong> Junio de 2010de brindar el apoyo desde la Corporación para el cumplimiento de susresponsabilidades ambientales.Que en el acuerdo de Consejo Directivo No. 341 de abril 20 de 2010,se aprobaron adiciones al presupuesto Corporativo, con recursosprovenientes de excedentes financieros.Que previamente el Consejo Directivo aprobó el acuerdo No. 348 donde“Aprueban modificaciones a las metas físicas del Plan de Acción 2007-2011” con fecha del 20 de mayo de 2010.Que de conformidad con lo anterior, se hace necesario trasladar dichosrecursos a las necesidades identificadas, con el fin de apoyar el procesopara la cofinanciación de compra de predios para la protección yconservación integral del recurso hídrico y de la biodiversidad, enáreas de regulación hídrica o en áreas de reserva.Que por lo anterior se hace necesario modificar el Plan de Acción de laCorporación, capítulo Plan Financiero, específicamente en la valoracióndel Plan de Acción para la vigencia 2010.Que en mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo,ACUERDAARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la modificación de la valoración delPlan de Acción vigencia 2010, según el siguiente detalle:Cifras en miles de pesos ColombianosCONCEPTOTOTAL PLANACCIÓN ANTES DEESTE ACUERDOPrograma IIIFortalecimiento a laRegionalizaciónProyecto 5Administración de losRecursos NaturalesPrograma IV GestiónIntegral de las ÁreasEstratégicasProyecto 7 GestiónSostenible delRecursos HídricoMODIFICACIÓNEN ESTEACUERDOPLAN DEACCIÓNDEFINITIVO201011.199.102 -200.000 10.999.10210.969.737 -200.000 10.769.73714.055.270 200.000 14.255.2705.207.300 200.000 5.407.300ARTICULO SEGUNDO: Este acuerdo rige a partir del día 20 de mayode 2010 y deroga las normas que le sean contrarias.EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMAREGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIAEn uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial lasconferidas por el artículo 27 de la Ley 99 de 1993, yCONSIDERANDOQue mediante Acuerdo de Consejo Directivo 334 de diciembre de 2009,se aprobó el Plan Operativo Anual de Inversiones para la vigencia fiscalde 2010, modificado mediante la Resolución No.12664 del 12 de enerode 2010 y los Acuerdos 342 y 343 del 20 de abril de 2010.Que se debe efectuar modificación entre los programas de inversióndel Plan Operativo Anual de Inversión (POAI), ya que no se cuenta concupo disponible en Proyecto 7. “Gestión Sostenible del Recurso Hídrico”,Actividad 7.6 “Protección Integral de cuencas abastecedoras”, paraincorporar nuevos recursos en el Presupuesto.Que el artículo 2 del Acuerdo de Consejo Directivo 294 de 2008 queaprobó el reglamento presupuestal para la Corporación establecióque: “... El Plan Operativo Anual de Inversiones: Es el conjuntode programas, proyectos, metas y actividades, con los cuales sealcanzarán los objetivos establecidos en el Plan de Acción Trienal deLa Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, y que hansido previamente registrados en el Banco de Proyectos Corporativo,sirviendo de instrumento que concreta las inversiones a realizarse parala respectiva vigencia fiscal, el cual deberá guardar concordancia conel Plan de Gestión Ambiental Regional –PGAR, y el Plan de AcciónTrienal”.Que previamente el Consejo Directivo aprobó el acuerdo No. 348 que“Aprueban modificaciones a las metas físicas del Plan de Acción 2007-2011” y acuerdo No. 349 que “Aprueban modificaciones en la valoracióndel Plan de Acción para la vigencia 2010” con fechas del 20 de mayode 2010.Que igualmente debe existir coherencia entre el presupuesto de Gastosde Inversión vigencia 2010 y el Plan Operativo Anual de Inversión de lamisma vigencia.Que la Subdirectora Administrativa y Financiera, certificó mediantedocumento No.150-1149 del 10 de Mayo de 2010, la disponibilidad derecursos, los cuales se encuentran libres de afectación y compromisopresupuestal.En mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo.ACUERDA:ARTÍCULO 1o: Aprobar la modificación al Plan Operativo Anual deInversiones (POAI), para la vigencia 2010, en DOSCIENTOS MILLONES20


Boletín N° <strong>131</strong> Junio de 2010DE PESOS ($200.000.000.oo) según el siguiente detalle:PROGRAMAS/PROYECTOS YACTIVIDADESTOTAL POAI2010 ANTES DEESTE ACUERDOMODIFI-CACIONPOAI ESTEACUERDOTOTAL MODIFI-CACION POAI2010 MAYO 20RECURSONOMBREDELRECURSOTOTAL PORACTIVIDAD 5.5:Regulación de losRecursos NaturalesRenovables através de permisosambientales,procedimientosancionatorioy control yseguimiento. 10,466,243,875 -200,000,000 10,266,243,875Excedentesfinancieros210302 inversiónTOTAL PORACTIVIDAD 7.6:Protección Integralde cuencasExcedentesfinancierosabastecedoras 2,545,823,697 200,000,000 2,745,823,697 210302 inversiónARTICULO 2 º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de suexpedición y deroga las normas que le sean contrarias.EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓNAUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIAEn uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y en especial de lasconferidas por el artículo 27 de la Ley 99 de 1993 y el Acuerdo 294 de2008,CONSIDERANDO:Que mediante Acuerdo de Consejo Directivo No. 335 de 2009, seaprobó el presupuesto de ingresos y gastos para la vigencia 2010, elcual ha sido modificado mediante Resolución 12664 del 12 de enerode 2010, el Acuerdo 341 del 20 de abril de 2010.Que previamente el Consejo Directivo aprobó el acuerdo No. 348 que“Aprueban modificaciones a las metas físicas del Plan de Acción 2007-2011”, acuerdo No. 349 que “Aprueban modificaciones en la valoracióndel Plan de Acción para la vigencia 2010” y el acuerdo No 350 donde “Pormedio del cual se modifica el Plan Operativo Anual de Inversiones POAI,para la vigencia 2010” con fechas del 20 de mayo de 2010.Que el Acuerdo de Consejo Directivo No. 294 del 26 de agosto de 2008,que adoptó el Reglamento Interno de Presupuesto de Ingresos y Gastosde la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, en elcapítulo V, se dispuso:“De las modificaciones presupuestales”, ARTICULO 13. COMPETENCIASPARA MODIFICAR EL PRESUPUESTO:”Las modificaciones alpresupuesto, deberán ser aprobadas por el Consejo Directivo de laCorporación, si estas afectan el nivel de agregación de las apropiacionescontenido en el acuerdo por el cual se expide el presupuesto para vigenciafiscal….de la Corporación”.Que la Subdirectora Administrativa y Financiera, certificó mediantedocumento No.150-1149 del 10 de Mayo de 2010, la disponibilidad derecursos, los cuales se encuentran libres de afectación y compromisopresupuestal.Que se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 82002del 10 de mayo 2010, por valor de DOSCIENTOS MILLONES DEPESOS M.L. ($200.000.000), para respaldar la presente modificaciónpresupuestal.Que en mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo,ACUERDA:ARTÍCULO 1o: Aprobar las modificaciones en el presupuesto de gastosde inversión para la vigencia 2010, en la suma de DOSCIENTOSMILLONES DE PESOS ($200.000.000.oo), con recursos propios,según el siguiente detalle:INVERSIÓN:RUBROCONCEPTOTOTALAPROPIACIÓNDEFINITIVA 201073410 FORTALECIMIENTO DE LAREGIONALIZACIONMODIFI-CACIONEN ESTEACUERDOTOTALPRESUPUESTOFINAL11,199,101,636 (200,000,000) 10,999,101,63673410 901 Conservación 11,199,101,636 (200,000,000) 10,999,101,63673410 901 01 Gestión Integral de11,199,101,636 (200,000,000) 10,999,101,636las Áreas ProtegidasEstratégicas y de losRecursos NaturalesRenovables para elDesarrollo Sostenible de lasRegiones73410 901 01 05 Administración de los10,969,737,229 (200,000,000) 10,769,737,229Recursos NaturalesGESTION INTEGRAL DE 14,055,269,908 200,000,000 14,255,269,90874410AREAS ESTRATEGICAS74410 901 Conservación 14,055,269,908 200,000,000 14,255,269,90874410 901 01 Gestión Integral delas Áreas ProtegidasEstratégicas y de losRecursos NaturalesRenovables para elDesarrollo Sostenible de lasRegiones74410 901 01 07 Gestión Sostenible delRecurso Hídrico14,055,269,908 200,000,000 14,255,269,9085,207,300,283 200,000,000 5,407,300,283ARTICULO 2º. La aprobación de las partidas del presente acuerdomodifican las cifras del Plan Anual Mensualizado de Caja (PAC), por lasmismas cuantías.21


Boletín N° <strong>131</strong> Junio de 2010EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓNAUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DEANTIOQUIA, En uso de sus atribuciones legales y estatutarias, yen especial de las conferidas por el artículo 27 de la Ley 99 de 1993 ylos Estatutos Corporativos y22CONSIDERANDOQue mediante Acuerdo No. 333 del Consejo Directivo del 11 denoviembre del 2009, se aprobó el ajuste al Plan de Acción 2007-2011;modificado mediante la Resolución No. 12664 de enero 12 de 2010 y elAcuerdo No. 344 del 20 abril de 2010.Que el citado a Acuerdo No. 333 del 11 de noviembre de 2010, definiólas metas anualizadas para los años 2010 y 2011, tanto para losindicadores de Resultado, como los de Producto y de Actividades.Que en el proceso de aprobación del Plan de acción 2010-2011, seanalizó la posibilidad de establecer una meta de compra de predioscon fines de protección ambiental, la cual no fue aprobada, teniendo encuenta las justificaciones establecidas en dicho acuerdo.Que en la sesión del Consejo Directivo del 20 de abril del 2010, seaprobó incluir en el PA 2007-2011 la actividad y el indicador de compra depredios como acompañamiento a los municipios, teniendo en cuenta lasdificultades presupuestales de los municipios frente a la adquisición depredios con fines de protección ambiental y considerando la posibilidadde brindar el apoyo desde la Corporación para el cumplimiento de susresponsabilidades ambientales.Que la Ley 1151 de 2007 en su artículo 106, modificó el artículo 111de la Ley 99 de 1993, declarando de interés público las áreas deimportancia estratégica, para la conservación de recursos hídricosque surten de agua los acueductos municipales y distritales y defineque la administración de estas áreas corresponde al respectivo distritoo municipio, en forma conjunta con la autoridad ambiental y con laparticipación opcional de la sociedad civil y de la Unidad AdministrativaEspecial de Parques de Interés Nacional “UAESPIN”, cuandocorresponda.Que en el artículo 108 de la Ley 99 de 1993, se establece:“Las Corporaciones Autónomas Regionales en coordinación ycon el apoyo de las entidades territoriales adelantarán los planesde cofinanciación necesarios para adquirir áreas o ecosistemasestratégicos para la conservación, preservación y recuperación de losrecursos naturales”.Que con el fin de apoyar a los entes territoriales de la jurisdicciónde la Corporación para la cofinanciación de compra de prediospara la protección y conservación integral del recurso hídrico y dela biodiversidad, se hace necesario incluir una meta física paracofinanciación de adquisición de predios, en áreas de regulaciónhídrica o en áreas de reserva, dentro del programa IV “Gestión integralde áreas estratégicas”, proyecto 7 “Gestión sostenible del recursoshídrico”, actividad 7.6 “Protección Integral de Cuencas Abastecedoras”.Que por lo anterior se requiere definir la meta anual a alcanzar y elindicador de actividad, que permitirá evaluar la meta propuesta.Que en razón a lo expuesto, el Consejo Directivo,ACUERDAARTICULO PRIMERO. Aprobar la siguiente modificación a las metasfísicas del Plan de Acción 2007 - 2011, incluido el respectivo indicadorde actividad, tal como se presenta en la siguiente tabla,PROGRAMA PROYECTO ACTIVIDADIV. Gestiónintegralde áreasestratégicas7. GestiónSostenibledel RecursoHídrico7.6 ProtecciónIntegral deCuencasAbastecedorasNOMBRE Y TIPODEL INDICADORDE ACTIVIDADMunicipiosapoyados parala adquisición depredios en áreasde regulaciónhídrica y/o áreasde reserva.UNIDADDEMEDIDANo. DemunicipiosMETAFISICAANUAL2010METAFISICAANUAL20111 1ARTICULO SEGUNDO. Este Acuerdo rige a partir de la fecha desu expedición y deroga las normas de carácter interno que le seancontrarias.El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Centro deAntioquia en uso de sus atribuciones estatutarias y legales en especialla conferida por el artículo 27 de ley 99 de 1993, y de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 47 Decreto-Ley 2811 de 1974, Decreto1974 de 1989 reglamentario del artículo 310 del Decreto-Ley 2811 de1974, yCONSIDERANDOQue de acuerdo con el artículo 79 de la Constitución Política deColombia, es deber del Estado proteger la diversidad e integridad delambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica yfomentar la educación para el logro de estos fines.Que por mandato Constitucional, el Estado debe proteger las riquezasnaturales mediante políticas de planificación que permitan el usoadecuado de los recursos naturales renovables con miras a lograr eldesarrollo sostenible y garantizar un ambiente sano.


Boletín N° <strong>131</strong> Junio de 2010Que en nuestro estado social de derecho se garantiza la propiedadprivada, a la cual le es inherente la función ecológica y, además, pornorma con rango constitucional se establece el deber correlativoque tienen todos los habitantes de la República, de colaborar conlas autoridades en la conservación y el manejo adecuado de losrecursos naturales renovables, en los casos en que deban aplicarsenormas técnicas que eviten su pérdida o degradación, para lograr surecuperación y asegurar su conservación.Que la Ley 99 de 1993, consagró entre los principios generales quedebe seguir la política ambiental colombiana, que la biodiversidadpor ser patrimonio nacional y de interés de la humanidad, debe serprotegida prioritariamente y aprovechada en forma sostenible.Que Colombia suscribió el Convenio de Diversidad Biológica a través dela Ley 165 de 1994, con base en la cual se formuló la Política Nacionalde Biodiversidad y se adquirió el compromiso de conformar y consolidarun Sistema Nacional de Áreas Protegidas - SINAP.Que Colombia es uno de los cinco países con mayor biodiversidad anivel internacional y como parte del Convenio de Diversidad Biológicase encuentra comprometida en establecer y mantener al año 2010,para las zonas terrestres y al año 2012 para las marinas, sistemasnacionales y regionales de áreas protegidas completos, eficazmentegestionados y ecológicamente representativos que contribuyan al logrode los objetivos del ConvenioQue el Sistema Nacional de Áreas Protegidas – SINAP, es el conjuntode áreas protegidas, actores sociales y estrategias e instrumentos degestión que las articulan, para contribuir como un todo al cumplimientode los objetivos de conservación del país. Incluye todas las áreasprotegidas de carácter público, privado o comunitario, y del ámbito degestión nacional, regional o local.Que los objetivos nacionales de conservación son: Asegurar lacontinuidad de los procesos ecológicos y evolutivos naturales paramantener la diversidad biológica; garantizar la oferta de bienes yservicios ambientales esenciales para el bienestar humano y, garantizarla permanencia del medio natural, o de alguno de sus componentes,como fundamento para el mantenimiento de la diversidad cultural delpaís y de la valoración social de la naturaleza.Que mediante la Ley 99 de 1993, fue creada la Corporación AutónomaRegional del Centro de Antioquia, con jurisdicción en 80 municipios delcentro de Antioquia.Que a la Corporación le corresponde dentro del área de su jurisdicción,la administración del medio ambiente y los recursos naturalesrenovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidadcon las disposiciones legales y las políticas del Ministerio de Ambiente,Vivienda y Desarrollo Territorial.Que de conformidad con el artículo 31, numeral 16 de la Ley 99 de1993, la Corporación tiene como función propia, entre otras, reservar,alinderar, administrar o sustraer, en los términos y condiciones quefijen la ley y los reglamentos, los Distritos de Manejo Integrado de losRecursos Naturales Renovables, y reglamentar su uso y funcionamientoa nivel regional.Que acorde con el propósito de desarrollar un sistema de áreasprotegidas para la conservación y recuperación de los recursosnaturales, la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia,en su Plan de Acción 2007 – 2011, consideró llevar a cabo laconservación del patrimonio natural, cultural y paisajístico a travésdel Programa IV, “Gestión Integral de Áreas Estratégicas”, Proyecto 8,“Consolidación del Sistema Regional de Áreas Protegidas y del EspacioPúblico con énfasis en lo Natural”, Actividad 8.1. “Consolidación deÁreas Protegidas Locales y Regionales e Integración de procesosLimítrofes”.Que en el área denominada Nubes – Trocha – Capota, ubicada enlos municipios de Jericó, Pueblorrico y Tarso, suroeste antioqueño,jurisdicción de <strong>Corantioquia</strong>, se llevaron a cabo estudios ecológicosy socioeconómicos, mediante los cuales se determinó que dicha áreacumple con los requisitos de un Distrito de Manejo Integrado, entreotras por las siguientes razones:· Posee una alta riqueza de flora y fauna, así como sitios que por susatributos ecológicos (bosques de niebla) y geológicos (formaciónCombia), significado histórico – cultural (zonas arqueológicas)y belleza paisajística, amerita ser objeto de preservación,conservación y manejo.· Alberga un importante y considerable número de fuentes hídricasque abastecen los acueductos de las cabeceras municipales yveredales de los tres municipios en mención, constituyéndose enun sitio estratégico para la oferta, uso y manejo del recurso agua.· Constituye el hábitat de una especie endémica así como de otrasespecies de flora y fauna que se encuentran clasificadas bajo lascategorías de amenaza: casi amenazadas (NT), vulnerable (VU) ypreocupación menor (LC), según el sistema de clasificación de laIUCN y los libros rojos del país.· Ofrece escenarios de gran calidad paisajística, altamenteapreciados y valorados por la población rural y urbana parael desarrollo de procesos recreativos y educativos como elecoturismo.· Es un espacio propicio para el desarrollo de actividades deinvestigación (especialmente en ornitología), así como para laconcertación y la participación ciudadana.23


Boletín N° <strong>131</strong> Junio de 2010Que según el artículo 308 del Decreto-Ley 2811 de 1974, Código delos Recursos Naturales Renovables y Protección al Medio Ambiente,se denomina área de manejo especial la que se delimita paraadministración, manejo y protección del ambiente y de los recursosnaturales renovables.Que dentro de la categorías de Áreas de Manejo Especial del Decreto-Ley 2811 de 1974, Código Nacional de los Recursos NaturalesRenovables y Protección al Medio Ambiente, el artículo 310 estableceque los Distritos de Manejo Integrado se declaran teniendo en cuentafactores ambientales o socioeconómicos, con el fin de que constituyanmodelos de aprovechamiento racional de los recursos naturalesrenovables en los cuales se permite realizar actividades económicascontroladas, investigativas, educativas y recreativas.Que el artículo citado, fue reglamentado por el Decreto 1974 de 1989, ydefine como Distrito de Manejo Integrado un espacio de la biósfera que,por razón de factores ambientales o socioeconómicos, se delimita paraque dentro del criterios del desarrollo sostenible se ordene, planifiquey regule el uso y manejo de los recursos naturales renovables y lasactividades económicas que allí se desarrollen.Que la categoría de Distrito de Manejo Integrado, busca combinaracciones de protección del ecosistema con posibilidades del uso delárea reservada para realizar actividades económicas controladas,investigativas, educativas y recreativas; sin embargo, las autoridadesambientales y los particulares darán aplicación al principio deprecaución conforme al cual, cuando exista peligro de daño grave eirreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarsecomo razón para postergar la adopción de medidas eficaces paraimpedir la degradación del medio ambiente, conforme al artículo 1numeral 6 de la ley 99 de 1993.Que el área Nubes – Trocha – Capota es de especial importancia parael mantenimiento de procesos ecológicos no solo en el ámbito local,sino también por la conectividad que genera como corredor biológicohasta el Cauca, contribuyendo a la viabilidad social y ecosistémica delSistema Regional de Áreas Protegidas – SIRAP Cordillera Occidental.los siguientes:· Conservación de la diversidad biológica y los recursos naturalesrenovables.· Protección de recursos genéticos, cuencas hidrográficas, suelosy obras civiles.· Provisión y fomento de espacios y alternativas para la investigación,educación ambiental y el esparcimiento.· Mantenimiento de valores, estructuras históricas, tradicionales yculturales.· Protección y conservación del patrimonio cultural, arqueológico ypaisajístico.Que en mérito de lo expuesto,ACUERDAARTÍCULO 1°. DECLARACIÓN: Declarar como Distrito de ManejoIntegrado de los Recursos Naturales Renovables, el área denominada“Nubes - Trocha Capota”, ubicada en los municipios de Jericó,Pueblorrico y Tarso, suroeste del Departamento de Antioquia.PARÁGRAFO: El Distrito de Manejo Integrado tiene una superficiede 4.183,95 Ha, distribuidas de la siguiente manera: 3020,6 Ha en elmunicipio de Jericó; 627,7 Ha en el municipio de Tarso y 535,7 Ha enPueblorrico.ARTÍCULO 2°. RESERVA: Reservar el Distrito de Manejo Integrado“Nubes -Trocha – Capota”, ubicado en los municipios de Jericó,Pueblorrico y Tarso, suroeste del departamento de Antioquia, con el finde adelantar programas de restauración, conservación o preservaciónde los recursos naturales renovables y del ambiente, así como ordenar,planificar y regular el uso y manejo de los mismos y las actividadeseconómicas que allí se desarrollan, dentro de los criterios de desarrollosostenible.Que el área en estudio, debido a la importancia ambiental, social ycultural que le es reconocida por los diversos estamentos públicos yprivados, ha sido adoptada como suelo de protección dentro de losesquemas de ordenamiento territorial de los municipios de Jericó,Pueblorrico y Tarso.Que el área denominada Nubes – Trocha – Capota, como se mencionóanteriormente, cumple con los requisitos exigidos por el DecretoReglamentario 1974 de 1989, para declararlo como Distrito de ManejoIntegrado de los Recursos Naturales Renovables.Que el área a reservar traería como beneficios a la región entre otros,24

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!